SUPLEMENTO
Año II ‐ Nº 422
SUMARIO:
Quito, jueves 22 de enero de 2015
Págs.
GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS
Valor: US$ 1.25 + IVA ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR Quito: Avenida 12 de Octubre N23‐99 y Wilson Edificio 12 de Octubre Segundo Piso Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 ‐ 540 3941 – 800 Ext. 2301 Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110
Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107
Suscripción semestral: US$ 200 + IVA para la ciudad de Quito US$ 225 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional
40 páginas
www.registroficial.gob.ec
Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895
ORDENANZAS MUNICIPALES: -
Cantón Calvas: Para la gestión de desechos hospitalarios en establecimientos de salud …….
1
Cantón Calvas: De funcionamiento y administración de la Unidad de Gestión de Riesgos …..
8
Cantón San Fernando: Que regula la gestión integral de los residuos sólidos y que establece los criterios para la determinación y recaudación de la tasa de recolección de residuos y aseo público ……………………………………………..
14
010-2014 Cantón Urcuquí: Que organiza y regula el funcionamiento del Sistema Cantonal de Protección Integral de Derechos ……………………………...
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EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN CALVAS Considerando: Que, es un derecho constitucional de los ecuatorianos vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación, conforme lo establece el Art. 14 de la Carta Magna Que, el art. 264 numeral 4 de la Constitución de la República del Ecuador, determina entre una de las competencias exclusivas de los gobiernos municipales en el numeral 4.- “el manejo de desechos sólidos y actividades de saneamiento ambiental”. Que, el Art. 99 de la Ley Orgánica de Salud establece que la autoridad sanitaria nacional, en coordinación con los municipios del país, emitirá los reglamentos, normas y procedimientos técnicos de cumplimiento obligatorio para el manejo adecuado de los desechos infecciosos que generen los establecimientos de servicios de salud, públicos o privados, ambulatorio o de internación, veterinaria y estética.