Palabras del Presidente de la República, José Mujica, correspondiente al 26 de diciembre de 2014 Es un gusto amigos, poder saludarlos desde la emisora amiga; y antes que nada nuestro saludo y nuestro profundo reconocimiento a las familias del Uruguay. Al cerrar un ciclo, y en esta fecha peculiar de cierre del año, reconocerles lo mucho que de una forma u otra el grueso de las familias uruguayas le han aportado a nuestro devenir común como nación, ante un año que se cierra y una presidencia que se va. Así pues, abrazo generalizado a todos. En otro orden de cosas, lamentablemente, queridos amigos, tenemos que recordar alguna pequeña afirmación que por su grandeza no es pequeña, que tiene nuestra Constitución en el artículo 72 y que dice: “La enumeración de derechos, deberes y garantías hechas por la Constitución no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno” Y esto mucho tiene que ver, por eso lo leemos, con la Justicia en el sentido profundo, con la equidad más allá de cualquier discusión que pueda surgir en materia de legalidad. Porque hay cosas que pueden ser legales pero no son justas ni ética ni moralmente, por más legales que sean. Quiero señalar que en este doloroso asunto que nos divorcia de la cúspide del Poder Judicial no hubo ningún error original por parte del Poder Ejecutivo en su mensaje, con el cual se inicio este conflicto. ¿Por qué? Porque el Poder Legislativo tiene constitucionalmente la facultad, no solo de construir las leyes sino de interpretar la Constitución, así lo marca el inciso 20 del artículo 85. Pero tres veces sucesivas en el correr del tiempo con consideraciones de forma, no de contenido, ni una palabra con respecto al contenido fue desconocida la voluntad del Parlamento que era simplemente lograr una equiparación salarial para trece ministros y no más. Este, que era el problema de fondo, fue sucesivamente dejado de costado aduciendo problemas de forma y se llegó a afirmar que las modificaciones salariales debían ir en leyes presupuestales, pero a su vez se adujo un encadenamiento con el artículo de una ley no presupuestal. Se inventó una categoría algo así como institucional que no está en ninguna parte pero el punto de arranque es precisamente una ley no presupuestal que sirvió para que se dejara de lado la decisión del parlamento aduciendo que no estaban hechas sus aseveraciones en una ley presupuestal. Esta flagrante contradicción, yo sé que hay gente por todas partes que piensa y lo dice, que es por interés directo. Que acá hay una cuestión de plata; y no es una cuestión ni de principios ni de legalidad. Nosotros no lo sabemos porque no se ve corazón. Pero supongamos lo contrario, que esto es legalmente correcto, y volvemos a insistir puede ser legalmente correcto pero no consideramos que sea ético. Y lo decimos ¿por qué? Un ministro de la alta corte cobra nominalmente 141.000 pesos y suma la partida de vivienda, la partida académica y se va a cerca 180.000 pesos. Pero además en el futuro se jubila por la caja