Primicias 1112

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AÑO XXI NO. 1112 DEL 22 AL 28 DE MARZO DE 2015, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA • RD$10.00, ESTADOS UNIDOS US$1.00

Proponen intervenir PN y Fuerzas Armadas Delincuencia militar y policial confirma descomposición en cuerpos armados Prohibición EU importación de frutas y vegetales RD llevaría a la quiebra a productores, Perjudicaría Ocoa, Constanza, Jarabacoa, Altamira, Línea Noroeste y otros pueblos Autoridades UASD golpean cooperativa profesores y empleados

Barrieron a 1,004 reformistas en la Cancillería

Cerrar IDSS sería error histórico de Danilo y del Congreso Nacional


La segunda

Santo Domingo, República Dominicana Año de la superación del analfabetismo

Del 22 al 28 de Marzo del 2015

DANILO DEBE UTILIZAR EL LIBRITO DE BALAGUER

Delincuencia militar y policial destruye la imagen del gobierno, historia abusos, atracos, sicariato, bandas, secuestros y extorsiones La delincuencia militar y policial destruye la imagen del país y del gobierno que encabeza el presidente Danilo Medina. El desbordamiento de ese tipo de delincuencia ha provocado enérgicas reacciones del cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez, la fiscal del Distrito Nacional, Yeny Berenice y otros sectores de la sociedad dominicana, preocupados por el auge delincuencial que afecta la nación. ESCANDALOSA DELINCUENCIA MILITAR Y POLICIAL La escandalosa delincuencia militar y policial es propicia para que el presidente Danilo Medina ordene la intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas para enfrentar la situación, utilizando lo que en circunstancias especiales hacía con su librito el ex presidente Joaquín Balaguer. Esa es la opinión de diferentes sectores alarmados por la delincuencia militar y policial en República Dominicana. El país conoce lo ocurrido en el Departamento Antinarcóticos de la Policía Nacional (DICAN) y otros hechos que confirman la descomposición en ese cuerpo para el orden público. El robo y venta de casi mil kilos de cocaína en el DICAN confirma como andan las cosas en la Policía Nacional. El caso está en la justicia luego de seis meses de encubrimiento interno, según lo que ha trascendi-

mas no sea paralizado por la falta de mantenimiento. HASTA CORONELES TEMEN SER VICTIMAS DE LA DELINCUENCIA INTERNA Y EXTERNA Primicias fue enterado de que hasta coroneles y otros miembros de la Policía temen ser víctimas de la delincuencia interna y externa.

DANILO MEDINA

do y que llevó al gobierno de Estados Unidos a presionar para que lo destaparan y llevaran a los tribunales. Otro tema que genera muchos comentarios en los pasillos policiales es la causa de amotinamientos de agentes policiales en el pasado, producto de supuestas irregularidades con los ascensos, atribuidas a una persona con mucho poder dentro de esa institución. LA INTERVENCION Esa intervención del Poder Ejecutivo en la Policía Nacional y en las Fuerzas Armadas, según analistas, debe ser acompañada con cambios profundos en los mandos, mayores y estrictos controles, aplicación de línea dura con los policías y militares que delincan y otras acciones para enfrentar la delicada situación. Siendo presidente de la República el doctor Joaquín Balaguer hizo una práctica la intervención de la Policía Nacional designando un general del Ejército, Marina de Guerra

YENI BERENICE REYNOSO

MAYOR GENERAL DE LOS SANTOS MORA

MANUEL CASTRO CASTILLO

VICEALMIRANTE DOMINICCI

EDWIN

MAYOR GENERAL CACERES CHESTARO

CARDENAL LOPEZ RODRIGUEZ

o Fuerza Aérea Dominicana para enfrentar situaciones de emergencia. En una ocasión Balaguer tomó medidas especiales en las Fuerzas Armadas luego de que un grupo de generales renunciaran a sus cargos.

considerado como una reserva moral de las Fuerzas Armadas, al igual que los mayores generales Cáceres Chestaro y Edwin Dominicci. Si se decidieran designar a un mayor general retirado para ser reintegrado pudieran optar por el vicealmirante Lajara Solá o los mayores generales Jáquez López y Nelson Marmolejos, todos de línea dura para enfrentar con energía la delincuencia policial y militar. Por el auge delincuencial en el país, Álvaro Arvelo Hijo, comentarista de la Z-101, apela siempre a las figuras del gene-

ralísimo Rafael Leónidas Trujillo Molina y el general Ludovino Fernández.

OPCIONES PARA EL PRESIDENTE MEDINA Si el presidente Danilo Medina optara por la intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, para lograr objetivos exitosos ahí están el mayor general Gerardo de los Santos Mora, con experiencia miliar y policial,

MANEJO DE LOS COMBUSTIBLES EN LA POLICIA Conocedores de la temática policial y que acuden a diferentes tertulias que abordan los temas militares y policiales, entienden que la Policía Nacional debería dar un uso súper planificado a los combustibles para ser más eficiente en la lucha contra la delincuencia. El asunto es que nadie se quede sin combustibles para patrullar y que cualquier vehículo con proble-

EXPERIENCIA EN LA MARINA DE GUERRA Luego de que el narcotráfico penetrara la entonces Marina de Guerra, el presidente de entonces Leonel Fernández se decidió por intervenir ese cuerpo designando al hoy vicealmirante retirado Luis Homero Lajara Sola, para que expulsara las lacras y limpiara la institución. Lajara Solá, el vicealmirante Edwin Dominicci y otros oficiales cumplieron el deber y se la jugaron enfrentando las lacras que se involucraron en actos delincuenciales. Mientras el país es castigado por la delincuencia, generales como los mencionados son subtulizados. LO QUE DIJO LA FISCAL Esta semana la fiscal del Distrito, Yeni Berenice Reynoso, reveló que en el 90 por ciento de los delitos hay involucrados policías y militares. Según la magistrada, en la mayoría de los casos de sicariato y narcotráfico a gran escala hay policías y militares. La fiscal del Distrito sugiere que se adopten medidas para enfrentar la situación.


