Primicias 1434

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AÑO XXVIII NO. 1434 6 AL 12 DE FEBRERO 2022, SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA • RD$10.00, ESTADOS UNIDOS US$1.00

2022 arrancó Complicado COMPLICADA GOBERNABILIDAD PARA ABINADER, TRAYECTO DIFÍCIL HACIA 2024

Primicias investigó incidencia industria dominicana en Canadá en final diciembre 2021

Abinader ha tenido que apagar disgusto población con decisiones sensibles

Las Matas de Farfán, economía, laboriosidad, diversidad en las actividades productivas

LMF con economía muy potente, crece valor agregado


La segunda

Santo Domingo, República Dominicana

Del 6 al 12 de Febrero de 2022

Complicada gobernabilidad para Abinader, otro discurso, disgusto de la población, protestas comunitarias, preservación del Ingenio Porvenir, logros gubernamentales, alzas precios lecciones en SFM y SPM, saqueo al medio ambiente, sospechosos fuegos forestales, funcionarios aspirantes presidenciales, alza en tipo de cambio y otros temas de actualidad que dominaron en RD enero 2022 POR ALEX JIMENEZ DIRECTOR DE PRIMICIAS La complicada gobernabilidad para el presidente Luis Abinader en el primer mes de 2022, la pérdida de encanto del mandatario en variados sectores de la sociedad en el trayecto hacia los dos primeros años en el ejercicio del poder, aparición de encuestas criticas al gobernante y al Partido Revolucionario Moderno (PRM), el muy conflictivo tema del fideicomiso de la Terminal Termoeléctrica de Punta Catalina, aspirantes presidenciales dentro del actual gobierno, otro discurso dirigido al país por el mandatario este domingo 30 de enero, el creciente disgusto de los dominicanos con el desborde de la inflación en la canasta familiar, materiales de construcción, gas licuado de petróleo, gasoil y otros combustibles, alza en el dólar, auge de los atracos, crecientes protestas comunitarias en 2022, alzas en los pasajes y subsidios del gobierno, oposición más agresiva, las presiones sociales y del comercio para que el gobierno resuelva las alzas en los precios de los productos y servicios, modificación de los estatutos del PRM para permitir la reelección presidencial del actual gobernante, dominan en el nuevo año. Además, la suspensión de vuelos entre República Dominicana y Estados Unidos y pérdidas económicas generadas por la fuerte nevada en Estados Unidos, la bienvenida al Año Chino en República Dominicana, la exitosa Serie del Caribe y las emociones en el Estadio Quisqueya Juan Marichal con los equipos de béisbol participantes, la aprobación de proyectos legislativos en la Cámara de Diputados sin leerlos, la compra de bienes a las mipymes ordenadas por el presidente Luis Abinader, la detención en la frontera de haitianos con pasaportes en blanco y sumas de dinero en dólares, lo tanto que hablan altos funcionarios del gobierno sin resolver graves problemas que afectan a los dominicanos, las persistentes amenazas del coronavirus, la risible versión del ministro administrativo de la Presidencia José Ignacio Paliza de que el gobierno no está enfocado en los comicios de 2024, la preocupante crisis haitiana, son otros temas de actualidad. La propuesta de vistas públicas para debatir el fideicomiso de Punta Catalina, hecha del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), la lucha comunitaria para que preserven el Ingenio Porvenir, en San Pedro de Macorís, el reclamo para que el gobierno controle la inflación , los atracos en la Autopista San Pedro de Macorís-La Romana, la medida de coerción a Alexis Villalona en Baní, los subsidios gubernamentales, el desalojo de invasores de terrenos en Villa Altagracia, invasiones de tierras en Tamboril, los actos delictivos en Puerto Plata, la exigencia de que el gobierno

la noticia de la firma encuestadora Pool Logística. La encuesta se refiere también a que el diputado Omar Fernández superaría a su padre Leonel Fernández en La Fuerza del Pueblo

cumpla las promesas a la provincia Hermanas Mirabal, las aspiraciones presidenciales de David Collado, ministro de Turismo, los robos de vehículos, el desarrollo turístico de Pedernales, las tantas mentiras de los políticos dominicanos, la sencillez del presidente Luis Abinader, las auditorias de la Cámara de Cuentas, la prepotencia de muchos funcionarios del gobierno, el caos en el tránsito, se suman a la temática de actualidad. La acusación de Narciso Isa Conde de que “estamo0s frente a un gobierno servir a Estados Unidos, asaltado por multimillonarios de dentro y fuera del país, acompañado de una clase política, clanes militares, y policiales corrompidos que exhiben una rapacidad sin límites,” amplia el debate nacional.

La Coordinadora Popular Nacional, que organizó la protesta, sugiere la eliminación de las AFP y de las ARS y que se cooperativice el Ingenio Porvenir.

DESPIDIENDO A ENERO 2022 Enero 2022 fue despedido por protestas comunitarias en San Pedro de Macorís, reclamando la preservación del Ingenio Porvenir y la entrega de las tierras del CEA y el Estado a los pequeños agricultores para producir alimentos. Además, exigiendo la terminación del Hospital Regional Antonio Musa y el cese de los desalojos. Asimismo, para que el gobierno atienda las exigencias de las comunidades del Este. La marcha comunitaria en San Pedro de Macorís defendió el patrimonio público, las demadas sociales y ambientales. Organizaciones sociales de San Pedro de Macoris y de la región Este reclaman la devolución del 30% de las Administradoras de Fondos de Pensiones a los trabajadores.

LA PROTESTA DE SAN FRANCISCO DE MACORIS Sorprendió al gobierno la protesta de esta semana en San Francisco de Macorís, horas antes de la llegada del presidente Luis Abinader a esa provincia para conmemorar el natalicio del padre de la patria Juan Pablo Duarte. Manifestantes obstruyeron el paso vehicular hacia San Francisco de Macorís, en demanda de la reconstrucción de la carretera San José-Cenoví.

OTRA PROTESTA Este domingo el partido Frente Amplio y el Bloque Popular Jesús Adón realizaron una movilización en el Parque Enriquillo, en esta capital, por la recuperación de lo robado y la defensa de los bienes públicos de los dominicanos, la protección efectiva de grandes bienes nacionales como Punta Catalina, las empresas distribuidoras de energía, la empresa de generación eléctrica, las grandes carreteras, otras obras y unidades productivas que estarían en la mira de la privatización.

