Primicias 1272

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AÑO XXIV NO. 1272 DEL 24 AL 30 DE JUNIO DE 2018, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA • RD$10.00, ESTADOS UNIDOS US$1.00

PN abusa Bonao, Cotuí y Santiago Represión policial contra Marcha Verde Santiago, protesta Bonao y campesinos destruye imagen del gobierno

La CIA y la Banda Colorá Emma Polanco debe eliminar botellerío nómina UASD La recién electa rectora pésima imagen de la unide la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), debe eliminar todas las botellas de la nómina de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y concentrarse en resolver la

versidad del Estado, lo que anda de boca en boca. La gestión de Emma Polanco no debe ser una más en la UASD, tiene la oportunidad de hacerlo diferente.

Busque en Magistrado Germán Mejía presenta a directores de medios esta edición el cooperativista comunicación resultados de Cumbre Judicial Nacional

El presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Mariano Germán Mejía, conversa con el presidente-director de Primicias, Alex Jiménez.


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Magistrado Germán Mejía presenta a directores de medios de comunicación resultados de Compromisos de Cumbre Judicial Nacional Santo Domingo, República Dominicana Año de la superación del analfabetismo

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FOTOS DOMINGO GÓMEZ

El presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, magistrado Mariano Germán Mejía, sostuvo un encuentro este martes 19 de junio con los directores de medios de comunicación, a los cuales presentó los resultados derivados de los Compromisos la Cumbre Judicial Nacional, firmados el 7 de octubre del 2016. Durante el encuentro participaron Adriano Miguel Tejada, director del periódico Diario Libre; Persio Maldonado, director de El Nuevo Diario y presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios; Bienvenido Álvarez Vega, director del matutino Hoy; Osvaldo Santana, director de El Caribe; José P. Monegro, director El Día; Homero Figueroa, de Metro RD; Alex Jiménez, de Primicias, y Saúl Pimentel, de Almomento.net. Durante el encuentro el magistrado Germán Mejía resaltó que luego de la firma de los Compromisos de la Cumbre se han alcanzado logros y afianzado acciones que hacen cada día más fuerte y eficiente la labor del Poder Judicial. En ese tenor, reveló que desde el 2016 a la fecha se han puesto en funcionamiento 27 tribunales y salas en las jurisdicciones penal, civil y comercial, inmobiliaria, laboral, niños, niñas y adoles-

centes, con el objetivo de propiciar un mayor acceso a la justicia, en el conocimiento de forma ágil y a tiempo los procesos. Asimismo, aseguró que la implementación de los Juzgados de la Instrucción móviles y Centros de Notificación Ad-Hoc en los centros penitenciarios, reducirá la cantidad de reenvíos de los casos, por las dificultades que presenta el traslado de los imputados que guardan prisión por medidas de coerción privativa de libertad. Destacó que se está construyendo el Palacio de Justicia que alojará J u r i s d i c c i o n e s Especializadas, en el Distrito Nacional, como son el

Tribunal Superior Administrativo, los tribunales administrativos de Primera Instancia, la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, la Corte de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes; el Tribunal de Primera Instancia de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes. Otros logros citados por el magistrado Germán Mejía son el mejoramiento de las estructuras físicas, para proporcionar espacios adecuados a los usuarios del servicio; la expansión de los Centros de Información y Orientación Ciudadana

(CIOC), para fortalecer los servicios de información, orientación y atención presencial, telefónica y electrónica de los usuarios. También el fortalecimiento de la División de Auxiliares de la Justicia, en particular, en lo que respecta a los intérpretes judiciales y a los alguaciles; la implementación de las Salas de Videoconferencia para el interrogatorio en materia penal, sin perturbación de los procesos para los cuales se lleva a cabo dicha medida; la expansión de los Centros de Entrevistas para personas en condiciones de vulnerabilidad, víctimas o testigos de delitos, reduciendo así la victimización secundaria o revictimización.

De igual modo, la realización del Inventario Nacional de Expedientes Pendientes en todos los tribunales del país, para transparentar los procesos, disponer de informaciones más exactas y facilitar la toma de decisiones en la institución. La implementación del Sistema Único de Recepción y Entrega (SURE) en el Registro de Títulos de Santo Domingo y estamos en proceso de actualización de la Base de Datos Histórica (BDH) para el despliegue en los Registros de Títulos de Santiago y San Francisco de Macorís, proyectándose su implementación en todos los Registros de Títulos a nivel nacional.

La puesta en operación de la Oficina Virtual del Registro de Títulos, dirigida a entidades financieras que tienen actualmente contrato con la Jurisdicción Inmobiliaria, en la cual están incorporadas las consultas a expedientes de Registros, de Mensuras, de Tribunales, documentos depositados en expedientes, estado de expedientes, requisitos por trámites, entre otros. La implementación de la Oficina Virtual en la Dirección Nacional de Mensuras Catastrales, con la finalidad de facilitar a los agrimensores o profesionales habilitados tener una cuenta de usuario segura, que le permita solicitar Autorizaciones de Trabajos de Mensuras totalmente en línea y además presentar sus trabajos técnicos en formato digital también en línea. La ejecución del Sistema de Ventanilla Exprés de Mensuras Catastrales y de Registro de Títulos, dirigido a usuarios que tramitan expedientes de condominios, operaciones de deslindes, subdivisión, refundición u otras que generen 20 resultantes o más, o que el metraje envuelto sea igual o superior a los 500,000 metros cuadrados. Este sistema de atención por ventanillas está disponible en las tres Direcciones Regionales de Mensuras Catastrales para los usuarios que deseen utilizar este servicio y se acojan al pago de la


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tasa correspondiente. “Dicho sistema ha reducido el tiempo promedio de respuesta, el cual es de 2.3 días en expedientes sometidos al régimen de mensura y de 6.3 días para los casos que agoten las fases de revisión, observación y calificación. El tiempo de compromiso de respuesta en el procedimiento fuera de la ventanilla es de 15 días laborables”, agregó. Indicó que la ejecución de un plan de descongestión que abarca los Departamentos de Inspección, Revisión y Cartografía de la Dirección de Mensuras Catastrales, ha reflejado resultados favorables con una reducción en el Departamento de Inspección de 9,500 expedientes pendientes a 1,284, equivalente a un 87%. PLAN CONTRA LA MORA JUDICIAL El presidente del Poder Judicial explicó a los directores de medios que la ejecución del Plan Nacional de lucha contra la Mora Judicial, el cual inició a principios del año 2017 en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, y se ha proyectado por todo el país teniendo como resultados positivos. Enumeró que en la Primera Sala de la SCJ, hasta el 30 de marzo de 2018, se dictaron 4,803 decisiones, en los distintos Departamentos Judiciales y correspondientes a distintas jurisdicciones se han fallado un total aproximado de 54,449 expedientes. La creación de las Comisiones Regionales de Seguimiento a la Administración de Justicia en los once Departamentos Judiciales, integradas por Jueces y Juezas Presidentes de Cortes de Apelación de cada Departamento Judicial y/o su equivalente en las diversas materias han redundado en beneficio de un sistema de administración de justicia fuerte, ágil y eficiente. LOS ASCENSOS Y CAPACITACIÓN DE JUECES El magistrado Germán Mejía proclamó que los programas de formación de Aspirantes a Jueces, comenzando por los de Paz, han

