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AÑO XXVII NO. 1345 DEL 15 AL 21 DE DICIEMBRE DE 2019, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA • RD$10.00, ESTADOS UNIDOS US$1.00
Navidad, aguinaldos, vil ancicos, encuentros Primicias pasa balance al 2019, atentado a David Ortiz, desplome del turismo y amenazas al presidente Danilo Medina Vacaciones Colectivas en Primicias, periódico impreso retorna el 12 de enero de 2020 Después de la edición impresa del periódico Primicias correspondiente a la semana del 15 al sábado 21 de diciembre de 2019, inician las vacaciones colectivas en el Multimedios Primicias. No obstante, Multimedios Primicias, como es tradicional, mantendrá informado a sus lectores a través de su diario digital primicias.net y primicias.com.do, como primicias tv. El diario digital primicias.net y primicias.com.do, como primicias tv divulgarán una gran cantidad de trabajos periodísticos especializados de mucho interés para nuestros lectores. Deseamos muchas felicidades al pueblo
dominicano en las navidades y en el año nuevo. Apostamos a la reducción de los accidentes de tránsito en el fin de año e inicio de 2020. Mucho cuidado con el consumo excesivo de alcohol. Rechacemos el manejo temerario. La ciudadanía debe cuidarse de los atracadores y carteristas. Feliz navidad y próspero año nuevo. Gracias por su respaldo a este medio de comunicación durante el año 2019, en el cual acabamos de celebrar nuestro 26 aniversario.
Esperanza 2019, suplemento especial 2019 Grandes logros de la Superintendencia del Mercado de Valores de RD en 2019
El superintendente del Mercado de Valores de la República Dominicana, Gabriel Castro, expone los logros de la dependencia en un almuerzo con directores de medios, prensa económica y líderes de opinión.
La segunda
Santo Domingo, República Dominicana
Del 15 al 21 de Noviembre de 2019
Balance 2019, amenaza al presidente Danilo Medina, hackeo cuenta INFOTEP, desplome del turismo, atentado contra David Ortiz, apresamiento de César El Abusador en Colombia, presión EU, Leonel y Abinader contra reelección DM, división PLD, renuncia de Leonel, multas falsas
La amenaza al presidente Danilo Medina, el hackeo de la cuenta del Instituto de Formación Técnica Profesional ( INFOTEP), la caída del turismo dominicano y su impacto negativo en la generación de divisas, el atentado criminal contra el pelotero de Grandes Ligas David Ortiz, el apresamiento de Cesar el Abusador en Colombia, las fuertes presiones de Estados Unidos, el doctor Leonel Fernández y Luis Abinader contra los intentos reeleccionistas del presidente Medina, la división y renuncia del ex presidente Leonel Fernández del Partido de la Liberación Dominicana ( PLD), como las escandalosas multas faltas a conductores de vehículos, se encuentran entre los temas principales del año 2019. El hackeo de la cuenta de twitter de INFOTEZP y la amenaza de muerte al presidente Danilo Medina, fue la noticia principal del martes 6 de agosto de 2019. Esa noticia rodó en el mundo, pero hasta el momento se desconoce quién o quienes amenazaron al mandatario. La amenaza de muerte al presidente Danilo Medina la hicieron desde la cuenta hackeada del INFOTEP, en la que
Castillo como candidato presidencial del PLD en las primarias del 6 de octubre pasado, provocó la renuncia del ex presidente Leonel Fernández y otros dirigentes de esa organizacion, con lo que se selló la división de ese partido.
publicaron varios mensajes contra el mandatario. DESPLOME DEL TURISMO La caída del turismo y que el país dejara de recibir más de US$ 400 millones por los efectos negativos de una campaña negativa contra ese importante sector económico en el 2019, es otro de los temas claves en el 2019. El desplome del turismo afecta los empleos y la actividad económica de los pueblos donde se encuentran los polos turísticos. ATENTADO CONTRA DAVID ORTIZ El atentado criminal contra el pelotero de grandes ligas David Ortiz, lo que obligó a que fuera trasladado en un avión ambulancia para que lo atendieran en un importante centro
de salud en Boston, fue otro hecho que recorrió el mundo y conmovió la sociedad dominicana y los equipos de beisbol de las grandes ligas. Ortiz fue herido con un disparo junto al comunicador Joel López en una discoteca en el Ensanche Ozama, Santo Domingo Este. Tras recibir el disparo, David Ortiz fue operado en el Centro Médico Abel González, en la capital dominicana. Según se pudo observar en un video, el disparo lo hizo un hombre que posteriormente fue golpeado por civiles que se encontraban en el lugar y luego fue apresado. Herido de bala, David Ortiz expresó que no lo dejaran morir. El equipo de Boston puso de inmediato a disposicion de Ortiz un avión ambulancia para trasladarlo a Estados Unidos.
APRESAMIENTO DE CESAR EL ABUSADOR El apresamiento en Colombia de César El Abusador, a quien acusan de dirigir una red de narcotráfico y lavado de activos, es otro acontecimiento del 2019, y a quien los organismos de seguridad no pudieron apresar en el país. Un grupo de personas vinculadas a El Abusador, incluyendo su esposa, guardan prisión en diferentes cárceles por medidas de coerción. Desde Colombia se ha informado que El Abusador se encontraba en esa nación desde el mes de agosto pasado. En los interrogatorios en Colombia, El Abusador hace revelaciones de mucho interés para los gobiernos de Colombia
y Estados Unidos. ¿Destapará El Abusador detalles inéditos claves sobre la operación de la red que le atribuyen dirigía desde la República Dominicana? PRESION CONTRA LA REELECCION DE DANILO El año 2019 fue del de la presión política nacional y de Estados Unidos contra otra reelección del presidente Danilo Medina, lo que se hizo realidad con manifestaciones de rechazo frente al Congreso Nacional y una muy importante llamada del secretario de Estado Norteamericano, Mike Pompeo, que fueron comidillas. CANDIDATURA DE GONZALO PROVOCO RENUNCIA DE LEONEL DEL PLD La escogencia de Gonzalo
MULTAS FALSAS La denuncia de miles de multas falsas a conductores de vehículos, sin que el caso fuera llevado a la justicia, es un escándalo de 2019. MOPC EN EL BANQUILLO DE LA OPINION PÚBLICA El desacato de sentencias judiciales que ordenan la paralización de la construcción de una terminal de autobuses en el Parque del Este, en el municipio de Santo Domingo Este por parte del Ministerio de Obras Publicas de Comunicaciones, es otro acto de retroceso en el 2019. COLOCACION DE DROGAS A CIUDADANOS La colocación de drogas a ciudadanos, denunciadas por la ciudadanía de manera frecuente, es otro abuso cometido durante el 2019, donde salió a la luz pública un escandaloso caso ocurrido en Villa Vásquez, en la provincia de Montecristi.
Grandes logros de la Superintendencia del Mercado de Valores RD en 2019 POR ALEX JIMÉNEZ DIRECTOR DE PRIMICIAS Un encuentro de fin de año con ejecutivos de medios de comunicación y la prensa económica fue el escenario para que el superintendente del Mercado de Valores, Gabriel Castro, resaltara los grandes logros de esa dependencia durante el año 2019. Entre estos logros se encuentran la III Cumbre Internacional del Mercado de Valores celebrado hace poco en un hotel de Santo Domingo. Esa cumbre fue organizada por la Superintendencia del Mercado de Valores de la República Dominicana y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). LOGROS Castro resalta el crecimiento
positivo que ha tenido el mercado de valores durante 2014, exponiendo que crecer un 24 por ciento hasta el mes de octubre pasado es una cifra espectacular. Las proyecciones de crecimiento que tenia la Superintendencia del Mercado de Valores de la República Dominicana, de un 10%, superaron las expectativas en el año que concluye. El funcionario entiende que la nueva ley 19-00 dará un segundo impulso para poder ser el mercado que financie el desarrollo del país. Pronostica que el mercado de valores seguirá creciendo en el año 2020. El superintendente del Mercado de Valores de la República Dominicana enfatiza que “todas las condiciones están dadas para el mercado continúe
dos de inversión y seis fideicomisos de oferta pública. El funcionario pronostica que el 2019 concluirá con US$ 53, 252 millones en volumen total liquidado en el mercado de valores.