MAS TEMAS Otros temas son la divulgación de una encuesta que revela que el 64% de la población rechaza la administración de Abinader y que el 40% considera que el Partido de la Liberación Dominicana volverá a gobernar en 2024. Un cable de prensa internacional divulgó

CAMINANDO HACIA LOS DOS AÑOS EN EL PODER Caminando hacia los dos años en el ejercicio del poder, se ha sentido la sociedad dominicana rechazando nuevos paquetes fiscales por el impacto negativo en las inversiones del sector privado, clase media y pobres del país. En la actualidad el gobierno se ha decidido por un control estricto en el uso de los fondos pueblos, una mayor eficiencia en el cobro de los impuestos, reajuste en la tarifa eléctrica y en los precios de los combustibles. El gobierno ha logrado incrementar exitosamente las recaudaciones de las Direcciones Generales de Impuestos Internos (DGII) y de Aduanas, respectivamente. LUIS RUIDOS QUE ACUMULA EL GOBIERNO Los ruidos que acumula el gobierno desde el 16 de agosto de 2020 a la fecha son los siguientes: El generalizado rechazo al tanto poder de grupos empresariales en el actual gobierno Los escándalos en el Ministerio de la Juventud, Imposdom, Lotería Nacional y otras dependencias del Estado La poca acción del gobierno con el deterioro de las calles del Gran Santo Domingo y pueblos del interior Reclamo de que pague las prestaciones laborales a miles de cancelados en la administración pública. Borrachera de poder de muchos funcionarios La falta de control con oficiales militares y policiales que no respetan las leyes y se meten en rojo con la sociedad Los atracos en Colinas del Seminario, en Los Ríos Bandas con armas largas en Los Ríos, haciendo lo que les viene en gana Las violentas protestas en Navarrete Atracos realizados por delincuentes vestidos de militares en La Vega y Santo Domingo Este Atracos por delincuentes vestidos de policías en Piedra Blanda, Bonao Atracos en grupos de delincuentes fuertemente armados en La Victoria La denuncia del padre Rogelio, que atribuye a manos criminales el fuego de Loma Miranda La poca acción con la destrucción durante años de las Dunas de Bani, ríos, montañas, cañadas Un Leonel Fernández haciendo oposición más agresiva al gobierno El reclamo al gobierno de La Fuerza del Pueblo al gobierno para mitigar las alzas en


NACIONALES los precios Un gas licuado de petróleo a más de 146 pesos el galón apagando cientos de miles de estufas y encareciéndolo todo El comercio, que busca más dinero para comprar mercancías La no solución de la pobreza generada por el coronavirus El poco esfuerzo para que el 78 por ciento de la población se ponga la tercera dosis de refuerzo Critica de obispos a la carestía que afecta el país El fuerte ruido de dos intentos de reformas fiscales El silencio con el caso de

“La verdad siempre”

los dos pastores asesinados por policías en Villa Altagracia La poca acción con los delincuentes que asaltan vertidos de militares y policías en distintos puntos del país El ruido del fideicomiso de Punta Catalina El silencio sobre el robo de cuatro millones de pesos en un asalto de encapuchados con armas largas en la casa de la empresaria Sobeida Rodríguez, en Veragua, Gaspar Hernandez. Las 15 destituciones de funcionarios, cuatro suspensiones y siete renuncias de funcionarios en la gestión de Abinader El disgusto de los perre-

Ministerio de Interior Y Policía

CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

Lugar de Nacimiento: Medellín, República de Colombia, Fecha de Nacimiento: 16 de febrero de 1988, Estado civil: soltera, Sexo: Femenino. CERTIFICO: Que se le reconoce la nacionalidad Dominicana a la Sra. CARALONARINCON LOPEZ, de conformidad con el artículo 18 numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana. Hecho el cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) día del mes de enero del año dos mil veintidós (2022).

meistas por no ser tomados en cuenta en instituciones publicas La poca acción para que sea aclarada la muerte en Boruco, Valverde, del coronel Rodríguez Cruz, de la FARD, a manos de policías El rechazo general de que entreguen Punta Catalina al sector privado Protestas en rechazo de alzas en la canasta familiar, en la tarifa eléctrica y los precios de los combustibles

Ministerio de Interior Y Policía

Lugar de Nacimiento: Ciudad La Habana, República de Cuba, Fecha de Nacimiento: 28 de enero de 1995, Estado civil: soltera, Sexo: Femenino. CERTIFICO: Que se le reconoce la nacionalidad Dominicana a la Sra. ADRIANA VALDES CASTILLO, de conformidad con el artículo 18 numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana. Hecho el cuatro (4) originales, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) día del mes de enero del año dos mil veintidós (2022). Jesús Vázquez Ministro

TRASPASO VEHICULO

Del Vehículo de motor, Tipo: JEEP, Marca MITSUBISHI, MODELO: MONTERO 4x4, año 2003, Color: BLANCO, Registro y placa número G180170, chasis JA4NW31S53J028052, propiedad de FABIO LOPEZ SUBERVI, cédula 018-00283515, COMPRADOR: JORGE MANUEL CUEVAS, Cédula 018-0032652-0. Barahona.

PUBLICACION DE PERDIDA DE MATRICULA

PERDIDA DE MATRICULA MOTOCICLETA SUZUKI, MODELO AX100, AÑO 1998, COLOR ROJO, CHASIS NO. BE11A201286, PROPIEDAD DE EDY CARABALLO SANTANA, 027-0018367-2, A SOLICITUD DE RAMÓN ANTONIO SANTANA RAMOS, 027- 0020071-6.

AVISO DE CANCELACIÓN DE REGISTRO MERCANTIL Y REGISTRO NACIONAL DE CONTRIBUYENTES FRANCIS & JULIO AGRÍCOLA SRL CAPITAL SOCIAL RD$100000 CALLE FABIÁN MATOS NO. 1, TAMAYO, BAHORUCO, REP. DOM. REGISTRO DE ONAPI NO. 527096, REGISTRO MERCANTIL NO. 164BHO RNC 1-31 -97496-1

La compañía FRANCIS & JULIO AGRÍCOLA SRL,., constituida bajo las leyes de la República Dominicana avisa a los interesados y al público en general que mediante acta del tres (3) del mes de enero del año dos mil veintidós (2022) Los socios de FRANCIS & JULIO AGRÍCOLA SRL conforme a lo indicado y en los estatuto sociales adoptan las siguientes resoluciones entre otras: 1. Resuelven cerrar las operaciones liquidar las deudas vienes y compromiso de la compañía en el territorio de la República Dominicana en caso de que hubiese o quedarse algo pendiente por la sociedad comercial en este sentido el señor Julio César Peña Félix, será el liquidador de la compañía. 2. Resuelven cancelar el certificado de registro mercantil de la compañía número 164 B H O, por ante la cámara comercio y producción de Bahoruco. 3. Resuelven cancelar el registro nacional del contribuyente de la compañía número 1-31 9749 6-1 , por ante la Dirección General De Impuestos Internos. 4. Resuelven autorizar la publicación en un periódico de circulación nacional del cierre de las operaciones liquidación de deuda bienes y compromisos de la compañía en el territorio de la República Dominicana la cancelación del certificado de registro mercantil y registro nacional del contribuyente. 5. Resuelven autorizar a la licenciada ÁMBAR GÉNESIS ENCARNACIÓN CASTRO, portadora de la cédula de identidad y electoral número 160 -0011 97 -9, con su domicilio en la calle 1a sector las flores Barahona, República Dominicana , para gestionar ante el Registro Mercantil en la Dirección General De Impuestos Internos, la cancelación de Registro Mercantil Y Registro Nacional De Contribuyentes de la compañía, así como realizar las publicaciones de lugar en los periódicos de circulación nacional relativa al cierre de operaciones y liquidación de deuda bienes y compromisos en el territorio de la República Dominicana. En el municipio de Tamayo , provincia Bahoruco, República Dominicana, el día cuatro (4) del mes de enero del año 2022. Lic. ÁMBAR G. ENCARNACIÓN CASTRO Abogada

gobierno investigue y acciones con los fuegos forestales en Loma Miranda y otras áreas boscosas La esposa del ex procurador general Jean Alain Rodríguez, responsabilizando al presidente Luis Abinader