dado como resultado la incorporación de 76 nuevos jueces y juezas a la carrera judicial. Los procesos de selección de intérpretes judiciales, tienen como resultados la juramentación de más de 200 nuevos intérpretes, incluyendo 16 en lenguaje de señas, mientras que los programas de educación de Posgrado, en calidad de Instituto de Estudios Superiores Especializados de la Escuela Nacional de la Judicatura han contribuido con el fortalecimiento de la capacitación a nivel de los jueces y de los servidores judiciales administrativos. “Hemos llevado al Congreso Nacional diferentes proyectos de ley, entre otros, el proyecto de Ley sobre el Código de Procedimiento Civil, proyecto de ley sobre notariado, proyecto de ley

sobre estandarización del número de jueces de las Cortes de Apelación; proyecto de ley sobre la creación diferentes jurisdicciones en diferentes departamentos judiciales”, significó. SISTEMA DE CONSECUENCIAS Como resultado de los trabajos de la Inspectoría General del Consejo del Poder Judicial, el número de juicios disciplinarios se ha ampliado en los últimos dos años (2016-2018). En efecto, dijo que en dicho período, de los 824 jueces, siete han sido sancionados con suspensiones, 15 han sido expulsados del Poder Judicial; 10 han sido descargados. En el ámbito de los servidores administrativos, de los 7616 servidores, 92 han sido sancionados con

amonestaciones y suspensiones; 117 han sido expulsados y otros 254 juicios abiertos están pendientes de conocimiento. El magistrado Germán Mejía precisó que el Poder Judicial se ha fortalecido con una mejor Inspectoría General del Consejo del Poder Judicial y las normativas propias de la materia. “Nuestra jornada de trabajo es intensa porque apostamos por el fortalecimiento institucional y la consolidación de cada una de las acciones que tomamos en beneficio de una administración de justicia accesible y con calidad”, dijo el presidente del Poder Judicial. En el encuentro con los directores de medios de comunicación también estuvieron presentes el presidente de la Primera Sala de la SCJ, magistrado Francisco Jerez Mena; la magistrada Miriam Germán Brito, presidenta de la Segunda Sala de la SCJ; los miembros del Consejo del Poder Judicial, Sara Henríquez Marín, Etanislao Radhamés Rodríguez, Fernando Fernández Cruz y Leonardo Recio Tineo; el presidente de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, magistrado Justiniano Montero; el presidente de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación, magistrado Samuel Arias Arzeno; los representantes de la Comisión de Seguimiento a los Compromisos de la Cumbre, Servio Tulio Castaños Guzmán, de la Coalición Acción por la Justicia y la Seguridad; Antonio Medina, presidente de la Mesa Nacional de Decanos, y Miguel Surún Hernández, presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana. También la directora de Carrera Judicial y Administrativa, Mariloy Díaz Rodríguez; la directora de la Escuela Nacional de la Judicatura, Gervasia Valenzuela Sosa; Edgar Torres, Secretario General del Consejo del Poder Judicial, Federico Méndez Nova, director de Prensa y Comunicaciones del Poder Judicial.

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EVARISTO LÓPEZ SEVERINO SANTO DOMINGO NORTE COLABORADOR

VILLA JUANA Los delincuentes están haciendo da las suyas con esta barriada, los moradores de esta comunidad están viviendo en pánico por la delincuencia. La delincuencia azota las calles Juan Erazo, la 20, Moca, Pedro Livio Cedeño y otras. Los integrantes de una banda de menores son apresados, pero por el código de menor vuelven a las calles. Hay que revisar ese código por bien de todos los ciudadanos, que quieren vivir en paz. POLITICA No me gusta hablar de política pero como dominicano que soy tengo que tocar este tema. Leonel personalidad La Fernández, el ex mandatario. Hay que recordar lo que pasó en nuestro país, todas la empresas del Estado, fueron vendidas en su Administración. Ahora Fernández viene con su cara limpia como si nada hubiese pasado, como un paladín que viene a salvar la República Dominicana. Este país tiene mala memoria, prefiero un millón de veces al presidente Danilo Medina, quien ha construido y remodelado escuelas y hospitales. En fin, todo mejor que hay que darle al César lo del César y a Dios lo de es de Dios, hasta la próxima querido pueblo Dominicano UNA SUGERENCIA Porque razón el gobierno no ha tomado en cuenta a los pensionados para realizarle un aumento de sueldo a los pobres pensionados, quienes dieron toda sus vida en su centro de trabajo y ahora están pasando una odisea? En este país la persona que trabaja vale poco. MUNICIPIO LA VICTORIA Las comunidades de La Victoria esperan que el alcalde de esta demarcación le resuelva los problemas que le afectan, como son sus calles deterioradas, la falta de energía eléctrica y la delincuencia. Estos munícipes pasan las de Caín, cuando llueve los estudiantes no pueden asistir a sus centros de estudios por el lodazar que se hace y pierden día de clases, hay que ver la forma que viven estas personas en forma muy precaria en casuchas de madera un el siglo veintiuno. Da pena y vergüenza que tanto el gobierno y el alcalde se hagan de la vista gorda, estas

comunidades hacen un reclamo justo y siempre estararemos al servicio de la clase más necesitada de este país. Estas comunidades son Castillo, la Hacienda Estrella y Mal Nombre, se espera una solución lo antes posible por las autoridades. DELINCUENCIA Como es posible que la delincuencia siga maltratando esta sociedad. En las últimas semanas fue atacado por la delincuencia el coronel y vocero de la Armada Dominicana frente a su hogar. Después un raso llegaba de su centro de trabajo y lo despojaron de su arma, hay que poner manos dura contra la delincuencia. antes de que sea demasiado tarde. Evitemos esto sea convertido en un país invivible.

BARRY LAMAR BONDS Barry Bonds fue un jugador de beisbol más completo de las Grandes Ligas en su tiempo. Comenzó su carrera con los Piratas a mediados de los años 80 era center luego fue movido al jardín izquierdo con la llegada de Andy Van Like Procedente de los Cardenales de San Luis conforman un trío eran Bobby Bonilla, jardín derecho, Van Like, center, y Bonds, izquierdo, en los años 90. Fue tres veces a los playoff, una contra los Rojos de Cincinnati, años 90, y las otras dos contra los Bravos de Atlanta, pasando después a los Gigantes de San Francisco en el año 93. En ese mismo año obtuvo el premio de jugador mas Valioso, en total fueron siete premios de jugador más valioso. Realizó el 500- 500 esto es quinientos cuadrangulares y quinientos hurtos o robos. Para los amantes del beisbol tiene el record de bases por bolas intencional, líder de cuadrangulares de todos los tiempos, ocho guantes de oro, antes del destape de los esteroides, ya él era salón da la fama, para mí el está en puesto número dos solo detrás de Baby Ruth.

