INFORME ESPECIAL: DERECHOS HUMANOS Y COMERCIO EN LAS AMÉRICAS
“Es fundamental que existan referencias explícitas a los instrumentos de derechos humanos que los integrantes del ALCA se comprometerían a ratificar y respetar. En caso de conflicto entre el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho mercantil internacional, los Estados deben de reconocer de manera formal la primacía de tales instrumentos” Diana Bronson y Lucie Lamarche
Diana Bronson y Lucie Lamarche con la colaboración de la Federación Internacional de Derechos Humanos, el Comité Internacional de ONG sobre Derechos Humanos en el Comercio y la Inversión y la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo Derechos humanos y Democracia Marzo 2001
Introducción Treinta y cuatro países de las Américas todos los del continente menos Cuba están en proceso de negociar un acuerdo hemisférico de libre comercio. Al momento de redactarse este documento, las organizaciones de la sociedad civil exigen que se dé a conocer a la opinión pública el texto del borrador del Acuerdo. La falta de transparencia que se advierte en el proceso de negociaciones ha sido amplia y repetidamente criticada por ciento de organizaciones de todo el hemisferio. Millones de personas a lo largo y ancho de las Américas sienten una sensación de profundo escepticismo respecto de la promesa de que las ventajas de la globalización en especial la apertura comercial eventualmente alcanzarán a los sectores más pobres y vulnerables. La falta de acceso al texto del Acuerdo no hace más que acentuar estos temores. A la opinión pública le preocupa que los imperativos de la apertura comercial y los consiguientes procesos de privatización, desregulación, y liberalización financiera y de la inversión menoscaben la facultad de los estados de dar cumplimiento a los compromisos de derechos humanos existentes y de adquirir otros cuya adopción no puede esperar. El objeto de este documento es examinar la propuesta de conformación del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) a través del prisma de los derechos humanos. La potenciación del comercio y la integración económica no deben percibirse como fines en sí mismos sino, en el mejor de los casos, como un medio para lograr un fin. El fin que se persigue alcanza un grado exquisito de expresión y definición en el derecho internacional de los derechos humanos. La preeminencia de los derechos humanos por sobre el derecho mercantil internacional debe reconocerse. Los procesos de globalización económica deben reexaminarse y reorientarse a la luz del derecho internacional de los derechos humanos. Durante la Conferencia Mundial de Derechos Humanos realizada en 1993, más de 170 estados