Primicias 1096

Page 1

www.primicias.net

AÑO XXI NO. 1096 DEL 16 AL 22 DE NOVIEMBRE DE 2014, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA • RD$10.00, ESTADOS UNIDOS US$1.00

Quiebra de negocios, desempleo, endeudamiento, exagerados precios combustibles, desorden en tránsito, RD no resiste subsidio US$ 1,200 millones energía, costo de la vida, asaltos, apagones, impuestos, invasión de haitianos por la frontera e interferencias emisoras

Libra de café procesado cuesta RD$205.00, Obliga consumidores utilizar te y otros sustitutos Encuentro en DGII: Presenta nuevo portal a medios comunicación FMI confirma PIB creció 7% Enero-Septiembre 2014, turismo y construcción repuntan

Primicias celebra 21 años en extraordinaria noche en Piano Bar del Club Arroyo Hondo


La segunda

Santo Domingo, República Dominicana Año de la superación del analfabetismo

Del 16 al 22 de Noviembre del 2014

A PESAR DE LO QUE DIGAN LAS ENCUESTAS

Danilo gobierna barril de pólvora, gobernabilidad complicada, Pueblo dominicano quiere auditen uso de US$ 30 mil millones El presidente Danilo Medina gobierna la nación en condiciones más difíciles de lo que puedan exhibir todas las encuestas que se lleven a cabo en República Dominicana. La realidad del país, según los sondeos de Primicias, se concentra en la quiebra de negocios, de la clase media, del incremento de la pobreza hasta acercarse al 50%, exagerados precios de los combustibles, endeudamiento excesivo fustigado hasta por el Fondo Monetario Internacional (FMI), el compromiso de casi 50 centavos de cada peso recaudado para el pago de la deuda pública, incremento de la nómina pública, el drama explosivo de las micros, pequeñas y medianas empresas, el costo adicional que le cobran los médicos a las personas aseguradas, costo de la vida insoportable, el uso sin auditar de 30 mil millones de dólares tomados prestados por los diferentes gobiernos, el accionar de pistoleros vestidos de policías asaltando en la capital y pueblos del interior, inseguridad ciudadana, desorden en el tránsito, entrada masiva de haitianos por la frontera, el problema que le generó al país el doctor Leonel Fernández, entre-

gando a precio de vaca muerta el sistema eléctrico, creando un subsidio energético insoportable de mil doscientos millones de dólares anuales, el no cobro de energía eléctrica al 40 por ciento de la población, el regalo de Sans Soucí a un grupo económico privado, el cierre de los ingenios del Estado, con excepción de Barahona; el cierre de las empresas de CORDE, los apagones, el clientelismo Danilo Medina político en expansión, las altas cargas impositivas, protestas comunitarias en y otros problemas más, forman parte del barril de pólvora que maneja en condiciones muy difíciles el presidente Danilo Medina, quien tiene la suerte de que Luis Abinader, Hipólito Mejía y Miguel Vargas Maldonado no hacen oposición al gobierno y lo único que les Luis Abinader interesa es la candidatura presidencial de 2016. Otro punto clave que se refleja en la gobernabilidad del país es la posición del gobierno respecto a Loma Miranda, que debe ser convertido en parque nacional. Mientras el país sigue con su festival de préstamos en dólares y euros, regala su oro, níquel y otros recursos Miguel Vargas Maldonado naturales. El Cibao Central Las granceras saquean está contaminado por las los ríos y la tala de árboles operaciones mineras.

Presa de Tavera estaba casi seca por la falta de agua, algo escandaloso. El gobierno no hace nada para enfrentar a quienes destruyen y envenenan los ríos. Más de 400 ríos y arroyos han sido liquidados por los dueños de granceras y deforestadores y no hay un solo preso. En República Dominicana usan la Policía Nacional solo para enfrentar a los pobres, no a los que cometen los delitos destruyendo la República. La Policía Nacional, por ejemplo, no impidió que bandoleros que asistieron a una actividad encabezada por el ex presidente Leonel Fernández robaran cámaras y golpearan a periodistas y camarógrafos en el frente de un hotel ubicado en la Avenida Tiradentes esquina Gustavo Mejía Ricart. Esta semana siguieron en el país los asaltos, uno en el Almacén Hermanos Jerez en la Avenida Independencia, en la capital, y otro en un colmado de Villa Altagracia. Sin seguridad no vamos para ninguna parte, dice el pueblo en todas partes.

Hipólito Mejía

Leonel Fernández

amenaza la gobernabilidad de la nación. Hace poco la

LIBRA DE CAFÉ La situación del pueblo dominicano es tan dramática que una libra de café pro-

cesado Santo Domingo, monopolio cafetalero del país, cuesta el escandaloso precio de RD$ 205.00.El sector cafetalero es liquidado por la broca y roya del café, afectando más de 600 mil familias en el país. Otro sector afectado por una enfermedad es el de los productores de cítricos, situación que hay que enfrentar. La gobernabilidad de la nación se complica con protestas comunitarias y reclamos de reivindicaciones. Cotuí, por ejemplo, reclama el 5 por ciento de las operaciones mineras de Barrick Gold, lo que está establecido legalmente. Esperanza, en la Línea Noroeste, protestó hace poco en reclamo de obras y otros puntos. Villa Consuelo protesta por los prolongados apagones de Ede-Este, los que afectan el comercio, viviendas a industrias del sector. La gente está disgustada porque el gobierno, a pesar de que disminuyen los precios del petróleo, sigue manteniendo precios insoportables de los combustibles, violentando un compromiso de que cuando baje el precio del petróleo disminuyan y cuando suban se incrementen.

En los corrillos congresionales

MarceLo FLorían PERIODISTA / periodicoprimicias@gmail.com

Aprueban Presupuesto Nacional 2015 La Cámara de Diputados convirtió en ley esta semana en dos lecturas consecutivas el presupuesto nacional del año 2015. La pieza fue aprobada en tiempo record y permitirá al

gobierno iniciar el 2015 con un presupuesto que sobrepasa los 600 mil millones de pesos.El presupuesto fue aprobado por los diputados igual a como lo aprobó el Senado de la República.

