Palabras del Presidente de la República en su audición por AM 24, correspondiente al 20 de junio de 2013 Es un gusto, amigos, retomar esta comunicación en el día de hoy para dar conocimiento y la decisión que ha tomado el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina hace unos cuantos días, por la cual en su artículo 1 dice así: “Desígnase con el nombre José Gervasio Artigas a la totalidad de la Ruta Nacional N.º 14”, obviamente que se refiere a la República Argentina y hay que recordar que esa importantísima ruta que arranca en Buenos Aires, comunica con todo el litoral mesopotámico, y lo hace precisamente como una fundamentación del gran escenario libertario de la gesta artiguista. Cabe señalar que en los considerandos, esta ley aprobada recuerda un decreto con otra nomenclatura firmada por el entonces dictador Jorge Rafael Videla, y este proyecto de ley viene a enmendarle la plana, precisamente, y hace la recomendación de que los organismos de vialidad argentinos se encarguen de anunciar con los carteles necesarios, en todos los cruces de esta larga ruta, la nueva decisión. A veces, ciertas verdades históricas llevan mucho tiempo para abrirse el paso, ha habido una historiografía oficial durante mucho tiempo en la República Argentina de fuente mitrista, de fuente un tanto sarmentista que tejió la leyenda negra sobre la historia del fundador del federalismo del Río de la Plata. Pero el tiempo ha transcurrido, la investigación histórica ha continuado y sobran los veredictos en las entrañas de los pueblos argentinos, reafirmando el peso y la tradición de la figura que tuvo que ver con la gesta de la independencia y con la siembra de las ideas federales en el Río de la Plata. En sus fundamentos, este proyecto de ley dice algunas cosas que es bueno dar a conocer. Dice así: “La posibilidad de que la Ruta Nacional N.º 14 lleve el nombre del independentista rioplatense José Gervasio Artigas posibilitará la reafirmación de los lazos de unión que históricamente
hemos mantenido con nuestra hermana República Oriental del Uruguay, otorgándole así el nombre a una ruta nacional que fuera, geográficamente, testigo fiel de quien luchó permanentemente por la independencia de estos territorios de la corona española y de todo poder extranjero. En este sentido, —continúa diciendo el fundamento de esta ley— “es necesario destacar que José Gervasio Artigas llevó adelante la lucha independentista, mayormente en las provincias por las cuales atraviesa la ruta N.º 14”, es decir, en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones, habría que agregar Santa Fe y Córdoba, y la República Oriental, para ello es loable mencionar, y esta mención me parece muy importante, el Congreso de Oriente, convocado por Artigas en el arroyo de la China, actualmente ciudad Concepción del Uruguay, en Entre Ríos, en el cual se trató la organización política de los pueblos libres, el comercio interprovincial y con el extranjero, el papel de las comunidades indígenas en la economía de la Confederación, la política agraria y la posibilidad de extender la Confederación al resto del Virreinato. Según lo expresado en su carta enviada al entonces gobernador correntino José Silva, aclarando además Artigas que la elección de delegados al Congreso se regía por una circular que establecía el voto universal sin distinción de clases, manifestándole al comandante de Las Misiones, Andrés Guayrurarí, que dejara a los pueblos en plena libertad para elegirlos a su satisfacción, pero cuidando que sean hombres de bien. Y continúa diciendo en sus fundamentos, este proyecto de ley, por parte de la Provincia de Santa Fe, si bien no se conservaron las actas del encuentro, el diputado Pascual Diez de Andino, arribó con las siguientes indicaciones. “Primero: el gobierno de Buenos Aires en ningún tiempo exigirá otro sistema sino el de la libertad de los pueblos que deben gobernarse por sí, divididos en provincias entre las cuales deben ser una, la de Santa Fe. Dos: se sostiene la formación de un gobierno nacional sin que por esto los pueblos pierdan la más mínima prerrogativa de sus derechos. Tres: se reafirman los principios federales y se define el carácter de la soberanía local. Una vez reconocida expresamente esta soberanía local debía entrar a tratarse la porción de
autoridad que este pueblo soberano quiera, pueda y le convenga ceder, y desprenderse de ella depositándola en manos del director” —agregamos nosotros, la gobernanza de Buenos Aires—. También el diputado santafecino Diez de Andino, continúa diciendo, en sus fundamentos de este proyecto de ley, que trasladaban las mismas instrucciones que en 1813 llevaron los diputados de la Banda Oriental ante la Asamblea General Constituyente, en la que reclamaban primeramente pedir la declaración de la independencia absoluta de estas colonias que están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España y familia de los Borbones, y que toda conexión política entre el Estado y la España es y debe ser totalmente disuelta. Y, en sus fundamentos —continúa este proyecto de ley diciendo— así “asistieron a este Congreso de Oriente delegados de la provincia de Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Corrientes, Misiones y de la Banda Oriental declarando por primera vez la independencia de la Corona Española”. Un año antes que el Congreso reunido en Tucumán declarase la independencia del antiguo Virreinato del Río de la Plata, siendo relevante destacar que las provincias que asistieron al Congreso de Oriente, y que