Primicias 1313

Page 1

www.primicias.net

AÑO XXVI NO. 1313 5 AL 11 DE MAYO DE 2019, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA • RD$10.00, ESTADOS UNIDOS US$1.00

Arzobispo SD Daña su imagen, Pelea con medios Conferencia del Episcopado debería pronunciarse sobre calidad democracia RD

JCE como la arepa

Preocupa frecuentes sabotajes a líneas eléctricas

RD Hoy, Semana de protestas La huelga de médicos y otros prestadores de servicios en reclamo de mejores dividendos del seguro de salud, el reinicio de lucha comunitaria contra la construcción de una terminal de autobuses en el Parque del Este, Santo Domingo Este, protesta de los trabajadores el 1 de Mayo, el reclamo de comunitarios por el asfaltado de calles en Villa Mella y otras jornadas de lucha se llevaron a cabo esta semana en República Dominicana. Sindicalistas enfrentan la disolución del Instituto Dominicano de Seguros Sociales ( IDSS) y en contra de la modificación del Código de Trabajo.


La segunda

RD Hoy, Arzobispo Santo Domingo daña su imagen con los medios de comunicación y el país, reculación costosa a lo que expresó, semana de conflictos, la JCE como la arepa, población teme fraude electrónico en elecciones 2020, JCE cometió error involucrándose en conflicto del PRD Los medios de comunicación no se inventaron lo que expresó sobre el tema de la dictadura el arzobispo metropolitano de Santo Domingo, Francisco Ozoria. Tampoco inventaron nada sobre las opiniones de sacerdotes en el Sermón de las Siete Palabras, el viernes santo. Es un exceso, un atrevimiento del arzobispo Ozoria expresar que los medios de comunicación incentivan un pleito entre la iglesia y el gobierno. ¿No pensó monseñor Ozoria lo que expresó sobre la amenaza dictatorial en República Dominicana? ¿Por qué cambió tan rápido de opinión? ¿Por qué iniciar un pleito con los medios de comunicación? El arzobispo Ozoria se arregló con el presidente Danilo Medina y el gobierno y se pelea con los medios de comunicación. Como una contribución al debate democrático y a la historia dominicana sobre todo expresado por Ozoria, publicamos en esta edición las portadas de Primicias, El Nacional, Listín Diario, El Día, Diario Libre, El Caribe un editorial de El Nuevo Diario e informaciones, columna de José Báez Guerrero en El Día y reacciones sobre lo expresado por Ozoria. Todo ese contenido es por lo expresado por Ozoria en el programa que dirige Huchi Lora en Telesistema 11. No hay dudas, la reacción de Ozoria es un mal comienzo en sus relaciones con los medios de comunicación, los cuales solo tenemos un compromiso con la verdad. UN AVISO Una foto muy sonrientes que le tomaron al presidente Danilo Medina y al obispo Benito Ángeles fue una respuesta de Medina a lo expresado sobre la dictadura por Ozoria y los sacerdotes.

Santo Domingo, República Dominicana

Del 5 al 11 de Mayo del 2019

(PRD) luego de una sentencia Tribunal Superior del Electoral (TSE). Hay quienes acusan a ese organismo de desacatar una sentencia del Tribunal Superior Electoral. Otros dos temas son los cuestionamientos de los partidos Revolucionario Moderno y Reformista Social Cristiano (PRSC) a la composición de las juntas municipales electorales, como el voto electrónico en los comicios de 2020. Muchos interactivos llaman a programas de opinión y comienzan a decir que no descartan la posibilidad de un fraude electrónico en las venideras elecciones.

Días después aparecen Medina, Ángeles, Ozoria, un obispo auxiliar y otra persona en un encuentro en el Palacio Nacional. ¿Benito Angeles, enlace del presidente Medina con los otros obispos? ¿Benito Ángeles, obispo bombero para apagar los fuegos entre la Iglesia y el gobierno? CONFERENCIA DEL EPISCOPADO, MAXIMA AUTORIDAD

DE LA IGLESIA El arzobispo Ozoria no es la máxima autoridad de la Iglesia en el país, sino la Conferencia del Episcopado Dominicano. ¿Cuál es la posición de la Conferencia del Episcopado sobre el tema de la amenaza dictatorial en República Dominicana? Cada obispo piensa diferente. El obispo Víctor Masalles, de la Diócesis San Cristóbal,

Peravia y San José de Ocoa, tiene la suya. El arzobispo Ozoria la expresó y fue ampliamente difundida por los medios de comunicación, aunque ahora le eche la culpa a los medios de comunicación. Otro arzobispo con posiciones muy claras y contundentes sobre lo que vive el país es el de Santiago, Freddy Bretón. Ojalá se pronuncie el presidente de la Conferencia del

Episcopado. ¿Y los otros que piensan? ¿ Pudiera la iglesia emitir una pastoral sobre la calidad de la democracia dominicana? JCE COMO LA AREPA La Junta Central Electoral está como la arepa, fuego por arriba y por abajo. Por un lado, cometió u error enviando personal a un evento del Partido Revolucionario Dominicano

PLD PRESIONA POR EL ARRASTRE El Partido de la Liberación Dominicana presiona a la Junta Central Electoral por el polémico tema del voto arrastre en los comicios de 2020. Lo del voto de arrastre es producto de una ley y la Junta tiene una papa muy caliente con la decisión al respecto. El voto arrastre es antidemocrático. El elector vota por un candidato y no puede traspasársele a otro por el cual no han votado. Un elevado número de legisladores llegaron al Congreso por el voto arrastre, de lo contrario no hubiesen logrado su propósito. Si el Congreso impone el arrastre crea un problema constitucional. Apostemos al voto libre, no al arrastre. El ciudadano debe votar por el diputado y senador de su preferencia, el arrastre es una puñalada a la democracia. SIGUE TEMBLANDO LA TIERRA EN RD Continúan los temblores de tierra en el país, atención a eso.


NACIONALES

El Mundo Hoy, crisis venezolana, posición de EU contra Maduro, Rusia y Cuba, condena a Assange La crisis política en Venezuela se agravó en la semana Muy activo el papel del opositor Juan Guaidó, el gobierno de Estados Unidos y las Naciones Unidas. La semana arrancó con el intento de derrocamiento del presidente venezolano Nicolás Maduro. Posteriormente, los opositores de Maduro anunciaron una huelga general y Estados Unidos advirtió que no descarta una acción militar en Venezuela. Estados Unidos endureció su posición contra Cuba y Rusia por su rol a favor de Maduro. En el caso de las Naciones Unidas, la

“La verdad siempre”

JOSÉ ABREU Hablando Alto

3

PERIODISTA / abreu16jose@hotmail.com

OJO, VENEZUELA PODRIA ARRASTRAR A CUBA emprendió contra el uso excesivo de la fuerza contra manifestantes venezolanos. ASSANGE Julián Assange fue condenado esta semana a un

año de prisión por infringir en 2012 las condiciones de libertad condicional sobre una orden de entrega a Suecia. Assange es fundador del portal Wikileaks, de mucho impacto en el mundo de

informaciones impactantes. COMIDA CARA EN NUEVA YORK Dominicanos que residen en la ciudad de Nueva York se quejan de los altos precios en los alimentos.