La Cámara Baja aprobó un proyecto de ley que registra los actos y delitos del Ofensor Sexual. SENADO El Senado aprobó dos prés-

tamos por 138 millones de dólares para aumentar la seguridad en el suministro eléctrico y reducir las pérdidas de energía. El Senado entregó esta semana un pergamino de

reconocimiento al pintor dominicanos Miguel Núñez Polanco, considerándolo el artista plástico más destacado del bicentenario del natalicio del patricio Juan Pablo Duarte.


opinión

3

Santo Domingo, República Dominicana

Del 16 al 22 de Noviembre del 2014

www.primicias.net

Lic. Alex Jiménez Presidente-Director

Cotuí tiene la razón

periodicoprimicias@gmail.com

Lic. Wanda Polanco Vicepresidenta Ejecutiva

Arq. Lilliam Polanco

Lic. Manuel Mancebo

Gerente Administrativa

Asesor

REDACCION Robert Vargas, José Abreu, Yolanda Tapia, Marcelo Florián, Esteban Delgado, Francisca Ramirez

ANALISTAS INVITADOS Mario Rivadulla, Ramón Rodríguez, Robert Vargas, Luis Ruiz Pou, Buenaventura Bueno Torres, Pedro Ventura Santana, Juan Cruz Triffolio, Andrés Patiño, Luis José Chávez y Frank Núñez

REPRESENTANTES EN EL INTERIOR Moca y Cibao Central- Isidro Silva; Monte Plata, Luis Danilo Santamaría; Línea Noroeste- Francisco A. Rodríguez; Sosúa, Puerto Plata y la Costa Norte-Víctor Morales O.; San Cristóbal-José A. Thomás y Miguel Angel Solano; Azua- Freddy Peña Pastor; Hato Mayor del Rey- Felipe Herrat; San Juan de la Maguana-Manolo Cabral; El Seybo -Carmen Carela; Neyba-Maritza Peña; Bonao, La Vega y Constanza-Guiby de la Cruz; Esperanza-Francisco Quico Rodríguez; La RomanaJohnny Sánchez; San Pedro de Macorís-Leonardo Veloz Reyes; Barahona- Don Rodolfo Lama; Jarabacoa-Luis Manuel Abreu; Samaná-Virgilio Mercado; La VegaIsrael Castillo; Baní-Radhamés Villar; Dajabón-Nelson Rickard; Higüey-Tomás Santana y Livio Mariano Cedeño; Haina-Germán Martínez y Magüá Moquete Paredes, Navarrete-Pablo Disla; Santiago-Narciso Pérez, Carlos Ramírez Báez

DEPORTES Renaldo Bodden

REPORTEROS GRAFICOS Domingo Gómez

Rafael Díaz Santana

829-844-3379

809-953-0300

BURO INFORMATIVO EN NUEVA YORK Miguel Cruz Tejada, Teléfono (212) 795-9315 •Email: mcruztejada@hotmail.com

BURÓ INFORMATIVO EN WASHINGTON, D.C. José Alejandro Pérez B. y Mirtha Bergés bergés17@yahoo.com BURO INFORMATIVO EN PUERTO RICO Gheidy de La Cruz y Ramón Vélez BURO INFORMATIVO EN NEW JERSEY Rolando Hernández BURO INFORMATIVO EN LA FLORIDA Rose Mary Santana OFICINA REGIONAL CIBAO CENTRAL Isidro Silva, coordinador general Teléfono 809-578-0638 BURO INFORMATIVO LINEA NOROESTE Francisco A. Rodríguez • Tel.: 809-816-8288 BURO INFORMATIVO EN EL ESTE Leonardo Veloz Reyes, Felipe Herrat y Jhonny Sánchez BURO INFORMATIVO EN EL SUR Freddy Peña Pastor, Manolo Cabral y Emma Pérez

CARICATURISTA Daddy Romero

EDITOR DE DISEÑO Julio Toribio Guzmán juliotoribio@gmail.com

PRIMICIAS DIGITAL Julio Toribio Guzmán juliotoribio@gmail.com

Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa SIP UNA PUBLICACACIÓN DE

Av. Gustavo Mejía Ricart #106 casi esq. Abrahan Lincoln, edif. Plaza Rosa suite 402 Ens. Piantini • Tel.: 809-334-6932 • Fax.:809- 334-6931 • Email: periodicoprimicias@gmail.com TALLERES:Edificio Profesionales de la Comunicación 208, Suite 1-A, calle Peña Batlle esquina Seybo,Villa Juana, Santo Domingo, D.N. R.D.

Cotuí, tierra de recursos mineros, tiene razón cuando reclama el cinco por ciento de los beneficios de la empresa Barrick Gold. Es un compromiso destinar el cinco por ciento de los beneficios de las empresas mineras a las comunidades donde operan, negarlo es una expresión del capitalismo salvaje. No es posible que la Barrick se lo lleve todo y solo deje los hoyos en Cotuí, pueblo castigado por la contaminación y la pobreza. Primicias apoya a Cotuí en sus reclamos a la Barrick Gold, empresa que además debe ponerle fin a la contaminación en la zona.

ELSA CABRERA DE MARTINEZ Doña Elsa Cabrera de Martínez es una de las educadoras que más ha aportado a la educación en el municipio de Esperanza. Pensionada desde hace años, es víctima de una injusticia por el Ministerio de Educación, pues no se le aumentó el monto de su pensión como hizo el gobierno con los demás educadores.

Primicias entiende que el ministro de Educación, Carlos Amarante Baret, debe corregir esa injusticia e igualar la pensión a doña Elsa, uno de los monumentos de la dignidad esperanceña en la Línea Noroeste. Doña Elsa impartió docencia durante décadas en Esperanza, no merece esa injusticia.

eLi HeiLiger ANALISTA INVITADO

Miguel Vargas y la encuesta Geenberg La encuesta Greenberg– Diario Libre publicada el 29 de octubre ha desatado un avispero con sus resultados sobre el posicionamiento de los distintos aspirantes a la Presidencia de la República, mostrando la estrepitosa caída del perredeismo bajo la conducción de Miguel Vargas Maldonado. A la pregunta si las elecciones fueran hoy ¿por quién votaría usted? La respuesta fue Leonel Fernández 31%, Hipólito Mejía 17%, Luis Abinader 14%, Guillermo Moreno 7%, Miguel Vargas Maldonado 3%, Quique Antun 1%, otro Danilo Medina 13% y ninguno, no votará, no sabe 12%. La sorpresa en esos resultados es el 3% atribuido a Vargas Maldonado y el 7% que asigna a Guillermo Moreno, que merece un análisis aparte.