El licenciado Gabriel Castro, superintendente del Mercado de Valores. creciendo, hay mucha demanda con nuevos emisores, hay más recursos disponibles para proyectos”. Enfatiza que “los mercados de valores tienen la virtud que son el gran desarrollador de los
países, ningún Estado ha prosperado si no es con un mercado de valores fuerte”. Castro reveló que el país cuenta con 33 emisores de valores, 45 ofertas públicas, cinco emisores diferenciados, 45 fon-
CRECIMIENTO Castro expone con mucha satisfacción que el mercado de valores ha crecido 401% desde el año 2012 y destaca que el 10% de la población dominicana participa en el mercado de valores, mientras en Estados Unidos es un 36%. Pronostica que el mercado de valores cerrará en 2019 con 65, 000 millones, numero respetable que confirma hay ahorro en el país y una participación cercana al 80% del país. “Este año el crecimiento del mercado de valores es de un 24.8%,”, dice Castro.
En el encuentro Castro expuso el crecimiento de los valores en custodia estandarizada, el número de cuentas registradas en el mercado y las cuentas de cuotas de fondos de inversión, mencionando 110,000 personas físicas y juridicadas que participan en el mercado de valores hoy día. Otros temas abordados por Castro son Punta Catalina y el mercado de valores, la deuda de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales ( CDEEE) que se tranza en el mercado de valores y detalles muy amplios sobre los fondos de inversión. Además, las emisiones de renta variable y los 17 reglamentos que contempla la nueva ley del mercado de valores. La Superintendencia ha elaborado diez.
CIBAO
“La verdad siempre”
Lluvias no empañan campaña ni fiestas navideñas POR FÉLIX JACINTO BRETON/PRIMICIAS La región cibaeña vive estos tiempos pre-navideños en medio de una intensa campaña electoral, de cara a los comicios municipales del 16 de febrero, y de lluvias esporádicas provocadas por varios fenómenos atmosféricos. En los últimos días se han registrado importantes precipitaciones en varios pueblos de la zona, entre ellos Puerto Plata, Santiago, Moca, Salcedo, La Vega, Bonao y Cotui, entre otros pueblos. Pero, a pesar de que en algunos puntos se han reportado daños en infraestructu-
ras e inundaciones, las lluvias no han empañado las celebraciones navideñas ni tampoco la campaña electoral ni las actividades artísticas. El mejor ejemplo ocurrió en Moca donde Romeo Santos, la semana pasada, actuó bajo un “verdadero torrencial” ante la presencia de millares de personas que abarrotaron el Polideportivo de esa ciudad.
Se fortalecen aspiraciones políticas de Víctor Breton POR FÉLIX JACINTO BRETON/PRIMICIAS CANCA LA REINA, Prov. Espaillat.-El dirigente comunitario y abogado, licenciado Víctor José Breton Gil, dio un nuevo paso en procura de convertirse en el nuevo Director de la Junta de este Distrito Municipal, ubicado al nor-noreste de la provincia Espaillat. El pasado sábado Breton inauguro su Comando de Campaña con una masiva presencia de representantes de todos los sectores sociales y de los principales candidatos a cargos electivos por Moca por el Partido Revolucionario Moderno (PRM). El candidato prometió que, de salir triunfante en las elecciones municipales programadas para el 16 de febrero del 2020, pondrá los oídos “en el corazón del pueblo”. Breton encabeza la boleta por el PRM y el Frente Amplio (FA) además de Dominicanos por el Cambio (DXC), Reina Unida, Alianza por la Democracia (APD), Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD) y Partido Humanista Dominicano (PHD), entre otras fuerzas políticas. Los demás integrantes de la
boleta local son Carmen Santos, una respetable mujer reinera quien es candidata a Subdirectora, así como Milagros Hernández, Sixto Rodríguez y José Bernardo Reynoso, aspirantes a delegados. Presentes en el acto estuvieron, entre otros, Bernardo Sánchez, Judith Valdez, José Miguel Ferreiras y Jeyfri Grullón. El primero es exdiputado y coordinador de campaña del PRM en la provincia Espaillat y los demás candidatos a diputados por esta demarcación. También se destacaba la presencia de Fidel Santana, diputado nacional y dirigente nacional del Frente Amplio; Sandy Méndez, exdirector de la Junta en este Distrito Municipal; dirigentes comunitarios y revolucionarios, y decenas de pobladores provenientes de distintos puntos de Canca la Reina. Santana, Sánchez, Valdez, Ferreiras, Grullon y Mendez, entre otros que hicieron uso de la palabra, destacaron las cualidades que adornan a Víctor Breton por lo que aseguraron que será el seguro ganador de los comicios del 16 de febrero para convertirse en Director de la Junta de este Distrito Municipal.
Mientras que, en el plano político, el martes estuvo de visita en Moca el candidato presidencial del Partido Revolucionario Moderno, Luis Abinader, y ese día también cayo lo que en Cuba denominan “un palo de agua”, sin que afectara para nada la visita del aspirante. Mientras todo eso ocurre, la población permanece integrada a las "jengibradas" y
las fiestas que se han preparado en distintos pueblos para celebrar las navidades y estos jolgorios no se detienen aunque haya lluvias o no. Estas precipitaciones, en algunos casos, han sido intensas, tanto que en la comunidad de Villa Dura, ubicada al noroeste de la provincia Espaillat, provocaron el colapso recientemente de un puente dejando aisladas a decenas de familias. Pero con todo y todo, las lluvias no paran las fiestas, ni las presentaciones artísticas ni mucho menos la campaña electoral, que prosigue su agitado curso en la región cobrando más intensidad a medida que avanzan los días.
El 21 de diciembre de 1963 ¡cien millones de lágrimas le brotaron a la luna! POR FÉLIX JACINTO BRETON/PRIMICIAS
por lo que siguen viviendo entre nosotros.
LAS MANACLAS, San José de las Matas.-Un día como este sábado venidero -cuando el calendario marcará el 21 de diciembre- en 1963...cien millones de lágrimas le brotaron a la luna tras anunciarse la caída “de cara al sol” del dirigente revolucionario Manuel Aurelio Tavarez Justo (Manolo) y parte de los guerrilleros que lo acompaño en estas intrincadas lomas de la Cordillera Central. El país se prepara para conmemorar el quincuagésimosexto aniversario de estos episodios, que estremecieron por aquellos días la conciencia nacional. Se organizan visitas a esta zona y actos liricos culturales en distintos puntos. A pesar del tiempo transcurrido -56 años justos este sábado 21 de diciembre- el ejemplo y la memoria de Manolo y los combatientes de Las Manaclas siguen vivos en los corazones de los dominicanos de buena voluntad. Los que mueren por la vida, asegura el venezolano Ali Primera en uno de sus populares temas, no pueden llamarse muertos. Manolo y sus hombres cayeron en defensa de la libertad y la democracia plena del pueblo
LOS FUSILARON Según lo recoge la historia, soldados del Ejército Regular fusilaron en estos lomeríos a Tavárez Justo y a otros 15 compañeros que formaban parte movimiento guerrillero que había iniciado el 28 de noviembre de 1963. Según una socorrida versión, los combatientes fueron arrestados en momentos que iban a entregarse desarmados acogiéndose a una promesa del Gobierno de facto del Triunvirato, que había comprometido públicamente a respetarles sus vidas si abandonaban las armas. El 19 de diciembre de 1963, es decir dos días antes de este desenlace, el triunviro ingeniero Manuel Enrique Tavares Espaillat, había anunciado que la guerrilla había sufrido 16 bajas y el Ejército Regular dos aunque se asegura que eran más los soldados caídos. En el momento que Tavares Espaillat hacia el anuncio se reportaban las muertes de los combatientes Francisco Bueno Zapata, Pipe Faxas, Luis Ibarra Ríos y el guía guerrillero del Frente de Las Manaclas, Domingo Sánchez Bisonó (El Guajiro), entre otros.