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LA CIA Y LA BANDA COLORÁ (3 de 4) Esteban Rosario (Del libro La CIA y La Contrainsurgencia En República Dominicana)

Según el estudio Militarism, Terrorism and Political Repression: Hallmarks of U.S. Foreign Policy, en “la República Dominicana, de un total de 18 asesores del Programa de Seguridad Pública, 6 de los cuales eran miembros de la CIA, organizaron el escuadrón de la muerte llamado La Banda en 1970”. El periódico Liberación, de los Estados Unidos, afirma que “bajo la sombra de la Guerra Fría, la CIA organizó operaciones en la República Dominicana para infiltrarse en el MPD con el objetivo de eliminar su liderazgo. Dan Mitrione, un agente de la CIA, ayudó a establecer la Banda Colorada (Red Gang-rojo era el color del Partido Reformista de Balaguer) un escuadrón de la muerte”. El periodista Mexicano Carlos Fazio publicó un reportaje titulado “El Verdadero Rostro de la AID” en la revista Proceso, de México, donde asegura que la AID, a través de su Oficina de Seguridad Pública, fue la organizadora, con la CIA detrás, de La Banda Colorá en República Dominicana en 1970. “Técnicamente, un asesor designado por la OSP tiene como meta general la coordinación general de las fuerzas policiales o “paralelas”, con unidad de comando y procedimientos de las misiones y establece las necesidades y las prioridades en la asistencia técnica, proporcionando entrenamiento y equipos en cuatro frases principales de la represión: áreas claves de comunicación (radio, computadora); movilidad (automóviles, helicópteros); espionaje (infiltración, interrogatorios); sistemas de identificación y de control de la circulación urbana . A esto se agrega, según los casos, lo que el Informe Rockefeller recomendaba a Nixon como “apoyo logístico”, enumerándolo como “equipos de control de comando” y “armas pequeñas para las fuerzas de seguridad”. “Oficialmente los documentos de la OPS no mencionan otros aspectos de su asesoramiento, tales como las técnicas de tortura en el rubro “interrogatorios”, o el –financiamiento, entrenamiento y manipulación de bandas fascistas para policiales como “La Mano Blanca”, en Guatemala; “La Banda”, en Santo Domingo; o los “Escuadrones de la Muerte”, en Brasil y Uruguay”. “Sólo entre 1962 y 1970 la Academia

Internacional de Policías había graduado a 3,500 oficiales, en su mayoría de América Latina”. “De ellos, 2,000 recibieron entrenamiento avanzado en técnicas especiales (organización carcelaria en la Southern Illinois University), falsificación, documentación y violación postal en el Post Office Department, técnicas de coordinación entre policía y ejército, así como tácticas contrainsurgentes rurales y urbanas, en el John F Kennedy, Fort Bragg)”. Michael Klare dice lo mismo sobre la formación de La Banda en el país. “Esta preocupación se justifica cuando se examina una lista de países representados en la Escuela de Policías de Texas: casi todos los países en América Latina figuran en la lista, al igual que naciones de Oriente Medio como Arabia Saudí y Jordania”. “Las entradas más destacadas son Bolivia (3 estudiantes), Brasil (6), Guatemala (18), la República Dominicana (4), Chile (5), Uruguay (16), Corea (3), Tailandia (10), Irán (2) y Filipinas 52. De hecho, está aumentando la evidencia de que alguna policía del Tercer Mundo (particularmente en América Latina) cometen actividades terroristas, utilizando sus entrenamientos suministrados por los Estados Unidos en el asesinato a través de los escuadrones de la muerte como La Mano Blanca y Ojo por Ojo en Guatemala, La Banda en

la República Dominicana, y los "Escuadrones de la Muerte" en Brasil y Uruguay. Se reconoce generalmente que los escuadrones de la muerte están formados por policías representantes de servicios de información civil y militar y otra ligadura. ("Los miembros de los Escuadrones de la Muerte que son policías en los países con mayor actividad como Brasil, Guatemala, la República Dominicana y Uruguay, son también los receptores de la mayor cantidad de becas de policía de los Estados Unidos para su formación en la región”. El lingüista norteamericano Noan Chomski también relaciona La Banda Colorá con Estados Unidos. “La primera característica ha sido amplia y sistemática de terror. En la República Dominicana, Guatemala y Brasil, tres sistemas fascistas que fueron hechos con explícita connivencia de Estados Unidos, por una extraña coincidencia “escuadrones de la muerte” paramilitar rápidamente hicieron su aparición y se produjo una gran persecución contra los disidentes políticos, delincuentes de poca monta y las víctimas a veces puramente arbitrarias. Amnistía Internacional ha pedido especial atención a “los numerosos asesinatos políticos llevados a cabo por escuadrones de la muerte (como la notoria La Banda) que han sido tolerados y apoyados abiertamente por la Policía Nacional. En 1971 se alegó que hubo una muerte o”

desaparición “cada 34 horas. En julio de 1971, Norman Gall publicó que en el post-1965 el número de asesinatos políticos en la República Dominicana superó a la de cualquier otro período comparable bajo la monstruosa era de Trujillo. Gall señaló además que el diario El Nacional de Santo Domingo en diciembre pasado empapó una página y media del periódico con los detalles de 186 asesinatos políticos y desapariciones durante 1970. El terror en Dominicana se asemeja a la actual ola de homicidios políticos en Guatemala ... en que los escuadrones de la muerte paramilitares son organizados por las fuerzas armadas y la policía, lo que en ambos casos a lo largo de los años se han dado material pesado de Estados Unidos y asesoramiento”. “Gall continuó señalando que la función esencial del terror político en la República Dominicana ha sido controlar la población de los suburbios “, que fue la fuerza principal que derrotó a los militares dominicanos en la revolución de 1965”. “El Wall Street Journal informó el 9 de septiembre 1971 que “la conservadora jerarquía católica ha condenado la” institucionalización “del terror. El diario también afirmó que la opinión generalizada era en la República Dominicana que Estados Unidos estaba detrás de los escuadrones de la muerte paramilitares. Sea o no esta alegación específica, era cierto. El diario observó que “la embajada no ha hecho nada públicamente para a desvincularse del terror. Estados Unidos sigue dando un importante entrenamiento, equipo, y los brazos a la policía dominicana y el Ejército.” “Desde 1971 la tasa de muerte ha disminuido, pero los asesinatos políticos continúan y el encarcelamiento y la tortura de presos políticos que aún juega un papel clave en el mantenimiento de la estabilidad. Amnistía Internacional ha declarado recientemente que “la información precisa, detallada y consistente ... indica que las prácticas equivalentes a graves violaciones de los derechos humanos aún están en marcha: la detención arbitraria, el secuestro y asesinato de opositores políticos del régimen; la eliminación de ciertos presos políticos y el aislamiento en cárceles