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

PASCUALA OZUNA VILLA ABOGADA

AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y FIJACIÓN DE AUDIENCIA. Agrimensor: José Enrique Aquino Hidalgo Reclamante: MIGUEL ANGEL MOSCOSO RUIZ Y ROSALIA PEREZ FÉLIZ. Colindantes: Sucesores de Rafael Moscoso, Lorenza María Castro de Pérez y Leonel Pérez Cuello, Av. Casandra Damiron. Del: Tribunal de Tierras Jurisdicción Original-Barahona Referencia: Expediente No. 0103-21-00311 Motivo: SANEAMIENTO

INMUEBLES: Provincia:

BARAHONA

Municipio D.C/DC POS: Solar

BARAHONA

D.C

de lo que le ocurra a su esposo en la cárcel de Najayo Lo expresado por Manuel Crespo, de la Fuerza del Pueblo, quien advierte que el manejo irresponsable de la economía provoca la inflación histórica en el país.

Para el general conocimiento y en virtud de las disposiciones del artículo 42 de la Ley No. 1306 Bis y sus modificaciones, se hace saber: Que en fecha veintinueve (29) del mes de Junio del año dos mil veintiuno (29-06-2021), LA CUARTA SALA PARA ASUNTOS DE FAMILIA DE LA CAMARA CIVIL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, dicto la sentencia número 1288-2021-SSEN-00381 , cuyo dispositivo textualmente FALLA: PRIMERO: Pronuncia el defecto en contra de la parte demandada señor CESAR AUGUSTO MORA GUERRERO, por no comparecer no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara como buena y valida la presente demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por haber sido hecha conforme a las leyes que rigen la materia. TERCERO: En cuanto al fondo, admite el presente divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, entre los señores DULCE ELENA URRACA SIMON Y CESAR AUGUSTO MORA GUERRERO, con todas sus consecuencias legales, por los motivos procedentemente expuestos. CUARTO: Otorgar la guarda del niño ISHMAEL a su madre, mi requeriente la señora DULCE ELENA URRACA SIMON para que vivan juntos y esta siga cuidándolo como siempre. QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la oficialía del estado civil correspondiente, previo cumplimiento de las formalidades previstas en la ley de divorcio. SEXTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de una Litis entre esposos. Así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmados: Nelcy X. Ortega Ramírez, Juez de Paz Suplente; Brenda A. Rosario, Secretaria). La sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, esta sentencia fue Pronunciada por el oficial del Estado Civil de la 4TA. . Circunscripción de Santo Domingo Este en fecha 8 de noviembre del año dos mil veintiuno (08-11-2021), bajo el libro No.00004, Folio 0091, Acta No. 000349, Año 2021. La presente publicación ha sido autorizada por la Abogada infrascrita en la ciudad de Santo Domingo, municipio Santo Domingo Este, a los 8 días del mes de Enero del año dos mil veintidos (2022).

PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL PROVINCIA BARAHONA

PUBLICACION DE PERDIDA DE MATRICULA

Del Vehículo de motor, Marca HONDA, MODELO: FLC, año 2004, Color: BLANCO, Registro y placa número A555029, chasis GD12156037, propiedad de ALBA IRIS ABREU FERNANDEZ, Barahona.

Ruedas de prensa del PLD denunciando la judialización de la política Duras criticas rechazando el cierre del CEA y la CDEEE. Hace rato que el gobierno debió involucrarse en planes para reabrir los ingenios Consuelo, Montellano, incursionar en la producción de panela en la provincia de Monte Plata y recuperar las tierras vendidas del CEA con graves irregularidades. Las presiones para que el

CERTIFICADO DE NACIONALIZACION

Jesús Vázquez Ministro

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Del 6 al 12 de Febrero de 2022

Area

207174754929

Porción

207.02 m2

A todos a quien pueda interesar. En virtud del artículo No. 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que se presenten por ante este tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Barahona, ubicado en la CALLE COLÓN NO. 43, PALACIO DE JUSTICIA a la audiencia fijada para el día 02/03/2022, a las 9:00 a.m., a fin de conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en la que se basan y formulan su reclamación ante este tribunal de primer grado. DADO: En nuestro despacho en la ciudad de Barahona, Provincia BARAHONA, República Dominicana, hoy día 25 de enero del 2022; años 177 de la Independencia y 158 de la Restauración. Aprobado: Aprobado: ROSA BETHANIA MALENA CARDONA Juez de la TJO- Barahona Lo certifica: ANA YIBI FELIZ PEREZ Secretaria-Titular

AVISO DE INCORPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, Párrafo II de la ley 122-05 se hace de público conocimiento que mediante la resolución No. 0023-2021 emitida por el Procurador General de la Corte de Apelación de Santo Domingo Francisco Alfredo Berroa Hiciano en fecha 14 de diciembre del año 2021 fue otorgado el beneficio de la incorporación a la asociación sin fines de lucro denominada “ASOCIACION EVANGELICA LOS REMANENTES DE LA BATALLA FINAL” con su domicilio en la calle 24 de junio No. 88, Los Coquitos, Boca Chica, Provincia de Santo Domingo, Republica Dominicana. Su misión es ser una institución de promoción espiritual de todos sus miembros, sus allegados y la comunidad y predicar la palabra del evangelio, realizar cultos evangelisticos y actividades para honrar a Cristo, trabajar en la salvación de las almas y construir iglesias y obras para el bien comunitario y de todos sus miembros, en un marco de respeto a las leyes dominicanas y promoviendo la democracia participativa de todos sus miembros. Su objetivo principal es la promoción espiritual de todos sus miembros, sus allegados y la comunidad, mantener una asociación en la que la oración y el culto sean las prioridades de sus miembros para así poder expandir la palabra a la comunidad. El Consejo Directivo está constituido por siete (7) personas elegidas por un periodo de tres (3) años, a saber: Luciana Agustin Antonio de Perdomo; Presidente. Modesto Perdomo Tamarez; Vice-Presidente. Samuel Perdomo Agustin; Secretario. Pedro Soto Reyes; Tesorero. Mario Melvin Sierra Moreta; Vocal. María Yluminada Serrano de Reyes; Vocal. Miloude Saint – Pierre; Vocal, los que son los miembros fundadores. La duración de la Fundación es por tiempo indefinido. La presidente del Consejo Directivo Luciana Agustin Antonio de Perdomo es la persona con calidad para representar a la asociación ante terceras personas. En Boca Chica, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de enero del año dos mil veintidós (2022). LUCIANA AGUSTIN ANTONIO DE PERDOMO Presidente Consejo Directivo

PODER JUDICIAL REPUBLICA DOMINICANA TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL PROVINCIA BARAHONA AVISO DE REQUERIMIENTO, AUTO DE EMPLAZAMIENTO Y FIJACIÓN DE AUDIENCIA.

