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Fiscalidad inmobiliaria en el 2022

Cuando se acerca el fin de año natural (fiscal y tributario), conviene analizar la situación patrimonial y revisar qué Gastos pueden deducirse propietarios y arrendatarios, ante los rendimientos de capital inmobiliario.

Gastos generales de los rendimientos inmobiliarios De forma general, se consideran como gastos deducibles aquellos necesarios para conseguir los rendimientos: • Intereses de capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del inmueble, así como los gastos de reparación y conservación del inmueble

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• Tributos y recargos no estatales (tasa de limpieza, recogida de basura), así como las tasas y recargos estatales, siempre que incidan sobre los rendimientos computados y no tengan carácter sancionador • Saldos de dudoso cobro

• Cantidades devengadas por terceros: trabajos de administración, vigilancia, portería o similares Se consideran como gastos deducibles los siguientes gastos anuales: • Importes destinados a la comunidad de propietarios, • La tributación por el impuesto de bienes inmuebles (IBI)

• El pago de seguros, como los de responsabilidad civil, incendio, robo, rotura de cristales, impago de alquileres • Otros gastos obligatorios del inmueble, como los destinados a servicios o suministros, como gas, agua, electricidad, que pague el propietario

¿Qué importe se puede deducir el propietario de una vivienda alquilada?

El 60% sobre el rendimiento neto del alquiler, es decir, el importe que queda tras restar todos los gastos relacionados con el alquiler.

Obras y reformas de Reparación

Si el inmueble está arrendado, el propietario puede deducirse los gastos derivados de las obras de reparación y conservación en la propiedad. Estos gastos son: • Los efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones

• Los de sustitución de elementos, como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad u otros A su vez, serán deducibles los gastos de financiación que se haya solicitado con ese fin. Hay límites que se establecen en función de los ingresos íntegros generados por el arrendamiento de la vivienda durante el año; el exceso que se genere, podría deducirse a lo largo de los siguientes 4 años (ver ganancias y pérdidas patrimoniales).

Obras y reformas de mejora En este caso, se considera una inversión en la propiedad, por lo tanto, se incrementa el valor de adquisición del inmueble, que se puede deducir por amortización.

Gastos de amortización del inmueble

Las cantidades destinadas a la amortización del inmueble y de los demás bienes cedidos con el mismo, siempre que respondan a su depreciación efectiva, en las condiciones que reglamentariamente se determinen.

El importe no podrá exceder del 3% del mayor de estos 2 valores siguientes: • El coste de adquisición satisfecho • El valor catastral, sin incluir el cómputo del suelo

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