El descenso de Vargas Maldonado se produce pese a ser el primer aspirante a la Presidencia que fue oficialmente proclamado en septiembre pasado por la Convención Nacional Ordinaria Noé Suberví Espinosa. Además representa el partido más votado de las elecciones pasadas del cual heredó sus símbolos, recibe cada mes 18 millones de pesos de la Junta Central Electoral, suficientes para la campaña publicitaria que realiza, pagar cuadros y comprar lealtades. Pero a pesar de esas condiciones, el perredeismo disminuye su presencia en el país como demuestra la Greenberg. ¿Qué ha ocurrido? No hay que tener los ojos de Argos para saber que la práctica política de Vargas Maldonado contribuye a la disminución del

PRD. Todavía se recuerda su conducta ausencia de la campaña electoral pasada. La población no lo percibe como un opositor. La percepción que hay que tras el famoso pacto de las corbatas azules suscrito el 14 de mayo del 2009, su misión era

destruir el mayor partido de la oposición para facilitar el ascenso de Leonel Fernández al poder. Otro aspecto fue la convención que organizó, que yo bautice como “El convencionazo”, en donde el que le disputaba presidencia del partido, Guido Gómez Mazara, fue ametrallado y no se le permitió ejercer el derecho al voto, en ese evento solo se le permitió votar a los seguidores de Vargas Maldonado, por lo que aún está pendiente de fallo del Tribunal Superior Electoral sobre la validez legal de ese mamotreto. Esta estrepitosa caída encierra una gran lección: El pueblo observa la conducta de sus dirigentes políticos y en caso como el de Vargas Maldonado se la cobra con creces, y le señala que no todo se puede hacer. ¿Se aprendió la lección?


4

Del 16 al 22 de Noviembre del 2014

“La verdad siempre”

nacionaLes

Presidenta de Sur Futuro recibe Premio Mujer Internacional CEFIM en Miami Miami, Florida. La Presidenta de la Fundación Sur Futuro, Melba Segura de Grullón, fue galardonada con el Premio Mujer Internacional 2014 otorgado por el Centro de Estudios y Formación Integral para la Mujer (CEFIM) de Miami. La ceremonia de premiación se efectuó el 28 de octubre en el marco del IV Foro Internacional para la Mujer en la ciudad de Miami, Florida. La organización CEFIM fue fundada en México en 1998 por la señora Lucía Legorreta de Cervantes, y está dirigida a la promoción del desarrollo pleno de las capacidades de la mujer en equilibrio de vida en los ámbitos social, profesional y familiar. CEFIM cuenta con 14 filiales en el territorio mexicano y una en Miami. La organización tiene estatus ECOSOC en la Naciones Unidas y 9 asientos en INMUJERES (Instituto Nacional para la Mujer) en México. Al hacer entrega del galar-

dón, las señoras Marina Uroz, directora de CEFIM México, y Elena Maribona, directora de CEFIM Miami, ponderaron los méritos de doña Melba Segura de Grullón calificándola como una “mujer líder y vanguardista inspiradora para todas las mujeres hispanas con una clara visión de mejorar de manera integral la vida de las personas en extrema pobreza, para lo cual creó la Fundación Sur Futuro

hace más de trece años”, exaltando los múltiples resultados logrados por Sur Futuro, fuera y dentro de la República Dominicana, en la temática del medio ambiente, la educación y el desarrollo, los cuales han tenido beneficios y repercusiones internacionales. Por su parte, la presidenta de Sur Futuro expresó que “este es un reconocimiento personal que es inseparable

de nuestro quehacer en la Fundación Sur Futuro. Agradecemos a Marina Uroz, y con ella a CEFIM, por tomar en cuenta nuestra lucha, principalmente de esta última década. Lucha centrada en facilitar los medios para que las mujeres que habitan las zonas rurales y las periferias de las ciudades, la más empobrecida de nuestro país, tengan la oportunidad de asumir un liderazgo digno, transformador y positivo dentro del seno familiar y dentro de su comunidad, lo cual, en su momento, trascenderá a la nación.” El premio Mujer CEFIM en el año 2013 fue entregado a la señora Nora Bulnes, creadora hace más de tres décadas de la revista Selecta Magazine y presidenta de “The Hope and Dreams Foundation”. En el 2012 fue condecorada la señora Rosario Marín, primera mujer mexicana Tesorera del Gobierno de los Estados Unidos.

AVISO DE PERDIDA DE TITULO De conformidad con el Articulo 92 de la Ley de Registro Inmobiliario, Numero 108-05; se hace de publico conocimiento que se ha extraviado el Certificado de Título, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional a nombre de ELADIA ANTONIA PACHECO HERNANDEZ, certificado de titulo que ampara Una porción de terreno con una extensión superficial de: Ciento Veinte (120) Metros Cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 206-A-5, del Distrito Catastral No. 5, del Distrito Nacional, inscrito en el Libro No. 2166, Folio No. 31, Serie SP 695279, propiedad de la señora ELADIA ANTONIA PACHECO HERNANDEZ. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2014). LIC. PEDRO DARIO ENCARNACION Abogado.

AVISO DE PERDIDA DE TITULO DEL ACREEDOR HIPOTECARIO Para general conocimiento y en cumplimiento de lo que dispone el Artículo 86 del Reglamento de Registro de Título y el artículo 92 párrafo 3 de la ley 108-05, se hace de público conocimiento la pérdida del título del Acreedor Hipotecario marcado con el No. 669, de fecha 05 del mes de marzo del año 1992, inscrita en el Registro de Titulo de Barahona, el 08 de septiembre 1995, bajo el No. 975, Folio 244, del número de inscripciones No. 6, por un monto de cincuenta y un mil seiscientos pesos oro (RD$ 51,600.00) de una porción de terreno dentro de la parcela No. 24, Del Distrito Catastral No. 2, del Municipio y Provincia de Barahona, Con Una Extensión Superficial De TRESCIENTOS OCHENTISEIS METROS CUADRADOS (386 M2), expedido a nombre del Acreedor Hipotecario, MIGUEL MARIA GUERRERO. En la ciudad de Santo Domingo, D.N. República Dominicana, a los Cinco (05) días del mes de Noviembre año Dos Mil Catorce (2014). MIGUEL MARIA GUERRERO


nacionaLes

“La verdad siempre”

