INFORMACIÓN DE CONTACTO
Con su HR Partner, Sección de Recursos Humanos
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Con su HR Partner, Sección de Recursos Humanos
Agosto 2018 de que aparecieran”.
~ Yolanda SánchezSección de Recursos Humanos
Objetivo del beneficio
Permitir al personal internacional que presta servicios fuera de su país de origen, entregar la educación que estimen más apropiada para sus hijos/as y facilitar su adaptación al lugar de destino.
Condiciones para obtener el subsidio de educación regular
Funcionarios/as de la Categoría Profesional y Superior, con contrato a plazo fijo, permanente o continuo, que viven y trabajan en un lugar de destino fuera de su país de origen.
Para optar a este subsidio su hijo/a dependiente debe asistir a un colegio, universidad o institución educativa a tiempo completo.
Si un/a funcionario/a elegible es reasignado/a a su país de origen durante el año escolar, tendrá derecho al subsidio educacional hasta el final del año escolar en curso.
Duración del subsidio
Este beneficio se puede solicitar desde si su hijo/a tiene cinco años o más al principio del año escolar, o cuando cumple cinco años durante los tres primeros meses del año escolar
El beneficio expira con cualquiera de estas situaciones que ocurra primero:
Con la obtención de su primer certificado de estudios postsecundario
Al término del cuarto año de estudios postsecundarios
Al final del año escolar en que su hijo/a cumple 25 años
¿Cómo se presentan y procesan las solicitudes?
En la CEPAL se presentan a través del sistema de Education Grant en I-Need.
Posteriormente, un/a Asistente de Recursos Humanos recibirá y revisará su solicitud con los documentos obligatorios de respaldo, un/a HR Partner procesará la solicitud en Umoja y otro/a HR Partner la aprobará para su desembolso.
El desembolso de los adelantos se produce en fechas fijas cada mes, determinadas por la Sección de Servicios Financieros, mientras que el pago de las liquidaciones se hace junto con el pago de salarios, a final de cada mes.
- Primera solicitud
Formulario P-45: completo y firmado por cada funcionario/a
Carta de aceptación del colegio
La enseñanza de la lengua materna es admisible dentro de los rangos de la Escala Móvil Global, de acuerdo con las condiciones establecidas en la ST/AI/2018/1 Sec.3, 3.1 c) i, ii, ii
Cuota de Incorporación
Boletas u otra documentación de la Institución Educativa acreditando costos de colegiatura, matrícula, cuota de incorporación y becas o algún otro subsidio
Si se está solicitando un adelanto para la universidad, copia del certificado de Educación Secundaria, Media o Preparatoria o equivalente y evidencia de otros estudios post secundarios (si aplica)
- Solicitudes posteriores
Formulario P-45: Llenar la parte I, II, III con su último año de asistencia. Completar parte IV para solicitar adelanto del próximo periodo escolar, con firma del funcionario/a
Formulario P-41: Completado por la Institución Educativa, firmado y timbrado con nombre del funcionario/a y su hijo/a. Debe indicar la siguiente información:
Fechas de inicio y termino del año escolar .
Fecha de asistencia del alumno durante el año
“No solo nos encargamos de sus reservas, sino que lo ayudamos a hacer realidad su viaje soñado si nos cuenta qué tipo de experiencia busca”.
Indicar asistencia a tiempo completo
Cualquier corrección del documento debe ser realizada por la Institución Educativa.
Monto de gastos escolares, desglose de cobros y becas (si aplica).
Gastos admisibles
Especificar todos los montos de pago realizados, incluidos los préstamos en la sección 14
Los gastos admisibles destinados a cubrir la matrícula y colegiatura, serán reembolsados de acuerdo con la siguiente escala móvil global:
La Cuota de incorporación (Capital Assessment Fee) será reembolsada al 100% adicionalmente al subsidio de educación, una vez por año escolar
Alojamiento y Viaje de Subsidio de Educación (Solo nivel primario y secundario)
Alojamiento: Funcionarios/as elegibles cuyos hijos cursen sus estudios de nivel primario o secundario fuera del país del lugar de destino. Viaje: solo funcionarios/as que reciban Boarding para sus hijos/as de nivel primario o secundario pueden solicitar viaje de ida y vuelta por cada año escolar entre el lugar de estudios y el lugar de destino, según condiciones establecidas en la ST/AI/2018/1.
Gastos no admisibles
Transporte escolar colectivo o particular
Almuerzos
Actividades extraprogramáticas (deportes,talleres)
Útiles escolares
Uniformes, equipos deportivos, togas de graduación
Libros de referencia (atlas, diccionarios, enciclopedias, lectura complementaria)
Seguros escolaes y/o médicos
Asociación de padres, maestros, alumnos
Fotografias
Afiliación a un club de deportes
Instrumentos (microscopios, calculadoras, musicales)
Locomoción (taxis u otro medio)
Computadoras
¿Qué plazos existen para presentar las solicitudes de adelanto y liquidación?
La solicitud de adelanto puede presentarse desde 4 meses antes o hasta 4 meses después del inicio del año escolar
La solicitud de liquidación puede presentarse desde 10 días antes o a más tardar hasta 2 meses del término del año escolar, o dentro del mes que el alumno dejo de estudiar o antes de una separación de servicio
Una nueva solicitud de adelanto no será procesada hasta que la liquidación del año escolar anterior esté procesada.