NACIONALES provinciales y fuertes militares, y las condiciones de reclusión son deplorables, malos tratos y brutalidad policial infligido a muchos detenidos ... y la continua detención de los presos una vez que sus sentencias expiran”. En esa misma línea, el periodista norteamericano Norman Gall, del New York Times, relaciona la formación de La Banda Colorá con la Oficina de Seguridad Pública de la AID en el país. detrás de la creación de La Banda, a través de la OSP y la AID “Los agentes nacionales de la “Compañía” (como se denomina a la CIA en la República Dominicana y, en general, en toda América Latina) han estado siempre en puestos políticos de decisión. Al desaparecer Trujillo, Imbert pasó a integrar el subsiguiente Consejo de Estado. Cuando cayó Bosch, el segundo de los dos triunviratos que sucedieron al efímero gobierno constitucional quedó presidido por Donald Reid Cabral (a quien el pueblo llamaba “el Americanito” y que había sido ya vicepresidente de Imbert en el Consejo de Estado). Muchos suponen que Reid Cabral estaba reclutado por la CIA desde antes de la conspiración antitrujillista de 1961. Edwin Terrel, veterano hombre de la CIA en Santo Domingo, intervino en ciertos aspectos en los preparativos del putsch militar contra Reid Cabral, en 1965; por lo menos, en lo relativo a la participación de la derecha”. “En esa época, “el Americanito” era ya inútil para la nueva política del Departamento de Estado. Terrell se retiró de Santo Domingo, discretamente, al llegarse al acuerdo sobre el gobierno provisional de Héctor García Godoy, a principios de septiembre. Fue sustituido por Dan Mitrione, el experto que cinco años después sería ejecutado en Montevideo por los tupamaros uruguayos. Más tarde, se hizo cargo de la coordinación entre la CIA y la Policía Nacional Dominicana el agente Anthony Ruíz, que en octubre de 1970 pasó a operar entre Bolivia y Perú. Actualmente, en menos de dos años, la CIA ha independizado a la Policía Nacional dominicana del juego de los intereses palaciegos, ha ampliado el campo de acción policial a ciertas decisiones políticas y la ha moder-

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VENECIA JOAQUÍN

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veneciajoaquin2010@hotmail.com

El mundial de Fútbol y RD

nizado mediante un financiamiento inagotable”. “La nueva concepción represiva exigía en los mandos policiales a militares formados en los Estados Unidos, férreamente reaccionarios y de fidelidad probada a cualquier política norteamericana. Para hallar esos ejemplares —en una época en que la inquietud del cambio social ha llegado a los cuarteles, y en un país donde Francisco Caamaño es una leyenda nacional— hubo que reflotar a los cuadros trujillistas anteriores a 1962, ya retirados o desplazados de los comandos. (Esa misma línea es la seguida por el Pentágono con el resto de las fuerzas armadas dominicanas”. “El anterior jefe de Policía, coronel Elio Osiris Perdomo, había sido edecán de Joaquín Balaguer y su hombre de confianza. Pero, según la concepción de la CIA, Balaguer es lo transitorio y la Policía Nacional lo permanente. Perdomo fue entonces reemplazado por el general Enrique Pérez y Pérez, que había hecho su carrera a la sombra de Trujillo, pero más aún a la sombra de la misión militar norteamericana”.

“Todo esto ha sido organizado por la Oficina de Seguridad Pública (OPS) de la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID), que es —como se ha probado en Vietnam y Bolivia— una de las fachadas de la CIA en áreas mundiales conflictivas. En Santo Domingo, el asesoramiento de la OSP se ejerce a través de la NPPTO (National Police Planning and Training Office, u Oficina de Planificación y Entrenamiento de la Policía Nacional), que funciona con su denominación inglesa en el mismo edificio policial. La NPPTO está dirigida por el norteamericano Richard Raugi y tiene 16 funcionarios de la misma nacionalidad, de los cuales 6 son agentes especiales de la CIA y permanecen compartimentados del resto del personal; en manos de esa media docena está el programa de modernización de las fuerzas policiales dominicanas en cuestiones de inteligencia, comunicaciones, etc. De hecho, la NPPTO es el verdadero comando de la represión. “El general Pérez y Pérez —susurra un chiste opositor— cree que AID quiere decir: AyudoIntervengo-Decido.”

El fútbol es el deporte más popular del mundo. Se dice que alrededor de 270 millones de personas, están involucradas. El origen se le atribuye a Inglaterra. Dicen que comenzó con poca organización y hasta violencia. En 1863, en Londres, oficializaron las primeras reglas, lo reglamentaron, a través de la Football Association (FA). Invadió Europa. Los europeos, especialmente España, lo trajeron a RD. Aseguran que cuando los españoles atracaban sus barcos en el muelle, al tocar tierra, en cualquier espacio verde se recreaban jugando fútbol. Los dominicanos, se contagiaron y lo aprendieron. Con el tiempo, formaron dos equipos: el PINDU y el CONDOR, integrados por europeos y dominicanos. En 1953 fundaron la Federación Dominicana de Fútbol (FEDOFUTBOL), dirigida por un español y un dominicano. Hoy tenemos varias asociaciones y escuelas. El fútbol va creciendo en el país, aunque se destaca poco a nivel internacional. Mi interés por el Fútbol comenzó con mis dos hijos, Pietro y Pierre. Desde niños, fue uno de sus deportes favoritos, junto a la equitación, el basketball, la natación, etc. Afortunadamente, en el American School of Santo Domingo, donde hicieron sus estudios primarios y secundarios, tenían cancha de Fútbol. Todas las horas libres, lo jugaban. Además, asistían a clases y campamentos de verano de la Escuela de Fútbol de Jorge Bauer. Mis hijos disfrutaban los deportes y contaban con mi apoyo. De hecho, siendo adolescentes, Pierre, fue a Dallas, Texas, como Capitán de un equipo de Fútbol del American School, que representó al país en la XV11 Copa Dallas en el 1996, mientras Pietro, también

representando el país, había estado en San Juan, Puerto Rico, con el equipo del Centro Ecuestre Las Colina, en una competencia de equitación, montando caballo al estilo ingles, esto es, saltando obstáculos. Naturalmente, eran hobbies, terminaron siendo ingenieros civiles. Sueño con que todos los niños y jóvenes, puedan tener acceso a los deportes. Son educativos, ayudan a la salud física y mental. Viendo el mundial de Futbol Russia 2018, me emociono. Cada futbolista, cargado de sueño, quiero que gane y termino agotada, especialmente cuando en la competencia están Alemania y España, donde viven mis hijos. El fútbol es apasionante. Las reglas, muy estrictas, se aplican en cada movimiento: al usar los pies, la cabeza, controlar las manos, estar atentos a espacios vacíos para dirigir la bola, detenerla sin tocar al contrincante, tropezar, caerse, levantarse, meter gol, etc, y si se comete una falta ¡ el penalty!. Cualquier descuido puede hacer perder al equipo. Quedé agotada con el juego España y Portugal, Alemania y México, Suiza y Brasil, Japón y Colombia, Irán y España, etc...Adoré el jugador llamado Osako de Japón. Es como una avispita al asecho. A pesar de su pequeña estatura, con la cabeza entró el gol que le dio el triunfo a Japón. Agradezco al mundial de Futbol, que me permite olvidar por horas, los temas de corrupción, violencia, Odebrecht, los congresistas, Ley de Partido. ¡Debemos fomentar los deportes! Necesitamos que los jóvenes se ejerciten, recreen, reciban energía positiva, busquen lo hermoso y saludable de la vida y despejen de su escenario, las lecciones negativas que invaden la sociedad.


