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Año II ‐ Nº 404

SUMARIO:

Quito, miércoles 24 de diciembre de 2014

Págs.

Valor: US$ 1.25 + IVA

FUNCIÓN EJECUTIVA ACUERDOS:

ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR

MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS:

Quito: Avenida 12 de Octubre N23‐99 y Wilson

Dispónese la inscripción de los estatutos de las siguientes organizaciones religiosas:

Edificio 12 de Octubre Segundo Piso

0519

Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 – 540 3941 ‐ 800 Ext. 2301

0520

Misión Cristiana “Casa de Dios Lugar de Avivamiento”, del cantón Guayaquil, provincia del Guayas …………………………………………….

2

Misión de Iglesias Cristianas “El Alfarero”, del cantón La Libertad, provincia de Santa Elena …

3

Misión Evangélica Pentecostal “Su Gloria Cubrió Los Cielos”, del cantón Durán, provincia del Guayas ………………………………………...

5

Misión Evangélica Pentecostés “Jesucristo El Dador del Espíritu Santo”, del cantón Guayaquil, provincia del Guayas ……………….............

6

Iglesia Evangélica “Aliento de Vida”, del cantón Pujilí, provincia de Cotopaxi …………………….

7

Ministerio Evangelístico “La Senda de Jesús”, del cantón Jipijapa, provincia de Manabí ………

8

Misión Evangélica Pentecostés “Dios El Rey de Toda la Tierra”, del cantón Guayaquil, provincia del Guayas ……………………………..

9

Ministerio Internacional Profético y Misionero Vigilantes en la Fe de Cristo Jesús, del cantón Guayaquil, provincia del Guayas ………………..

10

Ministerio Evangelístico “Encuentro Celestial” del cantón Milagro, provincia del Guayas ………

12

Iglesia Evangélica Jesucristo Palabra Miel Bodas del Cordero, del cantón Quito, provincia de Pichincha ………………………………………….

13

Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110

0521

Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107

0522

Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional

0523

0524

48 páginas

www.registroficial.gob.ec

0525

Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895 El Registro Oficial no se responsabiliza por los errores ortográficos, gramaticales, de fondo y/o de forma que contengan los documentos publicados, dichos documentos remitidos por las diferentes instituciones para su promulgación, son transcritos fielmente a sus originales, los mismos que se encuentran archivados y son nuestro respaldo.

0526

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0528


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Registro Oficial Nº 404

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Miércoles 24 de diciembre de 2014 Págs.

Págs. JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA:

RESOLUCIONES: MINISTERIO DEL AMBIENTE: COORDINACIÓN GENERAL ZONAL - ZONA 7: Apruébanse y ratifícanse los estudios de impacto ambiental expost, planes de manejo y otórganse licencias ambientales a los siguientes proyectos: 06-2014 “Construcción, operación y mantenimiento del Depósito Conjunto de Municiones Sur” en Playas de Sumaypamba, del cantón Saraguro …………………………...

14

20-2014 “Apertura de la Vía Bellavista – San José” ubicado en la provincia de Loja …………..

17

008-2014-F Expídese la norma general para la aplicación del segundo inciso del artículo 1611 del Código Civil ……………………...

40

009-2014-M Expídese la norma relativa a la tasa de interés pasiva efectiva máxima para inversiones de las instituciones del sistema de seguridad social ………………………...

41

010-2014-M Refórmase la Resolución N° 006-2014M de 6 de noviembre de 2014 ……………..

42

GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS RESOLUCIÓN:

21-2014 “Camal Frigorífico Loja S.A. CAFRILOSA” …………………………………………

23

22-2014 “Ampliación y Mejoramiento de la Vía Nueva Fátima - Llubushco-Numbiaranga Portachuelo” ……………………………….

011-2014/GADIPMC-MIES Cantón Cayambe: Declárase disuelta y liquidada a la Fundación para el Desarrollo Integral de los Niños, Niñas, Adolescentes y Familia "FUNDINNAF" ……………………………………... 43

27

ORDENANZA MUNICIPAL:

23-2014 “Ampliación y Mejoramiento de la Vía Playas – Yamana - Lauro GuerreroOrianga” …………………………………...

31

INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-: 004-2014 CD-IEPI Apruébase la creación de una Tercera Sala del Comité de Propiedad Intelectual ………………………………..... 005-2014 CD-IEPI Amplíase, solamente para el período de pago de tasa de mantenimiento de registro de derecho de obtentor del año 2014, el plazo contenido en el artículo 5 de la Resolución No. 001-2013 CD-IEPI …….

34

Cantón Tulcán: Que regula la determinación, recaudación y administración de las tasas por los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento, conservación de fuentes y recolección de basura ………. 44

No. 0519 Nadia Raquel Ruiz Maldonado SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

35

Considerando: Que, el artículo 154, número 1 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “A las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;

006-2014 CD-IEPI Apruébase el informe presentado por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, en relación con el proceso de selección y el cumplimiento de requisitos legales de los aspirantes a vocales del Comité de Propiedad Intelectual …….......

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011-2014 SG-IEPI Deléganse atribuciones a la abogada Mónica Jazmín Zambrano García …

38

012-2014 SG-IEPI Deléganse atribuciones a la abogada Giselle Cevallos …..……………...

38

014-2014 SG-IEPI Deléganse atribuciones al abogado Romel Andrés Tupiza Cruz ………...

39

015-2014-SG-IEPI Deléganse atribuciones al abogado Ángel Oswaldo Velásquez Sánchez ...

39

016-2014 SG-IEPI Deléganse atribuciones a la abogada Tatiana Gabriela Padrón Palacios …

40

Que, el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, números 8 y 13 en su orden, reconocen y garantizan: “El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos.”; y, “El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”; Que, el artículo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23 de julio de 1937, señala: “Las diócesis y las demás organizaciones religiosas de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el país, para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarán al Ministerio de Cultos el


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