Derechos

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Plan por los Derechos

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Desarrollo Comunitario Centrado en la niñez



Plan por los Derechos Módulo de Referencia para una Organización basada en los derechos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez Plan • Oficina Regional para las Américas Diciembre 2010


Autora: Patricia Horna Castro Coordinación de proyecto: Mónica Ita Darer Edición: Marcelo Avilés • www.nutre.cl Diseño y diagramación: Marcela Veas Contribuciones técnicas: Ruth Santiesteban, Lyda Guarin, Marcelo Renjel, Melanie Swan, Nancy Zuniga, Renato Pérez-Joya, Fiorella Mackliff, Matthew Carlson. Agradecemos a Plan Finlandia y al Ministerio de Asuntos Exteriores de Finlandia por su apoyo financiero para la realización del presente trabajo.


Contenidos Presentación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Abreviaturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Capítulo I: Marco de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes. . . . . . . . . . . . . . . 15 1.

¿Qué son los Derechos Humanos? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

2.

Sistema internacional de los Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1 Principales tratados internacionales sobre Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . 2.2 Organos de vigilancia de los tratados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.3 Derechos Económicos, Sociales y Culturales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4 Derechos Civiles y Políticos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5 Realización progresiva versus aplicación inmediata. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3.

La Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. . . . . . . . . . . . 23 3.1 Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño. . . . . . 25 3.2 El Comité de los Derechos del Niño y el monitoreo del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos. . . 25

4.

Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . . . 4.1 Los Derechos Humanos de la niñez en el Sistema Interamericano. . . . . . . . . 4.2 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.3 Corte Interamericana de Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.4 Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes. . . . . . . . . . . . . . .

15 17 18 20 21 23

33 34 36 38 39

Capítulo II: El Enfoque de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes. . . . . . . . . . . 45 1.

El Enfoque de Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45

2.

Elementos centrales del Enfoque de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1 Los principios de los Derechos Humanos y los Derechos de la Niñez. . . . . . . 2.2 Niños, niñas y adolescentes como sujetos sociales de derechos. . . . . . . . . . . 2.3 El Estado como Garante del cumplimiento de los Derechos de la Niñez. . . . . 2.4 Corresponsables (sociedad civil, padres, comunidades, sector privado, medios de comunicación, instituciones religiosas. etc.). . . . . . . . . . . . . . . . .

3.

45 46 54 56 58

El Enfoque de Derechos de la Niñez y otros enfoques y formas de trabajar por y con la niñez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61

Capítulo III: Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez (DCCN): la aplicación del Enfoque de Derechos Humanos de los NNA en la programación de Plan. . . . . . . . . . . . 65 1.

Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez (DCCN). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65

5


2.

Los principios del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez . . . . . . . . . . . . . . 66

3.

Trabajando con los diferentes actores desde el Enfoque de Derechos. . . . . . . . . . 69 3.1 Trabajo con niños, niñas, adolescentes y jóvenes como titulares de derechos. . . . . 69 3.2 Trabajo con el Garante de derechos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 3.3 Trabajo con los Corresponsables. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72

4.

Trabajo en los diferentes niveles: local, nacional, regional e internacional. . . . . . . . 73

5.

Las Estrategias de Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez . . . . . . . . . . . . . . 75

Capítulo IV: El Enfoque de Derechos y el trabajo de Plan en las Américas. . . . . . . . . . . . . . . 79 1.

Participación y movilización de la sociedad civil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80

2.

Inclusión de poblaciones excluidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 85 2.1 Inclusión y no discriminación de niños, niñas y adolescentes. . . . . . . . . . . . . 86 2.2 Consideraciones para una programación que incorpore el principio de No Discriminación de niños, niñas y adolescentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 87

3.

Promoción de la igualdad de género . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1 Conceptos clave alrededor de la igualdad de género. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2 Derechos de la niñez y derechos de la mujer. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.3 Discriminación contra las niñas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.4 Consecuencias de la discriminación basada en género para el desarrollo de los niños (varones). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.5 Cómo promover la igualdad de género a través de la programación. . . . . . .

6

89 89 92 92 94 97

4.

Incidencia política para el cumplimiento de los Derechos de la Niñez. . . . . . . . . . . 99 4.1 Qué es incidencia para Plan. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99 4.2 La incidencia política como estrategia central para maximizar el impacto de nuestro trabajo por los derechos de niños, niñas y adolescentes. . . . . . . 100 4.3 Consideraciones generales para la incidencia política. . . . . . . . . . . . . . . . . 100 4.4 Planificación de la incidencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101 4.5 Participación de niños, niñas y adolescentes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 110

5.

Fortalecimiento de la institucionalidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112 5.1 Gobernabilidad por los Derechos de la Niñez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 112

6.

Emergencias y Enfoque de Derechos de niños, niñas y adolescentes. . . . . . . . . . 114

Capítulo V: Planificación, monitoreo y evaluación desde un Enfoque de Derechos para el DCCN. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 121 1.

Sistema de Rendición de Cuentas y Aprendizaje Programático (PALS). . . . . . . . . . 122

2.

Análisis de situación participativa desde la perspectiva de los Derechos de la Niñez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 123

3.

Planificación estratégica y programática . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1 Plan Estratégico de País. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2 Planes a Largo Plazo de Unidades de Programa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.3 Plan Anual de la Unidad de Programa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

128 128 128 129


4.

Monitoreo, evaluación e investigación programática. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 131

Capítulo VI: Implicancias de ser una organización basada en derechos. . . . . . . . . . . . . . . . 137 1.

Plan: una organización que incorpora el Enfoque de Derechos a lo interno. . . . . 137

2.

El cambio organizacional centrado en las personas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139

3.

Práctica interna institucional democrática, participativa e incluyente. . . . . . . . . . 140

4.

Cómo respetamos, protegemos los principios de los Derechos Humanos y de la niñez en nuestro funcionamiento interno y externo como organización. . . . . . 141

Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 145

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Presentación E

l Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez (DCCN) es el marco programático de Plan, el cual tiene un enfoque basado en derechos y reconoce a los niños, las niñas, las familias y las comunidades como los protagonistas principales de su propio desarrollo. En su esencia, el DCCN considera a los niños y a las niñas como sujetos de derechos y no solo como seres humanos con necesidades; y a los Estados como titulares de deberes con obligaciones relativas al respeto, protección y realización de los derechos humanos. A nivel internacional, Plan como organización ha realizado una ardua labor para revaluar sus enfoques de desarrollo dentro del marco del DCCN y para llegar a un entendimiento común sobre lo que significa utilizar un enfoque basado en derechos para lograr el desarrollo humano. La Oficina Regional de Plan para las Américas (Plan ROA) lleva su compromiso aún más lejos al declarar en forma expresa que a nivel regional Plan es una organización basada en derechos, el mismo que es expresado en su Marco Estratégico Regional (2009-2014). En este sentido, nuestro compromiso se extiende más allá de nuestras actividades programáticas hasta incluir el Enfoque de Derechos tanto en nuestro trabajo externo como en nuestros procesos al interior de la organización, reconociendo de esta manera la universalidad, integralidad, interdependencia e inalienabilidad de los derechos humanos. Plan Finlandia ha brindado un tremendo apoyo a Plan en la región en su proceso de integración del Enfoque de Derechos en todo su quehacer. Este módulo de referencia es una sistematización de la labor que se ha realizado a través de numerosas capacitaciones, grupos de trabajo y desarrollo de marcos de referencia y estrategias. Además, el módulo ha considerado también la riqueza de materiales sobre Derechos Humanos en general, y sobre los derechos de niños, niñas y adolescentes producidos por otras organizaciones, muchas de las cuales son socias de Plan en el trabajo y labor común por los Derechos de la Niñez en la región. Este material está pensado principalmente para el personal de Plan y tiene como objetivos centrales: Apoyar el entendimiento común al interior de Plan sobre el significado e implicancias del enfoque basado en los Derechos Humanos y del DCCN como el marco programático de Plan. Apoyar el fortalecimiento de Plan para la implementación eficaz de programas basados en el Enfoque de Derechos de la Niñez. Contribuir a la integración del Enfoque de Derechos en todo el quehacer de la organización, incluyendo su funcionamiento interno y externo para convertirnos en una organización plenamente basada en derechos. El documento, en tanto, está organizado en los siguientes capítulos: •

Marco general de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes.

Enfoque de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes.

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Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez.

Enfoque de Derechos y el trabajo de Plan en las Américas.

Planificación, monitoreo y evaluación desde un Enfoque de Derechos.

Implicancias de ser una organización basada en derechos.

Estos seis capítulos abordan contenidos y brindan algunas sugerencias metodológicas para el trabajo de facilitación de procesos de aprendizaje. Al respecto, y en coherencia con el Enfoque de Derechos de la Niñez, nos permitimos sugerir que los equipos facilitadores de los procesos consideren enfoques metodológicos que estén orientados por: i) la participación activa y significativa, ii) desarrollo de pensamiento crítico y propositivo, iii) aprendizaje a través de la experiencia, iv) facilitadores con un rol de acompañantes/facilitadores de procesos y, especialmente, la niñez y sus derechos como centro de los procesos de reflexión, análisis y propuestas de acción. Este módulo es una guía referencial para la planificación y desarrollo de acciones relativas a la incorporación del Enfoque de Derechos que se realicen en los países de la región. Es una propuesta, y en ese sentido las capacitaciones que se diseñen en los países dependerán del contexto de cada lugar, de las necesidades de capacitación de los participantes, de las experiencias y los recursos propios de los facilitadores. El material también está pensado para su uso como herramienta de autoaprendizaje. A través de su lectura cualquier persona puede buscar profundizar su conocimiento sobre el trabajo por los Derechos de la Niñez. Esperamos que este módulo se constituya en instrumento de apoyo en los diferentes procesos de fortalecimiento de capacidades que se desarrollen en la región y que el mismo se vea retroalimentado a partir de las experiencias de quienes lo hagan suyo. Agradecemos profundamente el trabajo de todo el equipo de Plan que ha contribuido al desarrollo de este material de referencia, pero más aún por su incansable labor que apuesta todos los días por un mundo en el cual los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes se hacen realidad.

Roland Angerer Director Regional Plan-Oficina Regional para las Américas


Introducción E

n 2003, Plan adoptó su enfoque de Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez (DCCN), un enfoque basado en derechos en el cual los niños y las niñas, las familias y las comunidades son protagonistas principales y activos de su propio desarrollo. A través del DCCN, Plan busca trabajar en conjunto con otros actores para abordar las causas estructurales y consecuencias de la pobreza infantil en todos los niveles. En su esencia, el enfoque del DCCN de Plan reconoce a los niños y las niñas como titulares de derechos y no sólo como seres humanos con necesidades; y a los Estados como titulares de deberes con obligaciones relativas al respeto, protección y realización de los derechos de los niños y las niñas. Los países en los que trabaja Plan en el mundo han realizado una ardua labor para revaluar sus enfoques de desarrollo dentro del marco del DCCN y llegar a un entendimiento común sobre lo que significa utilizar un enfoque basado en derechos para lograr el desarrollo humano. La Oficina Regional de Plan para las Américas (Plan ROA) lleva su compromiso aún más lejos al declarar en forma expresa que a nivel regional es una Organización basada en derechos, el mismo que es expresado en su Marco Estratégico Regional (2009-2014). En este sentido, nuestro compromiso se extiende más allá de las actividades programáticas hasta incluir el Enfoque de Derechos en actividades y procesos organizacionales internos. Esto significa que en la región estamos comprometidos a respetar y proteger los principios de los Derechos Humanos en nuestros programas a través de un enfoque basado en derechos, como también dentro de la Organización al reconocer que el disfrute de éstos debe ser universal y por ello deben considerarse de manera integral. Este Modulo de Aprendizaje está dirigido principalmente al personal de Plan y tiene como objetivos centrales: •

Apoyar el entendimiento común al interior de Plan y también de sus socios sobre el significado e implicancias del enfoque basado en los Derechos Humanos.

Apoyar el fortalecimiento de Plan y de sus socios para la implementación eficaz de programas basados en el Enfoque de Derechos de la Niñez.

Contribuir a la integración del Enfoque de Derechos en todo el quehacer de Plan, incluyendo su funcionamiento interno y externo para convertirnos en una Organización plenamente basada en derechos.

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El documento está organizado en los siguientes capítulos: •

Marco general de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes.

Enfoque de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes.

Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez.

Enfoque de Derechos y el trabajo de Plan en las Américas.

Planificación, monitoreo y evaluación desde un Enfoque de Derechos.

Implicancias de ser una Organización basada en derechos.

Estos seis capítulos abordan contenidos y brindan algunas sugerencias metodológicas para el trabajo de facilitación de procesos de aprendizaje. Al respecto, y en coherencia con el Enfoque de Derechos de la Niñez, nos permitimos sugerir que los equipos facilitadores de los procesos consideren enfoques metodológicos que estén orientados por: i) la participación activa y significativa, ii) desarrollo de pensamiento crítico y propositivo, iii) aprendizaje a través de la experiencia, iv) facilitadores con un rol de acompañantes/facilitadores de procesos y, especialmente v) la niñez y sus derechos como centro de los procesos de reflexión, análisis y propuestas de acción.

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Este módulo es una guía referencial para la planificación y desarrollo de acciones relativas a la incorporación del Enfoque de Derechos que se realicen en los países de la región. Este material es una propuesta, por ello las capacitaciones que se diseñen en los países dependerán del contexto de cada lugar, de las necesidades de capacitación de los participantes, de las experiencias y los recursos propios de los facilitadores. El material también está pensado para su uso como herramienta de autoaprendizaje. A través de su lectura cualquier persona puede buscar profundizar su conocimiento sobre el trabajo por los Derechos de la Niñez. Esperamos que este módulo se constituya en instrumento de apoyo en los diferentes procesos de fortalecimiento de capacidades que se desarrollen en la región y se vea retroalimentado a partir de las experiencias de quienes lo hagan suyo.


Abreviaturas CDN Convención sobre los Derechos del Niño. Nota sobre el uso del lenguaje: CEDAW* Convención sobre la Eliminación de Todas las En este documento se utiliza el término Formas de Discriminación contra la Mujer. “niñez” para ser más concisos. En tales Comunidad de Estados Independientes. CEI casos, el término “niñez” también abarca a CERD* Convención Internacional sobre la Eliminación de los niños, las niñas, los y las adolescentes. Todas las Formas de Discriminación Racial. CRMW* Convención Internacional sobre la Protección de En algunos casos se usa solo niño(s) para abarcar también a las niñas y adolescentes. los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Plan Estratégico de País. CSP* DCCN Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez. Niños, niñas y adolescentes. NNA NNAJ Niños, niñas, adolescentes y jóvenes. ODM Objetivos de Desarrollo del Milenio. Organización no Gubernamental. ONG PALS* Sistema de Rendición de Cuentas y Aprendizaje Programático. Unidad de Programa. PU* * Las siglas corresponden a los nombres en inglés.

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Capítulo I Marco de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes. 1. ¿Qué son los Derechos Humanos?

S

on derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, idioma, religión, opinión política, o cualquier otra condición. Los Derechos Humanos están basados en el respeto a la dignidad y el valor de cada persona como individuo y también como miembro de la sociedad. Los Derechos Humanos incluyen valores que pueden encontrarse en una gran variedad de culturas, religiones y tradiciones étnicas. Se fundamentan en principios filosóficos y éticos que reconocen la dignidad intrínseca y el valor inherente de cada ser humano. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos establece las obligaciones que tienen los Estados de tomar medidas en determinadas situaciones o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de respetar, proteger y hacer cumplir los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos. Si bien es cierto que la responsabilidad de garantizar legalmente el respeto, protección y cumplimiento de los derechos corresponde a los Estados, todos los demás actores e individuos de la sociedad en su conjunto tenemos un rol que cumplir para hacer realidad los Derechos Humanos de todas las personas.

2. Sistema internacional de los Derechos Humanos. El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, redactada como “un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse”. Esta Declaración establece los principios que reconocen la interdependencia e indivisibilidad de todos los Derechos Humanos: una visión que garantiza tanto la libertad civil y política como el bienestar económico y social de todas las personas. La idea de los Derechos Humanos no empezó con la conformación de las Naciones Unidas. Sus raíces pueden encontrarse en una gama amplia de las culturas y religiones del mundo.

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Sin embargo, su adopción por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas marcó un hito en la historia mundial al ser la primera vez que la comunidad internacional establecía formalmente estándares sobre libertades y Derechos Humanos de los que cualquier persona, en cualquier lugar, debería disfrutar. La Declaración Universal proclama que el respeto de los Derechos Humanos es la base de “la libertad, la justicia y la paz en el mundo”. Desde que se proclamó, la comunidad internacional se ha propuesto una labor continuada: hacer efectivos los ideales que la sustentan. La Declaración Universal convierte a los Derechos Humanos en una preocupación legítima de la comunidad internacional. De esta manera, los Derechos Humanos dejan de ser un asunto determinado solamente por cada Estado de manera independiente. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos protocolos facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, forman la llamada “Carta Internacional de Derechos Humanos”. Una serie de tratados internacionales de Derechos Humanos adoptados desde 1945 les han conferido a éstos una base legal. En el plano regional se han adoptado otros instrumentos que reflejan las preocupaciones específicas de los países en la materia, y en los que se establecen determinados mecanismos de protección.

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A través de la ratificación de los tratados internacionales y regionales de Derechos Humanos, los Estados se comprometen a adoptar medidas, incluyendo leyes internas, compatibles con las obligaciones y deberes incluidos en los tratados. En caso de que los procedimientos judiciales nacionales no aborden los abusos contra los Derechos Humanos, existen mecanismos y procedimientos en el plano regional e internacional para presentar informes, denuncias o comunicaciones individuales que ayudan a garantizar que las normas internacionales de Derechos Humanos sean efectivamente respetadas, aplicadas y acatadas en el plano local. La mayoría de los Estados han incorporado en sus Constituciones los Derechos Humanos internacionales y adoptado leyes que protegen formalmente los Derechos Humanos fundamentales. Los tratados internacionales son legalmente vinculantes, y otros instrumentos políticos sin peso legal como declaraciones, directrices y principios adoptados en el plano internacional también contribuyen a su comprensión, aplicación y desarrollo. Obligaciones legales de los Estados frente a los Derechos Humanos. Al firmar y ratificar los tratados internacionales sobre los Derechos Humanos, los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y cumplir los Derechos Humanos. Respetar: no interferir directa o indirectamente con el disfrute de los Derechos Humanos. Proteger: los Estados deben prevenir, investigar, sancionar y asegurar medidas de rectificación frente al daño causado por los abusos a los Derechos Humanos por terceras partes. Cumplir: los Estados tienen la obligación de facilitar la realización de los Derechos Humanos tomando las medidas necesarias para este fin (legislativas, administrativas, presupuestarias, judiciales y otras). Esta obligación incluye deberes de facilitación (incrementar acceso a recursos y los medios para alcanzar los derechos) y deberes de provisión (asegurar que toda la población realice sus derechos cuando no lo puedan hacer por si solos).


¿Hay alguna jerarquía entre los Derechos Humanos?1 No. Todos tienen la misma importancia. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 deja claro que los Derechos Humanos de todo tipo, sean económicos, políticos, civiles, culturales o sociales, tienen igual validez e importancia. Este hecho ha sido reafirmado repetidas veces por la comunidad internacional, por ejemplo en la Declaración del Derecho al Desarrollo (1986), la Declaración y Programa de Acción de Viena (1993), y la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada casi universalmente en 1990. Además, los Derechos Humanos son indivisibles e interdependientes. El principio de indivisibilidad reconoce que ningún Derecho Humano es intrínsecamente inferior o superior a ningún otro. Los derechos económicos, sociales y culturales deben ser respetados, protegidos y realizados en las mismas condiciones que los derechos civiles y políticos. El principio de interdependencia reconoce la dificultad (y en muchos casos la imposibilidad) de hacer efectivo cualquiera de los Derechos Humanos de forma aislada respecto de los demás. Por ejemplo, no tiene objeto hablar del derecho al trabajo sin que se haya hecho mínimamente efectivo el derecho a la educación. Del mismo modo, el derecho a votar puede parecer poco importante para una persona que no tienen nada que comer o en situaciones en que las personas son victimizadas por el color de su piel, su sexo, su idioma o su religión.

2.1

Principales tratados internacionales sobre Derechos Humanos.

La amplia mayoría de los Estados latinoamericanos ha adoptado la incorporación automática de los tratados internacionales en su orden interno, en virtud del solo acto de ratificación, y, por ende, también se constituyen en normas de aplicación inmediata para los tribunales nacionales. De esta manera ambos ordenamientos jurídicos, el internacional y el nacional, se interconectan y se constituyen en un único sistema jurídico estrechamente relacionado. Respecto a los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos tenemos los siguientes que son considerados los principales2 3:

1

Preguntas frecuentes sobre el enfoque de Derechos Humanos en la cooperación para el desarrollo. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Nueva York y Ginebra 2006. Pág. 2.

2

Cuadro elaborado con información de la base de datos de tratados de las Naciones Unidas: http://untreaty.un.org/English/ access.asp (consultada el 25 de mayo de 2010).

3

Las siglas de los Órganos de vigilancia corresponden a los nombres de los mismos en inglés.

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Tratado

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Fecha de adopción

Órgano de vigilancia

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

1966

Comité de Derechos Humanos (CCPR).

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

1966

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR).

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.

1966

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD).

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

1979

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

1984

Comité Contra la Tortura (CAT).

Convención sobre los Derechos del Niño.

1989

Comité de los Derechos del Niño (CRC).

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

1990

Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW).

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

2006

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD).

Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

2006

Comité contra la Desaparición Forzada (CED).

2.2 Organos de vigilancia de los tratados. Los órganos de tratados de Derechos Humanos los constituyen comités de expertos independientes que supervisan la aplicación de los principales tratados internacionales de Derechos Humanos. Estos órganos se crean de acuerdo con las disposiciones del tratado que supervisan. Desempeñan varias funciones según lo dispuesto en los tratados que los crearon, que incluyen: •

Examen de los informes periódicos de los Estados Partes.

Examen de denuncias o comunicaciones de individuos u organizaciones.

Publican Observaciones Generales sobre los tratados y organizan debates sobre temas afines.

Examen de los informes de los Estados Partes. Cuando un Estado ratifica uno de los tratados, éste asume la obligación legal de aplicar los derechos reconocidos en ese tratado. Sin embargo, la firma es sólo el primer paso, porque el reconocimiento de los derechos sobre el papel no basta para garantizar que se disfrutará de ellos en la práctica. Por tanto, el país contrae, además, la obligación de presentar al comité


supervisor informes periódicos sobre la manera en que se ponen en práctica los derechos. Este sistema de supervisión de los Derechos Humanos es común a la mayoría de los tratados de las Naciones Unidas. Para cumplir su obligación de presentar informes, normalmente los Estados deben presentar un informe inicial un año después de su adhesión (dos años en el caso del Comité de los Derechos del Niño) y después hacerlo periódicamente de conformidad con las disposiciones del tratado (por lo general, cada cuatro o cinco años). Además del informe del gobierno, los órganos de tratados pueden recibir información procedente de otras fuentes sobre la situación de los Derechos Humanos en un país, en particular organizaciones no gubernamentales (ONG), organismos de las Naciones Unidas, otras organizaciones intergubernamentales, instituciones académicas y medios de comunicación. Al recibir el informe los comités elaboran primero una lista de preguntas que dirigen luego al Estado con el fin de que éste amplíe la información. El examen del informe se realiza en sesiones públicas. Las instituciones nacionales de protección de los Derechos Humanos y las ONG pueden presentar información a los comités antes de que estos elaboren la lista de preguntas y tienen también la posibilidad de presentar “informes alternativos” que pueden ser tomados en cuenta al examinar los informes de los Estados. En ambos casos es importante que la información se envíe con antelación y es recomendable que se acompañe de un resumen ejecutivo en inglés. Durante las sesiones los comités han abierto espacios para poder reunirse con los representantes de estas instituciones y organizaciones. Cuando un país no ha presentado informes la práctica es examinar su situación en cuanto a los Derechos Humanos. Tras el examen, los comités publican sus recomendaciones. Teniendo en cuenta toda la información disponible, los comités examinan el informe junto con los representantes de los gobiernos. Sobre la base de este diálogo, los comités dan a conocer sus principales preocupaciones y formulan recomendaciones en un documento formal denominado “Observaciones Finales”. Examen de denuncias o comunicaciones de individuos u organizaciones. Además del procedimiento de presentación de informes, algunos órganos de tratados pueden desempeñar funciones de supervisión complementarias con otros tres mecanismos: el procedimiento de investigación, el examen de denuncias entre los Estados, y el examen de denuncias de individuos u organizaciones. Cuatro de los comités (el Comité de Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, el Comité contra la Tortura y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer) pueden, en determinadas condiciones, recibir denuncias de particulares que afirman que se han violado sus derechos consagrados en los tratados. Observaciones Generales. Los comités también publican su interpretación del contenido de las disposiciones de Derechos Humanos, bajo la forma de Observaciones Generales sobre cuestiones temáticas o métodos de trabajo. Estas se elaboran con el apoyo de expertos de diferentes áreas y brindan una información e interpretación más completa e integrales sobre estándares, responsabilidades y cumplimiento de los derechos.

19


Consejo de Derechos Humanos y Examen Periódico Universal4. El Consejo de Derechos Humanos es un órgano intergubernamental que forma parte del sistema de las Naciones Unidas y que está compuesto por 47 Estados Miembros responsables del fortalecimiento de la promoción y la protección de los Derechos Humanos en el mundo. Fue creado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de marzo de 2006, con el objetivo principal de considerar las situaciones de violaciones de los Derechos Humanos y hacer recomendaciones al respecto. Un año después de celebrar su primera reunión, el 18 de junio de 2007, el Consejo adoptó su “paquete de construcción institucional” que proporciona elementos que guían su trabajo. Entre estos se destaca el nuevo Mecanismo de Examen Periódico Universal, a través del cual se examinará la situación de los Derechos Humanos en los 192 Estados Miembros de las Naciones Unidas. Otras características incluyen un nuevo Comité Asesor que sirve como el think tank del consejo, asesorándolo en diversas cuestiones temáticas relativas a los Derechos Humanos, y el nuevo mecanismo de método de denuncias que permite que individuos y organizaciones presenten denuncias sobre violaciones de los Derechos Humanos para la atención del Consejo. El Consejo de Derechos Humanos también trabaja con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas, que incluyen relatores individuales o grupos de trabajo sobre temáticas específicas relacionadas a los Derechos Humanos o para países donde existen preocupaciones urgentes sobre la situación de los Derechos Humanos. Los procedimientos especiales publican informes anuales/temáticos/de país, realizan visitas a Estados, escriben cartas de alegación y llamamientos urgentes y comunicados de prensa, y participan en foros y seminarios relacionados a su mandato.

20

Las personas que trabajan como parte de estos procedimientos especiales son independientes; no representan a ningún país o región y no son funcionarios de la ONU. En 2010 habían 31 procedimientos especiales con mandatos temáticos y 8 con mandatos por país.

2.3 Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) constituyen una amplia categoría de Derechos Humanos garantizados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), y en otros tratados internacionales y regionales sobre Derechos Humanos jurídicamente vinculantes. Hasta la fecha, más de 150 países5 han ratificado este Pacto, aceptando la obligación de cumplir con los derechos económicos, sociales y culturales de sus pueblos. Asimismo, numerosos países han articulado su compromiso con éstos por medio de su legislación nacional y constituciones nacionales. 4

http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/hrcouncil/

5

Menos Haití en esta región.


Los DESC constituyen elementos esenciales de una vida en dignidad y libertad. El pacto contempla los siguientes derechos: •

El derecho al trabajo (Artículo 6).

El derecho a gozar de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (Artículo 7).

El derecho a formar sindicatos y afiliarse a ellos, y el derecho a huelga (Artículo 8).

El derecho a la seguridad social, incluyendo el seguro social (Artículo 9).

El derecho a la protección y asistencia a la familia, especialmente de las madres, los niños y los adolescentes (Artículo 10).

El derecho a un nivel de vida adecuado para uno mismo y su familia, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a la continua mejora de las condiciones de vida (Artículo 11).

El derecho al nivel más alto posible de salud física y mental (Artículo 12).

El derecho a la educación y la libertad de los padres de elegir escuelas que no sean las establecidas por las autoridades públicas (Artículos 13 y 14).

El derecho a participar de la vida cultural y a beneficiarse con el avance de la ciencia (Artículo 15).

2.4 Derechos Civiles y Políticos. Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. Estos derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en Occidente. Los Derechos Civiles y Políticos se orientan a la protección de las libertades individuales del ser humano frente a la infracción injustificada del gobierno u organismos privados. Se caracterizan porque imponen al Estado la obligación de garantizar el libre goce de estos derechos y la capacidad de los individuos para participar en la vida civil y política del Estado sin discriminación o represión de ningún tipo. Implican protecciones y privilegios de los poderes personales dados a todos los ciudadanos por la ley. Los Derechos Civiles y Políticos pueden ser exigidos en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de limitaciones de sólo algunas garantías. Entre los principales Derechos Civiles y Políticos contemplados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos tenemos: •

Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica (Artículo 2).

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica (Artículo 9).

Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre (Artículo 8).

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Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral (Artículo 7).

Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación (Artículo 17).

Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia (Artículo 12).

Toda persona tiene derecho a una nacionalidad (Artículo 24).

Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que desean (Artículo 23).

Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión (Artículo 18).

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas (Artículo 19).

Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica (Artículo 21).6

Sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.6 Que haya justicia para todos. Que haya paz para todos. Que haya trabajo, pan, agua y sal para todos.

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Nelson Mandela, Discurso de Toma de Posesión Presidencial. Pretoria, Sudáfrica, 10 de Mayo, 1994. En todo el mundo, activistas y defensores están utilizando el marco legal de los DESC para fortalecer sus luchas por la justicia y contra la opresión. Al plantear la pobreza y la privación como violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales, se le impone la obligación al Estado y, cada vez más, a las empresas y otros actores no estatales, de prevenir y reparar estas situaciones. El marco de los DESC ayuda a transformar la manera en que se entiende el sufrimiento humano, incluso en casos inicialmente provocados por desastres naturales, como consecuencia de decisiones humanas que pasan a considerarse no solamente como el resultado natural de un “acto de fuerza mayor” o un inconveniente de ciertos individuos. El marco de los DESC pone en quienes están en el poder la responsabilidad de justificar o cambiar las políticas y prácticas que degradan los Derechos Humanos. Utilizando el marco de los DESC los activistas han iniciado causas frente a tribunales y órganos de resolución de disputas para exigir cambios; documentaron y publicaron violaciones recurrentes; hicieron presentaciones frente a varios mecanismos de control de las Naciones Unidas y sistemas regionales; trabajaron con relatores especiales de la ONU; movilizaron comunidades; desarrollaron legislación alternativa; analizaron presupuestos nacionales y tratados de comercio internacional para garantizar el respeto por los Derechos Humanos; y generaron solidaridad y formaron redes entre comunidades en el ámbito local y en todo el mundo. Los DESC unen a hombres y mujeres, emigrantes e indígenas, jóvenes y ancianos de todas las razas, religiones, orientaciones políticas, y orígenes económicos y sociales, en una lucha común por la libertad y dignidad humana universal.

6

Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. http://www.escr-net.org/resources_more/resources_ more_show.htm?doc_id=433445&parent_id=431812&attribLang_id=13441


2.5 Realización progresiva versus aplicación inmediata. Las obligaciones de los Estados de respetar y proteger los Derechos Humanos son consideradas obligaciones inmediatas. Esto significa que al momento de ratificar cualquier tratado sobre Derechos Humanos, un Estado inmediatamente asume estas responsabilidades. La obligación de hacer cumplir los derechos, de tomar medidas positivas hacia este cumplimiento, se considera una obligación progresiva. En muchos casos esta obligación progresiva es asociada con los derechos económicos, sociales y culturales que requieren más de acciones positivas para su cumplimiento que los derechos civiles y políticos. El compromiso de los Estados de tomar medidas con el objetivo de alcanzar progresivamente la realización plena de todos los derechos exige el uso efectivo de los recursos disponibles para garantizar un nivel de vida y desarrollo para todos. El derecho internacional no permite a los Estados retrasos en el cumplimento de los DESC. Si suceden, deben ser justificados frente a los órganos de vigilancia de los tratados de Derechos Humanos.

Preguntas para la reflexión: •

¿Cuál es la utilidad de los sistemas de protección de los Derechos Humanos para el trabajo de Plan por los Derechos de la Niñez?

¿Cómo podemos aprovecharlos y contribuir a ellos?

¿Cuál es la situación de ratificación de nuestros países en relación a los diferentes Tratados y Protocolos referidos a Derechos Humanos?

Herramienta

Los Derechos Humanos y el trabajo de Plan.

3. La Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. En 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) que establece los derechos, estándares y mecanismos de monitoreo para garantizar los derechos de niños y niñas. La CDN es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de Derechos Humanos tanto civiles y políticos, como económicos, sociales y culturales. Contiene 54 Artículos y reúne en un solo tratado todos los asuntos pertinentes a los Derechos del Niño. La CDN fue adoptada en noviembre de 1989 y entró en vigor en septiembre de 1990, luego de la ratificación por parte de los Estados. Dos aspectos fundamentales son su base; por un lado el reconocimiento de niños, niñas y adolescentes como sujetos sociales de derechos; y por otro, los Estados como garantes de la responsabilidad de respetar, hacer cumplir y proteger plenamente los derechos establecidos por la Convención. Esto implica que los Estados que la han ratificado deben brindar los medios, condiciones y garantías de ejercicio pleno de derechos para los niños, niñas y adolescentes de sus países.

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La Convención ha significado un cambio sustancial en la forma tradicional como los Estados en el mundo orientan sus políticas hacia la infancia; esto es pasar de la vieja consideración de “minoridad” acompañada por la doctrina de la situación irregular7, a la concepción de niños y niñas como sujetos de derecho en el marco de la doctrina de la protección integral. Todos los mecanismos internacionales de Derechos Humanos consideran y dan protección a los niños, niñas y adolescentes, pero la CDN es el instrumento que les brinda derechos específicos adicionales. Esto implica que por su condición particular de desarrollo, además de todos los derechos que disfrutan los adultos, los niños, niñas y adolescentes tienen derechos especiales.

Herramienta

El collage de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Objetivo: Reflexionar sobre cómo ha impactado la Convención sobre los Derechos del Niño en la vida actual de niños, niñas y adolescentes en el mundo.

Secuencia metodológica: Pedir a los participantes que se reúnan en grupos y conversen sobre los cambios que la Convención sobre los Derechos del Niño ha generado en relación a:

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La concepción que sobre niños, niñas y adolescentes se tiene en las familias, comunidades y sociedades.

Los avances en el cumplimiento de los derechos de los niños en su entorno. Distinguir aquellos que se respetan de aquellos que son vulnerados. Identificar posibles causas.

Entregar a cada grupo revistas, periódicos, fotos, figuras diversas, folletos en desuso, papelógrafo, marcadores, goma y tijeras.

Con estos materiales y a partir de sus reflexiones pedirles que elaboren un collage (mosaico de fotos, imágenes, textos recortados) que exprese las ideas centrales que surgieron durante el debate.

Ideas fuerza: Las concepciones sobre la niñez y adolescencia fueron cambiando a través de los siglos, pero es con la Convención sobre los Derechos del Niño, que niños, niñas y adolescentes son reconocidos como sujetos de derechos y, por lo tanto, como ciudadanos y ciudadanas.

7

Antes de la Convención, la niñez y la adolescencia era entendida como una etapa previa a la “madurez” adulta, por lo que la ley les asignaba una condición jurídica especial denominada minoridad, y esta acepción era usada en la mayoría de países de la región. Esta vieja concepción asociada a la doctrina de la situación irregular regía la vida de la mayoría de niños y niñas de la región. Algunas características centrales de esta doctrina son: sólo consideraba a niños y adolescentes infractores de la ley penal, niños en estado de abandono, niños vulnerables; los jueces de menores actuaban con absoluta discrecionalidad; el Estado tenía un rol “paternalista” y de poder.


A pesar del valor de la Convención8 y la ratificación de casi todos los Estados, todavía los Derechos de la Niñez y Adolescencia siguen siendo vulnerados, por lo que se requiere un trabajo de promoción y defensa sostenida de ellos.

3.1

Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño.9

El 25 de mayo de 2000, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó dos Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño. El primero, que entró en vigor el 18 de enero de 2002, concierne a la venta de niños, la prostitución infantil y el uso de niños en la pornografía (OPSC, por sus siglas en inglés). El Protocolo Facultativo exige que la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil se prohiban y define los actos que, consecuentemente, deben penalizarse. El Protocolo Facultativo obliga a los Estados a proteger los derechos e intereses de los niños víctimas y a elaborar medidas de prevención, rehabilitación y cooperación internacional para garantizar su protección contra la explotación sexual. El segundo Protocolo Facultativo, que entró en vigor el 12 de febrero de 2002, tiene que ver con la participación de niños en conflictos armados. Este protocolo aumenta la edad mínima de participación directa en hostilidades desde los 15 a los 18 años de edad. Asimismo, prohíbe a las fuerzas gubernamentales el reclutamiento obligatorio de toda persona menor de 18 años y todo tipo de reclutamiento o uso por parte de otros grupos armados de personas menores de 18 años.