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Santo Domingo, República Dominicana

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Lic. Alex Jiménez Presidente-Director periodicoprimicias@gmail.com

Lic. Wanda Polanco Vicepresidenta Ejecutiva

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Asesor

REDACCION Robert Vargas, José Abreu, Yolanda Tapia, Héctor Ramón Zapata Marcelo Florián, Esteban Delgado, Francisca Ramirez

ANALISTAS INVITADOS Mario Rivadulla, Esteban Rosario, Roque Zabala, Menoscal Reynoso, Robert Vargas, Luis Ruiz Pou, Maguá Moquete Paredes, César Fragoso, Jaime Fernández Lazala, Felipe Mora, Venecia Joaquín, Juan Cruz Triffolio, Andrés Patiño, Esteban Delgado y Mercedes Castillo

REPRESENTANTES EN EL INTERIOR Moca y Cibao Central- Isidro Silva; Monte Plata, Luis Danilo Santamaría; Línea Noroeste- Francisco A. Rodríguez; Sosúa, Puerto Plata y la Costa Norte-Víctor Morales O.; San Cristóbal-José A. Thomás y Miguel Angel Solano; Azua- Freddy Peña Pastor; Hato Mayor del Rey- Felipe Herrat; San Juan de la Maguana-Manolo Cabral; El Seybo -Carmen Carela; Neyba-Maritza Peña; Bonao, La Vega y Constanza-Guiby de la Cruz; Esperanza-Francisco Quico Rodríguez; La RomanaJohnny Sánchez; San Pedro de Macorís-Leonardo Veloz Reyes; Barahona- Don Rodolfo Lama; Jarabacoa-Luis Manuel Abreu; Samaná-Virgilio Mercado; La VegaIsrael Castillo; Baní-Radhamés Villar; Dajabón-Nelson Rickard; Higüey-Tomás Santana y Livio Mariano Cedeño; Haina-Germán Martínez y Magüá Moquete Paredes, Navarrete-Pablo Disla; Santiago-Narciso Pérez, Carlos Ramírez Báez

DEPORTES Renaldo Bodden, Editor

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Delincuencia policial, macuteo, métodos trujillistas, la Policía que paga el contribuyente dominicano (Editorial dedicado a los valientes periodistas Orlando Martínez, quien en vida hizo un periodismo valiente; Ricardo Nieves e Ivonne Ferreras, voces democráticas del periodismo dominicano)

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a Policía Nacional abusa, se excede, violenta derechos ciudadanos, destruye la imagen del gobierno que encabeza el presidente Danilo Medina, cuando desmantela campamentos en protestas pacificas de la Marcha Verde en Santiago de los Caballeros y el campesinos que reclaman derechos a la empresa minera Barrick Gold, en Cotuí, provincia Sánchez Ramírez. ¿Con cuál protección legal comete la PN esos y muchos abusos más? ¿Con qué derecho policías lanzaron una bomba a un maestro de Bonao? Con qué derecho agentes de la Policía detienen ciudadanos sin cometer delitos y los lleva a destacamentos policiales? ¿ Con qué derecho policías les quitan motores de trabajo a mensajeros de empresas privadas, perjudicando la actividad productiva de ciudadanos honestos? ¿Con qué derecho policías macutean ciudadanos en las

calles, carreteras, autopistas y avenidas? ¿Con qué derecho cientos de policías transitan en motores sin placas en este país? ¿Por qué la Policía mantiene en sus filas a generales, coroneles y otros oficiales con mentalidad trujillista? Todo coincide con lo ocurrido en los últimos años, en los cuales escandaliza la delincuencia policial, utilizada por policías para tratar de conseguir dinero. ¿No supervisan a los policías que participan en allanamientos? ¿Con qué derecho muchos policías siguen utilizando los métodos trujillistas? Primicias está muy preocupado por los abusos de poder de la Policía, inaceptables, señor presidente de la República, Danilo Medina. Ponga el orden en la Policía Nacional, señor presidente, aquí manda la sociedad, a la que se deben los gobiernos.

MIGUEL PINEDA LOPEZ COLABORADOR

¿RETALIACION CONTRA CHU? Aunque no lo sea, huele a retaliación política la acusación contra Chu Vázquez en el sonado caso Odebrecht. Hasta prueba en contrario creemos en la inocencia de ese alto dirigente del PRM. La inclusión de Chu ha sorprendido al país y ha generado mucha suspicacia, se comenta que la Procuraduría General de la República ha tratado de repartir las penas y responsabilidades para equilibrar el asunto, mientras el Senador Tommy Galán fue sacrificado quizás por no ser miembro del Comité Político del PLD.

El PRM está obligado a defender y lo está haciendo a sus dirigentes imputados y hay quienes afirman que se trata de una supuesta y siniestra maniobra para destruir esa incipiente pero pujante organización de la oposición. En el caso de los periodistas que fueron excluidos del expediente: Julio Martínez Pozo y Danny Alcántara, que dicho sea de paso nunca se formularon acusaciones en su contra, nos alegramos sobremanera que hayan salido airosos, pues estábamos convencidos de que se trata-

ba de una bellaquería. Martínez Pozo y Danny Alcántara defendieron su honor, honestidad y pulcritud profesional, y lo hicieron con

valor y entereza, recibiendo el apoyo masivo de la clase periodística nacional y de una gran parte de la población. Ambos comunicadores han logrado el éxito y estrellato viniendo de abajo a base de una labor acrisolada de muchos años reivindicando siempre sus orígenes sociales. En el caso de Martínez Pozo al hacerse acompañar de su padre, un hombre humilde y campechano, en la rueda de prensa donde denunciaron la persecución, nos dimos cuenta de su gran fortaleza familiar y de su total inocencia.


NACIONALES PERDIDA DE PLACA

Se hace de conocimiento general que se ha extraviado la matrícula del vehículo de motor, Tipo Carga, Registro y placa, L133521, marca MITSUBISHI, modelo FE635B06L, color BLANCO, año de fabricación 2003, CHASIS: FE635CA41963, Propiedad de SERGIO REYES , cédula de identidad y electoral número 023-0054121-2, San Pedro de Macoris.

