NO MUERO ¡ME MATAN!
“A través del presente informe nacional, queremos hacer pública la exigencia al Estado de Bolivia por el acceso pleno a los Derechos Humanos de las personas trans, para el acceso a una salud sin estigma ni discriminación, así como para abordar y erradicar los crímenes de odio que afectan a la población trans en Bolivia”. Moira Andrade, Presidenta de la Red Trebol.
ÍNDICE 1.
REDLACTRANS ................................................................................................................................... 2
2.
Trebol (Trans Red de Bolivia) ............................................................................................................ 3
3.
Centro de Documentación y Situación Trans en Latinoamérica y el Caribe (CeDoSTALC) ............... 4
Situación de las personas trans en Bolivia .......................................................................................... 5 Metodología para el relevamiento de casos .................................................................................7 Violaciones a los derechos humanos de las personas trans en Bolivia durante el año 2021 ....... 10 A.
Violaciones al derecho a la vida y a la integridad física .............................................................. 10
B.
Violaciones al derecho a la salud ................................................................................................ 12
C.
Violaciones al derecho a la educación ........................................................................................ 13
D.
Violaciones al derecho al trabajo ................................................................................................ 15
E.
Vulneraciones al derecho a la justicia ......................................................................................... 16
F.
Datos generales de violación de los derechos de la población trans ......................................... 18
Recomendaciones al Estado de Bolivia.............................................................................................. 19 Bibliografía ............................................................................................................................................ 19 Datos de contacto................................................................................................................................. 19
INTRODUCCIÓN 1. REDLACTRANS La Red Latinoamericana y del Caribe de Personas Trans (RedLacTrans) fue creada en 2004 y en la actualidad está integrada por 22 organizaciones lideradas por mujeres trans, promoviendo y asegurando que sean éstas quienes hablen por y se representen a sí mismas. La Red promueve los principios de inclusión y participación sin discriminación de ningún tipo, con particular énfasis en la equidad de los géneros, el respeto a las etnias, a las identidades y las expresiones de género, a la edad, al país de origen y/o situación socioeconómica y cultural. La RedLacTrans se encuentra en la actualidad en Argentina, Bahamas, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago y Uruguay. Accionamos con el propósito de hacer efectivo el cumplimiento y el ejercicio de los derechos humanos desde y hacia nuestra población a través de estrategias de incidencia política, visibilización, participación y fortalecimiento de nuestras organizaciones en acciones de salud, educación y justicia. Así, nuestra visión se orienta hacia una región sin discriminación ni violencia, con el respeto a nuestra identidad de género y el acceso a los derechos económicos, sociales, culturales, políticos y ambientales. En este sentido, los distintos informes elaborados desde la RedLacTrans han ido visibilizando las reiteradas violaciones que nuestra población sufre día a día y contribuyendo a la incidencia política de sus organizaciones de base. Asimismo, hemos presentado el informe regional 2016-2017 Esperando la muerte en el 167° y 169° Período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, celebrados a lo largo de 2018 en Bogotá, Colombia, y Denver, Colorado, Estados Unidos; la Guía de recomendaciones sobre la atención integral a la salud de la salud de las mujeres Trans en Latinoamérica y el Caribe ante autoridades de la salud y activistas mexicanas, en enero de 2019 en Guadalajara, México y en las en las reuniones de incidencia política lideradas por la RedLacTrans ante representantes de Agencias de las Naciones Unidas en marzo de 2019 en Ginebra,
Suiza; y se presentó el Informe Regional 2018 Basta de Genocidio Trans en la 49° Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) en junio de 2019 en Medellín, Colombia. Cabe mencionar que previa a la realización de este informe, y durante el confinamiento decretado por los diferentes países de la región como medida preventiva de contagio ante la crisis generada por la pandemia de COVID-19 y ante la falta de respuesta estatal, hemos lanzado -en formato virtual- los informes Las vidas Trans en tiempos de pandemia y Paren de matarnos. Informes que nos ha permitido visibilizar la situación de las personas trans de América Latina y el Caribe y con los que hemos podido denunciar la situación de extrema pobreza y exclusión social a la que nos vemos expuestas las personas trans ante la falta de políticas públicas y de voluntad política para mitigar el estigma y la discriminación estructural que recae sobre nuestros cuerpos.
