A1, S.A. DE C.V. AREA MEDICA MANEJO DE RESIDUOS DE PRODUCTOS BIOLOGICO INFECCIOSOS DANTE RAMIREZ GONZALEZ Febrero 2015
Los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos pueden representar un riesgo de salud para la población afuera y adentro de las instituciones de salud, por lo que es necesario aprender sobre el manejo adecuado de los mismos, así como a los riesgos a los que se puede estar expuesto. El manejo inadecuado por parte de alguno de los involucrados en este proceso aumenta el riesgo para las personas en los pasos subsiguientes de la cadena, así como para la población en general.
La capacitación y la colaboración de cada uno de las personas que participan en esta cadena ayudará a una mejor utilización de los recursos para la salud, disminuirá los riesgos para el personal involucrado en la cadena y ayudará a tener un medio ambiente más saludable y libre de riesgos a la población en general.
RELACION DE PRODUCTOS AREA MEDICA MANEJO DE RESIDUOS DE PRODUCTOS BIOLOGICO INFECCIOSOS CLAVE
NOMBRE
Norma Oficial Mexicana (NOM)
Registro SSA
PC-1
RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 1.7 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003
0683E96
PL-1
RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES Y LIQUIDOS COLORE ROJO Y AMARILLO CAP. 1.7 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003
0683E96
PC-2
RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 0.94 – 2.8 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003
0683E96
PC-3
RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 3.0 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003
0683E96
PC-4
RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 3.7- 4.75 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003
0683E96
PC-8
RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES CAP. 7.5 – 9.4 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003
0683E96
PC-12
RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES Y LIQUIDOS COLORE ROJO Y AMARILLO 12.0 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003
0683E96
PC-13
RECOLECTOR DE POLIPROPILENO PARA PUNZOCORTANTES Y LIQUIDOS COLORES ROJO CAP. 11.3 - 13.25 LTS
NOM-087-ECOL-SSA1-2003
0683E96
Clasificación de los establecimientos generadores de Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI): NIVEL I
NIVEL II
NIVEL III
Unidades hospitalarias de 1 a 5 camas e Unidades hospitalarias de 6 hasta 60 instituciones de investigación con excepción camas; de los señalados en el Nivel III. Laboratorios clínicos y bancos de sangre Laboratorios clínicos y bancos de sangre que que realicen análisis de 51 a 200 muestras realicen análisis de 1 a 50 muestras al día. al día;
Unidades hospitalarias de más de 60 camas;
clínicos.
kilogramos al mes de RPBI.
Centros de producción e investigación experimental en enfermedades infecciosas;
Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis a más de 200 muestras Unidades hospitalarias psiquiátricas. Bioterios que se dediquen a la al día, o investigación con agentes biológicoCentros de toma de muestras para análisis infecciosos, o Establecimientos que generen más de 100 Establecimientos que generen de 25 a 100 kilogramos al mes de RPBI.
Identificación y envasado En las áreas de generación de los establecimientos generadores, se deberán separar y envasar todos los residuos peligrosos biológico-infecciosos, de acuerdo con sus características físicas y biológicas infecciosas, conforme a la tabla 2 de esta Norma Oficial Mexicana. Durante el envasado, los residuos peligrosos biológico-infecciosos no deberán mezclarse con ningún otro tipo de residuos municipales o peligrosos.
TABLA 2 TIPO DE RESIDUOS
ESTADO FISICO
ENVASADO
COLOR
4.1 Sangre
Líquidos
Recipientes herméticos
Rojo
4.2 Cultivos y cepas de
Sólidos
Bolsas de polietileno
Rojo
Sólidos
Bolsas de polietileno
Amarillo
Líquidos
Recipientes herméticos
Amarillo
Sólidos
Bolsas de polietileno
Rojo
Líquidos
Recipientes herméticos
Rojo
Sólidos
Recipientes rígidos polipropileno
Rojo
agentes infecciosos 4.3 Patológicos
4.4 Residuos no anatómicos
4.5 Objetos punzocortantes
FUENTE. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Agente biológico-infeccioso Cualquier microorganismo capaz de producir enfermedades cuando está presente en concentraciones suficientes (inóculo), en un ambiente propicio (supervivencia), en un hospedero susceptible y en presencia de una vía de entrada. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Centro de acopio Instalación de servicio que tiene por objeto resguardar temporalmente y bajo ciertas condiciones a los residuos peligrosos biológico-infecciosos para su envío a instalaciones autorizadas para su tratamiento o disposición final. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Establecimientos generadores Son los lugares públicos, sociales o privados, fijos o móviles cualquiera que sea su denominación, que estén relacionados con servicios de salud y que presten servicios de atención médica ya sea ambulatoria o para internamiento de seres humanos y utilización de animales de bioterio, de acuerdo con la tabla 1 del presente instrumento. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
La cantidad de sangre o fluido corporal en el material de curación es determinante para poder ser considerado como peligroso, por lo tanto sólo los materiales de curación que estén empapados, saturados o goteando alguno de estos fluidos (líquido sinovial, pericárdico, cefaloraquídeo, sangre, etc) deben de ser considerados RPBI. El conocimiento de estos conceptos por parte del personal de salud evitará percepciones equivocadas y permitirá una clasificación adecuada de la basura generada en los centros de atención médica, lo cual optimizará los recursos disponibles.