formaban, por entonces, la liga de los pueblos libres no asistieron posteriormente al Congreso de Tucumán. En este sentido se matiza que cuando Artigas tomó conocimiento de la declaración de la independencia de San Miguel de Tucumán, le escribió al director supremo Pueyrredón, el 24 de julio de 1816, a más de un año, —decía Artigas— que la Banda Oriental enarboló su estandarte tricolor y juró su independencia absoluta y respectiva, lo hará vuestra excelencia presente al soberano congreso para su superior conocimiento. Artigas le recordaba que un año antes, ya se había tomado esa decisión de independencia absoluta. Y continúa diciendo este proyecto de ley tan importante por el reconocimiento que entraña, por dar vuelta la página histórica de la enfermiza historia de un patriciado porteño que sembraron contra el fundador del federalismo en el Río de la Plata. Continúa diciendo que la trascendencia histórica política y geográfica que representa el nombre de José Gervasio Artigas para toda la comunidad rioplatense y para las
provincias del litoral argentino fue tal que, en este sentido, es loable citar que la bandera de la provincia de Entre Ríos cuyos colores son la consecuencia directa de los que enseñara oportunamente el protector de los pueblos libres. Ese estandarte se creó en el Congreso de Oriente identificando el federalismo con una banda roja punzó en diagonal, característica de todas las banderas de la liga federal. Otros antecedentes históricos y políticos también ratifican y consolidan la importancia que ha tenido la lucha del federal e independentista rioplatense José Gervasio Artigas como para que la trascendencia de su nombre sea instaurado en una importantísima ruta estratégica, ya que esta articula y posibilita tanto el transporte de mercaderías y personas como consolida el lazo natural entre nuestros pueblos hermanos, rioplatenses. Y para cerrar este proyecto de ley curiosamente establece lo siguiente: “Por último, escuetamente, también es oportuno señalar que el decreto N.º 2.527 fue firmado el 15 de octubre de 1976 por el dictador Jorge Rafael Videla, autoridad esta que carecía de legitimidad de origen, siendo también esta una cuestión prominente como para crear una ley que legitimará la instauración con el nombre de José Gervasio Artigas a la Ruta Nacional N.º 14, y se invita a continuación a acompañar a esta ley”. Este proyecto fue firmado por un conjunto de diputados, particularmente del litoral y hoy se dice así en la República Argentina. Seguramente que a algunos oyentes les puede haber sorprendido y seguramente que a alguno le pueda sorprender que hayamos dedicado un espacio tan importante para dar conocimiento público en el Uruguay de esta decisión, pero hay que señalar que desde unos años a esta parte está cundiendo en la República Argentina una verdadera lucha de reivindicación de la figura de don José Gervasio Artigas, incluyéndolo como una de las figuras importantes y decisivas de la historia política del Río de la Plata y, por lo tanto, también de los dramas que históricamente agitaron a lo que sería después la República Argentina y al conjunto de sus provincias. Seguramente que la visión hacia los nativos es una verdadera sorpresa, no existe en su época otro caudillo de la Independencia de
América sureña recogiendo el viejo lenguaje del “apra”, una figura que reivindique el papel de los pueblos indígenas como Artigas, no existe una definición más clara, más tajante y más primera de la independencia absoluta, y de la afirmación republicana como hizo Artigas, ya en las Instrucciones del Año XIII y en este formidable Congreso, el Congreso de Oriente en el Arroyo de la China, frecuentemente olvidado y que creemos tuvo una enorme gravitación por las ideas que sembró que de alguna manera estuvieron presentes en los dramas políticos que vivió el Río de la Plata. Y salta a la vista esa formidable concepción federal que sigue siendo como un mensaje moderno hasta hoy, porque hablar de la integración de alguna manera, de las políticas de integración de América del Sur sin tener una visión francamente federal que resguarde la autonomía y la independencia indispensable de las distintas regiones que componen esta gigantesca nación que todavía no se ha encontrado a sí misma, pero que se llama América, nuestra América, que a pesar de sus distancias y sus diferencias, en términos groseros, piensa en castellano y tiene algunas tradiciones comunes y tiene un tronco vertebral en la existencia de culturas indígenas, particularmente en esa gigantesca columna vertebral que significan Los Andes. Pensar en una integración sin pensar con una concepción federal es francamente utópica e imposible. Por eso consideramos que Artigas sigue siendo, no solo que fue un revolucionario formidable de su época, sigue con un mensaje vigente que se prolonga hacia el provenir porque la concepción federal es además una filosofía de ver los grandes, la organicidad posible de los grandes espacios políticos. Por eso nos parece que este paso que ha dado la decisión del Congreso de la Nación Argentina me parece una reafirmación positiva en eso que vale la pena conocer y resaltar, porque si bien desde la historiografía oficial de carácter mitrista mucho insulto hubo sobre la figura de Artigas. Es hora y es tiempo que los pueblos vayan llegando a las raíces de su verdadero drama y seguramente allí la figura de Artigas adquiere una dimensión de formidable fundador de la independencia de la libertad, del republicanismo y el federalismo del Río de la Plata.