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D. Violencia institucional

32. Por su parte, las mujeres trans defensoras de derechos humanos también son objeto de violencia, amenazas y hostigamiento por su labor. Al respecto, la CIDH ha establecido que los miembros de las organizaciones que promueven y defienden los derechos de las personas LGBTI “juegan un papel fundamental en la región (…) para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Estado y, en general, en el proceso de promoverla igualdad para las personas LGBTI”29 .Ejemplo de este tipo de casos es el de O.,una mujer trans defensora de derechos humanos,quien fue agredida por un vecino de las oficinas de la organización en la que trabaja. En su denuncia indicóque un hombre se acercó a ella en motocicleta y comenzó a agredirla verbalmente, para luego intentar atropellarla con el vehículo. Cómo no logró su cometido, el agresor descendió de la motocicleta y comenzó a golpearla hasta que O. pudo huir. El agresor nunca dejó de insultarla y agredirla verbalmente por su identidad y expresión de género. 33. Por otro lado, M.L. denunció recibir cotidianamente amenazas por ser una mujer trans defensora de derechos humanos. Indicó que por su labor obtuvo cierto grado de visibilidad en el vecindario y que eso la expuso a ser blanco de amenazas y agresiones físicas. La mayor agresión recibida fue una noche cuando circulaba por la ciudad en su automóvil y se detuvo en un semáforo. Repentinamente, un hombre encapuchado subió al auto ycomenzó a insultarla, golpearla fuertemente y amenazarla de muerte. La activista trans se defendió como pudo hasta que logró empujarlo fuera de su auto. Si bien no logró identificar al agresor, teme por su vida ya que asegura que no hay marco legal que las proteja. 34. Aún más, las propias oficinas de OTRANS-RN han sido violentadas por desconocidos. En otra ocasión, un hombre ingresó a las oficinas, revisó y revolvió la documentación que allí se encontraba para luego irse sin robar cosa alguna.

35. Uno de los factores que generan gran preocupación entre las organizaciones que integran la REDLACTRANS es la vigencia de normas que hacen referencia a la “moral pública”, las

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“buenas costumbres” o el “escándalo público” y que son aplicada de manera discrecional y arbitraria por agentes de policía como una herramienta de persecución contra mujeres trans, en especial contra quienes ejercen el trabajo sexual. Estas normas, generalmente formuladas en términos vagos y ambiguos, son utilizadas como fundamento de detenciones arbitrarias, expulsiones del espacio público e imposición de multas, a la vez que generan escenarios donde tienen lugar otras violaciones y abusos como agresiones físicas, sexuales y psicológicas. Este tipo de disposiciones han sido también motivo de preocupación de diversos órganos internacionales de protección de derechos humanos tales como el Comité de Derechos Humanos30, el Comité contra la Tortura31 y la CIDH32 .

29 Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Violencia contra Personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex en

América, OAS/Ser.L/V/II.rev.1 Doc. 36, 12 noviembre 2015, párr. 333. 30 Comité de Derechos Humanos, Observaciones Finales: El Salvador, CCPR/CO/78/SLV, 22 de agosto de 2003, párr. 16. 31 Comité contra la Tortura, Observaciones Finales: Costa Rica, CAT/C/CRI/CO/2, 7 de julio de 2008, párr. 11. 32 Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Violencia contra Personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex en

América, OAS/Ser.L/V/II.rev.1 Doc. 36, 12 noviembre 2015, párr. 86.

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