SEGUNDO SUPLEMENTO SUMARIO: Año I ‐ Nº 213
Págs.
Quito, jueves 27 de marzo de 2014
FUNCIÓN EJECUTIVA
Valor: US$ 1.25 + IVA
ACUERDO: MINISTERIO DEL AMBIENTE:
ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR
037
Refórmase el Reglamento Ambiental de Actividades Mineras ……………………………...
1
ACUERDO INTERMINISTERIAL:
MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES Y MINISTERIO DEL AMBIENTE:
Quito: Avenida 12 de Octubre N23‐99 y Wilson
Edificio 12 de Octubre Segundo Piso
Dirección: Telf. 2901 ‐ 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 ‐ 540
Distribución (Almacén): Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 ‐ 110
Sucursal Guayaquil: Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 ‐ 107
002
Derógase el Acuerdo Interministerial No. 320 de 29 de diciembre de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 615 de 10 de enero de 2012 ..
33
RESOLUCIONES: AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL MINERO: 010-ARCOM-DE-2014 Deléganse facultades al Coordinador Regional de Macas …………………………...
34
011-ARCOM-DE-2014 Deléganse facultades al Coordinador Regional de Machala ………………………...
35
Suscripción anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del país Impreso en Editora Nacional
36 páginas
No. 037 Lorena Tapia Núñez MINISTRA DEL AMBIENTE
www.registroficial.gob.ec
Considerando:
Al servicio del país desde el 1º de julio de 1895
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 1, establece que: “Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible”; en el mismo contexto, el artículo 3 señala como