a Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

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Dictámenes a Discusión y Votación De las Comisiones Unidas de Gobernación, de Justicia, de Estudios Legislativos y de Estudios Legislativos, Segunda, el que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS. HONORABLE ASAMBLEA: A las Comisiones Unidas de Gobernación; Justicia y Estudios Legislativos de la LXI Legislatura del Senado de la República del Honorable Congreso de la Unión, les fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Estas Comisiones Unidas con fundamento en lo dispuesto por los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 85, 86 y 89 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de lo dispuesto por los artículos 163 numeral 1, fracción II; 182; 186; 188; 190; 191 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen, con base en la siguiente: METODOLOGÍA Las Comisiones Unidas encargadas del análisis y dictamen de la iniciativa en comento, desarrollaron su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe: I. En el capítulo denominado "Antecedentes", se da constancia de los diversos trámites de inicio del proceso legislativo, así como del recibo y turno para el dictamen de las referidas iniciativas. II. En el apartado titulado "Contenido de las Iniciativas", se exponen los motivos y alcances de las iniciativas en estudio, y se hace una breve referencia a los temas que las componen. III. En el capítulo que lleva por rubro "Consideraciones", los integrantes de estas Comisiones Dictaminadoras expresan los razonamientos y argumentos con base en los cuales se sustenta el sentido del presente dictamen.

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