Valdivia 27 de Marzo de 2020 A: Contralor Regional Los Ríos. Director Hospital Base Valdivia. Director Servicio de Salud Valdivia. DE: Fabiola Leiva Trujillo Presidenta FENATS HBV.
De mi consideración: Por medio de la presente, vengo en denunciar algunos hechos contrarios a derecho emanado del departamento de Jurídica del Hospital Base de esta ciudad y algunas otras unidades de este. 1.- En mi calidad de Dirigente del gremio de la salud FENATS HBV, recibí varias denuncias de personal de la unidad de cirugía, que decían relación con la concurrencia del médico Morel Rodríguez a dicha unidad, durante los días 21 y 22 de marzo de 2020, y que con posterioridad a ello se habría confirmado que dicho profesional habría resultado positivo a Covit-19. Igualmente se nos indicó que la cónyuge del profesional se encontraba con síntomas de Covit-19, desde la semana anterior y que se estaba a la espera de los resultados del examen. 2.- En dicho contexto, estando en conocimiento el señor Morel de que su cónyuge podría esta contagiada de Covit-19, debió abstenerse de concurrir al Hospital, por el posible contagio al que exponía tanto al personal, como a los usuarios de la entidad . 3.- Siendo la suscrita, como he indicado dirigente gremial, y funcionaria pública, y al tomar conocimiento de dichos hechos, los cuales pueden ser constitutivos del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, me encuentro obligada a realizar la denuncia correspondiente a la Fiscalía local de Valdivia, conforme lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal, siendo ello, reitero, una obligación y en caso alguno una falta de esta parte. A este respecto, si alguien ha incurrido en una ilegalidad, no es quien suscribe, sino las jefaturas que tuvieron conocimiento de estos hechos y no los pusieron en conocimiento del ente persecutor.
4.- Cabe aclarar o resaltar que la denuncia efectuada a fiscalía el día 24 de Marzo recién pasado, es en contra del médico cirujano don Benjamín Morel Rodríguez, no en contra del Hospital Base Valdivia. 5.- La noticia de la denuncia fue dada a conocer a la ciudadanía, con fecha 25 de marzo, por la Radio Bio Bio y luego por otros medios locales, entre ellos el diario electrónico Rio en Línea, quienes se comunicaron con el hospital, para consultar sobre los hechos, indicando desde la institución que tratándose de una denuncia que se encontraba siendo investigada por la Fiscalía Local de Valdivia, ellos estarían a sus resultados y no emitirían pronunciamiento. 6.- Sin embargo, con fecha 26 de marzo de 2020, el departamento de Jurídica del Hospital Base Valdivia, y apelando a su derecho de réplica, se comunica con Rio en Línea, enviándoles un comunicado de parte del Hospital, en el que se asevera que la denuncia efectuada en contra del profesional es falsa y proporcionando un sin número de antecedentes sin respaldo alguno. A este respecto realizare algunas observaciones: i.- El denunciado es una persona determinada, en su calidad de médico cirujano, no en contra del Hospital, por lo que quién tenía derecho a réplica era él y no la institución de salud. Al así hacerlo, claramente asume su defensa y deja de ser imparcial frente a la denuncia. ii.- Por otro lado, la investigación en Fiscalía se encuentra en curso, y no existe una resolución al respecto, por lo que mal puede sentenciar el departamento de Jurídica del Hospital Base de Valdivia que ella es falsa, ya que carece de las atribuciones jurisdiccionales para ello. Su conocimiento, por mandato judicial es atribución exclusiva del Ministerio Público, por lo que el referido departamento ha incurrido en infracciones a los artículos 6 y 7 de la Constitución Política del Estado. iii.- El Hospital debió limitarse a entregar toda la información que obraba en su poder al persecutor, pero no hacer una declaración oficial determinando la falsedad de la denuncia, los hechos denunciados son efectivos y es el Ministerio Público quien deberá determinar si le cabe responsabilidad en los hechos al denunciado. iiii.- El referido comunicado no identifica a quien lo realiza, ni se encuentra firmado, lo cual demuestra poca prolijidad al respecto y vulnera mi derecho a defensa ya que no puedo emplazar a dicho profesional para que justifique sus dichos. 7.- A raíz de la difusión en redes sociales de la noticia, la Enfermera Coordinadora de Cirugía, doña Carla Nilo, ignoro segundo apellido, ha señalado al personal de
dicha unidad que tienen prohibido hacer cualquier tipo de comentario respecto del tema por redes sociales, afectando con ellos se derecho a libre expresión consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, norma de rango constitucional en nuestro país en virtud del reenvió del artículo 5 inciso final de nuestra carta fundamental. A su vez la instrucción es solo en relación a comentarios sobre la denuncia, ya que por redes sociales internos y profesionales del hospital virilizan el comunicado que asevera que la denuncia efectuada es falsa y a ello no existe objeción alguna, infringiendo con ello igualmente el principio de igualdad y no discriminación. Igualmente cabe destacar que la misma coordinadora indicó al personal que cuando sepan quienes denunciaron los hechos serán despedidos. 8.- Por último, independiente de los resultados de la investigación de Fiscalía, es un hecho indiscutido que el médico cirujano contrajo la enfermedad del Covit-19, y que durante su incubación estuvo en contacto con pacientes y funcionarios del Hospital, y que a la fecha aún no se han tomado las medidas de resguardo tanto para ellos, ya que pudieron verse en riesgo tanto su salud y vida, a la fecha, no se ha procedido al aislamiento de Enfermeras, Tens, y auxiliares de cirugía. 9.- En virtud de lo expuesto en esta presentación, es que solicito se ordenen iniciar las correspondientes investigaciones sumarias, respecto de departamento de jurídica, doña Carla Nilo, en su calidad de Enfermera coordinadora de Cirugía y en contra quien corresponda por no haberse adoptado las medidas de aislamiento o cuarentena del personal de cirugía Sin otro particular. Saluda Atte. A ustedes
Fabiola Leiva Trujillo 15.292.962-5