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FÉLIX JACINTO BRETON
Desde el Cibao
Bretonfelix@yahoo.com
ALMANZAR “REY LECHON” Pese a que estamos en estos días en plena celebración de las navidades, los santiagueros están pensando en su carnaval, y no quisieron dejar que llegara enero para anunciar que el experimentado folclorista y director ejecutivo de Casa de Arte, nuestro enllave “de long time”, Rafael Almánzar Mármol, será el “Rey Lechón” del Carnaval 2020. La dedicatoria recayó sobre la reconocida artista santiaguera Maridalia Hernández. Merecidísima la escogencia, mucho más en el caso de Almánzar, el mejor promotor cultural del Cibao y uno de los que más saben de carnavales en el país. Enhorabuena profe. Felicidades.
RD NECESITA VOCES CRITICAS No, no es que quiero copiar “al pie de la letra” a PRIMICIAS, que tituló así la portada anterior, es que me identifico “mil por mil” con esto. Entiendo que así debe de ser siempre. Aunque difiero con muchos de los actuales “críticos” dominicanos, por razones que no voy a explicar por falta de espacio, soy de parecer que hay que ser tolerante con los que piensen diferentes y respetar sus opiniones. Como exactamente expresa el editorial de la edición pasada de este semanario: La sociedad rechaza el terrorismo judicial contra periodistas y medios. Nunca más oportuno este planteamiento. Ciertamente, como lo destaco Primicias en esta nota, las voces disidentes son básicas para la nación. En esto todo el mundo creo que debe de estar de acuerdo.
TRUMP, FEO PA’LA FOTO Los demócratas de los Estados Unidos tienen al impredecible presidente, Donald Trump, como la arepa “con candela por arriba y candela por abajo”. Cada día mas lo están acorralando con el juicio político que le preparan por, entre otras cosas, abuso de poder, traición a los intereses nacionales y corrupción de las elecciones. Aunque el Senado, con mayoría republicana, podría salvarlo, de todas formas Mrs. Trump luce ahora mismo “feo pa’la foto” y “arrugao’pal’video”, como acostumbramos a decir por estos lares. ANDRES Y ABINADER Con todo y el calvario que enfrenta por el juicio de ODEBRECHT, Andrés Bautista saca tiempo para acompañar a Luis Abinader, el candidato presidencial del PRM, a algunas actividades. A Bautista se le vio en una actividad que encabezó Abinader en Moca el martes pasado. Andrés parece que conoce perfectamente el refrán de que “camarón que se duerme, se lo lleva la corriente”. LA DUPLA FERNÁNDEZ Yo estoy celebrando, pero en grande, con la llegada de la dupla Fernández al poder en Argentina, la patria del Che. Hablo de Alberto y Cristina Fernández, quienes juraron como presidente y vicepresidenta, respectivamente, el pasado martes 10 de diciembre. La Patria Grande vuelve a encausarse por los senderos de la libertad y el progreso rechazando el neoliberalismo, que es una política de muerte y desastre contra los mas pobres.
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“La verdad siempre”
ESPERANZA 2019
Muchas felicidades a esta laboriosa comunidad de Esperanza en sus fiestas patronales “Nuestra Señora de la Esperanza”
!Feliz Navidad y Próspero Año Nuevo! LES DESEA: COOPSANO 2020
Av. María Trinidad Sánchez No.27, Tel.: 809-585-4499 • Fax: 809-585-4545
El mejor ambiente de Esperanza Hilton Ventura / propietario
Actividades diarias
27 de febrero, No. 9, Barrio Sur • Teléfono: 809-330-8310
NACIONALES
“La verdad siempre”
JUAN CRUZ TRIFFOLIO P / Opinión ERIODISTA
Recuerdos Navideños en mi Terruño Querido..!! Es tiempo de recuerdos, añoranzas y solidaridad humana. Estamos en Navidad..!! La temporada ideal para evocar nuestras costumbres y tradiciones vinculadas a la religiosidad que ponen de manifiesto algunas características de la identidad del dominicano. Es una época hermosa para aquilatar el sentido de la amistad, la necesidad de la paz y el amor, teniendo como cimiento la justicia y la solidaridad humana. Es el momento oportuno para no olvidar lo que ayer fuimos y hoy, verdaderamente, somos como colectividad y personas. Cuánto hemos cambiado..!! Del pasado reciente, la Navidad nos llama a recordar aquellas “misas de madrugadas”, en La Flor de la Patria: Salcedo, donde, luego de despertar con las encantadoras y embriagantes notas musicales de los inolvidables villancicos, escapadas desde los más altos de la cúspide del majestuosos campanario de la Iglesia San Juan Evangelista, lográbamos un baño de espiritualidad, esperanza y alegría, compartiendo como auténticos hermanos. Los cánticos navideños emanados de la torre del templo católico sólo eran interrumpidos al momento en que el sonido penetrante de las campanas marcaba uno de los tres toques que servían para avisar que el acto religioso del día, en breve, comenzaría a ser oficiado. Una vez se iniciaba la actividad convocada en la Casa del Divino Creador, retumbaban los aguinaldos, magistralmente interpretados por el maestro del acordeón, don Bolo de Jesús, acompañado por la tambora de Antonio Lora y la güira del pintoresco Piquín. Aquello era un verdadero concierto con sabor a pueblo sin perder la solemnidad en alabanza y gratitud al Todopoderoso en tiempo del nacimiento del Niño Dios. Cuando apenas la madrugada empezaba a extinguirse y los rayos de rey sol pautaban el inicio de un nuevo día, salíamos del templo energizados por el Santo Evangelio para caminar al sector de la ciudad responsable de la festividad navideña, en esa ocasión, en donde sus habitantes nos esperaban para darnos el contagioso abrazo de bienvenida. Para entonces la ciudad se encontraba dividida en 12 polígonos y a partir del 12 de diciembre, comenzaban las misas navideñas, teniendo cada comunidad la responsabilidad de previamente organizar el festejo. Sólo la noche del 24, cuando correspondía la celebración de la denominada “Misa del Gallo” y generalmente hacia presencia el “borrachito de Nochebuena”, los curas de la parroquia asumían el programa a seguir por los feligreses. No ha de olvidarse que en cada se sector del municipio de Salcedo, durante todo el período de festividad navideña, sus pobladores protagonizaban una sana competencia en torno a quién o quiénes realizaban la más original y atractiva decoración barrial. La idea era presentar un “nacimiento o pese-
