SMA-Formulación de cargos ESSAL

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FORMULA CARGOS QUE INDICA A EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS DE LOS LAGOS S.A.

RES. EX. N° 1/ D-020-2018

Valdivia, 26 de marzo de 2018

VISTOS:

Conforme con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley N°20.417, que establece la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante, LO-SMA); en la Ley N°19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el Decreto con Fuerza de Ley N°3, del año 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija la Planta de la Superintendencia del Medio Ambiente; en el Decreto N°76, de 10 de octubre de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que nombra Superintendente del Medio Ambiente; en el Decreto Supremo N°30, de agosto de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación (en adelante, D.S. N°30); en la Resolución Exenta N°424, de 12 de mayo de 2017, que fija la Organización Interna de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Resolución Exenta N° 85, de 22 de enero de 2018; en la Resolución Exenta N° 166, de 8 de febrero de 2018, de la Superintendencia del Medio Ambiente; y, la Resolución N°1.600, de 30 de octubre 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

CONSIDERANDO:

1. Que, la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A. (“ESSAL” o “la empresa”, indistintamente), Rol único Tributario N° 96.579.800-5, cuyo representante legal es Carlos Ernesto Alarcón Araya, RUT N° 6.441.640-5, y cuyo domicilio es Covadonga N° 52, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, es titular del proyecto “Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado, Tratamiento y Disposición Final de Aguas Servidas de Panguipulli”, cuya Declaración de Impacto Ambiental, fue calificada ambientalmente favorable mediante la Resolución Exenta N°66, de 1997 de la Comisión Regional de Medio Ambiente de la Región de Los Lagos (en adelante “RCA N°66/1997”); 2. Que, el Proyecto se localiza en la comuna de Panguipulli, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos y contempla principalmente la construcción de la red de alcantarillado (13 cañerías de extensión de red y refuerzos que permiten eliminar las descargas al Lago Panguipulli) y una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, cuya descarga se realiza en el Estero Anueraque. El sistema cuenta con dos Plantas Elevadores de Aguas Servidas (PEAS Roble Huacho y Carmela Carvajal), que conducen las aguas servidas a la Planta de Tratamiento la que se localiza a un costado de la carretera que une Panguipulli y Lanco; 3. Que, la RCA N°66/1997 sufrió dos modificaciones, una mediante la Res. Ex. N°90/2000 y otra mediante la Res. Ex. N°89/2002, ambas de la Comisión Regional de Medio Ambiente de la Región de Los Lagos. La Res. Ex. N°90/2000 entre otros aspectos,

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