3.2 El Comité de los Derechos del Niño y el monitoreo del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos. El Comité de los Derechos del Niño es el órgano encargado de monitorear la forma en que los Estados cumplen sus obligaciones derivadas de la Convención; es decir cómo viene siendo aplicada en cada uno de los países que la ratificaron. De acuerdo al Artículo 43 de la CDN el Comité ha sido creado “con la finalidad de examinar los progresos realizados en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados Partes.”10 El Comité está integrado por 18 expertos independientes con amplia experiencia en el ámbito de los Derechos de la Niñez y de los Derechos Humanos en general. Son elegidos por los Estados Partes a nivel mundial por períodos de cuatro años. Estos expertos no representan a sus países en el Comité, sino que son elegidos en sus cargos sobre la base de su independencia, trayectoria profesional y amplios conocimientos en materia de Derechos del Niño. Las reuniones del Comité se realizan generalmente en la sede de las Naciones Unidas en Ginebra. 8

Ver en http://treaties.un.org/Pages/Treaties.aspx?id=4&subid=A&lang=en el Estado de ratificación y reservas de los países. A la fecha han ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño 191 países, lo que la convierte en el tratado más ratificado.

9

Actualmente existe una campaña a nivel internacional para que las Naciones Unidas instaure un mecanismo de denuncia en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño. Esto a través de la adopción de un tercer Protocolo Facultativo de la CDN como mecanismo de denuncia y comunicación. Dicha propuesta cuenta con el apoyo del Comité de los Derechos del Niño, de ONG nacionales e internacionales, instituciones de Derechos Humanos y diferentes asociaciones de todas las regiones. Ver www.crin.org/espanol/ley/crc_denuncias.asp

10

Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 43.

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Al año se realizan tres períodos de sesiones que constan de una sesión plenaria de tres semanas y un grupo de trabajo anterior al período de sesiones que se reúne durante una semana.11 El Comité realiza las siguientes acciones: •

Examina los informes iniciales y periódicos presentados por los Estados Partes. El Comité analiza y comenta estos informes y emite recomendaciones a los Estados para que tomen medidas especiales para la promoción y protección de los Derechos de la Niñez.

Elabora Observaciones Generales para apoyar a los Estados en la aplicación efectiva de los Derechos de los Niños.

Trabaja en coordinación con los órganos de vigilancia de otros tratados de Derechos Humanos, instituciones especializadas de las Naciones Unidas y otros organismos con el fin de promover la Convención y la realización de los Derechos del Niño.

Organiza un día especialmente dedicado a debatir de forma general un artículo específico de la Convención o un tema en la esfera de los Derechos del Niño, a fin de proporcionar una mejor comprensión del contenido y el alcance de la Convención.

El Comité también supervisa la aplicación de los dos protocolos facultativos de la Convención, relativos a la participación de niños en los conflictos armados y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.

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Posibles acciones de monitoreo del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño. •

Realizar estudios comparativos sobre la legislación nacional en relación con el cumplimiento de la CDN. Identificar los cambios jurídicos necesarios y desarrollar propuestas concretas para el cambio.

Monitorear en qué medida la legislación existente se aplica. La región latinoamericana ha tenido un gran avance en términos de formulación de marcos legales, pero en muchos casos estos no se cumplen. El análisis debe incluir las razones de este fracaso. Por otro lado, además del cumplimiento de los marcos legales, existen vacíos legales o aspectos de los mismos que no han sido armonizados integralmente con lo que estipula la CDN.

Examinar los presupuestos públicos nacionales y analizar cuánto se asigna a los programas que afectan la vida de los niños, relacionándolos con los compromisos asumidos desde los garantes.

Días de Debate General celebrados por el Comité de los Derechos del Niño12: • •

Los niños en los conflictos armados (1992). La explotación económica de los niños (1993).

11

Página web de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Comité de los Derechos del Niño http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/crc/index.htm

12

Las recomendaciones se encuentran en el sitio web: http://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/discussion.htm


• • • • • • • • • • • • • • •

El papel de la familia en la promoción de los Derechos del Niño y de la Niña (1994). La administración de la justicia de menores (1995). El niño y los medios de comunicación (1996). Los derechos de los niños con discapacidad (1997). El VIH/Sida y los Derechos del Niño (1998). Reunión en conmemoración del décimo aniversario del Comité de los Derechos del Niño: logros y desafíos (1999). La violencia de Estado contra los niños (2000). La violencia contra los niños en la familia y en la escuela (2001). El sector privado como proveedor de servicios (2002). El derecho de los niños indígenas (2003). Realización de los Derechos del Niño en la primera infancia (2004). Los niños sin protección parental (2005). El derecho del niño a ser escuchado (2006). Recursos en materia de Derechos del Niño: la responsabilidad de los Estados (2007). El derecho del niño a la educación en situaciones de emergencia (2008).

Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño. Las interpretaciones que realiza el Comité sobre las provisiones y principios de la CDN se enmarcan en su experiencia de vigilancia y monitoreo y las convierte en Observaciones Generales, las cuales tienen como objetivo apoyar a los Estados Partes en la aplicación efectiva de los Derechos de los Niños. Desde 2001 el Comité ha publicado las siguientes Observaciones Generales13: • •

• • • • • • • • • •

13

Observación General Nº 1: Propósitos de la Educación. CRC/GC/2001/1, abril de 2001. Observación General Nº 2: El papel de las instituciones nacionales independientes de los Derechos Humanos en la promoción y protección de los Derechos del Niño. CRC/GC/2002/2, noviembre de 2002. Observación General Nº 3: El VIH/Sida y los Derechos del Niño CRC/GC/2003/3, marzo de 2003. Observación General Nº 4: La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convención de los Derechos del Niño CRC/GC/2003/4, julio de 2003. Observación General Nº 5: Medidas generales de aplicación de la Convención de los Derechos del Niño CRC/GC/2003/5, noviembre de 2003. Observación General Nº 6: Trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen CRC/GC/2005/6, septiembre de 2005. Observación General Nº 7: Realización de los Derechos del Niño en la primera infancia CRC/C/GC/7, noviembre de 2005. Observación General Nº 8: El derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes. CRC/C/GC/8, agosto de 2006. Observación General Nº 9: Derechos de los niños con discapacidad. CRC/C/GC/9, febrero de 2007. Observación General Nº 10: Los Derechos del Niño en la justicia de menores. CRC/C/GC/10, abril de 2007. Observación General No.11: Los niños indígenas y sus derechos en virtud de la Convención. CRC/C/ GC/11, febrero de 2009. Observación General Nº 12: El derecho del niño a ser escuchado. CRC/C/GC/12, julio de 2009.

Ver en: http://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/comments.htm el contenido de las Observaciones.

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a) Informes periódicos de los Estados Partes. La Convención sobre los Derechos del Niño ha contemplado un sistema de presentación de informes por parte de los Estados que den cuenta del cumplimiento de sus obligaciones y compromisos bajo la CDN. Esta obligación y responsabilidad de presentar informes periódicos al Comité sobre la manera en que se respeta, protege, cumple y promueve el ejercicio de los Derechos de la Niñez está explicitada en el Artículo 44 de la CDN que señala: “Los Estados Partes se comprometen a presentar al Comité, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, informes sobre las medidas que hayan adoptado para dar efecto a los derechos reconocidos en la Convención y sobre el progreso que hayan realizado en cuanto al goce de esos derechos”. Los Estados Partes deben informar por primera vez dos años después de la ratificación de la CDN, y, posteriormente, deben presentar informes periódicos cada cinco años14 sobre la situación de los Derechos de la Niñez en sus países. El informe15 es elaborado por el propio Estado y es entregado al Comité de los Derechos del Niño en Ginebra teniendo en cuenta las orientaciones y lineamientos generales que establece dicha instancia.

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El informe periódico deberá brindar al Comité una base para un diálogo constructivo con el Estado Parte acerca de la aplicación de la Convención y el disfrute de los Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes en su territorio. Por consiguiente, debe lograrse en él un equilibrio entre la descripción de la situación jurídica formal y la situación real existente en la práctica. A fin de facilitar a los Estados Partes la elaboración de sus informes el Comité ha elaborado una guía que agrupa los artículos de la Convención de la siguiente forma: •

Medidas generales de aplicación (Artículos 4 y 42 y párrafo 6 del Artículo 44).

Definición de niño (Artículo 1).

Principios generales (Artículos 2, 3, 6 y 12).

Derechos y libertades civiles (Artículos 7, 8 y 13 a 17 y apartado a del Artículo 37).

Entorno familiar y otro tipo de tutela (Artículos 5 y 9 a 11, párrafos 1 y 2 del Artículo 18, Artículos 19 a 21 y 25, párrafo 4 del Artículo 27 y Artículo 39).

Salud básica y bienestar (Artículo 6, párrafo 3 del Artículo 18, Artículos 23, 24 y 26 y párrafos 1 a 3 del Artículo 27).

Educación, esparcimiento y actividades culturales (Artículos 28, 29 y 31).

Medidas especiales de protección (Artículos 22, 30 y 32 a 36, apartados b a d del Artículo 37, y Artículos 38, 39 y 40).

14

Las copias de los informes enviados por los Estados Partes al Comité de los Derechos del Niño se encuentran en: http://www. ohchr.org/english/bodies/crc/sessions.htm

15

Actualmente los Estados deben regirse por las “Orientaciones Generales respecto de la forma y el contenido de los informes que han de presentar los Estados Partes con arreglo al apartado b) del párrafo 1 del Artículo 44 de la Convención”. Dichas orientaciones fueron aprobadas por el Comité el 3 de junio de 2005, en su 39º período de sesiones y rigen para todos los informes periódicos que se presenten después del 31 de diciembre de 2005.


El Comité solicita, por lo tanto, que respecto de cada grupo de artículos el Estado Parte facilite información sobre el seguimiento, la vigilancia, la asignación de recursos, los datos estadísticos y las dificultades con que se tropieza para la aplicación de la CDN. A los gobiernos se recomienda que consulten a organizaciones no gubernamentales e incorporen sus contribuciones en los informes estatales dirigidos al Comité de los Derechos del Niño. Por otro lado, también se ha avanzado en establecer recomendaciones para la participación de niños, niñas y adolescentes en la elaboración de los informes de los Estados Partes.

Resumen de los procedimientos para la presentación de informes sobre Protocolos Facultativos16. “Los Estados Partes deben presentar un informe dos años después de la ratificación de los Protocolos Facultativos. Estos informes deben describir de modo completo las medidas adoptadas para aplicar los Protocolos Facultativos. Después del informe inicial, los Estados Partes deben incluir cualquier información adicional relativa a la aplicación de los Protocolos en los informes periódicos que presentan al Comité de conformidad con el Artículo 44 de la Convención. Si un Estado no es parte de la Convención, pero ha adherido a los Protocolos Facultativos, deberá presentar informes sobre la aplicación de los Protocolos cada cinco años”. “Las orientaciones respecto de los informes que han de presentar los Estados Partes con arreglo del OPSC (CRC/OP/SA/1)17 y del OPAC (CRC/OP/AC/1)18 exigen a los Estados Partes presentar información sobre los avances y los obstáculos surgidos en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por los Protocolos, sobre la asignación presupuestaria, así como datos estadísticos detallados y disgregados. Los informes también deben incluir información sobre la situación jurídica, la coordinación, la divulgación y la concienciación y explicar si la aplicación de los Protocolos se atiene a los principios generales de la Convención y de qué manera. Por otro lado, los Estados Partes deben informar si organizaciones no gubernamentales han participado de la preparación del informe”.

b) Los informes sombra o alternativos. Las ONG y las coaliciones de ONG pueden elaborar los llamados “informes alternativos”, “informes de ONG” o “informes sombra”. Son muy útiles para el Comité de los Derechos del Niño a la hora de estudiar los informes oficiales de los Estados Partes, puesto que la existencia de los primeros les permite contar con puntos de vista diversos, y no simplemente con los del gobierno, que en algunos casos pueden descuidar información sobre áreas en las cuales no ha 16

Guía para las Organizaciones no Gubernamentales que presentan informes al Comité de los Derechos del Niño. Grupo de las ONG para la Convención sobre los Derechos del Niño. Ginebra 2006.

17

Orientaciones revisadas respecto de los informes que han de presentar los Estados Partes con arreglo del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y el uso de niños en la pornografía.

18

Orientaciones respecto de los informes que han de presentar los Estados Partes con arreglo del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de los niños en los conflictos armados.

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cumplido con sus obligaciones. Este proceso de generación de informes recibe el respaldo del Grupo de ONG por la Convención sobre los Derechos del Niño, con sede en Ginebra, Suiza. Cabe precisar que el Comité recibe todo tipo de contribuciones; sin embargo, los informes elaborados por coaliciones conformadas por organizaciones cuyo trabajo por los Derechos de la Niñez abarcan diferentes áreas, son, por lo general, más amplios y contienen un mayor análisis del cumplimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes en sus países.

Algunas recomendaciones a la sociedad civil sobre el proceso de elaboración de Informes Alternativos para El Comité de los Derechos del Niño19. •

Preparar el informe con participación amplia; el proceso es una oportunidad para sumar actores, para hacer consultas. Además de tener como objetivo la elaboración del informe que alcanzaremos al Comité, este proceso debe enriquecer a otros y ser divulgado y discutido entre la mayor cantidad de organizaciones de adultos y niños de todo el país.

Incluir a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en este proceso, de manera que se pueda garantizar su participación voluntaria, informada y genuina. Idealmente la voz de la niñez debe ser reflejada independientemente de la voz de los adultos en los informes alternativos. En lo posible brindar un espacio propio donde expresen sus propias opiniones y propuestas. Una recomendación especial es que esta participación no sea forzada ni condicionada por el mundo adulto.

Considerar principalmente la identificación, explicitación y análisis de los nudos y las dificultades en la aplicación de la Convención. El Comité considera esto un aporte relevante desde la sociedad civil.

Alcanzar al Comité información complementaria clave, seleccionada bajo criterios de relevancia, calidad y oportunidad.

No desestimar su participación en la elaboración del informe gubernamental, salvo motivos extremos; esta es una interesante oportunidad de trabajo conjunto y aporte a la sociedad civil.

30

Expectativas del Comité respecto a la sociedad civil:

19

Que complementen la información con datos y su experiencia.

Que proporcionen aportes innovadores.

Que se den comentarios al Informe Oficial.

Que demuestren capacidad de síntesis.

Que proporcionen recomendaciones para situaciones complejas.

Elaborado sobre la base de la presentación: “Aportes para fortalecer el rol de Plan en la Incidencia y Abogacía.” realizada por Rosa María Ortiz, miembro del Comité de los Derechos del Niño. Memoria Taller Regional “Hacia la Construcción y desarrollo de un Enfoque de Derechos en Plan ROA”. Guayaquil. Marzo 2009.


c) Participación de la niñez, procesos de elaboración y presentación de informes. La experiencia en Latinoamérica muestra diferentes esfuerzos por incorporar a niños, niñas y adolescentes en los procesos de elaboración de informes alternativos. Sin embargo, es necesaria una mayor reflexión y profundización sobre las implicancias que esto conlleva en coherencia con el principio de participación establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño. La participación de la niñez en la elaboración de estos documentos es fundamental, no solo como informantes sino también como actores de todo el proceso.

Participación de los niños en el proceso de presentación de informes20. La participación activa de los niños en el proceso de presentación de informes es cada vez más común. No existe un método único para ello y, hasta el momento, han contribuido de diversas maneras. Se ha consultado a los niños en la mayoría de los países a través de grupos o clubes de jóvenes o individualmente. También pueden realizarse encuestas o consultas locales, regionales y nacionales. Las principales maneras en que los niños han participado en la presentación de informes al Comité son las siguientes: •

Preparación de informes y presentación directa al Comité mediante organizaciones o asociaciones de niños que han reunido información de un público más amplio, identificando inquietudes y problemas relacionados con la aplicación de sus derechos. No obstante, este tipo de presentación de informe es poco frecuente.

Participación en reuniones organizadas por las principales coaliciones de ONG en las que redactaron sus propios informes. Así, los niños han preparado un informe para el Comité con la orientación y el respaldo financiero de una ONG o coalición.

Participación en la elaboración de informes alternativos de las ONG. Durante las consultas para la preparación de los informes, se han convocado las opiniones de los niños. Estas pueden haber sido incorporadas al interior del propio documento preparado por los adultos y también haber sido incluidas en una sección aparte o como anexo para recalcar los principales problemas desde su perspectiva.

En unos pocos países se han realizado videos a nivel nacional para permitir a los niños expresarse más directamente. Estas filmaciones se presentan para que el Comité tenga una idea de los principales temas que la niñez desea que sean abordados. d) Las Observaciones Finales del Comité de los Derechos del Niño a los Estados en relación al cumplimiento de la CDN en sus países. Sobre la base de la revisión de los informes oficiales y alternativos, otras fuentes de información y sesiones periódicas con la presencia del Estado y la sociedad civil, el Comité elabora un documento –las Observaciones Finales– que contiene un análisis exhaustivo sobre el cumplimiento de la CDN con comentarios y recomendaciones al Estado. 20

Guía para las Organizaciones no Gubernamentales que presentan informes al Comité de los Derechos del Niño. Ginebra 2006. Tercera Edición. Página 14.

31


Las Observaciones Finales, por lo general, incluyen los siguientes aspectos: introducción, aspectos positivos (incluidos los progresos realizados); factores y dificultades que obstaculizan la aplicación; principales temas de preocupación, sugerencias y recomendaciones dirigidas al Estado Parte. Las Observaciones Generales elaboradas por el Comité a partir de los informes de los países se constituyen en referencia del ejercicio de la responsabilidad del Estado en relación al cumplimiento de los Derechos de la Niñez en sus respectivos países. Esto significa que todos los sectores implicados deben tomar en cuenta las recomendaciones elevadas por el Comité e incorporarlas en los planes, políticas y acciones nacionales relacionados con la infancia y sus derechos. Por ello, los Planes Nacionales de Acción por la Infancia, planes de trabajo del Defensor por los Derechos del Niño, instituciones públicas, ministerios encargados de temas de infancia y entes rectores, deben considerar las recomendaciones elevadas por el Comité de los Derechos del Niño. Entidades no estatales también pueden utilizar las respectivas recomendaciones del Comité para guiar su trabajo por los Derechos de la Niñez en cualquier país.

32

Cabe resaltar que aunque las recomendaciones del Comité no son equivalentes a una decisión judicial, la doctrina y el mismo Comité señalan que tienen el valor de dar las orientaciones necesarias a los Estados para el correcto cumplimiento de las obligaciones contraídas con la ratificación de la CDN. Cada Estado debe hacer público tanto el informe oficial, como las Observaciones Finales del Comité, comprometiéndose a cumplir dichas recomendaciones. Dada la relevancia de las recomendaciones del Comité de Derechos del Niño, su difusión y utilización como instrumento político para la exigibilidad de derechos es fundamental.

Participación de las organizaciones de niños, niñas y adolescentes en la difusión de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño21. “Quizás una de las ganancias mayores de la experiencia aquí sistematizada debe encontrarse en la conciencia de los niños y niñas del sentido de su participación. Ella apunta a mostrar que son no sólo son capaces, sino conscientes de que son responsables, que no deben dejar únicamente en manos de otros aquello que constituye su derecho y que su palabra y su opinión son necesarias para la búsqueda de justicia y reconocimiento social”. “Lo que está en juego es que los niños y niñas se van sintiendo como actores legítimos en la sociedad y ante el Estado. Los niños han desplegado una acción directa en el espacio público como centro de la sociedad política al analizar, observar y cuestionar el informe del Estado al Comité de los Derechos del Niño, al haber hecho lo propio con el de algunas ONG de la sociedad civil, y al haber directamente elaborado su opinión y participar en el debate internacional sobre la situación de la infancia en el Perú”.

21

Prólogo de Alejandro Cussiánovich a la sistematización del proceso de participación de las organizaciones de niños, niñas y adolescentes en la difusión de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas al Tercer Informe del Estado Peruano.


“Pero, además, por haber hecho suya la tarea de difundir las Recomendaciones y convocar a diversas instancias para exigir su cumplimiento. A todo este proceso es que llamamos ejercicio de su protagonismo, desarrollo de su participación protagónica”.

Preguntas para la reflexión: ¿Cuál es el rol principal del Comité de los Derechos del Niño?

Herramienta

Observaciones Finales y Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño.

¿Conocen las recomendaciones incluidas en las Observaciones Finales presentadas por el Comité de los Derechos del Niño en respuesta al último informe de su Estado? ¿Ha participado Plan en la elaboración del último informe de su Estado al Comité de los Derechos del Niño? ¿De qué manera? ¿De qué manera ha participado Plan en la elaboración del informe alternativo elaborado por la sociedad civil? ¿De qué manera han participado los niños, niñas y adolescentes en estos procesos? ¿Cómo se está monitoreando la respuesta del Estado a las recomendaciones y Observaciones Finales del Comité?

Ideas fuerza: El Comité de los Derechos del Niño ha brindado importante orientación acerca de las obligaciones de los Estados en lo relativo a la aplicación de la CDN y sus Protocolos Facultativos. Las recomendaciones y Observaciones Finales emitidas al examinar los informes que presentan los Estados detallan los aspectos necesarios de reforzar en cuanto al cumplimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes en los diferentes países. Es necesario una mayor difusión e información sobre estas observaciones y recomendaciones a fin de ser utilizadas en el trabajo por la promoción y defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

4. Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos. Este Sistema se instituyó en el marco de la Organización de los Estados Americanos (OEA) como respuesta al movimiento que se dio en el ámbito internacional para establecer mecanismos internacionales de protección.

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Entre los principales tratados de Derechos Humanos del Sistema Interamericano tenemos: •

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948).

Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969).

Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (1985).

Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”(1988).

Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte (1990).

Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994).

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará” (1994).

Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (1999).

4.1 Los Derechos Humanos de la niñez en el Sistema Interamericano. 34

Tal como ocurre con el Sistema Universal todos los derechos establecidos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos corresponden también a todos los niños, niñas y adolescentes de las Américas. Sin embargo, cabe precisar que por un lado los diversos instrumentos del Sistema Interamericano contienen disposiciones específicas para la protección de los Derechos de la Niñez en el continente; y por otro, existen normativas de alcance específico para su protección.

4.1.1 Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948). El Artículo VII de la Declaración Americana hace referencia al derecho a la protección de la maternidad y la infancia estableciendo que “toda mujer en estado de gravidez o en época de lactancia, así como todo niño, tiene derecho a protección, cuidados y ayuda especiales”. Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969). Todos los Artículos de la Convención Americana relativos a derechos se aplican en su integridad para la protección de los Derechos de la Niñez; pero, al mismo tiempo, existen referencias específicas en los Artículos 5 y 17 en relación al derecho de los niños privados de libertad y a la igualdad de derechos de los hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio: •

Artículo 5. Derecho a la Integridad Personal: cuando los menores puedan ser procesados, deben ser separados de los adultos y llevados ante tribunales especializados, con la mayor celeridad posible, para su tratamiento.

Artículo 17. Protección a la Familia: la ley debe reconocer iguales derechos a los hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio.

Por otro lado, el Artículo 19 sobre Derechos del Niño determina un ámbito de protección especial a los Derechos Humanos de los niños, estableciendo que “todo niño tiene derecho


a las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”. Este Artículo, y aún siendo bastante general, debe ser interpretado a la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas y de los demás instrumentos internacionales de Derechos Humanos y de Derechos de Infancia. Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador” (1988). El Protocolo de San Salvador en su Artículo 16 brinda mayores alcances con respecto a los Derechos de la Niñez estableciendo que: “todo niño sea cual fuere su filiación tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requiere por parte de su familia, de la sociedad y del Estado. Todo niño tiene el derecho a crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres; salvo Definición de niño en el Sistema circunstancias excepcionales, reconocidas judicialmente, el Interamericano de Derechos Humanos.22 niño de corta edad no debe ser separado de su madre. Todo niño tiene derecho a la educación gratuita y obligatoria, al En el ámbito interamericano, no se tiene menos en su fase elemental, y a continuar su formación en una definición normativa del sujeto niño. Por un lado, la Declaración Americana niveles más elevados del sistema educativo.” Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará” (1994). El Artículo 9 de esta Convención establece la protección de las niñas por su situación de vulnerabilidad a la violencia estableciendo que “para la adopción de las medidas a las que se refiere este capítulo, los Estados Partes tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, de su raza o de su condición étnica, de migrante, refugiada o desplazada. En igual sentido se considerará a la mujer que es objeto de violencia cuando está embarazada, es discapacitada, menor de edad, anciana, o está en situación socioeconómica desfavorable o afectada por situaciones de conflictos armados o de privación de su libertad”.

4.1.2 Normativa específica de protección de los Derechos de los Niños. Existen otros instrumentos de alcance específico para la protección de los Derechos de la Niñez al interior del Sistema Interamericano, estos son: •

Convención Interamericana sobre Conflicto de Leyes en Materia de Adopción de Menores (1984).222324

de Derechos y Deberes del Hombre sólo establece un ámbito de protección para el niño, pero no lo define (Artículo 7). La Convención Americana sobre Derechos Humanos si bien establece un ámbito de protección a los Derechos Humanos del niño, tampoco define al sujeto de derecho (Artículo 19). En virtud de lo anterior, la Corte y la Comisión Interamericanas de Derechos Humanos han precisado que la definición de niño o niña se sustenta en lo dispuesto en el Artículo 1 23 de la Convención sobre los Derechos del Niño. La Corte Interamericana precisó en su Opinión Consultiva 17 que el término niño “abarca, evidentemente, los niños, niñas y adolescentes”. 24 La sección V de la Opinión Consultiva 17 sobre la Condición Jurídica y los Derechos Humanos del Niño, denominada “Definición de niño”, precisa quien debe ser considerado como sujeto niño: “En definitiva, tomando en cuenta la normativa internacional y el criterio sustentado por la Corte en otros casos, se entiende por ‘niño’ a toda persona que no ha cumplido 18 años de edad”.

22

La Infancia y sus Derechos en el Sistema de Protección de Derechos Humanos. Página 6.

23

Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 1: “Para los efectos de la presente Convención se entiende por niño todo ser humano menos de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado la mayoría de edad”.

24

Corte Interamericana de Derechos Humanos. Condición Jurídica y Derechos Humanos del Niño. Opinión Consultiva OC17/02 de 28 de agosto de 2002. Serie A N 17, nota 45.

35


Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias (1989).

Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores (1989).

Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores (1994).

4.2 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es uno de los dos órganos del Sistema Interamericano de protección y promoción de los Derechos Humanos en las Américas. Tiene su sede en Washington, D.C., Estados Unidos. Es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y que actúa en representación de todos los países miembros de la OEA. Está integrada por siete miembros, elegidos por la Asamblea General, quienes ejercen sus funciones con carácter individual por un período de cuatro años, reelegibles por una sola vez. La CIDH se reúne varias veces por año en períodos ordinarios y extraordinarios de sesiones. Su Secretaría Ejecutiva cumple las instrucciones de la Comisión y sirve de apoyo para la preparación legal y administrativa de sus tareas. La Comisión tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los Derechos Humanos, y en el ejercicio de su mandato:

36

a) Recibe, analiza e investiga peticiones individuales que alegan violaciones de los Derechos Humanos, según lo dispuesto en los Artículos 44 al 51 de la Convención. b) Observa la vigencia general de los Derechos Humanos en los Estados Miembros, y cuando lo considera conveniente publica informes especiales sobre la situación en un Estado en particular. c) Realiza visitas in loco25 a los países para profundizar la observación general de la situación, y/o para investigar una situación particular. Generalmente, esas visitas resultan en la preparación de un informe que se publica y es enviado a la Asamblea General. d) Estimula la conciencia de los Derechos Humanos en los países de América. Para ello entre otras actividades realiza y publica estudios sobre temas específicos; por ejemplo, sobre medidas para asegurar mayor independencia del poder judicial; actividades de grupos irregulares armados; la situación de Derechos Humanos de los menores, de las mujeres, de los pueblos indígenas. e) Realiza y participa en conferencias y reuniones de distinto tipo con representantes de gobiernos, académicos, grupos no gubernamentales, etc., para difundir y analizar temas relacionados con el Sistema Interamericano de los Derechos Humanos. f) Hace recomendaciones a los Estados Miembros de la OEA sobre la adopción de medidas para contribuir a promover y garantizar los Derechos Humanos. g) Solicita a los Estados que tomen “medidas cautelares” específicas para evitar daños graves e irreparables a los Derechos Humanos en casos urgentes. Puede también solicitar que la Corte Interamericana requiera “medidas provisionales” de los Gobiernos en casos urgentes de peligro a personas, aún cuando el caso no haya sido sometido todavía a la Corte. 25

La finalidad de las observaciones o visitas in loco es conocer directamente la situación de los Derechos Humanos en el país en el que se efectúa.


h) Somete casos a la jurisdicción de la Corte Interamericana y actúa frente a la Corte en dichos litigios. i) Solicita “Opiniones Consultivas” a la Corte Interamericana sobre aspectos de interpretación de la Convención Americana. Relatoría sobre los Derechos de la Niñez. La Relatoría sobre los Derechos de la Niñez de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos fue creada en 1998 con el fin de fortalecer el cumplimiento y respeto de los Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes en las Américas. La Relatoría asesora a la CIDH en el trámite de peticiones, casos y solicitudes de medidas cautelares y provisionales que se presentan ante dicho órgano en materia de niñez. Asimismo, realiza visitas a los Estados, elabora estudios y publicaciones. Pero su mandato principal es la promoción de los Derechos Humanos de los niños, las niñas y los adolescentes dentro de la jurisdicción de los 35 Estados Miembros de la OEA, por lo cual trabaja expresamente para dar cumplimiento a cada una de las funciones establecidas. La Relatoría está a cargo de un Comisionado26 designado por la propia CIDH. Hasta el 31 de diciembre de 2011 lo ejerce el Comisionado Paulo Sérgio Pinheiro, de Brasil, quien viene desempeñándose desde 2004 como Relator sobre los Derechos de la Niñez y cuenta con el apoyo del equipo profesional de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH.

Organización de los Estados Americanos Comisión Interamericana de Derechos Humanos Relatoría sobre los Derechos de la Niñez. Funciones de la Relatoría:27 Peticiones y casos La Relatoría suministra análisis especializado en la evaluación de las denuncias presentadas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre presuntas violaciones de los Derechos Humanos de los niños y las niñas en la región.

Medidas cautelares y provisionales En caso de denuncias relativas a situaciones graves y urgentes que vulneran los Derechos Humanos de los niños y las niñas en la región, la CIDH puede solicitar a los Estados que adopten medidas urgentes para evitar un daño irreparable. También puede requerir información al Estado y emitir recomendaciones sobre la situación denunciada. Asimismo, en caso de situaciones extremadamente graves y urgentes, la CIDH puede solicitar a la Corte Interamericana que ordene a los Estados que adopten medidas provisionales para evitar un daño irreparable. 26

A partir de su creación en 1998 se han desempeñado en el cargo el ex Comisionado Hélio Bicudo (Brasil, 1998-2003); Susana Villarán de la Puente (Perú, 2002-2003) y actualmente Paulo Sérgio Pinheiro.

27

http://www.cidh.oas.org/Ninez/funcionessp.htm

37


Estudios especializados La Relatoría apoya a la Comisión a través de la elaboración de estudios sobre los Derechos Humanos de los niños y las niñas. Estos estudios contribuyen al desarrollo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en materia de niñez. Además, sirven de orientación a los Estados para el adecuado cumplimiento de sus obligaciones internacionales.

Visitas a los Estados Contando con el consentimiento del Estado, la Relatoría puede realizar visitas a los países de la región. Durante ellas establece contactos con las autoridades del gobierno, con organizaciones de la sociedad civil y con los niños y niñas. Las visitas permiten ampliar el conocimiento sobre los problemas que les afectan en la región y formular recomendaciones a los Estados a fin de garantizar el goce y ejercicio de los Derechos Humanos.

Actividades de promoción La Relatoría realiza actividades de promoción sobre la protección de los Derechos Humanos de los niños y las niñas. Por ejemplo, organiza seminarios, reuniones especializadas y talleres sobre las obligaciones internacionales asumidas por los Estados.

38 4.3 Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Corte Interamericana (con sede en San José, Costa Rica) fue creada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969. La Convención entró en vigor en julio de 1978 y la Corte inició sus funciones en 1979. Es un tribunal regional de protección de los Derechos Humanos y está conformado por siete jueces nacionales de Estados miembros de la OEA elegidos a título personal y a propuesta de los Estados Partes de la Convención Americana. Los jueces de la Corte no representan los intereses de los Estados que los proponen como candidatos. Las decisiones de la Corte son vinculantes. Todo Estado contra el que se presente una demanda debe haber aceptado la jurisdicción de la Corte en estos casos o de lo contrario el caso sólo podrá ser llevado ante la Comisión. Sólo la Comisión Interamericana y los Estados Partes en la Convención Americana pueden presentar demandas ante la Corte; en casos individuales/particulares las demandas deben ser presentadas primero ante la Comisión para su consideración, quien de acuerdo a ciertos criterios puede enviarlas a la Corte. A la fecha, veintiún Estados Partes han reconocido la competencia contenciosa de la Corte: Costa Rica, Perú, Venezuela, Honduras, Ecuador, Argentina, Uruguay, Colombia, Guatemala, Suriname, Panamá, Chile, Nicaragua, Paraguay, Bolivia, El Salvador, Haití, Brasil, México, República Dominicana y Barbados. La Corte tiene dos tipos de funciones:


Función consultiva: a través de esta función la Corte responde las consultas que le formulan los Estados Miembros de la OEA. Esto implica la interpretación de los artículos de la Convención Americana y otros instrumentos de Derechos Humanos internacionales para aportar directrices más exhaustivas acerca de sus disposiciones y de la forma en que los Estados pueden implementarlos. Función contenciosa: con ella la Corte determina si un Estado ha incurrido en responsabilidad internacional por haber violado alguno de los derechos consagrados o estipulados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Cabe destacar que, conforme al Artículo 61.1 de la Convención, sólo los Estados Partes y la Comisión tienen derecho a someter un caso a la decisión de la Corte.2829 Los casos ante la Corte se inician mediante la demanda presentada por la Comisión o por un Estado. No obstante, la Corte sólo puede hacer esto en los casos en que el Estado en cuestión haya aceptado la jurisdicción de gobierno de la Corte para dichos casos. Cuando el Estado en cuestión no haya aceptado la jurisdicción de la Corte, el caso sólo se puede presentar ante la Comisión Interamericana. Además de estas funciones, la Corte tiene también facultades para adoptar medidas provisionales que considere necesarias en casos de extrema gravedad y urgencia. Finalmente es importante señalar que la Corte no tiene competencia para atender peticiones formuladas por individuos u organizaciones, toda vez que éstas deben presentarse primero ante la Comisión, que es el órgano encargado de recibir y evaluar las denuncias que le plantean particulares con motivo de violaciones a los Derechos Humanos llevadas a cabo por alguno de los Estados Partes.

¿Qué tipo de casos han sido sometidos ante la Corte Interamericana relacionados a los Derechos de la Niñez? 28 En 1997 se presentó el primer caso, el de cinco niños muertos por la Policía Nacional de Guatemala, sometido a la Corte por Casa Alianza y CEJIL. En 1999, la Corte sostuvo en la demanda que Guatemala había violado el Artículo 4 el cual consagra el derecho a la vida. La Corte decidió por unanimidad que el Estado de Guatemala debía construir un centro con una placa con los nombres de las víctimas, indemnizar a sus familiares, investigar los hechos del caso, identificar y sancionar a los responsables y adoptar en su derecho interno las disposiciones que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de estas obligaciones29. Otros casos que han logrado avances: •

Las ejecuciones extrajudiciales de niños de la calle en Honduras (Marco Antonio Servellón y otros vs. Honduras). Las ejecuciones extrajudiciales de niños de la calle en Guatemala (Villagrán Morales y otros vs. Guatemala). Niños detenidos en centros penitenciarios para adultos en Honduras (Menores detenidos en centros de detención para adultos vs. Honduras).

4.4 Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes. El Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (IIN) es un Organismo Especializado de la OEA que tiene como finalidad principal cooperar con los gobiernos de los Estados Miembros para la promoción del desarrollo de actividades e instrumentos técnicos que contribuyan a la protección integral del niño, la niña y el adolescente y al mejoramiento de su calidad de vida y la de sus familias.

28

http://www.crin.org/resources/infoDetail.asp?ID=20082&flag=report

29

Caso de los “Niños de la Calle” (Caso Villagrán Morales y otros vs. Guatemala), sentencia del 26 de mayo de 2001, Corte I.D.H. (Ser. C) No. 77 (2001).

39


Es misión30 del IIN “contribuir al desarrollo de políticas públicas que garanticen la promoción y el ejercicio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, en el marco del fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en los Estados Miembros de la OEA, promoviendo la colaboración con la sociedad civil y la construcción de una cultura de derechos y bienestar de los niños, niñas y adolescentes”. Son miembros del IIN los representantes de los Estados Miembros de la OEA, con excepción de Cuba. Ellos son: Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Grenada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, San Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela. El IIN cumple sus fines a través de los siguientes órganos:

40

El Consejo Directivo: se reúne anualmente y está integrado por los representantes acreditados de los Estados Miembros de la OEA. Dichos representantes deben ser seleccionados entre altos funcionarios responsables de entidades oficiales especializadas en temas de niñez, adolescencia y familia, o entre personas de reconocida competencia en la materia.

La Secretaría del Instituto: a cargo de un Director General, la sede actual del IIN y de su Secretaría es Montevideo, Uruguay.