AGRIMENSOR(A): Marcos Antonio Peña Alcántara SOLICITANTE: JOAQUIN DE LA PAZ FÉLIZ COLINDANTES: Calle, Ángel Gómez Reyes, Natanael Ayala Guerrero DEL: Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original – Barahona EXPEDIENTE No: 0103-21-00310 MOTIVO: SANEAMIENTO

INMUEBLES: Provincia:

BARAHONA

Municipio D.C/DC POS: Solar

BARAHONA

D.C

Area

207191086273

Porción 884.27 M2

A todos a quien pueda interesar. En virtud del artículo 50 del Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original, se citan: A las personas mencionadas y a todo el que crea tener algún interés o derecho sobre este inmueble a sanear, para que comparezcan a la audiencia que celebrará este Tribunal de Jurisdicción Original de la, Provincia BARAHONA, ubicado en la Calle Colón No. 43, 2do Piso, PALACIO DE JUSTICIA de Barahona, a la Audiencia fijada para el día 02/03/2022, a fin de que se den a conocer los derechos que considere presentando de forma legal las pruebas en que se basan y formulen sus reclamaciones ante este Tribunal de primer grado. Dado en nuestro despacho en la ciudad de Barahona, Provincia BARAHONA, hoy día 25 de enero de 2022, años 177 de la INDEPENDENCIA y 158 de la RESTAURACIÓN. Firmado por ROSABETHANIA MALENA CARMONA Juez del TJO de Barahona Ana Yibi Féliz Pérez, Secretaria Titular

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO POR CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

Para conocimiento general y en cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la Ley de Divorcio 1306-Bis, se hace saber lo siguiente: Qué el día 22/10/2019, la Primera Sala De La Cámara. Civil. Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, mediante Sentencia Civil número 0105- -2019- SSN- 0023, se ordenó los siguientes: FALLA: PRIMERO: RATIFICAR el defecto pronunciado por este tribunal en la audiencia del día 17 del mes de julio del año 2019 contra la parte demandada señor Freddy Terrero Camacho, por no haber comparecido no obstante estar debidamente citado. SEGUNDO: Acoge las conclusiones presentadas por parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores FREDDY TERRERO CAMACHO Y BÉLGICA DEL CARMEN FÉLIX CUEVAS, por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres. TERCERO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil de La Primera Circunscripción de Barahona, previo cumplimiento de las formalidades legales establecidas. CUARTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de litis entre esposos. QUINTO: Comisiona al ministerial Iván Danilo Arias, Alguacil de Estrado de la primera Sala de la Cámara Civil Comercial y De Trabajo del Juzgado de primera instancia del Distrito Judicial de Barahona, para que proceda la notificación de la presente Sentencia. Así se pronuncia ordena manda y firma: Osvaldo j Santana Fernández, Juez, Sandra B. Ramírez, secretaria; La sentencia que anteceden ha sido dada y firmada por el magistrado juez del mencionado tribunal el mismo día mes y año citados y pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Barahona, en fecha 20 del mes de febrero del año 2013, según acta inscrita en el libro número 00002-N, de registro de divorcio, folio número 0007, acta número 00107, del año 2013 . En la ciudad de Barahona, República Dominicana Dr. Francisco Altagracia Santa de León Abogado


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Del 6 al 12 de Febrero de 2022

“La verdad siempre”

NACIONALES


NACIONALES

“La verdad siempre”

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Opinión

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Santo Domingo, República Dominicana

Del 6 al 12 de Febrero de 2022

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Lic. Alex Jiménez Presidente-Director periodicoprimicias@gmail.com

Lic. Wanda Polanco Vicepresidenta Ejecutiva

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REDACCION Robert Vargas, José Abreu, Yolanda Tapia, Héctor Ramón Zapata Marcelo Florián, Esteban Delgado y Francisca Ramirez

ANALISTAS INVITADOS Mario Rivadulla, Esteban Rosario, Roque Zabala, Cándido Mercedes, Robert Vargas, Luis Ruiz Pou, Maguá Moquete Paredes, Juan Manuel Garcia, Zunilda Fondeur, César Fragoso, Jaime Fernández Lazala, Felipe Mora, Venecia Joaquín, Juan Cruz Triffolio, Andrés Patiño, Esteban Delgado y Mercedes Castillo

REPRESENTANTES EN EL INTERIOR Moca y Cibao Central- Felix Jacinto Bretón; Monte Plata, Luis Danilo Santamaría; Línea Noroeste- Francisco A. Rodríguez; Sosúa, Puerto Plata y la Costa NorteVíctor Morales O.; San Cristóbal-José A. Thomás y Miguel Angel Solano; AzuaFreddy Peña Pastor; Hato Mayor del Rey- Felipe Herrat; San Juan de la MaguanaManolo Cabral; El Seybo -Carmen Carela; Neyba-Maritza Peña; Bonao, La Vega y Constanza-Guiby de la Cruz; Esperanza-Francisco Quico Rodríguez; La RomanaJohnny Sánchez; San Pedro de Macorís-Leonardo Veloz Reyes; Barahona- Don Rodolfo Lama; Jarabacoa-Luis Manuel Abreu; Samaná-Virgilio Mercado; La VegaIsrael Castillo; Baní-Radhamés Villar; Dajabón-Nelson Rickard; Higüey-Tomás Santana y Livio Mariano Cedeño; Haina-Germán Martínez y Magüá Moquete Paredes, Navarrete-Pablo Disla; Santiago- Carlos Ramírez Báez

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CARICATURISTA Daddy Romero

EDITOR DE DISEÑO Julio Toribio Guzmán juliotoribio@gmail.com

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2022, salud y prosperidad Inició el año 2022 y los deseos de Primicias se dirigen hacia la salud y prosperidad de todos los seres vivientes en el mundo. Apostamos a la adopción de más políticas públicas y privadas contra la pandemia del coronavirus, que desde mediados de marzo de 2020 ha venido causando estragos a la humanidad. Adicionalmente, hay que seguir impulsando la preservación y recuperación de los empleos, redistribución equitativa de las riquezas, batallar contra la creciente inflación, preservar el valor del peso dominicano, mayores inversiones en la salud, educación, seguridad alimentaria, preservación de los recursos naturales, seguridad ciudadana, preservación del turismo y del aparato productivo nacional, reforma policial efectiva y mantenimiento a las vías públicas, muy deterioradas en todo el territorio nacional. Urge enfrentar la gripe masiva que afecta a la ciudadanía. Agilizar la vacunación contra la gripe y el coronavirus. Adoptar medidas para que la pandemia no se expan-