2. Trebol (Trans Red de Bolivia) La Red Trebol fue fundada el 24 de octubre de 2008 en la ciudad de Santa Cruz, Bolivia. Es una organización de base social cuyo propósito es reunir a la población travesti, transgénero y transexual de Bolivia para luchar contra la discriminación, estigmatización y perjuicios por parte de toda la sociedad, así como contra el desinterés del Estado para atender sus demandas. La Misión de la Red Trebol es contribuir posicionando, fortaleciendo, capacitando y comprometiendo a la población trans en métodos de incidencia política para el reconocimiento pleno de la identidad de género, los derechos humanos, entre ellos el derecho a la salud, la educación y el trabajo, luchando contra el estigma, la discriminación y la violencia que sufre esta población dentro del Estado Plurinacional de Bolivia. La Visión de la Red Trebol es que en el año 2025 la Red Trebol se consolide como una organización con base social incluyente, fortalecida y empoderada, ejerciendo plenamente su identidad de género y su ciudadanía con el reconocimiento pleno de todos sus derechos, en el Estado Plurinacional de Bolivia.
3. Centro de Documentación y Situación Trans en Latinoamérica y el Caribe (CeDoSTALC) En la región se evidencia la falta de conocimiento e información sobre la situación social de la población trans. En 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó recolectar información estadística de manera sistemática sobre la violencia contra las personas LGBT en América Latina y el Caribe. En general, las escasas estadísticas existentes señalan que una de las formas más extremas del estigma y la discriminación hacia las personas trans en América Latina es la violencia social e institucional. Si bien la violencia en América Latina y el Caribe afecta a toda la población, las personas trans la sufren en forma desproporcionada por ser víctimas de crímenes de odio y por la impunidad que rodea a estos crímenes. El estigma social y la discriminación se acrecientan cuando las personas trans adquieren VIH-SIDA, constituyendo una barrera importante que impide acceder a los servicios de tratamiento y apoyo. Como respuesta a esta situación, la RedLacTrans ha puesto en marcha el Centro de Documentación y Situación Trans de América Latina y el Caribe (CeDoSTALC), que permite obtener información de primera mano a partir de la recepción de denuncias sobre las violaciones y vulneraciones de derechos humanos que sufre la población trans en la región. El CeDoSTALC se constituye como un sistema comunitario para recopilar información, monitorear y brindar respuesta a las barreras que impiden el acceso a los derechos humanos de la población trans en la región. Dicho sistema se ancla en una plataforma virtual de recolección de casos que posibilita la circulación y centralización de la información de las OTBN (Organización Trans de Base Nacional) con la Secretaría Regional de la RedLacTrans. Oportunamente, para la puesta en marcha del CeDoSTALC, la RedLacTrans realizó talleres de capacitación a fin de que una mujer trans se desempeñara como documentadora de vulneraciones a los derechos humanos en su territorio. Se trata de una estrategia que garantiza el éxito en la documentación debido al acercamiento directo hacia su misma población. La RedLacTrans reconoce el apoyo brindado por Robert Carr Fund, por el trabajo de documentación y elaboración del presente informe. Este proceso ha demostrado que el trabajo en asocio entre diferentes organizaciones es la estrategia que asegurará la continuidad del CeDoSTALC
para disminuir las violaciones a los derechos humanos que sufren las personas trans en América Latina y el Caribe.
Situación de las personas trans en Bolivia Debido a la vulneración de derechos humanos en cuestión de salud, educación, trabajo, vivienda y alimentación en el contexto de la pandemia COVID19, sumado a la falta de apoyo del Gobierno, la situación de la población trans en Bolivia no ha registrado avances en cuanto al cumplimiento de las leyes establecidas en estos últimos años. Lamentablemente, esto produjo muertes entre la población trans, tanto en los centros de salud como en la vía pública. Tampoco se ha observado acceso a la justicia plena, pues los crímenes de odio, y los diferentes tipos de violencia ejercidas sobre nuestros cuerpos se amparan en la impunidad con la que operan los autores de los hechos. En la actualidad, estamos luchando y accionando jurídicamente tras el caso de una compañera trans que desgraciadamente fue asesinada en esta gestión 2021. El Estado Plurinacional de Bolivia ha suscrito la mayoría de las convenciones y tratados internacionales de derechos humanos, por lo tanto, debe respetar, garantizar y proteger estos derechos. A su vez, el Estado boliviano ha promulgado normativas que protegen el derecho a una vida libre de violencia y la no discriminación en razón de sexo e identidad de género de las personas trans y con diversa orientación sexual:
•
Ley 045. Contra el Racismo y toda forma de Discriminación. (8 de octubre de 2010)
•
Ley 348. Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia. (9 de
marzo de 2013)
•
Ley 807. Ley de Identidad de Género. (21 de mayo de 2016)
•
Ley 603. Código de las Familias y el Proceso Familiar. (19 de noviembre de 2014)
•
Decreto supremo N°1022, que declara el 17 de mayo de cada año como el Día de Lucha
contra la Homofobia y Transfobia en Bolivia. (26 de octubre de 2011)
•
Decreto supremo N°189 que declara el 28 de junio de cada año como Día de los
Derechos de la Población con orientación sexual diversa en Bolivia. (1 de julio de 2009)
•
Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos (PNDH) – Bolivia Digna para Vivir Bien
2009- 2013. (Junio de 2010).
