Formaci贸n Profesional
1
¿Qué es la Formación Profesional? La Formación Profesional comprende el conjunto de enseñanzas que, capacitan para el desempeño cualificado de las distintas profesiones.
2
Tipos de F. P. Subsistemas de F.P: tres vías
Existen tres tipos de oferta de formación profesional: reglada, ocupacional y continua. Formación profesional reglada: Ofrece una especialización y conocimiento práctico respecto al mundo laboral. Se organiza en ciclos formativos: Ciclos formativos de grado medio: Cursando este ciclo se obtiene el Título de Técnico en la materia cursada. Ciclos formativos de grado superior: Cursando este ciclo se se obtiene el Título de Técnico Superior.
3
Tipos de F. P. Subsistemas de F.P: tres vías
La Formación Profesional Inicial, llamada también Reglada, es la que se recoge en la LOGSE, y es competencia de la Administración educativa. Comprende la Formación Profesional de Base que se imparte en la ESO y en el Bachillerato, la Formación Profesional Específica, que se imparte a través de los correspondientes ciclos de Grado Medio y Superior, y los Programas de Garantía Social, que están orientados a los alumnos que no han obtenido la titulación en sus estudios de ESO.
4
Tipos de F. P. Subsistemas de F.P: tres vías
Formación
profesional
ocupacional:
ES la oferta formativa no reglada dirigida a desempleados principalmente, creada para potenciar la inserción y reinserción profesional. Realizada por entidades colaboradoras y financiadas polo Fondo Social Europeo, Servicio Público de Empleo Estatal.
Se imparte a las personas desempleadas y es competencia de la Administración Laboral. Como política activa de empleo, se dirige prioritariamente a potenciar la reinserción profesional de los desempleados, mediante la cualificación o puesta al día de sus competencias profesionales
5
Subsistemas de F.P: tres vías
Formación profesional continua . ES formación no reglada dirigida a la población que ya ejerce una actividad en el mundo laboral.
La Formación Profesional Continua es el conjunto de acciones formativas que llevan a cabo las empresas, los trabajadores o sus respectivas organizaciones, dirigidas tanto a la mejora de las competencias y cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores ocupados.
Hasta el año 2007, la cualificación que se obtiene por cualquiera de estas tres vías no es reconocida por las otras dos.
Se hacía necesario, por tanto, una regulación del sistema de correspondencias, convalidaciones y equivalencias entre estos tres subsistemas, incluyendo la experiencia laboral, para que las personas puedan ver reconocido su esfuerzo realizado en cualquiera de estas tres vías.
6
Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional 1.Mediante esta ley, la Formación Profesional se adaptará a las cambiantes demandas del mercado laboral, facilitando una formación dirigida al empleo y posibilitando la formación a lo largo de toda la vida. 2.La Ley tiene como referencia el Programa Nacional de FP, aprobado en marzo de 1998 y consensuado con los agentes sociales y la Comunidades Autónomas
7
Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional 3. Se crea un Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. 4. El nuevo sistema integra las tres modalidades de FP: formación reglada, continua y ocupacional 5. Con la nueva Ley, las titulaciones españolas se homologarán a las existentes hoy en la Unión Europea, facilitando la movilidad 6· La Ley permite reconocer las competencias profesionales adquiridas a lo largo de la experiencia laboral de las personas
8
Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional 7· Se crea un Sistema de Información y Orientación para que alumnos, familias y trabajadores conozcan las cualificaciones que se requieren en el mercado laboral y los centros en los que se puede obtener la formación correspondiente 8.La Ley establece un sistema de evaluación y calidad externa para garantizar la adecuación permanente del sistema de FP a las necesidades de la sociedad 9· La Ley ha contado con un amplio debate con la participación de todos los agentes implicados en la Formación Profesional y ha obtenido dictamen favorable del Consejo Económico y Social, del Consejo Escolar del Estado y del Consejo de Estado
9
¿Cuál es la finalidad de la Formación Profesional?
La Formación Profesional, en el ámbito del sistema educativo, tiene como finalidad la preparación de los alumnos para la actividad en un campo profesional, proporcionándoles una formación polivalente que les permita adaptarse a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida. Otras finalidades son: Comprender la organización y características del sector correspondiente, así como los mecanismos de inserción laboral. Adquirir una identidad y madurez profesional motivadora de futuros aprendizajes y adaptaciones al cambio de las cualificaciones.