AVISO DE INCORPORACIÓN ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, párrafo II, de la Ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante la Resolución No.000001 emitida por la Procuradora General de la República en fecha 5 de enero del 2022, fue otorgado el beneficio de incorporación a la asociación sin fines de lucro FUNDACION PROGRESANDO CON OMAR FERNANDEZ POF, con domicilio en la calle Fran Félix Miranda No.38, torre NP-I, tercer piso, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Esta organización tiene por Misión proveer programas en educación, deporte, salud, protección de niños y ancianos, conservación del medio ambiente y la preservación de la cultura con el fin de mejorar, enriquecer y contribuir a la calidad de vida de los menos privilegiados dentro de todo el territorio Dominicano; Objetivos: Crear programas de ayudas dentro del territorio dominicano, dirigidos a mejorar la calidad de vida de los dominicanos de escasos recursos a través de aportes económicos recibidos por personas e instituciones tanto nacionales como extranjeras; Contribuir a la erradicación de la pobreza y el hambre en el República Dominicana, así como las causas y estructuras que las perpetúan; Promover el desarrollo integral de las comunidades y grupos más desprotegidos; Impulsar la defensa y mejora del medio ambiente y el fomento de hábitos de vida saludables, en el convencimiento de que la naturaleza es el pilar fundamental de la vida. Sus miembros fundadores son: Omar Leonel Fernández Domínguez, Diego Vargas Vargas, Augusto Ogando Domínguez, Ezequiel Daniel Sierra Duran, José Gregorio Cabrera Puello; su Consejo Directivo tiene una duración de 6 años y está compuesto por cinco miembros, sus funcionarios son: Omar Leonel Fernández Domínguez (Presidente), Diego Vargas Vargas (secretario), José Gregorio Cabrera Puello (vocal), Ezequiel Daniel Sierra Duran (tesorero) y Augusto Ogando Domínguez (vicepresidente). La duración de esta entidad es indefinida. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana. Hoy día 19 de enero del 2022. Omar Leonel Fernández Domínguez Presidente

da en las escuelas, empresas, Congreso Nacional, tribunales dependencias del Estado, negocios privados, hoteles, vuelos de las líneas áreas, aeropuertos, centros hospitalarios, empresas, estadios de béisbol, plazas comerciales, iglesias, encuentros sin control en los barrios, espectáculos, transporte público, mercados y lugares donde se concentran muchas personas. El uso de las mascarillas y la higiene personal en las instituciones públicas y privada son fundamentales. Primicias aboga por una sociedad con salud para evitar una economía enferma. No desmayemos los esfuerzos contra las variantes de COVID que generan situaciones preocupantes en el país, Europa, Estados Unidos, la suspensión de vuelos de una línea área canadiense a partir de febrero y otras situaciones preocupantes de salud en el mundo. PREGUNTA ¿De los 700 mil turistas que el gobierno dijo llegaron en diciembre al país, cuántos dominicanos no residentes que no acudieron a los hoteles y centros turísticos fueron incluidos en esa estadística?

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Articulo 42 de la Ley No.1306, Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha veintinueve (29) del mes de marzo del año 2021, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dicto la sentencia civil No.531-2021-SSEN-00952, que admitió el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, entre los señores RAFAEL ALBERTO DRAPER FELIZ Y FARAH NICARLYS SEGURA FERNANDEZ, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: DECLARA regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre Rafael Alberto Draper Feliz y Farah Nicarlys Segura Fernández, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No.6-2020 instrumentado en fecha 26 del mes de octubre del 2020, por ante la Dra. Marisol De Oleo Montero, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por lo motivos expuestos. SEGUNDO: ORDENA al oficial de estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. de la Cruz Díaz, secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. CERTIFICO: Que la sentencia que antecede es copiada fiel y conforme a su original, copia que expido, sello y firmo, a solicitud de la parte interesada. Mirtha M. de la Cruz Díaz, secretaria. La misma ha sido registrada en el Registro Civil y conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha 23/08/2021, letra DG-AJ, Registro No.202118663. Dicho Divorcio fue pronunciado en la Oficialia del Estado Civil de la Decima (10ma) Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha veinte (20) del mes de diciembre del año 2021, inscrito en el libro No.00005, folio 0078, bajo el acta No.000445, del año 2021. LIC. JUSTA RAMIREZ SEGURA ABOGADA


OPINIÓN PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Articulo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de publico conocimiento lo siguiente: Que en fecha Cinco (05) del mes de enero del año Dos Mil Veintidós (2022), OFICIALÍA DEL ESTADO CIVIL DE LA 15TA. CIRCUNSCRIPCIÓN DE SANTO DOMINGO OESTE, emitió una certificación cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: CERTIFICAMOS: PRIMERO: Que el veintiocho del mes de diciembre del año dos mil veintiunos (28/12/2021), hemos procedido a pronunciar el divorcio entre el señor LUDOVINO MONTAS PEREZ, país de nacionalidad Republica Dominicana, Cedula de Identidad y Electoral No. 001-0440728-3 y la señora NATIVIDAD LANDA MORILLO, país de nacionalidad Republica Dominicana, Cedula de Identidad y Electoral No. 001-1734413-5, por la causa de IMCOMPATIVILIDAD DE CARACTERES, en fecha veintinueve del mes de septiembre del año dos mil veintiunos (29/09/2021), cumpliendo las formalidades exigidas por la Ley. SEGUNDO: Que el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el Registro destinado a estos fines, correspondiéndole el Libro No. 00004 de registros de DIVORCIO, Folio No. 0097, Acta No. 000697, Año 2021, en la OFICIALÍA DEL ESTADO CIVIL DE LA 15TA. CIRCUNSCRIPCIÓN DE DISTRITO NACIONAL, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana, a los Once (11) días del mes de Enero del año Dos Mil Veintidós (2022). LIC. PEDRO DARIO ENCARNACION Abogado