Del 16 al 22 de Noviembre del 2014

Sucesión apela al procurador para desalojar invasores de finca ganadera POR LUIS D. SANTAMARIA MONTE PLATA.-Representantes de la Sucesión Roedán-Hernández apelaron al Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito para desalojar a grupos de vándalos organizados que mantienen ocupada ilegalmente una finca ganadera propiedad de la sucesión. Guillermo Roedán, vocero de la sucesión denunció que los antisociales han causado cuantiosos daños a la propiedad al destruir casas, corrales, establos y demás instalaciones lecheras, así como deforestar gran parte de la finca al talar numerosos árboles de distintas

especies. Dijo que los terrenos en cuestión están ubicada en el paraje Platanal, sección Sabana del Estado, del municipio de Bayaguana y los invasores se niegan a salir de la propiedad pese a que la justicia así lo ha dispuesto en varias ocasiones, pero que la orden de desalojo no se ha podido ejecutar. El hacendado y ex presidente y actual tesorero de la Asociación de Ganaderos de Monte Plata (AGAMPTA) reclamó, asimismo, de las autoridades judiciales poner en movimiento la fuerza pública para sacar definitivamente de la finca a estos grupos anárquicos antes de que la destruyan.

Barahona, La Perla del Sur, con Primicias Felicito a Primicias en su 21 aniversario Primicias es un medio que respalda el progreso de la provincia de Barahona y es un gran aliado del desarrollo de nuestras comunidades.

¡Sigan adelante haciendo un periodismo constructivo e independiente!

Eddy Mateo Vásquez Senador por la Provincia de Barahona

5


6

Del 16 al 22 de Noviembre del 2014

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la ley de divorcio 1306 BIS, se hace de público conocimiento, que el juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Bahoruco, dictó Sentencia Civil número 0019-2014, de fecha Tres (03) del mes de febrero del año Dos Mil Catorce (2014), cuya parte dispositiva dice textualmente: FALLA: PRIMERO: Se pronuncia el defecto el contra del señor BIENVENIDO REYES, por no haber comparecido no obstante emplazamiento legal. SEGUNDO: ADMITE el divorcio entre los señores esposos ROSA NILDA FELIZ RODRIGUEZ Y BIENVENIDO REYES, por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre ellos, inscrita en el Libro No. 00017, Folio No. 0008, Acta No. 000008 del año 1979, de la Oficialía Civil de la 1era. Circunscripción de Tamayo, provincia Bahoruco. TERCERO: Se ordena a la parte demandante pronunciar el divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades exigida por la Ley. CUARTO: Se ordena la guarda y cuidado de su hija menor ALISON REYES FELIZ, a su madre, la señora ROSA NILDA FELIZ RODRIGUEZ, hasta tanto cumpla la mayoría de edad. QUINTO: COMPENSA pura y simplemente las costas por tratarse de esposos en litis. SEXTO: COMISIONA, al ministerial CARMEN SANTANA REYES, Alguacil de Estrado del Juzgado de de Paz de Uvilla, provincia Bahoruco, para que proceda a la notificación de la presente sentencia; Así se pronuncia, ordena, manda y firma, en el Municipio de Neyba, provincia Bahoruco, República Dominicana, en la fecha indicada, CELINA NOVA JIMENEZ, Jueza de Primera Instancia. Quien suscribe, MANUEL SANTANA GOMEZ, secretario de este Juzgado, de Primera instancia, Distrito Judicial de la provincia Bahoruco. CERTIFICO Y DOY FE. De que la presente sentencia fue pronunciada y firmada por la magistrada CELINA NOVA JIMENEZ, y que su contenido es conforme a lo sucedido en audiencia, YONEIDIS CUEVAS RIVAS, Secretaria Auxiliar. En la ciudad de Barahona, municipio y provincia de Barahona, República Dominicana, a los tres (03) días del mes de octubre del año Dos Mil Catorce (2014). DR. JORGE LUIS ALMONTE PEREZ Abogado

AVISO DE INCORPORACION En cumplimiento de la ley 122-05, se informa que mediante la resolución No. 119ONG-2014, de fecha 30 de octubre del año 2014, el procurador General de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, concedió el beneficio de incorporación de la fundación Dream Hope Academy, con su domicilio en la calle Troncoso de la Concha No. 22, Bajos de Haina, San Cristóbal, la cual tiene como objetivo fundamental desarrollo tecnológico, actividades deportivas y asistencia social. Sus miembros fundadores son: LEONCIO REYES GARCIA, ANTHONY REYES GUZMAN, DARLENE REYES GARCIA, ANGEL JOSE BEATO CORNIEL Y MAXIMO LUGO JAIME, esta fundación esta compuesta por cinco (5) miembros: un (1) presidente, un (1) vicepresidente, un (1) secretario de finanzas, un (1) secretario de acta y correspondencia y un (1) secretario de organización. LEONCIO REYES GARCIA Presidente

PERDIDA DE MATRÍCULA Perdida de matrícula del “VEHICULO DE MOTOR AUTOMARICO TIPO AUTOMOVIL PRIVADO, MARCA: FORD, MODEO: EXPLORER, COLOR ROJO, CHASIS No. 1FMEU63EX6UA35212, AÑO: 2006, MATRICULA EXPEDIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS No. 3724292, No. De REGISTRO Y PLACA G239965.” A nombre de Vladimir Francisco Veras

AVISO DE DISOLUCION CENTRO DE AGROECOLOGIA Y EDUCACION TECNOLOGICO CAET En cumplimiento de la ley 122-05 del 03 de Mayo del 2005 se publica para el general conocimiento, lo siguiente: 1) Que en fecha 09 de Abril del 2014 la OFICINA NACIONAL DE LA PROPIEDAD PRIVADA ONAPI, emitió una certificación de CANCELACION VOLUNTARIA del Registro 328762, correspondiente al Nombre Comercial CENTRO DE AGROECOLOGIA Y EDUCACION TECNOLOGICO CAET; 2) Que los señores miembros fundadores en fecha 10 de Septiembre del 2014 constituidos en Asamblea Extraordinaria a los fines de Disolución del CENTRO DE AGROECOLOGIA Y EDUCACION TECNOLOGICO CAET, señores Johnny Cuevas Gómez, Anastacio Montero, Delenni Terrero Pérez, Elido Encarnación Sánchez, Jorge Dotel Santana, Saine María Matos Cuevas, Dory Amador Medina, Ramona Florián González de Matos, Seida Encarnación Encarnación, Máximo Manuel Trinidad Batista, .Manuel Antonio Perez Reyes, María Antonia Cuevas Florián, Cesilia Roa Mateo de Arismendy, Trini María González,, quienes aprobaron por unanimidad la disolución dela organización CAET 5) Que la Procuraduría General del Departamento Judicial de Barahona, mediante la RESOLUCION 058-2014, aprobó la disolución del CENTRO DE AGROECOLOGIA Y EDUCACION TECNOLOGICO CAET, en fecha 13 de Octubre del 2014.En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Doce (12) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2014).JOHNNY CUEVAS GOMEZ Presidenta

