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Miércoles 6 de abril de 2022
Bolivia desbarata la demanda chilena
ESPECIAL
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6.04.2022
Alegatos Bolivia
CHILE EN SUS ALEGATOS RECONOCE ESE DERECHO
Bolivia decide soberanamente si mantiene o no la canalización artificial en el Silala Ante la CIJ, Chile intenta mostrar las aguas del Silala como un caudal natural, cuando sabe que es producto de obras de drenaje y de canalización.
El equipo de expertos juristas de Bolivia estableció ayer, ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en La Haya, que en el marco de los tratados internacionales el Estado Plurinacional es soberano en su decisión de mantener o no en su territorio la canalización artificial que transporta aguas del Silala al territorio chileno.
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ambién se manifestó que el país tiene soberanía para decidir qué uso darle al caudal que ha sido gestionado y mejorado, y al que Chile no tiene derecho. Además cualquier pretensión de continuar con ese abastecimiento pasa por una compensación que debe estar sujeta a la conclusión de un acuerdo con Bolivia. Ésa fue la respuesta de la contrademanda de Bolivia a Chile formulada por el profesor Mathías Forteau, en la jornada de alegatos ante la CIJ. CUESTIONABLE En ese contexto, el profesor Forteau cuestionó los alegatos de Chile ante la CIJ porque intentan mostrar las aguas del Silala como un caudal natural, cuando con toda certeza saben que es producto de importantes obras de mecanismo de drenaje y de canalización artificial en su afán de justificar un derecho de uso del 100% del recurso hídrico que no existe, y guarda silencio sobre la normativa internacional de uso compartido que tiene el Estado Plurinacional. “Bolivia detenta soberanía sobre los canales artificiales y de las instalaciones de drenaje del Silala que están situadas sobre su territorio y tiene el derecho de decidir si las mismas deben mantenerse y de qué manera. Bolivia tiene la soberanía
de las aguas del Silala cuyo caudal ha sido gestionado, mejorado o producido artificialmente sobre su territorio, y Chile no tiene derecho a este caudal artificial. Todo abastecimiento por parte de Bolivia a Chile de las aguas del Silala, así como las condiciones y las modalidades de ese abastecimiento en particular, la compensación que se debería pagar, están sujetos a la conclusión de un acuerdo con Bolivia”, sostuvo ante la Corte de La Haya. Dejó claro además que las tres contrademandas formuladas por Bolivia, que están relacionadas a las presentadas por Chile, se sustentan en el artículo 80 del Reglamento de la Corte Internacional de Justicia, y a los que Chile no ha cuestionado su admisibilidad,
El equipo de juristas del Estado Plurinacional de Bolivia en la Corte Internacional de Justicia, en La Haya.
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REDACCIÓN CENTRAL
Bolivia detenta soberanía sobre los canales artificiales y las instalaciones de drenaje del Silala que están situadas sobre su territorio y tiene el derecho de decidir si las mismas deben mantenerse y de qué manera”. Mathías Forteau Jurista experto contratado por el Estado Plurinacional de Bolivia.
conforme establece la Corte en una nota escrita el 15 de noviembre de 2018. CONTRADEMANDA Forteau aclaró que en la primera contrademanda formulada por Bolivia le pide a la Corte Internacional de Justicia falle a su favor, porque posee la soberanía sobre los canales e infraestructuras situadas en su territorio, por lo que tiene el derecho de decidir sobre si se mantienen o no las obras de canales construidos artificialmente. “Esta demanda no debería plantear el mínimo problema, y por dos razones, primero porque una soberanía de este tipo queda claramente reconocida en el derecho internacional, incluida en la jurisprudencia de la Corte; en segundo lugar,
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AVÉS DE LA COMPAÑÍA ofagasta Bolivia, construyó artificiales a lo largo de seis dificar el curso de las aguas manantiales del Silala, en el departamento de Potosí.