Banco Popular y Mastercard presentan la tarjeta de crédito Infinia El Banco Popular Dominicano y Mastercard lanzaron al mercado la tarjeta de crédito Mastercard Infinia, que ofrece a los clientes de la entidad bancaria reembolsos o cashbacks por los consumos realizados en categorías determinadas, en adición a otros beneficios. De este modo, la Mastercard Infinia del Popular ofrece el reembolso del 10% en los consumos realizados en categorías seleccionadas trimestralmente. Además, los tarjetahabientes disfrutarán un 1% de reembolso en el resto de los consumos en establecimientos comerciales. Tendrán también la posibilidad de realizar gratuitamente hasta tres viajes de bienvenida en vehículos asociados a Uber y, además, podrán participar en sorteos mensuales de 100 tarjetas de regalo de Amazon, por valor de US$ 120. La señora Austria Gómez, vicepresidente del Área de Tarjetas del Popular, en sus palabras durante el acto de presentación de este nuevo

Del 5 al 11 de Mayo del 2019

medio de pago, reiteró el empeño continuo de la entidad bancaria por siempre facilitar la vida a sus clientes con un portafolio innovador de productos, ajustado a sus necesidades y apoyado en un modelo de banca digital ágil. La ejecutiva subrayó que “esfuerzos de innovación como este, sumados a una visión de largo plazo, nos han afianzado como un socio financiero de los dominicanos, quienes en retribución nos conceden su confianza, al preferir nuestros servicios y productos financieros”. El Banco Popular es el líder en la cartera de tarjetas de crédito en la República

Dominicana, con una participación de mercado de 31% a cierre de 2018, gracias a su amplio portafolio de tarjetas, compuesto por unos 30 productos que se adaptan a las distintas necesidades de sus clientes. CATEGORÍAS TRIMESTRALES DE BENEFICIOS Como explicó la ejecutiva del Popular, las categorías que incluirán el beneficio de los reembolsos para los consumos con la Tarjeta Infinia serán muy variadas, buscando siempre responder a los intereses de los tarjetahabientes del producto. Por esta razón, las catego-

rías cambiarán cada tres meses, asegurando así la cobertura de una amplia variedad de servicios para los usuarios de esta tarjeta de crédito. La información actualizada con las categorías de cada momento se publicará trimestralmente en la página web www.popularenlinea.com/tarjetas. Los tarjetahabientes deben inscribirse en esta web o llamar a Telebanco Popular para disfrutar los descuentos. Como el resto del portafolio de tarjetas del Popular, la Infinia cuenta con tecnologías chip y contactless, pudiendo realizar pagos en establecimientos locales e internacionales de forma más segura, rápida y cómoda, sin contacto, con solo acercar la tarjeta a las terminales habilitadas para el pago con esta tecnología. El evento de presentación fue realizado ante representantes de los medios de comunicación en las instalaciones del Centro Digital Popular, ubicado en el tercer nivel del centro comercial Downtown Center.

Por más que lo quieran negar, la crisis en Venezuela se agrava cada día y así será hasta que llegue el momento culminante, que a decir de expertos no tardará mucho, pues cada día que pasa más venezolanos rechazan al actual régimen. Las acciones como la ocurrida esta semana seguirán sucediendo, porque los opositores han encontrado, con el respaldo de Estados Unidos, la Unión Europea y Gran Bretaña, un líder que los conduce que Juan Guido, que demuestra que no tiene miedo a las acciones del gobierno. La llamada Operación Libertad del pasado martes demostró que Venezuela está dividida por la mitad, pues en menos de una hora esa base militar se llenó de quienes repudian al Nicolás Maduro. Lo dicho en otras oportunidades, en este tiempo ese tipo de régimen no funciona, le funcionó a Cuba en el pasado, cuando no existían las condiciones actuales. En la medida que la crisis de Venezuela se agrava así mismo se profundiza la situación en Cuba, país que esta dependiendo en muchos aspectos, principalmente económico, de la ayuda del régimen venezolano. Hay que recordar que el mismo presidente de Venezuela admitió que en ese país hay más de 40 mil cubanos de todas las aéreas, incluyendo la militar. Esto evidencia que cuando el régimen de Maduro caiga, Cuba va a sufrir las consecuencias, pues es un país que en gran medida depende a Venezuela.

El mismo régimen ha admitido que mas de mil militares han desertado de ese país y el pasado dos de marzo Maduro decía que unos 500 de ellos se preparaban en Colombia para entrar armados a Venezuela, lo que evidencia lo grave de la situación. Nicolás Maduro debe entender que Estados Unidos y sus aliados no vas a desistir de sus planes de sacarlo de Venezuela a la buena o a la mala, aunque para ello tenga que recurrir a una acción armada. El pleito está en carpeta y habrá que ver hasta qué punto Maduro resistirá acciones como la del pasado martes, cuando un grupo de militares se fue del lado de Guaido. No se ha atrevido a hacer preso al líder de la oposición, el cual no hizo caso a las sanciones impuestas para que dejara de ser diputado, pero tampoco se ha amedrentado con las amenazas. Nicolás Maduro no quiere nada que huela a oposición y hasta las cuatro alcaldías que ellos ganaron en los pasados comicios les fueron quitadas, lo cual es una acción reprochable. La crisis en ese país es cada día más grave, a pesar de que sus autoridades tratan de negarlo, pero hasta cuándo podrán seguir negando lo que vemos todos los días. A Venezuela le espera la misma suerte que a Brasil, Argentina, Ecuador, que aunque no tenían régimen totalitario, eran partes de un grupo al que occidente tenía en la mira.


Opinión

4

Santo Domingo, República Dominicana

Del 5 al 11 de Mayo del 2019

www.primicias.net

Lic. Alex Jiménez Presidente-Director periodicoprimicias@gmail.com

Sabotajes contra líneas eléctricas

Lic. Wanda Polanco Vicepresidenta Ejecutiva

Arq. Lilliam Polanco

Lic. Manuel Mancebo

Gerente Administrativa

Asesor

REDACCION Robert Vargas, José Abreu, Yolanda Tapia, Héctor Ramón Zapata Marcelo Florián, Esteban Delgado, Francisca Ramirez y Frank Núñez

ANALISTAS INVITADOS Mario Rivadulla, Esteban Rosario, Roque Zabala, Menoscal Reynoso, Robert Vargas, Luis Ruiz Pou, Maguá Moquete Paredes, César Fragoso, Jaime Fernández Lazala, Felipe Mora, Venecia Joaquín, Juan Cruz Triffolio, Andrés Patiño, Esteban Delgado y Mercedes Castillo

REPRESENTANTES EN EL INTERIOR Moca y Cibao Central- Isidro Silva; Monte Plata, Luis Danilo Santamaría; Línea Noroeste- Francisco A. Rodríguez; Sosúa, Puerto Plata y la Costa Norte-Víctor Morales O.; San Cristóbal-José A. Thomás y Miguel Angel Solano; Azua- Freddy Peña Pastor; Hato Mayor del Rey- Felipe Herrat; San Juan de la Maguana-Manolo Cabral; El Seybo -Carmen Carela; Neyba-Maritza Peña; Bonao, La Vega y Constanza-Guiby de la Cruz; Esperanza-Francisco Quico Rodríguez; La RomanaJohnny Sánchez; San Pedro de Macorís-Leonardo Veloz Reyes; Barahona- Don Rodolfo Lama; Jarabacoa-Luis Manuel Abreu; Samaná-Virgilio Mercado; La VegaIsrael Castillo; Baní-Radhamés Villar; Dajabón-Nelson Rickard; Higüey-Tomás Santana y Livio Mariano Cedeño; Haina-Germán Martínez y Magüá Moquete Paredes, Navarrete-Pablo Disla; Santiago-Narciso Pérez, Carlos Ramírez Báez