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento que la Octava Sala para asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil No. 00835/14, de fecha 09 de junio del año dos mil catorce (2014), cuyo dispositivo copiado textualmente dice: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO, intentada por los señores Francisco Suero y Aymee Joya Perdomo, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: EN cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Francisco Suero y Aymee Joya Perdomo, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones número 70, de fecha 2 de abril de 2014, instrumentado por el Lic. Moisés Arbaje Valenzuela, abogado notario público del Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La sentencia que antecede ha sido firmada por el Magistrado Danilo Caraballo Núñez, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencias públicas por mi secretaria. Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, pronunciada en la Oficialía de Estado Civil de la Primera Circunscripción, inscrita en el Libro 00013, del Registro de Divorcios, Folio 0027, Acta No. 001212, Año 2014.

“La verdad siempre”

nacionaLes

PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

AVISO PERDIDA CERTIFICADO DE TITULO

En virtud de lo que establece el Art.42 de la Ley No.1306-Bis sobre divorcio, se hace de publico conocimiento que en fecha 15 de Octubre del año 2014, la Octava Sala para Asuntos de Familia, de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia Civil No.01466-14, (expediente No.533-14-01256) cuyo dispositivo es el siguiente: FALLO PRIMERO: DECLARA regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores RAYMUNDO BAUTISTA ABREU Y ELIZABETH MARIA RAMIREZ PEÑA, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores RAYMUNDO BAUTISTA ABREU Y ELIZABETH MARIA RAMIREZ PEÑA, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de Convenciones y Estipulaciones No.05, de fecha 30 de julio del 2014, instrumentado por la Dra. Carmen E. González Rosa, Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, copia del cual ha sido integrada a la presente sentencia. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Daisy Miguelina Abreu Urbaez, Jueza. La presente sentencia ha sido firmada por la Magistrada Daisy Miguelina Abreu Urbaez, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del Tribunal. El presente divorcio ha sido pronunciado por el Oficial de Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 05 de Noviembre del año 2014, inscrito en el Libro No.00005 de registros de divorcio, folio No.0011, Acta No.000400, del año 2014.

De conformidad con la disposición de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, se hace de publico conocimiento que por causa de mudanza, se ha perdido el Certificado de Titulo (Duplicado de Dueño) No. 2000-7336, libro No. 1677, Folio No. 103, que ampara los derechos de propiedad del bien inmueble que se describe a continuación: Solar No. 22 (Veintidós), Manzana No. 5116 (Cincuenta y Uno Dieciséis), del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, en cual se encuentra ubicado un solar con una extensión superficial de Novecientos Veintiocho Metros Cuadrados con Cuarenta y Ocho Decímetros (928.48Mts), situado en la Urbanización Renatas Villas, calle No. 1, del Sector Cuesta Hermosa 3, Arroyo Hondo, Distrito Nacional, y el mismo está limitado, al Norte, por Solar No. 21, al Este Parcela No.39-, del D.C No. 4; al Sur, por la calle y al, Oeste, por la calle. Dicho certificado de Titulo Duplicado de Dueño, es propiedad de los señores Amadeo Pellicce Vicente y Zoila Isabel Taveras Herrera.-

LIC. YUNI V. MORILLO ROMERO Abogado

AVISO DE INCORPORACION LEGAL ASOCIACION DE PORCICULTORES ENMANUEL (ASDEPEM) HATO MAYOR DEL REY, PROVINCIA HAYO MAYOR, REPUBLICA DOMINICANA. De conformidad con lo estipulado en el artículo 5, párrafo I, II y III de la ley No. 122-05, del año 2005 sobre asociaciones sin fines de lucros, se hace de público conocimiento que mediante resolución No. 00150/14 de fecha 16 del mes de Octubre del año 2014, expedida por el procurador general de la corte de apelación del departamento judicial de San Pedro de Macorís, Lic. Lucas E. Pérez José, le concede el beneficio de la INCORPORACION LEGAL a la ASOCIACION DE PORCICULTORES ENMANUEL (ASDEPEM), de la provincia de Hato Mayor. Esta Institución tiene su domicilio social y principal en la calle Prolongación Independencia No. 01, del sector Plata Bella, de la ciudad de Hato Mayor del Rey, provincia Hato Mayor, y los fines a lo que se dedica y serán siempre licito, siendo sus principales misiones y objeto, incrementar el nivel de vida de sus miembros y de la comunidad, atreves de introducir mejoras técnicas de producción precuaria y comercialización en la crianza de cerdos, ayudar al mejoramiento de la infraestructura, urbana y rural, en el ámbito deportivo, cultural y educacional, entre otras que señala sus estatutos. Esta institución fue fundada por los productores Alfonso María Henríquez Silvestre, presidente; Jorge Familia Catedral, vice-presidente; Auris Elias Peguero Toribio, tesorero; Maria Nelli Familia, secretaria general; Marcelino Rocha Mediana, primer vocal; José Dolores Cadet Matos, segundo vocal; Juan Bautista Peguero Jiménez, tercer vocal. Se hace saber que esta institución establece en sus estatutos que será representada ante tercera persona por su presidente, Que la duración de la misma es por tiempo indefinido, y que el número de los funcionarios de la junta directiva es de siete (7) miembros, siendo los nombres y cargos los que se han indicados con anterioridad. Se hace costar que tanto miedo la resolución de incorporación leal como los demás documentos constitutivos de la ASOCIACION DE PORCIICULTORES ENMANUEL (ASPEDEM), fueron depositados mediante inventario por ante la secretaria del ayuntamiento municipal del municipio de Hato Mayor del Rey, en fecha 13 del mes de Octubre del año 2014. La presente publicación se hace para vigencia definitiva a la integración legal de esta institución, conforme a la ley que rige esta materia y con todas las consecuencias legales. En el municipio de Hato Mayor del Rey, provincia Hato Mayor, República Dominicana