El Congreso Panamericano del Niño, la Niña y Adolescentes: es un órgano del IIN y se define como una reunión interamericana de nivel ministerial que convoca cada cinco años a las autoridades y representantes de los Estados Miembros del Sistema Interamericano en relación a temas de infancia y adolescencia.

Los Congresos Panamericanos se realizan desde 1916 como instancias de diálogo, reflexión y comunicación; constituyen acontecimientos de carácter político y técnico, cuya finalidad es visualizar los niveles alcanzados por los países americanos en materia de políticas hacia la niñez y la adolescencia, permitiéndoles identificar los avances y los desafíos pendientes. Estos congresos tienen carácter oficial, quienes participan son los equipos de alto nivel de los países, como los ministros, secretarios de Estado u otras autoridades con competencia en la materia.

Primer Foro Panamericano del Niño, la Niña y Adolescentes. En el marco del XX Congreso Panamericano del Niño, la Niña y Adolescentes celebrado en Lima, Perú, en septiembre de 2009, el IIN realizó el Primer Foro Panamericano del Niño, la Niña y Adolescentes con la colaboración del Gobierno de Perú, de los Estados Miembros y de un importante conjunto de instituciones como el Movimiento Mundial por la Infancia, UNICEF, Save the Children y Plan.

30

www.iin.oea.org


Es importante destacar la articulación con organizaciones de la sociedad civil, siendo un evento desarrollado por primera vez en la historia de la región bajo el contexto de una Conferencia Especializada de la OEA. El Foro contó con la participación central de adolescentes representantes de los Estados Miembros de la OEA y sus propuestas tocaron aspectos como mayores recursos públicos para la implementación de los Derechos de la Niñez; la importancia de la participación de niños, niñas y adolescentes; el rol de los Estados; la violencia que viven a diario en los diferentes espacios, y la necesidad de la inversión en la educación frente al gasto en armas, entre otros. Como resultado de esta experiencia se lograron incorporar bajo la aprobación de los Estados participantes del XX Congreso Panamericano las siguientes recomendaciones elaboradas por los adolescentes durante el desarrollo del Foro y que fueron incluidas en la resolución final del Congreso: •

Conformar Consejos Consultivos a nivel local, regional, nacional e interamericano para que incorporen las palabras, opiniones, necesidades y propuestas de niños, niñas y adolescentes, incluyendo a quienes tienen habilidades y necesidades especiales, en la construcción e implementación de políticas públicas a ser ejecutadas por las máximas autoridades.

Implementar espacios públicos aptos para que participen todos los niños, niñas y adolescentes, favoreciendo la recreación, la cultura, el juego y la expresión/ comunicación.

El Estado debe brindar asistencia familiar y desarrollar campañas con metodologías adecuadas para promover en los padres una actitud más abierta, escuchando a los niños, niñas y adolescentes, y permitiéndoles dar opinión sobre los temas que los afectan a ellos y a sus familias.

Prohibir toda forma de castigo físico y psicológico en las familias, las instituciones escolares y en la sociedad.

Menos inversión en armas y más escuelas.

La experiencia del Primer Foro Panamericano de Niños, Niñas y Adolescentes es inédita y de especial relevancia por ser la primera oportunidad en que se ha impulsado la participación de NNA, su diálogo con representantes de los más altos niveles de decisión política, y su incidencia en las conclusiones finales del XX Congreso.

Sistema Iberoamericano: la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes. La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes fue aprobada en octubre de 2005 y es un tratado internacional que consta de un preámbulo y 44 artículos que en su conjunto reconocen a los jóvenes entre los 15 y 24 años de edad como sujetos de derechos, actores estratégicos del desarrollo y personas capaces de ejercer responsablemente los derechos y libertades configurados en dicha Convención.

41


La Convención establece la obligación y responsabilidad de los Estados Partes de adoptar y garantizar las medidas necesarias para la plena realización de los Derechos Humanos de la juventud. Este tratado fue firmado en 2005 en Badajoz, España, y entró en vigor luego de la ratificación del mismo por cinco países de la Comunidad Iberoamericana.

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Recomendamos: www.crin.org/ Sitio web de la Red de Información sobre los Derechos del Niño (CRIN, por sus siglas en inglés). Es una red mundial que se encarga de divulgar información sobre la Convención sobre los Derechos del Niño a niveles nacional, regional e internacional para ONG, agencias de las Naciones Unidas, organizaciones intergubernamentales, instituciones educativas y otros expertos en Derechos del Niño. La Unidad de Coordinación tiene su sede en Londres, Reino Unido. http://www.ohchr.org Sitio web de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH, por sus siglas en inglés). http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/crc/index.htm Sitio web del Comité de los Derechos del Niño que contiene información sobre el trabajo de monitoreo que realizan de la CDN, los Informes de los Estados y las Recomendaciones que emite el Comité a cada Estrado; los Comentarios Generales y los Días de Debate General, además de otra información relevante. http://www.unicef.org/ Sitio web del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, por sus siglas en inglés). http://www.oas.org/es/ Sitio web de la Organización de Estados Americanos (OAS, por sus siglas en inglés). http://www.cidh.org/ Sitio web de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Relatoría de la Niñez). http://www.iin.oea.org/ Sitio web del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes. http://www.childrightsnet.org/ Sitio Web del grupo de ONG para la Convención sobre los Derechos del Niño. Es una coalición de ONG internacionales que trabajan para facilitar la implementación de la Convención. En este sitio web encontrará también la “Guía para las Organizaciones no Gubernamentales que presentan informes al Comité de los Derechos del Niño”.

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Capítulo II El Enfoque de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes. 1. El Enfoque de Derechos Humanos. ¿Qué es el Enfoque de Derechos Humanos? El enfoque basado en los Derechos Humanos es un marco conceptual para el proceso de desarrollo humano que, desde el punto de vista normativo, está basado en las normas internacionales de Derechos Humanos y, desde el punto de vista operacional, está orientado a su promoción y protección. Su propósito es analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias y el injusto reparto del poder que obstaculizan el progreso en materia de desarrollo. Desde la perspectiva de los Derechos Humanos, la caridad por sí sola no es suficiente. En un Enfoque de Derechos Humanos, los planes, las políticas y los procesos de desarrollo están anclados en un sistema de derechos y de los correspondientes deberes establecidos por el derecho internacional. Ello contribuye a promover la sostenibilidad de la labor de desarrollo, potenciar la capacidad de acción efectiva de la población, especialmente de los grupos más marginados, para participar en la formulación de políticas y hacer responsables a los que tienen la obligación de actuar.

2. Elementos centrales del Enfoque de Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes. El Enfoque de Derechos de la Niñez tiene como elementos centrales31: •

Los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, sus normas y principios y especialmente los establecidos por la Convención sobre los Derechos del Niño.

¿Qué significa el Enfoque de Derechos para el trabajo de Plan en las Américas? Marco Estratégico Regional para las Américas. Plan Internacional. 2009.

31

45


El reconocimiento de niños, niñas y adolescentes como sujetos sociales de derechos, lo que supone el disfrute y la exigibilidad progresiva de los mismos en todas sus dimensiones y diversidades de etnia, edad, género, capacidades especiales, condiciones y otras.

La identificación del Estado como Garante de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a través de toda su institucionalidad para respetar, proteger y cumplir dichos derechos.

La identificación de la familia, la comunidad, el sector privado, la sociedad civil en su conjunto y otros, como actores corresponsables en el cumplimiento de los Derechos Humanos de la Niñez a través de su influencia, contribución y colaboración en la realización de los Derechos de los Niños.

2.1

Los principios de los Derechos Humanos y los Derechos de la Niñez.

2.1.1 Principios de los Derechos Humanos. Universalidad e inalienabilidad.

46

Los Derechos Humanos son universales. Todos los seres humanos, en todas partes del mundo, poseen los mismos derechos independientemente de su raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional, étnico o social, posición económica, impedimentos físicos, nacimiento o cualquier otra condición de su persona. Además, los Derechos Humanos son inalienables: no se puede renunciar voluntariamente a un derecho inherente al ser humano, ni tampoco puede éste ser usurpado por otras personas. El principio de la universalidad de los Derechos Humanos es la piedra angular del derecho internacional que los sustenta. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales en el tema. Todos los Estados han ratificado al menos uno de los principales tratados de Derechos Humanos, y el 80 por ciento de los países cuatro o más, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de Derechos Humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones. Los Derechos Humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Interdependencia e indivisibilidad. Los Derechos Humanos son indivisibles, ya sean de naturaleza civil, cultural, económica, política o social, son inherentes a la dignidad de todo ser humano. Por consiguiente, todos los derechos poseen el mismo rango y condición, y no pueden ser clasificados, a priori, en orden jerárquico. Todos los Derechos Humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la Ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance


de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás. Igualdad y no discriminación. La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de Derechos Humanos. Está presente en todos los principales tratados de Derechos Humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El principio se aplica a toda persona en relación con todos los Derechos Humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, entre otros. El principio de no discriminación se complementa con el principio de igualdad como lo estipula el Artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. E inmediatamente precisa en el Artículo 2 que “toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, sexo, color, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”. Extendiéndolo a todas las personas sin distinción alguna y poniendo de manifiesto como el principio de igualdad impregna la Declaración en su conjunto. El mayor interés de ambos artículos reside en la afirmación de la igualdad, lo que confiere a la Declaración su sentido filosófico y moral. No habiendo otra fundamentación de la igualdad más que la dignidad inherente de la persona, debe quedar bien claro que los Derechos Humanos lo son por nacimiento y que corresponden a las personas en calidad de seres humanos por el solo hecho de serlo. El marco legal internacional de Derechos Humanos brinda un respaldo jurídico a los mismo.

La igualdad admite diferencias, pero no desigualdades, mientras que la desigualdad supone discriminación y exclusión; la diferencia deja espacio a la individualidad sin menoscabo de la igualdad de derechos. De esta manera el principio de igualdad promueve una relación recíproca y de equivalencia entre individuos que son diferentes. Precisamente en esa vocación de universalidad e igualdad reside uno de los valores más característicos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Participación. Todo ser humano tiene derecho a una participación activa, libre y significativa en la contribución a, y en el disfrute de, sus derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales. Rendición de cuentas e imperio de la ley. Cuando los Estados ratifican los instrumentos internacionales de Derechos Humanos asumen su responsabilidad en la rendición de cuentas del cumplimiento de los mismos, constituyéndose en Garantes jurídicos y principales responsables. Los Estados como Garantes deben responder por el respeto, protección y cumplimiento de los Derechos Humanos. En este sentido, tienen que cumplir con las normas legales y estándares contenidos en los instrumentos de Derechos Humanos a los que han adscrito.

47


Herramienta

En el caso que los Estados no cumplan con sus deberes, los titulares de derechos agraviados deben estar facultados para exigir y recobrar sus derechos de acuerdo a las reglas y procedimientos previstos por la ley.

Principios de los Derechos Humanos. Objetivo: Analizar el significado y contenido de los principios de Derechos Humanos en la esfera personal.

Secuencia metodológica: •

48 •

Formar grupos de trabajo y distribuir entre ellos las definiciones de los siguientes principios de los Derechos Humanos: •

Universalidad

Inalienabilidad

Interdependencia

Indivisibilidad

Participación

Rendición de cuentas e imperio de la ley

Cada grupo trabajará por 20 minutos la revisión y análisis de los principios basados en las siguientes preguntas: •

¿Cuáles son los componentes sustanciales de este principio?

¿Cuál es la importancia de este principio?

¿Cómo se da la aplicación de este principio en nuestra vida personal/familiar?

¿Cómo se da la aplicación de este principio en nuestra vida profesional/ laboral?

¿Cómo se cumple este principio en la vida de los niños y niñas que nos rodean? (con quienes trabajamos, los que forman parte de nuestro entorno familiar/ de amistad).

En plenaria los grupos presentan el trabajo realizado a través de un afiche que exprese visualmente las ideas centrales de lo discutido alrededor de cada principio. Luego, el facilitador orienta la reflexión y análisis grupal.

2.1.2 Principios de los Derechos del Niño. El Comité de los Derechos del Niño ha establecido cuatro principios generales que sostienen y facilitan la implementación de la Convención sobre los Derechos del Niño de manera integral e interdependiente. Estos principios rectores y facilitadores son: la No Discriminación, el Interés Superior del Niño, Supervivencia y Desarrollo y Participación. La incorporación del Enfoque de Derechos implica la consideración de estos cuatro principios a lo largo de todo nuestro trabajo programático.


Divida a los participantes en pequeños grupos y asígneles uno de los cuatro principios de los Derechos de la Niñez: No Discriminación, Interés Superior del Niño, Supervivencia y Desarrollo o Participación.

El grupo tiene que aplicar este principio a un área de trabajo de la Organización previamente establecido (protección, educación, género).

Todos los grupos aplican los diferentes principios asignados a una sola área de trabajo previamente establecida.

Herramienta

El prisma.

Luego, comparten en plenaria los resultados de la experiencia desarrollada. Se sugieren las siguientes preguntas para guiar la discusión: •

¿Qué significó aplicar este principio al área de trabajo asignada?

¿Qué aspectos tuvieron que considerar?

¿Qué retos encontraron?

De esta manera se puede revisar y analizar el área de trabajo a través de los diferentes principios como si se estuviese analizando a través de un prisma de principios.

No Discriminación (CDN, Artículo 2).

Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causas de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares. El derecho a la No Discriminación es un derecho inherente que garantizan todos los instrumentos de Derechos Humanos, incluida la CDN. De conformidad con el Artículo 2 de la Convención, todo niño tiene derecho a no ser discriminado en el ejercicio de sus derechos. El Comité ha identificado la no discriminación como un principio general de fundamental importancia para la puesta en práctica de todos los derechos consagrados en la Convención. Para proteger de manera efectiva a los niños contra la discriminación, los Estados tienen la obligación de hacer que el principio de no discriminación se refleje en toda la legislación nacional y pueda ser implementado y debidamente monitoreado. La implementación del principio de No Discriminación debe también abordar las actitudes y prácticas que algunas sociedades todavía conservan y que afectan y limitan a los niños en general en el disfrute pleno de los derechos establecidos por la Convención.

49


Herramienta

Preguntas clave sobre No Discriminación32 para programas o proyectos con Enfoque de Derechos de la niñez. •

¿Están las estadísticas y la información desagregadas por sexo, discapacidad, clase social, origen étnico, etc.?

¿Es probable que el proyecto/programa beneficie de manera distinta a niños y niñas de diferentes identidades/grupos sociales? Si la respuesta es afirmativa, ¿cómo?

¿Cuenta el programa/proyecto con un enfoque inclusivo que garantice la participación plena y el acceso para todos? ¿Incluye estrategias de refuerzo?

¿Se incluirá en el proyecto el componente no-discriminación? (edad, discapacidad, sexo, origen étnico, clase social, estatus del VIH/Sida, etc.)? Considerar las actitudes, prácticas, leyes y políticas.

¿Pretende el programa/proyecto ofrecer a un grupo de niños derechos de los cuales no gozan otros grupos? Si es así, ¿es apropiado? ¿Cuáles son los fundamentos?

¿Existe un plan para persuadir al gobierno y a otros actores a movilizar recursos con el fin de evitar y combatir la discriminación y los estereotipos? ¿Incluye este plan alguna intermediación para que los gobiernos faciliten información desagregada por sexo, clase social, edad, etc. (en lo que respecta a presupuestos, gastos e impactos).

¿Cuáles fueron los temas de desigualdad y discriminación dentro del grupo objetivo y entre éste y otros grupos de niños? ¿Cómo se trataron?

El programa/proyecto, ¿ha conservado estereotipos y roles tradicionales de género o ha promovido un cambio?

¿Se han reforzado los derechos de los niños y niñas menos empoderados?

¿Se ha realizado un análisis de género?

50

El Interés Superior del Niño (CDN, Artículo 3).

En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial que se atenderá será el Interés Superior del Niño. La aplicación del principio del Interés Superior del Niño exige que los Estados adopten activamente, en sus sistemas legislativo, administrativo y judicial, medidas que apliquen sistemáticamente este principio, estudiando las consecuencias de sus decisiones y de su actuación sobre los derechos y los intereses del niño. Esto requiere una clara comprensión y entendimiento del contenido y alcances de este principio, que incluye, por ejemplo, la consideración del principio del Interés Superior del Niño en los procesos de toma de decisión de los presupuestos públicos a favor de la infancia. 32

Preguntas clave aplicables a todas las fases de programación de los Derechos del Niño. Programación de los Derechos del Niño. ¿Cómo aplicar un Enfoque de Derechos del Niño en la programación? Manual para los miembros de Save the Children. Alianza Internacional Save the Children. 2002.


El Comité señala que el Interés Superior del Niño se concibe como un derecho colectivo y como un derecho individual; esto es que los Estados tienen la obligación de tener presente no solamente la situación particular de un niño sino también el interés de los niños como grupo. El Interés Superior de los Niños como grupo definido debe establecerse de la misma manera como se hace al ponderar el interés de un niño individualmente. El Interés Superior del Niño, establecido en consulta con el niño, es fundamental y debe guiar la actuación de las instituciones y autoridades responsables. Si está en juego el Interés Superior de un gran número de niños, también deben facilitarse y brindarse oportunidades y condiciones para conocer los puntos de vista de aquellos afectados en esos grupos y se tengan en cuenta debidamente sus opiniones al planificar medidas, incluso decisiones legislativas, que los afecten directa o indirectamente.

¿Cuál es la visión del Interés Superior del Niño en el área específica de intervención del programa o proyecto?

¿Quién y cómo precisó esta visión? ¿Cuáles son los supuestos subyacentes que están en la base de este programa o proyecto?

¿Cómo han contribuido los niños y niñas al desarrollo de esta visión? ¿Debe acaso el interés superior del niño y de la niña ser plenamente considerado durante la planificación e implementación del proyecto?

¿Es posible que puedan existir efectos negativos para algún niño o grupo de niños (dentro o fuera del grupo objetivo)? ¿Acaso se busca el interés superior de cada niño individualmente?

¿Cómo se asigna el presupuesto? ¿Se realiza de acuerdo al interés superior del niño en relación al grupo objetivo?

¿Existe un plan para persuadir al gobierno y a los otros actores para realizar análisis de género e impacto sobre los niños, antes de tomar decisiones o de aprobar nuevas leyes, etc.?

¿Se ha mantenido el principio del Interés Superior del niño como lo más importante durante la implementación del proyecto?

¿Qué otros intereses estaban involucrados y cómo se resolvieron los conflictos?

Herramienta

Preguntas clave acerca del Interés Superior del Niño33 para programas o proyectos con Enfoque de Derechos de la Niñez.

Supervivencia y Desarrollo (CDN, Artículo 6).

Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida. Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño. 33

Ibídem.

51


El Estado tiene la obligación de garantizar la supervivencia y el desarrollo del niño en la máxima medida posible. En este contexto, el término “desarrollo” debe interpretarse en sentido amplio, agregando una dimensión cualitativa: se refiere no sólo a la salud física, sino también al desarrollo mental, emocional, cognitivo, social y cultural. A todo niño se le deberá permitir desarrollar plenamente su potencial y se le brindará apoyo para tal efecto.

Herramienta

Preguntas clave sobre Supervivencia y Desarrollo34 para programas o proyectos con Enfoque de Derechos de la Niñez.

52

¿La programación trata las diferentes necesidades de supervivencia y desarrollo de los niños y niñas? ¿Se están tomando medidas para evitar y tratar las diferentes formas de abandono, violencia, abuso y explotación?

¿Se está aplicando un enfoque multisectorial con el fin de dar tratamiento y fortalecer el desarrollo físico, cognitivo, emocional, social, cultural y espiritual de los niños y niñas implicados? ¿Se está reconociendo la capacidad evolutiva de los niños?

¿Se reconoce a los padres y a la familia como los principales encargados del cuidado de los niños?

¿Existe la posibilidad de alguna consecuencia negativa para grupos diferentes de niños y niñas en lo que respecta a la supervivencia y desarrollo?

¿Existe algún plan para persuadir al gobierno y a los otros actores para que asignen la máxima cantidad de recursos a la supervivencia y el desarrollo de todos los niños?

¿Se encuentran las estadísticas correspondientes a educación y salud, por ejemplo, desagregadas (por edad, género, discapacidad, etc.)? ¿Se ofrecen indicadores cualitativos y cuantitativos en el tiempo (con el fin de medir los impactos)?

¿Cuál ha sido el impacto (directo e indirecto) del proyecto sobre la supervivencia y desarrollo?

Derecho a expresar su opinión y ser escuchado (CDN, Artículo 12).

Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afectan, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones en función de la edad y madurez del niño. Al ser considerado como uno de los cuatro principios de la Convención, este Artículo se interpreta no solo como un derecho en sí mismo, sino que, además, debe ser tomado en cuenta en la interpretación e implementación de todos los otros derechos establecidos por la CDN. Esto es claramente establecido en la Observación General N°12 del Comité de los Derechos del Niño sobre el Derecho del Niño a ser escuchado cuando señala que “El Artículo 12, como principio general, está vinculado a los demás principios generales de la Convención, como el 34

Ibídem.


Artículo 2 (derecho a la No Discriminación) y el Artículo 6 (derecho a la Vida, la Supervivencia y el Desarrollo) y, en particular, es interdependiente con el Artículo 3 (consideración primordial del Interés Superior del Niño). El Artículo también está estrechamente vinculado con los demás relativos a los derechos y libertades civiles, especialmente el Artículo 13 (derecho a la libertad de expresión) y el Artículo 17 (derecho a la información). Además, el Artículo 12 está conectado con todos los demás artículos de la Convención, que no podría aplicarse íntegramente si no se respeta al niño como sujeto con sus propias opiniones sobre los derechos consagrados en los artículos respectivos y sobre su cumplimiento.” Los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a involucrase en las decisiones que los afectan. Los Estados deben garantizar que las opiniones de los NNA sean solicitadas y consideradas en todos los asuntos que afecten sus vidas. Se les deberá permitir expresar sus ideas cómodamente. Los órganos que toman decisiones deberán escucharlos y tomar en cuenta sus opiniones, de acuerdo a su edad y madurez. Esta disposición se aplica tanto a los casos individuales como a los colectivos. Para poder estar en capacidad para tomar decisiones, los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a contar con información relevante presentada de manera comprensible.

35

¿Se están incorporando las perspectivas de los niños y niñas en todas las fases de programación: la identificación, planificación, diseño, implementación y evaluación?

¿Se están tomando en consideración las diferentes perspectivas de los grupos de niñas y niños y se les está otorgando igual importancia? ¿Se está proporcionando información accesible y relevante? ¿Se están respetando las capacidades evolutivas de los niños implicados?

¿Se están tomando medidas especiales de modo que todos los niños se animen a participar? ¿Qué tipo de apoyo se ofrece a fin de ayudar a los niños y niñas a desarrollar su capacidad para seleccionar opciones con conocimiento de causa?¿Se ha persuadido al gobierno y a los otros actores para que tomen en consideración las opiniones de los niños sobre cualquier asunto que pudiese afectarlos? ¿Se suministra a los niños información relevante de una manera que puedan entenderla?

¿Cómo se buscaron las opiniones de los niños y niñas durante el planeamiento y la implementación del proyecto y qué acciones se tomaron como resultado de estas opiniones?

Ibídem.

Herramienta

Preguntas clave sobre Participación35 para programas o proyectos con Enfoque de Derechos de la Niñez.

53


Herramienta

Principios de los Derechos del Niño. Objetivo: Profundizar en la comprensión de los principios de los Derechos del Niño.

Secuencia metodológica: •

Formar grupos de trabajo. Cada grupo recibirá una tarjeta con la definición de uno de los principios de los Derechos del Niño: No Discriminación, Interés Superior del Niño, Supervivencia y Desarrollo, Participación.

Al interior del grupo revisarán y analizarán durante 10 minutos el significado del principio que les corresponde teniendo en cuenta: significado en la realidad y vida de los niños, implicancias y posibilidades de realización.

Luego, prepararán una representación de cinco minutos en donde participen todos los miembros del grupo. Debe expresar y transmitir lo analizado y contener los elementos centrales de cada principio expresado.

En plenaria se hará una recapitulación de cada uno de los principios en función a la siguiente matriz:

Principio DDNN

54

Cómo se cumple en el cotidiano de los niños.

Implicancias. Para los adultos, familias, sociedad.

Posibilidades de realización.

No discriminación. Interés superior. Supervivencia y desarrollo. Participación.

2.2 Niños, niñas y adolescentes como sujetos sociales de derechos. Trabajar con el enfoque de los Derechos del Niño implica tener en cuenta a niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, incluyendo los derechos civiles, políticos, sociales, culturales y económicos; derechos que cubren todos los aspectos de su vida y que están contemplados en los 54 Artículos que abarca la CDN y en los demás instrumentos internacionales de Derechos Humanos. La consideración de niños como sujetos constituye un aspecto central del Enfoque de Derechos del Niño. Esto es clave si somos parte de organizaciones que trabajan por los Derechos de la Niñez. A su vez, y en coherencia con los principios establecidos por la CDN, esta consideración se aplica también al momento de planificar, implementar, monitorear y evaluar proyectos y programas. La consideración de los niños como sujetos sociales de derechos releva su rol como participantes activos en la promoción, protección y vigilancia de sus derechos, y está muy estrechamente relacionado con el rincipio de Participación que establece la importancia de incluir a los niños


y sus opiniones y propuestas en la elaboración de políticas, programas y medidas que los afectaran directamente.36

Objetivo: Reflexionar sobre los cambios de paradigma en relación a la concepción de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho.

Herramienta

Niño sujeto de derechos37.

Secuencia metodológica: •

Divida al grupo en dos. Cada uno debe tener un número igual de participantes.

Explique que un grupo representará a las “personas” y el otro, a las “cosas”.

Persona: los que cumplirán el rol de “personas” tienen los siguientes atributos: pueden tomar decisiones, tienen iniciativa, piensan, sienten; se pueden dirigir a las “cosas”, sin tocarlas, y deciden autónomamente qué quieren hacer con ellas. Cosas: no toman decisiones, dependen de las personas, no piensan, no sienten, no tienen autonomía ni capacidad de proponer. •

Pida al grupo de las “personas” que tome “las cosas” y hagan con ellas todo lo que se les ocurra durante tres minutos.

Reúna a todos nuevamente al centro de la sala e inicie la reflexión alrededor de las siguientes preguntas: •

¿Cómo se sintieron en su rol de “personas”?

¿Cómo se sintieron en su rol de “cosas”?

¿Qué relación tiene este ejercicio con la vida de los propios niños, niñas y adolescentes?

¿Siendo niños sintieron alguna vez que fueron tratados como “cosas”? ¿En qué circunstancias?

¿Tienen algunos ejemplos de momentos y/o situaciones en que tratamos a los niños y niñas como cosas?

A la luz de la Convención sobre los Derechos del Niño, ¿qué significa cambiar nuestros viejos paradigmas sobre los niños y niñas? ¿Qué exigencias nos plantea?

¿Qué cambios todavía son necesarios para que niños, niñas y adolescentes sean entendidos y tratados plenamente como personas y sujetos de derecho.

36

Comité de los Derechos del Niño. 51° período de Sesiones. Observación General N°12 2009. El derecho del niño a ser escuchado.

37

Esta dinámica fue inspirada y adaptada de ¡Criar sin violencia todas y todos podemos! Fortaleciendo las bases de Apoyo Familiares y Comunitarias para Niños y Adolescentes. Instituto Promundo. Río de Janeiro, 2004.

55


Ideas fuerza: “Si los adultos que rodean a los niños y niñas, sus padres y otros familiares, maestros y cuidadores no comprenden el significado de la Convención y, sobre todo, su confirmación de la condición de los niños y niñas como iguales de los adultos en tanto sujetos de derecho, es muy improbable que los derechos establecidos en la Convención se realicen para muchos niños y niñas”.

Comité de los Derechos del Niño, Observación General Nº 5, sobre medidas generales para aplicar la Convención sobre los Derechos del Niño.

2.3 El Estado como Garante del cumplimiento de los Derechos de la Niñez. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y cumplir los Derechos Humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en su disfrute o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos contra individuos y grupos. La obligación de hacer cumplir significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los Derechos Humanos básicos.

56

Todos los Estados que han firmado y ratificado la Convención de los Derechos del Niño son garantes principales y han asumido el compromiso de tomar todas las medidas necesarias para implementarla. La CDN al ser ratificada adquiere fuerza de ley y se hace de obligatorio cumplimiento por parte del Estado, quien debe crear condiciones para su aplicación en sus respectivos territorios. Según el Artículo 4° de la Convención sobre los Derechos del Niño: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro de la cooperación internacional.” Los Estados están obligados a armonizar sus leyes, políticas y prácticas con las normas de la Convención; a convertir estas normas en una realidad para los niños y niñas; y a abstenerse de tomar cualquier medida que pueda impedir o afectar el disfrute de estos derechos. Al respecto la Observación General Nº 5 referida a las medidas de implementación de la Convención establece que “es fundamental hacer que toda la legislación interna sea plenamente compatible con la Convención y que los principios y las disposiciones de ésta puedan aplicarse directamente y sean susceptibles de la debida ejecución coercitiva.”38 Los Estados son los principales garantes del cumplimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes en sus países. Tienen la responsabilidad de crear el marco legislativo y las políticas a seguir, y de proporcionar los recursos para que éstos se hagan realidad.

38

Comité de Derechos del Niño. 34º período de sesiones. 19 de septiembre al 3 de octubre de 2003. Observación General Nº 5 (2003). Medidas generales de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (Artículos 4 y 42 y párrafo 6 del Artículo 44).


Las obligaciones de los Estados en el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño. En septiembre de 2003, el Comité de los Derechos del Niño publicó la Observación General Nº 5 que aborda las medidas generales de implementación de la CDN. La relevancia de este documento es que refiere formas generales a través de las cuales se puede implementar la Convención.

“El Estado es quien asume obligaciones en virtud de la Convención, pero en la aplicación de ésta, es decir, en la labor de traducir en la realidad los Derechos Humanos de los niños, tienen que participar todos los sectores de la sociedad y, desde luego, los propios niños. “Es fundamental hacer que toda la legislación interna sea plenamente compatible con la Convención y que los principios y las disposiciones de ésta puedan aplicarse directamente y sean susceptibles de la debida ejecución coercitiva.”39 La Observación General Nº 5 ha identificado toda una serie de medidas generales de implementación40 que se necesitan para la aplicación efectiva de la Convención, entre ellas: educación, formación e incremento de la conciencia sobre los derechos establecidos en la CDN; asignación de recursos para los niños; desarrollo de agendas amplias para los niños con el establecimiento de metas reales y obtenibles; el establecimiento de estructuras especiales y la realización de actividades de supervisión y formación, así como de otras actividades, en el gobierno, en el parlamento y en la judicatura, en todos los niveles.

Objetivo: Analizar las implicancias de las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño para los Estados como garantes.

Herramienta

El Estado, Garante jurídico de los Derechos del Niño.

57

Secuencia metodológica: •

Formar grupos de trabajo y entregar el documento de Observaciones Finales y Recomendaciones que realizó el Comité de los Derechos del Niño al último informe de sus Estados.

Cada grupo analizará las Recomendaciones y elegirá las tres que considere más relevantes para evaluar cuál es el nivel de cumplimiento que está realizando el Estado frente a las Observaciones y Recomendaciones específicas que se le han hecho.

39

Ibídem.

40

Como la correcta implementación de la Convención supone que toda la estructura del Estado tome medidas al respecto, el Comité de los Derechos del Niño ha emitido el Comentario General Nº 5 que aborda integral y ampliamente dichas medidas.


El siguiente cuadro puede apoyar el análisis:

Recomendación

Nivel de avance realizado

Acciones claves que debe realizar el Garante

En plenaria se comparten los resultados del trabajo grupal.

Ideas fuerza: Los principales garantes para la implementación de la Convención son los Estados Partes que la han firmado y ratificado. Son ellos los responsables jurídicos ante la población, incluidos los propios niños, niñas y adolescentes; así como ante la comunidad internacional. A su vez, la sociedad en su conjunto debe exigir su cumplimiento.

Conceptos relacionados: Acuerdo vinculante: es un acuerdo que conlleva obligaciones legales. Acuerdos vinculantes incluyen tratados, convenciones y protocolos. Las declaraciones no son legalmente vinculantes; algunas cartas tampoco.

58

Estado(s) Parte(s): son los países que han ratificado un pacto o una convención y que, por tanto, quedan obligados a atenerse a sus provisiones. Firmar, firma: en los Derechos Humanos, es el primer paso que se da en la ratificación de un tratado. Firmar una declaración, convención o un pacto constituye una promesa de adherirse a los principios insertos en el documento y de dar cumplimiento a su espíritu. Ratificar, ratificación: es el proceso mediante el cual el cuerpo legislativo del Estado da confirmación a la acción del gobierno al firmar un tratado. Es un procedimiento formal con el que el Estado se obliga legalmente a un tratado después de aceptarlo.

2.4 Corresponsables (sociedad civil, padres, comunidades, sector privado, medios de comunicación, instituciones religiosas. etc.). Aún cuando los Estados son los primeros y principales garantes legalmente responsables, la realización de los derechos de niños y niñas requiere también el compromiso de otros actores. (Ejemplo: El Estado debe alentar a medios de comunicación a difundir información y materiales de interés social y cultural para el niño. CDN, Artículo 17). Los corresponsables incluyen a las familias, comunidades, organizaciones de la sociedad civil, instituciones religiosas, organizaciones comunitarias de base, medios de comunicación y empresas, entre otros. En muchos casos, estas personas y entidades tienen obligaciones legales a nivel nacional en cuanto al respeto, protección y cumplimiento de los derechos de los NNA (El Estado tiene la obligación básica de asegurar que toda persona al menos respete los derechos de los NNA).


Más allá de estas obligaciones legales, también se puede hablar de una responsabilidad ética y social que debería ser asumida por estas personas y entidades dado su potencial de impactar de manera positiva en los derechos de los NNA. Es importante diferenciar el rol de la familia como principal responsable de la crianza, entre otras tareas. Los padres y representantes legales tienen la responsabilidad primaria por la crianza y el desarrollo de sus “hijos”. El Estado es quien debe garantizar que los padres (representantes legales y otras personas encargadas del niño) cumplan con sus responsabilidades y les debe brindar la asistencia apropiada para que puedan hacerlo (CDN, Artículos 18 y 27). En el caso de que los padres no cumplan con sus responsabilidades hacia sus hijos, le recae al Estado intervenir para garantizar los derechos de los NNA (ejemplo de protección de NNA contra el abuso intrafamiliar).

Objetivo: Analizar los diferentes roles y responsabilidades de los actores sociales en relación al respeto y cumplimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Herramienta

Corresponsabilidad en relación al cumplimiento de los Derechos de la Niñez41.

Secuencia metodológica: •

Formar grupos de trabajo para el análisis de casos.

Cada grupo recibe un caso en el cual deberá revisar y analizar los roles y responsabilidades de los diferentes actores en cuanto al cumplimiento y realización de los Derechos de la Niñez.

Las siguientes preguntas pueden guiar el trabajo:

Identifique los diferentes actores en esta historia.

¿Qué derechos aborda centralmente este relato?

¿Qué otros derechos están relacionados?

¿Cuáles son los roles que cumple cada actor?

¿Cuáles deberían ser los roles y responsabilidades que corresponden a cada uno en relación al cumplimiento de los Derechos de los Niños?

¿Qué necesitarán para cumplir con ese rol en cuanto a capacidades, información, conocimientos?

Presentar, analizar y consolidar el trabajo de los grupos.

Estudio de caso 1: En una comunidad andina, constituida por 150 familias, hay 240 niños de los cuales 125 son niñas y 115 niños, todos menores de 13 años. El puesto de salud no es muy utilizado; el oficial de salud llega a su trabajo un poco antes del mediodía y se va a las tres de la tarde; no le gusta permanecer en la aldea; dice que no tiene condiciones 41

Adaptado de “Oficina Enfoque de Direitos - Plan Brasil e Plan Oficina Regional”. Agosto 2010.

59


para quedarse ahí. Las tasas de cobertura en vacuna de los niños son muy bajas; se considera que solo 40% fueron vacunados. Las mujeres embarazadas no se presentan para consulta prenatal o asisten muy tarde; la mayor parte da a luz en su casa con una matrona tradicional; el oficial de salud culpa a las madres y a su cultura por esta situación; el oficial de salud esta desmotivado, dice que el Departamento de Salud no le ha pagado hace dos meses y hace seis que no le envía los insumos, vacunas y medicamentos necesarios para poder trabajar; él cobra a los pocos pacientes por consulta para poder comprar algunos insumos básicos. A dos horas de distancia existe un puesto de salud implementado por una ONG local que recibe fondos de una ONG internacional. Toda la población acude ahí porque las instalaciones son muy nuevas y lindas; cada tres meses un equipo de médicos del norte les brinda apoyo, llevan muchos insumos e incluso realizan operaciones.

Estudio de caso 2:

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La señora Rosa, madre de siete hijos, vive en los suburbios del pueblo fronterizo de Cristóbal, en Hambrilandia. La mayoría de las familias que viven allí subsisten con menos de un dólar al día. El país vecino, Nutrilandia, brinda más facilidades y es una fuente permanente de atracción, pero es una trampa para potenciales inmigrantes ilegales de Hambrilandia quienes deben aceptar muy malas condiciones de trabajo y sueldos muy por debajo del promedio local. Hace cuatro años Plan conoció al quinto hijo de Rosa, Carlos. Era muy delgado y sufría de desnutrición severa. El médico de Plan aconsejó a la madre que el niño fuese atendido en el Centro de Recuperación Nutricional, una iniciativa religiosa local que recibe apoyo de Plan en esta región. Allí, niños de menos de 5 años de edad reciben leche y alimentos enriquecidos todos los días; las madres aprenden cómo preparar comidas nutritivas, ricas y baratas. Pero, además, también se le entrega información sobre el derecho de sus niños a crecer en un ambiente familiar de amor y buen trato. “Estoy feliz de que mis hijos estén más saludables ahora. También puedo cuidarlos de manera apropiada,” dijo Rosa.