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

En cumplimiento a lo establecido por la ley, se hace de público conocimiento que los DOS (2) CERTIFICADOS FINANCIEROS 1) NO. 1015609724, EXPEDIDO POR LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, EN FECHA 12-04-2017, POR UN MONTO DE SEISCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$600,000.00), Y 2) NO. 1015609791, EXPEDIDO POR LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, EN FECHA 12-04201, POR UN MONTO DE SESENTA MIL PESOS DOMINICANOS (RD$60,000.00), dicho certificado se ha extraviado y hasta la fecha no se ha podido localizar LUSSY RAQUEL HEREDIA Solicitante

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha catorce (14) del mes de diciembre del año Dos Mil diecisiete (2017), en la Octava sala para Asuntos de Familia de la cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; mediante la Sentencia Civil No. 02289-17, de fecha 14 de diciembre del 2017, FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre Carlos Ercilio Sangiovanni Rodríguez y Elizabeth Herrera Zayas; SEGUNDO: OTORGA la Guarda de Paula y Karla a favor de su madre Elizabeth Herrera Zayas; TERCERO: En cuanto al régimen de visitas, ordena que se le otorgue al padre Carlos Ercilio Sangiovanni Rodríguez, dos fines de semanas al mes, siempre y cuando el padre este disponible para compartir con sus hijas menores Paula y Karla, teniendo en cuenta que las niñas serán buscadas por el padre en horas de la mañana y devueltas a las siete de la noche del mismo día; CUARTO: Fija en la suma de Treinta Mil Pesos (RD$30,000.00) la pensión alimentaria que tendrá que pagar el señor Carlos Sangiovanni Rodríguez, en manos de Elizabeth Herrera Zayas; QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente; Así mismo se hace constar que en fecha NUEVE (09) del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018), el Oficial del Estado Civil de la Primera (1era) Circunscripción de del Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida sentencia en el Libro No. 00008, Folio del 0029, bajo el acta No. 000510, del Año: 2018 Así como se efectúo el pronunciamiento de dicho divorcio. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, en la República Dominicana, Hoy día Domingo Quince (15) del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018). Lic. Dimery Soc. Núñez ABOGADO

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En virtud de las disposiciones legales vigentes contenidas en el artículo 42 de la ley 1306-bis, de Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha treinta (30) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó la sentencia civil No.0077-18, la cual en su parte dispositiva dice así: Falla: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Konstantinos Douridas y Lucila Moronta Lantigua, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio número 349, instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional Lic. Juan Ernesto Lugo Ramírez en fecha 01/12/2018 transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leída íntegramente, firmada y sellada por ante mí, secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día veintiuno (21) del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018); la misma ha sido Registrada en la Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, el día dos (02) del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018), en el libro letra A, No. 4159. Rosa Encarnación Ferreras Secretaria. El presente divorcio ha sido pronunciado y transcrita la sentencia por ante el Oficialía del Estado Civil de la Primera (1ra.) Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha Veintitrés (23) días del mes de Marzo del año Dos Mil Dieciocho (2018), registrada bajo el Libro No. 00009, Folio No.0037, Acta No.000614, del año 2018. En la Ciudad de Santo Domingo, capital República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).Licda. Iris Rodríguez Abogada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento del Articulo No.42 de la Ley No.1306-BIS de Divorcio, se hace saber, que la Séptima Sala Civil de Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dicto en sus atribuciones civiles el 16 del mes de Mayo del año 2018, la Sentencia Civil No.532-2018-SSEN-00959, cuyo dispositivo dice así: FALLA:PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores Daniel Alexander Adams Taveras y Paola Del Carmen Gil Pineda, por haber sido hecho de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelta el vinculo matrimonial existente entre los señores Daniel Alexander Adams Taveras y Paola Del Carmen Gil Pineda, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No.04/18, instrumentado en fecha 02 de Marzo del año 2018, por la Dra. María Lourdes Castillo Añil, Notario Público de los del Numero del Distrito Nacional, por los motivos que precede. b) Otorga la guarda y cuidado del menos de edad Christian Alexander, a cargo de la señora Paola del Carmen Gil Pineda; acordado el acto de de convenciones y de estipulaciones No.04/18, instrumentado en fecha 02 de Marzo del año 2018, por ante la Dra. María Lourdes Castillo Añil, Notario Público de los del Numero del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. c) Homologa y fija la Pensión Alimentaria estipulada y pactada por los conyugues en causa, en el monto de seis mil (RD$ 6,000.00) pesos dominicanos, de conformidad al acto de Convenciones y Estipulaciones No.04/18, de fecha 02 de Marzo del año 2018, instrumentado por la Dra. María Lourdes Castillo Añil, Abogado Notario Público de los del Numero del Distrito, por las consideraciones que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. El referido divorcio fue pronunciado el doce (12) de Junio del 2018, por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, y la sentencia que lo admite transcrita en el Libro No.00014, Folio No.0069, bajo acta No.001138, año 2018. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 24 días del mes de Junio del año 2018. LIC. JUAN GIL RAMIREZ Abogado.

PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

Para generar conocimiento de la ley 1306-Bis, de divorcio, se hace a siguiente publicación: LA SENTENCIA CIVIL No. 2017SCIV.000164, DE FECHA VEINTISIETE DEL MES DE JULIO del año 2017 (27/07/2017), dictada por la SEGUNDA SALA DE LA CAMARA CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARAHONA, dicto en sus atribuciones civiles cuyo dispositivo dice lo siguiente: PRIMERO: EN CUANTO AL FONDO, ADMITE, el divorcio por mutuo consentimiento entre los señores VICTOR FERNANDO FELIZ DIAZ y DORILA BATISTA MATEO, de acuerdo a lo pactado por ambos en el acto de estipulaciones y convenciones para divorcio por mutuo consentimiento, de fecha veintiocho (28) del mes de abril del año 2017, legalizado por el DR. RAFAEL AQUIMEDES GONZALEZ ESPEJO, abogado, notario público de los del número de Barahona, transcrito más arriba en esta sentencia. SEGUNDO: ORDENA, al Oficial del Estado Civil de la 1ra Circunscripción de BARAHONA, a que proceda el pronunciamiento del divorcio que se admite por medio de la presente sentencia previo al cumplimiento de las formalidades legales y a diligencia de una de las partes. TERCERO: COMPENSA, las costas por tratarse de litis familiar DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede ante el honorable magistrado juez de primera instancia del Distrito Judicial de Barahona, celebrando audiencia pública, el mismo día, mes y año expresados, la cual fue leída, firmada, sellada y rubricada por mí, secretaria que certifico, ROSARIO LUGO SANTIAGO. Que en fecha treinta (30) del me de agosto del año dos mil diecisiete (30/09/2017) el Oficial del Estado Civil de la provincia de Barahona, pronuncio el presente divorcio entre los señores LUIS FERNANDO FELIZ DIAZ y DORILA BATISTA MATEO, por MUTUO CONSENTIMIENTO, cumpliendo las formalidades exigidas por la ley, el cual fue Registrado en el libro No. 00002 de Registro de DIVORCIO, Folio No. 0155, Acta No. 00078, año 2017, la presente publicación ha sido ordenada por el Licda. Claudia Esperanza Segura Méndez. En la ciudad de Barahona, República Dominicana, a los once (11) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). LICDA. Claudia Esperanza Segura Méndez Abogada Apoderada

“La verdad siempre”

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

De conformidad con el artículo 92, párrafo III de ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus reglamentos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título matrícula No. 2, Decreto No. 78-1122 de fecha 1 del mes de septiembre del año 1978, expedida por el Registro de Título de Barahona, que ampara los derechos de propiedad, Solar No. 25, Manzana No. 10, Distrito Catastral No. 1, del municipio de Vicente Noble ,provincia Barahona, con una extensión superficial de Doscientos Noventa y Nueve (299) metros cuadrados, a favor del señor FEDERICO FLORIÁN DE LA PAZ, Transcrito y expedido por el registrador de titulo de Barahona en fecha 7 del mes de septiembre de 1978.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