DEPORTES Renaldo Bodden, Editor

REPORTEROS GRAFICOS Domingo Gómez

Rafael Díaz Santana

829-844-3379

809-953-0300

BURO INFORMATIVO EN NUEVA YORK Miguel Cruz Tejada, Teléfono (212) 795-9315 •Email: mcruztejada@hotmail.com

BURÓ INFORMATIVO EN WASHINGTON, D.C. José Alejandro Pérez B. y Mirtha Bergés bergés17@yahoo.com BURO INFORMATIVO EN PUERTO RICO Gheidy de La Cruz y Ramón Vélez BURO INFORMATIVO EN NEW JERSEY Rolando Hernández BURO INFORMATIVO EN LA FLORIDA Rose Mary Santana OFICINA REGIONAL CIBAO CENTRAL Isidro Silva, coordinador general Teléfono 809-578-0638 BURO INFORMATIVO LINEA NOROESTE Francisco A. Rodríguez • Tel.: 809-816-8288 BURO INFORMATIVO EN EL ESTE Leonardo Veloz Reyes, Felipe Herrat y Jhonny Sánchez BURO INFORMATIVO EN EL SUR Rodolfo Lama, Radhamés Villar, Manolo Cabral y Emma Pérez

CARICATURISTA Daddy Romero

EDITOR DE DISEÑO Julio Toribio Guzmán juliotoribio@gmail.com

PRIMICIAS DIGITAL Julio Toribio Guzmán juliotoribio@gmail.com

www.primicias.com.do UNA PUBLICACACIÓN DE

Av. Gustavo Mejía Ricart #106 casi esq. Abrahan Lincoln, edif. Plaza Rosa suite 402 Ens. Piantini • Tel.: 809-334-6932 • Fax.:809- 334-6931 • Email: periodicoprimicias@gmail.com TALLERES:Edificio Profesionales de la Comunicación 208, Suite 1-A, calle Peña Batlle esquina Seybo,Villa Juana, Santo Domingo, D.N. R.D.

Alarma, nos preocupan, los frecuentes sabotajes contra líneas eléctricas en diferentes puntos del país. Los últimos dos sabotajes provocaron un apagón eléctrico de 19 horas en San José de Ocoa. A los sabotajes se agregan el robo de cables y diferentes fases. Esos sabotajes son un reto para los organismos de seguridad del Estado. Ese apagón en Ocoa perjudicó las actividades económicas de esa laboriosa comunidad y esperamos que sea vigilada la línea que trans-

mite la electricidad desde el cruce de OcoaSan José de Ocoa. Enfrentemos a los autores de los sabotajes eléctricos.

EVITEMOS UNA EPIDEMIA EN LA CASTELLANA La Castellana es amenazada con la aparición de casos de dengue porque muchos propietarios de viviendas no limpian su frente y fomentan el incremento de mosquitos y la acumulación de aguas negras, perjudiciales para la salud. El Ministerio de Salud Pública y el Ayuntamiento del Distrito Nacional deben enfrentar la situación, diligen-

ciando que sus residentes limpien el frente de sus casas y eliminen la gran cantidad de yerba y basura. No limpiar el frente de sus residencias es una ofensa a quienes lo hacen en el sector de La Castellana, ubicado entre las avenidas Gustavo Mejía Ricart, Núñez de Cáceres y otras vías que lo dividen del sector Los Prados.

FRANK NÚÑEZ EL LIBRO VIVE PERIODISTA

Tres Ferias del Libro en Santo Domingo “Toda acción genera una reacción”, reza una vieja sentencia filosófica. Es lo que se ha producido en el quehacer intelectual dominicano con las tres ferias del libro paralelas que se han inaugurado en la Ciudad Colonial de Santo Domingo, como respuesta al criterio de exclusión imperante desde hace unos cuatro años en la organización de lo que se llegó a considerar como la actividad cultural más importante de la República Dominicana. Escritores y artistas auténticos, tal vez con más talento que los funcionarios pagados por el gobierno para

que actúen para bien de toda la población, han montado sus actividades en demostración de que no se dejarán avasallar por mezquindades coyunturales. Los dominicanos amantes de la verdadera literatura encontraron en el Taller Público Silvano Lora, cuyo lema es “Al servicio de la Cultura Popular” un espacio refrescante, contrario al sobrecargado ambiente burocrático de la cada vez más deslucida “feria oficial”. Todo el que se acerca al local, ubicado en la calle Arzobispo Meriño 104, recibe la atención espontánea de sus jóvenes y

entusiastas representantes, quienes promueven obras dominicanas tan clásicas como las de Juan Bosch y Pedro Mir, hasta recientes como la del novel poeta francomacorisano Bladimir Ramos. Se trata de un evento bautizado como la Feria Marginal, pero nos adelantan que al igual que Casa de Teatro, recinto colindante, organizarán programas culturales de manera permanente. La Feria Independiente, de otro lado, se celebra en la legendaria Cafetera de la Calle El Conde, donde naciera la Poesía Sorprendida. Libros

fundamentales de la nueva narrativa dominicana como Burbujas en el Tiempo, de Patricia Báez Martínez, pueden ser adquiridos a precio de costo junto a otros textos que merecen la valoración de críticos y lectores. En tanto que un reportaje publicado el lunes por Jeury Frías, periodista de El Día, resalta las “Quejas por organización deficiente en FILSD 2019”, con críticas severas de Oneida González, de Editorial Santuario; la librera Yolanda Guzmán y Julio César Hernández, de Súper Arte. Confiamos en que nuestra cultura prevalecerá.


NACIONALES

“La verdad siempre”

Del 5 al 11 de Mayo del 2019

5


6

Del 5 al 11 de Mayo del 2019

“La verdad siempre”

CESTUR realiza primer torneo de golf a beneficio de niños en áreas turísticas vulnerables La Romana, RD.- El Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR) realizó el primer torneo de golf pro recaudación de fondos para el Programa de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA), que frecuentan las zonas turísticas vulnerables, resultando ganadores de la justa deportiva Marcel Olivares y Raúl Linares. El evento deportivo se efectuó este sábado, en el campo de golf Playa Nueva Romana, de Romana Golf & Club, en el cual participaron 58 golfistas en la modalidad de Scramble por parejas, entre ellos, miembros de los cuerpos castrenses de República Dominicana, empresarios y artistas. Fausto Fernández, viceministro de Turismo, que estuvo en representación del ministro Francisco Javier García, a quien le fue dedicada la actividad, manifestó que este torneo tiene la particularidad especial de ayudar a un segmento poblacional vulnerable en determinadas zonas. Asimismo, felicitó al CESTUR por la labor social sin precedentes que está realizando, la cual ha dado frutos extraordinarios. Fernández, recibió la placa de reconocimiento entregada

por la dirección general del CESTUR al ministro García, por el invaluable aporte y fomento al golf del país que posiciona a República Dominicana como el principal destino turístico en la región del Caribe Indicó que este evento lleva un mensaje muy particular por tratarse de rescatar a los niños y adolescentes para que tenga una vida digna y así en el futuro ser hombres y mujeres productivos para la sociedad. “Agradecemos en nombre del ministro de Turismo, Francisco Javier García por la dedicatoria de este evento,