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Articulo 42 de la Ley No.1306, Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 14 del mes de diciembre del año 2020, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en Asuntos de Familia, dicto la sentencia civil No.503/2020-SSEN-01616, que admitió el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, entre los señores CARLOS RODRIGUEZ ARIAS Y JUANA INES OZORIA DEL ROSARIO,, cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: FALLA: PRIMERO: DECLARA regular y valida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre Carlos Rodríguez Arias y Juana Inés Ozoria del Rosario, por mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No.03/2020 instrumentado en fecha 6 del mes de febrero del 2020, por ante la Dra. Marisol De Oleo Montero, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por lo motivos expuestos. SEGUNDO: ORDENA al oficial de estado civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. de la Cruz Díaz, secretaria). La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo día, mes y año citados la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica, Mirtha M. de la Cruz Díaz, secretaria. La misma ha sido registrada en el Registro Civil y conservaduría de Hipoteca de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha 25/05/2021, letra DG-AJ, Registro No.2021-11043. Dicho Divorcio fue pronunciado en la Oficialia del Estado Civil de la Decima (10ma) Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha dieciséis (16) del mes de diciembre del año 2021, inscrito en el libro No.00005, folio 0058, bajo el acta No.000435, del año 2021. LIC. JUSTA RAMIREZ SEGURA ABOGADA

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306-Bis de DIVORCIO, se hace saber que en fecha (05) del mes de agosto del año Dos Mil Veintiuno (2021), Séptima (7MA.) sala de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Dictó la Sentencia Civil marcada con el No. 532-2021-SSEN-01955 cuyo dispositivo dice así; PRIMERO: Pronuncia el defecto contra la parte demandada, el señor Logan Germán, por no haber comparecido no obstante citación legal. SEGUNDO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda en divorcio por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, intentada por la señora Gina Paulino Rosario, en contra del señor Logan Germán, por haber sido interpuesta conforme al Derecho. TERCERO: En cuanto al fondo, acoge las conclusiones presentadas en audiencia por la parte demandante, por ser justas y reposar sobre prueba legal, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre Gina Paulino Rosario y Logan Germán, por la causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por los motivos indicados. CUARTO: Otorga la guarda y cuidado de los menores de edad Jade Naylea y Logan Sscot, a cargo de la madre, señora Gina Paulino Rosario, por los motivos expuestos. QUINTO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado Civil correspondiente. SEXTO: Compensa las costas del procedimiento, por los motivos expuestos. SEPTIMO: Comisiona al Ministerial Fabio Correa, Alguacil de Estrado de esta sala, para la notificación de esta sentencia. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma (Firmado: Mag. Carolina de Jesús Abreu Cepeda, juez Suplente de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y secretaria: Ilsy Berenice Vigay Cruzeta, quien certifica.) La referida Sentencia fue Pronunciada el día Quince (15) del mes de diciembre del Año Dos Mil Veintiuno (2021), por ante la Oficial de Estado Civil de la 11VA. Circunscripción de Santo Domingo, Registrada en el Libro No. 00010, Folio No. 0162, Acta No. 000566, del Año Dos Mil Veintiuno 2021, a los (11) días del mes de Enero del Año Dos Mil Veintiuno (2021). -LIC. MIGUELINA M. PREZ VILLARAbogada

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones de la ley 1306 bis, de divorcio, se hace de público conocimiento que Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, dictó una sentencia marcada con el No. 533-2021-SSEN-02385, de fecha 15 de septiembre del año 2021, con el dispositivo siguiente: FALLA PRIMERO: Admite la presente demanda en divorcio por mutuo consentimiento, en consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Miguel Ángel Medrano Castro y Yeraldina Osorio Lantigua, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente, pronunciar el presente divorcio. TERCERO: Homologa el acuerdo sobre la guarda de la niña Mia Sofia, contenido en el acto de estipulaciones y convenciones numero 22/2021, de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el Dr. Roselio Estévez Rosario, notario público de los del numero del Distrito Nacional, mediante la cual la guarda de la niña queda a cargo de su madre Yeraldina Osorio Lantigua. CUARTO: Homologa el acuerdo sobre la pensión alimentaria en favor de la niña Mía Sofía, contenido en el acto de estipulaciones y convenciones numero 22/2021, de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el Dr. Roselio Estévez Rosario, notario público de los del numero del Distrito Nacional. QUINTO: Homologa el acuerdo sobre el régimen de visitas contenido en el acto de estipulaciones y convenciones numero 22/2021, de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el Dr. Roselio Estévez Rosario, suscrito por los señores Miguel Ángel Medrano Castro y Yeraldina Osorio Lantigua. SEXTO: Compensa las costas del procedimiento por tratarse de un asunto de familia. El presente divorcio fue pronunciado por el Oficial del estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha diecinueve (19) de noviembre del 2021, inscribiéndolo en el libro No. 00030, de registro de divorcio, folio No. 0037, acta No. 002719, año 2021. Santo Domingo, Distrito Nacional ______ de junio del año ____. Lic. Susana Encarnación Krawinkel

“La verdad siempre”

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones del Articulo 42 de la Ley No. 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de publico conocimiento lo siguiente: Que en fecha Ocho (08) del mes de diciembre del año Dos Mil Veintiuno (2021), OFICIALÍA DEL ESTADO CIVIL DE LA 6TA. CIRCUNSCRIPCIÓN DE DISTRITO NACIONAL, emitió una certificación cuyo dispositivo copiado textualmente dice así: CERTIFICAMOS: PRIMERO: Que el Ocho del mes de diciembre del año Dos Mil Veintiuno (08/12/2021), hemos procedido a pronunciar el divorcio entre el señor PEDRO RAFAEL ROSARIO REYES país de nacionalidad Republica Dominicana, Cedula de Identidad y Electoral No. 001-1203655-3 y la señora LEDY MARGARITA AGUILERA MERIÑO, país de nacionalidad Republica Dominicana, Cedula de Identidad y Electoral No. 001-1553904-1, por la causa de MUTUO CONSENTIMIENTO, en fecha Veintisiete (27) del mes de octubre del año Dos Mil Veintiuno (27/10/2021), cumpliendo las formalidades exigidas por la Ley. SEGUNDO: Que el referido divorcio ha sido archivado y sometido a la inscripción en el Registro destinado a estos fines, correspondiéndole el Libro No. 00006 de registros de DIVORCIO, Folio No. 0101, Acta No. 000548, Año 2021, en la OFICIALÍA DEL ESTADO CIVIL DE LA 6TA. CIRCUNSCRIPCIÓN DE DISTRITO NACIONAL, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana, a los Once (11) días del mes de Enero del año Dos Mil Veintidós (2022). LIC. PEDRO DARIO ENCARNACION Abogado