PUBLICACION DE DIVORCIO En virtud de las disposiciones de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veintinueve (29) de Octubre del año dos Mil Catorce (2014), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Hato Mayor, en sus Atribuciones Civiles, dictó la sentencia No. 129-14, cuyo dispositivo es el siguiente: DECIDE: PRIMERO. Acoge como buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda de divorcio por Mutuo Consentimiento, entre los cónyuges RICARDO LUIS NUÑEZ y LEONILDA RODRIGUEZ SANTANA, por haber sido presentada en cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia. SEGUNDO: En cuanto al fondo, admite el divorcio por mutuo consentimiento entre RICARDO LUIS NUÑEZ y LEONILDA RODRIGUEZ SANTAAN, de conformidad con la Compulsa Notarial, de fecha ocho de Abril del año Dos Mil Catorce (2014) en el acto instrumentado por el DR. WILLIAM RADHAMES CUETO BAEZ, Notario Público de los del número para este Municipio de Hato Mayor, cuyas convenciones transcritas establecen lo siguiente: Que durante el matrimonio procrearon dos hijos de nombres YILDA LUISA Y LUIS LEONARDO, según actas de nacimiento No. 228, libro 25 T, Folio 28, del año 2001, y el acta No. 62, libro 6, folio 62, del año 1998, y que quedan bajo la custodia de la madre; (b) Que existen bienes muebles que partir y que lo harán por otro acto posterior al divorcio. (c) Que la esposa por medio de la presente, renuncia a cualquier pensión que pudiera corresponderle por ser un ente productivo y no precisa de la misma para enfrentar sus gastos y obligaciones de mujer, pues es auto suficiente. (d) Que en cuanto a la pensión alimentaria que le corresponde otorgar al padre los mismos han convenido hacerlo por separado al presente documento. (e) al LICDO. EMIL JOSE ZAPATA MONEGRO, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, miembro activo del Colegio Dominicano de Abogados con matricula número 30877-530-05, portador de la cédula de identidad personal y electoral No. 027-0034984-4, con estudio profesional abierto en la calle Palo Hincado No. 42 de esta ciudad de Hato Mayor del Rey; para que los represente en justicia y en sus respectivos nombres, concluya todos los actos del procedimiento de divorcio, pudiendo delegar este poder en cualquier otro abogado de su elección. TERCERO: Ordena a la parte más diligente, a presentarse por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente en un plazo no menor de ocho (8) días francos, a partir de la presente sentencia, para hacerla transcribir en los registros destinados al efecto, así como publicarla en un periódico de mayor circulación nacional, y depositar un ejemplar en la Secretaría de este Tribunal, dentro de los plazos también determinados por la ley. CUARTO: Así de pronuncia, ordena, manda y firma. DRA. YUMIRIS TUITT SANTANA, (Jueza de la Cámara Civil y Comercial), y LICDA, ROSARIO E. RUIZ (Secretaria). El divorcio admitido por la sentencia ut-supra indicada fue pronunciado por la Oficial Civil de Hato Mayor, en fecha Nueve (09) del mes de Octubre del año 2014, la cual ha sido transcrita en el libro No. 00002, Folio No. 0003, bajo Acta No. 000102 del año 2014. En la ciudad de Hato Mayor del Rey, Provincia Hato Mayor, República Dominicana.

LIC. CLAUDIO COCHON ABOGADO

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento de las disposiciones del articulo 42 de la ley No. 1306 BIS, sobre divorcio y para general conocimiento publico, se hace saber lo siguiente : a) Que en fecha 16 del mes Julio del año 2014, la Cámara Civil y Comercial del Juzgado la Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, Primera Sala, dicto una sentencia de Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres marcada con el No. 2398, cuyo dispositivo es el siguiente: A L L A: F PRIMERO: RATIFICA el defecto pronunciado en audiencia contra la parte demandada JOSE FRANCISCO TEJEDA, por no haber comparecido no obstante haber sido legalmente citado. SEGUNDO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres entre los señores JOSE FRANCISCO TEJEDA Y JOSEFINA SANCHEZ MERCEDES, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres; TERCER: COMPENSA las costas del procedimiento por tratarse de una litis entre esposos; TERCERO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialía del Estado Civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la Ley de Divorcio; CUARTO: COMISIONA al Ministerial Ramón A. Polanco Cruz, Alguacil de Estrados de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, para la notificación de esta Sentencia; Así se pronuncia, Ordena, manda y firma (Firmados: RAFAEL DELFIN PEREZ Y PEREZ, JUEZ; NANCY UBALDO CRUZ, SECRETARIA). El mismo día, mes y año citado, la cual fue leída por mi secretario que certifica b) Que el referido divorcio fue pronunciado y transcrita la referida sentencia por ante el oficial del Estado Civil de la 12VA. Circunscripción, Santo Domingo Este, en fecha 30 de Octubre del año 2014, inscrita en el Libro No. 00001-D, de registro de Divorcio, Folio 0171, Acta No. 000086, del Año 2014.En Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2014).LICDA. SUSANA CASTILLO ABOGADA

PUBLICACION DE DIVORCIO Para general conocimiento y en cumplimiento de las disposiciones del Art.42 de la ley 1306-Bis, por la presente publicación se hace constar que en fecha 20 de junio del año dos mil catorce (2014), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal, dicto en sus atribuciones civiles una sentencia de divorcio marcada con el No. 369-2014, la cual falla de la siguiente manera: FALLA: PRIMERO: Se pronuncia el defecto en contra del demandado señora IRMA IVELISSE NIEVES MORALES, por falta de comparecer, no obstante emplazamiento legal. SEGUNDO: Se admite el divorcio entre los señores JULIAN RAFAEL PERDOMO MOJICA y IRMA IVELISSE NIEVES MORALES, por la causa determinada de INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, con todas sus consecuencias legales; TERCERO: Se ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de San Cristóbal, previo cumplimiento de las formalidades de ley; CUARTO: Se comisiona al ministerial DIOMEDES CASTILLO MORETA, Alguacil de Estrados de este Tribunal, para la notificación de la presente sentencia; QUINTO: Se compensan pura y simplemente, las costas del procedimiento; El presente divorcio fue pronunciado por ante la Oficialía de la Primera Circunscripción de San Cristóbal, en el Libro 00001, Acta 000064, Folio 0127 del año 2014, en fecha 14 de octubre del año 2014. LIC. GERVACIO TRINIDAD Abogado Apoderado