PUBLICACION DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

Para general conocimiento y en cumplimiento de la ley 1306- Bis Sobre divorcio, se hace saber lo siguiente: Que en fecha quince (15) días del mes de marzo del año Dos Mil Diecinueve (2019), la Segunda Sala de la Cámara Civil Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, mediante la sentencia civil No.12-00404, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: DECLARA, buena y valida la presente Demanda Civil De Divorcio, por Mutuo Consentimiento, entre los señores esposos, MAITE ESTELA MARTINA TAMBURINI NIN Y LUIS RAFAEL BATISTA ESPINOSA, en consecuencia admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos, MAITE ESTELA MARTINA TAMBURINI NIN Y LUIS RAFAEL BATISTA ESPINOSA, de acurdo al acto de ESTIPULACIONES Y CONVENCIONES de fecha 10/12/2018, instrumentado por el Dr. Ramón Antonio Henríquez Feliz; SEGUNDO: Ordena al oficial del estado Civil de la primera Circunscripción del municipio de Barahona a que proceda al pronunciamiento del divorcio que se admite por medio de la presente sentencia; TERCERO: Compensa las costas por tratarse de un asunto familiar. I por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia manda y firma MANUEL EMILIO GONZÁLEZ CASTILLO, Juez Presidente, ROSARIO LUGO SANTIAGO, Secretaria; La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la magistrada Juez de este tribunal, el mismo día, mes y año citados cuyo divorcio ha sido pronunciado en la oficialía del Estado Civil del Municipio de Barahona, inscrita en el libro No. 00001, folios del 0181, bajo el acta No. 000091 del año 2019. DR. MARCOS ANTONIO GARCIA NATERA Abogado Apoderado

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley de divorcio 1306 Bis, sobre divorcio, se hace saber lo siguiente; Que a los Veintiséis (26) días del mes de noviembre del año Dos mil Diecinueve (2019), La Segunda Sala de La Cámara Civil, Comercial y de Trabajo Del Juzgado De Primera Instancia Del Distrito Judicial de Barahona, mediante sentencia civil marcada con el número 10762018-00238, se ordenó lo siguiente: FALLA: PRIMERO: En cuanto al fondo, ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores esposos MAGNOLIA MATOS FELIZ Y SALVADOR MEDINA CUEVAS. SEGUNDO: ORDENA al Oficial del Estado Civil de Barahona, para que proceda al pronunciamiento del presente divorcio, admitido por medio de la presente sentencia, previo cumplimiento de las disposiciones legales. TERCERO: COMPENSA pura y simplemente las costas por tratarse de esposos en litis. CUARTO: COMISIONA al ministerial JOSE FRANCISCO GOMEZ POLANCO, Alguacil de Estrado de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial, de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, para que proceda a la notificación de la presente sentencia. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por el magistrado juez de este tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido pronunciada en la Oficialía del Estado Civil del Municipio de Barahona, inscrita en el Libro número 00004, Folio 0055, Bajo el Acta Núm. 000328 del año 2018, En la ciudad de Barahona, Municipio y provincia del mismo nombre, según certificado de Divorcio, expedido en fecha veinte y cinco (25) días del mes de abril del año Dos Mil Diecinueve (2019). LICDA. NICAURYS CESARINA RAMIREZ Abogado de la parte Demandante

por entender que en él se

reconoce el trabajo que se realiza desde el Mitur, cumpliendo con las directrices del Presidente de la República, logrando que el país sea referente de otras naciones, el cual lo ubica en el mapa turístico mundial”, expresó Fernández. El general de Brigada, Piloto Juan Carlos Torres Robiou, director General del CESTUR, informó que el torneo de golf tuvo como propósito recaudar fondos para fortalecer el programa NNA, el cual en 4 años ha rescatado más de 1,200 niños de las calles, especialmente en la Ciudad Colonial, por lo que, buscan extender el mismos a otras zonas turísticas del país.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumpliendo con las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley 1306-bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 16 de abril del año 2019, la Octava Sala para asuntos de familia de la Cámara Civil y comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia dictó la Sentencia Civil No. 533-2019-SSEN-00700, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Admite la presente demanda de divorcio por mutuo consentimiento en consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Ruddy Polanco Figueroa y Isabel María Mancha Guerrero, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO. Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la magistrada que figura en el encabezamiento, la cual fue leida íntegramente, firmada y sellada por ante mi secretaria que certifica que la presente copia es fiel y conforme a su original, la que expido, firmo y sello, a solicitud de la parte interesada, hoy día 26 de abril del 2019, Yumelky Sánchez Martínez. Así mismo se pronunció el divorcio en fecha 30 de ABRIL del 2019, en el libro No. 00011, folio No. 0099, acta No. 001046, del año 2019, expedido por la 1ra Circunscripción del Distrito Nacional. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 02 días de mayo del 2019. LICDA. ANA GONZALEZ SUAREZ Abogada Apoderada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 Ley 136-Bis, sobre Divorcio, se hace de Público Conocimiento que en fecha Siete (7) del mes de Marzo del Año Dos Mil Diecinueve (2019) La Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo, dicto la Sentencia No.1445-2018-SSEN-00169, Cuyo Dispositivo dice PRIMERO: Declara buena y valida, en cuanto a la forma, la presente demanda en Divorcio por Mutuo Consentimiento, intentado por los señores Juan Carlos Concepción Sánchez, por haber sido interpuesta la misma conforme al derecho; SEGUNDO: En cuanto al fondo, ACOGE la misma, en consecuencia, ADMITE el divorcio entre los señores Juan Carlos Concepción Sánchez y Jovanna Yamilis Jaime Dipre, por mutuo consentimiento, al tenor del acta de estipulaciones y convenciones de fecha tres (3) de agosto del año dos mil dieciocho (2018), instrumentado por la Licda. Yolanda Cárdenas Acosta, abogado Notaria Público de los del número del Municipio del Distrito Nacional, relativo al matrimonio suscrito en fecha veintiocho del mes de mayo del año 1999, e inscrito en el Libro No.00008, de registro de Matrimonio civil, folio No.0067, Acta No.000767, año 1999, por ante la Oficialía Civil de la 3RA. Circunscripción del Distrito Nacional; TERCERO: Ordena el pronunciamiento de este divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil de la 15ta. Circunscripción de Santo Domingo Oeste; CUARTO: compensa las costas por tratarse de litis en materia de familia. Así se ordena, manda y firma: Nicole Marie Mejía Castillo, Jueza Suplente. El presente Divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la 15TA. Circunscripción de Santo Domingo Oeste, en fecha dieciséis (16) de Abril del año Dos Mil Diecinueve (2019) inscrito en el libro No. 00001, de registro de Divorcio, Folio No. 0189, Acta No. 000189, Año 2019. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de Mayo del Año Dos Mil Diecinueve (2019). LIC. SANTA YRENIS SEGURA FLORIAN Abogada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento: Que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina, caso No.F DI2018-0477, sobre el Divorcio por Consentimiento Mutuo entre los señores: Germanico Becerril Cruhigger y Dennys Yvelisse de la Altagracia de León Medina, de fecha veintinueve (29) de junio del año (2018), cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: -----