AVISO DE INCORPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5 párrafo IIde la ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante Resolución, mediante Resolución No. 0020-2021, emitida por el Procurador General Titular de la Corte de Apelación Regional de la Provincia Santo Domingo en Fecha 21 de Octubre del 2021, fue otorgado el beneficio de incorporación de la Asociación sin fines de lucroFUNDACION DAR PARA DAR ,con su domicilio en la Av. Jacobo Magluta Residencial el Dorado 3 Manzana E Edificio 8 Apto. 101, Municipio Santo Domingo Norte, Republica Dominicana. Esta organización tiene por MISION trabajar con la comunidad hasta logar la concientización de sus habitantes sobre la necesidad de involucrarse en la solución de los problemas comunes y que para ello es fundamental la integración comunitaria, OBJETIVOS:Integrar a las familias para que sean participe del desarrollo social y comunitario de su entorno, Orientada a trabajar con familia necesitadas y de escasos recursos, tanto niños y adultos basado en acuerdo de cooperativismo y voluntariado de sus miembros, Realizar actividades socio espirituales, Actividades Religiosas, Cultos, Conferencias, Seminarios, Fundar Institutos Bíblicos para la enseñanza de la Fe Cristiana y conocimientos Bíblicos, Campañas Cristianas, Eventos Cristianos y de carácter comunitario fomentando la prevención, el estímulo a la educación y la enseñanzas,Integrar a los niños, niñas y adolescentes en organizaciones culturales, deportivas, etc. De las Iglesias Cristianas de la Organización Con la finalidad de apartarlos de aquello que ponga en peligro su salud física mental y espiritual, Dar seguimiento a los niños, niñas y adolescentes que se integren a los centros educativos para garantizar su asistenciay colaborar en su Educación Cristiana a través de escuela Bíblicas de Extensión y de verano, Crear y fundar Nuevas Iglesias Cristianas Evangélicas comunitarias para incentivar y cultivar los buenos valores de familia y de fe, armonía amor alprójimo yPropiciar la solidaridad y la solución de los problemas comunitarios y trabajar en la prevención de conflictos de familias, de conflictos de grupo y otros.,Dar orientación y consejería Pastoral a la familia en sentido general con la finalidad de que estas asuman sus responsabilidades frente a la sociedad,Realizar operativos generalizado, de salud educativos de carácter espiritual entre otros y ayudar a las personas envejecíentes y adultos en las necesidades más sentidas,Desarrollar actividades socio-deportivas relacionada con la comunidad,Impartir talleres de formación y/o capacitación a la comunidad.Expandir la Predicación del Evangelio y los principios Bíblicos de Fe atreves de Escuelas Bíblicas de Verano, Campañas Evangelisticas, Conferencias, Conferencia de parejas y de Jóvenes, Películas Cristianas Realizar actividades sociales, culturales y religiosas con la finalidad de rescatar aquellas que se han perdido o están en vía de desaparecer,Contribuir al apoyo y desarrollo de personas que se encuentran en situación de extrema pobreza, su objetivo principal es realizar actividades Socio-Espirituales y de Carácter comunitario fomentando el estimulo de la educación y la prevención a través de enseñanzas bíblicas y valores cristianos. Y sus Miembros Fundadores son: 1.-Fiordaliza Alta. Bautista Severino De Pascual, Presidenta. 2.Robert Sanllel Pascual Bautista. Vice-Presidente. 3.-SaulOrelvis Pascual Secretaria (o). 4.(a): SahirRoddeliza Pascual Bautista. Tesorero 5.- Ashley Nicole Tiburcio Lugo-Secretario de Educación. Su consejo Directivo tiene una duración de 2 años y está compuesto por 1.Fiordaliza Alta. Bautista Severino De Pascual, Presidenta. 2.- Robert Sanllel Pascual Bautista. Vice-Presidente. 3.-SaulOrelvis Pascual Secretaria (o). 4.- (a): SahirRoddeliza Pascual Bautista. Tesorero 5.- Ashley Nicole Tiburcio Lugo-Secretario de Educación.. La Duración de esta entidad es Indefinida. En el Municipio Santo Domingo Norte Provincia Santo Domingo. Hoy día 14 del mes de Enero del año 2021. . FIORDALIZA ALTAGRACIA BAUTISTA SEVERINO DE PASCUAL Presidente

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Art.42 de la Ley No.1306-Bis, sobre divorcio, se hace de público conocimiento lo siguiente: Que en fecha 23 del mes de septiembre del año 2021, la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, dictó una Sentencia Civil No.532-2021-SSEN-02438,contenida en el expediente No.2021-0004389, cuyo dispositivo dice así: F A L LA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por Mutuo Consentimiento, intentada por los señores Argenis Domingo Fermín Pérez y Balbina Carolina Sosa Ferreira, por haber sido hecha de acuerdo con la Ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y, en consecuencia: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Argenis Domingo Fermín Pérez y Balbina Carolina Sosa Ferreira, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y estipulaciones de divorcio No. 183/2021, de fecha 19 de agosto del año 2021, por ante la Dra. Criselia O. Echavarría Joaquín, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que preceden. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Y por esta nuestra sentencia, ordena, manda y firma:Firmado: Mag. Pedro Marcial Ramírez Salcé, juez de la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y secretaria: Ilsy Berenice VigayCruzeta, quien certifica.- Certifico que la sentencia que antecede es copia fiel y conforme a la su original que reposa en su expediente debidamente registrada en fecha 29 de octubre del año 2021, la que se expide a solicitud de la parte interesada, sello y firmo, hoy día tres (03), del mes de noviembre, del año dos mil veintiuno (2021). Institución: Ayuntamiento Distrito Nacional, Dirección de Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas Registrado en: Registro Civil, Distrito Nacional Letra: DG-AJ Registro No.: 2021-24189, Documento: REGISTRO JUDICIALES; Tasa: $1500.00.El divorcio ha sido pronunciado por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción, Distrito Nacional, en fecha 09 del mes de Noviembre del año 2021, según Acta de Divorcio registrada con el No.002621, Libro No.00029, Folio No.0041, del año 2021.En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 28 días del mes de Diciembre año Dos Mil Veintiuno(2021).LICDA. ALEJANDRA GUERRERO DE DE LA CRUZ Abogada Apoderada.-

Del 6 al 12 de Febrero de 2022

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PUBLICACION DE PERDIDA DE MATRICULA

SE AVISA POR ESTE MEDIO LA PERDIDA DE LA MATRICULA CORRESPONDIENTE AL VEHICULO MARCA BMW, TIPO DE VEHICULO JEEP, MODELO X 53.0, AÑO 2002, COLOR GRIS, REGISTRO Y PLACA NO. G131167, CHASIS 5UXFA53552LP29168, PROPIEDAD DE WENDY KATIUSCA POLANCO DE JESUS, CED: 001-0497404-3.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICADO DE TITULO

En cumplimiento a las disposiciones del Art. 92 párrafo III de la ley 108-05, de Registro Inmobiliario y sus Reglamentos, se hace de público conocimiento: Que se ha extraviado la Matricula No. 0600000939, d/f. 30-10-2008, expedido por el registrador de Titulo de Barahona, que ampara los derechos de propiedad, correspondiente del Solar 26, manzana 221 del DISTRITO CATASTRAL No.1, del Municipio y provincia de Barahona, con una extensión de 518.00 Mts2, a favor de GISELA SANTANA.