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“La verdad siempre”

Retroceso en Fuerzas Armadas y PN: Generales activos promueven a Leonel Circula la versión de que generales activos de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas están involucrados de nuevo en actividad política a favor del ex presidente Leonel Fernández. Un general de la Armada y otro de la Policía se la pasan haciendo campaña a favor de Fernández, junto a un ex procurador general de la República. Hasta en una finca hablan de política, lo que es un retroceso a la despolitización de las Fuerzas Armadas en el gobierno del fallecido presidente Antonio Guzmán

Fernández. No solo algunos de los activos hacen campaña, sino también los retirados. CALIESAJE MILITAR Y POLICIAL El caliesaje militar y policial es un tema histórico en el país. Hablan por ahí de que los organismos de seguridad del Estado estarían vigilando a los militares sin funciones, la mayoría de los cuales se dejan ver por la Fundación Global, mientras la inteligencia leonelista lo haría con los que están pegados en la

administración actual. Hay quienes se han atrevido a decir en peñas de la ciudad que agentes de seguridad del Estado acosarían vigilando los pasos del ex presidente Leonel Fernández y a los pegados en su entorno político.

En uno de esos encuentros de personas super bien informadas se comentó que un ex director de AMET, general de la Policía Nacional, y otro de la armada están a la franca haciendo campaña a favor de Leonel Fernández para las elecciones de 2016. Mientras que la inteligencia que ofrecería informaciones al ex presidente Fernández habría detectado supuestas reuniones en el país y en el exterior para intentar afectar el proyecto presidencial leonelista. Que dura está la política del país.

REHABILITACION BONAO INFORMA GESTION 2014 POR GUIBBY DE LA CRUZ BONAO. La Asociación Dominicana de Rehabilitación, Filial Bonao, dio a conocer su informe anual de sus actividades, tanto en las áreas de salud y financiera, correspondiente al año 2014. Durante la asamblea efectuada a inicio de este mes de marzo, en el salón multiusos de la Asociación Bonao de Ahorros y Préstamos, -ABONAP-.

De acuerdo a los directivos de Rehabilitación Bonao, un total de 44,059 servicios fueron realizados en: consultas, chequeos y pruebas, terapia física, escuela de espalda, terapia ocupacional, terapia de lenguaje y aprendizaje, servicio ambulatorio, evaluación y diagnóstico, psicología, formación laboral, así como estimulación temprana. Se registraron durante el 2014 un total de 1,714 pacientes de nuevo ingreso.

La filial Bonao de Rehabilitación, también realizó 11 operativos en distintas comunidades de la provincia Monseñor Nouel, donde se atendieron a 943 personas. Se entregaron aditamentos entre los cuales citaron 18 sillas de ruedas, 2 bastones, 2 muletas y 4 tapones para muletas. En cuanto a la Terapia Recreativa, fueron atendidos 97 candidatos, en sesiones grupales, quienes recibieron 244 sesiones de tratamien-

tos. Las principales actividades realizadas comprenden gimnasia, música, baile, canto, circulo de lectura, artesanías, teatro y danza. Financieramente, la filial Bonao de Rehabilitación, logró el pasado año ingreso por el orden de los 19 millones de pesos, de los cuales un 88% provino de los servicios prestados, un 3.5% aporte del Ministerio de Salud Pública y un 8% mediante las actividades de Captación de Recursos.

TEMAS CALIENTES

BARRIERON A LOS REFORMISTAS EN LA CANCILLERIA En la Cancillería barrieron a los reformistas. Una lista de 1,004 empleados reformistas excluidos en la actual administración genera tensión en familias que apoyaron al presidente Danilo Medina para que llegara al Palacio Nacional… …….. La reelección radicaliza los leonelistas y danilistas en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD)…….Pregunta caliente: ¿Con quién están Luis Acosta Moreta, Zorrilla Ozuna, el PTD y otros partidos del Bloque Progresista, con Leonel o la reelección?............A propósito de

Zorrilla Ozuna, se define como peñagomista, chavista, leonelista, danilista y mucho más. Progresó en el gobierno de Hipólito y lo abandonó, al igual que Soto y otros guardias. Cosas de los guardias metidos a políticos………..El pueblo espera que Vargas Maldonado presente los soportes de los mil trescientos millones de pesos de fondos públicos que le reclama la Cámara de Cuentas… ….Fernando Fernández, el director de Aduanas, confirma con sus pasos que no tiene miedo ni pelos en la lengua. Reacciona contun-

dentemente con el tema de los rayos X……… Arde el tema de los rayos en los puertos aquí y en Estados Unidos……… .Mucha gente está criticando la gestión de la doctora Taty Guzmán en Salud Pública. Interactivos se que-

jan llamando a emisoras. La acusan de afectar a los pobres……….El abuso de la rectoría y otros funcionarios de la UASD contra la cooperativa de los empleados y profesores llegó a un tribunal…….Por cierto, en todas partes califican de muy floja y de pocos logros la rectoría del doctor Iván Grullón en la UASD. Dizque es mucha espuma y poco chocolate…….Siguen apareciendo militares en casos de drogas. Busquen lo ocurrido con el último en el Aeropuerto Internacional de Las Américas José Francisco Peña Gómez…

