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F. Derecho al trabajo

escolar basado en la identidad y expresión de género es uno de los principalesproblemas que debe enfrentar toda mujertrans que quiere acceder al sistema educativo. 49. Un ejemplo de casos como estos es el de L.P., una joven trans que había iniciado su tratamiento hormonal y que sufrió discriminación por parte del personal docente del centro educativo al que asistía.Si bien había sido integradasocialmente por sus paresde clase, el director de la institución educativa se negó en todo momento a referirse a ella con su nombre social y nunca dejóde tratarla con el nombre que le fue asignado al nacer.

Si bien L.P. interpuso los reclamos internos correspondientes para que se le respetase en su identidad de género, el directivo hizo caso omiso de sus reclamos y persistió en su actitud discriminatoria. El grado de discriminación y hostigamiento que llegó a sufrir terminó por forzarla a abandonar la institución. Actualmente está terminando sus estudios secundarios con la ayuda de TRANSVIDA. 50. En otro caso similar, M.I., una joven trans que se encontrabaterminando el último año de la secundaria en una escuela técnicafue víctima de constantes burlas y acoso por parte de una integrante del cuerpo docente. Según relató en su reporte, luego de haber comenzado con el proceso de transicióntambién recibió el apoyo de sus compañeros y de gran parte del cuerpo docente. Sin embargo, una profesora continuó hostigándola, irrespetando su expresión e identidad de género, llamándola adrede por su nombre asignando al nacer.

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Para hacer frente a dicha situación, la compañera realizó una campaña mediática con declaraciones y relatos enmedios de comunicación masivos denunciando los abusos y la discriminación sufrida.

51. Otro de los casos sistematizados relata cómo Y., una mujer trans que no pudo realizar los estudios secundarios durante su adolescencia por la violencia y hostigamiento que sufrió a raíz de su identidad y expresión de género, actualmente está concurriendo a un instituto para adultos. Según informó, se encuentracursando cuarto año de secundaria en un instituto donde el director la condiciona por su expresión de género, ordenándole que recoja su cabello y que no se maquille. Dicha situación se agrava ya que, como la compañera ha perdido una pierna en un accidente, se gana la vida vendiendo comida en la vía pública, motivo por el cual, ha solicitado al instituto poder vender susproductos en el establecimiento. El director ante tal pedido, le negó a la compañera la oportunidad de vender comida dentro o fuera de la institución, ya que indicó “daría mala imagen” al organismo.

52. Concretamente, en lo que refiere al derecho al trabajo, la Constitución Política de Costa

Rica establece que [e]l trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la sociedad. El Estado debe procurar que todos tengan ocupación honesta y útil, debidamente remunerada, e impedir queporcausa de ella se establezcan condiciones que en alguna forma menoscaben la libertad o la dignidad del hombre o degraden su trabajo a la condición de simple mercancía. El Estado garantiza el derecho de libre elección de trabajo44 .

Sin embargo, este artículo enuncia una premisa por completo alejada de la situación que enfrentanlas mujeres trans en Costa Rica.

44 Constitución Política de Costa Rica, artículo 56.

53. Tal como fue documentado previamente por la REDLACTRANS, como consecuencia directa de la exclusión social estructural de la que son objeto las mujerestrans, la falta de oportunidades educativas, la expulsión temprana de sus hogares y la imposibilidad de contar con documentos de identidad que reflejen su identidad de género, entre otras razones, las mujeres trans se ven forzadas a recurrir al trabajo sexual callejero una alternativa de subsistencia45. Según los datos obtenidos a través del registro, el 55% de las denunciantes ejerce el trabajo sexual para sobrevivir (gráfico 4). Tal como se detalló más arriba, las compañeras que recurren al trabajo sexualsuele ser objeto de todo tipo de agresiones y abusos por parte de las fuerzas policiales46 . 54. Adicionalmente, el 41% de las víctimas de abusos manifestó estar “desocupada” al momento de reportar su denuncia al registro y tan sólo el 4% dijeron tener una ocupación distinta al trabajo sexual. Esta situación preocupante pone de manifiesto la grave vulnerabilidad a la que son arrojadas las mujeres trans producto, entre otros factores, la deserción escolara causa de la discriminación y hostigamiento, los prejuicios existentes contra las personas trans dentro de la sociedad costarricense y la falta de políticas públicas que generen inclusión social para la población trans de acuerdo a sus capacidades e intereses personales. 55. Asimismo, aún en los casos en que las mujeres trans logran obtener o permanecer en un trabajo formal, se han recibido denuncias relativas a malos tratos en el ámbito laboral.

Tal fue el caso de N.P., una mujer trans que se desempeñó en el Ministerio de Obras

Públicas y Transporte (MOPT) durante seis años. Luego de haber iniciado su proceso de transición comenzó a ser objeto de violencia y acoso verbal y físico por parte de sus compañeros, quienes, entre otras cosas, la humillaban y le faltaban el respeto tocándola de manera inapropiada. N.P. indicó que la institución no reaccionó ante las agresiones, lo cual permitió la proliferación del acoso general. Si bien ella hizo reclamos al respecto, nunca recibió una respuesta y ante el aumento del hostigamientoterminó por abandonar su puesto. 56. Otro caso es el denunciado por M.B., una mujer trans que desarrolla actividades como activista y defensora de los derechos humanos de las personas trans. Tuvo la oportunidad de trabajar en un proyecto de prevención de violencia que está realizando la Junta de

Protección Social, pero en varias oportunidades, cuando se acercaba a las reuniones del proyecto, la secretaria de la recepción se rehusaba a utilizar el nombre con el que la compañera se autopercibey continuó refiriéndose a ella con el nombre asignado al nacer consignado en su documentación de identidad.

45 REDLACTRANS, La transfobia en America Latina y el Caribe: un estudio en el marco de REDLACTRANS, 2009, p. 44. En igual sentido, véase: Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Violencia contra Personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e

Intersex en América, OAS/Ser.L/V/II.rev.1 Doc. 36, 12 noviembre 2015, para. 280. 46 Véase sección “violencia policial” de este informe.

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