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Una toma aérea de los bofedales en el Silala, en el departamento de Potosí.
porque en sus escritos Chile concede en cuanto al principio de que Bolivia posee estos derechos soberanos”, manifestó. El jurista insistió en que después de haber constatado que las instalaciones referidas se sitúan exclusivamente en territorio boliviano, Chile ha indicado que acepta que el Estado Plurinacional tiene la propiedad de la infraestructura situada en su territorio, pertenencia que se basa en el principio fundamental de la soberanía territorial. “De manera igualmente explícita Chile indica ‘que reconoce plenamente la soberanía que Bolivia detiene sobre los canales y los sistemas de drenaje artificiales del Silala situados en su territorio, así como su derecho de decidir si los mismos deben mantenerse y de qué manera’”, señaló. “Chile también hace suya la afirmación de Bolivia sobre la restauración de los humedales, con lo que justificaría un posible desmantelamiento de estas infraestructuras, e incluso alienta a Bolivia a restaurar estas zonas”, precisó. “Finalmente, Chile reconoce ‘que no tiene derecho de pedir a Bolivia que instale o que mantenga infraestructura para su propio beneficio’”, añadió. FALSA POSICIÓN En esa línea develó que Chile presenta una falsa posición sobre la demanda por el Silala, porque dice que no impugnará la primera demanda y que ya
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Chile no probó acusación contra Bolivia Chile no ha demostrado, como planteó en las conclusiones de su memoria, que Bolivia hubiera causado la más mínima contaminación o impacto ambiental a las aguas del Silala, expuso en su alegato oral ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) el abogado estadounidense Rodmay Bundi. “La calidad de las aguas sigue siendo la misma que ha tenido desde 1929, cuando se instalaron las obras de drenaje”, indicó el jurista en la tercera jornada de audiencias públicas sobre el fondo de la controversia sobre el estatus y uso de las aguas del Silala, y la segunda para Bolivia. Chile plantea que Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas apropiadas para prevenir y controlar la contaminación y otras formas de daño ambiental que resulten de sus actividades en los manantiales. Bundi señaló que si bien Chile sostiene que en el Gobierno central y el departamento de Potosí ejecutaron proyectos, como el in-
no existiría un diferendo al respecto, por lo que la demanda ya no es de competencia de la Corte de La Haya y que debía ser rechazada. “Sin embargo, los escritos de Chile dan a entender por la formulación de sus conclusiones finales que los derechos soberanos de Bolivia estarían sometidos a una serie de condiciones; como se ve en sus escritos utiliza términos como que
greso de la empresa Ductec o la instalación de una embotelladora, no menciona que éstos nunca llegaron a concretarse. “Chile nunca alegó haber sufrido ningún daño de ese tipo y nunca objetó esas iniciativas (...) y no hubo ningún incumplimiento por parte de Bolivia”, dijo el abogado litigante con vasta experiencia en casos similares, incluidos el de Perú versus Chile y el de Chile versus Bolivia en cuanto a la obligación de negociar una salida marítima. La CIJ, órgano judicial de la Naciones Unidas, celebra audiencias públicas, Chile contra Bolivia, sobre la controversia de las aguas del sudeste potosino hasta el 14 de abril. La primera audiencia se inició el viernes. Bundy es abogado estadounidense, miembro del Colegio de Abogados de Nueva York, especializado en Derecho Internacional Público, arbitraje comercial y de inversiones. (ABI)
o sin perjuicio de, en la medida que o salvo si”, manifestó. “Chile parece considerar que el efecto del desmantelamiento de las infraestructuras del caudal del Silala debería considerarse como un posible atentado a su derecho de utilización de las aguas del Silala, esto equivale a decir que el uso actual o todo uso que podría hacer Chile de estas aguas en el futuro se podría oponer
al derecho que tiene Bolivia de desmantelar las instalaciones artificiales”, añadió. Finalmente, Forteau, dijo que Bolivia en su dúplica ha destacado esas ambigüedades chilenas que no han sido disipadas, porque Chile condiciona en sus escritos el derecho de desmantelar los canales a su propio derecho y razonable uso de las aguas del Silala. Vista aérea de la canalización artificial en el Silala.
