EL Litoral 608

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Escribiendo la historia de la península de Santa Elena en la región 5 Segunda semana de junio, 2020 http://periodicoelitoral.blogspot.com/

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Se realizó Consejo Consultivo con organizaciones políticas El jueves 11 de junio se realizó de forma virtual la primera reunión oficial de Consejo Consultivo Nacional de Organizaciones Políticas para los comicios generales de 2021. Así lo resolvió el pasado 04 de junio el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE). Los Consejos Consultivos fue el espacios de diálogo entre los partidos, movimientos políticos y el CNE, y tuvo como objetivo de generar propuestas conjuntas en materia electoral y participación democrática. El artículo 384.1 del Código de la Democracia reconoce el derecho de las organizaciones políticas a escala nacional y provincial a integrar estos espacios; fundamentales en los procesos de formulación de políticas electorales. En este primer Consejo Consultivo

Nacional de Organizaciones Políticas, los partidos y movimientos de carácter nacional analizaron las alternativas de votación propuestas para el proceso de Elecciones Generales 2021; la propuesta de reglamento para la conformación de alianzas electorales; y la reglamentación para la democracia interna de las organizaciones políticas, entre otros temas. Conforme la normativa electoral vigente, el consejo consultivo puede adoptar decisiones no vinculantes para ser consideradas ante el Pleno del CNE.(i)

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GADMS Y MINTUR EFECTÚAN OPERATIVOS DE CONTROL DE BIOSEGURIDAD EN ESTABLECIMIENTOS A través de operativos de control, la Municipalidad del cantón Salinas, en conjunto con el personal del Ministerio de Turismo (MINTUR), verifican la implementación del protocolo general de medidas de bioseguridad en establecimientos de alimentos y bebidas, como: restaurantes, cafeterías y cevicherías. En los operativos, se insta a los administradores y propietarios a cumplir todas las medidas de seguridad y protección dispuestas por las autoridades para evitar la propagación del virus, así como reforzar sus medidas de salubridad. Con el semáforo amarillo, los sitios que comercializan alimentos podrán atender en sus instalaciones hasta llenar el 30% del aforo permitido en cada local. También se constató que las mesas de los establecimientos cumplan con los distanciamientos, además que proporcionen gel o alcohol a sus clientes.

Igualmente, se inspeccionó que en las puertas se tome la temperatura de los consumidores, que los trabajadores utilicen mascarillas y que cumplan con los protocolos de bioseguridad, así como el distanciamiento social y los procesos de higiene que garanticen el cuidado integral. Cabe resaltar que en un gran porcentaje de los establecimientos comerciales mantienen las entregas a domicilio. Los operativos de control continuarán en todo el cantón para dar cumplimiento con el distanciamiento social y el protocolo vigente. (i)

ANT reactivó el proceso de matriculación vehicular conforme el cambio de semáforo dispuesto por el COE Nacional El Directorio la Agencia Nacional de Tránsito-ANT, mediante Resolución N° DIR-039-2020-ANT, de 9 de junio del presente año, resolvió reactivar el proceso de matriculación para vehículos particulares, transporte público y comercial y habilitar el pago de valores por este concepto y la revisión técnica vehicular - RTV, conforme el cambio de color de semáforo dispuesto por el Comité de Operaciones de Emergencia - COE Nacional, informó el director ejecutivo de la ANT, Juan Pazos. En la citada resolución, el Directorio de la ANT, estableció la calendarización para la matriculación vehicular, para los procesos que quedaron incompletos y que no pudieron cumplir con sus obligaciones desde marzo de 2020, en algunos casos por la suspensión de actividades y en otros por encontrarse cerrado a escala nacional, debido a la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del COVID- 19. Es importante señalar que, la reasignación por la emergencia según el último dígito de la placa, se encuentra en el articulado de la Resolución, y en el ANEXO 1: Tabla A, sobre la reactivación desde junio y Tabla B, sobre la Reactivación desde julio: Artículo 1.- Reactivar el proceso de matriculación vehicular, en los vehículos particulares, transporte de servicio público y comercial, conforme al cambio de semaforización dispuesto por el COE Nacional, para la transición hacia una nueva normalidad. Artículo 2.- Habilitar el pago de valores por concepto de matriculación vehicular y revisión técnica vehicular, conforme el cambio de semáforo de circulación de vehículos, dispuesto por el COE Nacional.

Artículo 3.- Los vehículos con dígito terminados en 2, 3, 4 y 5 de ser el caso que, por el estado de emergencia sanitaria decretada en el Ecuador, no pudieron concluir con los procesos de Revisión Técnica Vehicular y matriculación, generarán multas por falta de pago únicamente cuando no cumplan con el plazo determinado en el nuevo calendario de matriculación para el año 2020, conforme el Anexo 1, Tabla B Artículo 4.- Los propietarios de vehículos cuyos dígitos correspondan a la calendarización de matriculación reprogramada de acuerdo al Anexo 1 y que no realicen el trámite y pago al proceso de matriculación, estarán sujetos al pago de la multa establecida en la Resolución Nro. 008-DIR-2017ANT, de fecha 16 de marzo de 2017. Artículo 5.- Para los vehículos cuyo dígito termina en 2, 3 y 4, que si realizaron el pago a la matrícula y revisión técnica vehicular – RTV, correspondiente al año 2020, en el periodo de suspensión, deberán concluir el trámite pertinente, de acuerdo a lo establecido en la Tabla A, anexa a la presente Resolución. Artículo 6.- Para los vehículos cuyo dígito termina en 2, 3 y 4, que no pagaron la debida matrícula y revisión técnica vehicular – RTV, correspondiente al año 2020, deberán sujetarse al calendario establecido en la tabla A (Anexo 1) para la cancelación de estos valores y realizarán el trámite pertinente de acuerdo a la mencionada Tabla A. Artículo 7.- Para los casos de los GAD´s en los cuales el cambió de semáforo rija a partir del mes de julio de 2020, los vehículos cuyo dígito termina

en 5, se sujetarán al calendario de pago y tramitación de su matrícula vehicular conforme el Anexo 1 Tabla B. Artículo 8.- Para los vehículos cuyos dígitos terminados en 6, 7, 8, 9 y 0, estarán sujetos a la calendarización dispuesta en Resolución Nro. 008DIR-2017-ANT, de fecha 16 de marzo de 2017, en concordancia con el Anexo I de la presente Resolución. Artículo 9.- En cumplimiento a lo que dispone el COE nacional, de 27 de mayo de 2020, “DEL A I S L A M I E N T O A L D I S TA N C I A M I E N T O D O C U M E N T O E X P L I C AT I V O PA R A E L FUNCIONAMIENTO DEL SEMÁFORO MES DE JUNIO DE 2020, RESUMEN EJECUTIVO”; los GAD`s y propietarios de vehículos, deberán cumplir con las restricciones, según el color del semáforo y aplicar los protocolos y normas de distanciamiento. (i)


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