•
Ley Municipal Autonómica de La Paz N° 311 de promoción y respeto a los derechos
humanos de las personas con diversa orientación sexual e identidad de género en el Municipio de La Paz. (27 de junio de 2018).
•
Ley N° 2298. Ley de ejecución penal y supervisión (20/12/2001). En su artículo 7 sobre la igualdad: En la aplicación de esta Ley, todas las personas sin excepción alguna gozan de igualdad jurídica. Queda prohibida toda discriminación de raza, color, género, orientación sexual, lengua, religión, cultura, opinión política, origen, nacionalidad, condición económica o social.
•
Ley N° 3729. Ley para la prevención del VIH- Sida, protección de los derechos humanos y asistencia integral multidisciplinaria (08/08/2007).
•
Ley N°139. 14 de junio de 2011. Artículo 1. Se declara el 24 de mayo de cada año como “día nacional contra el racismo y toda forma de discriminación”, en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia. Artículo 2: Cada 24 de mayo todas las instituciones públicas y privadas del sistema educativo boliviano, así como las entidades públicas del Estado Plurinacional de Bolivia realizarán actos públicos de educación, prevención y sensibilización en contra del racismo y toda forma de discriminación.
•
Ley N° 394. “Día de las familias” (26 de agosto de 2013).
•
Ley N° 520. Día nacional de la educación sexual y reproductiva responsable. (22/4/2014). Artículo 118. (prohibición de expulsión). Se prohíbe a las autoridades del Sistema Educativo Plurinacional, rechazar o expulsar a las estudiantes embarazadas, sea cualquiera su estado civil, así como a la y el estudiante a causa de su orientación sexual, en situación de discapacidad o con VIH/SIDA. Deberán promoverse políticas de inclusión, protección e infraestructura para su permanencia que permitan el bienestar integral de la o el estudiante hasta la culminación de sus estudios.”
Además de las mencionadas leyes, planes y programas, varios municipios han promovido diferentes regulaciones sobre la prohibición de toda forma de discriminación, conformación de consejos ciudadanos de diversidades sexuales, y declarativas de días específicos contra la
discriminación por orientación sexual, homofobia y transfobia a partir de la Ley 045, así como otras políticas públicas que incluyen en su conformación la inclusión y no discriminación. Sin embargo, las personas trans en Bolivia seguimos siendo víctimas de un sistema que nos expulsa de las instituciones sociales, que nos impide el acceso a los derechos humanos y que nos mantiene bajo la línea de la pobreza y en la marginación.
Metodología para el relevamiento de casos Este informe es el resultado del trabajo llevado a cabo por las activistas de la RedLacTrans quienes documentaron las vulneraciones a los derechos humanos que vivencian día a día. El objetivo de este trabajo es visibilizar estas vulneraciones como una muestra de la realidad de la región. Esto permitió elaborar numerosos informes que dan cuenta de la situación de las personas trans en distintos territorios así como cinco informes regionales: •
El informe titulado Esperando la muerte, corresponde al período 2016-2017;
•
Basta de genocidio trans, corresponde al período 2018;
•
Paren de matarnos, corresponde al período 2019-2020;
•
Las vidas trans en tiempos de pandemia, corresponde al año 2020;
•
y el presente informe, titulado No muero, ¡me matan!, corresponde al período 2021.