bre del hijo de Dios” sencillo pero atractivo y que en cada vivienda fuera colocada, en su frente, una bombilla con un color diferente a la utilizada en las demás comunidad. Luego de la asistencia a la “misa de madrugada” la programación ordenaba ir cantando y bailando los aguinaldos, proyectando inmensa energía, alegría y jubilo, al sector responsable de su organización y allí, de inmediato, empezar a saborear las ricas empanadas de yuca, el crujiente cazabe, las deliciosas galletitas, el trozo de pan e ingerir el sabroso y tonificante té de jengibre o la tradicional taza de café negro, completamente gratis. Aquel espontáneo y maravilloso compartir humano marcaba el inicio de un día inolvidable al tiempo que constituía un valioso estímulo para realizar con entusiasmo y preciado propósito la jornada productiva. Como es natural, el encuentro no deja de servir de escenario para que las parejas flechadas por Cupido, aprovecharan la ocasión para expresar y sentir, con respeto, colosal discreción y siempre lo más alejadas de sus celosos progenitores, el inmenso poder del amor. La ocasión también era propicia para iniciar o revalorar el sentimiento de la amistad entre personas que muchas veces residían muy cercanas pero que pocas veces, por diversas razones, no habían tenido tiempo para compartir o mejorar sus relaciones de vecindad. El entusiasmo generado por este tipo de convivencia cristiana generaba que, frecuentemente, entre muchos de los jóvenes de Salcedo, se produjeran acentuadas controversias donde el orgullo de los munícipes consistía en resaltar el hecho de haber participado en más “misas de madrugadas” que los otros. Eran tiempos de espontaneidad, sanidad y solidaridad, donde los puros valores humanos servían de guía al comportamiento humano. La vida era transparente y con propósitos verdaderamente nobles, dignificantes y ejemplarizantes, alejados de las falsas poses, los vicios envilecedores, las mediocridades y el esclavizante exhibicionismo. El gozo de la auténtica y reconfortante alegría sin necesidad de morbosidad y perversidad, representaba una perenne e inexorable noma de vida sin importa la pauta del calendario, el color de la piel o la procedencia socioeconómica. Pero la dinámica del cambio, disfrazada de una falsa modernidad, marcada por una cuestionable anomia, parece haberlo invertido todo sin prever sus lacerantes consecuencias. Ante la imposibilidad de un retorno total, hagamos de esta temporada navideña una oportunidad para la reflexión necesaria en interés de mejorar, hasta donde sea posible, nuestra manera de convivir y que los maravillosos principios del hijo de Dios, El Mesías de siempre, sean parte fundamentales de nuestro cotidiano vivir y convivir. Que hoy, mañana y siempre, la Navidad sea el escenario ideal para que la paz, el amor, la alergia y la justicia nos inocule constantemente..!! Felicidades..!!
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A las Arandelas: Un aguinaldo criollo con mucha sonoridad y que reportó pocos beneficios económicos a su autor POR: JUAN CRUZ TRIFFOLIO
No del todo satisfecho con los exiguos beneficios económicos recibidos por el hoy clásico tema de la navidad dominicana, conocido bajo el título de “A las Arandelas”, el maestro Julio Alberto Hernández Camejo nunca ocultó la felicidad que sentía por la proyección nacional e internacional lograda por su composición al ser interpretada, grabada y difundida por renombrados grupos y orquestas de diferentes latitudes del mundo. Como testimonio de tal aseveración da cuenta, a finales del 1977, el acucioso y expresivo cronista artístico, Frank Natera, en un reporte periodístico publicado en la desaparecida y prestigiosa Revista ¡Ahora!, fruto de la una interesante entrevista telefónica y que calzara bajo el encabezado: «Aguinaldo a la Sarandela ha proporcionado felicidad a su autor Julio Alberto Hernández». Para entonces, el prolifero compositor y músico dominicano, recordaba que se habían hecho diversas versiones de aludido tema navideños pero que, a decir verdad, no sentía una inclinación especial por ninguna pues «todas representaban para él la satisfacción de un hijo que sobresale y se distingue». Julio Alberto Hernández Camejo recordaba que "este tema nació en diciembre de 1917" y que tuvo como motivo fundamental "la celebración de las fiestas pascuales en Club Santiago, de Santiago de los Caballeros". Julio Alberto Hernández Camejo recordaba que «este tema nació en diciembre de 1917» y que tuvo como motivo fundamental «la celebración de las fiestas pascuales en Club Santiago, de Santiago de los Caballeros». Sobre el surgimiento y dedicatoria de este aguinaldo criollo existen estudiosos que también plantean versiones diferentes aunque no todos presentan un referente histórico confiable. Hay quienes sostienen que fue compuesto en Santiago, a la fecha, hace ya ciento once años, específicamente el 16 de noviembre de 1908, y que “su autor lo fue el laureado cantor o poeta popular mocano–santiagués Juan Antonio Alix (1833- 1918), el cual dedicó la referida composición al presbítero don Manuel de Jesús González, cura de la parroquia La Altagracia de la ciudad de Santiago de los Caballeros. Se trata, pues, del más antiguo y conocido de los aguinaldos dominicanos”. En cambio, sobre el origen del aguinaldo en referencia, el maestro Julio Alberto Hernández
Camejo recordaba que «este tema nació en diciembre de 1917» y que tuvo como motivo fundamental «la celebración de las fiestas pascuales en Club Santiago, de Santiago de los Caballeros». De igual manera, resaltó que «el colorido de las Arandelas en los trajes de las bailadoras le simbolizaba la alegría de la época y en verdad fue ese un factor importante para que naciera el tema con aire navideño». Dijo que aprovechó ese motivo para materializar la idea que siempre acariciaba de producir un tema de corte navideño que identificara a los dominicanos. En aquella ocasión, el maestro Hernández resaltaba que si otros países tenían canciones y villancicos, «era justo que también nosotros, tuviéramos algo». En torno a la música que sirve de sustentación «A las Arandelas» subrayó que » el aguinaldo está basado en el folklor popular dominicano, como una forma de proyectar nuestros aires musicales». A los 67 años de haber procreado la legendaria y contagiosa pieza navideña el laureado pianista y exquisito compositor, hijo distinguido de Santiago de los Caballeros, amargamente refería no haber recibido beneficios económicos «ni en los primeros días de haber surgido ni mucho menos en la actualidad». Recordaba que son incontables las orquestas que ha llevado el tema «A las Arandelas» al acetato, «llegando algunos músico a registrarlo como del dominio público a fin de no pagar los derechos de autor correspondientes». También exponía su inconformidad al conocer cómo algunas casas disqueras habían registrado musicalmente su composición navideña. No obstante lo anterior, a manera de reconocimiento, resaltaba positivamente, la versión que de su tema hizo, en aquel momento, el sobresaliente organista ecuatoriano, Eduardo Zurita, quien teniendo como base «A las Arandelas» produjo un contagioso, original y bailable popurrí. El maestro Julio Alberto Hernández Camejo, falleció a los 99 años de edad, el 2 de abril de 1999, en la capital dominicana, y al igual que don Pacho García, es valorado, dentro como fuera de su tierra natal, como uno de los grandes cultores y difusores de los diversos ritmos de nuestro folclore, dejando impreso en su obra el sello de su talento, dedicación y versatilidad.
