Sro 386

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SUPLEMENTO SUMARIO:

Año II ‐ Nº 386

Págs.

Quito, lunes 1° de diciembre de 2014

FUNCIÓN EJECUTIVA

ACUERDOS:

Valor: US$ 1.25 + IVA

MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:

ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR

Quito: Avenida 12 de Octubre N23‐99 y Wilson

Edificio 12 de Octubre Segundo Piso

MRL-2014-0231 Expídese la norma técnica que regule el pago del ingreso en el exterior para el personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Ecuador y otros …………..………………………

2

MRL-2014-0232 Refórmase la norma técnica para la contratación de consejeros de gobierno y asesores en las instituciones del Estado ………………………

3

MRL-2014-0233 Refórmase el Acuerdo Ministerial No. MRL-2012-0076 …………………………………..

5

Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 – 540 3941 ‐ 800 Ext. 2301

Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110

GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS: ORDENANZAS MUNICIPALES: -

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Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107

Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional

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40 páginas

www.registroficial.gob.ec Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895

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Cantón Calvas: Que reforma a la Ordenanza que regula el fraccionamiento territorial urbano, rural y de propiedad horizontal …………………

6

Cantón Calvas: De disolución, liquidación y extinción del Patronato de Amparo Social y Cultural, en cumplimiento de la Ley Orgánica Reformatoria al COOTAD ………………………

8

Cantón Esmeraldas: Para la transición del Consejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia a Consejo Cantonal de Protección de Derechos …..

11

Cantón Ibarra: Para la regulación y construcción de cerramientos en predios urbanos ......

19

Cantón Tulcán: Que reforma a la Ordenanza que regula el cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos ……………………….

21

Cantón Yantzaza: Que regula la organización, funcionamiento y control de centros comerciales municipales ……………………………………….

23


2

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Suplemento

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Registro Oficial Nº 386 -Págs.

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Cantón Yantzaza: De administración y funcionamiento del Cuerpo de Bomberos Municipal ….……………………...

33

FUNCIÓN JUDICIAL Y JUSTICIA INDÍGENA -

Juicio de expropiación seguido por la Empresa Eléctrica Pública de Guayaquil EP en contra de Luis Gerardo Tierra Carrazco y otra (3ra. publicación) ............. 38

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Juicio de expropiación seguido por la M. I. Municipalidad de Guayaquil en contra de la Compañía Lara Investment S.A. (3ra. publicación) ................………………........... 40

No. MRL-2014-0231 EL MINISTRO DE RELACIONES LABORALES Considerando: Que, el inciso segundo del artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público - LOSEP determina que todos los organismos previstos en el artículo 225 de la Constitución de la República se sujetarán obligatoriamente a lo establecido por el Ministerio de Relaciones Laborales en lo atinente a remuneraciones e ingresos complementarios; Que, el literal a) del artículo 51 de la Ley Orgánica del Servicio Público - LOSEP, faculta al Ministerio de Relaciones Laborales ejercer la rectoría en materia de remuneraciones del sector público, y expedir las normas técnicas correspondientes en materia de recursos humanos, conforme lo determinado en esta Ley;

Lunes 1° de diciembre de 2014

Que, el Ministro de Relaciones Laborales, mediante Acuerdo Ministerial No. MRL-2014-0161, publicado en el Registro Oficial No. 331, de 11 de septiembre de 2014, expidió los Techos de Negociación para contratos colectivos de trabajo, contratos individuales de trabajo y actas transaccionales para el año 2014; Que, es necesario determinar el beneficio económico que percibirá el personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Ecuador, las y los servidores y las y los trabajadores públicos que presten sus servicios en el exterior, derivados del cumplimiento de los servicios institucionales por más de un mes; Que, mediante oficio No. MINFIN-DM-2014-0989, de 21 de octubre de 2014 y su alcance con oficio No. MINFINDM-2014-1063, de 06 de noviembre de 2014, el Ministerio de Finanzas, de conformidad con la competencia que le otorga el literal c) del artículo 132 de la Ley Orgánica del Servicio Público - LOSEP, emitió el dictamen presupuestario favorable, previo a la expedición de este Acuerdo Ministerial; y, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 51 literal a) de la Ley Orgánica del Servicio Público, Acuerda: EXPEDIR LA NORMA TÉCNICA QUE REGULE EL PAGO DEL INGRESO EN EL EXTERIOR PARA EL PERSONAL EN SERVICIO ACTIVO DE LAS FUERZAS ARMADAS, POLICÍA NACIONAL Y COMISIÓN DE TRÁNSITO DEL ECUADOR, LAS Y LOS SERVIDORES Y LAS Y LOS OBREROS PÚBLICOS QUE PRESTEN SUS SERVICIOS INSTITUCIONALES EN EL EXTERIOR O EN MISIONES ESPECIALES PRODUCTO DE ACUERDOS O CONVENIOS BILATERALES ENTRE GOBIERNOS

Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal d) del artículo 51 de este cuerpo legal, le corresponde al Ministerio de Relaciones Laborales, realizar estudios técnicos relacionados a las remuneraciones e ingresos complementarios del sector público;

Art. 1.- El personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Ecuador, las y los servidores y las y los obreros públicos que por motivos institucionales deban desempeñar sus actividades por más de un mes continuo en el exterior, recibirán el valor de un ingreso en el exterior adicional a su remuneración mensual unificada.

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 112, literal b) del Reglamento General a la LOSEP, es competencia del Ministerio de Relaciones Laborales, determinar las remuneraciones e ingresos complementarios de la administración pública central e institucional;

Art. 2.- El ingreso en el exterior que perciba el personal en servicio activo de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Ecuador, las y los servidores y las y los obreros públicos se calculará aplicando la siguiente fórmula:


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