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Hablando Alto

José abreu

PERIODISTA / abreu16jose@hotmail.com

EL CODIGO HAMMURABI El código hammurabi se le atribuye al rey de Babilonia Hammurabi y es uno de los conjuntos de leyes más antiguo que se conoce, pues data del año 1760 A.C. creado en la antigua Mesopotamia y se basa en la aplicación de la ley del Talión de ojo por ojo y diente por diente. Este código de leyes unifica los diferentes códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico y se le señala como el concepto jurídico de que, muchas leyes son tan fundamentales que ni un rey tiene la capacidad de cambiarlas, pues las leyes escritas en piedras eran inmutables. Estas leyes, igual que los códigos de la antigüedad son consideradas de origen divino, como se representa la imagen tallada en lo alto de la estela, donde el Dios Shamash, el Dios de la justicia, entrega las leyes al rey Hammurabi. El código está redactado en primera persona, y cuenta como los dioses eligen a Hammurabi para que ilumine al país y así asegurar el bienestar de la gente. Se recuerda que antes de existir estas leyes, la administración de la justicia recaía en los sacerdotes, quienes luego de Hammurabi, pierden este poder, y al mismo tiempo unificaba los criterios, evitando la objetividad de cada juez. El rey Hammurabi ordenó que se pusieran copias de este código en las plazas de cada ciudad para que todos los ciudadanos la conocieran así como los castigos por cada violación a las

mismas. Cada copia comenzaba con la conducta delictiva y luego indicaba el castigo correspondiente y una de ellas establece la Ley del Talión ojo por ojo, diente por diente. El rey de Babilonia Hammurabi, pensó que el conjunto de leyes de su territorio tenía que escribirse para complacer a los dioses. Este código fue escrito en bloque de basalto y se colocaron ejemplares a lo largo y ancho del reino. El objetivo principal era homogenizar el reino de Hammurabi, dando a todas las partes del reino una legislación común. Durante las diversas invasiones de Babilonia, el código fue trasladado, primero hacia el año 1200 A.C a la ciudad de Susa, actual Irán. El código esta numerado del 1 al 228 y fijan diversas reglas de la vida cotidiana y está inspirado con el sentimiento de orden, fijándose la responsabilidad mutua del amo y del obrero. Donde establece que este debe recibir un salario cada mes y tres días vacaciones cada mes. Se dice que el código es una recopilación de leyes sumeria, hecho por un rey Hammurabi, sexto de los reyes de la primera dinastía babilónica, amorreo y semita aunque no en sumerio. Si hoy tenemos organización judicial se lo debemos al código Hammurabi, que a pesar de tantos años de escritos es la norma que sigue en la actualidad, naturalmente adaptado a estos tiempos.


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opinión

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Santo Domingo, República Dominicana

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Lic. Alex Jiménez Presidente-Director periodicoprimicias@gmail.com

Lic. Wanda Polanco Vicepresidenta Ejecutiva

Arq. Lilliam Polanco

Lic. Manuel Mancebo

Gerente Administrativa

Asesor

REDACCION Robert Vargas, José Abreu, Yolanda Tapia, Héctor Ramón Zapata Marcelo Florián, Esteban Delgado, Francisca Ramirez

ANALISTAS INVITADOS Mario Rivadulla, Ramón Rodríguez, Robert Vargas, Luis Ruiz Pou, Buenaventura Bueno Torres, Pedro Ventura Santana, Juan Cruz Triffolio, Andrés Patiño, Luis José Chávez y Frank Núñez

REPRESENTANTES EN EL INTERIOR Moca y Cibao Central- Isidro Silva; Monte Plata, Luis Danilo Santamaría; Línea Noroeste- Francisco A. Rodríguez; Sosúa, Puerto Plata y la Costa Norte-Víctor Morales O.; San Cristóbal-José A. Thomás y Miguel Angel Solano; Azua- Freddy Peña Pastor; Hato Mayor del Rey- Felipe Herrat; San Juan de la Maguana-Manolo Cabral; El Seybo -Carmen Carela; Neyba-Maritza Peña; Bonao, La Vega y Constanza-Guiby de la Cruz; Esperanza-Francisco Quico Rodríguez; La RomanaJohnny Sánchez; San Pedro de Macorís-Leonardo Veloz Reyes; Barahona- Don Rodolfo Lama; Jarabacoa-Luis Manuel Abreu; Samaná-Virgilio Mercado; La VegaIsrael Castillo; Baní-Radhamés Villar; Dajabón-Nelson Rickard; Higüey-Tomás Santana y Livio Mariano Cedeño; Haina-Germán Martínez y Magüá Moquete Paredes, Navarrete-Pablo Disla; Santiago-Narciso Pérez, Carlos Ramírez Báez

