CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: El reto de acreditar la competencia
Un nuevo horizonte: La formación y el aprendizaje durante toda la vida Los cambios en la estructura del mercado de trabajo y en las profesiones, sugieren que la formación inicial, con la que se identifica prácticamente la educación reglada, no será suficiente para el desarrollo personal y profesional Las generaciones que se están formando ahora en las escuelas y en los institutos padecerán cambios profundos en sus profesiones o tendrán que cambiar probablemente de profesión varias veces a lo largo de su vida laboral
Algunos aspectos a tener en cuenta • Globalización • Nuevas tecnologías • Competencias profesionales distintas • Movilidad
Nuevas Cualificaciones Cualificaciones más exigentes Obsolescencia de habilidades Más exigencias tecnológicas
Importancia de las relaciones interpersonales Valor especial de nuevas habilidades
Nuevas Cualificaciones = Nuevas Habilidades
Habilidades sociales y de COMUNICACIÓN CREATIVIDAD, flexibilidad y autonomía Capacidad de RESOLVER PROBLEMAS CURIOSIDAD ante nuevas situaciones SENSIBILIDAD formativa y medioambiental Capacidad de PROCESAR DATOS Comprensión de la organización y sus PRINCIPIOS ECONÓMICOS Interés en la CALIDAD
Envejecimiento de la poblaci贸n
Nivel educativo de la población adulta (25-64 años nivel más alto obtenido, 2005)
60 Primaria y secundaria inicial Secundaria y post secundaria Superior 50
40
30
20
10
0
EU 25
Fuente:
Australia
EU25: LFS, Eurostat ; otros países: OECD 2004
Canada
Japan
Korea
Russia
USA
Porcentaje de poblaci贸n de 18 a 24 a帽os que abandona prematuramente el sistema educativo % 50
40
30
20
39,2 29,9
10
8,3
12
12,9
13
13,1
13,8
15,3
15,9
20,8
0
Ambos sexos
Mujeres
Hombres
Evolución de las tasas de desempleo por nivel de formación (1991-2005). % 25 21 19
20 14 15
14
15
13
12
13 11
11
9
11
10 11 9
5
7
9
9 5
7
7
6
10
7 6
6 4
5 3
0 1991
1995
2000
2005
Inferior a segunda etapa de educación secundaria
España
1991
1995
2000
2005
Segunda etapa de educación secundaria y postsecundaria no terciaria OCDE
1991
1995
2000
Educación terciaria
UE-19
4
4
2005
El acuerdo formulado entre organizaciones empresariales y sindicales europeas en el año 2002 denominado "Marco de acción para el desarrollo de las competencias y cualificaciones", La Directiva 2005/36 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, reguladora de la movilidad laboral en el espacio europeo para profesiones reguladas La Propuesta de Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la creación del "Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje a lo largo de la vida", producida en el año La Decisión EUROPASSdel año 2004 orientada a brindar transparencia a las cualificaciones y las competencias de las personas que establece un curriculum vitae unificado para toda Europa y otras iniciativas como el suplemento al diploma, el suplemento al certificado, el Portfolio de lenguas, etc. El Marco Europeo de Cualificaciones (EQF) Sistema Europeo de Transferencia de créditos formativos (ECVET)
¿POR QUÉ ACTUAR AHORA? Para mejorar la eficiencia de las políticas activas de mejora de la empleabilidad (orientación, formación), al dirigirlas hacia competencias concretas de los usuarios, ya sean estos desempleados u ocupados Permite además un lenguaje común (la competencia profesional) entre la FPR y la FPE, y entre ésta y las empresas. Se basa en el modelo de competencias profesionales, el conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. Permite vincular mucho mejor que hasta ahora: la formación, el reconocimiento de la competencia adquirida, su registro y acreditación Mejora la capacidad de intermediación entre demanda y oferta de trabajo y el empleo
Cualificaciones y Formación Profesional
Formación Profesional
Específica
Ocupacional
Iniciación Profesional
Certificados Profesionalidad
Acciones de FC en las empresas
Títulos Técnico
Plan FIP Escuelas Taller, Casas de Oficios Talleres de Empleo
Contratos programa de FC
Títulos Técnico Superior
Continua
Un nuevo escenario • •
Formación para la adquisición de competencia La Formación para el empleo debe servir para la adquisición de las cualificaciones y competencias del Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC), es decir: – para la evaluación y reconocimiento de la competencia a través de sus instrumentos específicos (títulos y certificados de profesionalidad) – para la certificación de la competencia – para el registro – para la clasificación de la demanda de empleo – para la intermediación entre oferta y demanda de empleo – para la mejora de las demás políticas activas
•
• • •
Formación para responder a una amplia concepción de la competencia que asegure a sus poseedores la capacidad de transferir sus conocimientos a diversos contextos e situaciones de trabajo y de afrontar los cambios. Formación basada en los estándares de competencia que requiere la producción. Formación para adaptarse a los resultados que las personas pueden demostrar. Acreditación independiente del modo, duración o localización de la forma de adquisición de la competencia: reconocimiento de la experiencia o mediante la formación.