Todos ellos constituyen instrumentos sólidos para revertir los históricos contextos de violencia y estigma padecidos por nuestra población. En cuanto a la sistematización de datos, importa señalar que su relevamiento se dirige a compensar en la mayor medida posible la evidente falta de información pública sobre la situación de la población trans en América Latina y el Caribe. Ello es especialmente urgente en contextos en que los Estados no sólo no brindan respuesta a tal carencia, ni promueven la participación de las organizaciones trans territoriales en este tipo de relevamiento, sino que ni siquiera prestan
colaboración mediante la sistematización de datos, lo que constituye un desafío también para futuros relevamientos. Y si bien los datos relevados son reales y concretos, resultan insuficientes para expresar cabalmente la realidad, pues resulta imposible registrar en forma exhaustiva todas las vulneraciones a los derechos humanos que las mujeres trans padecen cotidianamente en nuestra región. Esto puede deberse a numerosos motivos, mencionaremos entre ellos el alarmante nivel de vulneración de sus derechos, su invisibilización tanto por parte de particulares como por parte de los Estados, las restricciones en el acceso a la justicia y, en líneas generales, el propio accionar del Estado y la falta de confianza en el mismo por parte de la población afectada. Como ya fue explicado en oportunidad de presentar la metodología aplicada en la elaboración de los informes regionales 2016-2017 y 2018, todos los reportes son resultado de una historia de trabajo comunitario entre las Coordinadoras Nacionales. Para hacerlos posibles, las Coordinadoras Nacionales de la RedLacTrans acordaron en abril de 2017, en el marco del Taller Regional de Buenos Aires, los criterios de cada una de las sub-regiones, Cono Sur, Andina y Centroamérica, para llevar a cabo las tareas de relevamiento, documentación y sistematización. Además, en aquella instancia se revisó y validó la herramienta de toma de casos de vulneraciones, la cual fue implementada de manera unánime por todas las Organizaciones Trans de Base Nacional. A partir de estos insumos, la RedLacTrans dio inicio al desarrollo de un software acorde con las necesidades de nuestra población. Pero, a fines de 2018, este software sufrió vulneraciones en su seguridad por lo que la compañía creadora lo dio de baja. En respuesta a esta situación, la Secretaría Regional de la RedLacTrans estableció como objetivo la creación de una plataforma propia para continuar con el trabajo de las documentadoras trans, la cual funciona regularmente desde mayo de 2019. En el mes de mayo de 2017, la RedLacTrans llevó a cabo un taller de entrenamiento en documentación de casos de vulneraciones a los derechos humanos en la ciudad de San Salvador, El Salvador, donde las promotoras de derechos humanos de América Latina se capacitaron en recolección de casos y su carga al sistema virtual. Este taller marcó el inicio de un proceso de documentación regido por el uso de herramientas estandarizadas en todos los países, de manera que la documentación en la región sea llevada a cabo bajo los mismos criterios.
Dos meses después, bajo la modalidad de prueba piloto, se dio inicio a la documentación de casos en 17 países y las activistas de cada organización de base nacional comenzaron a relevar los casos de vulneraciones a los derechos humanos de las mujeres trans, a cuyo conocimiento pudieron acceder en sus respectivos territorios. En este aspecto, se debe resaltar la profundidad del conocimiento que tienen las Organizaciones Trans de Base Nacional sobre la información a relevar en sus territorios, donde viven las activistas trans y también sufren vulneraciones a sus derechos. En esos mismos territorios trabajan para desarrollar dispositivos propios de intervención frente al irrespeto de sus derechos que, como se dijo más arriba, ellas pueden contarnos “de primera mano”. Además, las tareas de registro fueron coordinadas y supervisadas desde la Secretaría Regional ubicada en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina. Como parte del monitoreo del proyecto, se celebraron dos instancias presenciales para identificar obstáculos y lecciones aprendidas a lo largo de los primeros meses, en el marco de los Talleres Subregionales de Incidencia Política, en Quito (septiembre 2017) y en Ciudad de México (octubre 2017). A partir de los insumos que cada organización de base nacional produjo y sistematizó en sus reportes pudieron elaborarse los informes regionales Esperando la muerte, Basta de genocidio trans, y el informe Paren de matarnos sobre los períodos 2016-2017, 2018 y 2019-2020 respectivamente. Así las cosas, este informe refleja un análisis situacional respecto de las vulneraciones a los derechos humanos de las personas trans en la región y propone una serie de recomendaciones dirigidas a los Estados de las Américas con el objeto de que arbitren los medios necesarios para asegurar a las personas trans el goce efectivo de todos los derechos, que largamente nos han sido negados.
Violaciones a los derechos humanos de las personas trans en Bolivia durante el año 2021 A. Violaciones al derecho a la vida y a la integridad física Si bien se establece en nuestra Constitución la protección al derecho a la vida, para las personas trans no es una garantía en Bolivia. La población trans sufre vulneración y violación constante en el acceso a los derechos humanos, lo cual impide vivir una vida plena en derechos y libre de estigma y discriminación. El Artículo 15 de la Constitución Política del Estado indica: Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes. No existe la pena de muerte. II. Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad. III. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como privado. IV. Ninguna persona podrá ser sometida a desaparición forzada por causa o circunstancia alguna. V. Ninguna persona podrá ser sometida a servidumbre ni esclavitud. Se prohíbe la trata y tráfico de personas. No obstante, ante la falta de garantías en el acceso a nuestros derechos y ante la impunidad machista y patriarcal, las personas trans en Bolivia siguen siendo violentadas y asesinadas. Evidencia de esto, es el caso de una compañera trans de 19 años quien fue asesinada: Relatan sus compañeras de trabajo que la víctima trabajaba ejerciendo el trabajo sexual. El autor de este crimen fue un cliente, quien pudo ingresar al hotel donde ella estaba alojada sin ningún documento de identificación. Este transfemicidio ocurrió el 5 de febrero de 2021 en en el Hostal Florida de la ciudad de Cochabamba. La compañera trans fue encontrada un día después, estrangulada con el cable de la plancha de cabello. Nos parece importante destacar que la gran mayoria de los casos de vulneración o violación a los derechos humanos en Bolivia se dan en la vía pública y en espacios tanto públicos como privados.