DEPORTES Renaldo Bodden

REPORTEROS GRAFICOS Domingo Gómez

Rafael Díaz Santana

829-844-3379

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BURO INFORMATIVO EN NUEVA YORK Miguel Cruz Tejada, Teléfono (212) 795-9315 •Email: mcruztejada@hotmail.com

BURÓ INFORMATIVO EN WASHINGTON, D.C. José Alejandro Pérez B. y Mirtha Bergés bergés17@yahoo.com BURO INFORMATIVO EN PUERTO RICO Gheidy de La Cruz y Ramón Vélez BURO INFORMATIVO EN NEW JERSEY Rolando Hernández BURO INFORMATIVO EN LA FLORIDA Rose Mary Santana OFICINA REGIONAL CIBAO CENTRAL Isidro Silva, coordinador general Teléfono 809-578-0638 BURO INFORMATIVO LINEA NOROESTE Francisco A. Rodríguez • Tel.: 809-816-8288

Contra el cierre del IDSS, trampa histórica para Danilo y el Congreso Nacional errar el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) sería un grave error histórico del presidente Danilo Medina y el Congreso

C

Nacional. En una nación en la que hay que hay que triplicar o cuadruplicar la inversión en salud, ningún gobierno debe darse el lujo de cerrar el IDSS, que en 68 fructíferos años ha hecho grandes aportes a la sociedad dominicana. En vez de cerrar el IDSS, deberían invertir altas sumas de dinero en la rehabilitación de sus hospitales y clínicas para ofrecer mejores servicios. El IDSS es víctima de sectores poderosos que no admiten el logro de su transformación en un 80 por ciento en sus principales hospitales de su red de salud. ¿No es un gran logro que la ARS Salud

Segura mantenga un programa único de afiliación a los trabajadores sin copago de los servicios de salud? ¿Por qué plantear el cierre de una institución que atiende en sus emergencias a decenas de miles de personas gratuitamente? ¿Por qué cerrar el IDSS, que atiende con sus estancias infantiles miles de niños y niñas hijos de trabajadores que generan riquezas en este país? ¿Por qué cerrar una institución que ha graduado más de 200 mil médicos en diferentes especialidades? Por esos y otros contundentes motivos, Primicias se opone al cierre del IDSS, institución fundamental para la sociedad dominicana. No caigan en la trampa de cerrar el IDSS, señor presidente de la República, diputados, diputadas, senadores y senadoras.

BURO INFORMATIVO EN EL ESTE Leonardo Veloz Reyes, Felipe Herrat y Jhonny Sánchez BURO INFORMATIVO EN EL SUR Rodolfo Lama, Radhamés Villar, Manolo Cabral y Emma Pérez

CARICATURISTA Daddy Romero

EDITOR DE DISEÑO Julio Toribio Guzmán juliotoribio@gmail.com

PRIMICIAS DIGITAL Julio Toribio Guzmán juliotoribio@gmail.com

Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa SIP UNA PUBLICACACIÓN DE

Av. Gustavo Mejía Ricart #106 casi esq. Abrahan Lincoln, edif. Plaza Rosa suite 402 Ens. Piantini • Tel.: 809-334-6932 • Fax.:809- 334-6931 • Email: periodicoprimicias@gmail.com TALLERES:Edificio Profesionales de la Comunicación 208, Suite 1-A, calle Peña Batlle esquina Seybo,Villa Juana, Santo Domingo, D.N. R.D.

LA UASD ATENTA CONTRA COOPERATIVA DE PROFESORES Y EMPLEADOS Las autoridades de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) atentan contra la cooperativa de los profesores y empleados de la institución al dejar de entregarle 428 millones de pesos. Esa cooperativa, como todas las cooperativas del país,

hay que preservarlas y la UASD debe entregar a la misma el dinero que descuenta a los profesores y empleados. El caso fue llevado a un tribunal y esperamos que se le ponga fin al abuso de perjudicar la cooperativa.


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PEDEPE CONVOCA ASAMBLEA ORDINARIA ISIDRO SILVA Moca.- El Consejo Del Plan Estratégico De Desarrollo De La Provincia Espaillat, Inc. PEDEPE, anuncio la celebración de su Asamblea Ordinaria Bianual. El objetivo de esta convocatoria es para la presentación de las memorias de los años 2013 y 2014, por parte de su presidente, la presentación de los estados financieros,

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por el tesorero y la elección de la junta Directiva para el periodo 2015-2017. El evento se celebrara el día jueves, 26 de marzo del año en curso, a las 5 de la tarde, en el teatro Don Bosco, sito en la calle Corazón de Jesús No. 89, de esta población mocana. El anuncio fue formulado por el Lic. Andrés Diloné Ovalles, presidente y olga Espaillat, M.A. , secretaria.

AVISO DE PERDIDA DE MATRICULA DE VEHICULO DE MOTOR

PERDIDA DE MATRICULA

Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de matrícula, del vehículo de motor, tipo Camioneta, marca Isuzu, año 1993, color Rojo, chasis JAATFR524P7100048, placa L028516, propiedad de LUIS A. MEDINA DOTEL, BARAHONA.

Para conocimiento general, se hace constar que se ha extraviado el Certificado de Matricula número 0589241, de fecha 6 de noviembre del año 2003, correspondiente al Automóvil Privado, marca Lexus, Modelo GS300, año de fabricación 1995, color Verde, motor o número de serie 027548, Chasis número JT8BD68S9W0027548, de seis (6) Cilindros, Cuatro (4) Puertas, con capacidad para Cinco (5) pasajeros, propiedad del señor SOCRATES JOSE LUCIANO ORTIZ, Barahona.