PUBLICACION DE DIVORCIO En Cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcios, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la Octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.533-12-01259 de fecha Veintiocho (28) de Septiembre del año Dos Mil Doce (2012), dispositivo dice: ---------FALLA PRIMERO: Declara regular y valida la acción de divorcio por mutuo consentimiento seguida por los señores, Santo Randol Franco Ozuna Y Noemi Saturria Francis, en consecuencia, Declara Disuelto el vinculo matrimonial entre los mismos. SEGUNDO: Se homologa el acto de Estipulaciones y convenciones No.01/2012, de fecha 08 de Agosto del 2012, debidamente compulsado, del protocolo del Dr. Ramon B. Martinez Portorreal, Abogado Notario Público de los del número para el Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. CUARTO: Compensa pura y simple las costas del procedimiento. La sentencia que antecede ha sido firmada por el magistrado Honorio Antonio Suzaña, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública, por mi secretaria; El divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, en fecha Quince (15) del mes de Octubre del año dos mil Catorce (2014), inscrito en el Libro No.00019, Folio No.0030, bajo el Acta No.001802 del año 2014, según sentencia de fecha Veintiocho del mes de Septiembre del año dos mil Doce (2012).- En Santo Domingo, capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Noviembre del año dos mil Catorce (2014).

LIC. LUIS RAMON PEREZ ABREU Abogado

LICDO. EMILIO ZAPATA MONEGRO

LIC. JORGE L. HOOGLUITER HENRIQUEZ Abogado

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO

En Cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcios, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la Sexta Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.02518/2014 de fecha Veintitrés (23) de Septiembre del año Dos Mil Catorce (2012), dispositivo dice: ---------FALLA UNICO: Declara bueno y valido el acto de estipulaciones y convenciones No.123/2014, firmado por los esposos Ismael Pérez Santana Y Fior Daliza Domínguez, de fecha veintitrés (23) del mes de julio del año dos mil Catorce (2014), por ante el Dr. Manuel Emilio Méndez Batista, Abogado Notario Público de los del número para el Distrito Nacional, en consecuencia: A. ADMITE: el divorcio por mutuo consentimiento entre los conyugues ISMAEL PEREZ SANTANA Y FIOR DALIZA DOMINGUEZ. B. COMPENSA pura y simple las costas del procedimiento; C. ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del estado Civil correspondiente. Asi se pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: EVELYN TORRES, JUEZ; MIRTHA M. DE LA CRUZ DIAZ, SECRETARIA). La sentencia que antecede ha sido dad y firmada por la magistrada juez de este tribunal, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública, por mi secretaria que certifica. El divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, en fecha Quince (15) del mes de Octubre del año dos mil Catorce (2014), inscrito en el Libro No.00019, Folio No.0028, bajo el Acta No.001801 del año 2014, según sentencia de fecha Veintitrés del mes de Septiembre del año dos mil Catorce (2014).- En Santo Domingo, capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Noviembre del año dos mil Catorce (2014).

En Cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcios, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la Octava Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.01190-14 de fecha Doce (12) de Agosto del año Dos Mil Catorce (2014), dispositivo dice: ---------FALLA PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la Demanda en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores, Franklin De Jesús Payano Y Virmaria Jiménez Evangelista, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia; Declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores, Franklin De Jesús Payano Y Virmaria Jiménez Evangelista, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No.89/2014, de fecha 10 de marzo del 2014, instrumentado por el Dr. Manuel Emilio Méndez Batista, Abogado Notario Público de los del numero para el Distrito Nacional. TERCERO: Ordena al oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La sentencia que antecede ha sido firmada por la magistrada Daisy Miguelina Abreu Urbaez, el mismo día, mes y año citados la cual fue leída en audiencia pública, por mi secretaria; El divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, en fecha Quince (15) del mes de Octubre del año dos mil Catorce (2014), inscrito en el Libro No.00019, Folio No.0027, bajo el Acta No.001800 del año 2014, según sentencia de fecha Doce del mes de Agosto del año dos mil Catorce (2014).- En Santo Domingo, capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Noviembre del año dos mil Catorce (2014).

En Cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcios, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que la séptima Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No.0678-2014 de fecha diecinueve (19) de Mayo del año Dos Mil Catorce (2014), dispositivo dice: ---------FALLA PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción de divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Gabriel Martínez Y Dorka Aluisa Peña, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores, Gabriel Martínez Y Dorka Aluisa Peña, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones No.48/2014, de fecha 4 de marzo del 2014, instrumentado por el Dr. Manuel Emilio Méndez Batista, Notario Público de los del numero para el Distrito Nacional, copia del cual ha sido integrada la presente sentencia. TERCERO: Ordena al oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: ILeana Gabriela Perez García, Juez. La Presente sentencia ha sido firmada por la magistrada ILeana Gabriela Perez García, el mismo día, mes y año señalados al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y sello del tribunal. El divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana, en fecha Veinticuatro (24) del mes de Julio del año dos mil Catorce (2014), inscrito en el Libro No.00013, Folio No.0196, bajo el Acta No.001295 del año 2014, según sentencia de fecha 19 del mes de Mayo del año dos mil Catorce (2014).- En Santo Domingo, capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Noviembre del año dos mil Catorce (2014).