Lugar de los hechos 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0%
25% 13%
17%
13%
4%
13%
4%
4%
8%
Por tal motivo se requieren medidas urgentes para crear espacios seguros de modo que las personas trans podamos participar plenamente en el sistema educativo, y tener acceso a una salud integral con una mejor calidad de vida. Será necesario crear campañas o programas para sensibilizar a la población general, para que el estigma y la discriminación no sean una barrera que nos impida transitar las calles libremente. En el ámbito laboral también se registran acciones negativas, desde el rechazo o la expulsión por ser personas trans por parte de los empleadores, lo que impide a nuestra población acceder a recursos que garanticen servicios básicos como alimentación, renta, seguros de salud o rentas de vejez. Del total de los casos registrados para el período 2021 en la plataforma de CeDoSTALC se identificaron cuatro tipos principales de abuso o violación a los derechos humanos. Destacando en mayor porcentaje los hechos de discriminación con un 65%, porcentaje incrementado en relación al informe Basta de genocidio trans del período 2018, en el que la misma tipificación representaba un 49%.
Tipo principal de abuso o violación 100% 90% 80% 70% 60% 50%
65%
40% 30%
27%
20% 10%
4%
4%
0% Discriminación
Detención ilegal
Golpiza o agresión física
Asesinato
B. Violaciones al derecho a la salud La salud es un asunto muy preocupante para las personas trans pues es afectada por serias dificultades vinculadas con diversas causas. Están los problemas de salud derivados de la violencia, sea de carácter físico, sexual o psicológico, que conducen a complicaciones con la salud mental, enfermedades de transmisión sexual, VIH, entre otros. Y también se presentan con gran frecuencia las consecuencias de tratamientos hormonales no supervisados por personal médico profesional, como hipertensión, insomnio, problemas digestivos, etc. Las adecuaciones médicas realizadas en lugares informales, que no cumplen con los requisitos básicos de higiene, tienen alto riesgo de infecciones. Todas estas variables deben ser consideradas a la hora de diseñar políticas públicas para el correcto acceso de las personas trans a la salud integral. Como parte de la información relevada a través de la plataforma CeDoSTALC, encontramos los siguientes casos que corresponden al período 2021 y que evidencian lo que denunciamos:
Decidí buscar un especialista en endocrinología ya que son los encargados de realizar la terapia de reemplazo hormonal. Encontré a una endocrinóloga y agendé una cita con ella. El día de la cita, después de haber ingresado a su consultorio, me preguntó que para que había ido. Yo le respondí que, para realizarme el tratamiento, pero ella se negó a tomar mi cita diciéndome que soy normal yo como persona y me preguntó si ‘era mujer u hombre’. Esta situación me hizo sentir muy deprimida porque aún en la sociedad toda, y además en el personal de salud nos rechazan.
El siguiente caso muestra las vulneraciones que hemos recibido las personas trans en contexto de COVID19: Me contagié de COVID 19, con síntomas graves, por lo que inmediatamente necesitaba una cama en terapia intensiva. Llegué a un centro de salud del Distrito 5 de Tiquipaya, en la ciudad de Cochabamba, donde fui discriminada por parte del personal de salud. Al no poder acceder a una atención médica, mi cuadro fue empeorando. Oportunamente hice la denuncia para que sea sistematizado y no se quede en un vacío, ya que el rechazo y la mala atención se debía a que yo era una mujer transexual y no me valoraban como un ser humano. Esta situación ocurrió entre los días 15 -05-2021 y 19 -05-2021. La discriminación que sufrimos las personas trans y la no atención, como cualquier ciudadano con derechos en el Estado Plurinacional de Bolivia, nos siguen impidiendo vivir una vida plena y con salud de calidad.
Como mencionamos en el apartado anterior, las personas trans, al no poder contar con beneficios sociales pues no tenemos acceso al empleo formal, carecemos de seguro de salud. A esta situación, se le añade el estigma de ser señaladas como población “de riesgo”, así, cuando acudimos a los centros de salud pública, solemos ser víctimas de mal trato, discriminación o rechazo por parte del personal de salud.