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Treinta y uno (31) del mes de Julio del año Dos Mil diecinueve (2019), la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia mediante la sentencia civil No. 186-2019-eciv-00831se ordenó lo siguiente:
FALLA: PRIMERO: ADMITE el divorcio por causa determinada de incompatibilidad de caracteres entre MARÍA DOLORES FERNÁNDEZ MORONTA Y CHRISTIAN FELIPE LÓPEZ LÓPEZ, interpuesto conforme a la actuación ministerial número 993/2019 de fecha 28/5/2019 del ministerial Jahiro Guerrero Betances, Ordinario del Tribunal de Niños Niñas y Adolecentes del Distrito Judicial La Altagracia, por los motivos que figuran en el cuerpo de la presente sentencia; y se autoriza a la parte más diligente, procurar el pronunciamiento del mismo por ante el Oficial del Estado Civil que corresponda según la ley. SEGUNDO: DECLARA el presente proceso libre de costas. TERCERO: DESIGNA a Ramón Alejandro Santana Montás, de estrado de esta Cámara Civil y Comercial, para notificarla presente decisión. Así mismo se hace saber que en fecha Diez (10) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019) el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Municipio de Higüey, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No. 00175, bajo el Acta No. 000404, Folio No. 0003, Año 2019, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio: En la ciudad de Higüey, República Dominicana, Quince (15) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019). Dr. Omar E. Vásquez Abogado Apoderado
Opinión
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Santo Domingo, República Dominicana
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REDACCION Robert Vargas, José Abreu, Yolanda Tapia, Héctor Ramón Zapata Marcelo Florián, Esteban Delgado, Francisca Ramirez y Frank Núñez
ANALISTAS INVITADOS Mario Rivadulla, Esteban Rosario, Roque Zabala, Menoscal Reynoso, Robert Vargas, Luis Ruiz Pou, Maguá Moquete Paredes, Zunilda Fondeur, César Fragoso, Jaime Fernández Lazala, Felipe Mora, Venecia Joaquín, Juan Cruz Triffolio, Andrés Patiño, Esteban Delgado y Mercedes Castillo
REPRESENTANTES EN EL INTERIOR Moca y Cibao Central- Felix Jacinto Bretón; Monte Plata, Luis Danilo Santamaría; Línea Noroeste- Francisco A. Rodríguez; Sosúa, Puerto Plata y la Costa NorteVíctor Morales O.; San Cristóbal-José A. Thomás y Miguel Angel Solano; AzuaFreddy Peña Pastor; Hato Mayor del Rey- Felipe Herrat; San Juan de la MaguanaManolo Cabral; El Seybo -Carmen Carela; Neyba-Maritza Peña; Bonao, La Vega y Constanza-Guiby de la Cruz; Esperanza-Francisco Quico Rodríguez; La RomanaJohnny Sánchez; San Pedro de Macorís-Leonardo Veloz Reyes; Barahona- Don Rodolfo Lama; Jarabacoa-Luis Manuel Abreu; Samaná-Virgilio Mercado; La VegaIsrael Castillo; Baní-Radhamés Villar; Dajabón-Nelson Rickard; Higüey-Tomás Santana y Livio Mariano Cedeño; Haina-Germán Martínez y Magüá Moquete Paredes, Navarrete-Pablo Disla; Santiago- Carlos Ramírez Báez
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Av. Gustavo Mejía Ricart #106 casi esq. Abrahan Lincoln, edif. Plaza Rosa suite 402 Ens. Piantini • Tel.: 809-334-6932 • Fax.:809- 334-6931 • Email: periodicoprimicias@gmail.com TALLERES:Edificio Profesionales de la Comunicación 208, Suite 1-A, calle Peña Batlle esquina Seybo,Villa Juana, Santo Domingo, D.N. R.D.
Libertad de expresión, no al silencio, una batalla muy importante Concluye el 2019 y Primicias resalta la necesidad de que la clase periodística dominicana luche, defienda con uña y diente, la libertad de expresión y difusión del pensamiento. Otro objetivo de la clase periodística debe ser la preservación de las empresas periodísticas y los empleos que generan. En 2019 muchos periodistas perdieron sus empleos y Marino Zapete y otros periodistas denunciaron atentados contra la libertad de expresión. Cuando se atenta contra la libertad de expresión se da una puñalada a la democracia. No hay democracia sin libertad de expresión y difusion del pensamiento. Primicias reitera que nació para batallar contra el silencio. El 2020 debe ser aprovechado para fortalecer la libertad de expresión y difusión del pensamiento. Los periodistas dominicanos desfilaron en la semana para solidarizarse con Marino
Zapete y la ocasión es propicia para recordar la lucha de los mártires de la prensa en República Dominicana, quienes entregaron su vida a favor de que no perezca el libre ejercicio periodístico. No al silencio. El terrorismo judicial contra periodistas y medios es una amenaza al periodismo dominicano que obliga a la unidad de los periodistas y a nuevas batallas para no debilitar un logro importante tras la muerte del dictador Trujillo, la libertad de expresión.
FRANK NÚÑEZ EL LIBRO VIVE PERIODISTA
Un nuevo poemario de Dionicio Hernández Leonardo Cada día comprobamos la certeza de nuestra hipótesis sobre los dos mundos literarios que conviven en República Dominicana. Está el mundillo del “canon”, como lo define Miguel Ángel Fornerín, laureado escritor dominicano radicado en Puerto Rico, y el de los que no pertenecen a las capillas donde se intercambian elogios y premios con marcado criterio amiguista. Dionicio Hernández Leonardo, poeta y profesor universitario, pertenece al segundo grupo, que es en nuestra opinión donde se cultiva la más rica y auténtica
literatura dominicana. Con el poemario Del otro lado de la selva de cemento, el autor le ofrece a sus lectores la satisfacción de una poesía telúrica, donde las estaciones se expresan como en su natal Jarabacoa, sin olvidar la historia de su país, cargada de heroísmos, fracasos y esperanzas. Anteriormente habíamos comentado en esta columna sus libros Sueños de amor y una despedida y Colgado de un pensamiento, donde mostró sus garras poéticas, tendencia que logra mejorar en el más recien-
te, desde que en Despidiendo el día expresa: “vengo a despedir el día a la orilla del mar/ de este mar que se mece en mis recuerdos/ y me lleva en un pensamiento tan dulce como la miel que probé/ en una colmena de ojos grandes”. El poeta reitera, en su poema Eterna navidad, su pasión por la vida bucólica en contraste con la “selva de cemento” que son hoy las ciudades. Evoca “la casita de madera, techada de zinc y sueños./ ¡Ay, y piso de dulzura, donde mi inocencia caminaba descalzo!”.
El texto que da título al poemario es un grito ecológico, como la mayoría de los trabajos, ante las amenazas que provocan al planeta el desarrollismo insostenible de la sociedad capitalista. “Luego,/ cruzaré la calle de la realidad./ Y/ volveré a la selva,/ procurando no ser devorado por una fiera de acero,/ Con la esperanza de volver otro día a recoger mis pensamientos/ que se quedaron sentados el puente que conduce a los sueños”. Buena respuestas a los falsos poetas del Apocalipsis.