El principal riesgo de contagio de enfermedades, por tal motivo recomendamos utilizar Contenedores y/o en color amarillo o bien color rojo, con tapa roscable, también se pueden usar bolsas con calibre 200.
Manejo Conjunto de operaciones que incluyen la: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Identificaciรณn, Separaciรณn, Envasado, Almacenamiento, Acopio, Recolecciรณn, Transporte, Tratamiento Disposiciรณn final
De los residuos peligrosos biolรณgico-infecciosos. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI) Son aquellos materiales generados durante los servicios de atención médica que contengan agentes biológico-infecciosos según son definidos en esta Norma, y que puedan causar efectos nocivos a la salud y al ambiente. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Los objetos punzocortantes Los que han estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas durante el diagnóstico y tratamiento, únicamente: tubos capilares, navajas, lancetas, agujas de jeringas desechables, agujas hipodérmicas, de sutura, de acupuntura y para tatuaje, bisturís y estiletes de catéter, excepto todo material de vidrio roto utilizado en el laboratorio, el cual deberá desinfectar o esterilizar antes de ser dispuesto como residuo municipal. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
Los recipientes de los Residuos Peligrosos Punzocortantes deberán ser: 1. Rígidos, 2. De polipropileno 3. Color rojo, 4. Con un contenido de metales pesados de no más de una parte por millón y libres de cloro, 5. Que permitan verificar el volumen ocupado en el mismo, 6. Resistentes a fracturas y pérdidas de contenido al caerse, 7. Destructibles por métodos físicos, 8. Tener separador de agujas y abertura para depósito, con tapa(s) de ensamble seguro y cierre permanente, 9. Deberán contar con la leyenda que indique "RESIDUOS PELIGROSOS PUNZOCORTANTES BIOLOGICO-INFECCIOSOS" 10. Marcados con el símbolo universal de riesgo biológico. FUENTE. NOM-087-ECOL-SSA1-2002.
“Los residuos patológicos deben ser incinerados o inhumados, excepto aquellos que estén destinados a fines terapéuticos, de investigación…″
CONTENEDOR PARA PUNZOCORTANTES, GUARDIÁN O CONTAINER
Los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI) representan un riesgo de salud para la población afuera y adentro de Hospitales, Clínicas e instituciones de salud, por lo que es necesario el manejo adecuado de los mismos, para evitar los riesgos a los que puede estar expuesto el personal, pacientes y visitantes en general.
La importancia en el manejo adecuado a través de una señalización adecuada de la Ruta RPBI (interna dentro de la institución de salud), por parte de los involucrados en este proceso, evita el riesgo de contagio cruzado, para las personas en los pasos subsiguientes de la cadena.
CARACTERISTICAS Fabricado en perfil de aluminio natural, anodizado, curvo, extruido. Con dos orificios avellanados para recibir tornillo de fijación Tapas plásticas de estireno de alto impacto color negro. Incluye película antireflejante y acabado en fotoluminiscente (opcional). Disponible en anchos de 8, 15, 20 y 30 cms. Se instala de forma fácil y sencilla Para colocarse en muros o superficies planas. Con personalización opcional o sobre diseño especial. Medidas y tamaños conforme a normatividad vigente.
Transporte de Residuos Peligrosos (RPBI).