AVISO DE PERDIDA DE MATRICULA DE VEHICULO DE MOTOR Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de matrícula, del vehículo de motor, Matricula número 471381, tipo motocicleta, marca Suzuki, modelo AX-100, año 2008, color Negro, chasis LC6PAGA1380833973, placa 431990, propiedad de ROGELIO PEÑA PERDOMO, BARAHONA.

AVISO DE PERDIDA DE MATRICULA DE VEHICULO DE MOTOR Se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de matrícula, del vehículo de motor, Matricula número 6064750, tipo motocicleta, marca Suzuki, año 2009, color Negro, chasis LC6PAGA1890809623, Motor 1e50fmga1c11375, placa K0147244, propiedad de ALEXANDRA SEGURA PIMENTEL, BARAHONA.

PUBLICACION DE PERDIDA DE MATRICULA De conformidad con lo que establece la ley hago de público conocimiento de la perdida de la matricula No. 0183969, expedida a nombre de JORGE LUIS GARRIDO PEÑA en fecha 03/10/2003, de un vehículo de carca MARCA RENAULD, MODELO KANGOO COMBI, AÑO 2000, COLOR ROJO, PLACA No. L128952, CHASIS VF1KC0EAF19352648, MOTOR o NO. DE Serie C184077, FUERZA MOTRIZ 1900, 4 PASAJEROS, 4 PUERTAS, 4 CILINDROS. En el Municipio de Haina, San Cristóbal, hoy día dieciocho (18) del mes de Marzo del año dos mil Quince (2015).

En virtud de las disposiciones legales vigentes contenidas en el artículo 42 de la ley 1306-bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Diecisiete (17) del mes de Octubre del año 2014, La Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, dictó La Sentencia Civil No. 166/2014, la cual en su parte dispositiva dice así: FALLA: Primero: Ratifica defecto en contra de la parte demandada ELIZABETH SAHILYS SANTANA SOTO, por no comparecer no obstante citación legal. Segundo: Declarar buena y valida, en cuanto a la forma, la demanda en Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por YEFRIN ENMANUEL MENDEZ NOVAS contra ELIZABETH SAHILYS SANTANA SOTO, por haber sido interpuesto conforme al derecho Tercero: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante por ser justas y reposar sobre prueba legal y en consecuencia, admite el divorcio entre YEFRIN ENMANUEL MENDEZ NOVAS contra ELIZABETH SAHILYS SANTANA SOTO, por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres. Cuarto: CONCEDE la guarda del menor ELHIAN HATZIEL, a ELIZABETH SAHILYS SANTANA SOTO. Quinto: Ordena el pronunciamiento del Divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente, que en la especie es la Decimoquinta Circunscripción de Santo Domingo Oeste. Sexto: Se comisiona al ministerial Juan Rodríguez Cepeda, alguacil ordinario de esta sala, para la notificación de la presente sentencia. Séptimo: Compensa las costas por tratarse de una litis entre esposos. La presente sentencia ha sido firmada por la Magistrada, EVELYN VALDEZ MARTINEZ, Juez, que presidio y Yo, VIADINA ALT. DACOSTA GOMEZ, Secretaria el mismo día mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, a los Doce (12) días del mes de Marzo del año dos mil quince (2015); Licdo. CARLOS A. GARCIA FIGUEREO Abogado Apoderado

MINISTERIO DE INDUSTRIA & COMERCIO OFICINA NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

CERTIFICACION DE NOMBRE COMERCIAL NUMERO 393567

ASOCIACION MEJOR PORVENIR JOSUE 1.9

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA De conformidad con lo estipulado en la Ley, hacemos de público concomiendo que el día Martes de Veinticuatro (24) del mes de marzo del año Dos Mil Quince (2015) a las Diez horas de la mañana (10:00 A.M.), en el Mercado Publico del Sector San Lorenzo de Los Mina, se procederá a la venta en pública subasta y adjudicación al mejor postor y ultimo subastador de los Bienes Muebles que se describe mas adelante y fueran embargados el día Doce (12) del mes de Marzo del año Dos Mil Quince (2015), en manos del señor ANTONIO GRULLON CAMBERO Y JOSELINE ROSANNA ACEVEDO DE OLEO deudores de la señora MIGUELINA GARCIA VIUDA HICHEZ, por la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL PESOS DOMINICANOS (RD$795,000.00), sin perjuicios de los gastos y honorarios, según sentencia No. 381 de fecha Treinta de Abril del año Dos Mil Catorce (2014), debidamente registrada UNA COMPUTADORA AOG SERIE NO VISIBRE, UNA COPIADORA MARCA CANON, SERIE NO VISIBLE, UNA COMPUTADORA LAPTOP O CON SERIE NO VISIBLE, UNA NEVERA MARCA NORCA, SERIE NO VISIBLE, COLOR CREMA, UN ABANICO MARCA SEVITE, UNA MAQUINA DE ESCRIBIR MARCA OLIMPIA, SERIE NO VISIBLE, 12 CUADROS DE DIFERENTES AUTORES Y PINTURA, DOS COMPUTADORA MARCA DELL, OCHO MESA DE ESCRITORIO, UNA ENCUADERNADORA, SERIE NO VISIBLE, UN CUADRO ROTO, OCHO SILLONES DE ESCRITORIO, UNO DE ELLOS ESTA ROTO, DOS UPS DAÑADOS, CINCO ARCHIVOS DE METAL, CUATRO DE TRES GABETAS Y UNO DE DOS GABETAS PEQUEÑO, DIEZ SILLAS PLASTICAS COLOR NEGRO, UNA PLANTA ELECTRICA MARCA GERSON DE GASOY DE 20 KILOS EN MAL ESTADO, UN SOFA NEGRO DE CUERO, CINCO ESCULTURAS DE MADERA Y UNA DE ELLAS DE CAOBA, CUATRO COMPUTADORAS, se hace notar que se procederá de acuerdo con la Ley de ola materia y que deberá depositarse previamente en mano del vendutero público el equivalente del 10% de las ofertas, cuya primera puja se fija en la suma de CIENTO SIETE MIL CUATRO PESOS DOMINCIANOS (RD$107,400.00), DOMINICANOS, monto este de los deudores principales sin perjuicio de los intereses vencidos y por vencer y de las costas del procedimiento en la ciudad de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de Marzo del año Dos Mil Quince (2015).

