4 minute read
CONCLUSIONES
CONCLUSIONES
Los teóricos del derecho son criticados porque formulan conceptos que no se reflejan en la práctica, y sus conclusiones tienen un valor puramente científico. La posición presentada anteriormente en la discusión con respecto a la actualidad de la división de la ley en el orden paralelo y particularmente la jurisdicción mencionada en el ensayo indica que las consideraciones a este respecto no solo son válidas sino también útiles para ser implementadas en la práctica. Por otro lado, la disputa sobre la actualidad de esta división entre el derecho público y derecho privado fue un intento de identificar los límites de los poderes de la autoridad pública y, por otro lado, dirigido a la manifestación de los límites que marcan la actividad libre del individuo. Argumentando sobre la necesidad de diferenciar entre derecho público y derecho privado, donde a nivel de un contexto nacional ecuatoriano, existen las regulaciones constitucionales del derecho privado que son el resultado de la idea del estado democrático liberal que trata la libertad del individuo como un valor primario, por lo tanto, cada estado democrático debe notar tal división, es decir saber separar todo lo ´publico de lo privado.
Advertisement
En la literatura doctrinal revisada sobre múltiples autores, existen variados reclamos sobre la división del derecho en derecho público y derecho privado como temas obsoletos. Cuyas críticas se justifican por la creciente especialización del derecho, la creación de estructuras jurídicas híbridas, la formación de relaciones jurídicas en los límites entre las relaciones jurídicas públicas y privadas.
Las tareas decrecientes, que hasta ahora se han definido como públicas, tienen un impacto en el alcance de lo que es público y lo que es privado. Pero, el proceso evolutivo de transformación también involucra al Estado, lo que afecta en gran medida la actividad de los sujetos económicos. Sin embargo, el control del desarrollo económico disminuye, cambiando su forma y contenido. Un fenómeno progresivo de la llamada privatización de las tareas públicas, que es una transferencia de tareas públicas a sujetos privados, que se ha convertido en una necesidad para quien cubre muchos acuerdos en conjunto entre el Estado y el sector privado y viceversa.
Según los opositores a la idea de la división legal, tales cambios debían conducir a la desaparición de las fronteras entre las relaciones privado - legales y las relaciones público-legales, o hacia una mezcla de sus componentes; es decir que debe existir un componente mixto dentro del derecho.
Así, el presente ensayo afirma que tales declaraciones son inapropiadas y resultan de la simplificación de ciertas declaraciones. En gran medida, todas las dificultades con respecto a la clasificación correcta de lo público y lo privado se deben al objeto de estudio elegido incorrectamente; es decir que dentro del Derecho no se suele identificar bien que corresponde a lo público y que a lo privado; de esta forma cuando surgen elementos mixtos se generan aun mayores inconvenientes.
No es ciertamente un complejo de elementos, sino solo sus partes individuales; no es el grupo de relaciones, sino la relación homogénea irreducible en partes más pequeñas. En la situación en la que se produce tal combinación de elementos público - legales y privados - legales, se trata con una relación compleja que requiere ser organizada en elementos más pequeños: relaciones elementales para ser analizadas. El concepto de tal enfoque hacia las consideraciones de relación legal es notable a nivel internacional y requiere su enfoque darse dentro del contexto ecuatoriano. Como resultado de las decisiones mencionadas anteriormente, permitir que los sujetos privados realicen una tarea pública o un servicio público no significa que estos sujetos pierdan su estado actual. A respecto de esto, dicho sujeto realiza determinadas funciones utilizando las herramientas proporcionadas para este fin, teniendo en cuenta que, como resultado de dicha modificación, no debería haber un deterioro de la posición del beneficiario como receptor del servicio debido a que el sujeto realiza la tarea. Por lo tanto, es esencial marcar los límites dentro de los cuales operan el Estado y otros sujetos que realizan sus tareas apropiadas y dentro de los cuales existen los individuos y dentro de los cuales la división de la ley en la ley pública y privada puede ser útil.
Por tanto, la sistematización horizontal es necesaria para la disposición de pensar sobre la ley, para su interpretación correcta. Por lo tanto, una referencia a la división de la
ley en derecho público y derecho privado no es solo decoro, sino que se convierte en una necesidad. No es suficiente adquirir el conocimiento y las habilidades prácticas de los diversos campos del Derecho. Como varios autores destacan al exponerlo como una perspectiva más amplia de la visión general de la ley existente. La posibilidad de cruzar los límites de las reglas de la rama existente y buscar otros puntos de referencia más allá de la rama tradicional de la división del derecho se convierten en una gran oportunidad y pueden conducir a una evolución gradual de todo el sistema en la dirección que es más amigable con las personas, su libertad y sus necesidades y entender que las interacciones público y privadas no están mal, sino que es la falta de un compendio en derecho que cubra sus acciones de relación mixta que genera inconvenientes.