Lo que hacemos: Nuevo reglamento de extranjería

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LO QUE HACEMOS 18 de abril de 2011

NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA: CONSOLIDA LA POLÍTICA DE INMIGRACIÓN LEGAL Y VINCULADA A CONTRATO DE TRABAJO

El Gobierno ha aprobado el nuevo Reglamento de Extranjería, tras recibir los preceptivos informes y haberse alcanzado un acuerdo sobre su contenido con los Agentes Sociales.

El nuevo Reglamento de Extranjería que aprobó el Consejo de Ministros, el pasado viernes, viene a consolidar la política de inmigración impulsada por el Gobierno de Zapatero. Sus ejes son: la entrada y residencia ordenada y legal de los inmigrantes en España, vinculada a las nece‐ sidades del mercado de trabajo en nuestro país; la lucha contra la inmigración irregular y las redes de tráfico de personas; la integración de los inmigrantes en la sociedad española, me‐ diante un proceso de doble dirección que compromete tan‐ to al recién llegado como a los españoles, en un marco de con‐ vivencia delimitado por el respe‐ to a nuestra Constitución y a las leyes.

El Reglamento también se adapta a los cambios que se han producido en los dos últimos años, con un notable descenso en la llegada de inmigrantes, para la gestión de los flujos migratorios y para favorecer mejor la integración y el fortalecimiento de la cohesión social. De acuerdo con el nuevo Reglamento, la llegada y resi‐ dencia de los inmigrantes en España tiene que ser ordenada, legal y estar vinculada al mer‐ cado de trabajo. Cuando hay menos demanda de empleo en el mercado de trabajo español, la Ley no permite nuevas entradas de trabajadores inmi‐ grantes.

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El inmigrante tiene que llegar a España con un contrato de trabajo, desde su país de origen.

Se quiere evitar el mal empleador. Si el empleador incumple el contrato firmado con el trabajador extranjero, no podrá volver a contratar a ningún inmigrante en los 3 años siguientes.

La autorización de entrada no tendrá eficacia, si no se produce el alta del trabajador en la Seguridad Social durante los 3 meses de vigencia del visado.

Por primera vez, el Regla‐ mento desarrolla los principios internacionales de protección a las víctimas de trata.

Para poder seguir en España, después de un año de su llegada, el inmigrante tiene que demostrar que se ha mantenido en el mercado de trabajo o que tiene derecho a prestación.

Cuando una mujer inmigrante, en situación irregular en España, denuncia ser víctima de malos tratos, la ley paraliza el pro‐ cedimiento sancionador por su situación irregular, hasta que un juez se pronuncie sobre su denuncia. El objetivo es que ninguna mujer maltratada deje de denunciar por temor a consecuencias derivadas de su situación administrativa en España. Esta protección, pre‐ vista en la Ley de Extranjería y que ya se viene aplicando, des‐ de su aprobación, quedará ahora detallada en todos sus extremos en el nuevo Regla‐ mento.

El arraigo es una medida extraordinaria que se aplica caso a caso, pero no es ni debe ser la norma general. Se establecen los medios económicos que debe tener un empleador para poder contratar a un trabajador extranjero. Se establece también cuál es el mínimo de ingresos econó‐ micos que se exigirá a los inmigrantes para residir en España y para solicitar la reagrupación familiar (se actua‐ lizará anualmente).

Con los menores no acompañados, el Reglamento profundiza en la solución 2


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individual, atendiendo al interés superior del menor, que incluye facilitar la reintegración en su entorno sociocultural. A los menores no acompañados que se queden en España y sean titulares de una autorización de residencia se les facilitará docu‐ mentación, cuando cumplan los 18 años.

colaboración con los países de origen, con los que se concierta acuerdos marco de coope‐ ración; previa consulta y participación de los agentes sociales, las ONGs y las aso‐ ciaciones de inmigrantes; con respeto y cumplimiento de las políticas establecidas por la UE.

El Estado es quien puede renovar o no un permiso de residencia. El Estado solicita un Informe de esfuerzo de inte‐ gración sólo cuando el solici‐ tante de la renovación no cumple el resto de los requisitos establecidos. El informe lo hace la comunidad autónoma corres‐ pondiente. Así lo establece la Ley. Estos informes no son vinculantes, pero en la práctica no se suelen denegar reno‐ vaciones con informes positivos ni darse esa renovación, cuando el informe es negativo. En España, desde que gobierna Zapatero, la política de inmigración se establece y se ejecuta promoviendo la regularidad y poniendo orden donde el PP dejó desorden; en estrecha coordinación del Gobierno con las CCAA y los Ayuntamientos; en diálogo y 3


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