LIC. IVETTE YANET VARGAS TAVÁREZ DIRECTORA DE SIGNOS DISTINTIVOS

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Quince (15) del mes de Enero del año Dos Mil Quince (2015), la Sexta Sala De La Cámara Civil Y Comercial Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial Del Distrito Nacional, mediante la sentencia civil No.00114/2015 se ordenó lo siguiente: FALLA: UNICO: Declara bueno y valido el acto de Estipulaciones y convenciones No.42/2014, firmado por los esposos HIBY ALTAGRACIA RODRIGUEZ SANCHEZ Y BASILIO ORTEGA MARIA, en fecha Tres (3) del mes de Noviembre del año Dos Mil Catorce (2014), por ante el DR. GUSTAVO PANIAGUA TEJEDA, Abogado Notario Público de los del numero del Distrito Nacional, por las consideraciones expuestas, en consecuencias: A: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los cónyuges HIBY ALTAGRACIA RODRIGUEZ SANCHEZ HY BASILIO ORTEGA MARIA. B): OTORGA la guarda de sus hijos menores de edad DARIANA ORTEGA RODRIGUEZ Y DAYRIVI ORTEGA RODRIGUEZ a su madre señora HIBY ALTAGRACIA RODRIGUEZ SANCHEZ de conformidad con lo acordado por los cónyuges en el ordinal ¨segundo¨ del acto de estipulaciones y convenciones No.42/2014. C) IMPONE al señor BASILIO ORTEGA MARIA la obligación de pagar en manos de la señora HIBY ALTAGRACIA RODRIGUEZ SANCHEZ mensualmente la suma de Diez Mil Pesos Dominicanos (RD$10,000.00), por concepto de alimentación a favor de sus hijos menores de edad. D: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. E: ORDENA el pronunciamiento de la presente sentencia por ante el oficial del estado civil correspondiente. La presente Sentencia ha sido firmada por la Magistrada, EVELYN TORRES, Juez que presidió, y MIRTHA M. DE LA CRUZ, Secretaria de este tribunal, el mismo día, mes y año citados la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica y pronunciada en la oficialía de estado civil de la 10MA. Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Diecinueve (19) del mes de Marzo del año Dos Mil Quince (2015) y Transcrita la referida sentencia en el Libro No.00001 bajo el Acta No.000069, Folio No.0171, año 2015 así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En el Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día Diecinueve (19) del mes Marzo del año Dos Mil Quince (2015).

PUBLICACION DE DIVORCIO Para el general conocimiento y en cumplimiento del artículo 42 DE LA Ley No. 1306- Bis sobre divorcio se hace saber lo siguiente: -Que en fecha treinta (30) del mes de junio del año dos mil catorce (2014), La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, en sus atribuciones civiles, dictó una sentencia de divorcio numero 807/2014, cuyo dispositivo es el siguiente: FALLA: PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los señores JUAN BAUTISTA JIMENEZ MEJIA y ANA MARIA JIMENEZ DIROCHE, de conformidad con las Estipulaciones y convenciones contenidas en el Acto de estipulaciones NUMERO Tres (03) fechado a los veinticinco (25) del mes de Noviembre del año Dos Mil Trece (2013), instrumentado por el DR. SIMEON PILIER PEREZ, Notario Público de los del número para este Municipio de Higüey, el cual ha sido copiado en el cuerpo de la presente sentencia; SEGUNDO: OTORGA la guarda y cuidado de los hijos menores STARLING MANUEL y STARLINA JIMENEZ JIMENEZ, a su padre, señor JUAN BAUTISTA JIMENEZ MEJIA. TERCERO: AUTORIZA el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: COMPENSA las costas por tratarse de litis entre esposos. Y por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma. (Firmados: BESAIDA MARGARITA SANCHEZ RODRIGUEZ, Juez Presidenta, INES REYES CARPIO Secretaria, el referido divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Higüey, en fecha veintiocho (28) de Julio del Dos mil Catorce (2014) en el Libro 153, Folio 35, Acta 113, del Año 2014. En la Ciudad de Higüey, Provincia La Altagracia, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de Marzo del año Dos Mil Quince (2015).

