ACUERDO POR LA PAZ SOCIAL Y LA GOBERNABILIDAD

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ACUERDO POR LA PAZ SOCIAL Y LA GOBERNABILIDAD EN LA JUNTA AUXILIAR DE SAN RAFAEL TLANALAPAN, MUNICIPIO DE SAN MARTÍN TEXMELUCAN, PUEBLA, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE LA ARQUIDIÓCESIS DE PUEBLA, COMO REPRESENTANTE DE LA IGLESIA CATÓLICA EN LA REFERIDA JUNTA AUXILIAR, A TRAVÉS DE LOS CC. FELIPE MIGUEL VIVEROS TÉLLEZ Y JESÚS RAMÓN RODRÍGUEZ GUARDADO, EN LO SUCESIVO “LA COMUNIDAD CATÓLICA”, Y POR LA OTRA PARTE, LA ASOCIACIÓN RELIGIOSA, ROCA FUERTE DE LA IGLESIA CRISTIANA APOSENTO ALTO, COMO REPRESENTANTE DE LA IGLESIA CRISTIANA EN LA CITADA JUNTA AUXILIAR,A TRAVÉS DE LOS CC. AGUSTÍN CASTILLO MORALES Y JOSUÉ OVANDO JIMÉNEZ, EN LO SUCESIVO “LA COMUNIDAD CRISTIANA”; QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; CON LA COMPARECENCIA DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, A TRAVÉS DE SU TITULAR EL C. FERNANDO LUIS MANZANILLA PRIETO, ASISTIDO POR LOS CC. MARIO ALBERTO RINCÓN GONZÁLEZ, SUBSECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y PROTECCIÓN CIVIL Y SERGIO MEDINA GONZÁLEZ, SUBSECRETARIO DE VINCULACIÓN INSTITUCIONAL Y GOBERNANZA, EN LO SUCESIVO “LA SECRETARÍA”; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ACUERDOS PRIMERO.-“LAS PARTES” acuerdan la suma de esfuerzos y voluntades para garantizar la paz social y gobernabilidad en la Junta Auxiliar de San Rafael Tlanalapan, Municipio de San Martín Texmelucan, Puebla, a través del respeto al estado de derecho y la libertad de creencias y prácticas religiosas, de conformidad con lo consagrado en el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.- Para la consecución del objeto del presente Acuerdo, “LAS PARTES” se comprometen a: “LA COMUNIDAD CATÓLICA”: • Coadyuvar con “EL ESTADO” en la promoción, fomento y fortalecimiento entre los individuos que ejerzan el ministerio de su culto, el respeto a la libertad de creencias y prácticas religiosas. • Difundir entre los individuos que ejerzan el ministerio de su culto, los valores de la tolerancia y el respeto de los individuos que profesen la religión Cristiana, así como otros cultos religiosos en la comunidad.

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• Promover entre los individuos que ejerzan el ministerio de su culto, el respeto al estado de derecho. “LA COMUNIDAD CRISTIANA”: • Coadyuvar con “EL ESTADO” en la promoción, fomento y fortalecimiento entre los individuos que ejerzan el ministerio de su culto, el respeto a la libertad de creencias y prácticas religiosas. • Difundir entre los individuos que ejerzan el ministerio de su culto, los valores de la tolerancia y el respeto de los individuos que profesen la religión Católica así como otros cultos religiosos en la comunidad. • Promover entre los individuos que ejerzan el ministerio de su culto, el respeto por el Estado de Derecho. • Reubicar su centro de culto religioso en la comunidad, de tal forma que se permita la realización de las actividades, creencias y prácticas religiosas de ambos cultos, de manera pacífica, armónica y respetuosa.

TERCERO.-Para la consecución del objeto del presente Acuerdo y como instancia garante del estado de derecho y la gobernabilidad, “LA SECRETARÍA”se compromete a: • Garantizar el estado de derecho y la seguridad pública de los habitantes de la comunidad. • Promover la integración de Comités de Paz Social y Corresponsabilidad, para promover y fomentar el respeto a la libertad de creencias y prácticas religiosas. • Fungir como instancia mediadora para la solución de los conflictos que pudieran presentarse entre los diferentes cultos, con motivo de las creencias y prácticas religiosas. • Reforzar a través de las instancias competentes, los dispositivos de seguridad pública, hasta en tanto se restablezca la armonía y convivencia pacífica en la comunidad. • Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, con “LA COMUNIDAD CRISTIANA”, en la reubicación de su centro de culto religioso en la comunidad.

CUARTO.- “LAS PARTES”, se reconocen la personalidad con la que se ostentan a la suscripción del presente documento y se comprometen a cumplir con lo acordado en el mismo.

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QUINTO.- “LAS PARTES” manifiestan que el presente Acuerdo es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su debido cumplimiento, pero que en el caso de presentarse alguna discrepancia la resolverán de común acuerdo.

SEXTO.- El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción. Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcances del presente Acuerdo, lo firman para su constancia y validez en tres ejemplares originales, en la Ciudad de Puebla, Puebla a los veintisiete días del mes de septiembre de dos mil once. POR “LA COMUNIDAD CATÓLICA”

POR “LA COMUNIDAD CRISTIANA”

JESÚS RAMÓN RODRÍGUEZ GUARDADO

AGUSTÍN CASTILLO MORALES

FELIPE MIGUEL VIVEROS TÉLLEZ

JOSUÉ OVANDO JIMÉNEZ

COMPARECE POR “LA SECRETARÍA”

FERNANDO LUIS MANZANILLAPRIETO SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

MARIO ALBERTO RINCÓN GONZÁLEZ SUBSECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y PROTECCIÓN CIVIL

SERGIO MEDINA GONZÁLEZ SUBSECRETARIO DE VINCULACIÓN INSTITUCIONAL Y GOBERNANZA

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