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La prostitución en la legislación nuevoleonesa // Benjamín Galindo Cárdenas

El profesor Armando Hugo Ortiz ya nos ha obsequiado libros de alto contenido regiomontano como Las innombrables, Las andanzas de Melquíades, De rojo y negro: Isssteleón 93 o Crónicas Sexagenarias. El nuevo libro que ahora comentamos lleva por nombre La prostitución en Nuevo León. Leyes, reglamentos y disposiciones administrativas para su control. La hechura del texto se acredita con el respaldo derivado de la consulta de fuentes documentales primarias, como el Archivo General del Gobierno de Nuevo León, el Archivo Histórico Municipal de Monterrey, el Archivo Histórico de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Nuevo León, el Archivo del Honorable Congreso del Estado de Nuevo León y la Hemeroteca de El Porvenir, no obstante, su lectura es ágil y amena.

Los dos primeros capítulos constituyen un recorrido histórico de las disposiciones legislativas sobre el comercio sexual en México, desde Las Siete Partidas de Alfonso el Sabio hasta las Leyes de Reforma de 1859, y la redacción del primer Reglamento de Mugeres Públicas en 1867, en Monterrey. El azote de la gonorrea y la sífilis obliga en este primer ordenamiento a considerar, además de lo moral, los criterios de higiene. Siguiendo el ejemplo de la Ciudad de México, el primer reglamento para la prostitución en Monterrey se realizó en agosto de 1878, pero publicado en el Periódico Oficial hasta 1885 por el gobernador Genaro Garza García. Se contemplan los diferentes aspectos para el ejercicio de este oficio: Disposiciones sanitarias, categorías, conducta pública, clasificación de los negocios y facultativos. Como bien lo señala nuestro autor, sólo se estaba regulando lo ya existente. No obstante, la reglamentación deja algunas cuestiones de lado o en duda, como definir si los varones podían ser dueños de los prostíbulos y casas de asignación, o considerarlos proxenetas y, en consecuencia, delincuentes. Otros cuestionamientos señalados apuntan a su aspecto mayormente moralizante —colocándolo por encima del control y prevención de las enfermedades venéreas—, así como a su carácter recaudatorio, en tanto significaron una fuente importante de ingresos municipales.

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Los siguientes dos capítulos narran los intentos por establecer zonas o barrios de tolerancia para el ejercicio de la prostitución en Monterrey. El crecimiento de la ciudad también trajo consigo el aumento del comercio sexual, los burdeles y las casas de asignación se dispersaron por la ciudad, pero con nuevas modalidades, había venta de bebidas alcohólicas y bailes, lo que inevitablemente generaba pleitos y escándalos. Los negocios del giro se fueron concentrando en determinadas calles y barrios. Se precisa la primera zona de agrupamiento espontáneo en la calle Puebla (Emilio Carranza), entre Allende y 15 de Mayo, junto al Canalón. Para principios del siglo XX ya se habían instalado en la calle Terán (Juan Ignacio Ramón), en el barrio de las Tenerías. En 1912 el Ayuntamiento regiomontano publicó un proyecto de reglamento para la prostitución, similar al anterior, pero con el añadido de establecer una zona de tolerancia y un incremento excesivo de las cuotas, lo que generó inconformidad. Se redujeron las alcabalas y el municipio postergó la creación de una zona de tolerancia hasta 1920, cuando el gobernador Porfirio G. González vuelve a retomar el proyecto de concentrar este giro en un barrio de la ciudad. Se designó la calle Terán para la creación de la Zona o Colonia Roja, lo que ocasionó reiteradas quejas de los vecinos en los seis años que se mantuvo vigente.

Si alguien quiere encontrar en estas páginas alusiones a la trata de blancas o explotación sexual a cargo de “padrotes”, se decepcionará, pues el estricto apego a las fuentes documentales impide dar cuenta de su existencia. En compensación, sí se detalla el origen y evolución (o degeneración) del afamado barrio de La Coyotera. La nueva zona de tolerancia se estableció a finales de 1928 en la colonia Garza Nieto, en un principio fue conocida como “Trebol House”, estaba delimitada por la calle Ignacio Comonfort al norte; Valentín Canalizo al sur; Bernardo Reyes y la vía de ferrocarril al oriente; y Martín de Zavala al norte. Al igual que sus predecesoras, ésta funcionó con deficiencias desde sus inicios, pero con un agravante adicional, el “Trebol House” se convirtió en campo de batalla de las compañías cerveceras. El fracaso de la zona de tolerancia se debió a la lucha por el monopolio cervecero, el autor lo señala en éstos términos:

"…en una fecha no precisada, los concesionarios del “Trebol” abandonaron el inmueble, la caseta de vigilancia desapareció, facilitando el arribo de posesionarios a las habitaciones. Los negocios siguieron funcionando pero no con los presuntos lujos de los burdeles de la calle Terán."

A partir de 1940 las autoridades desistieron de concentrar la prostitución en un solo lugar y surgieron nuevos reagrupamientos de lupanares, hoteles de paso, restaurantes y cantinas por diferentes rumbos de la ciudad. Dentro de estos Barrios de Prostitución podemos encontrar, en la Colonia Treviño, “El Kalinova”; en la Colonia del Norte, “El Cuatro Vientos” y “El Infierno”; y “El Nacional”, próximo a la estación de ferrocarril Unión, actual Central de Autobuses.

En congruencia con el título del libro, el profesor Armando Hugo Ortiz cierra su exposición destacando el contexto en que se decreta la Ley Estatal de Salud de Nuevo León de 1988, así como las nuevas formas de ejercer la prostitución y sus efectos colaterales en la sociedad.

Referencias

Ortiz Guerrero, Armando Hugo. (2019). La Prostitución en Nuevo León. Leyes, reglamentos y disposiciones administrativas para su control. Monografía Histórica. Oficio Ediciones.

Índice de ilustraciones

Pág. 114 Vázquez, Eva (Noviembre 2018) Fotografía tomada de la página: https://elpais.com/elpais/2018/11/09/opinion/1541776444_717385.html

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