10
Estructura y enseñanzas
La formación profesional inicial (reglada) se organiza en ciclos formativos de grado medio y de grado superior con una organización modular, de duración variable y contenidos teórico-prácticos adecuados a los diversos campos profesionales. Estos ciclos han de estar referidos al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y constituyen, respectivamente, la formación profesional de grado medio y la formación profesional de grado superior.
11
Estructura ď‚—
Se estructura en 26 familias profesionales y en dos grados: ciclos formativos de grado medio y ciclos formativos de grado superior
12
Organización de la FP Inicial (educativa)
En la actualidad, la Formación Profesional Inicial se organiza en ciclos de grado medio y grado superior, que capacitan para el desempeño cualificado de distintas profesiones y que se agrupan en torno a 26 familias profesionales. Es responsabilidad del Ministerio de Educación, el diseño y aprobación de las enseñanzas mínimas de cada título de formación profesional.
Familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas Administración y Gestión Agraria Artes gráficas Artes y artesanías Comercio y marketing Edificación y obra civil Electricidad y electrónica Energía y agua Fabricación mecánica Hostelería y turismo Imagen personal Imagen y sonido Industrias alimentarias Industrias Extractivas Informática y Comunicaciones Instalación y Mantenimiento Madera, mueble y corcho Marítimo-Pesquera Química Seguridad y Medio Ambiente Servicios Socioculturales y a la Comunidad Sanidad Textil, confección y piel Transporte y Mantenimiento de Vehículos Vidrio y cerámica
13
Ciclos Formativos de Grado Medio: ejemplo
Agraria Explotaciones agrarias extensivas Explotaciones agrícolas intensivas Explotaciones ganaderas Trabajos forestales y conservación del medio natural Jardinería Actividades Físicas y Deportivas Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural Administración y Gestión Gestión administrativa Servicios Socioculturales y a la Comunidad Atención sociosanitaria
14
Ciclos Formativos de Grado Superior
Agraria Gestión y organización de empresas agropecuarias Gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos Actividades Físicas y Deportivas Animación de actividades físico-deportivas Administración y Gestión Secretariado Administración y finanzas Servicios Socioculturales y a la Comunidad Animación Sociocultural Interpretación de la lengua de los signos Educación infantil Integración social
15
Nuevos títulos de FP
Grado Medio Técnico en aceites de oliva y vinos Técnico en carrocería Técnico en cocina y gastronomía Técnico en confección y moda Técnico en emergencias sanitarias Técnico en farmacia y parafarmacia
Grado Superior Técnico superior en agencias de viajes y gestión de eventos Técnico superior en audiología protésica Técnico superior en automoción Técnico superior en construcciones metálicas Técnico superior en desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas y de fluidos Técnico superior en mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos Técnico superior en desarrollo y fabricación de productos cerámicos Técnico superior en educación infantil
16
¿ Qué es la Formación Profesional de base?
Es la formación básica de carácter profesional que los alumnos reciben en la educación secundaria obligatoria y en el Bachillerato.
17
¿Qué comprende la Formación Profesional Específica?
Un conjunto de ciclos formativos con una organización modular, de duración variable, constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticas en función de diversos campos profesionales.
18
¿Qué facilitará la Formación Profesional Específica?
La incorporación de los jóvenes a la vida activa, contribuirá a la formación permanente de los ciudadanos y atenderá las demandas de cualificación del sistema productivo.
19
¿Quiénes pueden cursar la Formación Profesional Específica de
grado medio?
Quienes posean alguna de las titulaciones o estudios siguientes:
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Técnico Auxiliar.
Técnico.
Haber superado el segundo curso de Bachillerato.
Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la Reforma de las Enseñanzas Medias.
Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del Plan de 1963 o segundo de comunes experimental.
Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
20
21
¿Quiénes pueden cursar la Formación Profesional Específica de grado superior? Quienes posean alguna de las titulaciones o estudios siguientes:
Bachiller. Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos. Haber superado el Curso de Orientación Universitaria. Universitario.
22
¿Quiénes pueden cursar la Formación Profesional Específica de grado superior? ¿Existe otro modo de acceso a la Formación Profesional Específica?
