Escribiendo la historia de la península de Santa Elena en la región 5 Primera semana de agosto, 2020 http://periodicoelitoral.blogspot.com/
Año 22 - Edición 616 http://issuu.com/periodicoelitoral
http://twitter.com/ELlitoral
1.000 ejemplares - precios $0.75 periodico_elitoral@hotmail.com
http://www.facebook.com/el.litoral3
AUMENTARÁN RECINTOS ELECTORALES Fin de semana sin restricción vehicular
FERIADO MOTIVÓ DICHA MEDIDA Entre las resoluciones tomadas en sesión del 6 de agosto, el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional dispuso la libre circulación de vehículos sin distinción del semáforo del cantón. La medida aplica desde el viernes 7 hasta el lunes 10 de este mes. Las reacciones por la medida no se hicieron esperar indicando que por un lado, la autoridad
pide a la ciudadanía cuidarse para no contagiarse del virus, evitar la aglomeración, evitar salidas innecesarias, pero por el otro lado, dan luz verde para que estos puedan moverse de una sitio a otro sin ningún tipo de restricción. En toda Santa Elena provincia, aun no se ha dado apertura para el libre acceso a las playas. (I)
Consejo de la Judicatura insiste al MEF asignar recursos para adquirir licencias que permiten realizar las videoaudiencias El Consejo de la Judicatura (CJ), a través de la Dirección General, solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que asigne los recursos necesarios para la adquisición de las licencias de programas para el desarrollo de las videoaudiencias en la Función Judicial. La situación es apremiante para el CJ que tiene un sistema de video conferencia que data de aproximadamente 15 años y dispone solamente de 120 licencias contratadas (propias). El CJ ha hecho esfuerzos enormes a fin de obtener licencias por un tiempo de prueba, que concluye el próximo 15 de agosto, fecha hasta la cual se pueden utilizar las mencionadas licencias para realizar las audiencias telemáticas. En todo el país existen alrededor de 2000 juezas y jueces, quienes realizan
audiencias todos los días. Por ejemplo, solo durante la pandemia por el COVID-19, del 16 de marzo al 24 de julio de 2020, se han realizado 60 152 audiencias, de estas 27 511 fueron telemáticas y 32 641 presenciales. El Pleno del CJ, en coordinación con las diferentes áreas operativas que forman parte de Planta Central, ha adoptado acciones rigurosas de control y optimización de los recursos con los que cuenta para atender la demanda de la ciudadanía. Sin embargo, estos recursos se han reducido debido a los constantes recortes presupuestarios por parte del MEF, que, durante el presente ejercicio fiscal, ascienden a US$ 6´038.868,28. Estos recursos estaban destinados a diversas tareas con impacto directo sobre la operatividad y la eficiencia de la prestación de los servicios de
justicia. El último recorte por parte del MEF al presupuesto operativo de la Función Judicial se realizó el 1 de julio de 2020 con las Certificaciones de Retiro No. 319 y No. 320, por un monto de US$ 1´207.742,00. Dichos valores estaban asignados a actividades de contratación emergente como el proceso de adquisición de licencias para la plataforma ZOOM y la plataforma Polycom necesarias para realizar las videoaudiencias. El valor estimado para este servicio se calcula en US$ 246,489.04. La certificación No. 320 planteada por el MEF mantiene US$ 752.284 en estado "reservado", impidiendo al Consejo de la Judicatura utilizar dichos recursos para mantener el servicio de videoaudiencias a nivel nacional.
Como institución, solicitamos al MEF libere el comprobante No. 320 con el fin de permitir al CJ continuar cumpliendo su objetivo primordial de administrar el servicio de justicia. Es urgente e indispensable que el MEF proporcione los recursos necesarios para llevar a cabo las audiencias telemáticas que durante la emergencia sanitaria por el COVID-19 han permitido precautelar la salud y la vida de usuarios y servidores de la Función Judicial, además de mantener la continuidad de los servicios de justicia. Alertamos a la ciudadanía y al país que si no se entregan recursos mínimos necesarios, los servicios de justicia se verán seriamente afectados y por ende la tutela judicial efectiva de los derechos de las y los ciudadanos. (I)