Estudio de Caso 3: En una comunidad rural (llamémosla Ang), constituida por 150 familias, hay 240 niños de los cuales 125 son niñas y 115 niños, todos ellos menores de 13 años. De ellos, solamente 70 niñas y 65 niños asisten a la escuela primaria, mientras que los demás se dedican al trabajo agrícola o doméstico. De los 240, 115 (60 niñas y 55 niños) están patrocinados por una ONG internacional de patrocinio, y de ellos 90 van a la escuela. El único establecimiento educativo de esta comunidad es la escuela, así que las personas piensan que los niños y niñas que no asisten a la escuela no están siendo educados. Ang tiene una escuela primaria con cinco aulas y tres profesores. Las instalaciones sanitarias son muy malas y no hay agua potable. La cancha para deportes está sucia. Solamente la mitad de los padres participan en las reuniones de la Asociación de Padres en la escuela.


Durante las últimas dos reuniones de la Asociación de Padres, el director y los docentes de la escuela solicitaron contribuciones financieras para pavimentar la cancha de deportes porque hay mucho polvo y los niños y niñas se enferman con frecuencia. También pidieron ayuda para reparar el techo y los pupitres que están en muy malas condiciones. Los padres se molestaron porque consideraban que esa no era su responsabilidad. De hecho, los padres que tienen empleo trabajan más de ocho horas al día y ganan escasamente dos dólares diarios.

Estudio de Caso 4: Ramón es un adolescente que participa del programa Niño-a-Niño, donde él y otros adolescentes aprenden cómo cuidarse a sí mismos y a los miembros de sus familias. Ramón y sus otros amigos que son miembros del grupo, identificaron que la calidad del agua en su comunidad es la causa de las frecuentes enfermedades de los menores de cinco años. Él aprendió en el grupo Niño-a-Niño que si se mejora la calidad del agua, los niños y niñas crecerán más saludables. Ramón decidió asistir a una reunión donde las personas discutían muchos de los problemas que afectaban a la comunidad y les explicó cómo la pésima calidad del agua estaba teniendo consecuencias negativas en la salud y en desarrollo de los niños y niñas pequeños. En un comienzo nadie tomaba en serio lo que Ramón decía. Sin embargo, después de plantear el problema en repetidas ocasiones, Ramón comenzó a recibir apoyo, especialmente por parte del grupo de apoyo de mujeres en la comunidad. Juntos se acercaron al gobierno local y exigieron un mejor sistema de provisión de agua. Luego de diez meses de demostraciones y cabildeo, el alcalde asignó recursos para renovar el sistema de provisión de agua en la comunidad de Ramón.

3. El Enfoque de Derechos de la Niñez y otros enfoques y formas de trabajar por y con la niñez. ELEMENTOS CLAVES OTROS ENFOQUES (necesidad, caridad)

ELEMENTOS CLAVES ENFOQUE DE DERECHOS

Los niños pobres merecen ayuda y son objetos de caridad.

Todos los niños niñas y adolescentes son sujetos de derechos.

Las necesidades son una “realidad lamentable” a la cual las organizaciones y agencias privadas solidariamente deciden responder a través de la “entrega de servicios”, ayuda y colaboración.

Las necesidades pueden ser una violación de derechos y el Estado tiene responsabilidad y obligación de responder a las mismas, y rendir cuentas al respecto.

Las acciones de “ayuda” son voluntarias.

Otros actores tienen una corresponsabilidad en la realización de los derechos.

61


El análisis de situación y el abordaje de los problemas se orientan a las causas básicas, los síntomas de los problemas y en buscar soluciones inmediatas.

Se focaliza en cambiar las causas estructurales. A través del impacto en los distintos niveles se busca la sostenibilidad de los cambios. El análisis de situación busca determinar las causas inmediatas, subyacentes y básicas de la vulneración de derechos. Se hace un análisis participativo con Enfoque de Derechos que incluye, entre otros factores, la identificación de las obligaciones de los garantes, sus competencias/habilidades, y su relación con los sujetos de derechos. Se debe priorizar trabajar con las poblaciones cuyos derechos son más vulnerados.

La determinación de necesidades y la manera de enfrentarlas es subjetiva. Los “expertos” analizan las acciones y determinan las intervenciones.

Existe un sistema de derechos y de las correspondientes obligaciones establecidas por el derecho internacional. Los derechos se basan en estándares internacionales. Se cuenta con las recomendaciones de los mecanismos regionales e internacionales de Derechos Humanos. Los sujetos de derechos participan significativamente en el análisis de su situación y en la determinación de las acciones/decisiones que afectan sus vidas.

62 Las estructuras de poder pueden ser demasiado difíciles de cambiar y se necesita encontrar rumbos pragmáticos para trabajar dentro de ellas. Esto puede incluir hacer entrega directa de servicios que no sean proporcionados por el Estado.

Se debe trabajar para incidir y lograr cambios en aquellas estructuras de poder que obstaculizan el progreso en el cumplimiento de Derechos Humanos de NNA para que el Estado asuma su rol como Garante.

Existe una jerarquía de necesidades. Involucra el tratamiento de problemas por sector.

Se reconoce que los derechos son indivisibles e interdependientes, aunque en situaciones concretas, la priorización práctica y estratégica puede ser necesaria.

Cada agente puede trabajar independientemente en su “tema”.

El fortalecimiento institucional es clave para el cumplimiento de los derechos.

Utiliza un enfoque integral e intersectorial de las políticas, programas y acciones. Para eso se requiere del trabajo en asocios y alianzas.


NNA son sujetos pasivos, receptores de bienes y servicios.

Los NNA son reconocidos como sujetos de derechos y actores sociales.

Los adultos y los expertos técnicos son quienes saben mejor qué es lo que se debe hacer para satisfacer las necesidades de NNA.

Son empoderados para que reclamen sus derechos, aporten y participen en la toma de decisiones.

El desarrollo es un proceso tecnocrático y los “expertos” técnicos, que saben mejor, deberían dirigirlo para satisfacer las necesidades de las personas.

Esto implica el desarrollo y fortalecimiento de las capacidades de NNA, quienes participan significativamente en el análisis de su situación y en la determinación de las acciones/decisiones que afectan sus vidas. Los adultos deben ser también fortalecidos para apoyar y sostener la participación de NNA. Los agentes del desarrollo deben empoderar a los sujetos de derechos para que reclamen sus derechos y participen en la toma pública de decisiones. Construye poder y capacidades de las personas y reconoce derecho a la participación. La participación es un medio y un fin.

Énfasis solo en resultados.

Énfasis en procesos de trabajo y resultados. Los procesos y los resultados deben respetar los principios de los Derechos Humanos y de los Derechos de la Niñez.

63

En 60 segundos presente a Plan como una organización que trabaja con un enfoque en los Derechos Humanos de los niños, las niñas y los adolescentes: •

A una organización de niños, niñas y adolescentes.

A una coalición nacional de la que Plan es parte.

A una comunidad nueva que será integrada al trabajo de la organización.

A un posible donante.

Herramienta

Plan, una organización basada en derechos.


Recomendamos: Preguntas frecuentes sobre el Enfoque de Derechos Humanos en la cooperación para el desarrollo. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Publicación dirigida especialmente a los especialistas de Naciones Unidas y que pretende mejorar el entendimiento común respecto al enfoque basado en los Derechos Humanos en la cooperación para el desarrollo. Ver en: www.ohchr.org/Documents/Publications/FAQsp.pdf Trabajando con las Naciones Unidas en el ámbito de los Derechos Humanos. Un manual para la sociedad civil. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Manual orientado a los actores de la sociedad civil que trabajan y contribuyen a la difusión, promoción y defensa de los derechos humanos en el mundo. Ver en: http://www.ohchr.org/EN/AboutUs/CivilSociety/Documents/OHCHR_Handbook_ SP.pdf

64

Observación General Nº 5 del Comité de los Derechos del Niño. Medidas generales de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. El documento de Observaciones Generales Nº 5 se refiere a las medidas generales de aplicación de la CDN y provee guía sobre cómo poner en marcha y hacer operativa la CDN y sus principios en los sistemas nacionales. Ver en: http://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/comments.htm Programación de los Derechos del Niño. Cómo aplicar un Enfoque de Derechos del Niño en la Programación. El documento muestra cómo la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) puede emplearse como base pàra la programación y como herramienta de incidencia. Incluye preguntas guía para medir la aplicación de los cuatro principios generales de la CDN (supervivencia y desarrollo, interés superior, no discriminación y participación). Ver en: www.scslat.org


Capítulo III Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez (DCCN): la aplicación del Enfoque de Derechos Humanos de los NNA en la programación de Plan. 1. Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez (DCCN).

E

l marco programático de Plan se conoce como Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez y tiene un firme fundamento en el reconocimiento de niños y niñas como sujetos sociales de derechos. El DCCN ha ido evolucionando a lo largo de 70 años de experiencia en su implementación, y se sustenta en el firme y continuo compromiso de la Organización con los derechos de la infancia. El DCCN es la aplicación del enfoque basado en derechos que Plan utiliza en su trabajo, en el cual los niños, las familias y las comunidades son participantes activos y protagonistas en su propio desarrollo. Mejora su capacidad y oportunidad como sujetos de trabajar junto con otros para abordar las causas estructurales y las consecuencias de la pobreza infantil en todos los niveles.

La pobreza infantil y los derechos del niño y la niña42. “Los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que viven en condiciones de pobreza están privados de un nivel adecuado de nutrición, instalaciones de abastecimiento de agua y saneamiento, acceso a servicios básicos de atención sanitaria, alojamiento, educación, participación y protección, y (…) en esa situación son incapaces de ejercer sus derechos, desarrollar plenamente su capacidad y participar como miembros de pleno derecho de la sociedad.”43 42

Promoviendo los Derechos de los Niños y las Niñas para Terminar con la Pobreza Infantil. Por un cambio duradero a través del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez. Plan Internacional. 2010.

43

Asamblea General de la ONU. Resolución 61/146; Derechos del Niño; 23 enero de 2007.

65


Esta declaración de la Asamblea General de la ONU, en 2007, destaca el hecho de que la pobreza es mucho más que la ausencia de dinero y posesiones. La pobreza, y en especial la pobreza infantil, es una causa y una consecuencia de la negación de los derechos.

La Guía de Programación de Plan44 define el DCCN como un enfoque para luchar contra la pobreza infantil, tomando como punto de partida los derechos de la infancia. Este enfoque trata las injusticias y desequilibrios de poder en diferentes niveles de la sociedad que subyacen a la pobreza infantil y provocan la violación de los Derechos del Niño y la Niña. Es un enfoque en el que niños y niñas, familias y comunidades participan activamente y dirigen su propio desarrollo, por lo que su empoderamiento se convierte en un aspecto fundamental. La función de Plan es facilitar que sus voces sean escuchadas en el proceso de definición de sus propias prioridades a largo plazo. A esto se suman iniciativas que tienen como objetivo introducir cambios estructurales a nivel local, nacional, regional y mundial.

66

El DCCN incorpora todos los elementos clave del Enfoque de Derechos y busca contribuir a que los Derechos de los Niños se conozcan, se respeten, se protejan y sean disfrutados por todos, abordando las causas inmediatas y subyacentes de las brechas y el no cumplimiento de éstos. Se guía por estándares y obligaciones claros proporcionados por instrumentos internacionales de Derechos Humanos, principalmente la CDN, pero también la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Este enfoque centrado en los Derechos del Niño permite abordar desde la programación las causas estructurales de la pobreza infantil, ampliar y profundizar el impacto del trabajo.44

2. Los principios del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez45 A.

Los niños y las niñas en el centro de todos los programas de Plan.

La pobreza y las múltiples formas de maltrato y explotación afectan a los niños y a las niñas de manera desproporcionada.

Los niños y las niñas se benefician de los Derechos Humanos universales, pero, como tales, también tienen derechos específicos. Sin embargo, con frecuencia estos derechos son ignorados o violados. La promoción de los derechos de la infancia requiere de un esfuerzo y una atención mayores para se cumplan de manera efectiva.

Rara vez se reconocen los roles que niños y niñas desempeñan dentro de la familia y de la comunidad, y, a menudo, están excluidos de los procesos de toma de decisiones que afectan a su propia supervivencia, su protección y su desarrollo.

El empoderamiento de los niños y la creación de unas condiciones en las que los niños puedan desarrollar todo su potencial son la clave para romper el ciclo intergeneracional de la pobreza en el que muchas comunidades están atrapadas.

44

Promoviendo los Derechos de los Niños y las Niñas para Terminar con la Pobreza Infantil. Por un cambio duradero a través del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez. Plan Internacional. 2010.

45

Ibidem.


B.

Guiados por las normas y principios de los Derechos Humanos.

Reconoce que los Derechos Humanos han sido acordados a nivel mundial y que son normas protegidas legalmente que establecen metas claras para cumplir con las necesidades y los derechos de todos los niños y niñas;

Reconoce que las principales obligaciones para el cumplimiento de los derechos de los niños recaen en los gobiernos y otros Garantes de derechos secundarios o morales;

Está de acuerdo en que los Derechos Humanos constituyen la base para la cooperación al desarrollo y para la medición de la eficacia de los esfuerzos de desarrollo y la rendición de cuentas;

Pone especial énfasis en los niños y niñas que viven en la pobreza y son víctimas de la exclusión social;

Aspira a tener un impacto significativo y duradero en la realización de los Derechos de la Niñez.

C.

Responsabilidad y rendición de cuentas.

Al adoptar un Enfoque Basado en Derechos, Plan reconoce las diferentes obligaciones y responsabilidades de los diferentes actores que figuran en los tratados de Derechos Humanos.

Plan se ha comprometido a trabajar por, con y en nombre de los niños y las niñas para reclamar sus derechos, y a dar apoyo a los Garantes de los derechos para cumplan con esas demandas y rindan cuentas por ello.

En el contexto de la Convención sobre los Derechos del Niño, los titulares de derechos son los niños y las niñas; son sus derechos los que se reafirman por esta Convención. Estos derechos se extienden a todos los niños y niñas independientemente de su edad, su sexo, sus capacidades o su estatus social.

Los principales garantes de estos derechos son los Estados que firmaron la Convención, por la cual se comprometen a: i) Respetar los derechos enunciados en la Convención; es decir, no aprobar leyes o aplicar políticas que violen estos derechos; ii) Proteger los derechos; es decir, evitar que otras personas violen estos derechos, y iii) Cumplir con los derechos; es decir, tomar medidas positivas para garantizar su realización.

Hay otras personas e instituciones con funciones relacionadas con los Derechos de la Niñez. Muchas de ellas, como padres o maestros, están más cerca de la vida de los niños. A estos actores se los denomina garantes secundarios o garantes morales de derechos.

D.

Inclusión y No Discriminación

Muchos niños y niñas viven discriminación y exclusión, lo que supone la violación del Artículo 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Debemos promover un entorno de inclusión social y proteger a los niños para que no sufran discriminación.

67


68

De acuerdo a la CDN, todos los niños y las niñas tienen los mismos derechos. Por otro lado, los Derechos Humanos son, por definición, universales (todos los niños los tienen por el mero hecho de haber nacido), inalienables (no se pueden perder, reducir o eliminar), indivisibles, interdependientes e interrelacionados (no hay una jerarquía de derechos). La programación de Plan tiene en cuenta todos estos aspectos.

En su análisis de la situación de los Derechos de la Niñez, Plan utiliza datos desagregados para identificar a los grupos de niños y niñas más excluidos o discriminados. Esto se traduce en estrategias que persiguen un cambio social a largo plazo y la eliminación de las causas subyacentes de la exclusión y la discriminación.

En caso de ser necesario, lo anterior también puede traducirse en acciones positivas a favor de los niños y niñas más marginados y vulnerables, entre ellos discapacitados, aquellos excluidos por motivos de origen étnico o creencias religiosas, o niños y niñas procedentes de familias pobres, o considerados de una clase inferior de acuerdo al sistema de castas o afectadas por el VIH.

Plan adopta una posición activa de discriminación positiva para garantizar que tanto niños como niñas puedan llevar una vida en la que desarrollen plenamente su potencial. La promoción de la igualdad de género forma parte integral de los objetivos de Plan para abordar las causas estructurales y sus consecuencias en torno a la pobreza infantil.

La reducción de la desigualdad de género no consiste simplemente en desarrollar programas que favorezcan a las niñas, sino más bien en aplicar un enfoque integral que abarque las complejas relaciones de género y de poder.

E.

Participación

La participación es un derecho garantizado por el Artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Niños, niñas, adolescentes y jóvenes tienen derecho a participar en las decisiones que afectan sus vidas, teniendo en cuenta su grado de madurez para comprender y contribuir a ello.

La participación debe ser libre y significativa y no puede ser impuesta.

Debe contribuir a los resultados que se encuentran entre las prioridades de los propios niños, niñas, adolescentes y jóvenes participantes.

En todas las etapas del ciclo de programación, Plan tiene que plantearse de qué manera sus procesos y procedimientos pueden maximizar la participación libre y significativa de los niños.

Uno de los principales objetivos de la participación es el fortalecimiento de la capacidad de los niños para hablar y ser escuchados. La participación se convierte así en una estrategia con un objetivo propio, más que una simple metodología para desarrollar programas de calidad que respondan a las necesidades y aspiraciones de los niños.


Implicaciones del Enfoque de Derechos para Plan46: •

En su calidad de corresponsable, asumir en todo el accionar de la Organización el respeto, la defensa y promoción de los Derechos Humanos de los niños, niñas, y adolescentes.

Asegurar que todo el accionar institucional esté orientado por los principios de los Derechos Humanos en general, y de la niñez y adolescencia en particular: universalidad; interdependencia; indivisibilidad; inalienabilidad; rendición de cuentas y estado de derecho; igualdad y no discriminación; participación; el interés superior del niño; su supervivencia y desarrollo.

Asumir que el Enfoque de Derechos requiere de una estructura y equipos de trabajo con conocimientos, actitudes y prácticas en todos los niveles que generen relaciones de respeto, reconocimiento del otro y con capacidades de orientar transformaciones sociales comprometidas con la realización de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Contar con sistemas corporativos que reflejen una planificación y gestión de recursos y procesos basados en derechos, incluyendo un sistema de rendición de cuentas que transparente la gestión entre niños, niñas, adolescentes, comunidades y organizaciones sociales.

Orientar la labor hacia la erradicación de las causas inmediatas y estructurales de las violaciones de los derechos de los niños.

Trabajar con el Estado en el fortalecimiento de su capacidad para cumplir con su rol como Garante y con los niños, niñas y adolescentes en el fortalecimiento de su capacidad para exigir, disfrutar y ejercer sus derechos.

Considerar e incidir en los diversos escenarios: individual, familiar, local, regional, nacional e internacional.

Intervenir en los distintos escenarios a partir de la construcción colectiva con otros, siendo la incidencia uno de estos esfuerzos colectivos.

Monitorear y vigilar a nivel nacional el cumplimiento de las obligaciones del Estado en su rol de respetar, proteger y cumplir los Derechos de la Niñez.

3. Trabajando con los diferentes actores desde el Enfoque de Derechos. 3.1

Trabajo con niños, niñas, adolescentes y jóvenes como titulares de derechos.

Siendo que la niñez y sus derechos son el centro del quehacer de Plan, la Organización trabaja para crear oportunidades y fortalecer la capacidad de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes para elevar su voz y para que sean escuchados. Esto en concordancia con el principio del DCCN que establece que la niñez y sus derechos son el centro del quehacer de Plan, y por la convicción de que la participación y responsabilidades que ello implica son vitales para 46

Marco Estratégico Regional para las Américas 2009. Plan Internacional. Oficina Regional para las Américas. Junio 2009. Página 23.

69


una ciudadanía activa e informada. Plan considera que ser ciudadano tiene que ver con un proceso de aprendizaje que se nutre de experiencias cotidianas de participación en la familia, las escuelas y comunidades. El trabajo con los niños, niñas y adolescentes considera una amplia gama de acciones como es el desarrollo de conocimientos, competencias y habilidades sobre sus derechos y cómo ejercerlos; su consideración como sujetos activos en los procesos de programación de los programas y proyectos, tanto para la identificación de sus problemas como para la búsqueda de soluciones y propuestas para abordarlos. Plan promueve que niños, niñas, adolescentes y jóvenes participen en el establecimiento de prioridades, en el desarrollo de estrategias y en la evaluación del progreso como apoyo al desarrollo de sus comunidades. De esta forma, contribuye a la participación de niños y niñas en la toma de decisiones al interior de sus familias, escuelas y comunidades. Participar en la toma de decisiones y aceptar las responsabilidades de sus decisiones hace que, con el tiempo, los niños y las niñas se ejerciten en la ciudadanía activa. Plan también entiende que es importante un trabajo de sensibilización, información y fortalecimiento de capacidades de los adultos para sostener esta participación, por ello la mayor parte del trabajo de participación de la niñez y juventud está vinculada con los padres, los maestros y las autoridades comunales. La apuesta de Plan por trabajar con la niñez y juventud como titulares de derechos se traduce y ve expresada en sus marcos programáticos.

70

3.2 Trabajo con el Garante de derechos. A pesar de los avances obtenidos, los Estados de la región aún tienen el desafío de adoptar todas las medidas necesarias para cumplir con su deber de garantizar los Derechos de la Niñez y juventud. Algunos índices de que el Garante en un país está cumpliendo sus responsabilidades respecto a los Derechos de la Niñez incluyen: • • • • • • • •

Cambios de legislación favorables a los Derechos de la Niñez. Cumplimiento de leyes relacionadas a niñez y juventud. Ombudsman defensor de los DDNN. Planes de acción por la niñez y juventud y su implementación. Coordinación entre entidades estatales. Presupuestos públicos destinados a niñez y juventud (facilitar los recursos máximos disponibles). Capacitación de funcionarios públicos que trabajan/ actúan con niñez y juventud. Sistemas de monitoreo y recopilación de datos que consideran a los niños, especialmente a grupos vulnerables. Participación de niños, niñas y adolescentes en la toma de decisiones.

Las Observaciones Finales del Comité de los Derechos del Niño con respecto a los países de América Latina y el Caribe no son implementadas plenamente por el Estado y en gran medida han quedado como parte del discurso. Aún falta mucho para que los Estados apliquen todas las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño. A pesar de que todos los Estados de la región se comprometieron legalmente a tomar las medidas correspondientes aún hay un largo camino que recorrer para que esto se haga realidad. Por ello la importancia de trabajar con los Estados con el fin de lograr el pleno cumplimiento de los Derechos de la Niñez. Al respecto es fundamental identificar las causas del no cumplimiento de los compromisos asumidos y elaborar estrategias claras de acción. Esta falta puede estar relacionada con falta de recursos, de capacidades o de responsabilidad (voluntad política).


Cada una de estas razones implicará llevar adelante una serie de estrategias y acciones que van desde el fortalecimiento institucional, sensibilización de actores e incidencia. Un análisis de la situación del Garante nos permitirá definir cuál será la mejor forma de trabajar para apoyarlo en el cumplimiento de sus obligaciones. Plan centra su trabajo en el fortalecimiento de la capacidad de los Estados para lograrlo, al tiempo que los insta a rendir cuentas sobre el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Derechos de la Niñez. Este doble enfoque puede exigir muchos esfuerzos. Buscar el equilibrio entre ambos deberá establecerse caso por caso y con una visión de sostenibilidad.

Tengamos en cuenta lo siguiente sobre el rol del Garante: Respetar: no interferir directa o indirectamente con el disfrute de los Derechos Humanos. Proteger: los Estados deben prevenir, investigar, castigar y asegurar medidas de rectificación frente al daño causado por los abusos a los Derechos Humanos por terceras partes. Cumplir: los Estados tienen la obligación de realizar los Derechos Humanos tomando las medidas necesarias para este fin (legislativas, administrativas, presupuestarias, judiciales y otras). Esta obligación incluye deberes de facilitación (incrementar acceso a recursos y los medios para alcanzar los derechos) y deberes de provisión (asegurar que toda la población pueda realizar sus derechos cuando no lo puedan hacer por si solos).

Objetivo: Revisar y analizar el rol del Estado como Garante del cumplimiento de los Derechos de la Niñez, identificando capacidades y voluntades.

Procedimiento: •

Formar grupos de entre seis y siete personas como máximo.

Cada grupo recibirá el siguiente esquema para guiar su trabajo de reflexión y análisis.

Trabajar sobre el análisis de un derecho en particular.

Garante principal

Análisis de su rol/ responsabilidad.

Análisis del nivel de cumplimiento.

Análisis de su capacidad.

¿Cuáles son sus responsabilidades?

¿Está cumpliendo su rol? ¿De qué manera?

¿Tiene conocimiento, capacidad, recursos técnicos/humanos, materiales/ presupuestales, voluntad política?

(Consultar marcos legales inrenacionales, regionales y nacionales). Gobierno central Gobierno regional Gobierno local 47

Adaptado de “Haciendo lo Correcto por las Niñas y los Niños”. Save the Children. 2008.

Herramienta

Capacidades y responsabilidades del Estado en el cumplimiento de su rol como Garante47.

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En plenaria cada grupo comparte el resultado de su trabajo. El facilitador orienta la reflexión y análisis grupal.

Ideas fuerza: Es importante identificar a los garantes en los ámbitos en los que se va a trabajar, así como revisar y analizar capacidades y voluntades en relación con sus responsabilidades frente al cumplimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Esto permitirá una mejor planificación de estrategias para abordar aquellos aspectos que necesiten ser apoyados o reforzados.

3.3 Trabajo con los Corresponsables. Partiendo del reconocimiento del Estado como Garante del respeto, protección y cumplimiento de los Derechos de los Niños, Plan reconoce que existen también responsabilidades desde los otros actores de la sociedad.

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Dentro del enfoque de Plan los Corresponsables están constituidos por los padres y madres, miembros de la comunidad, organizaciones de la sociedad civil, instituciones religiosas, organizaciones comunitarias de base, medios de comunicación y empresas. Cada uno de ellos con responsabilidades específicas en cuanto a su rol; por ejemplo, las madres, padres y familia tienen una responsabilidad primordial respecto al cuidado de niños y niñas. Cada uno de los Corresponsables tiene funciones específicas dentro de límites establecidos. Tanto sus funciones y responsabilidades como los límites de su responsabilidad deben ser comprendidos y reconocidos integralmente. Cualquier estrategia que pretenda contribuir a acabar con la pobreza infantil y promover los Derechos del Niño tiene que involucrar a todos los actores en todos los niveles. El Enfoque de Derechos implica una mirada dinámica que requiere del apoyo, monitoreo, exigencia de los Corresponsables. Con todos ellos se requiere trabajar en conjunto para lograr los cambios necesarios para hacer realidad los derechos de los niños y niñas, así como su sostenimiento en el tiempo. Ello implica: •

Desarrollar y fortalecer a los miembros de las comunidades para que conozcan, promuevan y respeten los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Trabajar en conjunto con la sociedad civil para que los titulares de derechos se fortalezcan y hablen con voz propia y colectiva mientras se incide en los garantes responsables de sus obligaciones.

Ser parte activa y movilizadora de grupos/redes/coaliciones que trabajan por los derechos de niños, niñas y adolescentes en los espacios locales, nacionales y regionales.

Trabajo coordinado y articulado para la incidencia política por el cumplimiento de los Derechos de los Niños.

Colocar los Derechos de la Niñez en la agenda pública. Para ello los medios de comunicación constituyen un importante aliado.

Apoyar la movilización social (local, nacional, regional, global) por los derechos de niños, niñas y adolescentes.


Objetivo: Analizar cuáles son las implicancias de incorporar el Enfoque de Derechos en el trabajo programático de Plan.

Herramienta

Plan, una organización que trabaja con Enfoque de Derechos48.

Secuencia metodológica: •

Elabore un listado de posibles acciones que son necesarias de implementar a nivel programático para la incorporación del Enfoque de Derechos de la Niñez.

Aspecto clave.

Acciones a realizar en el corto plazo.

Acciones a realizar en el largo plazo.

Fortalecimiento del sujeto de derechos. Trabajo con el Garante/ Estado. Trabajo con los Corresponsables. Rol de Plan.

Ideas fuerza: Ésta es una perspectiva radicalmente diferente a aquella que considera a las personas viviendo una realidad de pobreza, marginalización, discriminación y exclusión, como gente pobre con necesidades básicas insatisfechas que debemos suplir. Desde un Enfoque de Derechos, estas personas dejan de ser objetos de caridad, dependientes de la buena voluntad de otros, y pasan a ser sujetos cuyos derechos son exigibles y deben ser respetados. El Enfoque de Derechos deja atrás el entendimiento del rol de Plan como una Organización que provee bienes que suplen las necesidades básicas de “los pobres”, sustituyéndolo por un rol de facilitación y fortalecimiento de los distintos actores de acuerdo a sus debidos roles y responsabilidades.

4. Trabajo en los diferentes niveles: local, nacional, regional e internacional. Plan trabaja simultáneamente con distintos actores y en diferentes niveles para lograr la realización permanente de los Derechos de la Niñez, teniendo en cuenta sus distintos ámbitos de influencia y poder. Su enfoque programático establece el trabajo en todos ellos, el mismo 48

Adaptado de “Taller sobre DCCN y Enfoque de Derechos”. Plan Honduras y Plan Oficina Regional para las Américas. Septiembre 2010.

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que debe considerar el análisis situacional y planes estratégicos de la Organización. El Marco Global de Programa de Plan considera algunos ejemplos que deben desarrollarse en las distintas etapas: A nivel comunitario:

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Escuchar a los niños, a los jóvenes y a las familias para entender las causas y efectos de la pobreza infantil.

Apoyar para que los niños trabajen juntos entre sus pares, y también con adultos y sus organizaciones.

Abogar para que todos los niños y los jóvenes tengan una voz colectiva y que sean escuchados.

Fortalecer la capacidad de los niños y los jóvenes para que conozcan, disfruten y reclamen sus derechos, y la de los padres de familia y comunidades para proteger y promover estos derechos.

Apoyar esfuerzos de las comunidades de planificar su propio desarrollo.

Facilitar grupos comunitarios para abordar asuntos específicos que afectan a los niños y para que puedan exigir que los Garantes de los Derechos cumplan sus obligaciones.

A nivel de distrito: •

Apoyar y fortalecer las organizaciones de la sociedad civil y otros grupos (incluyendo el sector privado) en sus esfuerzos por mejorar las vidas de los niños.

Crear oportunidades para que los niños se movilicen y participen en decisiones que los afectan y crear “espacios” para que los puntos de vista de los niños sean tomados en consideración.

Trabajar con el gobierno local para fortalecer la planificación local, movilización de recursos e implementación en apoyo a lograr los Derechos del Niño.

Ayudar a fortalecer la capacidad del gobierno local para proporcionar servicios de alta calidad y rendirle cuenta a las comunidades, especialmente a los niños y jóvenes.

A nivel nacional: •

Contribuir a una mejor capacidad institucional del Estado para cumplir con las obligaciones que conllevan los Derechos del Niño.

Amplificar las voces de los niños y los jóvenes para demandar sus derechos al Estado, abordando estrategias, políticas, asignación de recursos y programas.

Utilizar la incidencia basada en evidencia para lograr cambios en la legislación, políticas públicas y estructuras necesarias para su implementación.

Fortalecer alianzas y redes nacionales como estrategias clave para unir esfuerzos complementarios por los Derechos de la Niñez.


A nivel regional e internacional: •

Participar en los espacios y mecanismos de vigilancia de los Derechos Humanos.

Gestionar información y compartir lecciones aprendidas.

Incidir en actores internacionales clave como son los donantes y organismos políticos multilaterales.

Analizar tendencias regionales y globales e identificar oportunidades de colaboración internacional en la solución de problemas.

Articulación de lo local, regional e internacional en acciones de incidencia política49. Un trabajo articulado desde el nivel local hasta el nacional, regional e internacional, permitirá optimizar sinergías, lograr un mayor impacto y ampliar la escala de las intervenciones, con lo que se logrará incidir con mayor fuerza y en forma coordinada en espacios de decisión locales, nacionales, regionales e internacionales. Las siguientes son algunas recomendaciones específicas para la articulación de los diferentes niveles en acciones de incidencia política: •

Conocer las agendas nacionales, regionales e internacionales relacionadas con la incidencia política que deseamos realizar.

Conocer la situación general de los Derechos del Niño en el nivel nacional; ello incluye los últimos informes periódicos presentados por el Estado ante el Comité de los Derechos del Niño, los “informes sombra” de las organizaciones de la sociedad civil y las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño ante los Estados.

Tener en cuenta en el escenario internacional las políticas y/o decisiones que puedan afectar directamente nuestro objetivo de incidencia en el nivel nacional.

Conocer las diferentes instancias y coaliciones de la sociedad civil que trabajan por los Derechos Humanos de la niñez en los niveles nacional, regional e internacional, así como sus mecanismos de coordinación e interrelación.

5. Las Estrategias de Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez50 A.

Programas vinculados a la comunidad.

Consiste en fortalecer las capacidades de las familias y de las organizaciones comunitarias para que éstas cumplan con sus responsabilidades. Plan apoya a las comunidades en el análisis de 49

Marco Regional para la Incidencia por los Derechos de la Niñez. Documento de Trabajo. Marzo 2009.

50

Promoviendo los Derechos de los Niños y las Niñas para Terminar con la Pobreza Infantil. Por un cambio duradero a través del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez. Plan Internacional. 2010.

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la situación de los derechos del niño y la niña en los procesos de planificación del desarrollo de la comunidad con enfoque de derechos. Promueve la participación activa de las comunidades en los mecanismos y espacios de planificación local, apoyando vincular sus planes de desarrollo con los planes del gobierno local y con la política nacional, y para influir en estos procesos de planificación pública en favor de los derechos del niño y la niña.

B.

Actores estatales responsables.

Plan centra su trabajo en el fortalecimiento de la capacidad de los Estados para cumplir con sus obligaciones, al mismo tiempo que los insta a rendir cuentas. La Organización debe asegurarse de que sus programas promoverán la responsabilidad y obligaciones del Estado respecto con los derechos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. En ocasiones, los gobiernos tienen la voluntad de cumplir con sus obligaciones, pero carecen de los medios y de la capacidad para hacerlo. También puede ocurrir que no se cuente con suficientes maestros capacitados para niveles de enseñanza superior a la primaria o no se tenga la capacidad suficiente para el desarrollo curricular; no se hayan asignado recursos suficientes al sector educativo para cubrir adecuadamente el costo de funcionamiento de las escuelas o que muchas de ellas hayan sido destruidas por desastres naturales o por la guerra. Plan tiene que conocer y entender el contexto social, económico, cultural, civil y político de las necesidades no satisfechas y desarrollar su estrategia de manera consecuente.

C. 76

Fortalecimiento de la capacidad de la sociedad civil.

Plan define sociedad civil como el espacio público donde los ciudadanos (titulares de derechos) se asocian libremente para el ejercicio de sus derechos y de los demás, por medio de sus propias acciones o ejerciendo influencia sobre las personas que rigen o determinan la calidad de sus vidas. La sociedad civil puede manifestarse a través de formas de organización muy diversas, como grupos juveniles o infantiles, organizaciones no gubernamentales o benéficas registradas, u organizaciones comunitarias o basadas en la fe; además de asociaciones profesionales, sindicatos, grupos de autoayuda, movimientos sociales, asociaciones empresariales e instituciones académicas, coaliciones, grupos de interés y medios de comunicación. Todos ellos pueden o no estar formalmente constituidos. La forma que adopten las organizaciones de la sociedad civil depende a menudo de su contexto social, cultural y político. Una sociedad civil fortalecida es uno de los resultados eficaces del desarrollo de capacidades en apoyo a la realización de los Derechos de la Niñez. Plan promueve la participación de la sociedad civil en el fomento de la capacidad de las instituciones estatales para contribuir a que éstas cumplan con sus obligaciones en materia de derechos del niño y la niña; apoya a las organizaciones de la sociedad civil en el seguimiento del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del Estado y la rendición de cuentas por parte de sus instituciones. Como ONG internacional, Plan es parte de la sociedad civil que opera a nivel global, regional, nacional y local. Desempeña una función de apoyo en los procesos de desarrollo y está comprometida con la sociedad civil en diferentes niveles. En el plano internacional y nacional, este compromiso puede plasmarse en asocio con organizaciones afines. A nivel comunitario, su función primordial consiste en apoyar la creación de grupos u organizaciones locales. Uno de los aspectos fundamentales de este trabajo es el respaldo a la creación de coaliciones y el desarrollo de redes nacionales o supranacionales y de “grupos paraguas”.


D.

La participación del sector empresarial

Trabajar en asocio con el sector empresarial no elimina el compromiso de Plan con el mejor interés de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes y sus comunidades. Al hacerlo, Plan no deja de lado sus objetivos y valores. Por ello es necesario que estos estén claramente enunciados en cualquier acuerdo de asocio o alianza, que se haga una evaluación transparente de los posibles riesgos de conflicto entre estos valores y las actividades comerciales de los socios del sector empresarial, y que dichos riesgos se manejen de forma satisfactoria para todos los socios.