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales: estándares de competencia
Evaluación de las competencias adquiridas por vías no formales
Programas Cualificación Profesional Inicial
Títulos de Formación Profesional Inicial: Grado Medio y Grado Superior
Subsistema de Formación para el Empleo: Certificados de profesionalidad
Un nuevo escenario II
El Sistema Nacional de Cualificaciones y F.P. (SNCFP). โ ข Es el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover la integraciรณn de las ofertas de formaciรณn profesional y la evaluaciรณn y acreditaciรณn de las correspondientes competencias profesionales.
Instrumentos y acciones del SNCFP. • El “CATÁLOGO NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES” y “CATÁLOGO MODULAR DE FORMACIÓN PROFESIONAL”, que ordenará aquellas competencias identificadas en el mercado de trabajo que sean apropiadas al desempeño profesional y que sean susceptibles de acreditación. • Un procedimiento de evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales (incluso del reconocimiento de la experiencia laboral) . • Un sistema de información y orientación en materia de formación y empleo. • Un proceso de evaluación y mejora de la calidad centrado en la consecución de objetivos.
DESARROLLO NORMATIVO DE LA LEY 5/2002 DE LAS CUALIFICACIONES/FP • Real Decreto 1128/2003, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales -C.N.C.P.• Real Decreto 1558/2005, de creación de los Centros Integrados • Real Decreto 34/2008, por el que se regulan los Certificados de Profesionalidad. • Real Decreto 229/2008, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional.. • Real Decreto 395/2007 , por el que se regula el Subsistema de Formación para el Empleo • Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad •Real decrato 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Conceptos básicos Competencia Profesional: conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. Cualificación Profesional: conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación, así como a través de la experiencia laboral. Unidad de Competencia: agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial, a los efectos previstos en el art. 8.3 de la Ley Orgánica 5/2002.
Estructura de la Cualificación - DENOMINACIÓN OFICIAL - FAMILIA PROFESIONAL - NIVEL DE CUALIFICACIÓN - CÓDIGO ALFANUMÉRICO
DATOS DE IDENTIFICACIÓN
COMPETENCIA GENERAL
CUALIFICACIÓN PROFESIONAL
UNIDADES DE COMPETENCIA DE LA CUALIFICACIÓN
ENTORNO PROFESIONAL
FORMACIÓN ASOCIADA
- UC 1 - UC 2 - UC n
- AMBITO PROFESIONAL - SECTORES PRODUCTIVOS - OCUPACIONES O PUESTOS DE TRABAJO RELACIONADOS
- MF 1 - MF 2 - MF n
Estructura sintetizada del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales Conjunto de competencias prof. con significación para el empleo que se pueden adquirir mediante formación modular, o a través de la exper. laboral
Cualificación profesional Datos de identificación / descripción Codigo Denominación Nivel
Familia Profesional
Competencia General
Unidades de Competencia
Entorno profesional: Ámbito profesional
AGRUPA
Cometido y funciones esenciales del profesional Unidad de competencia Unidad de competencia realización RealizaciónCriterios Unidad de competencia realización RealizaciónCriterios Dominio profesional Unidad de competencia RealizaciónCriterios realización Dominio profesional Unidad de Competencia Itinerario formativo RealizaciónCriterios realización Dominio profesional Itinerario formativocompetencia Prueba evidencia Dominio profesional Itinerario formativo Prueba evidencia competencia Competencia profesional de la UC: Itinerario formativocompetencia Prueba evidencia jra-02 Prueba evidencia competencia Código: Nivel
Unidad de competencia Unidad de competencia realización RealizaciónCriterios Unidad de competencia realización RealizaciónCriterios Dominio profesional Unidad de competencia RealizaciónCriterios realización Dominio profesional Módulo Formativo Itinerario formativo RealizaciónCriterios realización Dominio profesional Itinerario formativocompetencia Prueba evidencia Dominio profesional Itinerario formativo Asociado a la UC: Prueba evidencia competencia Itinerario formativocompetencia Prueba evidencia Nivel Duración Prueba evidencia competencia
Realizaciones: Criterios de Realiza.: R1 R2 Rn Contexto profesional:
-
- Procesos, métodos y procedimientos
Ocupaciones y puestos de trabajo relacionados Formación asociada: Módulos formativos
Capacidades
-
ASOCIA
- Medios de producción - Productos y/o resultados del trabajo
Sectores Productivos
Bloque coherente de formación asociada a cada una de las Unidades de Competencia
Criterios de evaluación -
Contenidos -
- Información utilizada o generada
Requisitos básicos del contexto formativo: - Espacios: - Profesorado: -
Agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial
UNIDAD DE COMPETENCIA ESPECIFICACIONES PROFESIONALES
REALIZACIÓN PROFESIONAL
+
CRITERIO DE REALIZACIÓN
CONTEXTO-DOMINIO PROFESIONAL
RESULTANTE O LOGRO ACEPTABLE EN SITUACIONES O ROLES DE TRABAJO
CAMPO DE APLICACIÓN DE LA REALIZACIÓN PROFESIONAL ( EQUIPOS, MATERIALES, PERSONAS, ETC. )
NIVEL ACEPTABLE DE LA REALIZACIÓN GUÍA PARA SU EVALUACIÓN
MÓDULO PROFESIONAL ESPECIFICACIONES DE FORMACIÓN
CAPACIDAD TERMINAL
+
CRITERIO DE EVALUACIÓN
CONTENIDOS
CAPACIDADES QUE EL ALUMNODEBE HABER CONSEGUIDO AL FINALIZAR EL MÓDULO. EL ALUMNO POSEE LA COMPETENCIA PROFESIONAL QUE DETERMINA EL PERFIL.