C. Violaciones al derecho a la educación La educación es un derecho humano inherente a todas las personas. Permite el pleno desarrollo de derechos fundamentados en el marco de nuestra constitución política de Estado pues el conocimiento y la obtención de un oficio o profesión, contribuye a mejorar la economía del país y las condiciones de vida, así como el poder pedir y exigir el cumplimiento de los derechos. Por otra
parte, la falta de acceso a la educación laica y de calidad puede causar la vulneración de derechos tanto en ámbitos públicos como privados. Dentro del marco normativo podemos mencionar:
•
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
•
Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
•
Ley 045 Contra el Racismo y toda forma de Discriminación.
•
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Sin embargo, cuando las personas trans participan del sistema educativo y expresan su identidad de género, padecen todo tipo de rechazos, violencia y discriminación. En estas situaciones violentas y crueles participan tanto los compañeros de estudio como los integrantes del cuerpo docente. Esto desde luego tiene un efecto desmoralizador que induce al abandono de los estudios. Muestra de esta situación, son los casos recolectados en el período 2021 pues encontramos que solo el 4 % de las personas trans alcanzadas han logrado acceder a estudios universitarios o terciarios, mientras que más del 30 % de la población trans no pudo finalizar los ciclos básicos de educación.
Nivel de instrucción alcanzado 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 65%
30% 20% 23%
10% 0%
8% Primaria completa
4% Secundaria incompleta Secundaria completa Universitario o terciario incompleto
El siguiente testimonio evidencia las situaciones mencionadas: Me discriminaron y me gritaron de mala manera cuando fui a hacer cambio de mis libretas para seguir estudiando. Lamentablemente las personas del sistema de educación no dan la oportunidad de poder seguir avanzando. El dia 14 de enero de 2021, en horas de la mañana, fui discriminada al grito de “travesti, maricón”. Me botaron con los papeles del establecimiento y dos funcionarios del sistema educativo vinieron a agredirme físicamente cuando yo les respondí que iba a denunciar el abuso que estaban cometiendo. Esta situación me ocurrió porque soy una mujer trans, y sucedió en pleno centro de la ciudad de Cochabamba en la Dirección Departamental de Educación.
D. Violaciones al derecho al trabajo La Constitución Política del Estado Plurinacional en su Artículo 46 menciona que toda persona tiene derecho al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio que le asegure para sí y su familia una existencia digna. Sin embargo, en Bolivia este derecho no es respetado para las personas trans. En muchos casos, quienes ingresamos a un trabajo, nos vemos obligadas a ocultar nuestra identidad de género para no ser víctimas de más acoso, hostigamiento, violencia o discriminación. La falta de marcos legales o de disposiciones empresariales que protejan el acceso y permanencia de las personas trans en el ámbito laboral es la principal evidencia de la estructura socio laboral androcéntrica y machista. A causa de estas violaciones al derecho al trabajo de las personas trans, no existe una valoración de las capacidades, habilidades o experiencia que podamos tener y aportar. Estas acciones u omisiones traen como consecuencias afectaciones en la salud y bienestar, en el rendimiento y abandono laboral, y en la tendencia a optar por el trabajo sexual con los riesgos de esta actividad. Esto se refleja en la ocupación de las víctimas cuyos casos fueron sistematizados en la plataforma CeDoSTALC del período 2021, pues el 65 % ejercía el trabajo sexual, el 31 % no contaba con acceso al trabajo y el 4 % declaró realizar actividades como activista/defensora de derechos humanos.
Ocupación de las víctimas 100% 80% 60% 40%
65%
20%
4%
31%
Activista / Defensora de Derechos Humanos
Desocupada
0% Trabajadora sexual
Comparando estos datos de 2021 con los del año 2018, se observa que el ejercicio del trabajo sexual tuvo un aumento significativo de 14 puntos porcentuales. El nivel del desempleo también aumentó, pasando de un 3 % en el año 2018 al 31 % en el año 2021. Al respecto, el siguiente testimonio es elocuente: El motivo por el cual acudí a la Red Trebol es para que puedan ayudarme, ya que en fecha 24-09-2021 acudi a unas entrevistas de trabajo donde presenté todos mis papeles. Allí me dijeron que vuelva al día siguiente, pero cuando yo volví me dijeron que no tenia el perfil que ellos buscaban y también me dijeron que yo no era una mujer de verdad, si no que me vestía de mujer y pues de esta manera me negaron un acceso al trabajo. Acudí a otro anuncio de trabajo pero allí fueron más malos, ya que me botaron a la primera que entré. Yo necesito trabajar para poder pagar mi alquiler en donde vivo, no tengo ni para comer. De esta manera vine donde ustedes, para que me puedan ayudar a denunciar a estas personas y poder tener un acceso a un trabajo. Esto sucedió en dos campos laborales donde quise acceder, ubicados en pleno centro de la Ciudad de Cochabamba y sucedió en horas de la mañana.