Sí. A través de una prueba regulada por las Administraciones educativas, para lo que se requerirá tener 20 años de edad. Para quienes acrediten estar en posesión del título de Técnico y deseen acceder a un ciclo formativo de grado superior de la misma familia profesional o de una familia afín reglamentariamente establecida, el requisito de edad para la realización de la prueba será de 18 años (Art. 69 de la Ley 55 de 29 de Diciembre de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. BOE 30 de Diciembre).
Dicha prueba deberá acreditar: Para grado medio, los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento dichas enseñanzas.
Para grado superior, la madurez en relación con los objetivos del bachillerato y sus capacidades referentes al campo profesional de que se trate. De esta última parte podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales que se desee cursar.
23
¿Qué duración pueden tener los ciclos?
La duración de cada Ciclo es variable en función de la competencia profesional de cada uno, y oscila entre 1300 y 2000 horas. Hasta un 25% de las mismas se realizan en la empresa, es decir, en un centro productivo donde los procesos de producción y de prestación de servicios se desarrollan en tiempo real.
24
¿Cuáles son las titulaciones que se obtienen en la Formación Profesional?
Los alumnos que superen las enseñanzas de Formación Profesional Específica de grado medio y de grado superior obtienen, respectivamente el título de Técnico y de Técnico Superior. Con el título de Técnico se puede acceder al Bachillerato.
25
¿Puede accederse a la Universidad desde la Formación Profesional?
Con el título de Técnico Superior puede accederse directamente, sin prueba de acceso, a determinadas Enseñanzas Universitarias relacionadas con los estudios de Formación Profesional cursados, que se determinen en la normativa correspondiente.
26
Los Programas de Cualificación Profesional Inicial de (PCPI) Los Programas Cualificación Profesional Inicial son una oferta formativa que tiene como objetivo que el alumnado:
Alcance las competencias profesionales correspondientes al nivel uno de cualificación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Amplíe las competencias básicas. Consiga una inserción laboral satisfactoria. Están dirigidos a alumnos y alumnas mayores de dieciséis años que no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
27
Los Programas de Cualificación Profesional Inicial Se organizan en (PCPI) perfiles profesionales (asociados
a los diferentes sectores productivos) y se estructuran en módulos de tres tipos : Módulos específicos referidos a las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones del nivel uno del Catalogo Nacional Cualificaciones Profesionales. Módulos formativos de carácter general cuyo objetivo es ampliar las competencias básicas y favorecer la transición del sistema educativo al mundo laboral. Módulos de carácter voluntario cuya finalidad es la obtención del título de Graduado en . Secundaria
Certificación Cuando el alumno o la alumna haya superado los módulos de carácter obligatorio (módulos específicos y módulos de carácter general), de un programa de cualificación profesional, recibirá una certificación académica que dará derecho, a quienes lo soliciten, a un certificado de profesionalidad emitido por la administración laboral
28
Equivalencia, convalidación y acreditación
El modelo de Formación Profesional se constituye en una formación capaz de acoger a cualquier alumno sea cual sea su punto de partida, fomentando la formación a lo largo de la vida Por ello, y con el fin de facilitar la reincorporación al sistema educativo de todas las personas interesadas en ampliar su formación, se prevén posibilidades de reconocer bien la formación adquirida previamente por vías formales bajo planes de estudio de un antiguo o del vigente sistema educativo, bien las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías de formación no formales. Estos procedimientos quedan establecidos mediante las equivalencias, convalidaciones y acreditaciones correspondientes.
29
Equivalencia, convalidación y acreditación
La equivalencia es el reconocimiento de que un título (o un conjunto de estudios superados por el interesado) tiene los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro, si bien no da derecho al interesado a la obtención del título con el que se establece la equivalencia.
La convalidación consiste en la confirmación de que una formación a cursar está superada con una formación aportada y superada por el interesado, siempre con objeto de continuar estudios en el sistema educativo español.
La acreditación se realiza con respecto a las competencias profesionales adquiridas. Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico de los módulos superados que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable. Igualmente, se está trabajando en un procedimiento que permita acreditar a cualquier ciudadano sus competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia profesional, o por vías no formales de formación.
30
Formación Profesional Continua La Formación Profesional Continua es uno de los tres subsistemas que integran el Sistema de la Formación Profesional en España, junto con la Formación Profesional Reglada, adquirida a través del sistema educativo y la Formación Ocupacional, dirigida a los desempleados. El nexo regulador de los tres subsistemas es la Ley Orgánica de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, de 19 de junio de 2002.