F A L L A: Primero: Divorcio después de un análisis de la prueba desfilada y en virtud de lo resuelto por nuestro Tribunal Supremo en el caso de Sonia Figueroa Ferrer y Roberto Morales Morales, Ex.parte v. E.L.A. de Puerto Rico, 107 D.P.R. 250 (1978), el Tribunal declara HA LUGAR la petición de divorcio por consentimiento mutuo y en consecuencia declara roto y disuelto el vínculo matrimonial existente entre los peticionarios. El Tribunal aprueba la estipulación en cuanto a la liquidación de la sociedad legal de gananciales suscrita por las partes, en su consecuencia dicta sentencia incorporando sus términos y la hace formar parte de esta sentencia y apercibe a los peticionarios de su fiel cumplimiento. Las estipulaciones entre los peticionarios contenidos en la Petición del caso de epígrafe, se hacen formar parte de esta Sentencia y los peticionarios deberán dar fiel cumplimiento a las mismas. La sentencia que antecede ha sido firmada por el Juez Superior Fernando L. Abreu Arias. Transcrita en la Oficialia del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Santo Domingo, Distrito Nacional de la Republica Dominicana en fecha quince (15) de abril del año dos mil nueve (2019), inscrito en el libro No.0001 de registro de transcripción, folio No.0036, acta No.000036 del año 2019. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de abril del año Dos Mil Diecinueve (2019).Representado por el Lic. Jaime F. Rodríguez Ortiz en Puerto Rico Y representado por el Lic. Vicente Estrella y Luis Mariano Abreu en República Dominicana Abogados.-

NACIONALES PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 Ley 136-Bis, sobre Divorcio, se hace de Público Conocimiento que en fecha Once (11) del mes de Marzo del Año Dos Mil Diecinueve (2019) La Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, dicto la Sentencia No.531-2019-SSEN-00492, Cuyo Dispositivo dice PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por mutuo Consentimiento, Intentada por los señores Leonardo Alberto Abreu Muñoz y Diosmary Martínez Milanéz, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Leonardo Alberto Abreu Muñoz y Diosmary Martínez Milanéz, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 38/2018, instrumentado en fecha 3 de Agosto del año 2018, por ante la Licda. María Yolanda Cárdenas Acosta, Notario Público del número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente Divorcio. Así se ordena, manda y firma: (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. de la Cruz Díaz, Secretaria) El presente Divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha doce (12) de Abril del año Dos Mil Diecinueve (2019) inscrito en el libro No. 00002, de registro de Divorcio, Folio No. 0073, Acta No. 000135, Año 2019. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de Mayo del Año Dos Mil Diecinueve (2019). LIC. SANTA YRENIS SEGURA FLORIAN Abogada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumpliendo con las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley 1306-bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 29 de marzo del año 2019, la Séptima Sala para asuntos de familia de la Cámara Civil y comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia dictó la Sentencia Civil No. 532-2019-SSEN-00734, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, intentado por los señores Andrés Céspedes Paredes y María Altagracia Roque González, por haber sido hecha de acuerdo a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Andrés Céspedes Paredes y María Altagracia Roque González, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 13/19, instrumentado en fecha 04 de marzo del año 2019, por la Licda. Margarita del A. Piñeyro López, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos que precede. B) Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Ricardo y Andry Mariel, a cargo de la señora María Altagracia Roque González, acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 13/19, instrumentado en fecha 04 de marzo del año 2019, por ante la Licda. Margarita del A. Piñeyro López, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. C) Homologa y fija la Pensión Alimentaria estipulado y pactado por los cónyuges en causa, en el monto de RD$10,000.00 mil pesos dominicanos mensuales, de conformidad al acto de convenciones y estipulaciones No. 13/19, de fecha 04 de marzo del año 2019, instrumentado por la Licda. Margarita del A. Piñeyro López, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por las consideraciones que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salcé, Juez. La presente sentencia ha sido firmada por el magistrado Pedro Marcial Ramírez Salcé, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. Certifico que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original que reposa en su expediente, la que se expide a solicitud de la parte interesada, sello y firmo, hoy 09 de abril del 2019. Magalis Ana Iris Santana Melenciano (secretaria). Así mismo se pronunció el divorcio en fecha 12 de ABRIL del 2019, en el libro No. 00010, folio No. 0099, acta No. 000945, del año 2019, expedido por la 1RA Circunscripción del Distrito Nacional. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los 02 días de mayo del 2019. LICDA. YDDAKEL MOTA MOTA LICDA. LULIANA FLORENTINO DE LA CRUZ Abogada Apoderada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 Ley 136-Bis, sobre Divorcio, se hace de Público Conocimiento que en fecha Veintiocho (28) del mes Febrero del Año Dos Mil Diecinueve (2019) La Séptima sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de primera Instancia del Distrito Judicial del Distrito Nacional, dicto la Sentencia No.532-2019-SSEN-000434, Cuyo Dispositivo dice PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por mutuo Consentimiento, Intentada por los señores Ramón Hilario Hidalgo De Jesús y Delis Ten Bautista, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: A) Declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Ramón Hilario Hidalgo De Jesús y Delis Ten Bautista, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 1/2019, instrumentado en fecha 8 de enero del año 2019, por ante la Licda. María Yolanda Cárdenas Acosta, Notario Público del número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. B) Otorga la guarda y cuidado de la menor de edad Hilary Danyelis, a cargo de la señora Delis Ten Bautista; acordado el acto de convenciones y estipulaciones No. 1/2019, instrumentado en fecha 8 de enero del año 2019, por ante la Licda. María Yolanda Cárdenas Acosta, por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente Divorcio. Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce, Juez. El presente Divorcio fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha doce (12) de Abril del año Dos Mil Diecinueve (2019) inscrito en el libro No. 00002, de registro de Divorcio, Folio No. 0071, Acta No. 000134, Año 2019. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de Mayo del Año Dos Mil Diecinueve (2019). LIC. SANTA YRENIS SEGURA FLORIAN Abogada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones del Art. 42 de la Ley No. 1306-Bis sobre Divorcio, se hace de público conocimiento: Que el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Octava Sala, dictó en fecha Seis (6) del mes de Octubre del año Dos Mil Ocho (2008) la Sentencia Civil No. 08-03047, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así:

F A L L A: Primero: Declara regular y válida la acción de Divorcio por Mutuo Consentimiento, seguida por los señores José Altagracia Díaz Díaz y Austria Ebeltha Ferreras Sena, en consecuencia, Declara Disuelto el vínculo matrimonial que los une, de conformidad con el Acto de Estipulaciones y Convenciones No. 542008, de fecha cinco (5) del mes de abril del año Dos Mil Ocho (2008) instrumentado por el Dr. Juan Ferreras Matos, Abogado-Notario Público de los del Número del Distrito Nacional; Segundo: Ordena el Pronunciamiento de la presente sentencia, por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; Tercero: Compensa pura y simplemente las costas del procedimiento; La sentencia que antecede ha sido firmada por el Magistrado Honorio Antonio Suzaña, Juez de la Octava Sala del Tribunal de Familia; Yudelque Vidal, Secretaria. De igual modo, se hace saber que en fecha dieciséis (16) del mes de diciembre del año dos mil ocho (2008) la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santo Domingo, procedió a transcribir la referida Sentencia en el Libro No. 00004, Folio No. 0081, Acta No. 000444, del año 2008. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Diecinueve (19) días del mes de diciembre del año Dos Mil Ocho (2008).-----Dr. JUAN FERRERAS MATOS, Abogado.-


NACIONALES AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace constar que ha sido extraviado el Certificado Financiero Del Banco Hipotecario Dominicano CERTIFICADO FINANCIERO NO. 1371766-00, DE FECHA 3 DE MARZO DEL 2017, PQR UN VALOR; DE DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS (RD$2 ,'200,000.00) , A NOMBRE DEL SR. BELARMINO GARCIA MARCANO y la señora CAROLINA GARCIA MARCANO, DEL BANCO HIPOTECARIO DOMINICANO (BHD) LEON.