E. Vulneraciones al derecho a la justicia Si bien Bolivia ha suscrito casi todos los tratados internacionales que establecen la vigencia de los Derechos Humanos, los cuales forman parte del fundamento de la Constitución del país en cuanto a la dignidad e igualdad de derechos, libertades y obligaciones, sin distinción o discriminación por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, nacionalidad, posición económica o de cualquier otra índole; así como la responsabilidad del Estado para garantizar el disfrute de esos derechos, en
la realidad, la ausencia del Estado impide que las personas trans seamos beneficiadas por estos derechos. El efecto de esto es la impunidad con la que operan los autores de los hechos y la violencia y saña con la que atacan nuestros cuerpos. Así, podremos evidenciar con el siguiente testimonio: En la ciudad de La Paz, aproximadamente a las 22.00 hs, llegaba yo en taxi al Hostal Kanoa para pasar la noche. El guardia de la zona me estaba esperando con cinco policías y me gritaron: “Sucia, maricón, que estás trabajando acá, es un delito trabajar en la calle”, yo les dije que no estaba trabajando. Pero no quisieron escucharme y me detuvieron. Me llevaron presa, estuve presa durante 8 horas y si no pagaba una multa me quedaba más tiempo. Es lamentable la violación de estos oficiales, quienes a través de las detenciones ilegales o arbitrarias cometen corrupción, extorsión y abuso de su poder. Esto ocurrió en la calle Illampu y Santa Cruz. En este sentido, podremos ver en el siguiente gráfico los principales tipo de violaciones y vulneraciones a los derechos humanos que sufrimos las personas trans en el año 2021:
Tipo secundario de violación o abuso 100% 50% 69%
4%
8%
15%
4%
Discriminación
Acoso / Hostigamiento
Detención ilegal
Golpiza o agresión física
Violencia intrafamiliar
0%
Siendo la discriminación, la principal categoría con 69 %. Respecto a los autores principales de los hechos, observamos que 42 % corresponde a efectores o agentes estatales (policía, uniformados, personal de salud, personal de educación) quienes violan los derechos humanos de las personas trans.
Autor principal del hecho 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0%
4%
12%
16%
20%
16%
4%
20%
8%
Lamentablemente, resulta claro que las personas trans se resisten a denunciar los hechos de violencia pues no confían en el sistema judicial y sienten temor ante la policía nacional, temor fundamentado en una experiencia de maltratos y agresiones. Por esta razón, desde la Red Trebol generamos estrategias de acción y acompañamiento a las víctimas para hacer las denuncias correspondientes y su seguimiento de modo que no sean desestimadas por la burocracia y discriminación de la justicia.
F. Datos generales de violación de los derechos de la población trans Observamos que la mayoría de las personas trans que padecieron violencia y vulneración de sus derechos pertenecen al rango etario 19 a 30 años.
RANGOS ETARIOS 100% 80% 60% 40%
84.6%
20% 11.5%
0% 19 A 30 AÑOS
31 A 45 AÑOS
3.8% MAYORES DE 45 AÑOS
Respecto a la zona donde residen las víctimas, la totalidad corresponde a zonas urbanas. Esta concentración en las grandes ciudades se explica por la búsqueda de oportunidades laborales y/o de sobrevivencia debido a la violencia que las personas trans sufren en las áreas rurales y pueblos de Bolivia.
Zona de residencia
100% Zona urbana
Zona rural
En cuanto a la identidad de las personas trans alcanzadas por este estudio, el 81 % representa a mujeres trans, mientras que el 19 % a hombres trans.
Identidad de género expresada 19%
81% Mujeres trans
Hombres trans
Esto puede deberse a que la visibilidad de las mujeres trans está más arraigada en la sociedad, mientras que las violencias y abusos que sufren otras identidades no permiten un desarrollo libre de la expresión de género. Por otra parte, no registramos casos de otras identidades trans, como personas no binarias; esto puede deberse a que los debates sociales en Bolivia, así como la estructura machista y patriarcal, impiden que otras identidades logren expresarse y desarrollarse.
Recomendaciones al Estado de Bolivia 1.