ALTAGRACIA MEDINA GONZALEZ Abogada

LIC. ROSA MARIA GUILLEN Abogada

LIC. ROSA MARIA GUILLEN Abogada


nacionaLes

“La verdad siempre”

Del 16 al 22 de Noviembre del 2014

7

Impuestos Internos presenta Nuevo Portal más moderno y amigable para Contribuyentes La Dirección General de Impuestos Internos presentó hoy su nuevo portal que responde a las tendencias del diseño web a nivel mundial y de cara al nuevo Plan Estratégico 2014-2017 de colocar a la Administración Tributaria más cerca de las y los contribuyentes. El acto de lanzamiento de presentación se realizó este miércoles en la sede central de la institución encabezado por su Director General, Guarocuya Félix, Esther Hernández Medina, Subdirectora de Planificación y Desarrollo, y José Ramón Torres, Encargado de Comunicación y Relaciones Públicas. Actualmente el portal web dgii.gov.do recibe un promedio diario de 35 mil visitas lo que equivale a casi siete millones de visitas mensuales. El 79% son visitas recurrentes. Un 10% navega desde dispositivos móviles y el 90% lo hace desde navegadores de última generación. Mientras, el número de cuentas en la Oficina Virtual asciende a 381,163 y de este número 26,305 fueron abiertas en este año 2014. Los detalles sobre las innovaciones del nuevo portal los ofreció Edgardo Pérez,

encargado del Data Center y responsable de la parte tecnológica del proyecto, y Noralina Cespedes, encargada de la Unidad de Página web. El rediseño de la propuesta visual responde a los criterios de Usabilidad y Accesibilidad, con elementos gráficos e intuitivos para asistir la navegación, una consistencia en el diseño a lo largo de toda la experiencia de visita en la página, mejo-

ras en legibilidad de contenido así como la posibilidad de aumentar o reducir el texto sin sacrificar la estética y la presentación de un contenido amigable con lectores de pantallas para personas con discapacidad visual. Por otro lado, para la estructura de contenido fue concebida a partir de los diferentes perfiles de usuarios que más visitan el portal, identificados con las estadísticas sobre usuarios de

Google Analytics y en estudios internos en función de las necesidades de os contribuyentes. En respuesta a estas necesidades, el portal presenta el 70% de su contenido en un menú principal horizontal con dos escalas de navegación condensando toda la información del portal anterior en las siguientes secciones: Contribuyentes, Ciudadanía, Información Tributaria, Servicios, Legislación, Noticias DGII y

Oficina Virtual. Se crearon tres nuevas secciones Contribuyente, Ciudadanía y Noticias DGII. La Sección Contribuyentes contiene toda la información de interés, ya sea Persona Física, Persona Jurídica, PIMYPES o Regímenes Especiales. En el espacio de Ciudadanía se encuentrarecopilada la informaciónde los diferentes tipos de impuestos que paga la ciudadanía que no tiene responsabilidad tri-

butaría permanente con la DGII. Allí se encuentran todo sobre vehículos de motor, Gastos Educativos, impuestos a las Sucesiones, Donaciones, IPI y otros trámites. Mientras que la sección Noticias DGII es un espacio dirigido periodistas, comunicadores y líderes de opinión donde podrán encontrar de primera mano las informaciones sobre la actualidad de la DGII así como documentos de interés y videos de importancia para la consulta periodística. Por otro lado están las categorías Información Tributaria que agrupa todo lo relacionado a la naturaleza de los impuestos que recauda la DGII, así como las publicaciones oficiales, materiales informativos y de consultas para garantizar el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias del contribuyente. La sección Servicios dispone de las herramientas consultas, calculadoras y formularios con los principales trámites que el contribuyente realiza en la DGII de una forma ágil y rápida; y en la sección Legislación se presenta todo elcontenido legislativo necesario para el manejo tributario.

El personal técnico del FMI concluye la visita a la República Dominicana Una misión del FMI encabezada por Przemek Gajdeczka visitó Santo Domingo del 3 al 12 de noviembre de 2014. El equipo evaluó la situación macroeconómica y analizó los retos económicos, las prioridades en materia de políticas y los temas que se podría abordar en la próxima consulta del Artículo IV, programada para mediados de 2015. La misión se reunió con el ministro de Hacienda, Simón Lizardo; el ministro de Economía, Temístocles Montás; el ministro de Educación, Carlos Amarante; y el gobernador del Banco Central, Héctor Valdez

Albizu, así como con otros altos funcionarios del gobierno y del banco central, y representantes del sector privado. Al concluir la visita, Gajdeczka dio a conocer la siguiente declaración: “Las perspectivas a corto plazo parecen ser más favorables de lo que se anticipó en la consulta del Artículo IV correspondiente a 2014. Tras alcanzar 4.6 por ciento en 2013, el crecimiento del PIB real se aceleró a 7 por ciento (interanual) en el período enero-septiembre de 2014, impulsado por un repunte del turismo y la construcción,

para terminar en un 6 por ciento al cierre del año. En consecuencia, el desempleo abierto ha disminuido de 7 por ciento hace un año a 6 por ciento. La inflación se mantiene baja (2.9 por ciento interanual en octubre), en parte gracias a la caída de los precios de los bienes transables y a la desaceleración de la depreciación cambiaria. El déficit de la cuenta corriente externa se mantendría en general sin grandes cambios respecto de 2013 (en torno a 4 por ciento del PIB), pero significativamente por debajo de los niveles de 2010–12. Esta mejora refleja el comienzo de las

exportaciones de oro, términos de intercambio favorables, y la solidez de los ingresos por turismo y las remesas. Las reservas internacionales brutas ascendían a US$4.4 mil millones (aproximadamente 2.9 meses de importaciones) a fines de octubre, un incremento de US$1.1 mil millones desde octubre de 2012. “La misión apoya los esfuerzos del gobierno central por controlar su gasto y al mismo tiempo aumentar el gasto en educación, lo que permitiría cumplir con la meta prevista en el presupuesto de 2014 —2.8 por ciento del

PIB. Las pérdidas cuasi fiscales del Banco Central se incrementaron por la reducción en las transferencias para la recapitalización. Asimismo, las pérdidas continuas que experimentó el sector eléctrico contribuyeron al aumento de los atrasos ante las empresas de generación. Estos factores incrementarán la deuda total del sector público consolidado a más de 50 por ciento del PIB para fines de 2014, lo cual representaría un alza acumulada de alrededor de 18 puntos porcentuales del PIB desde 2008. “Para 2015, la misión proyecta un crecimiento del PIB

real de alrededor de 4.5 por ciento, acompañado de un aumento de la inflación hacia el punto medio de la banda fijada como meta por el banco central (3 a 5 por ciento). El déficit de la cuenta corriente externa se contraería más, a aproximadamente 3 por ciento del PIB, debido sobre todo a la caída de los precios del petróleo. La misión está de acuerdo con el objetivo de las autoridades de subir las reservas internacionales brutas y mantenerlas por encima del equivalente de tres meses de importaciones para afianzar la resistencia de la economía ante choques externos.


16

Del 16 al 22 de Noviembre del 2014

“La verdad siempre�

nacionaLes


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.