NACIONALES
“La verdad siempre”
AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
REPUBLICA ODMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCION ORIGINAL PROVINCIA BARAHONA
AVISO REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y FIJACIÓN DE AUDIENCIA. AGRIMENSOR (A): Enrique Arismendy Herasme RECLAMANTE: FLORANGEL CUEVAS MATOS. COLINDANTES: Augusto Rivas Sena, Rafael Carvajal Sena, Sonny J. Matos Ferreras, Tomasa Trinidad Sena, Fantino Sena, Eliadida Sena. Del Tribunal de Tierras De Jurisdicción Original- Barahona Referencia: Expediente No. 0103-19-00216 Motivo: SANEAMIENTO INMUEBLES:
Provincia:
BAHORUCO
Municipio D.C/DC POS: Solar
D.C
Manzana
Porción
VILLA JARAGUA 203476242766
A todos a quien pueda interesar: En virtud del artículo 50, del reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan a las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de BARAHONA, ubicado en la calle Colón, No. 43, Palacio de Justicia, a la audiencia fijada para el día 14/01/2020, a fin de dar a conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que basan y formulan su reclamación ante este tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de Barahona, Provincia BARAHONA, República Dominicana, hoy día 19 de noviembre de 2019; años 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. JUAN DOMINGO MENDEZ QUEZADA JUEZ TJO-Barahona Lo certifica: Ana Yibi Feliz Pérez Secretaria Titular
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento con las disposiciones del artículo 42 de la ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio y para el general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha 20 de noviembre del 2019, la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones civiles, dictó una Sentencia Civil marcada con el No. 02984-2019, cuya parte dispositiva dice textualmente lo siguiente FALLA: PRIMERO: Declara regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Jorge Alberto Polanco Lara y Elena Destro, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No. 183/2019, instrumentado en fecha 03 del mes de octubre del 2019, por ante el Licdo. Feliz del Orbe Berroa, Notario Público de los números del Distrito Nacional. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Asimismo, se hace saber que en fecha 02 de diciembre del 2019, el Oficial del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a pronunciar dicho divorcio y a transcribir la referida sentencia que lo admite en el Libro No. 00006, Folio No. 0107, Acta No. 000490, Año 2019. En Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Republica Dominicana, a los once (11) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019). Licdo. MELVIN PEÑA BUENO Abogado
PUBLICACION DE DIVORCIO
Para generar conocimiento se hace saber que la 6ta. Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dictó la Sentencia Civil No. 02876-19, de fecha 06 del mes de Noviembre del año 2019, cuya parte dispositiva dice: “FALLA: Primero: Declara regular y válida la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento en virtud de la Ley 142 del 1971, que modifica la Ley 1306-Bis sobre divorcio, intentada por los esposos Leandro Emil Mercedes Guzman y Jessica Damaris Morales, en consecuencia, Declara disuelto el vínculo matrimonial que les une, de conformidad con el acto No. 110/2019 instrumentado en fecha 05 de septiembre del 2019, por ante el Dr. Francisco Nuñez Caceres, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. Segundo: Otorga la guarda del menor de edad Liam Javier Mercedes, a su madre, señora Jessica Damaris Morales, por lo antes indicado en esta sentencia. Tercero: Fija al padre, señor Leandro Emil Mercedes Guzman una pensión alimenticia por la suma de quinientos dólares (US500.00) mensuales a favor de su hijo menor de edad Liam Javier Mercedes, en manos de su madre, señora Jessica Damaris Morales, por lo antes expuesto en esta sentencia. Cuarto: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio, por las razones indicadas. Así se pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rosis, Jueza; Ana A. Burgos Feliz, secretaria auxiliar) El 9 de Diciembre del 2019, el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripcion del Distrito Nacional, Pronunció el divorcio entre los señores Leandro Emil Mercedes Guzman y Jessica Damaris Morales por la causa del Mutuo Consentimiento, admitido por sentencia No. 02876-19 de fecha 6 de noviembre del 2019, inscrito de conformidad con la ley, en el libro No. 028, de Registro de Divorcio, Folio No. 0009, Acta No. 02732, año 2019. LIC. ROBERTO CIRIACO CRUZ ABOGADO
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones del Art. 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha Veintiún (21) del mes de Octubre del año Dos Mil Diecinueve (2019), la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; mediante la Sentencia Civil No.532-2019-SSEN-02642 (EXP.532-2019-ECON-02555) ordena lo siguiente: PRIMERO: Declara regulara y valida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo Consentimiento intentada por los señores José Fernando Vásquez Objio y Yelenis Selginel Minier Castillo, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: a) Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre José Fernando Vásquez Objio y Yelenis Selginel Minier Castillo por su mutuo consentimiento de conformidad en el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No.73, instrumentado en fecha 07 de Agosto del año 2019, por el Lic. Renato Ruiz Guerrero, Notario Público de lo del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. TERCERO :Que por tratarse de una acción promovida entre cónyuges procede la compensación de las costas, hemos procedido a pronunciar el divorcio entre el señor JOSÉ FERNANDO VÁSQUEZ OBJIO y YELENIS SELGINEL MINIER CASTILLO, por MUTUO CONSENTIMIENTO, cumpliendo las formalidades exigidas por la ley y que el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el Registro designado a estos fines, correspondiéndole el Libro No.00027 de registros de DIVORCIO, Folio No.0103, Acta No.002679, Año 2019, en la Oficialía del Estado Civil de la Ira Circunscripción del Distrito Nacional. LIC. MARTHA OBJIO ABOGADO
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306-Bis de DIVORCIO, se hace saber que en fecha (21) del mes de octubre del año Dos Mil diecinueve (2019), La Sexta Sala De La Camara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia. Dictó la Sentencia Civil marcada con el Número 531-2019-SSEN-02608 cuyo dispositivo dice así; PRIMERO: ADMITE el Divorcio por Mutuo Consentimiento entre los cónyuges señor Francisco Alberto Rojas Peña y señora Johanny Esther Soriano Morillo de conformidad con el Acto De Estipulación y Convención del Divorcio Por Mutuo Consentimiento Acto No.17, Folio No.32, de fecha Veintisiete (27) de Agosto del año 2019, Notariado Por la LICENCIADA CRUZ MARÍA DE LEÓN ALMONTE, Notario Público de las del Número del Distrito Nacional, con matrícula del Colegio Dominicano de Notarios número 4201 y estudio profesional abierto en el apartamento 401, del Edificio Comarno, sito en la avenida Abraham Lincoln número 154, de esta ciudad, SEGUNDO: COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento por tratarse de Litis entre esposo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma (firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, JUEZA SUPLENTE; Mirtha M. De La Cruz Díaz, SECRETARIA). La referida Sentencia fue Pronunciada el día siete (07) del mes de noviembre del Año Dos Mil Diecinueve (2019), por ante la Oficial de Estado Civil de la 1RA Circunscripción del Distrito Nacional, Registrada en el Libro No. 00027, Folio No. 0011, Acta No. 002633, del Año Dos Mil Diecinueve 2019, a los (06) días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Diecinueve (2019). -LIC. MIGUELINA M. PREZ VILLARAbogada
Se hace público conocimiento que se ha extraviado el certificado financiero el cual es: Certificado No.1421551, expedido por el BANCO BHD LEON en favor de los señores LUIS JOSE DIAZ FERNANDEZ cedula No.0010148055-6 Y MARISOL DIAZ NUÑEZ cedula No.001-1795818-1 en fecha de Emisión 24 del mes Noviembre del 2016, con un valor de RD$1,900,000.00.
AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO
Para dar cumplimiento con el artículo 204 de la ley de tierras. Se hace saber que se ha extraviado el Certificado de Título número 42-436, duplicado del dueño, expedido por el registrador de títulos del Distrito Nacional, correspondiente al inmueble que se describe a continuación: “ Una porción de terreno con una extensión superficial de Doscientos Treinta y Siete (237) metros cuadrados, Ceros Cuatro (04) decímetros cuadrados, dentro del ámbito de la PARCELA número 206 - A – 5, del Distrito Catastral número 05, del Distrito Nacional, cuya porción tiene los siguientes Linderos: al NORTE, solares número 27 y 25, por donde mide 17.50 metros cuadrados; Al ESTE, solar número 25, por donde mide 13.50 metros cuadrados; Al SUR, Calle José Nicolás Casimiro y al OESTE, calle Eduardo Brito. Propiedad de la señora ANA JOSEFINA PICHARDO. LIC. TOMÁS KNIGHT CONCEPCIÓN Abogado
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones de la Ley #1306-bis, sobre Divorcio, se hace de pùblico conocimiento: Que en fecha 5 Noviembre 2019, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, rindiò la sentencia #531-2091-SSEN-03081, cuyo dispositivo copiado textualmente dice asì: “FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida aen cuanto a la forma la acción de divorcio por mtuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Andrés Mora Alcántara e Indira Reyes Calzado, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio No.27, instrumentado en fecha 10 del mes de octubre del 2019, por ante el Lic. Francisco Javier Beltré Luciano, Notario Público del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Ana A. Burgos Felix, Secretaria Auxiliar).”. El divorcio que antecede fuè pronunciado en fecha 5 Diciembre 2019, por ante el Oficial del Estado Civil de la 11ra. Circunscripcion, Distrito Nacional, siendo registrado en el Libro 00006, Acta 000500, Folio 0129. Dr. Eddy Acosta, Abogado Constituído/Apoderado Especial.