E.

Incidencia política.

A través de la incidencia Plan tiene por objeto abordar las injusticias y los desequilibrios de poder que subyacen a la pobreza, con el fin de realizar los cambios necesarios para mejorar la vida de los niños y las niñas, de sus familias y de sus comunidades. Mediante la realización de actividades de incidencia, Plan pretende influir positivamente en las personas con poder y/o responsabilidad con el fin de garantizar los Derechos de la Niñez, actuando para, con y en nombre de los niños, las niñas y sus comunidades. La experiencia ha demostrado que la incidencia es más efectiva cuando se planea de forma sistemática. A nivel mundial y nacional podemos describir la incidencia como un proceso deliberado y planificado para influir en quienes toman las decisiones políticas. El enfoque de la incidencia de Plan es participativo, desde las bases, y se fundamenta en evidencias, en la experiencia y en la credibilidad de la Organización en el terreno. A través de un proceso de participación auténtica de los niños y las comunidades, los esfuerzos de incidencia de Plan tienen por objetivo cambiar las políticas, prácticas, ideas, valores y relaciones de poder que generan desigualdad, prejuicios y otras violaciones de los Derechos Humanos y de la Niñez.

F.

Trabajo en colaboración para un mayor impacto.

Los programas de Plan tienen por objetivo ofrecer respuestas eficaces en el ámbito familiar y comunitario, pero también entablar esfuerzos conjuntos con otros para lograr un impacto mayor y duradero a nivel nacional e internacional. A fin de promover eficazmente los derechos de los niños y las niñas, Plan trabaja en coalición y alianza con organizaciones e instituciones que persiguen objetivos similares. Las coaliciones permiten luchar por derechos específicos de los niños y las niñas en varios niveles, y a un mismo tiempo permiten ampliar la audiencia y reforzar el poder político de la iniciativa que se esté promoviendo. El papel de la Sede Internacional de Plan, de sus oficinas nacionales y regionales, y su representación en Ginebra, Nueva York y Bruselas son fundamentales para el establecimiento y mantenimiento de estas coaliciones.

77


Recomendamos: Promoviendo los Derechos de los Niños y las Niñas para Terminar con la Pobreza Infantil. Por un cambio duradero a través del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez. Plan Internacional. 2010. Guía de Programación de Plan dirigida al personal de la Organización y que pretende presentar de forma clara el Enfoque de Derechos de la Niñez adoptado por Plan y establecer ciertos estándares para que este enfoque sea entendido de manera similar por todas las personas que son parte de la Organización. Ver en: http://plan-international.org/files/global/publications/about-plan/spprogramme-lowres.pdf Haciendo lo correcto por las niñas y los niños. Una guía sobre programación de derechos del niño para profesionales. Save the Children. 2008. Ver en: www.scslat.org

78


Capítulo IV El Enfoque de Derechos y el trabajo de Plan en las Américas.

E

n América Latina se han dado avances significativos en relación al cumplimiento de la CDN en un sentido general; sin embargo, aún no se logra el nivel necesario para superar las disparidades y desigualdades que hay en relación al pleno acceso y condiciones de equidad para el goce de todos los derechos. Al respecto son los niños, niñas y adolescentes los más vulnerables a esta situación y al interior de este grupo poblacional un gran porcentaje llega a niveles de pobreza y pobreza extrema que pone en cuestión la vigencia de derechos reconocidos por diferentes tratados internacionales de Derechos Humanos y especialmente de la propia CDN. El análisis situacional del Marco Estratégico Regional51 ha identificado que los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en la región de América Latina y el Caribe: •

Condiciones de extrema pobreza.

Altas tasas de mortalidad infantil y desnutrición, especialmente de la población rural de pueblos indígenas y afrodescendientes.

Sistema educativo poco adecuado a la realidad y perspectivas de desarrollo.

Grandes brechas en cuanto a la culminación de la educación primaria.

Mortalidad por enfermedades que se pueden prevenir.

Limitado acceso de NNA a información, educación de calidad y servicios apropiados en salud sexual y reproductiva.

Crecientes tasas de violencia.

Exposición cada vez más frecuente a situaciones de emergencia debido a desastres naturales, altos niveles de inseguridad y violencia.

En respuesta a ello el trabajo de Plan en América Latina y el Caribe hace énfasis en cinco líneas de acción estratégicas: participación y movilización de la sociedad civil; inclusión de poblaciones excluidas; igualdad de género; incidencia y fortalecimiento de la institucionalidad.

51

Marco Estratégico Regional para las Américas. Plan ROA. 2009. pág. 6.

79


Datos sobre la niñez en América Latina y el Caribe52. •

La pobreza afecta a 82 millones de niños entre 0 y 12 años, y a 36 millones de adolescentes entre 13 y 19 años.

Mientras en las áreas urbanas la pobreza extrema afecta a un 22% de los niños de 6 a12 años, en las áreas rurales el porcentaje asciende a 52%.

Como promedio latinoamericano, la mortalidad infantil de los niños indígenas sobrepasa en un 60% a la de los no indígenas.

8,8 millones de niños sufren desnutrición crónica. La desnutrición crónica afecta a la mitad de los menores de 5 años de origen indígena.

Existen grandes brechas en cuanto a la culminación de la educación básica y secundaria, particularmente entre la población rural indígena y afrodescendiente.

Los niños y niñas que asisten a escuelas públicas del sector rural tienen un nivel inferior de conocimientos y de desarrollo de destrezas que aquellos que asisten a escuelas privadas en zonas urbanas.

Más de 1,1 millón de jóvenes entre 15 y 19 años nunca fue a la escuela, y otros 5 millones no culminaron la educación primaria. El acceso a la educación secundaria sigue siendo muy bajo (inferior al 40% en varios países).

Uno de cada tres jóvenes de entre 20 y 24 años no culminó la enseñanza primaria, y uno de cada dos no completó la secundaria.

76 de cada 1.000 adolescentes mujeres entre 15 y 19 años de edad ya tuvieron un hijo.

Al menos una de cada cinco mujeres tiene su primer hijo antes de cumplir los 18 años.

Las niñas representan entre el 70% y el 80% de las víctimas de abuso sexual y, en la mitad de los casos, los agresores viven con las víctimas. En tres de cada cuatro casos los agresores son familiares directos de las niñas y niños abusados.

La OPS estima que más del 36% de niñas y el 29% de niños de la región son víctimas de abuso sexual, y que alrededor del 30% de las adolescentes tienen su primera relación sexual en forma coercitiva o forzada.

Después de África, la zona de mayor prevalencia de VIH es la del Caribe.

Alrededor de 80.000 niños y adolescentes mueren cada año a causa de la violencia en los hogares.

El castigo corporal en los hogares y en la escuela es una práctica común y en pocos países está prohibido por ley.

80

1. Participación y movilización de la sociedad civil. Plan motivará y facilitará el empoderamiento y fortalecimiento de las capacidades de los niños, niñas y adolescentes, jóvenes, padres, madres y comunidades, para que conozcan, gocen y exijan sus derechos ante el Estado, responsable de su cumplimiento. Para ello: 52

Marco Estratégico Regional para las Américas. Plan ROA. 2009.


Promoverá la planificación activa local para que las comunidades logren vincular sus planes de DCCN con los planes del gobierno local y nacional.

La participación como derecho Más allá de los esfuerzos de Plan que apuntan al fortalecimiento de capacidades de los NNAJ y de la sociedad civil para participar, la Organización reconoce que la participación de aquellos y de la sociedad civil es un derecho que deber ser garantizado institucionalmente por el Garante de los derechos: el Estado. Por lo tanto, en sus intervenciones programáticas Plan también busca aportar a que existan las leyes, políticas, mecanismos, estructuras y voluntades institucionales en el Estado para respetar, proteger y hacer cumplir este derecho.

Impulsará la participación de la sociedad civil para apoyar el fortalecimiento de las instituciones del Estado y para que este cumpla con su rol de Garante.

Fortalecerá a la sociedad civil organizada en alianzas, coaliciones y plataformas relacionadas con el tema de niñez. Plan reconoce que es necesario un tejido social sólido dentro de la sociedad civil a fin de asegurar la sostenibilidad de la realización de los Derechos de la Niñez.

Apoyará la creación o mejoramiento de mecanismos de monitoreo y vigilancia social que fortalezca la transparencia y la rendición de cuentas en relación al cumplimiento de los Derechos de la Niñez.

Promoverá la participación de niños, niñas y adolescentes a través de la expresión de sus opiniones y propuestas en relación a las agendas políticas, sociales, económicas, culturales y los principales cambios necesarios para la implementación de la CDN y todos los demás tratados de Derechos Humanos que los involucran.

Algunos temas que deben tomarse en consideración al planificar la participación de la niñez53:

53

¿Con cuáles niñas y niños va a trabajar? ¿Cómo puede asegurar que verdaderamente representen a los niños y niñas de la comunidad y que están dispuestos a contribuir?

¿Cómo asegurará que los niños y niñas participen efectivamente y ya no sean considerados receptores pasivos de beneficencia?

¿Cómo asegurará que se respeten los derechos de todos los niños y niñas (equidad de género, grupos marginalizados, etc.)?

¿Qué tipo de participación le gustaría que tengan los niños y niñas?

¿Cómo apoyará su participación (conocimiento, destrezas, competencias)?

¿Cómo asegurará que todos los niños y niñas sean protegidos en todas las ocasiones?

¿Cómo preparará a la comunidad y a los otros adultos para el involucramiento de la niñez a fin de crear un ambiente de apoyo?

Las limitaciones a la participación de la niñez pueden ser específicas para el contexto. ¿Qué puede hacer usted para que los niños sean más capaces y estén más dispuestos a participar en sus programas? ¿Cómo puede tener en cuenta las prácticas locales, estructuras, tradiciones, etc.?

Adaptado de “Paquete de Recursos del Capacitador. El DCCN en la práctica. Promoviendo los Derechos de la Niñez a través de la participación de la niñez”. Santiago Dávila. Plan ROA.

81


¿Cómo va a monitorear su participación?

¿Cómo logrará que los niños y niñas retroalimenten a la comunidad sobre sus hallazgos, necesidades y planes? ¿Cómo animará a la comunidad para que apoyen a los niños y niñas en esto?

Recomendaciones del IIN para los Estados respecto a la participación de NNAJ54:

82

1.

La primera recomendación consiste en valorar la experiencia acumulada y el interés mostrado por los Estados tomando lo hecho como punto de partida para la profundización teórica, práctica y política en torno al derecho a la participación y sus articulaciones con la vida de los niños, niñas y adolescentes del continente. En este sentido, retomamos el mandato del grupo de trabajo de Quito en referencia a la elaboración de este Marco de Referencia: “recoger los documentos ya elaborados; incluir las opiniones de los niños y adolescentes; tomar en cuenta las experiencias existentes y los aprendizajes que ellas nos dejan. Se hace necesario extraer de las experiencias enseñanzas metodológicas y herramientas que habiliten una creciente calidad de las intervenciones y protejan a los participantes de situaciones desgastantes o desmotivantes. También, compartir técnicas e instrumentos para la mejor resolución de las situaciones que se configuran en el transcurso de los procesos.

2.

La formación del personal en el trabajo participativo es una necesidad identificada por la mayoría de los Estados. Parece oportuno pensar formas de avanzar hacia protocolos mínimos en esa formación que permitan intercambiar experiencias, producir materiales de uso común, y elaborar metodologías para los procesos formativos que tomen como base el análisis reflexivo de las prácticas. Esta formación debe extenderse gradualmente al conjunto del personal que trabaja con niños y no solo a los “especialistas en participación”. Debería aspirarse a que todo el personal que trabaja con niños, niñas y adolescentes incorpore los “mínimos operativos” que le permitan respetar, promover e incorporar la participación y los demás derechos consagrados en la CDN en sus prácticas habituales.

3.

Se hace necesario avanzar en lo referente a metodologías e instrumentos de evaluación, construcción de indicadores y elaboración de acuerdos a nivel regional que permitan garantizar la calidad de los procesos. Un punto central de estos mecanismos evaluatorios deberá ser la forma en que se integran y toman en cuenta las opiniones de los propios participantes.

4.

En tanto la participación requiere del respeto y la habilitación del mundo adulto, se deberá trabajar en la sensibilización y promoción de la niñez como una etapa en que las personas tienen potencialidades para ser actores sociales. Una población estratégica en este aspecto son los comunicadores sociales y periodistas.

5.

Dada la relevancia que en relación a este derecho tiene el ámbito familiar hacemos nuestra la recomendación realizada por los niños, niñas y adolescentes participantes del Primer Foro Panamericano en el sentido de “promover la participación y el respeto mutuo en los ámbitos familiares a través de la sensibilización de los adultos para que estos

54

Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes. “La Participación de Niños, Niñas y Adolescentes en las Américas”. Mayo 2010.


respeten las opiniones de los niños, niñas y adolescentes” (Lima, 2009). Esto requiere programas y acciones específicas que promuevan cambios de actitud e instrumente a los padres y adultos responsables para la resolución no violenta de conflictos. 6.

El entusiasmo y los voluntarismos no deben arrastrarnos a descuidar la calidad de los procesos participativos. Tomando lo expresado por los niños, niñas y adolescentes participantes del Primer Foro Panamericano, la participación tiene que ser “significativa, activa e incluyente”. En este último aspecto se hizo hincapié en el principio de la no discriminación, referido principalmente a la edad de 0 y 5 años y a los niños, niñas y adolescentes con habilidades y necesidades especiales.

7.

Promover la diversificación de los espacios de participación. Incluirla en las instituciones que trabajan con niños, niñas y adolescentes, pero trabajar para que trascienda hacia espacios intergeneracionales. En este sentido, reafirmamos lo planteado por los participantes del Primer Foro: “los adultos deben olvidar la idea de que los niños, niñas y adolescentes tenemos dificultades para expresarnos, no somos capaces de crear cosas productivas y no manejamos los conocimientos suficientes como para participar” (Lima, 2009). Sólo superando esas posturas adultocéntricas podremos avanzar hacia la construcción de una cultura de integración y diálogo en la diversidad.

8.

En coherencia con el carácter significativo de la participación resulta fundamental promover una interpretación amplia en relación a los temas que conciernen a los niños, niñas y adolescentes. Superar la tendencia a definir esta incumbencia desde los adultos para escuchar los intereses de los propios participantes y construir dialógicamente las agendas a trabajar con ellos. En este sentido resulta muy significativa la fuerza con que en los foros y encuentros aparece el tratamiento de temas como la educación, la salud, el ambiente, las relaciones familiares y los comportamientos discriminatorios como temas en que los niños, niñas y adolescentes han demostrado tener opiniones significativas basadas en su propia experiencia.

9.

Promover la más amplia difusión y seguimiento de las declaraciones, documentos y aportes realizados por los niños, niñas y adolescentes en las reuniones y eventos. Esto no solo reafirma su rol social, sino que da cuenta del potencial que ellos despliegan cuando los adultos estamos dispuestos a respetarlos y escucharlos.

Estándares para la participación de la niñez. Save the Children55 Los estándares56 describen el nivel esperado de desempeño. Definen lo que los niños y niñas y otras personas pueden esperar de la práctica de Save the Children en relación a la participación de la niñez. Están diseñados para aplicarse en todo el trabajo de Save the Children y representan las expectativas mínimas sobre la forma en la que el personal se comportará y operará.

55

Adaptado de Estándares para la Participación de la Niñez. Alianza Inter nacional Save the Children. 2005.

56

También conocidos como “estándares mínimos de calidad” o “elementos clave”.

83


1. Un enfoque ético: transparencia, honestidad y responsabilidad. •

Expresan sus visiones y opiniones libremente y son tratados con respeto.

Tienen claridad y hay honestidad sobre su participación y conocen los parámetros.

Los roles y responsabilidades están claramente definidos.

2. La participación de la niñez es voluntaria y relevante. •

Participan sobre sus términos y tiempo que elijan respetando sus tareas habituales.

De acuerdo a sus conocimientos, habilidades e intereses.

Sobre la base de sus estructuras locales, conocimientos y prácticas culturales.

3. Un entorno favorecedor y amigable para la niñez. •

Formas de trabajo que fortalezcan la autoestima y confianza para que se sientan libres de participar y tengan una experiencia válida.

Los métodos de participación se desarrollan con los niños y niñas.

Idioma y lenguaje accesibles, brindando traducciones cuando es necesario y explicando todo de acuerdo a su edad y conocimiento.

4. Igualdad de oportunidades.

84

Propiciar la participación de todos y no de unos pocos.

Adultos que trabajan con niños deben facilitar un ambiente no discriminatorio e inclusivo. Si existe una limitante de niños y niñas que pueden participar, ellos mismos eligen a sus pares.

5. El personal trabaja con efectividad y confianza. •

Relaciones entre el personal y la dirección están basadas también en el respeto y honestidad.

Apoyar al personal a entender la participación de los niños desde sus experiencias personales.

Reflexionar sobre las experiencias de participación que tenemos.

6. La participación promueve la seguridad y protección de la niñez . •

Las organizaciones tienen el deber de cuidar a todos los niños y niñas para protegerles del abuso, explotación y otras consecuencias negativas que pudieran presentarse en su participación.

No se deben tomar ni publicar fotos, video ni imágenes de ellos sin consentimiento expreso.

Medidas de protección para el regreso a su comunidad, etc. Se deben tomar medidas prácticas: seguros médicos, de viaje, etc.

7. Asegurar el seguimiento y la evaluación. •

Los niños como actores claves son parte integral del proceso de seguimiento y evaluación.

Los niños deben ser apoyados para compartir sus experiencias con sus organizaciones.

Los documentos de seguimiento deben ser hechos en formato y lenguaje amigable para llegar a los niños.

La sostenibilidad del apoyo debe ser discutida con los niños y facilitar otras opciones cuando no se pueda continuar.


Objetivo: Revisar nuestras concepciones sobre participación.

Secuencia metodológica:

Herramienta

Las esculturas de la participación57.

Formados en grupos los participantes deben preparar la representación de una “escultura humana” que exprese lo que el grupo entiende por participación. Al momento de presentar sus esculturas sólo podrán usar el cuerpo y algunos accesorios complementarios; no deberá usarse la voz, excepto para emitir sonidos. La “escultura” puede tener movimiento. Cada grupo presentará en plenaria su escultura, los demás participantes expresarán verbalmente lo que van entendiendo. Luego de escuchar las intervenciones de sus compañeros, cada grupo pegará un papelógrafo con la definición de participación que quiso transmitir a través de la “escultura humana” que representó. Al final, construyen en plenaria una definición de participación considerando las definiciones presentadas por cada uno de los grupos.

Ideas fuerza: La participación de niños, niñas y adolescentes tiene diferentes significados, interpretaciones y prácticas según el enfoque del cual se parte. Las diferentes formas de entender la participación de los niños van a influir en nuestro trabajo; por ello es sumamente importante partir de la revisión de los elementos, nociones y concepciones que constituyen y están en la base de nuestra forma de entender y hacer práctica la participación de niñas, niños y adolescentes.

2. Inclusión de poblaciones excluidas Inclusión de poblaciones excluidas58. Plan se comprometerá a trabajar con los niños, niñas y jóvenes pertenecientes a sectores y poblaciones excluidas, cuyos derechos han sido sistemáticamente violentados y cuyas condiciones de vida hacen de estos sectores los más vulnerados de la sociedad. Plan apuntará a que su labor llegue a los niños, niñas, y jóvenes cuyos derechos hayan sido negados y vulnerados de manera sistemática. En la región, estas condiciones de exclusión ocurren, de manera más evidente, en los siguientes grupos de población: a) indígenas; b) afrodescendientes; c) migrantes; d) indigentes, población que vive en 57

Horna Castro, Patricia del Pilar. Del dicho al hecho en la participación de niños, niñas y adolescentes en eventos con adultos. Save the Children, Suecia. Oficina Regional para América Latina y Caribe. Lima 2006.

58

Plan Oficina Regional para las Américas. Marco Estratégico Regional. Junio 2009. Inclusión de poblaciones excluidas.

85


la calle en zonas urbanas; e) personas con discapacidades; f) población en situación de desplazamiento forzado; g) población en circunstancias difíciles (PVVS, tráfico, explotación sexual, trabajadores infantiles); y, h) poblaciones interfronterizas. Esta lista no es exhaustiva, solamente nombra aquellas categorías de poblaciones en las que Plan debe enfocarse. Para que los esfuerzos de Plan por mejorar el respeto, protección y cumplimiento de los derechos de estos grupos sean eficaces, es necesario brindarles una consideración especial, asegurando que las intervenciones lleguen a ellos. En sus procesos de análisis y planificación, la Organización considerará de manera diferenciada a los niños, niñas, y jóvenes que sufren exclusión social. Asimismo, trabajará en la identificación de las barreras estructurales que han impedido a estos grupos el goce y ejercicio de sus derechos, y en la deconstrucción de las mismas.

2.1

Inclusión y no discriminación de niños, niñas y adolescentes.

Para garantizar la realización de los Derechos del Niño se debe incluir a todos los niños y niñas, poniendo especial énfasis en el trabajo con aquellos grupos que se encuentran en mayor riesgo y/o son objeto de discriminación. Esto implica una identificación y diferenciación legítima de niños y niñas individuales o colectivos que sufren algún tipo de discriminación y exclusión de sus derechos, esto a fin de iniciar acciones afirmativas para enfrentarlas. La Convención menciona en su preámbulo que en el mundo hay niños y niñas que viven situaciones extremadamente difíciles que requieren y necesitan consideración especial, por tal razón emplaza a los Estados a tomar medidas activas para evitarlas. Al respecto la Convención propone el trabajo por la no discriminación e inclusión: •

Contra la niñez individualmente.

Contra grupos específicos de niños y adolescentes. Ejemplo, niños con discapacidad o viviendo con VIH/Sida.

Contra el grupo generacional íntegro. Ejemplo, nivel de violencia que la sociedad permite hacia los niños, niñas y adolescentes sin darles protección legal frente a ello.

Grupos de niños y niñas discriminados59.

Herramienta

86

Objetivo: Identificar aquellos grupos de niños, niñas y adolescentes que son discriminados e identificar roles y responsabilidades de los diferentes actores para enfrentar esta situación.

Secuencia metodológica: • 59

Formar grupos y pedirles que trabajen alrededor de las siguientes preguntas:

Adaptado de “Lucha contra todas las formas de discriminación a los niños, niñas y adolescentes en América del Sur: Manual de Capacitación”.


¿Cuáles son los grupos de niños, niñas y adolescentes más discriminados en tu país?

¿Cómo están siendo discriminados? ¿Cuáles son sus derechos más vulnerados?

¿Quién los discrimina y porqué?

¿Qué acciones deben ser tomadas y por quién? (Estado, sociedad civil, familia, los propios niños, niñas y adolescentes).

Ideas fuerza: Este ejercicio debe poner énfasis en el análisis de la discriminación contra la niñez en general, pero, al mismo tiempo, es para identificar quiénes son los grupos de niños más excluidos y vulnerados en cada realidad específica. La no discriminación como principio de la Convención sobre los Derechos del Niño es importante para todos sus artículos, incluyendo la salud, educación, nivel de vida o protección de grupos vulnerables.

Acciones afirmativas. Por acciones afirmativas se entiende “el conjunto coherente de medidas de carácter temporal dirigidas específicamente a remediar la situación de los miembros del grupo a que están destinadas, en un aspecto o varios aspectos de su vida social para alcanzar la igualdad efectiva”.60 La acción afirmativa en relación a los NNAJ debe ser enfocada desde una perspectiva holística considerando que los niños pueden ser sujetos de diversas formas de discriminación al mismo tiempo. Las acciones afirmativas ayudan a proteger los derechos de los niños y grupos de niños particularmente vulnerables. El Artículo 2 de la CDN referido a la No Discriminación no implica que se deba tratar a todos de la misma manera. Sin embargo, es importante precisar que toda acción debe fundamentarse y justificarse en articulación con el principio del Interés Superior del Niño.

Acciones afirmativas pueden ser necesarias para lograr, por ejemplo, que: • •

• •

Las niñas tengan las mismas oportunidades que los niños. Los niños migrantes y los niños de grupos indígenas o minoritarios disfruten de los mismos derechos que los otros. Los niños con discapacidad tengan los mismos derechos. Los niños que viven en zonas rurales remotas tengan más oportunidades en el acceso al derecho a una educación de calidad, servicios básicos, salud integral y recreación.

2.2 Consideraciones para una programación que incorpore el principio de No Discriminación de niños, niñas y adolescentes. En términos prácticos podríamos decir que estamos trabajando por la inclusión y no discriminación hacia niños, niñas y adolescentes si nuestra programación y nuestras prácticas consideran los siguientes aspectos: •

Un análisis de situación que incluye: estudio de la discriminación (edad, discapacidad, sexo, origen étnico, clase social, status del VIH/Sida, etc.); revisión de actitudes, prácticas, leyes

Véase “El concepto y la práctica de la acción afirmativa”, informe final presentado por el Marc Bossuyt; Relator Especial de conformidad con la resolución 1998/5 de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos.

60

87


y políticas al respecto; estadísticas e información desagregadas por sexo, discapacidad, clase social, origen étnico, etc. •

Un enfoque inclusivo que garantiza la participación plena y el acceso para todos.

Una fundamentación de por qué el proyecto/programa beneficia de manera diferente a niños y niñas de diferentes identidades/grupos, u ofrece a un grupo de niños derechos de los cuales no gozan otros grupos.

Una revisión de los estereotipos y roles tradicionales de género presentes y propuestas para su abordaje y cambio (análisis de género).

Un plan para incidir en los Estados y otros actores para evitar y combatir la discriminación y los estereotipos. Esto requiere de estrategias que apuntan a desmantelar construcciones sociales, culturales e históricas que dan vida y perpetúan la discriminación.

Por qué es prioritario el trabajo por la inclusión y no discriminación de niños, niñas y adolescentes. 88

En pleno siglo XXI la discriminación y desigualdad son una realidad que se vive frecuente y sistemáticamente en los diferentes países de América Latina y el Caribe.

Los niños, niñas y adolescentes siguen siendo considerados como colectivos “dependientes” o “no productivos” necesitados de asistencia y protección, al mismo tiempo que sobre ellos se ejerce una actitud coercitiva y violenta.

En ese sentido son excluidos de la participación en la toma de decisiones, ya sea en aspectos que les atañen directamente o de intereses más amplios de la comunidad y sociedad de la que forma parte.

Niños, niñas y adolescentes suelen recibir un trato desigual, considerándoles menos derechos si se compara con el que disfruta el grupo “mayoritario” que sirve para definirlos (adultos, hombres blancos, no discapacitados).

Se presta menos atención a los intereses de niños y niñas que a los de otros grupos excluidos de adultos; los derechos de los niños siguen siendo invisibles.

No son consultados directamente por sus necesidades o su bienestar, sino que éstos son inferidos sobre la base de lo que otras personas piensan sobre los mismos.

En estos contextos existen grupos específicos de niños, niñas y adolescentes que se constituyen como un grupo altamente vulnerable que vive diversas situaciones de discriminación a sus derechos, incluyendo discriminación múltiple.

La perspectiva de Derechos del Niño se constituye como enfoque central en el trabajo por la no discriminación de niños, niñas y adolescentes.

La igualdad entre niño y niña debe ser abordada en todas las áreas, tales como educación, salud, nutrición, no violencia, recreación, participación. También en todos los espacios de socialización: familia, escuela, comunidad, país.


3. Promoción de la igualdad de género Plan viene trabajando para asegurar que sus intervenciones apunten al respeto, protección y cumplimiento equitativo basado en la igualdad de los Derechos Humanos de la niñez, adolescencia y juventud, sin distinción de género. La Organización entiende que para lograr la equidad e igualdad, sus intervenciones tendrán que enfocarse en equilibrar el desbalance generalizado existente que es el resultado de la exclusión estructural y el ejercicio desigual de poder que han sufrido las niñas y las mujeres, reconociendo que, en ciertos casos, las víctimas de exclusión que precisan de atención prioritaria pueden ser los niños y hombres adultos. Plan entiende que acciones afirmativas pueden ser necesarias para lograr mayor equidad e igualdad en el acceso a derechos para grupos tradicionalmente excluidos, como es el caso de niñas, adolescentes y mujeres. Plan en la región de América Latina y el Caribe ha desarrollado un Marco Estratégico Regional que incluye la igualdad de género como elemento fundamental de su enfoque de trabajo, y un marco institucional que incluye auditorías de género y estándares de género, así como un comité regional y una red regional de género.

3.1

Conceptos clave alrededor de la igualdad de género61.

Género Es la construcción social y cultural de lo que se considera “hombre” y “mujer”. El género tiene que ver con las relaciones entre mujeres y hombres, niñas y niños, y la forma en que estas relaciones son construidas socialmente.

Análisis de género Es un enfoque organizado para examinar los temas de género en el ciclo completo de un proyecto o programa. Es el proceso de analizar cómo las experiencias de las mujeres y de los hombres, o de las niñas y de los niños, son diferentes. A menudo se basa en datos desagregados por sexo y analiza las causas y consecuencias de las diferencias y desigualdades de género.

Discriminación de género Es el trato desigual o injusto de hombres y niños o de mujeres y niñas debido únicamente a su sexo en lugar de sus destrezas, talentos y capacidades individuales. Significa que las niñas o niños, mujeres u hombres son tratados de menos por el simple hecho de ser hombres o mujeres. La discriminación de género a menudo se basa en los estereotipos de género, e incluye cualquier distinción, exclusión o preferencia debido al sexo que tenga el efecto de causar un impacto negativo en la igualdad de oportunidades y de trato. La exclusión social, la inhabilidad para participar en procesos de toma de decisiones y el limitado acceso a los servicios y recursos son formas comunes de discriminación.

61

Planning for Results: Results – Based management and Gender Equakity Training Manual. Plan Canada. 2008l RBM.

89


Igualdad de género Significa que hombres y mujeres, niñas y niños disfrutan del mismo estatus dentro de una sociedad. No significa que los hombres y las mujeres o que los niños y niñas son iguales, sino que sus similitudes y diferencias son reconocidas y valoradas por igual. La igualdad de género reconoce que los hombres y las mujeres, los niños y las niñas, tienen diferentes necesidades y prioridades, enfrentan diferentes obstáculos y son impactados por el desarrollo en forma diferente. La igualdad de género se puede medir en términos de igualdad de resultados.

Equidad de género Es el proceso de ser justo con las mujeres y los hombres, las niñas y los niños. Para garantizar justicia se debe disponer de medidas que aborden las desventajas históricas y sociales que impiden que las mujeres y las niñas se desenvuelvan en el mismo campo de juego. Un enfoque de equidad de género asegura que las mujeres y las niñas tengan acceso justo a los beneficios y recursos de desarrollo, a través de medidas como el trato igualitario ante la ley, el acceso equitativo a los servicios sociales o igual paga por trabajo de igual valor. La equidad de género conduce a la igualdad de género.

Brecha de género 90

Es una medición de la desigualdad de género que muestra la disimilitud de oportunidades y la dispar distribución de recursos entre mujeres y hombres, niñas y niños. Las brechas de género son usualmente reveladas a través de datos que muestran las inequidades, específicamente a través de estadísticas desagregadas por sexo.

Transversalización de género Consiste en integrar las preocupaciones sobre igualdad de género en cada una de las partes de un proyecto, política o programa. La transversalización del género significa que dentro del diseño, implementación, monitoreo y evaluación de todas las actividades, proyectos, programas y políticas consideramos las implicaciones y experiencias para las mujeres y los hombres, niñas y niños. Su meta es asegurar que la desigualdad no se perpetúe, y que los diferentes derechos y necesidades de las mujeres y hombres, niñas y niños son reconocidos y abordados.

Socialización de género La construcción social del género es el producto del proceso de socialización que enseña a las personas (empezando a una edad temprana) las normas, creencias y expectativas al ser mujeres u hombres. El resultado de la socialización es la formación de actitudes y expectativas sobre los hombres y las mujeres. La socialización de género también determina la división de poder y los valores entre hombres y mujeres. Por consecuencia, el proceso de socialización es una de las principales causas para la desigualdad de género entre hombres y mujeres, niños y niñas.


Objetivo: Los participantes revisarán y clarificarán la diferencia entre los roles de sexo y género.

Secuencia metodológica: •

En pequeños grupos de discusión de dos/tres personas, pida a los participantes que comenten sobre su entendimiento de “género” versus “sexo”. Lleve al grupo a una discusión sobre la definición y la diferencia entre los roles de sexo y de género.

Invite a los participantes a compartir ejemplos de los roles típicos de género en su contexto de trabajo o en sus comunidades (¿Qué responsabilidades se espera que las mujeres tengan en el trabajo? ¿Qué responsabilidades se espera cumplan los hombres y niños en la comunidad? ¿Qué se espera que las mujeres y las niñas hagan en casa?).

Liste estos roles en un papelógrafo. Usted puede guiar una corta discusión grupal sobre los roles de género utilizando las siguientes preguntas:

¿Se espera que las mujeres y hombres, niñas y niños asuman estos roles?

¿Pueden las mujeres y hombres, niñas y niños asumir los roles que se esperan del sexo opuesto?

¿Cómo afectan estos roles a las opciones de vida y a las oportunidades de las mujeres y niñas y de los hombres y niños?

Ideas fuerza: Recuerde a los participantes que los roles de género cambian con el tiempo. Para garantizar que todos los participantes hayan entendido claramente el concepto de género y las diferencias de sexo, realice el siguiente ejercicio: Lea al grupo las declaraciones a continuación y pídales que se pongan de pie si es que la declaración habla sobre las diferencias de género o los roles de género, y que se sienten si se refiere a las diferencias de sexo o a los roles de sexo. Cuando haya desacuerdos, pida a los participantes que justifiquen sus opiniones.

62

Las mujeres dan a luz a los bebés y los hombres no (Sexo).

Las niñas pequeñas son amables y vergonzosas; los niños pequeños son fuertes y aventureros (Género).

Las mujeres cocinan y limpian la casa; los hombres ganan el ingreso a través de un trabajo fuera del hogar (Género).

Las mujeres pueden amamantar a los bebés y los hombres no (Sexo).

A las mujeres les importan los niños (Género).

Los hombres son quienes toman decisiones (Género).

Las voces de los niños cambian en la pubertad y la de las niñas no (Sexo).

Los hombres pueden tomar decisiones sobre la planificación familiar y el número de hijos que una pareja tendrá (Género).

Ibidem.

Herramienta

¿Sexo o género?62

91


3.2 Derechos de la niñez y derechos de la mujer. Los Derechos de la Niñez están estrechamente vinculados con el bienestar y la posición de la mujer. En muchas sociedades ellas asumen la responsabilidad principal de la crianza y cuidados de los niños. Diversas investigaciones han demostrado que la condición material, la salud y la alimentación de los niños están estrechamente vinculadas con las habilidades, la educación y los ingresos de la mujer. Por lo tanto, los Derechos de la Niñez y los Derechos de la Mujer se refuerzan mutuamente. Al aplicarlos en conjunto, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de Todo Tipo de Discriminación contra la Mujer, proporcionan estándares internacionalmente aceptados para abordar los derechos de ambos.

3.3 Discriminación contra las niñas. En muchas sociedades hay una mayor preferencia por los niños, y las niñas tienen socialmente menos valor debido a una serie de razones culturales, religiosas, sociales y económicas que las hacen recibir un trato discriminatorio. Carta Global para la Inversión en las Niñas. 65 Plan de Acción de 10 puntos.

92

1. No comprometer los objetivos de igualdad de género ni los compromisos internacionales. 2. Promover la total integración de los principios de igualdad de género en las políticas económicas nacionales y regionales. 3. Priorizar la educación de las niñas desde sus primeros años hasta la adolescencia y más allá. 4. Mantener programas nacionales de protección social y servicios sociales de prevención. 5. Ampliar la inversión en oportunidades de trabajo para las mujeres jóvenes. 6. Apoyar a las jóvenes mujeres trabajadoras y garantizar que obtengan salarios y condiciones decentes. 7. Invertir en el liderazgo de las mujeres jóvenes. 8. Asegurar la igualdad de derechos de las niñas y mujeres jóvenes en la posesión de la tierra y de otras propiedades. 9. Tener en cuenta y valorar el trabajo de las niñas y mujeres jóvenes a través de la desagregación de datos nacionales e internacionales. 10.Desarrollar y promover un conjunto de principios guía que sean prácticos y globales sobre las niñas y mujeres jóvenes que trabajan.

