SUMARIO:
Año II ‐ Nº 426
Págs.
Quito, miércoles 28 de enero de 2015
FUNCIÓN EJECUTIVA
ACUERDOS:
Valor: US$ 1.25 + IVA ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS: -
Inscríbanse los estatutos de las siguientes organizaciones religiosas:
0691
Iglesia Cristiana y Misionera Jesús es el Cristo Rey de Reyes y Señor de Señores, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas ….
2
Ministerio Congregación el Remanente de Dios, con domicilio en el cantón Machala, provincia de El Oro ……………………………………………...
3
Misión Cristiana Evangélica Dios Habla al Mundo, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas ……………………………..
4
Iglesia Cristiana Fuente de Bendición, con domicilio en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas ……………..
6
Iglesia Evangélica Avivamiento Misionero, SOREC, con domicilio en el cantón Puerto López, provincia de Manabí ……………………..
7
Centro Mundial de Avivamiento sin Límites, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha ………………………………………….
8
Iglesia Misionera Asamblea Cristiana, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas …………………………………………….
9
Misión Evangélica Camino al Reino Celestial de Guayaquil, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas ………………..
10
Iglesia Cristiana Evangélica Apunchipak Ñan, con domicilio en el cantón Guamote, provincia de Chimborazo ……………………………………
11
Quito: Avenida 12 de Octubre N23‐99 y Wilson
Edificio 12 de Octubre Segundo Piso
Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 – 540 3941 – 800 Ext. 2301
0692
0693
Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110
0694
Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107
0695
Suscripción semestral: US$ 200 + IVA para la ciudad de Quito US$ 225 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional
0696
0697
40 páginas
www.registroficial.gob.ec
0698
Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895 0699 El Registro Oficial no se responsabiliza por los errores ortográficos, gramaticales, de fondo y/o de forma que contengan los documentos publicados, dichos documentos remitidos por las diferentes instituciones para su promulgación, son transcritos fielmente a sus originales, los mismos que se encuentran archivados y son nuestro respaldo.
MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES: MRNNR-DM-2014-0626-AM Deléganse funciones al Lic. Aníbal Pacífico Yánez Aulestia, Tesorero General …………………………………………….
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2
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Registro
Oficial
Nº
426 Págs.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA: 14
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EMPRESA PÚBLICA YACHAY E.P. YACHAY-EP-GG-2015-0001 Expídese el Reglamento para la aprobación de proyectos de inversión, que requieran asignación de espacio en la Ciudad del Conocimiento ….. 19 SECRETARÍA DE INTELIGENCIA: SIN-001-2015 Deléganse funciones a la Mgs. Ing. Sheila Vanesa Pozo Pulles, Coordinadora General Administrativa Financiera (E) ….. 23
GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS ORDENANZAS MUNICIPALES: O.M.-GADM-007-2014 Cantón Mira: Refórmese la Ordenanza para la gestión integral de residuos sólidos …………………………….. 26 -
Cantón Sucumbíos: Que reglamenta el control, expendio y consumo de bebidas alcohólicas y la regulación del funcionamiento de bares, cantinas, tabernas, discotecas, peñas, villares, night club, casa de citas, y otros establecimientos similares que comercializan bebidas alcohólicas en la ciudad de La Bonita y el cantón Sucumbíos ………………………………….. 33
FE DE ERRATAS: MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS: -
28
de
enero de
2015
No. 0691
Considerando:
DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN: 001-DIGERCIC-DNAJ-2015 Deléganse facultades a las directoras y directores provinciales ...
Miércoles
Nadia Raquel Ruiz Maldonado SUBSECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS
RESOLUCIONES:
000887 Deléganse facultades al o la embajador/a del Ecuador en la República de Chile …….
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A la publicación de la Resolución Nº MTOP-SPTM-2014-0167-R de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, efectuada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nº 347 de 03 octubre de 2014 …………….................... 40
Que, el artículo 154, número 1 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “A las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”; Que, el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, números 8 y 13 en su orden, reconocen y garantizan: “El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos.”; y, “El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”; Que, el artículo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23 de julio de 1937, señala: “Las diócesis y las demás organizaciones religiosas de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el país, para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarán al Ministerio de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administración de sus bienes, así como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinará el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elección y renovación del mismo y las facultades de que estuviere investido”; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador, economista Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser competencia del “Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”; y, cambia la denominación por “Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos”; Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 218, de 03 de abril de 2014, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Ledy Andrea Zúñiga Rocha; Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, delegó a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la aprobación de