NOTA:
Los recipientes para los residuos peligrosos punzocortantes y líquidos se llenarán hasta el 80% (ochenta por ciento) de su capacidad, asegurándose los dispositivos de cierre y no deberán ser abiertos o vaciados
RESUMEN PROCEDIMIENTO RECOMENDADO 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Los residuos peligrosos biológico-infecciosos envasados deberán almacenarse en contenedores metálicos o de plástico con tapa y ser rotulados con el símbolo universal de riesgo biológico, con la leyenda "RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO-INFECCIOSOS". Depositar en el punto inicial nuestros desechos separados Los desperdicios como jeringas y objetos punzocortantes, se depositan en el contenedor especial con doble tapa. los desperdicios líquidos y materiales contaminados con desechos biológico-infecciosos se depositan en bolsas plásticas En el caso de líquidos contenedores con rosca preferentemente en color amarillo e identificado con el símbolo “RPBI″, con tapa roscable. La primera recolección a través de un sistema que incluya, bote de color con la etiqueta correspondiente para fácil identificación. El transporte interno se realiza a través de la ruta RPBI, que debe ser señalizada y ser visible. se pueden utilizar botes con ruedas o bien “trenes de reciclado” en donde un carrito especial puede recolectar y separar en una sola operación y de una sola vez nuestros desperdicios. Llevarlos a un punto de confinamiento donde se encuentra también un bote mas grande del mismo color e identificado con los mismos logos y etiquetas.
Marco Jurídico Nacional 1. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE 2. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS. 3. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-052-SEMARNAT-2005, Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos. 4. NORMA Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-2002, Protección ambiental Salud ambiental - Residuos peligrosos biológico-infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo. 5. GUÍA DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA. NOM-087SEMARNAT-SSA1-2002. Protección Ambiental - Salud Ambiental - Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos - Clasificación y Especificaciones de Manejo. 6. Manual de Procedimientos para el Manejo y control de residuos BiológicoInfecciosos Tóxico-Peligrosos en unidades de atención médica. Instituto Mexicano del seguro social (IMSS). 7. Manual para la atención de contingencias en el manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos. Secretaría de Salud.
ARTICULO 58 Las infracciones de Carácter administrativo a los preceptos de la Ley y del Reglamento serán sancionadas por la Secretaría con una o más de las siguientes sanciones: I.
Multa por el equivalente de veinte a veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en el momento de imponer la sanción;
II.
Clausura temporal o definitiva, parcial o total, cuando conociéndose la peligrosidad de un residuo peligroso, en forma dolosa no se de a éste el manejo previsto por el Reglamento y las normas técnicas ecológicas correspondientes; y
III.
Arresto administrativo hasta por 36 horas.
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS.
ARTICULO 59
Independientemente de las sanciones que procedan de conformidad con lo que dispone el artículo anterior, la Secretaría podrá revocar las autorizaciones que hubiera concedido, en los términos del presente Reglamento. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS.
ARTICULO 60 Si una vez impuestas las sanciones a que se refieren los artículos anteriores y vencido el plazo en su caso concedido para subsanar la o las infracciones cometidas, resultare que dicha infracción o infracciones aun subsistieran, podrán imponerse multas por cada día que transcurra sin obedecer el mandato, sin que el total de las multas que en estos casos se impongan REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE RESIDUOS PELIGROSOS.
Marco JurĂdico Internacional 1. Guidelines for safe disposal of unwanted pharmaceuticals in and after emergencies. World Health Organization. 2. Technical guidelines on the environmentally sound management of biomedical and healthcare wastes. World Health Organization (WHO). 3. Updated general technical guidelines for the environmentally sound management of wastes consisting of, containing or contaminated with persistent organic pollutants (POPs). World Health Organization International. 4. UNECE, 2003a. Recommendations on the Transport of Dangerous Goods (Model Regulations). Available at www.unece.org. 5. UNECE, 2003b. Globally Harmonized System of Classification and Labelling of Chemicals (GHS). Available at www.unece.org
6. UNEP, 1993. Storage of Hazardous Materials: A Technical Guide for Safe Warehousing of Hazardous Materials. Available at www.uneptie.org. 7. UNEP, 1994. Guidance Document on the Preparation of Technical Guidelines for the Environmentally Sound Management of Wastes Subject to the Basel Convention. Available at www.basel.int.
CONTENEDOR
COLOR
TEXTO
DESECHOS ORGANICOS
ORGANICOS
DESECHOS DE PAPEL Y CARTON
PAPEL Y CARTON
DESECHOS METALICOS
LATAS Y METALICOS
DESECHOS PLASTICOS
BOTELLAS Y PLASTICOS
DESECHOS ELECTRONICOS (PILAS / BATERIAS)
PILAS / BATERIAS
DESECHOS DE VIDRIO (BOTELLAS Y CRISTALES)
VIDRIOS
DESECHOS VARIOS
VARIOS
RESIDUOS BIOLOGICO INFECCIOSOS (RPBI PUNZOCORTANTES)
RPBI PUNZOCORTANTES
RESIDUOS BIOLOGICO INFECCIOSOS (RPBI LIQUIDOS DESPERDICIOS BIOLOGICOS)
RPBI LIQUIDOS DESPERDICIOS BIOLOGICOS
DANTE RAMIREZ GONZALEZ FEBRERO 2015