“La verdad siempre”

``FUNDACION MINISTERIO LA COMPARACION DE JESUS”

AVISO DE INCORPORACION DE LA FUNDACION SIN FINES DE LUCRO

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 122-05 se publica para conocimiento general, que en fecha 27 de Diciembre del año 2018 se constituyó la ´´FUNDACION MINISTERIO LA COMPARACION DE JESUS`` sin fines de lucro, según resolución No. 00042019, representada por su presidente SILVIA ENCARNACION ABREU, con el objetivo de hacer y recibir donaciones, tales como alimentos, calzados, ropas y medicamentos.

LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

En cumplimientos de las disposiciones de la ley 106 bis que trata sobre divorcio y para general conocimientos, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 03, del mes de Abril del año 2019, en la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia. Se dictó la sentencia civil no. 186-2019SSEN-00610, cuya parte dispositiva es la siguiente: primero: ADMITE el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos MARCEL ANTONIO TIRADO RIVERA y MARIA CRISTINA VALDEZ, conforme al acto de estipulación de divorcio no. 0592/2018, instrumentado por ante el letrado, FERNANDO AUGUSTO MAYANS ESCOVAR, abogado notario público del número de Higüey, de fecha 26/12/2018, transcrita más arriba en esta sentencia. Segundo: AUTORIZA el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. Tercero. DECLARA el presente proceso libre de costas. Nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena y firma. Firmado: Octavio Augusto Mata Upia (Juez Presidente); Alma Ozuna Bernard (Secretaria). En la ciudad y municipio de Salvaleón de Higüey, Provincia La Altagracia, Republica dominicana hoy día que contamos 24 del mes de Abril, del año 2019.

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7677, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-6 (CIENTO TREINTIOCHO –F- SEIS), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PUNTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (384.48 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: CARRETERA A LA FILIPINA; AL ESTE: Parcela número 138-F-7; AL SUR: Parcela número 138-FRESTO; y AL OESTE: Parcela número 138-F-5; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 0010095273-8.

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7678, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-7 (CIENTO TREINTIOCHO –F- SIETE), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (437.54 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: CARRETERA A LA FILIPINA; AL ESTE: Parcela número 138-F-8 Y Parcela número 138F-33; AL SUR: Parcela número 138-F- RESTO; y AL OESTE: Parcela número 138-F-6; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 001-0095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7679, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-8 (CIENTO TREINTIOCHO _ F_ OCHO), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de DOSCIENTOS VEINTIOCHO PUNTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (228.79 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: CARRETERA A LA FILIPINA; AL ESTE: Parcela número 138-F-9; AL SUR: Parcela número 138-F-33; y AL OESTE: Parcela número 138-F-7; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 001-0095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7680, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-9 (CIENTO TREINTIOCHO _ F_ NUEVE), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES PUNTOS CERO CINCO METROS CUADRADOS (243.05 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: CARRETERA A LA FILIPINA; AL ESTE: Parcela número 138-F-10; AL SUR: Parcela número 138F-32; y AL OESTE: Parcela número 138-F-8; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 0010095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7681, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-10 (CIENTO TREINTIOCHO _ F_ DIEZ), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS (241.27 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: CARRETERA A LA FILIPINA; AL ESTE: Parcela número 138-F-11; AL SUR: Parcela número 138-F-31; y AL OESTE: Parcela número 138-F-9; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 001-0095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7682, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-11 (CIENTO TREINTIOCHO _ F_ ONCE), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (238.98 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: CARRETERA A LA FILIPINA; AL ESTE: Parcela número 138-F-12; AL SUR: Parcela número 138F-30; y AL OESTE: Parcela número 138-F-10; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 0010095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

PUBLICIDAD DE DIVORCİO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

LIC. DARIO ANTONIO CEDANO SANTANA Abogada apoderada

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULOS

EN CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DEL ART. 92, PARRAFO 3 DE LA LEY 10805, SOBRE REGISTRO INMOBILIARIO DEROGADA EN FECHA 23 DE MARZO 2005, SE HACE DE PUBLICO CONOCIMIENTO LA PERDIDA DEL CERTIFICADO DE TITULO No 2241 REGISTRADO A NOMBRE DE REYNALDO MERCEDES SAVIÑON, CORRESPONDIENTE A LA PARCELA No 1774 DEL DC 3 DUVERGE CON UNA SUPERFICIE DE 345.00 METROS CUADRADOS. FECHA 28 DE ABRIL 2019. LIC. JUAN DE LA ROSA BELLO C. ABOGADO

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7704, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-33 (CIENTO TREINTIOCHO _ F_ TREINTA Y TRES), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de CIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (196.78 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela número 138-F-8; AL ESTE: Parcela número 138-F-32; AL SUR: Calle Central; y AL OESTE: Parcela número 138-F-7; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 001-0095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7703, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-32 (CIENTO TREINTIOCHO _ F_ TREINTA Y DOS), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS PUNTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS (235.16 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela número 138-F-9; AL ESTE: Parcela número 138-F-31; AL SUR: Calle Central; y AL OESTE: Parcela número 138-F-33; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 001-0095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7702, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-31 (CIENTO TREINTIOCHO _ F_ TREINTA Y UNO), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y UNO PUNTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (231.92 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela número 138-F-10; AL ESTE: Parcela número 138-F-30; AL SUR: Calle Central; y AL OESTE: Parcela número 138-F-32; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 001-0095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

PUBLICACION PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

Se hace de público conocimiento, que se extraviado el Certificado de Titulo número 7701, que ampara la Parcela NUMERO 138-F-30 (CIENTO TREINTIOCHO _ F_ TREINTA), del Distrito Catastral número 2, del Municipio y provincia de Barahona, la cual tiene una extensión Superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS PUNTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS (232.38 Mts2) dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela número 138-F-11; AL ESTE: Parcela número 138-F-29; AL SUR: Calle Central; y AL OESTE: Parcela número 138-F-31; Expedido dicho Certificado a nombre de ING. JULIO HUMBERTO BAEZ SALAS E ING. HUMBERTO BIENVENIDO BAEZ DEL VILLAR, titulares de las cédulas de identidad y electoral números 018-0006062-4 y 001-0095273-8. LIC. VICTOR ALEXIS SANCHEZ MEDINA Abogado

