Código de Ética de ANLM Delegación Campeche

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ASOCIACIÓN NACIONAL DE LOCUTORES DE MEXICO, A.C.

DELEGACIÓN CAMPECHE

CÓDIGO DE ÉTICA


ASOCIACIÓN NACIONAL DE LOCUTORES DE MEXICO, A.C. DELEGACIÓN CAMPECHE

ÌNDICE

I)

Introducción

II)

Marco Conceptual

III)

De los Principios Éticos Esenciales

IV)

De la Colaboración

V)

De la Confidencialidad

VI)

De la pérdida del carácter de asociado.

CÓDIGO DE ÉTICA I)

INTRODUCCIÓN

La Delegación Campeche de la Asociación Nacional de Locutores de México, A.C. es una Entidad Social creada por la Asociación Nacional para lograr sus objetivos y servir a quienes se adscribieran a sus filas en todo el país. EL Órgano de Gobierno 2009-2012, de la Delegación Campeche, que rindiera protesta ante la Presidenta Nacional, Profa. Rosalía Buaún Sánchez, el 24 de abril de 2009, ha fomentado desde su instauración el que sus integrantes sean identificados en la sociedad, entre sus colegas y en el ejercicio profesional como individuos íntegros, con un pensamiento abierto al cambio, actualizados y es en este contexto que se abocó a la creación del Código de Ética. El cual servirá como un documento rector para los integrantes de la Delegación Campeche. Para su creación se consideró el marco normativo de los estatutos de la Asociación de Locutores de México, A.C. en el Título Primero, Declaración de Principios, Art. 1, Art. 3. Título Tercero, Órgano General Entidades Sociales, y su Autonomía y Jurisdicción; Capítulo Segundo, Requisitos para Ingresar a la Asociación, Art. 33, Art. 34 inciso X, XI, Art. 35 inciso III, VI, VIII, XI. Título Quinto, de la Dirección y Administración de la Asociación. En su Capítulo Primero, de la Mesa Directiva Nacional, Art. 53. Título Onceavo, Capítulo Único, Sanciones…..Comprende todos sus artículos. El vigilar el cumplimiento del “Código de Ética” de nuestra Delegación queda a cargo de la Comisión de Honor y Justicia y del Presidente del Consejo Consultivo por lo que depositamos en estas comisiones nuestra confianza para que promuevan entre los integrantes de la delegación Campeche el contenido de este documento.


II)

MARCO CONCEPTUAL

El Código de Ética tiene como función sensibilizar al locutor para que el ejercicio profesional se desenvuelva en un ámbito de honestidad y legitimidad en beneficio de la sociedad. Sin perjuicio de las normas estatutarias nacionales, es deseable que un sentido ético prevalezca en el ánimo de quienes tienen el privilegio de trabajar en los medios de comunicación y cuya herramienta básica es el binomio palabra-micrófono. No sólo es importante el conocimiento y la habilidad propia del locutor sino su actitud en esta profesión. Para alcanzar este objetivo, se debe contribuir solidariamente al reencuentro de nuestra identificación con los valores que propicien una vida digna, justa e igualitaria, pero también se debe estar convencido del compromiso que se contrae al recibir la investidura que lo acredite para el ejercicio profesional. A diferencia de las normas legales, en el caso de las normas éticas no se da la facultad punitiva del Estado para sancionar su incumplimiento. La observancia de la ética depende exclusivamente de la voluntad de quien se ha impuesto por auto convencimiento, el deber de cumplirla. La voluntad es del todo autónoma y no hay quien pueda imponer su cumplimiento.

El presente Código orientará la conducta del locutor y de la locutora, en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, sus socios, sus colegas y consigo mismo, el cual será aplicable en cualquier ACTIVIDAD PROFESIONAL.


CÓDIGO DE ÉTICA

III)

La tarea de la Delegación Campeche se halla regida por los siguientes Principios Éticos Esenciales.

ART. 1: INSTITUCIONALIDAD Formalidad en todos los individuos y socios de la Delegación comprometiéndose con la Asociación, al funcionamiento eficiente de la misma, más allá de las personas, lo que permitirá a la Delegación mantenerse en el tiempo cumpliendo su misión. ART. 2: INTEGRIDAD Actuar siempre con honestidad, responsabilidad y respeto ART. 3: RESPETO La Delegación Campeche y sus integrantes asumen el respeto como divisa primordial en su interacción con sus colegas, la sociedad y las instituciones. ART. 4: UNIDAD Solidaridad entre todos los miembros de la Delegación Campeche. Cuidar siempre la imagen de Organización para mantener la confianza de la sociedad. Asumir el compromiso de participación activa y corresponsabilidad en las iniciativas de la Asociación. ART. 5: RESPONSABILIDAD Cumplir siempre con lo ofrecido haciéndose consciente de corregir errores y reparar el daño ocasionado a terceras personas sin ocultar nada. ART. 6: INNOVAR Participar en talleres, cursos, conferencias que permitan actualizar nuestras habilidades lo que a su vez permitirá la innovación en nuestro trabajo. ART. 7: CORTESÍA Servir con cortesía y sensibilidad, al llevar a cabo la misión de la ANLM. ART. 8: PROFESIONALIDAD Aceptar como tarea personal la responsabilidad de conducirnos con competencia profesional, honradez, imparcialidad, eficiencia y efectividad.


ART. 9: EXCELENCIA Desarrollo humano y profesional de todos los miembros de la Delegación Campeche.

ART. 10: JUSTICIA Y EQUIDAD Dar a cada quien lo que le corresponde cuando le corresponde y apoyar a los compañeros sin abusar de una posición privilegiada.

IV)

De la Colaboración

ART. 1. EL Órgano de Gobierno es un organismo colegiado, por lo tanto, sus miembros tienen la obligación de participar activamente en el entendido de que sus deliberaciones y acuerdos requieren del concierto de todos sus miembros. ART. 2 : La existencia de una Directiva u Órgano de Gobierno no exime de sus obligaciones a los demás integrantes de la Delegación Campeche, por lo que deben adquirir el sentido de corresponsabilidad. ART.3: Colaboración: Unirse al esfuerzo de los demás, aportando lo mejor de nosotros mismos, para obtener excelentes resultados.

V)

De la Confidencialidad

ART.1 Proteger la información privilegiada a la que tenemos acceso al llevar a cabo nuestro trabajo y toda la que emane de las asambleas, mismas que sólo concierne a los integrantes de la Delegación Campeche.


VI) De la Pérdida de Carácter del Asociado Un Asociado puede ser retirado del registro de la Asociación temporal o definitivamente, por una o más de las siguientes faltas. ART. 1. Negativa a cubrir cuotas ordinarias de un año o las extraordinarias votadas por la Asamblea.

ART. 2. Falta de cumplimiento a las comisiones que le sean conferidas, sin avisar con antelación sobre el retraso o de la omisión de su comisión. ART. 3. Hacer a juicio de la Mesa Directiva, mal uso del patrimonio de la Asociación.

Loc. Ana Iracela Argente Ramírez Presidente Delegación Campeche

Loc. Oscar Bulfrano Aguilar

Loc. María Elena Márquez Almazán

Presidente Honor y Justicia

Presidente Consejo Consultivo


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