63

La niña suele ser objeto de discriminación desde las primeras etapas de su vida, pasando por la infancia y adolescencia, hasta llegar a la vida adulta. Esto se refleja en la negación de sus derechos y necesidades fundamentales y en actitudes y prácticas como la preferencia de los hijos varones, recibir menor cantidad de alimentos, menor acceso a la educación y sobrecarga de tareas domésticas, entre otras. Muchos de sus derechos tales como el de supervivencia y desarrollo, educación, salud y recreación no son considerados en sus vidas. En términos prácticos implica una serie de exclusiones cotidianas que podrían ser motivo de un extenso diagnóstico. Por ejemplo, debido a una división del trabajo basada en estereotipos de género, ciertas tareas y tipos de trabajo son asignados a niñas, adolescentes y mujeres y no a los “hombres de la casa”, lo cual implica procesos de socialización excluyentes.63 Cuando se impide que una niña asista a la escuela o cuando el cansancio derivado de la carga de trabajo doméstico que tiene en su hogar le impide prestar atención a la clase, se le está negando su derecho a la educación. Al llevar el peso de las responsabilidades en las

Plan Internacional. Porque soy una Niña. El Estado Mundial de las Niñas 2009. Las Niñas en la Economía Global: la hora de contarlas.


tareas del hogar mientras, por ejemplo, su hermano estudia, juega o se dedica a sus intereses o pasatiempos, se la está discriminando. La consideración de las niñas como inferiores a los niños, tanto en el seno del hogar como en la sociedad en su conjunto, tiene consecuencias en su desarrollo integral, en la construcción de su identidad, autoconfianza y su capacidad para alcanzar el pleno desarrollo de sus posibilidades como seres humanos. En reconocimiento del hecho de que en muchos países, tanto desarrollados como en desarrollo, la situación de la niña es considerablemente peor que la del niño, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, identificó la persistente discriminación contra la niña y la violación de sus derechos como una de las 12 esferas de especial preocupación que requerían la atención urgente de los gobiernos y la comunidad internacional.

Objetivo: Identificar aspectos de la socialización de niños y niñas en la escuela basadas en relaciones desiguales y discriminatorias entre hombres y mujeres.

Herramienta

La pedagogía invisible de género.

Secuencia metodológica: •

Invite a los participantes a iniciar un viaje en el tiempo para volver a su infancia en la escuela.

En forma individual tratarán de recordar aquellas cosas que, cuando eran niños y niñas, sus maestras o maestros les permitían hacer y por las que recibían palabras de estímulo o premios.

También van a tratar de recordar aquellas cosas que no les permitían hacer y por las que recibían sanciones o castigos.

Reparta a cada persona dos tarjetas de colores y un marcador. Sin hacerlo evidente, entregue tarjetas de un color a los hombres y de otro a las mujeres.

Pídales que escriban en una de las tarjetas una acción que era premiada por su maestra o maestro; y en la otra, una acción que era castigada.

Una vez que todas las personas han llenado sus tarjetas solicite que pasen de a una al frente del grupo y compartan lo que escribieron.

Pegue las tarjetas en la pared formando dos grupos, uno con las tarjetas de las mujeres y otro con las de los hombres. A su vez, agrupe las tarjetas de mujeres y hombres en cosas que SI les permitían hacer y cosas que NO les permitían hacer.

Pida al grupo que reflexione sobre el contenido de las tarjetas. Estas son algunas preguntas que pueden servir para promover la discusión: •

¿Qué semejanzas y diferencias encontramos?

¿Qué estaba permitido a las niñas y qué estaba permitido a los niños en la escuela?

¿Cuáles piensan que eran las razones o causas de estas diferencias en lo que se permitía a niños y a niñas?

93


¿Qué otras condiciones en la escuela influyeron en esta socialización desigual de género?

¿Creen que esto ha influido en su vida de adultos? ¿De qué manera?

¿Si vemos las escuelas de ahora, qué cambios se han dado? ¿Qué cambios aún hace falta hacer?

Ideas fuerza: El sistema educativo además de transmitir por medio del currículo oficial las nociones culturales relativas al género aceptadas socialmente, también transfiere un cúmulo de pautas de comportamiento no explícitas que influyen en la construcción de la identidad de niños y niñas, en su confianza y autovaloración, así como en sus motivaciones y expectativas de vida. A este proceso de transmisión velada de las concepciones de género se le denomina “el currículo oculto”, “la pedagogía oculta” o la “pedagogía invisible de género”.

94

Las normas que rigen el funcionamiento escolar, las costumbres, la distribución del aula y de los lugares de recreo, los juegos, la forma de impartir la “educación física”, los contenidos de los programas, del material didáctico, la organización administrativa escolar, la actitud de los y las docentes hacia los estudiantes, así como el modelo que representan las figuras de autoridad dentro de la escuela, constituyen algunos de los mecanismos para transmitir y reforzar los valores, normas y concepciones acerca de cómo deben ser y actuar los hombres y las mujeres. Ello influye en la configuración y perpetuidad de los papeles y estereotipos de género e incide en el desarrollo de relaciones equitativas entre los sexos.

3.4 Consecuencias de la discriminación basada en género para el desarrollo de los niños (varones). Los niños sufren particulares consecuencias por la discriminación por género en su desarrollo integral. Frecuentemente deben responder a las expectativas sociales de su entorno respecto a su masculinidad y mayoritariamente son criados bajo el estereotipo de que son superiores a las niñas y que tienen un estatus más alto por el que deben luchar permanentemente. Esta socialización puede generar actitudes de superioridad hacia las niñas y las mujeres, violencia en el hogar, paternidad irresponsable y acentuada falta de participación masculina en su vida familiar futura. Muchos niños que han crecido con figuras paternas autoritarias y violentas podrían tener mayores dificultades para desarrollar relaciones positivas, respetuosas e igualitarias con las mujeres, tanto en su niñez como en su futuro inmediato. En la mayoría de las sociedades los niños aprenden desde muy pequeños que los conflictos deben resolverse por medio de la violencia física y esa socialización fomenta una permanente actitud de resolver todo mediante ella, lo cual expone generalmente a adolescentes y jóvenes a riesgos específicos. Además, facilita su incorporación a grupos violentos. Al respecto el Estudio Mundial de Violencia contra los Niños menciona que las agresiones físicas y verbales, incluidas las peleas, se consideran una manera saludable normal de expresión de la hombría y valor de los niños varones: “esto se explica, en parte, por que los niños tienen mayor tendencia


a unirse a pandillas que las niñas y por que las pandillas masculinas entran en conflictos serios con otras pandillas”64. En muchas partes del mundo, los niños tienden a ser las principales víctimas de abuso físico en sus casas y también sufren más violencia física fuera de estas en comparación a las niñas (sin considerar el abuso sexual donde ellas son las más afectadas). El castigo corporal, generalmente más violento y agresivo para los niños varones, transmite fuertes mensajes acerca de la aceptación de la violencia como una forma valida de resolver los conflictos, reforzando las percepciones de niños y niñas sobre la validez y la aceptación social de la violencia y el castigo como forma de crianza con el riesgo que repliquen estos modelos cuando les toque ser padres de familia.

Para tener en cuenta: •

Género no se refiere a las mujeres solamente ni tampoco a los hombres, sino al sistema social complejo de desequilibrios de poder entre hombres y mujeres. La desigualdad de género hace alusión a este desequilibrio de poder que limita a mujeres y hombres, niños y niñas en el cumplimiento de sus derechos y en opciones para tener una vida sana, productiva y feliz. Para ser más eficaces en los esfuerzos por superar las desigualdades de género debemos incluir tanto a hombres y mujeres, niños y niñas, de tal forma que juntos podamos trabajar en transformar aquellos aspectos que afecten ser mujeres y hombres en condiciones de igualdad y en cualquier sociedad.

Objetivo: Reconocer e identificar aquellos aspectos de la socialización de los niños y adolescentes varones que refuerzan el uso de la violencia como forma de relación valida y componente de la masculinidad.

Herramienta

Masculinidades, socialización en el ejercicio de la violencia65.

Secuencia metodológica: •

El facilitador introduce el tema expresando que analizaremos los diferentes mecanismos y factores de la socialización de niños y adolescentes varones que promueven y refuerzan el ejercicio de la violencia en su vida cotidiana.

Para ello van a retroceder en el tiempo y recordar cuáles eran los mensajes que les transmitían sus padres, maestros, vecinos, amigos adultos y niños, hombres y mujeres sobre lo que significaba ser hombres en relación con la fuerza y violencia.

Por ejemplo, qué sucedía si se caían, o si alguien los agredía, o se presentaba una situación de conflicto entre pares que debían resolver.

Entregar a cada grupo papel y marcadores para que escriban los mensajes y frases que eran expresados para reforzar comportamientos agresivos y violentos en los niños y adolescentes varones.

64

PINHEIRO, Paulo Sérgio (2006). World Report on Violence against children. Secretary-general’s study on violence against children. United Nations, Geneva, Switzerland.

65

Hombres jóvenes por el fin de la violencia. Manual para facilitadores y facilitadoras. Instituto Promundo.

95


En un papelógrafo deben dibujar un perfil masculino y alrededor pegan los papeles con los diferentes mensajes y frases alusivas a la masculinidad y refuerzo de la violencia y agresividad.

En plenaria comparten el trabajo realizado y el facilitador va guiando las reflexiones y análisis con apoyo de las ideas fuerza.

Ideas fuerza: El concepto de masculinidades se refiere, a grandes rasgos, a los modos como los hombres son socializados y a los discursos y prácticas que se asocian con las diferentes formas de ser hombre. Si bien existen múltiples maneras de serlo, nuestra cultura occidental todavía promueve un modelo de género que le otorga mayor valoración a lo masculino por sobre lo femenino, y que incentiva en los hombres ciertos comportamientos como la competitividad, la demostración de virilidad, la búsqueda del riesgo y el uso de la violencia en determinadas circunstancias. Varios son los mecanismos a través de los cuales los niños y adolescentes varones son socializados en el ejercicio de la violencia. A continuación se presentan algunos ejemplos:

96

A través de la imitación que hacen de sus padres y hermanos (si éstos presentan conductas violentas);

Al ser tratados de forma violenta por sus pares y familiares;

Al ser motivados a pelear y jugar con armas;

Al ser estimulados por su grupo de pares o familiares a asumir actitudes violentas y ridiculizados cuando no lo hacen;

Al aprender que para ser un “hombre de verdad” es necesario agredir a quien los insulte;

Al ser testigos de las múltiples formas de violencia social, institucional y estatal para resolver conflictos humanos.

Es común que a los niños y adolescentes hombres se les enseñe que es correcto expresar su rabia agrediendo a otros. Las agresiones se justifican como reacción común o inevitable ante una amenaza, como una conducta aceptable e incontrolable de los hombres. Al mismo tiempo, no se les enseña a expresar libremente un repertorio amplio de emociones como el amor, la tristeza, la pena, la impotencia, el miedo y la culpa, ni a contar con herramientas para resolver conflictos de modo no violento. Los padres, familiares, maestros y adultos en general tienen un papel fundamental en la estimulación y aprobación, así como en la desaprobación de comportamientos violentos en niños y adolescentes hombres. Padres estresados, de todos los niveles socioeconómicos, tienden a usar más la intimidación y la disciplina física contra sus hijos/as en general, y más aún contra los hijos hombres, lo que refuerza una masculinidad tradicional basada en la violencia. Existen también otros espacios donde los niños y hombres jóvenes son socializados para comportarse violentamente, por ejemplo, la escuela, los grupos de amigos o la propia comunidad.


3.5 Cómo promover la igualdad de género a través de la programación. Plan ha elaborado una Política de Igualdad de Género que plantea los siguientes lineamientos en relación a lo programático66: •

Análisis situacional o de la problemática desde la perspectiva de género: incluir datos desagregados por sexo, edad y diversidad cultural, y un análisis de las relaciones de poder.

Planificación e implementación: establecer metodologías y mecanismos innovadores que aseguren el abordaje de género en todos los programas, definiendo objetivos y resultados de género explícitos, especialmente en cuanto a la prevención de la violencia y la respuesta a emergencias.

Monitoreo y evaluación: garantizar que el sistema de monitoreo incluya indicadores y resultados explícitos en cuanto a la igualdad de género.

Impactos: cada programa debe asegurar el empoderamiento, la participación y liderazgo de las niñas, las jóvenes y las mujeres, construyendo una nueva identidad femenina y masculina que fomente relaciones equitativas de género.

Objetivo: Realizar el análisis de género en los proyectos y programas que se están desarrollando y retroalimentarlos desde la perspectiva de género.

Herramienta

Análisis de género67.

Secuencia metodológica: •

Identifique cuatro proyectos que vienen implementándose en los últimos meses en la Organización. Realice el análisis de género a partir de las siguientes preguntas:

¿El análisis de situación incluyó información y estadística desagregada por sexo?

¿Se identificaron situaciones diferenciadas entre niños y niñas?

¿Qué tipo de división de trabajo por género existe en este proyecto? ¿Quién hace qué? ¿Quién es responsable de qué?

¿Qué impacto tiene esta división del trabajo en el proyecto?

¿Tienen las mujeres y los hombres igual acceso y control sobre los recursos de desarrollo? ¿Por qué sí / por qué no?

¿Tienen las mujeres y los hombres igual acceso y poder en la toma de decisiones con respecto a este proyecto? ¿Por qué sí / por qué no?

¿Quién se beneficia más de este proyecto?

¿Qué se necesita para transversalizar más eficazmente la perspectiva de género en este proyecto?

66

Política de Igualdad de Género y Empoderamiento de las niñas, las jóvenes y mujeres en la región de América Latina y el Caribe. Plan Internacional, Oficina Regional para las Américas. 2010.

67

Planning for Results: Results – Based management and Gender Equakity Training Manual. Plan Canada. 2008 RBM.

97


Ideas fuerza: El análisis de género nos permite identificar las causas profundas de la desigualdad de género, la exclusión y discriminación. Al utilizar las herramientas de análisis de género, podemos descubrir los factores sociales, económicos, estructurales y culturales profundamente enraizados en la sociedad que dan origen a la discriminación de género y a la desigualdad en las comunidades donde Plan trabaja. Esta información puede ayudarnos a transversalizar la igualdad de género en nuestros planes de proyecto de tal manera que abordemos estas causas fundamentales de la desigualdad. El análisis de género es muy útil para el diseño de proyectos y programas y para identificar los principales problemas de género que existen, y luego determinar el tipo de resultados (cambios) que nos gustaría ver para abordar estos problemas. El análisis de género fortalece la eficacia de un proyecto al ayudarnos a identificar los obstáculos potenciales y luego desarrollar proyectos, de tal manera que se puedan cumplir y medir los resultados. En particular, el análisis de género contribuye con la planificación del proyecto de manera que podamos: •

Asegurar que las experiencias y prioridades de las mujeres y hombres, niñas y niños

son tomadas en cuenta en el diseño de cualquier proyecto;

98

Diseñar actividades de proyecto que promuevan mayor igualdad y logren resultados de género;

Idear acciones para desarrollar el compromiso, entendimiento y destrezas del personal sobre igualdad de género;

Monitorear los diferentes impactos de los proyectos: el análisis de género nos ayuda a entender y demostrar cómo los proyectos tendrán un impacto diferente sobre los hombres y mujeres, niños y niñas.

Algunos aspectos clave prioritarios para el trabajo de género. •

Atención a los procesos de socialización de género durante los primeros años de vida, identificando aquellas pautas de crianza que contribuyen a la desigualdad y discriminación entre niños y niñas.

Conciencia crítica sobre las consecuencias negativas de los estereotipos de género para las niñas y niños, abordando posibilidades de cambio.

Enfrentar los desequilibrios de poder niño/niña que afectan la distribución de los recursos y acceso a derechos.

Algunas de las estrategias para reducir y/o eliminar los desequilibrios de poder pueden considerar la promoción de la posición de las mujeres respecto a los hombres; apoyo para que los hombres se tornen más equitativos y que participen en las esferas de la vida tradicionalmente “femeninas”, como por ejemplo el cuidado de los niños.

Abordar diferentes niveles y las múltiples aristas sociales y culturales.


4. Incidencia política para el cumplimiento de los Derechos de la Niñez.68 4.1 Qué es incidencia para Plan. La Oficina Regional de Plan para las Américas entiende la incidencia política como un proceso participativo que involucra esfuerzos coordinados de individuos y organizaciones para lograr cambios en las políticas públicas, la legislación y las estructuras estatales que permiten la plena implementación y cumplimiento de los derechos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Asimismo, asume que para lograr este nivel de cambio estructural e institucional se necesita también cambiar prácticas, ideas, valores y relaciones de poder que resultan en inequidades, discriminación, exclusión y otras vulneraciones de derechos en todos los sectores de la sociedad.69 El proceso de incidencia política en sí mismo debe ayudar a fortalecer el ejercicio de la ciudadanía activa de niños, niñas, adolescentes y jóvenes como sujetos de derechos, y la capacidad de los garantes para la realización de los Derechos Humanos. La participación genuina de niños, niñas y adolescentes en su justa medida, respetando el Interés Superior del Niño, la No Discriminación y el desarrollo de capacidades evolutivas, constituye un aspecto clave de los procesos de incidencia promovidos por Plan.

Objetivo: Conocer las diferentes definiciones y concepciones sobre incidencia política.

Herramienta

Una aproximación a la definición de incidencia política.

Secuencia metodológica: •

A nivel individual y en tarjetas responda a las siguientes preguntas: •

¿Con qué otras palabras relaciona incidencia política?

¿Qué entiende por incidencia política?

Mencione por lo menos tres cambios o logros que quisiera producir en su entorno social a través de la incidencia política.

Señale tres acciones o estrategias claves de la incidencia política.

Luego reúnase en grupos de cinco o seis personas, intercambie y sistematice sus respuestas.

En plenaria comparta los productos y complemente.

68

El documento de referencia principal para este capítulo lo constituye el “Marco Regional de Referencia para la Incidencia”. Plan ROA. 2010. Documento de trabajo.

69

VeneKlasen and Miller, A New Weave of Power, People and Politics, 2007

99


Ideas fuerza: No existe una forma ni definición pura y perfecta de incidencia política. Existen distintas definiciones y abordajes que reflejan diferentes enfoques y supuestos sobre cómo operan los sistemas de poder y los cambios que se busca conseguir.

4.2 La incidencia política como estrategia central para maximizar el impacto de nuestro trabajo por los derechos de niños, niñas y adolescentes. Dentro del trabajo por el cumplimiento de los Derechos de la Niñez, la incidencia política es una estrategia central para maximizar nuestros impactos. Plan tiene el gran objetivo de contribuir en la construcción de sociedades que respeten, protejan, defiendan y cumplan los derechos de los NNA; por ello el Marco Estratégico Regional de Plan tiene como una de sus líneas estratégicas la incidencia para el cumplimiento de los derechos de la niñez y juventud. La incidencia se constituye en estrategia clave porque contribuye a:

100

Lograr el reconocimiento de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos.

Conseguir cambios estructurales y sostenibles a nivel de políticas públicas, legislación y las estructuras necesarias para su implementación.

Fortalecer las capacidades de los niños, niñas y adolescentes como titulares de derechos y de los propios garantes para el cumplimiento de sus obligaciones.

4.3 Consideraciones generales para la incidencia política. Las siguientes son consideraciones generales a tener en cuenta para impulsar procesos de incidencia: •

Plan buscará cambios en la política, planificación, legislación, presupuesto e implementación gubernamental, valores, actitudes y prácticas que permitan la efectiva garantía de los Derechos del Niño.

Utilizará la incidencia basada en evidencia para demostrar la realidad de la niñez, adolescencia y juventud; las violaciones a sus derechos y las brechas en su realización; tanto como la efectividad de programas que el gobierno pudiera adoptar más ampliamente.

En la búsqueda de cambios en políticas públicas, legislación, prácticas y percepciones, relaciones de poder y otros, Plan ROA promocionará la incidencia participativa comunitaria donde los actores locales y NNAJ tendrán un rol activo en la búsqueda de sus propias soluciones, poniendo en práctica el principio de ciudadanía activa.

Apoyará y promoverá grupos, organizaciones y alianzas locales, nacionales e internacionales a favor de los Derechos del Niño.

Como miembro de la sociedad civil, Plan ayudará a monitorear el cumplimiento por parte del Estado de sus obligaciones con respecto a los derechos de NNAJ.


Considerará el trabajo con los medios de comunicación a nivel local, nacional e internacional a fin de adelantar una agenda regional/global por los Derechos de la Niñez (opinión pública informada y movilizada).

Impulsará la participación significativa de niños, niñas y adolescentes y de sus organizaciones, teniendo como marco lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño, especialmente el Artículo 12, así como condiciones para una participación segura y protegida (Artículo 19).

4.4 Planificación de la incidencia. Una incidencia efectiva requiere planificación. Es importante planificar sistemáticamente los procesos de incidencia a fin de lograr impactos duraderos en la vida de los niños, niñas y adolescentes, al mismo tiempo que nos permite medir y evaluar los resultados de los esfuerzos realizados. La incidencia como parte de nuestro trabajo debe estar orientada a promover un cambio favorable en la situación de la realización de los derechos de los niños y las niñas; planificar la incidencia, más que elaborar una propuesta técnica o académica, debe implicar su consideración como estrategia y herramienta de cambio y de empoderamiento. La planificación de la incidencia no es un proceso lineal. Implica varios momentos de análisis y reajuste constante que están relacionados directamente con los procesos y características de cada organización o grupo. Un aspecto importante de la planificación de procesos de incidencia por los Derechos de la Niñez incluye la consideración de la participación activa y protagónica de los propios niños, niñas y adolescentes. En concordancia con el principio de participación establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, la participación de éstos como sujetos activos es crucial. En términos generales los siguientes son momentos clave que deben ser considerados al planificar el trabajo de incidencia por los Derechos del Niño: •

Identificación de la situación que se quiere cambiar: objetivo de cambio.

Analizar y comprender las relaciones de poder y sus implicancias.

Identificación clara del grupo objetivo.

Elaboración de estrategias.

Monitoreo y evaluación de los procesos de incidencia.

101


Momentos de Incidencia Política Ciudadana Visión de cambio

Análisis contextual: las fuerzas y relaciones del poder Diagnóstico participativo/ Propósito general

Ajustes en el plan y próximos pasos

Análisis del problema/ Selección del tema Aprendizaje/evaluación

102

Análisis de fuerzas y momento político según tema

Seguimiento y monitoreo de impactos

Mapeo de soluciones/ Estrategias posibles/ Refinan objetivos

Implementar el plan

FODA: interno y externo

Mapeo de blancos/aliados/ opositores/espacios/niveles para seleccionar sus:

Finalización del plan

ESTRATEGIAS PARA INCIDENCIA PARTICIPATIVA Para el éxito, se requiere un abordaje central de estrategias. Incluyen: • Empoderamiento/Educación ciudadana • Organización de la comunidad/movilización • Investigación • Desarrollo de propuestas • Cabildeo y persuasión • Colaboración • Protesta • Alianzas, coaliciones • Comunicación y educación pública • Denuncia y litigio • Negociación • Proyectos modelos de innovación • Otras Este marco representa solo una manera de visualizar los momentos clave de la incidencia política. Como indican las flechas, éste no es un proceso lineal y en la práctica estos momentos pueden variar. Fuente: Un Nuevo Tejido de Poder, Pueblo y Política, Lisa Veneklasen y Valerie Miller (2007). Adaptado para Plan.


La importancia de la participación en la planificación para la incidencia70. La forma en que se hace la planificación es tan importante como la forma de definirla bien. Hay muchas razones por las que la participación es crítica para la incidencia efectiva. Cuando nos enfocamos en construir ciudadanía, surgen dos razones. Primero, la planificación es aprendizaje y toma de decisiones. Muchas iniciativas que dicen ser participativas consultan a las personas, pero las verdaderas decisiones acerca de los planes y direcciones se toman en otra parte. Involucrarse en tomar decisiones es clave para el “empoderamiento” y crea sentido de propiedad, motivación, confianza e impacto. La participación del equipo, de la junta de la organización y de la base de apoyo en todos los aspectos de la planificación ayuda a: •

Generar compromiso.

Crear ideas compartidas y dirección.

Acelerar la acción (aunque puede hacer más lento el proceso inicialmente).

Sacar a la superficie y enfrentar conflictos y diferencias.

Abarca el conflicto y la negociación.

Otorga un valor igual a la experiencia académica de las ONG como a la experiencia de las bases.

Busca integrar el conocimiento de diferentes disciplinas en una estrategia holística.

103 4.4.1 Identificación de la situación que se quiere cambiar: objetivo de cambio. •

Las prioridades para las acciones de incidencia deben partir del análisis de situación basado en los Derechos Humanos en el que se relevan urgencias, necesidades, brechas en el cumplimiento de derechos y grupos de NNAJ con mayores niveles de discriminación y exclusión.

Este análisis debe, además, considerar riesgos, mapa de poderes, actores, causas fundamentales de las violaciones de derechos, causas subyacentes, género, responsabilidad de los garantes y corresponsables directamente implicados.

Formular los objetivos d e cambio a partir del análisis de la situación que se quiere cambiar y sus diferentes factores asociados. En el marco de una incidencia efectiva debemos evitar generalidades y definir claramente qué aspecto en particular se abordará.

La participación de NNAJ será aspecto clave de este proceso.

70

VeneKlasen and Miller, A New Weave of Power, People and Politics, 2007. Pág. 83.


Herramienta

Análisis de actores71. Teniendo en cuenta los temas de Incidencia que Plan aborda, evalué a los diferentes actores y sus intereses basado en la siguiente matriz:

Mapa de actores Actor

A favor

En contra

Indeciso

Interés

Capacidad Discurso Público

Gobierno Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Sociedad Civil Mercado Actores Políticos Otras fuerzas

Hacer el análisis grupal a partir de la pregunta: ¿Qué posibilidades, aperturas y retos de la incidencia se dan desde la posición e intereses de cada uno de los actores?

104

En plenaria socializan sus productos.

Ideas fuerza: El mapeo de actores ayuda a identificar, para cada actor implicado, si está comprometido, indeciso o en contra de nuestros intereses; cuál es su discurso público y su discurso privado. Esto nos permite identificar las estrategias de acercamiento a cada actor. Un aspecto importante es contar con un banco de argumentos y contra-argumentos que guíen nuestra incidencia con el fin de reforzar la defensa de nuestras posiciones, diluir prejuicios, convencer a los indecisos y aportar información de respaldo a nuestros argumentos. Se identifican los actores del Gobierno (tres poderes), de la sociedad civil, del mercado, del ámbito político y otras fuerzas que puedan tener una influencia más o menos directa sobre el tema que se va a tratar. Esta identificación debe ser al detalle, “con nombres y apellidos”, ya que en muchas ocasiones, nuestras opciones de éxito dependerán de la persona que ocupe el cargo y no tanto del cargo en sí, pudiendo, incluso, analizar quiénes son las personas que la rodean y la influyen a nivel más personal.

4.4.2 Analizar y comprender las relaciones de poder y sus implicancias. •

71

La incidencia deberá tomar en cuenta un análisis de la configuración del poder que afecta la posibilidad real de que NNAJ puedan ejercer y gozar plenamente de sus Derechos Humanos tanto a nivel local y nacional como internacional. Mariela Arce y Valerie Miller. Taller sobre Incidencia Política. Plan ROA. Panamá. Octubre 2010.


Este análisis incluirá también la revisión de las dimensiones visibles, ocultas e invisibles del poder que nos permitan una mayor comprensión de las mismas.

Tener en cuenta que la dimensión visible del poder está referida a los espacios y estructuras visibles de discusión y elaboración de las decisiones políticas (por ejemplo, concejos municipales y regionales, parlamento y consejo de ministros), es decir las instituciones de decisión política que son quienes definen legislación, políticas y asignación de presupuestos.

La dimensión oculta lo conforman los llamados poderes ”no oficiales”, es decir aquellas instituciones/personas que sin contar con ningún poder oficial ejercen un poder significativo sobre quienes sí lo tienen. Éstos pueden incluir, por ejemplo: la empresa privada, los gremios, la Iglesia, los medios de comunicación.

Una tercera dimensión, pero no por ello menos relevante, es el poder invisible que en el trabajo de incidencia por los Derechos del Niño muchas veces suele ser un poder muy fuerte y difícil de identificar y abordar. Esta cara invisible del poder lo constituyen un tramado de creencias, normas, prejuicios que están en los cimientos de muchas decisiones políticas y fácticas.

La cara invisible del poder debe ser cuidadosamente analizada y estratégicamente abordada pues en muchos casos sienta las bases de incumplimiento y vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Elaborar un mapa de poderes nos ayuda a identificar a los actores según sus roles, grados de influencia e interés: público objetivo, aliados, oponentes, indecisos. De igual manera nos da elementos para elaborar estrategias pertinentes a nuestros objetivos de cambio y con una visión desde los Derechos Humanos de NNAJ.

Objetivo: Analizar a Plan en su capacidad para impulsar y apoyar procesos de incidencia. En grupos responder a las siguientes preguntas: •

¿Cuál es el poder de Plan?

¿De dónde viene este poder (fuentes)?

¿Cuáles son los nudos y tensiones en el manejo de este poder?

Herramienta

El poder de Plan.

105


Guía de interrogación72 Una de las tareas mas importantes de la planificación es afinar el problema que se quiere enfrentar por medio de la incidencia política. Para desarrollar estrategias e identificar blancos de su incidencia es preferible enfocarse en un problema muy concreto. Es más factible que el garante pueda responder a algo específico que a algo muy general o disperso.

Propósito: Acotar un problema general a uno concreto para la incidencia política, un problema o condición que tiene respuesta en el ámbito gubernamental. Por ejemplo, por medio de investigaciones se ha identificado que una preocupación a nivel nacional es la salud de los infantes. Esto se refiere a un problema más específico como lo es la nutrición inadecuada de niños y niñas bajo 5 años. Por lo tanto, su incidencia política busca que el gobierno patrocine un programa para apoyar y suplementar su dieta. Un segundo ejemplo podría ser que por medio del modelo Sasito (Sistema de Auto Desarrollo Sostenible Centrado en la Niñez) se identifica la educación como un problema a nivel local. Luego se enfoca en un aspecto específico: los maestros no cumplen las horas o la calidad de enseñanza es baja. Los y las estudiantes en los primeros tres grados no aprenden leer y escribir. Por lo tanto, su incidencia busca que el gobierno proporcione programas de supervisión, capacitación y acompañamiento de los maestros para mejorar la calidad de enseñanza.

106

Pasos: Responda a las siguientes interrogantes: Si se necesita, traiga una formulación afinada del problema. •

En su caso, ¿a qué problema concreto de la niñez va dirigida su incidencia política? ¿Que condición o situación real de la niñez quiere cambiar por medio de su incidencia política?

¿Cómo surgió/identificó este problema? ¿Por un Sasito, por unas investigaciones participativas, por unos estudios de UNICEF, etc.?

En cuanto a la resolución de este problema, ¿qué busca específicamente del Garante? ¿Qué quiere que haga frente a este problema concreto?

¿Cómo se escoge y prioriza cuando existe una variedad de problemas concretos? Un diagnóstico produce una variedad de problemas que enfrentan los niños y las niñas. Hay que decidir en cuáles nos vamos a enfocar. Para priorizar la importancia y validez de diferentes problemas concretos o temas se puede usar una serie de criterios como los que se detallan a continuación. Revíselos, y, si hay tiempo, formule otras que también pueden servirle para priorizar problemas concretos.

72

Mariela Arce y Valerie Miller. Taller sobre Incidencia Política. Plan ROA. Panamá. Octubre 2010.


1. ¿En qué medida los niños y las niñas sienten este problema como algo importante? ¿En qué medida lo sienten sus padres, la comunidad, la sociedad? 2. ¿En qué medida este problema concreto se presta a una solución en el ámbito gubernamental, una ley, programa, presupuesto etc.? ¿El Garante puede hacer algo al respeto? 3. ¿Resolver este problema concreto trae beneficios directos a las vidas de los niños y las niñas? 4. ¿En qué medida la resolución de este problema transforma las relaciones de poder en cuanto a genero, etnia, clase, etc.? 5. ¿Resolver este problema contribuye a un cambio a largo plazo a favor de la plena vigencia de los Derechos Humanos de la niñez? 6. ¿En qué medida la resolución de este problema concreto inspira a los niños, a las niñas, sus padres y la comunidad? 7. ¿En qué medida el tratar este problema contribuye al empoderamiento y desarrollo sano de la niñez? 8. ¿En qué medida el tratar este problema conduce a relaciones mas respetuosas y solidarias entre las familias? 9. ¿En qué medida el tratar este problema contribuye a las líneas de acción prioritarias de Plan? 10. ¿En qué medida el tratar este problema trae riesgos a los niños y a las niñas o a Plan?

107 4.4.3 Identificación del grupo objetivo. •

Identificar quién o quiénes tienen el poder de emprender acciones que permitan lograr el cambio deseado para el cumplimiento de los Derechos del Niño (objeto de la incidencia).

El grupo objetivo lo constituye la persona o grupo de personas en quienes queremos influir. Son aquellos a quienes nos vamos a dirigir y con quien queremos dialogar y a quienes queremos hacer llegar nuestros argumentos de cambio,

Conocer los puntos de vista, posiciones, argumentos del público objetivo frente a nuestro objetivo de cambio.

Persuadir al grupo objetivo requiere de argumentos y mensajes claros y comprensibles.

4.4.4 Elaboración de estrategias. •

Deben tener relación directa con nuestro análisis del poder y la propuesta de solución y ser un mecanismo para influir sobre la persona, institución, organización sujeto de cambio.

Estructurarlas dentro de un contexto (local, nacional, internacional) el cual condiciona sus dimensiones y sus alcances. Asimismo, considerar la relevancia de la variable tiempo para su ejecución.

A partir del análisis de situación y del mapeo de actores (mentalidades, ideologías, discursos) se puede lograr una más directa y acertada formulación de estrategias.


Incluir también un análisis de riesgos/implicancias de la incidencia y de sus diferentes estrategias para la organización.

Cambios en los contextos pueden llevar a un reajuste de estrategias, y, en algunos casos, incluso puede originarse un cambio drástico de ellas.

Sobre la base de una definición de prioridades establecer cuántas y cuáles estrategias son necesarias y posibles. En un plan de incidencia pueden emplearse varias estrategias al mismo tiempo dependiendo de las capacidades de respuesta de la organización o grupo de organizaciones en términos de recursos humanos, económicos y tiempo.

Respecto a la meta establecida en los planes de incidencia, las estrategias pueden estar orientadas a: convencer, movilizar, presionar, comunicar, generar opinión pública, entre otros.

Las siguientes son algunas de las estrategias que pueden ser utilizadas en nuestro trabajo de incidencia por los derechos de NNAJ: • Desarrollo de capacidades, concientización. • Sensibilización. • Investigación y estudios que aporten evidencia a la incidencia.

108

• Programas piloto, experiencias modelo que aporten a políticas locales y públicas. • Lobby y persuasión. • Trabajo con medios de comunicación. • Campañas. • Personas representativas que apoyen mensajes y generen corriente de opinión pública. • Movilización social y comunitaria y fortalecimiento de organizaciones y sus liderazgos.


73

Poder, Participación y Transformación Social75 Estrategias y mecanismos Mecanismos: Diferentes expresiones y formas de poder Superficialmente, la participación en la toma de decisiones públicas se ve relativamente sencilla. Pareciera estar determinada por el contexto político, los recursos y la experiencia de los diferentes actores políticos. Aún así, los mecanismos invisibles y ocultos del poder establecen la efectiva participación ciudadana. Estos mecanismos pueden conducir a la falta de poder, al conflicto, la marginación o la resistencia. Diferentes estrategias se requieren para considerar estos mecanismos para que la participación política sea más incluyente y que la gente pueda ejercitar sus derechos y responsabilidades como ciudadanas y ciudadanos (ver abajo).

Estrategias: Principales estrategias de incidencia para contrarrestar la falta de poder y la exclusión La incidencia efectiva para la transformación social, requiere alianzas y planes de acción coherentes para direccionar cada una de las diferentes formas, tanto visibles como invisibles y ocultas por medio de las alternativas de fuentes de poder (poder con poder dentro de, poder para). (Las flechas reflejan las relaciones entre las diferentes formas de poder y los diferentes tipos de estrategias).

Poder visible

Poder oculto

Poder invisible

Instituciones formales, oficiales e instrumentos: Mecanismos visibles formales de la sociedad. Instituciones formales y funcionarios: Presidente, Primer Ministro, Congreso, cortes o tribunales, ministerios, policía, militares, etc. Naciones Unidas, Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, corporaciones multinacionales, etc. Instrumentos: políticas, leyes constitucionales, reglamentos, convenciones, mecanismos de implementación, etc. Formas de discriminación: Leyes/ políticas tendenciosas (por ejemplo, las políticas sobre ciudades para la salud no están dirigidas a las necesidades reproductivas de las mujeres); estructuras de toma de decisiones cerradas y no representativas (congresos, parlamentos, cortes, etc).

Exclusión, Deslegitimación: Ciertos grupos (y los temas de su interés) están excluidos de la toma de decisiones por las reglas no escritas, las prácticas y las instituciones de la sociedad y del Gobierno. Estos y sus preocupaciones se hacen invisibles por medio de la intimidación, la desinformación y la cooptación. Los líderes son etiquetados como buscadores de problemas o no representativos; temas como violencia intrafamiliar son relegados al ámbito privado y, por lo tanto, no son sujeto de la acción estatal.

Socialización y control de la información: Procesos, prácticas, normas culturales y costumbres que han moldeado la comprensión de las personas sobre sus necesidades, roles y acciones en formas que disuaden la efectiva acción para el cambio. Para los grupos marginados, la socialización internaliza los sentimientos de subordinación, apatía, autoculpabilidad y falta de poder. Información crucial es confidencial o inaccesible.

- Cabildeo y monitoreo por parte de grupos de interés público y de cabildeadoras y cabildeadores expertos.

- Construyendo bases de apoyo activas alrededor de asuntos comunes.

- Educación para autoestima, confianza, ciudadanía; trabajo en cooperación, apropiación de la política y análisis sobre problemas concretos.

- Negociación y litigio. - Educación pública y medios de comunicación. - Investigación sobre políticas. - Informes sombra. - Marchas y protestas. - Votar y optar a cargos públicos.