LICDA ROSA ANT. GUERRERO CANTALISIO Abogado

AVISO REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y FIJACIÓN DE AUDIENCIA RECLAMANTE: FRANCISCA RAMIREZ. AGRIMENSOR(A): JOSÉ ENRIQUE AQUINO HIDALGO, COLINDANTES: AL NORTE: Juana Peña; AL ESTE: Zara Vda. González; AL SUR: Calle Mella Y AL OESTE: Carmen Nolasco. Del: Tribunal de Tierras Jurisdicción Original- Barahona, Referencia: Expediente No. 0103-14-00066, Motivo: SANEAMIENTO

INMUEBLES: Municipio D.C/DC POS: Solar

BARAHONA

Parcela

Manzana

Porción

207184009218

A todos quienes pueda interesar. En virtud del artículo 50, del reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan a las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de BARAHONA, ubicado en la calle Colón, No. 43, Palacio de Justicia, a la audiencia fijada para el día 21/04/2015, a fin de dar a conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de Barahona, Provincia BARAHONA, República Dominicana, hoy día 10 de Marzo de 2015); años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración. Aprobado: JUAN DOMINGO MENDEZ QUEZADA JUEZ TJO-Barahona Lo certifica: Ana Yibi Feliz Pérez Secretaria Titular

Lic. FABIAN NICOLAS SANTOS SANCHEZ Abogado.-

Para cumplimiento a las disposiciones del articulo 42 de la Ley 1306-BIS, sobre Divorcio se hace publico conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veintisiete (27) del mes de junio del año 2014, el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal en su atribuciones civiles, dicto la sentencia Civil No. 00421-2014 mediante la cual admitió el divorcio entre los Esposo JORGE VALVERDE Y MARCELINA CONTRERAS ARIAS, acogiendo la demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres mediante el acto No. 12082014 de fecha 25 de septiembre del 2014 por el Ministerial Diomedes Castillo Moreta alguacil de estrado de la cámara civil y comercial del distrito judicial de San Cristóbal cuyo dispositivo dice lo siguiente FALLA: PRIMERO: Se pronuncia el defecto en contra del demandado Jorge Valverde, por faltas comparecer no obstante emplazamiento legal SEGUNDO: Se admite el divorcio entre los señores MARCELINA CONTRERAS ARIAS Y JORGE VALVERDE, por la causa determinada INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, con todas sus consecuencias legales. TERCERO: Se ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el oficial del estado civil de la primera circunscripción de cambita garabito. CUARTO: Se comisiona al ministerial DIOMENDES CASTILLO MORETA, alguacil de estrado de este tribunal para la notificación de la presente sentencia. QUINTO: Se compensa pura y simplemente las costas del procedimiento. El referido divorcio fue pronunciado El cuatro (04) del mes de Diciembre del año Dos Mil Catorce (2014) por ante el oficial del estado civil de la Primera circunscripción Cambita Garabitos Provincia san Cristóbal, LICDO. SANDRA ALT. PERALTA GARCIA dicho divorcio esta registrado, Libro No.00001, Folio No.0021, Acta No. 000021, Ano.2014.

PAPELERIA GLOBAL OFFICE, S.A. Calle La Plaza No. 4 Los Restauradores Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional República Dominicana R.. N. C. No. Capital Social Autorizado RD$1,000.000.00 Capital Suscrito y Pagado RD$300,000.00

REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL DE LA PROVINCIA BARAHONA

Provincia:

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con las disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, que rige el Divorcio en la República Dominicana, se hace público conocimiento que la Segunda Sala de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, en la acción de divorcio por mutuo consentimiento, incoada por los señores LENNY RAFAEL ROMERO LIRIANO y YUNIRYS NUÑEZ SANTANA, dictó la sentencia N0. 001372-14 de fecha 29 del mes de diciembre del año dos mil catorce (2014), cuyo dispositivo copiado textualmente expresa así: FALLA PRIMERO: ADMITE el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores LENNY RAFAEL ROMERO LIRIANO y YUNIRYS NUÑEZ SANTANA, de conformidad con el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 25/2014, de fecha Veintiséis (26) del mes de Agosto del año Dos Mil Catorce (2014), instrumentada por la Licda. MARIA CRISTINA TAPIA, Abogada, Notario Público de los del Numero del Distrito Nacional. SEGUNDO: ORDENA el pronunciamiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; TERCERO: COMPENSA las costas del proceso por tratarse de asunto de familia tal y como consta en los motivos de la presente sentencia. Así se Pronuncia, Ordena, Manda Y Firma (Firmados: MARCIA YOCASTA MENDEZ MEDINA, JUEZA; JOSE ALEJANDRO PIMENTEL AQUINO, SECRETARIO). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual yo Secretario certifico. La sentencia que antecede fue pronunciada en fecha 05 del mes de marzo del año 2015; y que la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día 19 del mes del mes de febrero del año dos mil quince (2015). En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015).

Licda. SANDRA ALT. PERALTA GARCIA Abogada Apoderada.