INSTRUMENTO PARA ALCANZAR LAS CAPACIDADES ROFESIONALES.
SON ELEMENTOS DE LA CAPACIDAD QUE LA PRECISAN, DELIMITANDO EL ALCANCE DE LA MISMA, SU NIVEL Y CONTEXTO.
Ley Orgánica de Educación 2/2006 Relación con niveles de cualificación 26 25 24 23 22 21 20 19
Universidad: •Doctor •Postgrado
- ----------------- 8 5------------------ 7
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
•Grado Diplomado, Ingeniero técnico
4-------------------6 FP Grado Superior Técnico Superior
18
Bachillerato
17
Bachiller
16 15 14 13
Niveles de Cualificación CNCP ------------MEC
FP Grado Medio
3----------------- 5 2------------------- 4
Técnico
-------------------3
Educación Secundaria Obligatoria Graduado en Ed Sec.
6-12 años Educ. Primaria 0-6 años Educ. Infantil
Programas Cualificación Profesional inicial
1------------------2
--------------------1
CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD • Objetivos
Identificar las competencias profesionales. Articular la Formación Profesional para el empleo. Dotar a la certificación profesional de validez nacional para facilitar la transparencia del mercado de trabajo y la movilidad laboral.
Un Certificado de profesionalidad no es lo mismo que una Cualificación ni que un Título • la Cualificación es la competencia que el trabajador debe tener para responder a las necesidades del mercado laboral. • Un certificado de profesionalidad es un documento que acredita la competencia (aprendida a través de la formación o adquirida con el trabajo o la experiencia) que define la Administración laboral para adquirir la competencia incluida en una cualificación • Un Título es la acreditación que expresa una formación adquirida y definida por la Administración educativa como necesaria para establecer la competencia incluida en una o más cualificaciones
• NUEVOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD (52) • • • • • • • • •
Agraria Comercio y marketing Energía y agua Fabricación mecánica Química Hostelería y turismo Imagen personal Imagen y sonido Madera, mueble, corcho
• Servicios socioculturales y comunidad
14 2 6 3 6 10 3 1 5 2
Los certificados de profesionalidad • El certificado de profesionalidad es el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del C N CP en el ámbito de la Administración laboral, que acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo y asegura la formación necesaria para su adquisición
• Un certificado de profesionalidad configura un perfil profesional entendido como conjunto de competencias profesionales identificable en el sistema productivo, y reconocido y valorado en el mercado laboral. • Los certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.
Vías para la obtención de los certificados de profesionalidad. • El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de la superación de todos los módulos formativos orrespondientes al certificado de profesionalidad, o mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación que se establezca en el desarrollo normativo del artículo 8.4 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Centros que impartan acciones formativas correspondientes a los certificados de profesionalidad. • Los centros que impartan acciones formativas correspondientes a certificados de profesionalidad deberán reunir los requisitos especificados en los reales decretos que regulen dichos certificados. • Las acciones formativas correspondientes a certificados de profesionalidad sólo podrán impartirse en los siguientes centros: – Centros Integrados de Formación Profesional – Centros o entidades de formación públicos y privados acreditados por la Administración laboral competente – Centros de Referencia Nacional
Evaluación del módulo formativo. • La evaluación del alumno se realizará por módulos y en su caso por unidades formativas, de forma sistemática y continua, con objeto de comprobar los resultados del aprendizaje y, en consecuencia, la adquisición de las competencias profesionales. • Esta evaluación será realizada por los formadores que impartan las acciones formativas, a través de métodos e instrumentos que garanticen la fiabilidad y validez de la misma, tomando como referencia las capacidades y criterios de evaluación establecidos para cada uno de los módulos formativos asociados a sus correspondientes unidades de competencia.