31
Formación Profesional Continua
Formación Profesional Continua, entendida como el conjunto de actividades formativas que realizan las empresas para sus trabajadores, excepto para aquéllos que tienen contratos de formación, aprendizaje y prácticas, siempre que sean financiadas total o parcialmente por las mismas, de una manera explícita o implícita.
32
Formación Profesional Continua
La Formación Continua pretende proporcionar a los trabajadores ocupados la formación que puedan necesitar a lo largo de su vida laboral, para que que obtengan los conocimientos y competencias requeridos en cada momento por las empresas. La Formación Continua contribuye a su integración, adaptación y promoción ante los cambios de los sistemas productivos, así como a incrementar su empleabilidad ante las oscilaciones del mercado laboral. Además, se considera a la formación como un factor importante para el incremento de la productividad empresarial.
33
Formación Profesional Continua
Como actividades de Formación Profesional Continua (FPC) se entienden aquellas actividades formativas planificadas y financiadas por la empresa, cuyo objetivo principal sea que sus propios trabajadores adquieran nuevas competencias profesionales o desarrollen y perfeccionen las que ya tienen. La financiación puede ser explícita, desembolsando directamente una cantidad de dinero para, por ejemplo, comprar material didáctico y para pagar a una organización proveedora de formación, o implícita, permitiendo, por ejemplo, que se desarrolle durante la jornada retribuida, cediendo locales o material, etc. La empresa puede financiar el coste de toda la formación o sólo parte del mismo.
34
Formación Profesional Continua
Puede desarrollarse durante la jornada laboral o fuera de la misma, pero siempre durante un período de tiempo que pueda identificarse de forma específica y separada al de la propia realización del trabajo. Puede llevarse a cabo en locales de la empresa o en locales ajenos a la misma, puede ser impartida por personal de la empresa o por personal ajeno a la misma. La FPC puede desarrollarse mediante cursos o mediante otros tipos de formación, no considerándose FPC las actividades formativas destinadas a trabajadores con contrato de aprendizaje, prácticas o para la formación, becarios o con cualquier otro tipo de relación que no sea puramente laboral, las relacionadas con actividades sindicales y la facilitada exclusivamente a trabajadores de otras empresas
35
Formación Profesional Continua La Formación Profesional Continua es uno de los tres subsistemas que integran el Sistema de Formación Profesional en España. Tiene por objeto la formación permanente y el reciclaje de los trabajadores ocupados, contribuyendo de esta forma a su promoción y a la competitividad de las empresas.
36
Formación Profesional Ocupacional
La Formación Profesional Ocupacional (FPO), tiene como objetivo ofrecer a las personas desempleadas, una cualificación profesional concreta vinculada a las exigencias del mercado laboral mejorando así las oportunidades de acceso al trabajo. Esta formación va dirigida a cualquier persona mayor de 16 años, pero fundamentalmente a aquellos/as que tienen especiales dificultades de acceso al mercado laboral, como son los/as jóvenes.
37
Formación Profesional Ocupacional integrada s en el Plan Nacional de Formación e
Inserción Profesional (Plan FIP)
La Formación ocupacional aborda el conjunto de actuaciones para llevar a cabo con los trabajadores desempleados a través del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (FIP)y programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Centros de Iniciativa Empresarial y para los trabajadores ocupados a través del II Acuerdo Nacional de Formación Continua, y el complementario II Acuerdo tripartito en materia de Formación Continua de los Trabajadores Ocupados. También se recoge las actuaciones del Instituto Nacional de las Cualificaciones
38
PLAN FIP Los
cursos de Formación Profesional Ocupacional integrados en el Plan FIP son impartidos por el Servicio Público de empleo estatal directamente o a través de sus Centros Colaboradores, por otros centros homologados y por las Comunidades Autónomas que tienen funciones transferidas en esta materia,
39
Escuelas Taller y Casas de Oficio. El programa de Escuelas Taller y Casas de Oficio va dirigidos a promover la inserción en el mercado de trabajo de desempleados menores de veinticinco años, a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional, en ocupaciones relacionadas con la recuperación del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, así como con la rehabilitación de entornos urbanos o del medio ambiente y de la mejora de las condiciones de vida de las ciudades.