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento con las disposiciones establecidas en el artículo 42 de la ley 1306-Bis, sobre divorcio, hacemos de público conocimiento que en fecha veinticinco (25) del mes de septiembre del año Dos Mil Diecisiete (2019), la Sexta Sala para Asuntos de Familia de la provincia de Santo Domingo, de la cámara Civil del juzgado de primera instancia de la provincia de Santo Domingo, en sus atribuciones civiles dictó una sentencia de divorcio marcada con el número 1445- 2017- SSEN -00157 por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, cuya parte dispositiva textualmente expresa lo siguiente: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra del señor YUNIO FULGENCIO NÚÑEZ, por no comparecer no obstante emplazamientos legales. SEGUNDO: Declara buena y válida en cuanto a la forma la presente demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres intentada por los señores AMARILIS GERALDINO RIVERA y YUNIO FULGENCIO NÚÑEZ, por haber sido interpuesta conforme al derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge la misma. En consecuencia admite el divorcio entre los señores AMARILIS GERALDINO RIVERA y YUNIO FULGENCIO NÚÑEZ, por la causa determinada incompatibilidad de caracteres, relativo al matrimonios suscrito en fecha treinta y uno (31) del mes de agosto del año Dos Mil Seis (2006), e inscrito en el Libro No. 0012, de Registro de Matrimonio Civil, Folio No. 0046, Acta No. 001146, año 2006, de la Oficialía Civil de la 15TA. Circunscripción de Santo Domingo Oeste, en razón de las consideraciones expuestas en la parte motivacional de esta decisión. CUARTO: Ordena el pronunciamiento de este divorcio por ante el Oficial del Estado Civil de la 15TA. Circunscripción de Santo Domingo Oeste, una vez finalizado el plazo de dos meses de la acción recursiva correspondiente, sin que éste se haya ejercido, esto así conforme los artículos 16, 17 de la Ley No. 1306 Bis. QUINTO: Compensa las costas por tratarse de litis en materia de familia. SEXTO: Comisiona al ministerial JORGE AQUINO AMPARO, alguacil de estrados de esta sala para la notificación de la presente sentencia. La presente sentencia ha sido firmada por la magistrada JAROLIN E. ROSARIO LÓPEZ y la infrascrita secretaría interina, Juana L Fría, el mismo día mes y año señalado al inicio de la misma lo que certifico en mi firma y sello del tribunal. Por este medio se hace saber que el día Treinta y Uno (31) del mes de octubre del año Dos Mil Diecinueve (2019) la Oficialía Civil de la 15TA. Circunscripción de Santo Domingo Oeste, provincia de Santo Domingo, procedió al archivo y sometió a inscripción el referido divorcio en el registro destinado a esto fines, Libro No. 00003 de registro de divorcio, Folio No. 0133, Acta No. 000533 año 2019, efectuándose pronunciamiento de dicho divorcio. LIC. JULIÁN MARTÍNEZ MATEO Abogado de la parte demandante
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Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 23/09/2019, LA SEPTIMA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dictó la Sentencia Civil No. 532-2019-SSEN-02392, sobre el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores MIGUEL ANGEL SUAREZ REYES Y MATILDE DE PEGUERO PAYANO, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 11va Circunscripción del Distrito Nacional , según consta en el Libro No. 00006; Acta No.000488, Folio No. 0103, en fecha 2/12/2019.
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Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 17/10/2019, LA OCTAVA SALA PARA ASUNTOS DEL FAMILIA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, dictó la Sentencia Civil No. 533-2019-SSEN-02394, sobre el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores JOSE MANUEL PEREZ RIVAS Y WENDI YISELY SIERRA RIVAS, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 11va Circunscripción del Distrito Nacional , según consta en el Libro No. 00006; Acta No.000487, Folio No. 0101, en fecha 2/12/2019.
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Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 06/09/2019, LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, dictó la Sentencia Civil No. 531-2019-SSEN-02239, sobre el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores ULISES ANTONIO OLIVARES MELLA Y DILCIA DE LOS SANTOS, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 11va Circunscripción del Distrito Nacional , según consta en el Libro No. 00006; Acta No.000484, Folio No. 0095, en fecha 2/09/2019.
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Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 08/10/2019, LA SEPTIMA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PR IMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA., dictó la Sentencia Civil No. 532-2019-SSEN-02513, sobre el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores JUAN LOPEZ SIERRA T ANDRY RADAISA RIVERA , pronunciado por ante el Oficial Civil de la 11va Circunscripción del Distrito Nacional , según consta en el Libro No. 00006; Acta No.000483, Folio No. 0093, en fecha 02/12/2019.
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento con la disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Cinco (05) del mes de Junio del año 2019, la Sexta Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primea Instancia Para Asuntos de Familia del Distrito Nacional, dictó una sentencia marcada con el NO. 531-2019-SSEN-01311, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: "F A L L A" PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, señora ANGELA BRITO LUNA, por no haber comparecido conforme, no obstante citación legal; SEGUNDO: Declara buena y valida, en cuanto a la forma la presente demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por haber sido interpuesta conforme al derecho; y en cuanto al fondo, declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre ROBERTO ANTONIO CAMACHO HILARIO y ANGELA BRITO LUNA, por la causa de incompatibilidad de caracteres por los motivos indicados; TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; CUARTO: Comisiona a Boanerge Pérez Uribe, Alguacil de Estrado de esta sala, para la notificación de esta sentencia por los motivos indicados. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. De La Cruz Díaz, secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica: CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original; copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. Que en fecha Diecinueve (19) del mes de Noviembre del año 2019, fue pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil de la 6TA. CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL el divorcio, transcribiendo la sentencia que lo admite en el Libro No. 00006, Folio 0059, registrada bajo el Acta No. 000480, del año 2019. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Seis (06) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019). LIC. ANGEL ALEXIS CAMACHO V. Abogado del Demandante
Del 15 al 21 de Diciembre del 2019
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AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO
Se hace público conocimiento que se han extraviado un certificado financiero No.088897 expedido por el BANCO ADEMI en favor de RAYMON ESTIME, en fecha de Emisión 22 del mes Noviembre del 2018, con un valor de RD$100,001.00.
PUBLICACION DE DIVORCIO
Para dar cumplimiento con lo que establece el artículo No. 42 de la Ley 1306-Bis, que en fecha 14/11/2019, LA SEXTA SALA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA, dictó la Sentencia Civil No. 531-2019-SSEN-02941, sobre el Divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO entre los señores ARISTIDES DURAN CROUSSETT Y DENNY SOBEIDA CRUZ RAMOS, pronunciado por ante el Oficial Civil de la 11va Circunscripción del Distrito Nacional , según consta en el Libro No. 00006; Acta No.000485, Folio No. 0097, en fecha 2/12/2019.