De conformidad con el artículo 92, párrafo III de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus reglamentos, se hace de público conocimiento que se ha extraviado el certificado de título matrícula 0600000523, de fecha 9 de junio del 2008, expedida por el Registro de Títulos de Barahona, que ampara los derechos de propiedad de la parcela número 23Subd-27-Subd-256 del distrito catastral número 14/1A del municipio y provincia de Barahona, con una extensión superficial de 299.80 metros cuadrados, a favor del señor ENRIQUE MANUEL BORBON COLLADO.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

De conformidad con el artículo 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcios, y para que sea de público conocimiento, se hace saber: Que la Cuarta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, especializada en asuntos de familia, dictó una Sentencia Civil en materia de divorcio por Mutuo Consentimiento, marcada con el No.1288-2018-SCON-0435, Exp. No.1288-2018-ECON-00604, de fecha 25/05/2018, pronunciada por la Oficialía del Estado Civil de la 8va. Circunscripción de San Antonio de Guerra, en fecha 15/06/2018, en el Libro No.00001, Folio No.0023, Acta No.000012, del año 2018; cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: F A L L A: PRIMERO: Acoge las conclusiones vertidas en el acto de convenciones y estipulaciones encontradas en el acto número dieciséis (16) de fecha veinte (20) del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018), instrumentado por el DR. ANDRES JULIO FERRERAS MENDEZ, Abogado Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, matrícula No.3735, por haber sido hecho conforme a la ley.SEGUNDO: Admite el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges, señores CESAR ANTONIO CORDERO JOSE y VIRGINIA NELLY MEDINA BAEZ, con todas sus consecuencias legales.TERCERO: Ordena el pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente.CUARTO: Compensa las costas por tratarse de litis entre esposos.Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Fidos. ALTAGRACIA MENDOZA GUTIERREZ, Jueza; y BRENDA A. ROSARIO, Secretaria).En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de junio del año Dos Mil Dieciocho (2018).LICDA. GISELA RODRIGUEZ MORENO Abogada Apoderada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones de la ley 1306 bis, de divorcio, se hace de público conocimiento que la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, dictó una sentencia marcada con el número 0195-2018-ECIV-00161, de fecha 15 de marzo del año 2018, con el dispositivo siguiente: FALLA PRIMERO: Pronuncia el defecto contra Bárbara Rivera, por falta de comparecer no obstante citación; SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre Porfirio Luciano y Bárbara Rivera, interpuesto conforme a la actuación ministerial No. 43/2018 de fecha 19/02/2018 del protocolo de Richard Cedeño Ramírez, alguacil de estrados de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, por los motivos que figuran en el cuerpo de la presente sentencia; y se autoriza a la parte más diligente, procurar el pronunciamiento del mismo por ante el Oficial del Estado Civil que corresponda según la ley. TERCERO: Declara el presente proceso libre de costas. CUARTO: Designa a Julián Eberto Sena Estévez, alguacil ordinario de esta Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana, para notificar la presente decisión a la parte que ha hecho defecto conforme al artículo 156 del Código de Procedimiento Civil. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. El presente divorcio fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de La Romana, en fecha 7 del mes de junio del año 2018, según libro 00002, folio No. 0087, Acta No. 0002005 del año 2018. Santo Domingo, ____ de junio del año 2018. Dr. Manuel Antonio Gutiérrez Espinal

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las Disposiciones del Articulo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 08 del mes de Diciembre 2016, la segunda sala de la cámara Civil y Comercial del Juzgado de primera Instancia de asuntos de familia, de la Provincia de santo Domingo, mediante sentencia No5502016-SSET-01276, FALLA PRIMERO: Admite el divorcio por Mutuo consentimiento entre los esposos Ismael Alcántara Moreta y Joselin Acevedo Ortega, conforme al acto No.308-2016, de estipulación de Divorcio Instrumentado por ante la Notario Publico de los del Numero para el Distrito Nacional, Licda. Johanna Rossy Reyes Genao, de fecha 17 del mes de Agosto del año 2016, Transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: Ordena el pronunciamiento del divorcio, por ante el Oficial del Estado Civil Correspondiente. TERCERO: compensa las costas del proceso por tratarse de asuntos de familia Tal y como consta en los motivos de la presente sentencia. Así mismo se hace saber que en fecha 29/12/2016, el Oficial del Estado Civil de la 5TA. Circunscripción, de santo domingo Norte, Procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00008, Acta No.000724, folio No.0047, año 2016, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho Divorcio. LIC. RAFAEL EMILIO BAEZ MATEO ABOGADO APODERAD

PUBLICACION DE DIVORCIO POR CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

Para conocimiento general, y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley de divorcio 1306 BIS, sobre Divorcio, se hace saber lo siguiente: que en fecha 26 del mes de febrero del año 2018, la Primera Sala de la Cámara Civil Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, mediante sentencia civil marcada con el número 0105-2018-S.CIV.00046, se ordenó lo siguiente: FALL: PRIMERO: Ratifica el defecto pronunciado por este tribunal en la audiencia en divorcio del día 05 de febrero del año 2018, contra la parte demandada señor TOMAS HERIBERTO LORA GARCIA, por no haber comparecido no obstante haber sido emplazado. SEGUNDO: declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, intentada por la señora PROVIDENCIA DEL CARMEN ACOSTA DUVERGE, contra TOMAS HERIBERTO LORA GARCIA, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto e vínculo matrimonial existente entre los señores TOMAR HERIBERTO LORA GARCIA y PROVINDENCIA DEL CARMEN ACOSTA DUVERGE, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres. CUARTO: compensa las costas del procedimiento, por tratarse de una litis entre esposos. QUINTO: Comisiona al ministerial GENNY RAFAEL PEREZ CUEVAS, alguacil de estrados de la primera sala de la cámara civil, comercial y de trabajo del juzgado de primera instancia del Distrito Judicial de Barahona, este tribunal, para que proceda a la notificación de la sentencia. Y por esta nuestra sentencia, dada y firmada por: MAXIMO MATOS FELIZ, juez, SANDRA BAEZ RAMIREZ, secretaria. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el Magistrado Juez de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido pronunciada en la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Barahona, el día 26 del mes de febrero del año 2018, según acta inscrita en el libro número 00002, de registro de divorcio folio 0063, acta número 00013 del año dos mil dieciocho (2018). En la ciudad de Barahona, República Dominicana, hoy día diecinueve (19) del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018). LIC. ALCIDES MOISES ACOSTA PEÑA Abogado