40
Experiencias mixtas de formación y de empleo Va dirigido al colectivo de jóvenes y tiene como objetivo primordial proporcionar a jóvenes menores de 25 años, sin empleo anterior y sin cualificación profesional el acceso al mercado laboral a través de una formación técnica con experiencias prácticas en actividades relacionadas con actuaciones a realizar en su medio urbano. Los proyectos de formación permiten el aprendizaje de un oficio en alternancia con un periodo de prácticas relacionadas con el mismo, desarrollándose a lo largo de un año. La formación, además, incluye módulos de Orientación Profesional, de Orientación hacia el Autoempleo y de Prevención de Riesgos Laborales.
41
Talleres de empleo
Junto al programa de las Escuelas Taller está el de Talleres de Empleo, sin embargo, éste va dirigido a desempleados mayores de 25 años y su duración temporal es anual. Tiene como objetivo mejorar la ocupación de los desempleados mayores de 25 años, promoviendo el acceso a nuevas ocupaciones que ofrezcan expectativas de empleo a corto plazo para el colectivo así como facilitar la integración del colectivo tanto social como laboral. Es un programa mixto donde se combinan acciones de formación y empleo en actividades relacionadas con nuevos yacimientos de empleo. Durante el desarrollo el alumnado realizará obras o servicios de utilidad pública y de interés social que le posibilitará la realización de un trabajo que junto con la formación profesional ocupacional recibida procurará su cualificación profesional y favorecerá su inserción laboral.
42
Aportes legales actuales Formación Profesional El acuerdo de Formación Profesional para el Empleo alcanzado por el Gobierno y los Interlocutores Sociales, se desarrolla en el Real Decreto 395/07, que integra los subsistemas de formación ocupacional y formación continua en un único modelo dirigido a los trabajadores ocupados y desempleados.
43
Legislacion FP Ocupacional
Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan FIP; el Real Decreto 1593/1994, de 15 de julio, por el que se da nueva redacción a determinadas disposiciones en materia de Escuelas-Taller y Casas de Oficios, Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 3 de agosto de 1994, por la que se regulan los programas de Escuelas-Taller y Casas de Oficios, Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, y Ordenes Ministeriales de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de julio y 6 de octubre de 1998, por los que se regulan determinados aspectos formativos del contrato para la formación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas para los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios. Respecto a los Talleres de Empleo, su normativa básica la constituyen el Real Decreto 282/1999, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 22 de febrero de 1999, la Orden de 9 de marzo de 1999, y la Resolución de 31 de marzo de 1999, de desarrollo de la normativa anteriormente citada.
44
La nueva FP 28 de octubre, los ministros de Educación, y de Trabajo e El pasado
Inmigración, presentaron la "hoja de ruta" para impulsar un nuevo modelo de Formación Profesional. Este plan pretende impulsar un modelo alternativo de crecimiento económico, basado en el conocimiento, que asegure un desarrollo económico sostenible y un creciente bienestar y cohesión social. Entre los objetivos está fomentar la formación continua a lo largo de la vida, el trasvase de unas actividades profesionales a otras, y el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Además, se busca que los títulos preparen adecuadamente a los estudiantes para los requerimientos de la sociedad de la información y del conocimiento, facilitando e incentivando también la movilidad internacional de estudiantes y trabajadores.
45
HOJA DE RUTA: Red de Centros de Referencia Nacional de las 26 familias profesionales
Una de las actuaciones principales será implantar una Red de Centros de Referencia Nacional de las 26 familias profesionales. Los centros, que estarán en las distintas Comunidades Autónomas, serán punteros cada uno en su área, y promoverán las medidas y los programas de investigación necesarios para atender las necesidades de los sectores emergentes e innovadores. Paralelamente se extenderá la red de Centros integrados de Formación Profesional, donde estudian tanto jóvenes alumnos de FP como trabajadores en Formación para el Empleo, lo que permitirá al centro mantener elevados estándares de calidad de enseñanza, al mismo tiempo que estará en permanente contacto con la realidad del mercado laboral de su ámbito. También está previsto mejorar las dotaciones tanto de equipamiento como de infraestructuras
46
HOJA DE RUTA: NUEVOS TÍTULOS: Elaboración de cualificaciones Asimismo, el Gobierno, en colaboración con los interlocutores sociales, agilizará la elaboración de nuevos títulos de Formación Profesional de grado medio y superior, priorizando los relacionados con los sectores emergentes e innovadores de la economía. Se impulsará también el proceso de elaboración de las cualificaciones profesionales y los correspondientes certificados de profesionalidad.