AVISO DE INCORPORACION DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO

En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5 párrafo II de la ley 122-05, se hace de público conocimiento que mediante Resolución, mediante Resolución No. 0021-2021, emitida por el Procurador General Titular de la Corte de Apelación Regional de la Provincia Santo Domingo en Fecha 05 de Noviembre del 2021, fue otorgado el beneficio de incorporación de la Asociación sin fines de lucro FUNDACION JAVIER BENITEZ TRANSFORMANDO VIDAS A TRAVES DE LOS COLORES Y MATICES CULTURALES, con su domicilio el el Residencial Claribel No. 7 B, Av. Los Restauradores, Municipio Santo Domingo Norte, Republica Dominicana. Esta organización tiene por MISION trabajar con la comunidad hasta logar la concientización de sus habitantes sobre la necesidad de involucrarse en la solución de los problemas comunes y que para ello es fundamental la integración comunitaria, Servir de ventana para hacer de la participación comunitaria un instrumento de integración y desarrollo. OBJETIVOS: 1.- Integrar a las familias, jóvenes, adolescentes, niños y adultos, en la educación de las artes plásticas, la cultura y la pintura dentro de la comunidad, para que sean participe del desarrollo social, Espiritual y comunitario Saludable de su entorno a través de La Fundación.2.- Realizar actividades socio-culturales y espirituales, Impulsar proyectos culturales de restauraciones de obras de artes y monumentos históricos y exposición de artes Actividades Religiosas, Cultos, conferencias y Seminarios.3.-Integrar a los niños, niñas y adolescentes en organizaciones culturales, deportivas, etc. De la fundación y de la Organización Con la finalidad de apartarlos de aquello que ponga en peligro su salud física mental y espiritual .4.-Dar seguimiento a los niños, niñas y adolescentes que se integren a los centros educativos para garantizar su asistencia y colaborar en su Educación Cristiana y cultural basadas en valores a través de escuela Bíblicas, Escuela de Cultura, Artes y Pinturas de Extensión y de verano.5.-Crear y fundar Nuevas escuelas de artes comunitarias para incentivar y cultivar los buenos valores y artes plásticos, e incentivar los valores familiares y de fe, la armonía amor al prójimo y Propiciar la solidaridad y la solución de los problemas comunitarios y trabajar en la prevención de conflictos de familias, de conflictos de grupo y otros.6.-Dar orientación y consejería a la familia en sentido general con la finalidad de que estas asuman sus responsabilidades frente a la sociedad.7.-Realizar operativos generalizados educativos para incluir a jóvenes adolescentes, adultos y niños a las artes plásticas y las pinturas.8.-Desarrollar actividades s0cio-deportivas culturales y de competencias relacionada con la comunidad. .9.-Impartir talleres de formación y/o capacitación a la comunidad.10.-Expandir la Predicación del Evangelio y los principios Bíblicos de Fe atreves de Escuelas Culturales, Talleres de Artes Plásticas, Campañas Evangelistas, Conferencias, Conferencia de parejas, niños, adolescentes y adultos películas Cristianas, Realizar actividades sociales, culturales y religiosas con la finalidad de rescatar aquellas que se han perdido o están en vía de desaparecer.11.-Contribuir al apoyo y desarrollo de personas que se encuentran en situación de extrema pobreza. Y sus Miembros Fundadores son:1.-Loyda Berenice Fermín Fernández,-Presidenta.2.-Loija Berenice Sánchez FermínVice-Presidente. 3.- Benjamín Radhames Sánchez Fermín Secretario (a). 4.-Javier Marino Sánchez Benítez Tesorero 5.- Olegario Javier Sánchez-Secretario de Educación. Su consejo Directivo tiene una duración de 2 años y está compuesto por 1.-. Loyda Berenice Fermín Fernández,-Presidenta.2.-Loija Berenice Sánchez Fermín -Vice-Presidente. 3.Benjamín Radhames Sánchez Fermín Secretario (a). 4.-Javier Marino Sánchez Benítez Tesorero 5.- Olegario Javier Sánchez-Secretario de Educación La Duración de esta entidad es Indefinida. En el Municipio Santo Domingo Norte Provincia Santo Domingo. Hoy día 27 del mes de Enero del año 2021. . LOYDA BERENICE FERMÍN FERNÁNDEZ Presidente

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

Para general conocimiento y en virtud de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306 Bis y sus modificaciones, se hace saber: Que en fecha diez y ocho (18) dias del mes de noviembre del año dos mil ventiuno (2021) La Sexta Sala la Cámara Civil y Comercial y del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de Familia, dictó la Sentencia No. 53-2021-SSEN-03293, cuyo dispositivo copiado textualmente dice: FALLA:PRIMERO: Declara regular y valida en cuanta a la forma la Demanda en divorcio por Mutuo consentimineto por haber sido hecha de acerdo a la ley y en cuanto al fondo Declara disuelto el vinculo matrimonial exixtente entre los señores Robert Adrian Acosta y Damaris Carazo Hernandez, por su Mutuo consentimineto de conformidad con el acto de convencion y estipulacion de Divorcio numero 298/21, instrumentado en fecha 25 de agosto del año 2021, por ante la LIC. LUZ YAQUELIN PEÑA ROJAS, Abogado Notario Publico de los del Numero del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: ORDENA al Oficial de Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Asi se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma, (firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza. Fernando J. Dominguez Cerda, Secretario Auxiliar) quien certifica. La Sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Juez de este Tribunal, el mismo dia, mes y año citado. fue pronunciada por ante el Oficial del Estado Civil de la Segunda Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 7 del mes de diciembre de 2021, bajo el Libro No.00010, de registro de DIVORCIO, Folio No.0028, Acta No.000667, del año 2021. La presente publicación ha sido autorizada por la abogada infrascrita, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) del mes de enero del año dos mil ventidos (2022). LIC. RAYMUNDO LOPEZ LIRIANO Abogado Apoderado

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

En cumplimiento a las disposiciones del artículo 42 de la ley 1306-Bis, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento, que en fecha Ocho (08) del mes de Marzo del año Dos Mil Veintiuno (2021), la Octava Sala para Asuntos de Familia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó lo sentencia civil de divorcio por MUTUO CONSENTIMIENTO marcada con el No. 533-2021-SSEN-00184, que copiada textualmente en su parte dispositiva, expresa la siguiente: FALLA: PRIMERO: Admite la presente demanda de divorcio por mutuo consentimiento, en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Esmerlin Tejeda Parra y Stephanie María Moran Parra, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. La Sentencia que antecede, ha sido dada y firmada por la Magistrada Carolina de Jesús Abreu Cepeda, jueza de Paz itinerante, el mismo día, mes y año citados, la que yo, secretaria interina, Charina V. Puente García Certifico. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Republica Dominicana, a los Tres (03) días del mes de Enero del año Dos Mil Veintidos (2022). LIC. RICARDO GERMÁN PEGUERO Abogado


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Del 6 al 12 de Febrero de 2022

“La verdad siempre”


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