LICDA. JUANA RUIZ PILIER

BARAHONA

Para general conocimiento y en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley número 1306.Bis, sobre Divorcio, se hace de conocimiento público que en fecha veintiuno (21) del mes de abril del año dos mil catorce (2014), la Cámara Civil y comercial del Distrito Judicial de La Altagracia dicté en sus atribuciones civiles, la sentencia marcada con el número 393/2014, cuya parte dispositiva dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: RATIFICA el defecto en audiencia de fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil catorce (2014), contra la parte demandada, el señor KURT RAMSEIR, por la no haber comparecido no obstante citación legal.- SEGUNDO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en Divorcio la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora GLORIA GUERRERO, en contra del señor KURT RAMSEIR, por haber sido interpuesta conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo ACOGE las conclusiones del Acto No. 48/2014, de fecha cinco (05) de febrero del año dos mil catorce (2014) instrumentado por él. Ministerial Rubén Darío Mejía, ordinario de la Cámara Penal del Distrito Judicial de La Altagracia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores GLORIA GUERRERO Y KURT RAMSEIR por la Causa Determinada de incompatibilidad de Caracteres. CUARTO: ORDENA el pronunciamiento del Divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. QUINTO: COMISIONA al Ministerial Ramón Alejandro Santana Montás, alguacil de Estrados de este Tribunal, para la notificación de la presente sentencia. Y por esta nuestra sentencia así se pronuncia, ordena, manda y firma.: BESAIDA MARGARITA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, Juez Presidente.- INÉS REYES CARPIO, Secretaria Dicha sentencia fue debidamente pronunciada y transcrita en su parte dispositiva por el Oficial del Estado Civil de Higüey del municipio de Higüey, el día ocho (08) del mes de enero del año dos mil quince (2015), en el libro 155, folio 11, acta número 06, Año. 2015.En la ciudad y municipio de Salvaleón de Higüey, provincia de La Altagracia, República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de Marzo del año dos mil quince (2015).

PUBLICACION DE DIVORCIO

ANTONIO MENDEZ ENCARNACION Alguacil Ejecutante en función de vendutero publico

Fecha De Concesión: 21 octubre 2014, Termino: 10 años, Vencimiento: 24 de octubre 2024, Solicitud: 2014-29718 del 15/10/2014, Titular y Gestor: JOSE MORETA VALENZUELA, Calle Principal No. 19, María Auxiliadora, Esperanza, Valverde, República Dominicana. Actividad Comercial: ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO, QUE SE DEDICA AL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES, SOCIALES, FOMENTANDO EL DEPORTE RECREATIVO Y EDUCATIVO DE LAS PERSONAS DE LAS COMUNIDADES DE LA PROVINCIA VALVERDE, CON ASIENTO EN EL MUNICIPIO DE ESPERANZA. En virtud de lo que establece el artículo 115 y 116 de la Ley número 20-00, sobre propiedad industrial de fecha 8 de mayo del 200 y el Decreto 326-06 del 8 de agosto del 2006, se emite la presente certificación, en la Oficina Nacional De Propiedad Industrial, ONAPI, hoy día 21/10/2014.

PUBLICACION DE DIVORCIO

GLORIA GUERRERO Cónyuge demandante

JORGE LUIS GARRIDO PEÑA

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

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CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA En cumplimiento del artículo 16 de los Estatutos Sociales y del Art. 443, Párrafo I, de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, No. 479-08, de fecha 11 de diciembre de 2008 (en lo adelante, la &#8220Ley&#8221), se convoca a todos los accionistas y miembros de la mesa directiva de PAPELERIA GLOBAL OFFICE, S.A.. para asistir a la Asamblea General Extraordinaria que se celebrará en el domicilio social, sito en la Calle La Plaza No. 4 Los Restauradores Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional , el día sábado ([28_]) del mes de [marzo_] del año dos mil quince (2015), a las diez horas de la mañana (10:00 A. M.), a fin de conocer y resolver los asuntos comprendidos en el siguiente orden del día relativos a la transformación de la sociedad en una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.): 1°) Conocer del proyecto de transformación del Presidente del Consejo de Administración cuyo objeto es el de transformar la sociedad de una sociedad anónima a una sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.); 2°) Conocer del Balance Especial de la sociedad cortado al día treinta y uno (31) de diciembre de dos mil catorce (2014), para el período del primero (1°) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil catorce (2014), compilado por [LIC INOCENCIA ESPINOSA], contador público autorizado (CPA), así como del informe de la Comisario de Cuentas sobre dicho balance; 3°) En caso de que se apruebe el proyecto de transformación, conocer del proyecto de estatutos que regirá la nueva sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.); 4°) Conocer de la rendición de cuentas del Consejo de Administración y del Comisario de Cuentas para, en caso de aprobarlas, otorgar los descargos correspondientes; 5°) Designar el nuevo gerente de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.); 6°) Otorgar los poderes necesarios al gerente para realizar los trámites finales de la transformación. Los poderes de representación y los certificados accionarios al portador, si los hubiere, deberán ser depositados en el domicilio social por lo menos un (1) día hábil antes del fijado para la asamblea. Se informa a los interesados que el Balance Especial, el Informe del Comisario de Cuentas, las rendiciones de cuentas del Consejo de Administración y del Comisario de Cuentas, el proyecto de los nuevos Estatutos Sociales, la lista de los accionistas de la sociedad, certificada por el Presidente del Consejo de Administración; y, los proyectos de resolución que serán sometidos a la asamblea, se encuentran a su disposición, en el domicilio social, a partir del día de hoy. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los [16_] ([dieciseis_]) días del mes de [marzo_] del año dos mil quince (2015). OSCAR ALBERTO ESPINOSA ROMERO Presidente


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Del 22 al 28 de Marzo del 2015

“La verdad siempre�

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