Del 5 al 11 de Mayo del 2019

7

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 1306-bis, sobre Divorcio y sus modificaciones en la República Dominicana, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 21 del mes Diciembre del año 2018, LA SEXTA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA. Rindió una sentencia de divorcio por incompatibilidad de caracteres, marcada con el No.531-2018-SSEN-02801, cuyo dispositivo dice textualmente lo siguiente: FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada señor Delavigne Vitiello Pujols, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por haber sido interpuesta conforme al derecho; y en cuanto al fondo, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores María Vitalina Melo Melo y Delavigne Vitiello Pujols, por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por los motivos expuestos. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. CUARTO: Comisiona a Hilda Cepeda, Alguacil de Estrados de esta Sala, para la notificación de esta sentencia, por los motivos indicados. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del Tribunal, Ana A. Burgos Feliz). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. La misma ha sido Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha del día Jueves (17) , Mes Enero del año 2019, bajo del Libor Letra DG-AJ, No.2019-01243. Ana A. Burgos Feliz. Secretaria Auxiliar. Así mismo, se informa que dicho divorcio fue pronunciado el día Dos del mes de Abril del año Dos Mil Diecinueve (0204-2019), por ante el Oficial del Estado Civil de la 1ra. CIRCUNSCRIPCION, DEL DISTRITO NACIONAL, registrada el día 02 del mes de Abril del año Dos Mil Diecinueve (02-04- 2019), se encuentra inscrito en el libro No.00009 de Registro de DIVORCIO, folio No.0103, Acta No.000847, del año 2019. Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Dos (02) días del mes de Mayo del año Dos Mil Diecinueve (2019). LIC. JOSE MANUEL MELO SEVERINO Abogado de la parte demandante

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Para general conocimiento y en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la ley número 1306Bis, sobre divorcio, se hace de conocimiento público que en fecha Diecisiete (17) del mes de Diciembre del año dos mil dieciocho (2018), la Cámara Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Altagracia dictó en sus atribuciones civiles, la sentencia marcada con el número 186-2018-SSEN-01057, cuya parte dispositiva dice textualmente así: FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de caracteres entre, Sandra Martínez y Miguel Gil Gil, por los motivos que figuran en el cuerpo de la presente sentencia, y se autoriza a la parte más dirigente, procurar el pronunciamiento del mismo por ante el Oficial es Estado Civil que corresponda según la ley. SEGUNDO: DECLARA el presente proceso libre de costas. TERCERO: DESIGNA a Ramón Alejandro Santana Montas, Alguacil de Estrados de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, para notificar la presente decisión. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. (Firmados): Octavio Augusto Mata Upia, Juez Presidente; Alma Ozuna Bernard, Secretaria. Que dicho divorcio fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la 1ra circunscripción de Higüey en el libro 172, folio 13, Acta 108, en fecha 22 de Abril del 2019, En la ciudad y Municipio de Higüey, provincia de La Altagracia, Republica Dominicana a los Veinticuatro (24) días del mes de Abril del Año Dos Mil Diecinueve (2019).Licda. Benita Rosario Sarmiento Abogada apoderada.

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento con las disposiciones del Artículo No.42 de la Ley 1306-Bis sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente. ------------Que en fecha Cuatro (04) del mes de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en atribuciones de Familia, dictó la Sentencia de Divorcio No 532/2018 SSEN 01499, cuyo dispositivo dice así: --

FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demanda, el señor Estanislao Rosario Pérez, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y valida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por Olguita Veriguete de óleo, en contra de Estanislao Rosario Pérez, por haber sido interpuesta conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentada en audiencia por la parte demandante, por ser justa y reposar sobre pruebas legales, en consecuencia, declara disuelto en vínculo matrimonial existente entre Olguita Veriguete de Oleo y Estanislao rosario Pérez, por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por los motivos indicados CUARTO: otorga la guarda y cuidado de la menor de edad, Rossy Esther, a cargo de la madre señora Olguita Veriguete de Oleo, por los motivos expuestos QUINTO: Declina el conocimiento que atañe a la pensión alimentaria por ante la presidencia de la Cámara Civil del tribunal de niños, niñas y adolescentes del Distrito Nacional, por los motivos que anteceden. SEXTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el oficial de Estado civil Correspondiente. SEPTIMO: Compensa las costa del procedimiento. OCTAVO: Comisiona al ministerial Fabio Correa, Alguacil de Estrado de esta Sala, para la Notificación de esta Sentencia; Así se ordena, manda y firma: Pedro Marcial Ramírez Salce Juez. ---

Que en fecha Uno (01) del mes de Febrero del año Dos Mil Diecinueve (2019)), el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional procedió a pronunciar la sentencia de divorcio antes mencionada, transcrita en el libro 00003, del registro de divorcio, Folio 0193, bajo acta No.000295 del año 2019.-------------------En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veintisiete (27) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecinueve (2019).---------------------------Lic. Mártires Quezada Martínez Abogado Apoderado

AVISO DE INCOPORACION

En virtud del artículo 5 párrafo I, II y III de la ley 122-05 del 8 de abril del año 2005, que regula y fomenta las Asociaciones sin Fines de lucro, el Procurador General Titular de la Corte de Apelación Regional de Santo Domingo, mediante Resolución No. 0003-2019, de fecha 05 de Febrero de 2019, otorgo el beneficio de incorporación a La ASAMBLEAS DE IGLESIAS EVANGELICAS PENTECOSTALES AIP. , Entidad Sin Fines de lucro, cuya duración es por tiempo indefinido, su objetivo principal es realizar actividades Socio-Espirituales, actividades religiosas, campañas Cristianas, Cultos, conferencias y Actividades de Carácter comunitario fomentando el estimulo de la educación y la prevención a través de enseñanzas bíblicas y valores cristianos. Con domicilio en la Calle Z, No. 11, Ceuta, Villa Mella, Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo. Su directiva está compuesta por: 1. YOLANDA ROSARIO DE DE LEON Presidenta; 2- SEVERINO JAVIER MERCEDES, Vicepresidente; 3- MARIA YSABEL JAVIER DE ALMONTE, Secretaria; 4-MAXIMO DE LEON, Tesorero; 5- JOSE MANUEL VICENTE GUZMAN, Secretario de Educación. La persona que de acuerdo los Estatutos la Representa ante terceros es el PRESIDENTE. El número de miembros(as) de la Junta Directiva son Cinco (05) personas. En el Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los 02 días del mes de Mayo del año 2019. YOLANDA ROSARIO DE LEON Presidenta

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones de la ley 1306 bis, de divorcio, se hace de público conocimiento que la Octava Sala de Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia dictó una sentencia marcada con el No. 02593-18, de fecha 13 de diciembre del año 2018, con el dispositivo siguiente: FALLA PRIMERO: Admite el divorcio por mutuo consentimiento entre los esposos Joaquín Antonio Miniño Mejía y Altagracia Martinez, en consecuencia homologa el acto de estipulación de divorcio No. 18, instrumentado por ante el notario público del Distrito Nacional, Lic. Daysi María Hernández Vásquez, en fecha veintitrés (23) del mes de noviembre de año dos mil dieciocho (2018), transcrito más arriba en esta sentencia; SEGUNDO: Ordena al Oficial de Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. El presente divorcio fue pronunciado por el Oficial del estado Civil de la Décima Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 25 de marzo del 2019, inscribiéndolo en el libro No.00002, de registro de divorcio, folio No. 0079, acta No.000122, año 2019. Santo Domingo, Distrito Nacional 2 de mayo del año 2019. Dr. Manuel Antonio Gutiérrez Espinal