- Fortaleciendo las organizaciones, coaliciones, movimientos sociales y líderes y estructuras transparentes. - Movilizando y demostrando coraje con acciones directas. - Investigación participativa y diseminación de información que legitime las problemáticas de los grupos excluidos.

- Diseñar innovaciones.

- Actividades que refuercen lo anterior, tales como compartir historias, hablar y conectarse con otros, resistencia afirmativa, vincular problemas cotidianos con derechos. - Investigación, búsqueda y diseminación de información oculta.

- Colaboración - Etc.

4.4.5 Monitoreo, evaluación de los procesos de incidencia. •

El objetivo central del monitoreo y evaluación será el de retroalimentar los procesos de incidencia que se vienen desarrollando.

Se deben elaborar indicadores apropiados basados en los Derechos del Niño.

El monitoreo y evaluación deben involucrar a todas las organizaciones participantes del proceso de incidencia incluyendo a los propios NNAJ y a sus organizaciones.

Los resultados del proceso de incidencia deben ser compartidos con todos los actores involucrados.

Los avances y progresos de las propuestas negociadas y acordadas deben medirse y cualificarse, ya que serán el punto de partida para futuros procesos de rendición de cuentas y/o para negociar nuevos acuerdos.

Un Nuevo Tejido del Poder, los Pueblos y la Política. Guía de Acción para la Incidencia y la Participación Ciudadana. Lisa VeneKlasen y Valerie Miller. World Neighbors. 2002. pág. 50.

73

109


Herramienta

Nuestro Plan de Incidencia. Objetivo: Revisar los elementos de planificación considerados a fin de identificar posibles reajustes y retroalimentación del Plan de Incidencia.

Procedimiento: Realice las siguientes preguntas a su Plan de Incidencia y verifique si consideró todos los elementos clave.

110

¿Está seguro de sus objetivos de cambio?

¿Ha involucrado y escuchado las opiniones de las niñas y los niños?

¿Tiene evidencias y propuestas de solución listas?

¿Conoce a su público?

¿Tiene aliados entre las personas influyentes?

¿Ha decidido qué estrategias utilizar?

¿Qué espera de sus organizaciones socias?

¿Qué recursos (financieros, técnicos, humanos) están disponibles?

¿Cómo coordinará y monitoreará las diferentes estrategias que está utilizando?

¿Ha hecho un análisis de los poderes?

¿Existen riesgos?

¿Cuáles son sus planes de contingencia?

4.5 Participación de niños, niñas y adolescentes. La participación de NNA debe ser considerada al momento de planificar procesos de incidencia. Su opinión y puntos de vista son centrales, desde la definición de agendas de incidencia hasta la evaluación final del proceso. En la medida que somos una organización que trabajamos desde un Enfoque de Derechos, la participación de los niños en procesos de incidencia debe ser concordante con los principios de los Derechos del Niño establecidos en la Convención, considerando, además, el concepto de facultades evolutivas que permite un equilibrio entre el empoderamiento de NNA y aspectos relevantes de protección. Los siguientes son algunos lineamientos básicos a considerar: Fortalecer la participación significativa y protagónica de la niñez en procesos de incidencia, garantizando condiciones necesarias para que expresen sus puntos de vista y propuestas y reclamen por sus derechos exigiendo rendición de cuentas a los garantes. •

Establecer con claridad roles y responsabilidades.

Realizar un análisis de riesgos y reducir cualquier impacto que pueda afectarles negativamente.

Considerar aspectos de protección.


Darles la oportunidad de decidir si quieren participar del proceso y cómo quieren hacerlo.

Potenciar y considerar a los niños y sus organizaciones como aliados estratégicos en iniciativas de incidencia en los niveles local, nacional e internacional.

En el caso de contar con organizaciones de niños como socios en los procesos de incidencia, respetar sus estructuras, procesos organizativos y mecanismos de representatividad.

Programar y diseñar procesos de fortalecimiento de capacidades para ellos con metodologías acordes a su grado de madurez y desarrollo.

Los adultos que son parte de procesos de incidencia también deben ser capacitados y apoyados para entender, facilitar y brindar condiciones a la participación de los niños.

Para tener en cuenta: •

La Observación General N° 12 del Comité de los Derechos del Niño sobre “El derecho del niño a ser escuchado” establece las siguientes condiciones básicas a considerar en todos los procesos en que sean escuchados o participen los niños: que sean transparentes e informativos; voluntarios; respetuosos; pertinentes; adaptados a los niños; incluyentes y no discriminatorios; apoyados en la formación de los adultos para que puedan facilitar estos procesos; seguros y atentos al riesgo y responsables. Los procesos de incidencia política deben considerar la participación de NNAJ como un proceso y no como un acontecimiento singular y aislado. Se promoverá la participación significativa y genuina de la niñez garantizando aspectos de protección y condiciones necesarias para que expresen sus puntos de vista y propuestas y reclamen por sus derechos.

Objetivo: Reconocer las múltiples formas y dinámicas del poder que afectan el cumplimiento de los Derechos de la Niñez y su participación en procesos de incidencia.

Herramienta

La flor del poder.74

Procedimiento: •

Forme tres grupos con los participantes y distribuya los siguientes roles: el primer grupo tendrá el rol de los niños y niñas; el segundo, el rol de los adolescentes; y el tercero tendrá el rol de los adultos.

Cada grupo recibe una flor de poder con cinco variables de empoderamiento construidas como cinco preguntas:

74

¿Puedo tomar decisiones sobre mi salud y mi cuerpo?

¿Tengo autonomía (capacidad) económica?

¿Tengo derecho al placer?

¿Valoran mis ideas y saberes?

¿Puedo participar? ¿Cómo? ¿Dónde?

En la discusión plenaria, cada grupo tiene que presentar las respuestas a las cinco preguntas en el rol que le ha sido asignado.

Un Nuevo Tejido del Poder, los Pueblos y la Política. Guía de Acción para la Incidencia y la Participación Ciudadana. Lisa VeneKlasen y Valerie Miller. World Neighbors. 2002.

111


5. Fortalecimiento de la institucionalidad. Plan promoverá una institucionalidad75 que se entiende como la capacidad y legitimidad de las instituciones del Estado para cumplir con su responsabilidad como garantes de los derechos y para responder a las necesidades y requerimientos para el respeto, protección y cumplimiento de los Derechos de la Niñez de manera eficiente, efectiva y transparente. Para ello Plan apoyará el fortalecimiento de la capacidad de gestión de las diversas entidades nacionales y locales que tengan a cargo la implementación de políticas públicas a favor de la niñez; así como la reforma de políticas sectoriales implementadas por el Garante. Esto incluye trabajar de cerca con los tres poderes del Estado. Se considera, además, que también se requiere el apoyo a procesos de descentralización y fortalecimiento de gobiernos locales como un paso necesario para incidir en políticas favorables a los Derechos de la Niñez, así como en la disminución de inequidades. Se trata de de acercar los procesos de toma de decisiones a los espacios en los que reside la población, institucionalizando la participación de NNAJ de las comunidades en el poder local, poniendo especial atención a la participación de las niñas, mujeres, jóvenes y madres.

112

5.1

Gobernabilidad por los Derechos de la Niñez.

La gobernabilidad democrática se entiende como el ejercicio de la autoridad política, económica y administrativa en la gestión de los asuntos de un país en todos los niveles. Comprende los mecanismos, procesos e instituciones a través de las cuáles los ciudadanos y grupos sociales articulan sus intereses, concilian sus diferencias, ejercitan sus derechos y cumplen sus obligaciones. La gobernabilidad incluye el Estado, pero lo trasciende abarcando a todos los sectores de la sociedad y sus vínculos e interrelaciones con el Estado. La gobernabilidad debe incluir un Enfoque de Derechos para asegurar que el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos se haga explícito en todos los ámbitos. En relación a los Derechos de la Niñez debe garantizar, por ejemplo, que los procesos que descentralizan potestades, recursos y responsabilidades administrativas a niveles subnacionales consideren los derechos establecidos en la CDN y sus correlatos en los marcos jurídicos nacionales, y desarrollen las capacidades de las instituciones responsables para cumplir sus obligaciones y la capacidad de los sujetos de derecho para reclamarlos. En este sentido se considera que una experiencia basada en un Enfoque de Derechos de la Niñez y en la gobernabilidad democrática, no sólo debe pensar en las necesidades básicas inmediatas de los niños y niñas, sino que deberá buscar aportar a estructuras institucionales locales, regionales y nacionales que garanticen el bienestar a largo plazo, encarando la pobreza y la exclusión en todos los frentes, movilizando a toda la sociedad para promover una cultura ciudadana que tenga como centro a NNAJ y sus derechos.

75

Marco Estratégico Regional para las Américas. Plan ROA, 2009.


Gobernabilidad local y Derechos de la Niñez76 Las cuatro condiciones básicas para una gobernabilidad local a favor de los derechos de la niñez y adolescencia están integradas por: a) Visión estratégica; b) Capacidad y desempeño de la gestión; c) Legitimidad y liderazgo y d) Participación pública.

a. Visión estratégica. •

La formulación de una planeación estratégica77 conforme al marco normativo que debe incluir la CDN y sus cuatro principios rectores, así como su armonización con los marcos legales de cada país, incluyendo, además, todo compromiso relativo a los derechos de los niños y niñas asumidos por el Estado (por ejemplo, Objetivos de Desarrollo del Milenio).

La construcción de pactos y alianzas con actores estratégicos que comparten objetivos comunes a favor de los derechos de NNA.

Las acciones adelantadas por cada una de las experiencias orientadas hacia una programación por resultados en las condiciones de vida de la infancia y la adolescencia.

b. Capacidad y desempeño de la gestión. •

Marco normativo y coordinación entre niveles de gobierno, tanto a nivel horizontal (poderes legislativos, organizaciones de la sociedad civil, entre otros) como vertical (gobiernos intermedios y nacionales).

Marco financiero e inversión social bajo el cual se desarrolla la gestión a favor de los derechos de NNA.

Las acciones desarrolladas para el fortalecimiento y desarrollo de capacidades individuales, organizacionales y sociales. Este análisis de capacidades incluye a actores gubernamentales, organizaciones de la sociedad civil, sector privado y otros.

La promoción de la descentralización, entendida como las acciones desarrolladas desde el nivel local para implementar y consolidar el ejercicio de las funciones y competencias transferidas o delegadas a través de la descentralización.

c. Legitimidad y liderazgo. •

La legitimidad no solo está garantizada por la legalidad formal, sino también depende del modo en que la ciudadanía visualiza la autoridad local de modo subjetivo.

Bajo esta dimensión se debe analizar de manera específica la dimensión política de los liderazgos, en términos de quiénes son los líderes, de dónde surge el liderazgo y las interrelaciones entre diversos actores/líderes y la distribución del poder (Estado, sociedad civil, sector privado).

76

Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Gobernabilidad local y Derechos de la Niñez y Adolescencia: un análisis de siete experiencias de políticas públicas locales. Panamá: PNUD-UNICEF, 2008. pág. 24

77

La planeación estratégica incluye el diagnóstico del contexto, la planificación de las políticas y el monitoreo y evaluación de las mismas.

113


El liderazgo puede ser ejercido por diversos actores sociales, personas y organizaciones, no sólo por actores gubernamentales.

d. Participación pública. No basta con que una sociedad se haya trazado un objetivo claro, tenga un sistema institucional eficaz y actúe con normas de buen gobierno. Además, se requiere de la participación de los ciudadanos en las decisiones que los afectan en ámbitos como la participación electoral, la participación comunitaria -entendida como la intervención solidaria en lo público-, la participación de la sociedad civil para supervisar al Estado y su cumplimiento de responsabilidades como Garante y la participación de NNA en la toma de decisiones públicas. Esta condición permite analizar lo siguiente:

114

La participación de las personas adultas en el contexto amplio de la participación ciudadana.

La inclusión de NNA y sus formas de participación en los espacios y toma de decisiones públicas.

6. Emergencias y Enfoque de Derechos de niños, niñas y adolescentes. Las anteriores Líneas de Acción desarrolladas están referidas al trabajo que Plan realiza en contextos cotidianos. Sin embargo, la Organización también actúa en contextos de emergencias en los cuales se deben tener consideraciones específicas que abordaremos a continuación. En los países de América Latina y el Caribe las situaciones de emergencia son una constante. Provengan estas de desastres naturales, conflictos armados o conmociones sociales, siempre conllevan el riesgo de que los derechos de niños, niñas y adolescentes sean limitados o abiertamente transgredidos. Las situaciones de emergencia producen una alteración o ruptura de las condiciones regulares de protección de la que gozan los menores, su familia y su comunidad. El impacto que producen los acontecimientos inesperados, la magnitud de los daños y la cantidad de damnificados o víctimas pueden provocar que no se haga evidente desde el comienzo la importancia de atender lo más temprano posible los daños y riesgos que específicamente enfrentan los niños, niñas y adolescentes. La separación de sus padres o familiares, el abuso físico, psicológico o sexual, el reclutamiento forzoso, la inseguridad alimentaria o la falta de acceso a servicios de salud y educación indispensables para su desarrollo, son algunas de las consecuencias que sufren durante las emergencias y que requieren de atención rápida y especializada. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño compromete a todos los países firmantes a cumplir con la vigencia de éstos en los ámbitos de supervivencia, desarrollo, protección y participación78. Con ello se sustenta que los NNA que se encuentran bajo 78

Posteriormente se han añadido protocolos opcionales: uno sobre la implicación de los niños en conflictos armados y el otro sobre la venta de niños, la prostitución y la pornografía infantil.


condiciones de emergencia son sujetos de derecho y no sólo objetos de compasión. Cualquier suceso que impida o retrase su desarrollo integral obliga a los Estados a tomar medidas urgentes para superar tal situación.

El trabajo de Plan en situaciones de emergencia. En el Marco Estratégico Regional para las Américas se ha incluido como una de sus áreas programáticas el “Derecho a la protección en situaciones de emergencia y a la participación en la gestión del riesgo”, estableciendo que: •

Plan trabajará para promover la capacidad de reducción de riesgo y de respuesta efectiva ante las emergencias en los programas de desarrollo comunitario a largo plazo.

Se promoverá un enfoque de gestión de riesgo ante desastres que sea centrado en la niñez y en la juventud, que prioriza grupos poblacionales impactados desproporcionadamente por desastres y conflictos.

Plan asegurará la incorporación del Enfoque de Derechos en la gestión del riesgo ante desastres y velará para que se respeten los derechos de los niños a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación.

El trabajo de Plan en emergencias se basa en los diferentes tratados internacionales de Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario (que complementa el marco internacional de Derechos Humanos en contextos humanitarios) y especialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño. Asimismo, nos respaldamos y apoyamos en el Código de Conducta relativo al socorro en casos de desastre para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y las ONG, y en otros estándares internacionales tales como los establecidos por el proyecto Esfera y la Red Interagencial para la Educación en Situaciones de Emergencia, INEE.

Proyecto Esfera.79 El proyecto fue lanzado en 1997 para desarrollar un conjunto de normas mínimas universales en áreas centrales de la asistencia humanitaria. El objetivo del proyecto es mejorar la calidad de la asistencia humanitaria prestada a personas afectadas por los desastres, y aumentar el grado de rendición de cuentas del sistema humanitario en la respuesta en casos de desastre. La Carta Humanitaria y las Normas Mínimas de Respuesta Humanitaria en Casos de Desastre son producto de la experiencia colectiva de muchas personas y organismos.

Normas Mínimas para la Educación en Situaciones de Emergencia.80 Las Normas Mínimas para la Educación en Situaciones de Emergencia (MSEE, por sus siglas en inglés), son tanto un manual como una expresión de compromiso desarrolladas a través de un proceso amplio de colaboración, para que todos los individuos —niños,

79

www.sphereproject.org

80

www.ineesite.org

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jóvenes y adultos— tengan el derecho a la educación en situaciones de emergencia. Ellas hacen eco de las creencias principales del Proyecto Esfera: que deben tomarse todos los pasos posibles para aliviar el sufrimiento humano que surge de la calamidad y el conflicto, y que las personas afectadas por desastres tienen derecho a una vida digna.

Si bien la legislación nacional e internacional señala explícitamente la importancia de atender prioritariamente a niños, niñas y adolescentes, esto sólo se hará efectivo si el concepto del Interés Superior del Niño —y sus procedimientos prácticos correspondientes— están claramente entendidos, tanto por las autoridades del Estado como por los operadores de los servicios públicos y por la sociedad civil en general. El Enfoque de Derechos debe traducirse en acciones adecuadas y pertinentes a una emergencia. En tales circunstancias nuestra atención debe centrarse en los grupos más vulnerables, dado que es inevitable priorizar la atención —que generalmente se realiza con recursos limitados—, pero no se puede olvidar que el objetivo es reponer en el plazo más breve posible los recursos de protección y derecho de todos los niños, niñas y adolescentes afectados.

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¿Pueden las situaciones de emergencia originadas por fenómenos naturales ser consideradas desde un Enfoque de Derechos? Sí. Generalmente la población entiende que los movimientos sísmicos, las inundaciones, huaycos, friaje, etc., son fenómenos que el ser humano no puede controlar, pero de ello deduce erróneamente que sus consecuencias son inevitables. El impacto de estos fenómenos sí se puede evitar o disminuir. El verdadero desastre se produce cuando la falta de previsión por el incumplimiento de deberes —que equivale a la violación de los derechos— incrementa la posibilidad de daños materiales o personales. En nuestros países son conocidos los lugares donde regularmente se producen estos fenómenos. Se sabe que ocurrirán, aunque no se pueda predecir exactamente cuándo. La previsión es una condición básica para enfrentar de la mejor manera estos fenómenos. Aunque el Estado es el principal Garante de su cumplimiento, la prevención requiere de la participación de todos, incluidos los niños, niñas y adolescentes. En general, toda acción que desarrolle capacidades para la autoprotección es valiosa para enfrentar situaciones de crisis. El derecho a la protección y participación debe ser considerado en articulación con los demás derechos establecidos por la CDN. Al respecto el Comité de los Derechos del Niño en su Observación General N° 12 sobre el derecho de los niños a ser escuchados, hace recomendaciones específicas para considerar la participación de éstos en dichos contextos, tanto en el análisis de su situación como en sus perspectivas de futuro. En dicha Observación se hace también especial mención a tener cuidado en prever aspectos de protección y cuidar de no exponer a los niños a situaciones que puedan vulnerarlos o afectarlos dado lo especial de la situación que pueden estar viviendo. Por otro lado, los conflictos armados son fuente permanente de violación de derechos, especialmente de niños, niñas y adolescentes. El desplazamiento de poblaciones que huyen de zonas de guerra propicia la separación de las familias haciendo más vulnerable la situación de los y las menores; el reclutamiento forzoso, el sometimiento a trabajos forzados y las 81 82

81 82

Observación General N° 12 (2009). El derecho del niño a ser escuchado. Comité de los Derechos del Niño.

“The participation of children and young people in emergencies: a guide for relief agencies” (“La participación de los niños y jóvenes en las emergencias: guía para los organismos de socorro”). UNICEF, Bangkok (2007).


violaciones sexuales son más frecuentes y extendidos de lo que los Estados y organismos humanitarios pueden atender83. En esas circunstancias extremas la identificación y ubicación de las víctimas para alcanzarles ayuda humanitaria es prioritaria. Toda denuncia de casos específicos debe hacerse evaluando que no se ponga en riesgo su supervivencia. Las situaciones de emergencia son muy variadas y generalmente se producen superando los recursos disponibles para evitarlas. Una rápida reacción, coordinada con todas las fuerzas posibles para cubrir los vacíos y limitaciones que han propiciado la crisis, es indispensable. La movilización efectiva de recursos y capacidades para enfrentar las situaciones de emergencia sólo es posible si formamos parte de una amplia red de instituciones —públicas y privadas— y voluntarios que cooperen desde sus respectivas especialidades y con un enfoque común: la defensa de los Derechos del Niño. La prevención y la ayuda humanitaria durante la emergencia deben complementarse con una labor posterior a la crisis pues sus consecuencias suelen ser duraderas. La adquisición de enfermedades, la debilidad nutricional o los efectos del estrés postraumático demandan de atención especializada y calidez humana. En ocasiones, los niños, niñas y adolescentes no pueden restaurar su vida en los mismos términos que antes de la emergencia. El retorno a la normalidad para continuar su desarrollo integral es un proceso complejo que requiere, además de políticas de Estado, de redes de soporte emocional donde la acción comunal centrada en el niño tiene un rol fundamental. Desde la Estrategia Global de Plan se incluyen acciones prioritarias que pueden contribuir a la superación de situaciones de emergencia. Estas son:

Observancias del derecho de niños y niñas a ser escuchados en situaciones de emergencia.83 125. El Comité subraya que el derecho enunciado en el Artículo 12 no pierde vigencia en situaciones de crisis o posteriores a una crisis. Existe un conjunto de pruebas cada vez mayor de la contribución importante que pueden hacer los niños en situaciones de conflicto, en la resolución de conflictos y en los procesos de reconstrucción después de las emergencias.84 Así, el Comité recalcó en su recomendación a raíz del día de debate general de 2008 que se debía alentar y facilitar la participación de los niños afectados por emergencias en el análisis de su situación y sus perspectivas de futuro. La participación de los niños los ayuda a retomar el control de su vida, contribuye a la rehabilitación, fomenta las aptitudes de organización y fortalece el sentimiento de identidad. Sin embargo, es necesario tener cuidado de proteger a los niños de la exposición a situaciones en que probablemente resulten traumatizados o afectados. 126. En consecuencia, el Comité alienta a los Estados Partes a que apoyen mecanismos que permitan a los niños, y en particular los adolescentes, desempeñar un papel activo en los procesos tanto de reconstrucción posteriores a emergencias como de resolución después de los conflictos. Deben obtenerse sus opiniones respecto de la evaluación, elaboración, ejecución, supervisión y evaluación de los programas. Por ejemplo, se puede estimular a los niños de los campamentos de refugiados a hacer una contribución a su propia seguridad y bienestar mediante el establecimiento de foros de niños. Es necesario prestar apoyo para que los niños puedan establecer esos foros, procurando a la vez que su funcionamiento sea consecuente con los intereses superiores de los niños y su derecho a la protección respecto de las experiencias que los puedan afectar.

Proteger a los niños, niñas y adolescentes de violencia física o daño emocional, abuso o explotación, apoyando los esfuerzos internacionales para mejorar la protección de los NNA en situaciones de emergencia.

Llevar a cabo una preparación para desastres dentro de las comunidades y las oficinas de Plan.

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas mediante la resolución 1.612 ha implementado un mecanismo de supervisión y denuncia (MSD) en caso de violaciones graves contra la infancia en conflictos armados: el asesinato o la mutilación de niños; el reclutamiento o el empleo de niños y niñas como soldados, los ataques a escuelas u hospitales, denegación de acceso humanitario a niños y niñas, violación u otros abusos sexuales graves contra niños.

83

117


Apoyar esfuerzos para minimizar la interrupción de la educación durante desastres, mantener la educación para NNA afectados por desastres crónicos o conflictos, y restablecer la educación una vez que el desastre o conflicto haya terminado.

Apoyar a las comunidades para que recuperen sus servicios, bienes y subsistencia.

Apoyar a los esfuerzos locales para exigir la rendición de cuentas del gobierno sobre su papel al velar por la protección de todos los derechos de los NNA en situaciones de emergencia.

Estas líneas de acción constituyen ejes desde los que se puede contribuir a la superación de situaciones de emergencia, adaptándose a las prioridades que cada realidad exija. Para ello, mirar lo que ya se ha hecho, buscar la colaboración con otras organizaciones, considerar diferentes niveles de la realidad y darle importancia a la participación de niños, niñas y adolescentes son orientaciones vigentes frente a la emergencia.

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Recomendamos: Marco Estratégico Regional para las Américas. Plan. Oficina Regional para las Américas. Documento que guía el trabajo de Plan en los países de América Latina y el Caribe hasta el año 2019. Contiene los objetivos estratégicos regionales, enfoque, líneas de acción y áreas programáticas. La participación de niños, niñas y adolescentes en las Américas. Publicación del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (IIN-OEA) que contiene el marco teórico de referencia que permite unificar conceptos, metodologías e indicadores para la promoción de la participación de niños, niñas y adolescentes. Ver en: www.iin.oea.org Nuestra voz a colores Sitio web destinado a la difusión de temáticas relacionadas con la participación de niños, niñas y adolescentes. Es un proyecto del IIN y OEA. Ver en: http://nuestravozacolores.org/ Lucha contra todas las formas de discriminación a los niños, niñas y adolescentes en América del Sur ; y Lucha contra todas las formas de discriminación a niños, niñas y adolescentes en Centroamérica. Guías elaboradas para difundir las normas nacionales e internacionales sobre no discriminación a niños, niñas y adolescentes y mecanismos existentes en cada uno de los países. Ver en: www.scslat.org Pasos para un gran salto. Guía para una gobernabilidad local por los derechos de la niñez. UNICEF. La iniciativa de Cooperación Interagencial UNICEF-PNUD “Gobernabilidad Local y Derechos de la Niñez” ha elaborado esta Guía para colaborar con el fortalecimiento de los niveles locales para el cumplimiento de los derechos de la niñez y adolescencia. Ver en: http://www.infanciaygobernabilidad.org/red/ Por que soy una niña Sitio web de la Campaña de Plan para luchar contra la desigualdad de género, promover los derechos de las niñas y sacarlas de la pobreza. Ver en: http://plan-international.org/girls/

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Comité para la eliminación de la Discriminación contra la Mujer Sitio web del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer encargado de monitorear y examinar los progresos realizados en la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Ver en: http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/cedaw/ Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial Sitio web del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD, por sus siglas en inglés). Es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial por los Estados Partes. Ver en: http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/cerd/index.htm Guía de Acción para la Incidencia y la Participación Ciudadana. Un Nuevo Tejido del Poder, los Pueblos y la Política. Lisa VeneKlasen con Valerie Miller. Proyecto Esfera-Emergencias

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Sitio web del Proyecto Esfera cuyo objetivo central es mejorar la calidad de la asistencia prestada a las personas afectadas por desastres y mejorar la rendición de cuentas de los Estados y los organismos humanitarios al grupo de personas a las que prestan asistencia, a los donantes y a las poblaciones afectadas. Ver en: www.sphereproject.org/index.php?lang=spanishf


Capítulo V Planificación, monitoreo y evaluación desde un Enfoque de Derechos para el DCCN.

L

a adopción del enfoque de Derechos de la Niñez tiene implicancias significativas, no solamente a nivel de los contenidos de los programas, sino también para los procesos de planificación monitoreo y evaluación. Dichos procesos también deben tener en consideración los componentes y principios claves del DCCN tales como: •

Trabajar con las y los sujetos de derechos, sociedad civil y los garantes del cumplimiento de los derechos del niño y la niña, involucrándolos en todo el proceso de planificación, monitoreo y evaluación.

Partir de un análisis de cuáles derechos no se cumplen, para qué grupos de niños, con qué consecuencias específicas y cuáles son las causas estructurales del no cumplimiento de determinados derechos.

Conectar las iniciativas en todos los niveles, desde el nivel personal hasta el nivel nacional e internacional.

Mejorar la calidad y efectividad programática a través de un proceso de permanente revisión y aprendizaje; la misma que debe incluir NNAJ, comunidades y socios.

Fortalecer la rendición de cuentas de Plan hacia todos sus socios.

Considerar las opiniones, puntos de vista, y propuestas de NNAJ (especialmente de los grupos más excluidos), creando condiciones para una participación significativa y relevante.

Asimismo, tener en cuenta los principios de la CDN (Interés Superior, No Discriminación, Participación, Supervivencia y Desarrollo), edad, madurez y aspectos de protección.

121


1. Sistema de Rendición de Cuentas y Aprendizaje Programático (PALS). El Sistema de Rendición de Cuentas y Aprendizaje Programático (PALS, por sus siglas en inglés) está diseñado para orientar al personal de Plan en la planificación, monitoreo y evaluación programática a nivel de país. Fue diseñado para apoyar a la Organización en cuanto a alcanzar su visión de un mundo en el cual todos los niños y las niñas desarrollan todo su potencial en sociedades que respetan los derechos y dignidad de las personas. A nivel global, el Marco Programático describe lo que los programas de Plan aspiran alcanzar, su énfasis y el enfoque basado en derechos, el DCCN. Esto es complementado por el Marco de Efectividad Programática que identifica cómo y contra qué criterios Plan valorará la efectividad de sus programas en los diferentes niveles de la Organización. La planificación estratégica de país es orientada por el Marco Programático, y el posterior monitoreo y evaluación es un insumo clave para la valoración de la Efectividad Programática Global.

Los puntos de referencia para la efectividad programática de Plan84. En el marco general de su enfoque de DCCN, Plan define la efectividad programática como la medida en la cual los programas de la Organización contribuyen al fortalecimiento de la capacidad de los titulares, los corresponsables y los garantes de derechos para crear una sociedad en que se respeten, se protejan y se cumplan los derechos de los niños y las niñas. Para evaluar la efectividad de los programas de Plan es necesario establecer referencias en función de las cuales se pueda evaluar la efectividad.

122

La principal referencia externa a partir de la cual Plan evalúa la efectividad de sus programas es la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), pero no es la única. Algunas son específicas del sector, otras son de índole regional o nacional. Por ejemplo, los planes nacionales de desarrollo o las estrategias nacionales de reducción de la pobreza son referencias fundamentales para los programas de país de Plan. Otra referencia internacional de singular relevancia en este contexto son los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)85, que se han convertido en un referente común de prioridades para el desarrollo humano. A través de su trabajo en las ocho áreas de impacto, Plan se compromete a contribuir al logro de los ODM. La Organización reconoce, sin embargo, tanto los aspectos complementarios como los desafíos de alcanzar los ODM desde un enfoque de Derechos Humanos. Estos aspectos se analizan en un informe publicado por el PNUD86. 84

Promoviendo los Derechos de los Niños y las Niñas para Terminar con la Pobreza Infantil. Por un cambio duradero a través del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez. Plan Internacional. 2010.

85

La lista de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, sus metas e indicadores, está disponible en http://www.undp.org/spanish/ mdg/goallist.shtml Consultado el 4 de febrero de 2011.

86

UNDP. Human Rights and the Millennium Development Goals: Making the link. www.hurilink.org/Primer-HR-MDGs.pdf Consultado el 4 de agosto de 2010.


Estos puntos de referencia externos se complementan con las prioridades establecidas por los propios niños y niñas, comunidades y organizaciones asociadas. En conjunto, estas referencias externas orientan la determinación de los objetivos programáticos que realizan todas las instancias de la Organización (Unidades de Programa, Oficinas de País, Oficinas Regionales, Organizaciones Nacionales y la Sede Internacional), así como la determinación de los objetivos de las iniciativas estratégicas de Ginebra, Nueva York y Bruselas. Estos objetivos se complementan entre sí y juntos forman el Programa Global de Plan. Dichos objetivos constituyen los puntos de referencia internos en función de los cuales Plan evaluará la efectividad de sus programas.

El desarrollo de PALS ha sido un esfuerzo de colaboración de colegas alrededor del “Mundo Plan” y de la comunidad del desarrollo en general que involucró insumos sobre enfoques programáticos basados en derechos. Ha sido diseñado para ser consistente con el pensamiento vigente sobre la rendición de cuentas y el aprendizaje. No es una serie de pasos prescriptivos a seguir por todos los países en los que Plan trabaja. Y aunque describe los procesos básicos a ser adoptados, es responsabilidad de cada país adaptarlos y aplicarlos de manera apropiada con el contexto local y nacional.

El ciclo PALS 1. Análisis participativo de la situación desde una perspectiva de derechos de la niñez. Ciclo de cinco años 4c. Evaluación de la Estrategia de País.

Ciclo de 1 año

2a. Planificación Estratégica del País (Programas de los países y Marco de Monitoreo, Evaluación e Investigación).

4b. Revisiones participativas anuales de los Programas. 2c. Planificación anual de la PU. 4a. Actividades anuales de superposición, evaluación e investigación.

3. Ejecución del Programa a través de proyectos.

2b. Planificación de largo plazo de la PU (incluyendo estudio de referencia o línea de base).

2. Análisis de situación participativa desde la perspectiva de los Derechos de la Niñez. Desde la perspectiva de los Derechos de la Niñez, un análisis situacional participativo analiza la situación de los niños, niñas, jóvenes y sus derechos, la medida en que éstos se están cumpliendo y los elementos que los facilitan u obstaculizan. Este análisis se realiza en múltiples niveles, tomando en consideración que existen factores en el ámbito internacional, nacional, distrital/municipal, comunitario y familiar que pueden influir en el cumplimento de los derechos de un niño, niña o joven. Dentro de PALS, el Análisis de Situación es el primer paso para la elaboración del Plan Estratégico de País87. 87

Cómo realizar un análisis situacional participativo desde una perspectiva de Derechos de la Niñez. Documento de trabajo. Plan.

123


El análisis situacional provee información acerca de cuáles derechos no se cumplen para cuáles niños y niñas, cuáles son las consecuencias y las causas estructurales a diferentes niveles. Además, considera el contexto más amplio de lo que distintos actores están o no haciendo para cumplir estos derechos y cómo Plan responde a este contexto. Un aspecto muy importante del análisis situacional es el estudio que se hace de los múltiples poderes que influyen en los derechos de los NNAJ, sus intereses e impacto. El objetivo central de este proceso es desarrollar una adecuada comprensión de la situación que están enfrentando niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y el porqué de ella. Así, Plan puede desarrollar una respuesta estratégica enfocándose en factores clave que ocasionen cambios en sus vidas, sus familias y comunidades.

124

Este trabajo se emplea como una contribución clave en la etapa de planificación estratégica y programática de Plan. El análisis no está limitado a las áreas actuales de trabajo de Plan. Constituye una oportunidad para reexaminar donde está trabajando la Organización, con quién, y cómo este trabajo se articula y considera los contextos locales y nacionales. Asimismo, describe la labor de Plan dentro del panorama global de organizaciones que trabajan en el cumplimiento de los Derechos de la Niñez.

El Análisis de Situación se fundamenta alrededor de la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados de Derechos Humanos. Da información desagregada que permite conocer la situación de grupos específicos a fin de proyectar posibles estrategias de intervención que aseguren un énfasis y un alcance hacia las poblaciones de NNAJ cuyos derechos son especialmente vulnerados. Las áreas88 abordadas son las siguientes:

88

Áreas

Preguntas clave

Derechos de la Niñez

¿Cuáles derechos se cumplen? ¿Cuáles derechos no se cumplen y cuáles niños y niñas son los más afectados? ¿Cuáles son los efectos en estos niños y niñas? ¿Son afectados en forma diferente las niñas y los niños? ¿Por qué no se cumplen estos derechos? ¿Cuáles son las causas inmediatas y estructurales?

Responsabilidades

¿Quiénes son los garantes? ¿Cuál es el rol de estos garantes? ¿Qué están haciendo para cumplir sus obligaciones? ¿Qué les impide cumplir sus obligaciones? ¿Quiénes, además del Estado garante, tienen responsabilidades en relación a los Derechos de la Niñez? ¿Qué tipo de responsabilidades deben cumplir?

Intervenciones

¿Dónde están las brechas clave en el trabajo que se realiza para cumplir los Derechos de la Niñez? ¿Cómo están trabajando los responsables y corresponsables (el Estado, sociedad civil) hacia el cumplimiento de los Derechos de la Niñez? ¿Cómo está trabajando Plan en este contexto? ¿Quiénes son los socios clave de Plan (Estado, ONG internacionales y locales, organizaciones de base comunitaria) a diferentes niveles y qué tan efectivas son estas relaciones? ¿Cuáles son las fortalezas/debilidades de Plan? ¿Con qué grupos de niños y niñas está trabajando Plan actualmente y por qué?

Tendencias

¿Cómo se han cumplido/incumplido los Derechos de la Niñez a lo largo del tiempo? ¿Cuáles son las nuevas tendencias (positivas y negativas) que afectarán el cumplimiento de los Derechos de la Niñez local, nacional e internacionalmente)? ¿Cuáles son los riesgos previsibles (por ejemplo, el riesgo a desastres naturales o conflictos) y qué se está haciendo para reducir estos riesgos? ¿Cómo ha evolucionado el trabajo y rol de Plan a lo largo del tiempo?

Las áreas y preguntas claves consideradas han sido tomadas de: Sistema de Rendición de Cuentas y Aprendizaje Programático (PALS). Documento de trabajo. Septiembre 2008.


Es importante que este análisis no se focalice únicamente en los aspectos negativos; también debe explorar sobre el potencial de los niños, niñas, comunidades, sociedad civil y el gobierno de trabajar juntos en el cumplimiento de los Derechos de la Niñez. El análisis situacional no solamente debe analizar los obstáculos para el cumplimiento de los derechos, sino también los cambios positivos y los factores que hacen posible este cumplimiento, tales como el potencial de los portadores de derechos, de los garantes de derechos y de las organizaciones de la sociedad civil para mejorar la situación. Es importante que esto se tome en cuenta durante todas las etapas del análisis.

1. Análisis del contexto general en el que Plan está operando: •

Contexto político, económico, social y cultural del país.

Vulnerabilidad a desastres y cambios climáticos.

Herramienta

Elementos clave del análisis situacional89.

2. Revisión de los marcos legales y administrativos relacionados con los derechos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el país. •

¿Qué marcos legales y administrativos existen?

¿Qué tratados/convenciones internacionales y regionales han sido ratificados por el Estado?

3. Mapeo de la situación de los derechos de niños, niñas y jóvenes: •

¿Qué vacíos existen para su cumplimiento?