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Alegatos Bolivia
Especial
EN SU SEGUNDO DÍA DE ALEGATOS
Bolivia desbarató la tesis chilena respecto al Silala El Secretario General de Diremar explicó que la demanda de Chile no tiene sustento, lo que se evidenció con las ponencias ante la CIJ. REDACCIÓN CENTRAL
La exposición de los juristas que defienden la causa boliviana desbarató por completo la tesis chilena de algún posible incumplimiento de Bolivia sobre alguna supuesta contaminación de las aguas del Silala.
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on las exposiciones realizadas ayer, ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, se demostró que la demanda chilena no tiene sustento, toda vez que admitió que Bolivia tiene soberanía sobre las canalizaciones artificiales que aumentan el caudal de las aguas del Silala, aseveró el secretario general de la Dirección Estratégica de Reivindicación Marítima (Diremar), Emerson Calderón, en entrevista con Ahora El Pueblo. “Lo que ha sucedido es que Bolivia ha presentado las refutaciones primero a aquellas falsas imputaciones que ha realizado Chile, atribuyéndonos que se había incumplido alguna obligación de derecho internacional por no tomar en cuenta las medidas que sean necesarias para preservar y conservar las aguas del Silala exentas de cualquier contaminación o de notificar cualquier proyecto hacia Chile”, sostuvo. “El abogado (Rodman) Bundy —acotó la autoridad— tomó el uso de la palabra y desbarató la tesis chilena de que Bolivia había incumplido con estas obligaciones porque en ningún momento hubo queja alguna o Bolivia realizó algún acto que dé lugar a una posible contaminación de las aguas del Silala y menos se ha negado a proporcionar información porque no se dio ningún uso a las aguas del Silala y al no haberse llevado ningún uso, nada tenía que notificar Bolivia a Chile”.
Los juristas que defienden la causa boliviana exponen ante la CIJ.
Por otra parte, enfatizó que, mediante Mathias Forteau, justificó la primera contrademanda de Bolivia que le solicita a la CIJ que determine que tiene soberanía sobre los canales instalados en su territorio y, por lo tanto, derecho a decidir si los conserva o no. En este punto aclaró que la canalización artificial claramente incrementó el flujo del agua del Silala, ya que sin esas infraestructuras “un buen caudal de aguas escurría a Chile, pero de manera subterránea”, por lo que “la canalización modificó el flujo de las aguas del Silala y en ese contexto, al encontrarse en territorio boliviano, Bolivia considera que ejerce también derechos no sólo sobre la infraestructura, sino sobre el flujo mejorado que provoca esa canalización”. Al respecto, el embajador de Bolivia en los Países Bajos
NO SE DEBE POLITIZAR EL CASO DEL SILALA La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, en declaraciones a la prensa, puntualizó que el caso por el Estatus y Uso de las Aguas del Silala en la Corte Internacional de Justicia en La Haya no debe ser manejado desde la posición de quién gana o pierde, sino como la resolución de una controversia sustentada con elementos científicos e investigaciones serias como lo hizo Bolivia en esta oportunidad. “Bolivia siempre ha mantenido, esto tiene que ser, tiene que generarse en el marco de una resolución de una controversia en base a un tema de estudios científicos que se ha ido presentando junto a la empresa danesa DHI”, precisó.
y Agente de nuestro país ante la CIJ en el caso de la disputa sobre el estatus y uso de las aguas del sudoeste potosino, Roberto Calzadilla, también recordó que Bundy expuso “la naturaleza infundada de las afirmaciones de Chile” relacionadas a que nuestro país “no ha evitado un daño transfronterizo significativo y no ha cumplido con la obligación de notificar y consultar”. En la segunda parte de la audiencia, dijo Calzadilla, se presentaron los argumentos de la contrademanda que sostiene que Bolivia tiene la decisión de mantener o no la canalización y el derecho sobre el flujo mejorado de agua. Hoy continuarán las audiencias y tendrá el uso de la palabra la representación de Chile para contestar a la contrademanda presentada por Bolivia. La audiencia está convocada para las 15.00, hora de Países Bajos.