Modificar la Ley de Identidad de Género de manera que garantice el derecho al
reconocimiento de la identidad de género en todos los ámbitos por el solo requerimiento de la persona, incluyendo capacitaciones y campañas para que se conozca este derecho. Que los cambios registrales se puedan realizar mediante un procedimiento administrativo sencillo, gratuito y rápido, sin más requerimiento que la expresión de la voluntad; y que se restablezca la garantía de confidencialidad respecto de la identidad asignada al nacer, removiendo cualquier impedimento en el acceso a derechos humanos, civiles, sociales y políticos, a partir del cambio registral. Que además expresamente se reconozca el derecho a niños, adolescentes y a personas trans migrantes. Por último, que se establezca el derecho, pero no la obligación, de acceder gratuitamente a tratamientos y cirugías de reasignación de sexo y que no genere ningún tipo de limitación respecto del acceso a otros derechos como el derecho al matrimonio, a formar una familia con toda la protección que ofrece el Estado para las familias, y a gozar plenamente de todos los derechos políticos. 2.
Realizar campañas contra la discriminación hacia la comunidad trans a nivel nacional
y local para concientizar a la población sobre la realidad de las personas trans y las consecuencias de dicha discriminación, e informar a la población trans sobre sus derechos y cómo defenderlos. 3.
Realizar acciones de coordinación que permitan coadyuvar en la ejecución del Plan
Multisectorial del Estado Plurinacional de Bolivia contra el Racismo y toda forma de Discriminación 2016-2020 (pilar1, meta 4, resultado 5) de 7 de diciembre de 2016. 4.
En alianza con organismos internacionales y nacionales incidir para que el Instituto
Nacional de Estadística (INE) inserte en su línea de estudio poblacional a la población trans y con
diversa orientación sexual, a fin de disponer de datos estadísticos oficiales que den cuentan del número y características de esta población en Bolivia, desagregada por edad, sexo, origen, capacidad económica, índices de violencia y tipo de violencia. Así se hará posible en diferentes ámbitos el diseño e implementación de políticas públicas favorables a esta población 5.
Capacitar desde el Estado a todas las personas que ejercen un cargo público, de todos
los niveles y ámbitos, tanto local como nacional, incluyendo especialmente a las fuerzas de seguridad, en un trato digno y respetuoso de los derechos humanos de la diversidad y de las personas trans en particular. Capacitar específicamente respecto de la aplicación de la Ley de Identidad de Género en la administración pública, la salud y la educación. 6.
Introducir una reforma en el Código Penal que contemple expresamente el
agravamiento de la pena cuando el delito fuere cometido mediando odio por orientación sexual, identidad de género y/o su expresión. 7.
Sancionar una Ley Integral Trans con políticas públicas en todos los ámbitos para
revertir la situación de extrema discriminación y violencia que viven las personas trans en Bolivia y sus consecuencias estructurales. Que esta incluya: cupo laboral en la administración pública nacional y local, incentivos impositivos para las empresas que contraten personas trans y prioridad en la contratación con el Estado en todos sus niveles, apoyos para cooperativas formadas por personas trans, capacitaciones en oficios, programas de terminalidad escolar, prioridad en el acceso a los planes y programas de vivienda, asignación universal para las personas trans mayores de 40 años, entre otras medidas. 8.
Modificar la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, N°
348, para que incluya expresamente a las personas trans, las proteja de la violencia e incorpore la figura del transfemicidio para que los crímenes de odio tengan las sanciones que correspondan. 9.
Sancionar una ley que reconozca los derechos de las trabajadoras sexuales y
desarrollar políticas públicas contra el estigma y discriminación que padecen, con enfoque en sus derechos, que les proteja de la violencia institucional.
10.
Generar líneas específicas o dar prioridad en las que existan, de planes y programas
de asistencia alimentaria y en ingresos para la población trans. 11.
Instituir un registro estatal de crímenes de odio hacia la diversidad y hacia la
población trans en particular, que informe a los agentes del Estado de la situación y recomiende medidas para revertirla. 12.
Generar estadísticas oficiales sobre migraciones de personas trans. Reconocer como
“refugiadas” a aquellas personas trans que ven forzada su migración como producto de la discriminación y la violencia que han padecido por ser trans y desarrollar programas de regularización migratoria que, además, den respuesta a sus necesidades. 13.
Elaborar y desarrollar las iniciativas legislativas y políticas públicas contra la
discriminación y de reconocimiento de derechos de la población LGBTIQ+ en general y de la población trans en particular, siempre con participación de las organizaciones sociales que les representan. 14.
Que los poderes políticos arbitren todos los medios necesarios permitidos por la
Constitución y el Derecho Internacional para dejar sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0076/2017, Sucre, 9 de noviembre de 2017, y su interpretación respecto del derecho a la confidencialidad que garantiza la Ley de Identidad de Género y las restricciones inadmisibles a derechos políticos, económicos, sociales y culturales que la misma establece.
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