¿Cuáles de estos vacíos son los más significativos o más graves?

¿Dónde están ocurriendo?

¿Quién es más afectado y quién es más vulnerable?

¿Qué tan extendido está el problema?

¿Cuáles son las tendencias?

4. Priorización inicial de derechos/grupos temáticos de derechos, grupos de niños y niñas/jóvenes con respecto a los cuales es necesario tener una comprensión más profunda de las causas. 5. Análisis de las causas inmediatas, subyacentes y estructurales de los vacíos en el cumplimiento de los Derechos de la Niñez. Se realiza en tres etapas: 1) Análisis inicial de las causas mediante las siguientes preguntas: (i) ¿Por qué existen vacíos en los Derechos de la Niñez? (ii) ¿Cuáles son los factores que contribuyen a estos vacíos en los diferentes niveles (local, nacional, internacional)? 2) Análisis de responsabilidad, roles y relaciones, un análisis de los garantes de derechos, portadores de derechos y otras partes interesadas. ¿Quiénes se supone deben hacer algo con respecto a las causas de los vacíos en el cumplimiento de los Derechos de la Niñez?

89

Cómo realizar un análisis situacional participativo desde una perspectiva de Derechos de la Niñe. Documento de Trabajo.

125


¿Cuáles son sus roles y responsabilidades?

¿En qué medida están cumpliendo con sus obligaciones y responsabilidades?

¿Cuáles son las relaciones de poder entre estos diferentes actores?

3) Análisis de los vacíos en las capacidades. •

¿Por qué no se están cumpliendo las obligaciones y responsabilidades?

¿Qué se necesita hacer para fortalecer las capacidades?

Existen múltiples capacidades para el cumplimiento de roles y responsabilidades, y éstas incluyen motivación, comprensión de la responsabilidad, autoridad para cumplir un rol/responsabilidad, así como recursos (conocimiento y destrezas humanas, organizacionales y materiales).

Aspectos relevantes de un análisis de situación desde la perspectiva de Derechos de la Niñez. Mirar lo que ya se ha hecho.

126

Esto implica recolectar y revisar información ya existente con respecto al análisis de la situación de niños, niñas y adolescentes. Puede haber sido elaborada por Plan, otras organizaciones e instituciones y las propias comunidades. Debemos asegurarnos de no duplicar esfuerzos innecesariamente, pero, al mismo tiempo, que aquellas informaciones que utilicemos se hayan elaborado considerando fuentes de información veraz y confiable. Por otro lado, hay que enfocarse en llenar los vacíos que existen en la información y el análisis, logrando una comprensión integral de la situación en la forma que sea más eficiente posible. Buscar la colaboración con otras organizaciones/instituciones. El Análisis de Situación será, potencialmente, una herramienta más completa y poderosa para la toma de decisiones si se busca la colaboración con otras organizaciones/instituciones para su desarrollo. En este proceso debemos considerar la posibilidad de asocio con instituciones gubernamentales, otras ONG, agencias de las NN.UU., agrupaciones nacionales y locales, foros, redes y grupos técnicos de trabajo. Realizar el análisis considerando múltiples niveles. Es necesario que el análisis se realice en múltiples niveles, lo que permitirá a Plan identificar cómo los factores del ámbito internacional, nacional, distrital, comunitario y familiar influyen en el cumplimiento de los derechos de niños y niñas. Al mismo tiempo, el proceso de análisis no debe ser rígido de arriba hacia abajo o de abajo hacia arriba; es decir, Plan no comenzará desde el nivel comunitario, luego distrital o nacional, o viceversa. En muchos casos el análisis en diferentes niveles ocurrirá al mismo tiempo e informará mutuamente a cada uno de ellos Es importante recolectar información en este proceso a fin de comprender cómo los factores de un nivel influyen en la situación de otro.


Participación significativa de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Uno de los aportes clave para el análisis situacional, son las opiniones y percepciones de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes con respecto a su situación, las causas subyacentes y los roles de los diferentes actores responsables de garantizar sus derechos. Plan debe asegurar que se procure obtener las opiniones y percepciones de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de diferentes orígenes, que se los escuche y que se los tome en consideración a lo largo del proceso. Todo el proceso de la consulta debe garantizar que niños y niñas de diferentes edades y orígenes sean representados, y que se reconozcan sus perspectivas y visión de los problemas y prioridades. Al respecto debemos tener en cuenta lo siguiente: •

Es fundamental brindar condiciones y espacios amigables que faciliten y permitan que niños y niñas expresen sus opiniones.

Garantizar que niños y niñas de diferentes grupos de edades, etnias, género, condiciones y orígenes sean representados y que sus opiniones y puntos de vista sean consideradas.

Tener en cuenta el enfoque de género al momento de identificar necesidades, derechos vulnerados y propuestas de solución.

Considerar aspectos de protección y condiciones necesarias para la participación de los niños, además de recibir retroalimentación de los resultados de su participación y cómo han sido incorporadas sus opiniones y propuestas.

Sobre el Desempaque de Derechos Es una herramienta que permite analizar: i) el contenido clave de un derecho en particular, ii) la identificación de las obligaciones y responsabilidades del Estado y de otros actores no estatales con relación al cumplimiento a la garantía de un derecho, iii) la realización de un derecho a la luz de los marcos legales internacionales, regionales y nacionales. Considera los siguientes aspectos: A.- Contenido del derecho: implica una definición del derecho y explicación de sus contenidos claves y principios guías. B.- Aplicación e interpretación específica de los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño. Es decir, cómo se da la aplicación de los principios de No Discriminación, Supervivencia y Desarrollo; Interés Superior del Niño y Participación en relación al derecho que está siendo analizado. C.- Obligaciones y responsabilidades: 1) del Garante; 2) de los Corresponsables; 3) de los Actores no Gubernamentales incluyendo ONG; 4) de la Comunidad Internacional. D.- Fuentes de la legislación internacional y regional sobre Derechos Humanos: considera lo estipulado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos; la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales y regionales relevantes al análisis del derecho en cuestión. Se abordan también contenidos de Comentarios Generales.

127


3. Planificación estratégica y programática Una vez listo el Análisis de Situación se desarrollan los planes de respuesta a la situación identificada en tres niveles: Planes Estratégicos de País (CSP, por sus siglas en inglés), Planes a Largo Plazo de Unidades de Programa y Planes Anuales de Unidades de Programa.

3.1

Plan Estratégico de País.

El CSP presenta un análisis estratégico sobre el cumplimiento de los Derechos de la Niñez en un país y el fundamento lógico, enfoque y metas a largo plazo de Plan; también detalla los requerimientos de recursos e implicaciones. Identifica las poblaciones meta, áreas geográficas y los programas sobre los cuales se enfocará Plan a fin de mejorar la vida de los niños, niñas y comunidades pobres y marginadas. Estas elecciones estratégicas, y el razonamiento detrás de ellas, deben ser explícitas y deberían mostrar cómo se posicionará Plan en relación al contexto general del desarrollo y los marcos relevantes tales como las Estrategias Nacionales para la Reducción de la Pobreza, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) etc. Al mismo tiempo, el CSP debe permitirle al país una operación flexible y pertinente. El CSP debe ser relevante con la situación actual y debería ayudar a diseñar objetivos programáticos mensurables y realistas.

128

Todos los Planes Estratégicos de País incluyen: •

Un Resumen Ejecutivo para resaltar las situaciones clave que afectan a los niños, niñas y jóvenes y la respuesta de Plan.

Un Análisis de Situación desde una perspectiva de Derechos de la Niñez

El aprendizaje del ciclo anterior del CSP (por ejemplo, la Evaluación de la Estrategia de País) que Plan puede utilizar para implementar el nuevo CSP, incluyendo las prácticas efectivas y relevantes a lo interno o a lo externo de la Organización.

La respuesta estratégica de Plan para lo planteado en los Análisis de Situación. La respuesta estratégica incluye una gama de metas de país que describen el cambio positivo y sostenible que Plan busca alcanzar.

Implicaciones de recursos y de dónde vendrán. Estos incluyen recursos humanos, financieros y técnicos a lo interno y a lo externo de Plan.

Explicación del proceso de desarrollo del CSP.

3.2 Planes a Largo Plazo de Unidades de Programa. Los Planes Quinquenales a Largo Plazo de las Unidades de Programa (PU, por sus siglas en inglés) describen como cada una ellas implementará estos programas. La mayoría de las PU cubre diferentes áreas de un país. Las que están a nivel de país gestionan las iniciativas nacionales u otras manejadas desde la Oficina de País. Los Planes Anuales de las PU describen las prioridades, recursos y actividades programáticas requeridas para implementar sus Planes a Largo Plazo durante el siguiente año.


Esto permite que la respuesta de Plan en diferentes PU sea más pertinente a la situación local y estén mejor alineadas con la planificación de los gobiernos locales (y otras organizaciones de desarrollo), y, a la vez, mantiene el enfoque de país descrito en los Planes Estratégicos de País. Los Planes a Largo Plazo identifican los Objetivos Programáticos específicos de la PU para cada programa. Estos contribuyen al logro de las Metas Programáticas identificadas en los Programas de País. Los Planes a Largo Plazo de las PU generalmente siguen el mismo ciclo de cinco años. Cuando una iniciativa programática específica sea para un período menor o cuando la gerencia crea que el ambiente externo no apoya dicha planificación a largo plazo, una PU puede desarrollar un plan para un período más corto. Todos los Planes a Largo Plazo de Unidades de Programa incluyen : •

Un Análisis de Situación local desde la perspectiva de Derechos de Niñez.

El aprendizaje que puede ser útil al personal de las PU para implementar el Plan a Largo Plazo de las PU a lo interno y a lo externo de Plan

Los planes detallados para cada programa. Estos incluyen los Objetivos Programáticos específicos de las PU y los planes de implementación de la estrategia programática de las PU, por ejemplo, cómo las estrategias de programas descritas en el CSP serán implementadas en el contexto local para alcanzar los Objetivos Programáticos de las PU.

Un análisis de riesgo

Un plan de monitoreo, evaluación e investigación

Los recursos necesarios y de dónde provendrán. Estos incluyen componentes humanos, técnicos, recursos de los socios y financieros al interno y a lo externo de Plan.

Un presupuesto detallado.

3.3 Plan Anual de la Unidad de Programa. El Plan Anual de la PU describe las prioridades, recursos y actividades programáticas requeridas para implementar el Plan a Largo Plazo de la PU durante el siguiente año. El mismo se puede visualizar como la representación de una parte equivalente a un año del Plan a Largo Plazo de la PU de cinco años. Proporciona una buena oportunidad anual para: •

Reflexionar sobre el aprendizaje de la Revisión Anual Participativa de Programas anterior90 y el desarrollo local de una PU para adecuar y mejorar la entrega programática en el siguiente año.

Describir lo que Plan intenta hacer en los siguientes 12 meses en relación al personal, niños, niñas, comunidades, socios y otros involucrados en el trabajo de una PU.

90

Actividad correspondiente al monitoreo, evaluación e investigación programática.

129


Explicar las cifras del presupuesto anual en términos de los recursos requeridos, productos esperados, etc.

El Plan Anual de la PU es un documento sencillo y corto que parte de, pero no repite, la información del Plan a Largo Plazo de la PU. En lo posible, deberá estar alineado con el marco de planificación del gobierno local. El Plan Anual de la PU incluye: •

El aprendizaje clave de la Revisión Anual Participativa de Programas anterior.

Para cada Programa de PU: • Los Objetivos Programáticos de la PU (identificados en el Plan a Largo Plazo de la PU) y los hitos clave a alcanzarse en el año; • Descripción de la implementación, un panorama general de cómo se implementará cada programa durante el siguiente año con las comunidades y socios, incluyendo una breve descripción de cualquier acuerdo o compromiso relevante con los socios, que estará activo durante el siguiente año.

Las actividades de monitoreo, evaluación e investigación programadas para el siguiente año.

El presupuesto detallado mostrando productos y gastos planificados91 por programa y por trimestre.

130

Los resultados de los programas con enfoque de DCCN92. Los efectos tangibles de la efectividad de los programas de Plan se encuentran principalmente en el ámbito de los resultados, dentro del ámbito de influencia de la Organización. Los resultados o áreas de resultados son cambios sociales, culturales y políticos que generan conjuntamente el impacto deseado. Los resultados esperados se caracterizan por ser cambios producidos entre los diferentes actores, dando por sentado que para generar un impacto sostenible estos cambios tendrán que producirse en los diferentes actores y en diferentes niveles de forma simultánea. Siguiendo el enfoque de DCCN, el objetivo de Plan es lograr un cambio entre los siguientes actores: •

Los titulares de derechos, incluidos los niños y las niñas, los padres y las comunidades.

El Estado, como principal garante de los derechos, incluidos el gobierno central y los gobiernos locales.

91

Presupuestos más detallados que los presupuestos a largo plazo; por ejemplo, el presupuesto para capacitación de docentes y del comité escolar (por output) en vez de presupuestos para educación primaria (por subdominio).

92

Promoviendo los Derechos de los Niños y las Niñas para Terminar con la Pobreza Infantil. Por un cambio duradero a través del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez. Plan Internacional. 2010.


Los garantes secundarios o morales de derechos más cercanos a los niños, es decir sus padres, cuidadores, familias y prestadores de servicios.

Las organizaciones de la sociedad civil a nivel local y nacional.

Las instituciones multilaterales (por ejemplo, agencias de la ONU) y las organizaciones internacionales de la sociedad civil (por ejemplo, ONG internacionales).

Plan, como organización con instancias diferentes, funciones y responsabilidades que evolucionan con el tiempo.

Para cada tipo de actor se han identificado los principales resultados que se aspira a alcanzar como, por ejemplo, prácticas mejoradas, mayor sensibilización y mayor nivel de rendición de cuentas.

Las esferas de control, influencia e interés de Plan

Resultados de proyectos que son directamente atribuidos a los esfuerzos de Plan

Resultados: cambios entre los titulares y los garantes de derechos

Impacto: el respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos de los niños

Ámbito de control de Plan

Ámbito de influencia de Plan

Ámbito de interés de Plan

4. Monitoreo, evaluación e investigación programática. Al asumir un enfoque basado en derechos se asume también cambios en la cadena de rendimiento-resultados-impacto que ya no es lineal sino más bien multidimensional. Los resultados e impactos ya no se expresan en términos de acceso y entrega de servicios, sino más bien en cambios en el cumplimiento de derechos. Esto implica “cambios entre los titulares de derechos, los responsables por cumplir con sus obligaciones y las organizaciones de la sociedad civil y las sinergías entre estos actores sociales (resultado), que contribuyen a la creación de un entorno duradero que permita garantizar los derechos de los niños y en el cual alcancen su pleno potencial (impacto)”.

Importancia de estos procesos desde un enfoque de derechos. El monitoreo, evaluación e investigación es parte esencial del compromiso de Plan con la rendición de cuentas y con mejorar la calidad y efectividad programática mediante el aprendizaje. Si se realiza bien, de manera profesional, transparente y participativa, provee un mecanismo sistemático para que las comunidades, socios y el personal de Plan reflexionen sobre la relevancia y efectividad de los programas y las estrategias de Plan y; realizar los ajustes para mejorarlas, basándose en estas reflexiones. En PALS, el monitoreo, evaluación e investigación programática constituye un proceso continuo de reflexión y aprendizaje. El punto de inicio es el desarrollo del marco de monitoreo, evaluación

131


e investigación como parte del proceso de planificación estratégica del país. El marco describe cómo Plan examinará el progreso alcanzado contra los objetivos programáticos y explicará los procesos fundamentales que lo afectan dentro del contexto en el cual se implementan.

Herramienta

Análisis de cambios y preguntas transversales93. Al analizar los cambios que se producen entre los diferentes actores y en diferentes niveles, es necesario plantearse las siguientes preguntas transversales: •

Centralidad de la niñez: ¿en qué medida los cambios afectan a los niños y las niñas, directa o indirectamente, positiva o negativamente? ¿Contribuye el cambio a la reducción de la vulnerabilidad o al aumento de la capacidad de recuperación de los niños?

No discriminación e inclusión: ¿quién se beneficia de los cambios, quién está excluido, y por qué? ¿Qué barreras siguen impidiendo que algunos grupos se beneficien de los cambios positivos que se están produciendo? Los programas de Plan, ¿están ayudando a superar estas barreras o las están acentuando? Hay que tener en cuenta todos los tipos de discriminación, ya sea por motivos de edad, de sexo, de etnia, de religión, de clase, o de discapacidad.

Género: ¿en qué medida el cambio contribuirá a una mayor igualdad entre niños y niñas, mujeres y hombres?

Sostenibilidad: ¿en qué medida podrán mantenerse o se mantendrán estos cambios? ¿Se están gestionando o mitigando los riesgos que podrían socavar los resultados y el impacto? ¿Cuán sostenibles son los cambios?

132

La identificación de los principales resultados entre los diferentes actores y en los diferentes niveles, en combinación con estas preguntas de corte transversal, conforman una herramienta muy versátil y poderosa para evaluar la eficacia de los programas de Plan. Esta herramienta puede aplicarse y adaptarse a muchos contextos y tipos de programas diferentes, ayudando a centrarse en el nivel estratégico de los cambios tangibles que están ligados al impacto deseado. Por otra parte, cuando evaluamos la efectividad en el nivel de resultados, no hay que olvidar las metas de los programas. El objetivo fundamental es que todos los niños y niñas puedan ejercer sus derechos, ya sea en materia de salud, de educación, o de participación, tanto en circunstancias normales como en situaciones de emergencia. Éste es el impacto al que, desde los programas de Plan, se espera contribuir.

El marco de monitoreo, evaluación e investigación se desarrolla como parte del CSP. El marco identifica las preguntas clave que necesitan ser contestadas para entender y apreciar el progreso 93

Promoviendo los Derechos de los Niños y las Niñas para Terminar con la Pobreza Infantil. Por un cambio duradero a través del Desarrollo Comunitario Centrado en la Niñez. Plan Internacional. 2010.


a lo largo de la vida de un CSP, la información necesaria para contestar estas preguntas, y la gama de iniciativas de monitoreo, evaluación e investigación a través del cual se recolectará esta información. Este marco incluye tres tipos de iniciativas: 1)

Revisión Anual Participativa de Programas, una oportunidad para que Plan y sus grupos de interés reflexionen sobre el progreso programático a corto plazo y para realizar ajustes programáticos sobre la marcha.

2)

Las que son definidas como “iniciativas adicionales de monitoreo, evaluación e investigación” y responden a asuntos específicos locales o del país. Estas incluyen investigaciones, evaluaciones de donaciones (Grants) y evaluaciones gestionadas sobre áreas específicas de trabajo.

3)

Evaluación de la Estrategia de País que se lleva a cabo el año final del ciclo de programas, liderada por una o un evaluador externo. Esto brinda una oportunidad de orientar acerca del impacto programático de Plan e identificar el aprendizaje clave. El aprendizaje de esta evaluación guía la planificación futura para la preparación del siguiente ciclo de PALS.

Para mejorar los programas de Plan a lo largo del tiempo y el impacto que los mismos tienen en las vidas de los niños, niñas y jóvenes, es esencial que lo aprendido en el monitoreo y evaluación de los programas oriente la futura planificación estratégica y programática.

Incluir a los niños, las niñas y los adolescentes en el monitoreo y evaluación. Es importante considerar la participación de niños, niñas y adolescentes en el proceso de monitoreo y evaluación. Se les puede involucrar en todas las fases; desde el diseño, la selección de preguntas y temas, y la recolección de datos, hasta el análisis y uso de los hallazgos. El proceso de evaluación no termina con la producción de un informe. Compartir los resultados con los niños y las niñas y otros actores es una parte esencial del proceso.

Objetivo:

Herramienta

Incluyendo la participación de niños, niñas y adolescentes en la programación de Plan94 Analizar las implicancias de una mayor participación de niños, niñas y adolescentes en la programación de Plan.

Secuencia Metodológica: Formar grupos y entregar las siguientes preguntas para la reflexión: •

94

¿Por qué debemos incluir la participación de niños, niñas y adolescentes en la programación de Plan?

Adaptado de “Paquete de Recursos del Capacitador. El DCCN en la práctica. Promoviendo los Derechos de la Niñez a través de la participación de la niñez”. Santiago Dávila. Plan ROA.

133


¿En qué parte del ciclo del proyecto pueden ellos contribuir? ¿De qué manera? ¿Por ejemplo, recolectando información, tomando decisiones, etc.? ¿Porqué es importante?

¿Cuáles serían las ventajas para los programas de Plan al incorporar la participación de la niñez?

¿Cuáles son los retos de la participación de la niñez en los programas de Plan? ¿Cómo podrían superarse esos retos?

¿En qué situaciones la expresión de opiniones o participación de niños y niñas en la programación puede implicar un riesgo para ellos? ¿Se tiene una estrategia frente a esto?

Se socializan los resultados de los trabajos grupales en plenaria.

Ideas fuerza:

Herramienta

134

El Artículo 12 de la CDN establece que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser escuchados en todos los asuntos que los afectan y a que sus opiniones se tengan debidamente en cuenta. Esto es una obligación clara e inmediata de los Estados parte en virtud de la Convención y también de todos los corresponsables, incluidas las organizaciones que trabajan por los Derechos de la Niñez.

La participación de la niñez es considerada uno de los pilares del CCCD, y sin ella el programa no puede considerarse centrado en la niñez;

La participación de la niñez permite a los niños y niñas desarrollar muchas destrezas, pero, fundamentalmente, los prepara para el ejercicio de la ciudadanía y la democracia, ya que aprenden a trabajar en grupo, aportar con diagnósticos y propuestas de solución en la mejora de su propia situación y la de sus pares;

Es responsabilidad de los adultos tomar todas las precauciones para reducir a un mínimo el riesgo de que sufran violencia, explotación u otra consecuencia negativa de su participación.

La contribución de Plan para la realización de los Derechos de la Niñez. Objetivo: Evaluar cuáles han sido las contribuciones que Plan como organización ha logrado para la realización de los Derechos de la Niñez.

Secuencia metodológica: •

En grupos analicen si los procesos de monitoreo y evaluación les permiten identificar si Plan como organización ha logrado: •

Cambios en políticas, estrategias y capacidades institucionales orientadas al respeto, protección y cumplimiento de los Derechos del Niño.


Cambios en la vida/situación concreta de los niños. ¿Cuáles son los derechos que se cumplen?

Cambios en cuanto la capacidad de los adultos en general para apoyar los Derechos de los Niños. Mayor conocimiento información, cambio de actitudes.

135


Recomendamos: Recursos para profesionales de Desarrollo. UNICEF Sitio web de UNICEF que ofrece diversos recursos para profesionales de desarrollo que incluyen análisis de situación, datos estadísticos, evaluación, buenas prácticas, documentos técnicos y de políticas. Ver en: http://www.unicef.org/spanish/siteguide/resources_development.html#evaluation Child Info Bases de datos estadísticos de UNICEF que ofrecen detallada información por país. Ver en: http://www.childinfo.org/

136


Capítulo VI Implicancias de ser una organización basada en derechos. 1. Plan: una organización que incorpora el Enfoque de Derechos a lo interno.

L

a definición de Plan como una organización basada en los derechos significa la implementación del Enfoque de Derechos y el asegurar los principios humanos y los principios de los Derechos de la Niñez en todo el quehacer organizacional. Esto implica garantizar procesos de cambio internos que se deriven en prácticas coherentes y alineadas a los nuevos desafíos. Plan tiene un conjunto de valores organizacionales que orientan su enfoque y práctica programática hacia un Enfoque de Derechos. Dichos valores deben reflejarse tanto en políticas organizacionales como en prácticas y normas al interno de la Organización. Esto significa la construcción de un cultura organizacional que respete los derechos de todos y todas, que promueva la participación, la no discriminación y el respeto a las diferencias; al mismo tiempo que promueve el desarrollo continuo de las personas que son parte de la Organización.

Valores de Plan95. •

Procuraremos actuar siempre en función del interés superior del niño y la niña. Cuando trabajamos para, con y en nombre de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, su interés superior es nuestra primera consideración.

Respetamos los Derechos de la Niñez y los Derechos Humanos y creemos en la dignidad innata e inalienable como seres humanos, sin importar la edad, género, raza, origen étnico, religión, clase, o discapacidad. Somos éticos, honrados, transparentes y le damos un alto valor a la integridad.

• •

95

En nuestro trabajo, en nuestras actividades y en nuestra organización, creamos las condiciones para el empoderamiento personal, especialmente de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

Elaborado sobre la base del Marco Estratégico Regional Plan ROA y la Guía Global de Programas de Plan.

137


Herramienta 138

Reconocemos que solos no podemos resolver los problemas de la pobreza sino mediante el trabajo en equipo y los asocios mutuos. Es fundamental trabajar con otros individuos, grupos, gobiernos, organizaciones formales e informales para lograr mejores resultados e impactos.

Rendimos cuentas a todos nuestros grupos de interés en nuestras comunicaciones, finanzas, mediciones de desempeño, y resultados; nos empeñamos por la efectividad, sostenibilidad y eficiencia en todo lo que hacemos. Nos adherimos a las normas internacionalmente reconocidas.

Nos empeñamos por el aprendizaje y el mejoramiento continuos. Escuchamos las nuevas ideas y alentamos actividades emprendedoras, la innovación, la creatividad, y el cambio.

Plan, una organización basada en derechos: Análisis FODA. Objetivo: Identificar las fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas para la plena integración del Enfoque de Derechos al interno de la Organización (desarrollo organizacional).

Secuencia metodológica: A partir del siguiente cuadro hacer el análisis FODA de la integración del enfoque de derechos al interno de Plan.

Internas

Externas

Fortalezas

Oportunidades

• ¿Qué hacemos bien? • ¿Qué tenemos avanzado? • ¿Aspectos positivos? • ¿Cuáles son las fortalezas distintivas de Plan (lo que lo hace único)?

• ¿Qué aspectos externos podemos aprovechar? • ¿Cambios favorables? • Experiencias de otras organizaciones que puedan brindarnos lecciones aprendidas.

Debilidades

Amenazas

• ¿Qué debemos mejorar? • ¿Cuáles son las debilidades específicas en cuanto a recursos humanos? • ¿Qué aspectos de la vieja cultura organizacional ofrecen mayores resistencias al cambio?

• ¿Cuáles son las más relevantes? • ¿Quiénes a lo externo se opondrían a este cambio de Plan? • ¿Quiénes ofrecerían mayores resistencias?


2. El cambio organizacional centrado en las personas. La adopción del Enfoque de Derechos conlleva la necesidad de desarrollar capacidades en las personas que integran los equipos, así como la construcción de una cultura organizacional alineada con los Derechos Humanos y con la Convención sobre los Derechos del Niño. Ello supone asumir valores que consideren a las personas y colaboradores de la Organización como sujetos con derechos y responsabilidades tanto a nivel de sus propios Derechos Humanos como el de los niños, niñas y adolescentes. Esta consideración del cambio organizacional centrado en las personas sujetos de derecho es clave teniendo en cuenta que los nuevos desafíos institucionales requerirán de personas comprometidas y motivadas con el Enfoque de Derechos y el cambio social, con capacidad de adaptarse al cambio, y de buscar excelencia en el desempeño profesional. Para ello el Marco Estratégico Regional para las Américas considera las siguientes estrategias institucionales96: •

Continuar con los esfuerzos de construcción de capacidades en el Enfoque de Derechos para su personal en todos los niveles. El personal con alto potencial de crecimiento profesional y que busca la excelencia en su desempeño tendrá especiales oportunidades de promoción y desarrollo de su talento.

Promover un liderazgo basado en valores, adherido al Enfoque de Derechos, fundamentado en el consenso, en la generación de oportunidades para el desarrollo de nuevos líderes y respetuoso de la cultura y el contexto local.

Promover un estilo gerencial participativo e incluyente que demuestre confianza en el grupo, se gane respeto y delegue autoridad.

Facilitar la cooperación, motivando el involucramiento de las partes para la solución de los problemas.

Impulsar un proceso moderno de gestión del desempeño a través del diálogo y la retroalimentación constante sobre el cumplimiento de las metas y logros. Se dará atención especial al reconocimiento de la excelencia en el desempeño profesional del personal y de los equipos de trabajo.

Promocionar la diversidad y la igualdad de género a través de mecanismos de gestión de recursos humanos que favorezcan la diversidad, la igualdad de condiciones y la no discriminación por razones de origen étnico, raza, religión, género, capacidad física, nacionalidad, orientación sexual, opinión política y estado civil. Plan hará esfuerzos especiales para eliminar de su personal conductas y estigmas que atenten contra la diversidad y la igualdad de género.

96

Marco Estratégico Regional para Plan en la Región de las Américas. Junio 2009. Estrategias de Desarrollo Institucional.

139


3. Práctica interna institucional democrática, participativa e incluyente. Una organización que trabaja por los Derechos de la Niñez debe caminar a convertirse en una organización democrática, participativa e incluyente. Esto significa prácticas internas acordes y coherentes a los valores y principios del Enfoque de Derechos. Esta coherencia interna implica el trato a las personas con respeto y dignidad, compromiso con la equidad, justicia y valores democráticos. Los mismos que requieren esfuerzos de parte de todo el personal de la organización incluyendo las Gerencias, el personal administrativo y el personal de programa. Un aspecto fundamental de una organización basada en derechos es también la consideración de la participación como aspecto clave y fundamental. Esta participación no es vista solo como un proceso que emplea la capacidad del personal y se encuentra planteada para estimular un compromiso hacia el logro de los objetivos y éxito de la Organización en general. Se trata, fundamentalmente, de la consideración de los sujetos con capacidad de aportar y contribuir desde su individualidad y condición de personas.

140

Una práctica institucional participativa considera también canales de comunicación y consulta eficaces y fluidos de manera tal que faciliten la expresión de sentimientos, nuevas ideas, discrepancias, inquietudes y propuestas que puedan ser luego incorporadas en los respectivos espacios de toma de decisiones. Esto va de la mano con acciones de empoderamiento del personal a fin de lograr un compromiso consciente y mayor involucramiento en los diferentes aspectos de la Organización. Los procesos de inducción, delegación de responsabilidades, oportunidades de capacitación son algunas de las acciones relacionadas con el empoderamiento del personal. Los siguientes son algunos de los indicadores que podríamos mirar en una práctica institucional interna democrática, participativa e incluyente: •

Existen canales efectivos de comunicación.

La información fluye continuamente.

Los miembros de la Organización están informados de los cambios y decisiones.

Gerencia democrática y participativa.

Liderazgos democráticos e incluyentes.

Reducción de la verticalidad.

Valoración y estímulo del trabajo en equipo.

Planificación centrada en las personas.

Fomento de la creatividad.

Empoderamiento.


4. Cómo respetamos, protegemos los principios de los Derechos Humanos y de la niñez en nuestro funcionamiento interno y externo como organización. Como organización con Enfoque de Derechos, Plan aplica los valores y principios de los Derechos Humanos al interior y en todos los niveles a través de políticas y prácticas internas. No solo las actividades de programa deben considerar los principios de Derechos Humanos y de la niñez tales como la Participación, No Discriminación, y Rendición de Cuentas; también los procedimientos y asuntos internos deben tomar en cuenta e incorporar estos principios. Algunos ejemplos de cómo incorporar en la práctica el Enfoque de Derechos pueden reflejarse en:

No Discriminación: •

Políticas de reclutamiento y selección de personal que consideran y respetan la diversidad.

Estructuras de pagos y beneficios no discriminatorias, justas y equitativas.

Oportunidades de ascensos y mejora de competencias para todos los colaboradores.

Acceso para personas con discapacidad (no solo infraestructura física, también acceso a puestos de trabajo).

Asegurar la aplicación del enfoque de género en todos los sistemas, instrumentos, normas y prácticas de las áreas de soporte de la Organización, en especial la gestión de recursos humanos, y fomentar una cultura organizacional coherente.

Esto incluye una cultura que promueve la participación y la distribución equitativa del poder entre hombres y mujeres en todos los niveles de la organización, incluyendo los niveles de toma de decisiones97.

Participación: •

Mecanismos democráticos de comunicación interna e información.

El personal puede expresar sus puntos de vista con libertad y en un ambiente franco.

Todo el personal y los gerentes están sensibilizados sobre la participación de la niñez y entienden el compromiso de la organización al respecto.

El personal que organiza un proceso participativo conoce y tiene una estrategia de protección de niños, niñas y adolescentes.

Procesos de toma de decisiones abiertos, transparentes e inclusivos.

Interés Superior del Niño: •

Políticas de licencias de maternidad y paternidad.

Horarios de trabajo y carga laboral equilibrada que considere especialmente el tiempo que los colaboradores deben dedicar a sus familias y a los propios niños en casa.

Política de Igualdad de Género y Empoderamiento de las niñas, las jóvenes y mujeres en la región de América Latina y el Caribe. Plan International, Oficina Regional para las Américas. 2010.

97

141


Códigos de conducta y políticas de protección98 para niños, niñas y adolescentes.

Rendición de Cuentas: •

El sujeto de derechos (en este caso, la persona que trabaja para la Organización) está informada de sus derechos y responsabilidades.

Existen y conoce mecanismos accesibles para reclamarlos.

Claridad y transparencia en los procesos de reclutamiento.

Auditorías y procedimientos de monitoreo.

Informes periódicos a las comunidades en las cuales trabajamos.

Herramienta

Los principios de Derechos de la Niñez al interior de Plan99 Objetivo: Analizar los cambios que implica la aplicación de los principios de Derechos Humanos y de la Niñez en las diferentes áreas al interior de Plan (Recursos Humanos, Administración, Comunicaciones, Finanzas, ICT, Programas).

142

Secuencia metodológica: Formar grupos basados en las diferentes áreas de trabajo al interior de Plan: Recursos Humanos, Administración, Comunicaciones, Finanzas, ICT, Programas. Cada grupo analiza los cambios necesarios para hacer realidad ese principio al interior del área de acuerdo al siguiente cuadro: Principio

Cambio más importante a realizar

Reto para conseguir el cambio

No Discriminación Participación Interés Superior del Niño Rendición de Cuentas

98

Plan cuenta con una “Política de protección a la Niñez” que es aplicada a todos los socios con el propósito de asegurar procedimientos para prevenir y manejar adecuadamente el abuso infantil. De acuerdo a esta política existen procedimientos y medidas para evitar que posibles abusadores de niños se involucren en el quehacer de Plan y, por otro lado, tomar medidas estrictas en las situaciones que cualquier asociado de Plan cometa algún abuso hacia niños.

99

Adaptado de Taller Regional Gerentes de Finanzas. Plan ROA. Diciembre 2010.


Preguntas para la reflexión: 1. ¿Cuáles son las implicancias de un estilo gerencial democrático, participativo e incluyente?

Herramienta

Incorporación del Enfoque de Derechos al interior de Plan.

2. ¿Tiene Plan procesos claros y eficaces para la comunicación y consulta? 3. ¿Qué entiende la Organización por “no discriminar” en relación a su personal? 4. ¿Tiene Plan un código de conducta para la protección del niño? ¿Cómo es implementado y monitoreado? 5. ¿Cómo asegura Plan que las acciones no vayan en contra de los intereses y derechos de niños, niñas y adolescentes?

143



Bibliografía Alianza Internacional Save the Children (2002). Manual para los miembros de Save the Children. Preguntas clave aplicables a todas las fases de programación de los Derechos del Niño. ¿Cómo aplicar un Enfoque de Derechos del Niño en la programación? Alianza Internacional Save the Children (2005).Estándares para la Participación de la Niñez. Alianza Internacional Save the Children (2008). Haciendo lo Correcto por las Niñas y los Niños. Una guía sobre programación de derechos del niño para profesionales. Arce, Mariela y Miller, Valerie (2010). Taller sobre Incidencia Política. Panamá, Plan, Oficina Regional para las Américas. Asamblea General de la ONU (2007). Derechos del Niño, Resolución 61/146. Bossuyt, Marc. El concepto y la práctica de la acción afirmativa, informe final presentado de conformidad con la resolución 1998/5 de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos. Comité de Derechos del Niño (2003). Medidas generales de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (Artículos 4 y 42 y párrafo 6 del Artículo 44), 34º período de sesiones, 19 de septiembre al 3 de octubre de 2003, Observación General Nº 5. Comité de los Derechos del Niño (2009). El derecho del niño a ser escuchado. Observación General N°12, 51° período de Sesiones. Convención sobre los Derechos del Niño. Corte Interamericana de Derechos Humanos (2001). Caso de los “Niños de la Calle” (Caso Villagrán Morales y otros vs. Guatemala). (Ser. C) No. 77. Corte Interamericana de Derechos Humanos (2002). Condición Jurídica y Derechos Humanos del Niño, Opinión Consultiva OC-17/02, serie A N 17, nota 45. Dávila, Santiago. Paquete de Recursos del Capacitador. El DCCN en la práctica. Promoviendo los Derechos de la Niñez a través de la participación de la niñez. Plan, Oficina Regional para las Américas. Fondo de Naciones Unidas para la Infancia y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (2008). Gobernabilidad local y Derechos de la Niñez y Adolescencia: un análisis de siete experiencias de políticas públicas locales. Panamá. UNICEF-PNUD. Grupo de ONG para la Convención sobre los Derechos del Niño (2006). Guía para las Organizaciones no Gubernamentales que presentan informes al Comité de los Derechos del Niño, Ginebra. Guía para las Organizaciones no Gubernamentales que presentan informes al Comité de los Derechos del Niño, tercera edición (2006). Ginebra.

145


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