PERDIDA DE MATRÍCULA
Se hace de público conocimiento la pérdida de matrícula No. 3369887, del vehículo de motor, tipo carga, marca TATA, modelo Creat Danf-GPS-241, color BLANCO, Motor o serie 497SP21LHTQ792684, 3 pasajeros, placa L006280, chasis MAT357010T8L31517, propiedad de RICHARD FLORIVAL, documento de identidad 5-31-91013-5, Barahona.
PERDIDA DE MATRÍCULA
Se hace de público conocimiento la perdida de matrícula del vehículo de motor marca DAIHATSU, color ROJO, Modelo: V115LHY, año 2000, 3 pasajeros, placa L096580, chasis V11815345, propiedad de MRTIN TRINIDAD FELIZ, cedula 0180052765-5, Barahona.
AVISO DE DISOLUCION
AIMEEE AGS HEALTH AND BEAUTY, SRL RNC. No. 1-31-16821-3 y Registro Mercantil No.108015SD Capital RD$ 100,000.00 De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 y sus modificaciones sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento lo siguiente: 1) Que en fecha 20 de noviembre del 2019 la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad AIMEEE AGS HEALTH AND BEAUTY, SRL, RNC. No. 1-31-16821-3, y Registro Mercantil No. 108015SD decidió la disolución de dicha empresa 2) Que dicha asamblea designo Sra. AIMEE NICOLE GONZALEZ SOSA como liquidadora y atribuye los poderes necesarios para realizar las operaciones de liquidación 3) se descargó al señor FRANCISCO M. GONZALEZ DESHARDEN y la señora AIMEE NICOLE GONZALEZ SOSA, como miembro del Órgano de Gestión o de la gerencia de “AIMEEE AGS HEALTH AND BEAUTY, SRL.” y como gerentes de la misma 4) Que todos los actos, documentos, correspondencias y notificaciones relacionadas a la disolución y liquidación de la sociedad deberán ser remitidos y realizados en el domicilio social situado en calle 6ta, No. 03 edif. Rodos VIII, Piso 4 Apto. 402, Jardines del Sur, Santo Domingo, D.N. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, los veinte y dos días (22) del mes noviembre del año 2019. AIMEE NICOLE GONZALEZ SOSA Liquidadora
AVISO DE LIQUIDACION
AIMEEE AGS HEALTHAND BEAUTY, SRL RNC. No. 1-31-16821-3 y Registro Mercantil No.108015SD Capital RD$ 100,000.00 De acuerdo a lo establecido por la ley 479-08 del 11 de diciembre de 2008 y sus modificaciones sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, se hace de conocimiento general que la sociedad AIMEEE AGS HEALTH AND BEAUTY, SRL, RNC. No. 1-31-16821-3 y Registro Mercantil No.108015SD, en la Asamblea General Extraordinaria celebrada en la calle 6ta, No. 03 edif. Rodos VIII, Piso 4 Apto. 402, Jardines del Sur, Santo Domingo, D.N., el 25 del mes de noviembre del año 2019, Recibió y evaluó el informe del liquidador y ha decidido LIQUIDAR sus operaciones. Cualquier acto o notificación puede ser enviado a la dirección anteriormente señalada. En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, los veinte y seis días (26) del mes noviembre del año 2019. AIMEE NICOLE GONZALEZ SOSA Liquidadora
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, sobre Divorcio, y para general conocimiento, se hace saber lo siguiente: Que en fecha TRECE (13) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE (2019) la Séptima Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia de Santo Domingo mediante la SENTENCIA CIVIL NO. 1516-2019-SSENT-00541, se ordenó lo siguiente: “FALLA: PRIMERO: Declarar buena y válida la presente demanda en Divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora Meryann Beatriz Basset Santana, a través de su abogada constituida y apoderada especial, la Licda. Ana Lisbette Matos. SEGUNDO: Admite el divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres entre los señores: Meryann Beatriz Basset Santana y Alcibiades Jiménez Martínez; TERCERO: Ordena a la parte interesada presentarse por ante el Oficial de su elección, ya sea la 5TA. Circunscripción de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo; o la 7MA. Circunscripción de La Victoria, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo; a pronunciar la presente decisión.; CUARTO: Compensa las costas del procedimiento por los motivos expuestos; QUINTO: Comisiona al ministerial Carlos Concepción Aquino Javier, Alguacil de Estrado de esta sala, para la notificación de esta sentencia. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firm.- Brenda Galán Gutiérrez. Jueza. La presente Sentencia ha sido firmada por la Magistrada, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la misma, lo que certifico con mi firma y el sello del tribunal. YO, Wellington De La Rosa De Jesús, Secretario de la Séptima Sala para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo, Certifico que la presente copia es fiel y conforme a su original contenida en el expediente No. 1516-2019-ECIV-00513, sobre la demanda en Divorcio por Incompatibilidad de Caracteres, interpuesta por la señora Meryann Beatriz Basset Santana, en contra del señor Alcibiades Jiménez Martínez, marcada con el No. 1516-2019-SSENT-00541, de fecha 11 de Septiembre de 2019. El cual reposa en los archivos a mi cargo. En la provincia Santo Domingo., a los 13 del mes de septiembre del 2019.; Así mismo se hace saber que en fecha SEIS (06) del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019) el Oficial del Estado Civil de la Quinta Circunscripción de Santo Domingo Norte, procedió a TRANSCRIBIR la referida sentencia en el Libro No.00006 de registros de DIVORCIO, Folio No. 0179, Acta No. 000590, Año 2019, así como se efectuó el PRONUNCIAMIENTO de dicho divorcio. En la ciudad de Santo Domingo Norte, República Dominicana, hoy día SEIS (06) del mes de DICIEMBRE del año Dos Mil Diecinueve (2019). LICENCIADA ANA LISBETTE MATOS MATOS Abogada Apoderada Especial
PUBLICACION DE DIVORCIO
En cumplimiento con la disposiciones del artículo 42 de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Veinticuatro (24) del mes de Mayo del año 2019, la Sexta Sala Civil y Comercial del Juzgado de Primea Instancia Para Asuntos de Familia del Distrito Nacional, dictó una sentencia marcada con el NO. 531-2019-SSEN-01197, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: "F A L L A" PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, MARISOL NUÑEZ MATEO, por no haber comparecido conforme a la ley, por los motivos indicados; SEGUNDO: Declara buena y valida, en cuanto a la forma la demanda en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por haber sido interpuesta conforme al derecho; y en cuanto al fondo, declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre MARISOL NUÑEZ MATEO y ROBINSON ERNESTO MATOS SANTOS, por las razones expuestas; TERCERO: Otorga la aguarda de la persona menor de edad Abigail Idekel, a su madre, señora MARISOL NUÑEZ MATEO, por lo antes indicado en esta sentencia; CUARTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente; QUINTO: Comisiona a Boanerge Pérez Uribe, Alguacil de Estrado de esta sala, para la notificación de esta sentencia. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. De La Cruz Díaz, secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Jueza de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica: CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original; copia que expido, sello y firmo a solicitud de la parte interesada. Que en fecha Diecinueve (19) del mes de Noviembre del año 2019, fue pronunciado por ante la Oficialía del Estado Civil de la 6TA. CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL el divorcio, transcribiendo la sentencia que lo admite en el Libro No. 00006, Folio 0065, registrada bajo el Acta No. 000483, del año 2019. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Seis (6) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diecinueve (2019). LIC. ANGEL ALEXIS CAMACHO V. Abogado del Demandante
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Del 15 al 21 de Diciembre del 2019
“La verdad siempre”
ESPERANZA 2019