Constitución Política

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CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CONALEP SAN MARTIN TEXMELUCAN CLAVE 149 MODULO: DERECHOS HUMANOS NORMA LEAテ前S UBALDO


Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la del 5 de febrero de 1857) es la actual ley suprema de la Federación mexicana

• Fue promulgada por el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1917, reunido en la ciudad de Querétaro, y entró en vigor el 1 de mayo del mismo año.

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Su texto es la consagración de muchos postulados sociales de la Revolución Mexicana.

• Entre los cambios respecto de la Constitución de 1857, se encuentran la eliminación de la reelección del presidente de la República y el cargo de vicepresidente.

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Antecedentes Constitucionales

La Constitución Mexicana de 1811, elaborada por Ignacio López Rayón (1811). La Constitución Política de la Monarquía Española, también conocida como constitución de Cadiz o Constitución española de 1812 (18 de marzo de 1812). El documento "Sentimientos de la Nación" de José María Morelos y Pavón (14 de septiembre de 1813). El Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana (22 de octubre de 1814). El Reglamento provisional político del Imperio mexicano (18 de diciembre de 1822). El Acta Constitutiva de la Federación Mexicana (31 de enero de 1824). La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 (4 de octubre de 1824). Las Bases para la nueva Constitución y Leyes constitucionales, conocidas como Siete Leyes o Constitución de 1836 (23 de octubre de 1835 y 29 de diciembre de 1836). Las Bases Orgánicas de la República mexicana de 1843 o Constitución de 1843 (12 de julio de 1843). El Acta de reformas de 1847 y el Acta constitutiva y de reformas de 1847 (5 de abril y 21 de mayo de 1847). La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857 (5 de febrero de 1857). El Estatuto provisional del Imperio Mexicano o Constitución de 1865 (10 de abril de 1865). El Programa del Partido Liberal Mexicano de 1906 (1 de julio de 1906).

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Autores • • • • • • • • •

Félix F. Palavicini Francisco José Múgica Velázquez Pastor Rouaix Méndez Heriberto Jara Corona Cándido Aguilar Vargas Rafael Martínez de Escobar José Rodríguez González José Natividad Macías Alfonso Cravioto

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Principales artículos • Al respecto el reconocimiento de los derechos sociales como libertad de asociación, de expresión, derecho de huelga, derecho a la educación y la regulación de la propiedad de acuerdo a los intereses de la comunidad.

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El Artículo 3° • El Artículo 3° en el cuál se declara que la educación prescolar,primaria y secundaria debe ser obligatoria, gratuita, y laica, es decir, ajena a cualquier doctrina religiosa, con lo cual se garantiza la libertad de cultos en todo el territorio nacional.

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El Artículo 27 • En el Artículo 27 hace referencia a la propiedad de la tierra. En él se declara que las riquezas del suelo, el subsuelo, las aguas y mares de México pertenecen a la nación, y sólo el gobierno puede ceder a particulares el derecho de propiedad de la tierra y de la explotación del subsuelo, así como expropiarlas cuando lo considere necesario. Este artículo hizo posible controlar la actividad de las compañías mineras y petroleras, así como el reparto de la tierra de las grandes haciendas entre los campesinos, ya que las condiciones en las que vivían los campesinos antes de la revolución eran muy deplorables. 20/11/2009

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El Artículo 123 •

En el Artículo 123 se protege a los trabajadores, a quienes se estableció una jornada máxima de 8 horas por día con derecho a un día de descanso obligatorio a la semana. Se prohibió que las mujeres y niños laboraran en actividades inapropiadas para su sexo y edad y se reconoció la libertad de formar sindicatos de trabajadores para proteger sus derechos dentro de los centros laborales, así como el derecho a huelga para exigir mejores condiciones laborales y resolver conflictos internos. 20/11/2009

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Contenido • Título Primero: Garantías individuales Título segundo: Soberanía nacional y forma de gobierno Título tercero: División de poderes Título cuarto: Responsabilidad de los funcionarios públicos Título quinto: De los estados de la Federación Título sexto: Del trabajo y de la previsión social Título séptimo: Prevenciones generales Título octavo: De las reformas a la Constitución Título noveno: De la inviolabilidad de la Constitución

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La Constitución Mexicana vigente está conformada por tres partes conocidas como dogmática, orgánica y supestructura. En la primera, quedan consignadas las Garantías Individuales y se reconocen derechos y libertades sociales: • Derecho a la libertad, aboliendo la esclavitud y otorgando Libertad a cualquier individuo dentro del Territorio Nacional. • Derecho a la libre expresión, asociación y tránsito, libertades esenciales de la nación mexicana. • Derecho a la educación, siendo ésta otorgada por el Estado de manera laica y gratuita. • Derecho a la posesión de armas de fuego para seguridad y legítima defensa. • Derecho de huelga y organización de los trabajadores en sindicatos. • Derecho a la libre profesión de cultos. • Jornada máxima de 8 horas de trabajo. • Derecho al trabajo digno y socialmente útil 20/11/2009

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La parte orgánica corresponde a la división de los Poderes de la Unión y el funcionamiento fundamental de las instituciones del Estado, estableciendo:

• Una forma de gobierno mexicano como una república federal, representativa y popular. • Que los Poderes de la Unión están divididos en Ejecutivo (Presidencia de la República), Legislativo (Honorable Congreso de la Unión) y Judicial (Suprema Corte de Justicia de la Nación). • Que la reelección del presidente queda prohibida. • La creación del Municipio libre, • La reforma agraria. 20/11/2009

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REFORMAS • La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 ha sido en lo general la que ha sufrido menos cambios desde su aprobación por Venustiano Carranza, al finalizar la Revolución en contra de Porfirio Díaz, quien en su periodo de gobierno olvidó e incumplió la Constitución de Ignacio Comonfort de 1857, aboliendo la libertad en favor de los ricos y los extranjeros de entonces. En el periodo de Carranza se retoma la Constitución, se amplía donde favorece al desarrollo del Pueblo Mexicano y se rescriben aquellas partes que no eran muy claras. Desde entonces todo lo que se cree obsoleto se elimina y se reforma de acuerdo a la época que se vive. 20/11/2009

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