ACERCA DEL M.A.T.E., LAS ESCUELAS DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA y LA EVALUACIÓN DOCENTE DE MAYO M.A.T.E. O MAESTRA/O DE APOYO En las reuniones de Mesa de Negociación de salarios y condiciones laborales realizadas en enero del corriente año, entre otros temas, Ministerio de Educación presentó la propuesta de creación del cargo de Maestros Acompañantes de Trayectorias Educativas (M.A.T.E.). La propuesta contempla que el mismo esté ocupado por una/o docente titular de cada escuela y cumpla su función por un año, designado por las direcciones escolares. Se implementaría en algunos los distritos 3ro, 4to, 5to, 6to, 11º, 13º, 19º, 20º y 21º en aquellas escuelas donde hubiere más de 14 secciones de grado. La propuesta se presenta ante “la necesidad de dotar a escuelas con alto índice de vulnerabilidad educativa (IVE) de recursos materiales y simbólicos que permitan mejores condiciones para la realización de la tarea educativa”. Ademys adelanta que este nuevo cargo no soluciona los problemas de fondo de nuestras instituciones escolares y reitera al final de este texto sus propuestas. Desde Ademys entendemos que esta propuesta corresponde a un cargo ya previsto en el Estatuto Docente en los artículos 82 para el nivel inicial y art. 88 para el nivel primario común desde su diseño original de 1985: maestra/o de apoyo. Dicho cargo fue pensado para funciones similares a las que propone el actual gobierno: apoyar, acompañar la tarea del docente a cargo de sección o de grado, de docentes recién ingresados al sistema escolar, según el nivel a saber, pero en ningún caso debe reemplazar las tareas de coordinación pedagógica de las direcciones escolares: “Art. 88: La función del Maestro de Apoyo será desempeñada por un maestro titular del establecimiento. La designación se efectuará conforme a lo dispuesto en el artículo 82” (sin reglamentar) Arti. 82: La función del Maestro de Apoyo será desempeñada por un Maestro de Sección titular del establecimiento en los Jardines de Infantes Integrales y en el caso de los Jardines Infantes Nucleados, de una de las secciones que agrupa. La designación se efectuará conforme al orden de mérito vigente para ese año.”(sin reglamentar) Durante más de 25 años este cargo no fue cubierto con la excusa de que no estaba reglamentado. La realidad de nuestras instituciones escolares ha puesto sobre la escena, la necesidad urgente de su implementación tal como lo venimos reclamando. Sin embargo, en el marco de cuales vienen siendo las políticas del gobierno de Ciudad, de no respeto del Estatuto del Docente, así como la intención de instrumentar cargos dependientes del poder político, como ocurrió con el fracasado “maestro de maestros, solicitamos la revisión de las siguientes cuestiones en el proyecto propuesto.
NUESTRA PROPUESTA 1) Cargo de planta funcional: El nuevo cargo debería reglamentarse en el marco del Estatuto Docente como función a cumplir dentro de una planta funcional ampliada de cada establecimiento y a rotarse entre los docentes titulares. Ejemplo: para una escuela de 14 secciones o más, la planta funcional debe ser de 15 docentes titulares. 2) Designación: Ademys rechaza la propuesta de Ministerio de designación a criterio de las direcciones y de la supervisiones escolares dado que este mecanismo puede conducir a crear relaciones clientelares o de poder en cada escuela. Propone en cambio que se designe con el mismo criterio que se emplea para la función de coordinador de área en Media. Por el art. 179 del Reglamento Escolar/2007, éste es designado por elección de sus pares, a partir de los voluntarios que presenten proyectos de trabajo, por un año, no renovables. En caso que este mecanismo no se aceptara, reclamamos que se aplique el estatuto sin innovaciones. Según el art. 82 y 88 la maestra o maestro de apoyo se designa por listado de orden de mérito de cada escuela o distrito. 3) Funciones: Este tipo de designaciones electivas fortalecerá el proceso de construcción colectiva del perfil del maestro/a acompañante o de apoyo, que no existió nunca en nuestras escuelas y que deberá irse definiendo como parte de una cultura escolar cooperativa. Compartimos que no se trata de un/a maestro/a volante, o reemplazante de los cuerpos directivos o del fracaso diseño de “maestro de maestros”. Apostamos a fortalecer, de este modo, formas de trabajo que apunten a reconstruir nuestras instituciones escolares con equipos de trabajo, cooperativos, no competitivos, donde los cargos de dirección adopten cada vez más la función de coordinadores en lugar del tradicional formato con relaciones jerárquicas, verticales. Trabajamos en pos de la valoración de cada integrante de colectivo escolar, como trabajador intelectual y no mero “ejecutor” de directivas. En fin, apostamos a generar ambientes de trabajo que fortalezcan la escuela como espacio público. Esta tarea no debe significar diferencia salarial con el resto de los docentes ya que su carácter de par e igualdad en la carga horaria no justifica generar nuevas fragmentaciones internas en el colectivo escolar. 4) Ampliación a otros distritos y al área de inicial: Este es él único punto que a la fecha ha tenido satisfacción por parte de Ministerio. Se amplió a los distritos solicitados. Pero aún no se amplió para inicial. La implementación de este cargo, sin embargo, no resuelve los problemas de fondo de la educación de las escuelas primarias e de inicial. En página 4, reiteramos propuestas ya efectuadas cada vez más urgentes y necesarias. Convocamos a abrir el debate en las escuelas en las próximas jornadas institucionales, como parte de la necesaria elaboración que necesitamos para replantearnos todo el funcionamiento de nuestras instituciones escolares para mejorar la educación pública. 1