Experiencia laboral y vías no formales de formación. • Cuando las competencias profesionales se hayan adquirido a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, el acceso al procedimiento para la obtención del certificado de profesionalidad o de una acreditación parcial acumulable, se realizará según los requisitos y procedimientos que se establezcan en desarrollo normativo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Expedición y Registro de los certificados de profesionalidad. • Los certificados de profesionalidad se expedirán a quienes lo hayan solicitado y demuestren haber superado los módulos correspondientes a dicho certificado, o bien hayan obtenido el reconocimiento y la acreditación de todas las unidades de competencia que lo componen mediante el procedimiento que se establezca en el desarrollo normativo del artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
• Las Administraciones laborales competentes deberán llevar un registro nominal y por especialidades (denominación) de los certificados de profesionalidad y de las acreditaciones parciales acumulables expedidas.
ENFOQUE BASADO EN LA COMPETENCIA
Se reconocen sus logros anteriores Usted puede aprender en el trabajo o por otros medios
Evaluación basada en la competencia
EMPRESA
Estas funciones y objetivos de la producción deben ser conseguidos
Esta evaluación averiguará si usted puede realizar el trabajo según los estándares especificados
El aprendizaje persigue la competencia
INCUAL Este curso se diseñó para conducirle a los resultados especificados
SEPE-INEM
sí
Usted conseguirá este certificado que acredita su competencia
no Centro de Formación
Registro de la Competencia
Estos resultados tienen que ser conseguidos
SPE-COMUNIDAD AUTONOMA
INTERMEDIACIÓN
Formación Inicial
Acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y otras vías formales
Unidad de competencia Moneda comúnFormación para el
empleo
Organización del Catálogo: Niveles (I) Nivel 1: Competencia en un conjunto reducido de actividades de trabajo relativamente simples correspondientes a procesos normalizados, siendo los conocimientos teóricos y las capacidades prácticas a aplicar limitados.
Nivel 2: Competencia en un conjunto de actividades profesionales bien determinadas con la capacidad de utilizar los instrumentos y técnicas propias, que concierne principalmente a un trabajo de ejecución que puede ser autónomo en el límites de dichas técnicas. Requiere conocimientos de los fundamentos técnicos y científicos de su actividad y capacidades de comprensión y aplicación del proceso. La formación asociada a las cualificaciones de este nivel requiere un conjunto de conocimientos iniciales correspondientes a un nivel de preparación que sea equivalente al de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, independientemente de la forma de su adquisición.
Nivel 3: Competencia en un conjunto de actividades profesionales que requieren el dominio de diversas técnicas y puede ser ejecutado de forma autónoma, comporta responsabilidad de coordinación y supervisión de trabajo técnico y especializado. Exige la comprensión de los fundamentos técnicos y científicos de las actividades y la evaluación de los factores del proceso y de sus repercusiones económicas. La formación asociada a las cualificaciones de este nivel requiere un conjunto de conocimientos iniciales correspondientes a un nivel de preparación que sea equivalente al de Bachiller, independientemente de la forma de su adquisición.
Organización del Catálogo: Niveles (II)
Nivel 4: Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales complejas realizadas en una gran variedad de contextos que requieren conjugar variables de tipo técnico, científico, económico u organizativo para planificar acciones, definir o desarrollar proyectos, procesos, productos o servicios. La formación asociada a las cualificaciones de este nivel requiere un conjunto de conocimientos iniciales correspondientes a un nivel de preparación que sea equivalente al de Bachiller, independientemente de la forma de su adquisición.
Nivel 5: Competencia en un amplio conjunto de actividades profesionales de gran complejidad realizados en diversos contextos a menudo impredecibles que implica planificar acciones o idear productos, procesos o servicios. Gran autonomía personal. Responsabilidad frecuente en la asignación de recursos, en el análisis, diagnóstico, diseño, planificación, ejecución y evaluación. La formación asociada a las cualificaciones de este nivel requiere un conjunto de conocimientos iniciales correspondientes a un nivel de preparación que sea equivalente al de Bachiller, independientemente de la forma de su adquisición.
Efecto de las acreditaciones obtenidas La acreditación de una unidad de competencia adquirida por este procedimiento tiene efectos de acreditación parcial acumulable de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.3 de la Ley 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, con la finalidad, en su caso, de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título o certificado; así: a) La Administración educativa reconocerá las unidades de competencia acreditadas, que surtirán efectos de convalidación de los módulos profesionales correspondientes, según la normativa vigente, y que se establece en cada uno de los títulos. b) La Administración laboral reconocerá las unidades de competencia acreditadas, que surtirán efectos de exención de los módulos formativos asociados a las unidades de competencia de los certificados de profesionalidad, según la normativa vigente, y que se establece en cada uno de los certificados.