SUPLEMENTO
Año II ‐ Nº 348
SUMARIO:
Quito, lunes 6 de octubre de 2014
Págs.
FUNCIÓN EJECUTIVA
Valor: US$ 1.25 + IVA
EXTRACTO:
ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR
Quito: Avenida 12 de Octubre N23‐99 y Wilson
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL: 001-CZ9-MIES-2014 Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Fundación “Dile a un Amigo”, con domicilio en la ciudad de Quito ….. RESOLUCIONES:
Edificio 12 de Octubre Segundo Piso
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR:
Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 ‐ 540
Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110
Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107
Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional
FONDO DE LIQUIDEZ DEL SISTEMA FINANCIERO ECUATORIANO: DFL-2014-023 Autorízase el reintegro de la cuota de participación de Consulcrédito Sociedad Financiera S.A. ……………………………………………….
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DFL-2014-024 Autorízase el reintegro de la cuota de participación del Banco Sudamericano S.A. ……
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SERVICIO DE RENTAS INTERNAS: NAC-DGERCGC14-00786 Amplíase el plazo para la declaración de retenciones en la fuente, por parte del Ministerio de Finanzas, correspondiente al periodo fiscal junio 2014 ………………
20 páginas
ORDENANZAS MUNICIPALES:
Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895
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GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS
www.registroficial.gob.ec
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Cantón Guayaquil: Que expide la segunda reforma a la Ordenanza sustitutiva a la Ordenanza de cobro mediante la acción o jurisdicción coactiva de créditos tributarios y no tributarios que se adeuden y de baja de especies incobrables ……………………………………….
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Suplemento -- Registro Oficial Nº 348 -- Lunes 6 de octubre de 2014 Págs.
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Cantón Latacunga: Sustitutiva a las ordenanzas de Creacion y Reforma de la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial del GAD Municipal del cantón Latacunga por la de Unidad de Movilidad del GAD Municipal ……………………….……….
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Cantón Pichincha: Que regula la utilización u ocupación del espacio aéreo municipal, suelo y subsuelo, por la colocación de estructuras, postes y tendido de redes pertenecientes a personas naturales o jurídicas privadas
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Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y Junta Bancaria, establece que el Fondo de liquidez del sistema financiero ecuatoriano reintegrará los aportes a las instituciones financieras privadas aportantes, únicamente en los casos en que éstas resulten ser beneficiarias del fideicomiso del fondo, en los siguientes casos: (1) Disolución voluntaria y liquidación anticipada de una institución financiera, una vez que haya sido autorizada por la Junta Bancaria, en cuyo caso corresponderá el reintegro del valor de la cuota de participación fiduciaria de la institución al momento de su desembolso; y, (2) Sometimiento de una institución financiera a un proceso de resolución bancaria, mediante el aporte del valor de la cuota de participación fiduciaria de la institución suspendida, el momento en que la Junta Bancaria expida la resolución de exclusión y transferencia de activos y pasivos y, en el caso en que dicha exclusión no fuera posible, mediante la entrega al liquidador del valor de la cuota de participación fiduciaria de la institución, el momento en que la Junta Bancaria expida la resolución de liquidación forzosa;
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL Nro. de Extracto: Acuerdo Ministerial: Fecha de Expedición: Suscrito por:
Acuerda:
Domicilio: Elaborador del extracto:
001-CZ9-MIES-2014 0583 14 de noviembre de 2006 Dr. Juan Fernando Aguirre R. SUBSECRETARIO GENERAL MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL Aprobar el Estatuto y conceder personería jurídica a la FUNDACIÓN “DILE A UN AMIGO”, con domicilio en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, SIN MODIFICACIÓN ALGUNA. Ciudad de Quito, Provincia de Pichincha Abg. Paulina Haro Ruiz
No. DFL-2014-023 EL DIRECTORIO DEL FONDO DE LIQUIDEZ DEL SISTEMA FINANCIERO ECUATORIANO Considerando: Que el artículo 16 del capítulo VII “Fondo de liquidez del sistema financiero ecuatoriano”, del título X “De la gestión y administración de riesgos”, del Libro I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero” de la Codificación de
Que mediante Resolución No. SBS-2014-328 de 11 de abril de 2014, la Superintendencia de Bancos y Seguros considerando que la Junta Bancaria en sesión celebrada el 3 de abril del 2014, acogiendo el informe contenido en el memorando No. IRG-AS-INJ-2014-018, de 28 de marzo de 2014, emitió el pronunciamiento previsto en la letra a) del artículo 175 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y autorizó la expedición de la resolución de disolución y liquidación voluntaria y anticipada de CONSULCREDITO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., aprueba la disolución y liquidación voluntaria y anticipada de CONSULCREDITO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., con domicilio principal en la ciudad de Guayaquil, Provincia del Guayas, en los términos de las escrituras públicas que se otorgaron en Guayaquil, el 28 de mayo y el 21 de junio del 2013, ante el doctor Piero G Aycart Vincenzini, Notario Trigésimo del cantón Guayaquil; dispone la liquidación de los negocios, propiedades y activos de CONSULCREDITO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., en cuyo procedimiento y consecuentemente en el de la realización de activos y pasivos de la entidad, se aplicarán las disposiciones de la liquidación forzosa previstas en la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y en la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y Junta Bancaria; y, designa al señor Naldo Campos West, Liquidador de CONSULCREDITO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., quien, para los efectos del proceso liquidatorio, tendrá todas las facultades legales que establecen las leyes para los liquidadores, en especial aquellas que tienden a proteger los intereses de los trabajadores, los inversionistas, acreedores en general y accionistas de la compañía, de acuerdo a la prelación legal que corresponda aplicar; Que mediante oficios Nos. CCR-LIQ-2014-120 y su alcance CCR-LIQ-2014-122 del 19 y 21 de agosto de 2014, respectivamente, el Sr. Naldo Campos West, liquidador de CONSULCREDITO SOCIEDAD FINANCIERA S.A., en liquidación voluntaria, institución partícipe del Fideicomiso Fondo de Liquidez solicitó el reintegro de la cuota de participación en el Fideicomiso;