47
HOJA DE RUTA: Impulso de la F.P de grado medio
FP de grado medio Una de las prioridades es conseguir un mayor número de titulados en Formación Profesional de grado medio. España tiene una tasa de titulados en esta etapa inferior a los países de nuestro entorno (35% frente a 45% de media en la OCDE), a pesar de que sus tasas de empleo son muy elevadas y de que en otros niveles, como la Formación Profesional de grado superior, hemos conseguido superar un retraso histórico. En esta etapa, España ha pasado de tener el 2% de titulados en FP Superior en 1995, al 15% en 2006, lo que supone situarse 6 puntos por encima de la media de la OCDE.
Para ello, a lo largo de la legislatura, se va a poner en marcha un sistema de becas y ayudas para que trabajadores de 18 a 24 años que no han obtenido el título de Formación Profesional puedan compaginar su trabajo con las actividades formativas necesarias para conseguir
48
HOJA DE RUTA Aprovechar el talento y la experiencia España no puede permitirse desperdiciar uno de los principales activos de los trabajadores, que es su experiencia. Por eso, para facilitar que los trabajadores sin título oficial puedan beneficiarse de su experiencia, se va a habilitar un sistema de evaluación y acreditación de conocimientos adquiridos mediante la experiencia o vías no formales de formación. Las competencias profesionales, así acreditadas podrán convalidarse por módulos de Formación Profesional, lo que permitiría al trabajador conseguir el título o el certificado de Formación Profesional correspondiente cursando los módulos que le falten. Al comienzo de 2009 se publicó el Real Decreto que regula el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral.
49
HOJA DE RUTA: Potenciar la movilidad internacional
En la sociedad del Conocimiento, la movilidad de estudiantes de trabajadores es fundamental para mejorar las perspectivas laborales. Por eso, se va a elaborar el Marco Nacional de las Cualificaciones, en relación con el Marco Europeo. De esta forma, los títulos de los estudiantes españoles permitirán desarrrollar su profesión en cualquier país de la Unión Europea. En esta misma línea, el impulso y la mejora de la F.P. también persigue potenciar la realización de las prácticas profesionales en distintos países a través de los diferentes programas de movilidad existentes, una suerte de "Programa Erasmus" de la Formación Profesional
50
Centros de referencia nacional El Consejo General de Formación Profesional propone la puesta en marcha de 25 Centros de Referencia Nacional Nueve de ellos son de nueva creación y los dieciséis restantes funcionaban como Centros Nacionales de Formación Centros de Referencia Nacional. "Centros públicos que tienen como función principal realizar acciones de innovación y de experimentación formativa en el ámbito del sector productivo que tengan adjudicado", En la reunión de hoy se ha propuesto la creación como Centros de Referencia de 9 centros de formación pertenecientes a distintas comunidades autónomas ya existentes y se han calificado como tales a los 16 Centros Nacionales pertenecientes dependientes del Servicio Público de Empleo.
51
Centros de referencia nacional
La relación de Centros es la siguiente: Los dieciséis Centros Nacionales de Formación Profesional Ocupacional (CNFPO), que han sido calificados como Centros de Referencia Nacional
De nueva creación: " Centro de Seguros y Finanzas de Fuencarral (Madrid)
" Instituto de Formación Profesional "La Misericordia" de Valencia " Consorcio Andaluz de Formación Integrada de Industrias del Ocio (Ciomijas), Málaga " Escuela de Hostelería de las Islas Baleares” " Centro de Nuevas Tecnologías Think Tic” de La Rioja. " Consorcio Escuela de la Madera de Córdoba. "IES Bosanova (Barcelona), en la familia profesional de Sanidad "Instituto Sanitario Universitario de Pamplona”
52
Centros de referencia nacional
Con la implantación de la Red de Centros de las 26 familias profesionales los jóvenes verán mejorada la oferta educativa y las empresas podrán contratar trabajadores que se adapten mejor a sus necesidades. En esta primera fase, hasta 2011, se calcula que puedan beneficiarse unos 80.000 trabajadores, sobre todo de sectores emergentes.
Estos centros de innovación y experimentación en materia de formación profesional estarán en las distintas comunidades autónomas, serán punteros cada uno en su área y promoverán las medidas y programas de investigación que sean precisos para atender las necesidades de los sectores emergentes e innovadores.
53