Del 24 al 30 de Junio del 2018

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PÉRDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace de público conocimiento la pérdida del Certificado Financiero, Código del Instrumento: CF-1016610076, de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, Sucursal: Haina, por un monto de UN MILLÓN DE PESOS DOMINICANOS con 00/100 (RD$ 1,000,000.00), a nombre de ANDREA RAMÍREZ, Cédula: 093-0018620-3 O KELIN DE LA CRUZ RAMÍREZ, Cédula: 093-0045139-1.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Según las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace de público conocimiento: Que la primera sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, dictó la sentencia Civil marcada con el No. 0105-2018-S.CIV.0037, de fecha ocho (8) del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018), dicho divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la primera circunscripción Barahona, el día nueve (09) de mayo del año dos mil dieciocho (2018), cuyo dispositivo copiado textualmente es como sigue: FALLA PRIMERO: Ratifica, el defecto pronunciado por el tribunal en la audiencia del día veintidós (22) de enero del año dos mil dieciocho (2018) contra la parte demandada señora ANIURKA ROCHA CUEVAS por no haber comparecido no obstante haber sido emplazado. SEGUNDO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres intentada por el señor JUAN LUIS BAUTISTA MATOS contra ANIURKA ROCHA CUEVAS, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre pruebas legales, en consecuencias declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre lo señores JUAN LUIS BAUTISTA MATOS y ANIURKA ROCHA CUEVAS por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. CUARTO: Dispone que los menores de edad DAYANARA y WILLIAM, quedan bajo la guarda y cuidado de su madre, la señora ANIURKA ROCHA CUEVAS, has tanto adquieran la mayoría de edad. QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Barahona, previo cumplimiento de las formalidades legales establecidas. SEXTO: Compensa las costas del procedimiento, por tratarse de litis entre esposos. SEPTIMO: Comisiona al Ministerial GENNY RAFAEL PEREZ CUEVAS, alguacil de estrado de este tribunal, para que proceda a la notificación de la presente sentencia. Así se ordena, manda y firma DR. JORGE MANUEL CUEVAS Abogado Parte Demandante

AVISO DE DIVORCIO

En cumplimiento de las Disposiciones del Articulo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 28 del mes de abril del año 2017, la Séptima sala de la cámara Civil y Comercial del Juzgado de primera Instancia de para asuntos de familia, mediante sentencia No.0778-17, Ordeno PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores Juan Francisco Jiménez García y walkiria karobel Otáñez Polanco, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el vinculo Matrimonial existente entre los señores Francisco Jiménez García y walkiria karobel Otáñez Polanco, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de DivorcioNo.28, Instrumentado en fecha 14 de Marzo 2017, por ante la Dra. Milagros Jimenez, Notario público de los del Numero del distrito Nacional, por los motivos expuestos; TERCERO: se otorga la guarda de la menor de edad Stacy Francines,, a cargo de la señora walkiria karobel Otáñez Polanco, CUARTO: Ordena al Oficial del Estado civil Correspondiente pronunciar el presente Divorcio. Así mismo se hace saber que en fecha 29/05/2017 el Oficial del Estado Civil de la 1RA. Circunscripción, del Distrito Nacional, Procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00011, bajo el Acta No.001012, folio No.0037, año 2017, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho Divorcio. LIC. RAFAEL EMILIO BAEZ MATEO ABOGADO APODERAD

AVISO DE INCORPORACION

En virtud de lo establecido en la ley 122-05, del 8 de abril del 2005, en su artículo 5, párrafo I, II y III. Se hace de público conocimiento que la Procuraduría General de la Corte de apelación del departamento judicial de Barahona, mediante la resolución número 0035-2018, de fecha 24 del mes de mayo del año 2018, le concede el beneficio de Incorporar a la Fundación Luz y Esperanza por el Desarrollo de Pescadería (FUNLEDEPE), con domicilio en la calle María Montes, número 11 del barrio Corea del Distrito Municipal de Pescadería, municipio Fundación, provincia Barahona. Cuyos objetivos son: contribuir a mejorar la calidad de vida de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos envejecientes de escasos recursos del distrito municipal de Pescadería, mediante la canalización de ayudas, cursos, talleres, conferencias, también proporcionar ayudas a aquellos que por su avanzada edad y estado de salud no pueden insertarse al sistema productivo. La fundación Luz y Esperanza por el Desarrollo de Pescadería (FUNLEDEPE), tendrá un periodo de duración definitiva. Su junta directiva tendrá siete (7) miembros, que son: Nibia Ferrera Céspedes, presidente; Rosin Cuello López, vicepresidenta; Angélica María Sandoval López, secretaria; Milagros Antonia Castillo Canario, finanzas; Diomilsy Concepción, vocal; Yudelka López Cuello, vocal II y Larissa Dayanara Pérez Matos, asesora legal. En el municipio Santa Cruz, provincia Barahona, República Dominicana, a los treinta (30) del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018) Nibia Ferrera Céspedes Presidenta

AVISO DE CAMBIO DE NOMBRE

En cumplimiento de las disposiciones en el artículo 80 de la ley No. 659-44, sobre actos del Estado Civil, y sus modificaciones, se hace saber que mediante Oficio No. 8167, de fecha 18 de abril 2018, se autoriza a realizar publicaciones de lugar al señor MANUEL VILLA SANTANA PEREZ, para que pueda cambiar su nombre por MANUAL SANTANA PEREZ, invitando a quien tena interés, a presentar su posición sobre el particular en el término de 60 días. En la ciudad de Santo Domingo, D.N. a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018) LICDA. LIDIA MUÑOZ Abogada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Según las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para general conocimiento, se hace de público conocimiento: Que la primera sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, dictó la sentencia Civil marcada con el No. 0105-2018-S.CIV.0037, de fecha ocho (8) del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018), dicho divorcio fue pronunciado en la Oficialía del Estado Civil de la primera circunscripción Barahona, el día nueve (09) de mayo del año dos mil dieciocho (2018), cuyo dispositivo copiado textualmente es como sigue: FALLA PRIMERO: Ratifica, el defecto pronunciado por el tribunal en la audiencia del día veintidós (22) de enero del año dos mil dieciocho (2018) contra la parte demandada señora ANIURKA ROCHA CUEVAS por no haber comparecido no obstante haber sido emplazado. SEGUNDO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres intentada por el señor JUAN LUIS BAUTISTA MATOS contra ANIURKA ROCHA CUEVAS, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre pruebas legales, en consecuencias declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre lo señores JUAN LUIS BAUTISTA MATOS y ANIURKA ROCHA CUEVAS por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres. CUARTO: Dispone que los menores de edad DAYANARA y WILLIAM, quedan bajo la guarda y cuidado de su madre, la señora ANIURKA ROCHA CUEVAS, has tanto adquieran la mayoría de edad. QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Barahona, previo cumplimiento de las formalidades legales establecidas. SEXTO: Compensa las costas del procedimiento, por tratarse de litis entre esposos. SEPTIMO: Comisiona al Ministerial GENNY RAFAEL PEREZ CUEVAS, alguacil de estrado de este tribunal, para que proceda a la notificación de la presente sentencia. Así se ordena, manda y firma DR. JORGE MANUEL CUEVAS Abogado Parte Demandante


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Del 24 al 30 de Junio del 2018

“La verdad siempre”

NACIONALES


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