Sociales

Santo Domingo, República Dominicana

Del 5 al 11 de Mayo del 2019

DESDE MI RINCÓN

Ivelisse

Santos

Ivelissesantos630@gmail.com

Editora de Sociales

Aprende a “espantar” a los tóxicos Quién no ha tenido un jefe cínico un compañero de trabajo detestable o un amigo que no para de decirnos lo que tenemos que hacer? Las personas más cercanas a nosotros son, por lógica, la que más nos influyen emocionalmente. Unos padres excesivamente críticos pueden dañar nuestra autoestima, un amigo que solo nos utiliza y no nos aporta puede saturarnos, y una pareja con la que nos cegamos, por aquello de que “hay que hacer todo por amor”, puede minarnos en muchos sentidos. Y es que están por todos lados al acecho para atacar a los más débiles… a los que se dejan. Lidiar con personas tóxicas puede ser inevitable en determinados contextos, pero lo que sí podemos es controlar la forma en que hacemos frente a sus comportamientos. Si no actuamos con las debidas precauciones, las personas negativas pueden llegar a influirnos y hacernos sentir muy mal. Además, es posible que acumulemos tensión y estrés por tener que convivir con ellas. Motivos más que suficientes para intentar deshacernos de esta carga psicológica que nos desgasta. La gente tóxica suele ser grosera, maleducada y pueden resultar muy ofensivos y molestos. En ocasiones, su trato degradante hacia ti puede hacer sentir mal, pero recuerda que tu valor como persona nunca debe estar supeditado a las opiniones (y mucho menos a los insultos y vejaciones) de alguien que no seas tú mismo. Cuando nos vemos asediados por personas que nos manipulan o usan estrategias retorcidas para desmotivarnos, puede que llegue un punto en que nos sintamos en un estado de constante tensión, preocupación y desgano. Y cuando estamos intranquilos, es más fácil que las cosas nos salgan mal. Si no consigues tener la cabeza fría y relativizar la situación, la persona tóxica irá comiéndote el terreno. Por eso es importante que logres distanciarte emocionalmente de la fuente de toxicidad. Negatividad, resentimiento, envidia, frustración, baja autoestima, inseguridad… Elimina de tu vida diaria estas emociones que te impiden avanzar y crecer como persona. Y aléjate de quienes te las transmiten. Los efectos negativos emocionales de una persona tóxica sobre otra afectan de forma diferente dependiendo de la situación, la personalidad… pero con una persona tóxica el resultado inevitable es sentirse ignorado porque sólo habla de sí misma y con tu energía mermada tras estar expuesto a las ondas expansivas de su pesimismo irracional. En definitiva, para que haya una persona tóxica tiene que haber alguien que se deje «intoxicar» y esa persona no debe ser tú.

Las familias Prieto Baquero y Asmar Del Castillo se unen con el matrimonio de Laura y Luis Laura Prieto Baquero y Luis Asmar Del Castillo pasaron por el altar el pasado 16 de marzo en la parroquia de Santo Toribio de Aquino en la afamada ciudad de Cartagena, Colombia, la ceremonia fue oficiada por el padre José Fernando Álvarez. Tras el acto religioso Laura Prieto Baquero nieta del ex Gobernador de Cundinamarca Marco Aurelio Prieto y Luis Asmar hijo del empresario Alejandro Asmar acompañados por una comparsa típica de la región del caribe se

dirigieron por las calles de Cartagena junto a sus invitados hasta Casa Las Marías. Un mágico lugar construido en 1950 situado dentro de la amurallada ciudad cuyo majestuoso patio español fue el escenario para la celebración de la esperada unión . Con una decoración de ensueño que evocaba las más románticas historias de amor, las emotivas palabras de padres que ven las vidas de sus hijos tomar un nuevo rumbo y la presencia de importantes personalidades de la sociedad Colombiana y

Dominicana, se dio inicio a la mágica velada que se impregnó de la alegría, de sus invitados, el sabor caribeño y el folclor de ambas culturas. Incluyendo un despliegue extraordinario de elegancia y sofisticación en el que los vestidos de noche fueron protagonistas junto a la buena disposición para el disfrute de una noche inolvidable. Entre las sorpresas de la velada, estuvo la presencia de los renombrados artistas internacionales del genero urbano, Alexis y Fido quienes encendieron la pista con sus

éxitos. Otros que al llegar causaron sensación en la ciudad Colombiana fueron los ganadores del Premio Revelación del año de los Premios Soberanos 2019, Los Blanquito. Los invitados pudieron disfrutar también la música de orquestas y grupos de vallenato colombianos que desfilaron por el escenario, convirtiéndose en uno de los eventos más comentados celebrados esa semana en histórica y emblemática Ciudad Amurallada de Cartagena de Indias en Colombia.

Anuncia Copa Británica de Golf, en su XXI versión SANTO DOMINGO.- La Cámara Británica de Comercio celebrará el próximo sábado 11 de mayo su vigésima-primera edición de la Royal Cup, la cual tendrá al Embajador del Reino Unido de Gran Bretaña en el país, H.M. Chris Campbell, como jugador invitado de honor. El clásico, que cuenta con una gran copa rotativa en la que se inscribirán todos los ganadores del torneo, se celebrará en el exclusivo campo de Teeth of the Dog de Casa de Campo, en La Romana. Los detalles de esta actividad los ofrecieron el Presidente de la BRITCHAM,Leonel Melo,y la Directora Ejecutiva Francesca Ortiz, quienes explicaron que la competencia iniciará a las ocho de la mañana bajo la modalidad de scramble en parejas en las categorías A,

B, y C. En cada categoría serán premiadas las tres anotaciones netas más bajas, así como el mejor score bruto del torneo. Adicionalmente serán entregados premios especiales como los acostumbrados Longest Drive y Closest to the Pin. Asimismo, en esta ocasión tendremos un Hoyo en Uno cortesía de Caribbean Turf con un carro de golf de la marca Club Car. La Directora Ejecutiva de la BRITCHAM explicó que

luego de la competencia se llevará a cabo el acto de premiación, múltiples rifas y regalos cortesía de las empresas patrocinadoras y de la BRITCHAM, así como muchas sorpresas. Además, se entregará una réplica de la famosa Copa del Abierto Británico de Golf, la Claret Jug, al mejor gross score del torneo, como ya es tradición. La XXI versión de la Copa Británica de Golf se llevará a cabo gracias al patrocinio y

apoyo al torneo de las empresas Inicia, Primma Valores,Casa de Campo, Central Romana Corporation, American Express, Diageo, DP World,Altice Dominicana, Banco Popular Dominicano, MINI, Pernod Ricard Dominicana, Humano, Brugal, Lift Air Group, Grupo RICA, MercaSID, ALPHA Inversiones, Caribbean Turf, Banco de Reservas, U n i t e d B r a n d s , Pricewa terhousecooper, Revista Makinas,; así como la colaboración de Bepensa Dominicana, Café Santo Domingo, Productos Chef, Victoria byPorterhouse, JW Marriott, Revista Makinas,Cigarros La Aurora,InShape Crossfit, Bottega Fratelli, Allegra, La Cassina, Casas del XVI, Hotel El Morro Montecristi, Tiendas HUOMO, entre otros colaboradores.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.