REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS DE LA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO.
Valparaíso de Chile, 3 Mayo del 2010
1 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
Los Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso son: Centro de Alumnos de Auditoría Centro de Alumnos de Ingeniería Comercial Centro de Estudiantes de Ingeniería Civil Industrial Centro de Alumnos de Administración de Negocios Internacionales Centro de Alumnos de Administración Hotelera y Gastronómica Centro de Estudiantes de Administración Pública Centro de Estudiantes de Socioeconomía Consejo de Presidentes FACEA Reuniones ordinarias y extraordinarias de los Presidentes o su representante, donde se abordaran temas de contingencia, así como también, los que beneficien el desarrollo del estamento estudiantil. Consejo Ampliado de Centro de Estudiantes o Alumnos Reuniones ordinarias como extraordinarias de las Directivas completas de todos los CEE o CAA de la Facultad, donde se abordarán temas que el consejo de Presidentes FACEA determine, así como también de una reunión inicial para facilitar las relaciones de trabajo de los distintos cargos y sus pares de los distintos CEE o CAA. Asamblea General de Campus o Facultad Será convocada por todos los CEE o CAA tanto de sus respectivas sedes como en su conjunto como facultad, las cuales serán de carácter informativa.
2 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
Consejeros de Facultad o Cualquier otro Cargo de representatividad estudiantil que esté bajo la administración de los CEE o CAA de la Facultad Dichos Cargos serán especificados en detalle en este reglamento, sin embargo, cabe señalar que para el desarrollo de las comunicaciones es necesario que estos cargos asistan a los consejos antes señalados, con las funciones que más adelante se les designarán. DE LA REGLAMENTACIÓN Articulo 1 Las decisiones de Los Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad son de exclusiva pertenencia de sus Asambleas y Directivas correspondientes y de acuerdo a sus orgánicas internas vigentes, es deber del Consejo de Presidentes FACEA respetarlas. Articulo 2 Los Centros de Estudiantes o Alumnos deberán respetar los acuerdos tomados por el Consejo de Presidentes FACEA o en su eventualidad el Consejo Ampliado FACEA, en todas las materias que estos adopten. Articulo 3 Cualquier medida donde un Centro de Estudiantes o Alumnos pueda interferir en el normal funcionamiento de otro, deberá ser materia tratada con anterioridad entre los CEE o CAA involucrados o en el Consejo de Presidentes FACEA, de faltar a esta normativa el Consejo de Presidentes deberá apoyar indiscutiblemente al CEE o CAA afectado, y solucionar a la brevedad la situación. Articulo 4 El Consejo de presidentes FACEA sesionará al menos de forma ordinaria una vez al mes y este debe ser dos días antes del Consejo de Facultad. Articulo 5 Para sesionar el Consejo de Presidentes FACEA deberán estar presentes al menos cuatro de los siete presidentes o su respectivo representante. Para tomar decisiones el Consejo de Presidentes FACEA deberán estar presentes al menos cinco de los siete presidentes o su respectivo representante De ser citados a los correos institucionales con copia a los correos personales de los Presidentes y faltar sin aviso previo y no existir quórum, se citará nuevamente a Consejo, donde por mayoría simple con los CEE o CAA presentes se tomarán las decisiones correspondientes a las temáticas de contingencia. Los representantes de los CEE en caso que no sean los Presidentes de los respectivos C.EE. deben ser informados de manera explicita de manera formal via mail o documento que asi lo acredite con antelación a la reunión. 3 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
Articulo 6 Cualquier Decisión tomada por el Consejo de Presidentes FACEA y las Actas de este mismo deberán ser publicadas a más tardar tres días corridos en los medios de comunicación masiva que disponga el Consejo de Presidentes FACEA o la Consejería. Articulo 7 La Coordinación General recaerá en el equipo de la Consejería FACEA, (Citaciones, Actas y publicación de estas mismas). Articulo 8 Será deber del Consejo de Presidentes velar por que cada CEE o CAA que no posea su Mesa directiva conformada, prestar todos los instrumentos necesarios para su pronta conformación. El consejo de presidentes sólo velara por la transparencia del proceso, ya que la conformación de una directiva debe ser de exclusiva responsabilidad de cada carrera. La prestación de instrumentos será dada sólo en el caso de que los estudiantes de la carrera respectiva así lo soliciten. En caso de situación extraordinaria será deber del C.EE informar al consejo de presidentes así como entregar la información de los procesos de conformación de CEE y/o CAA cuando este, está finalizando su periodo. Artículo 9 Los CEE o CAA que no posean Directivas o alguna forma de representación legítima de acuerdo a sus reglamentaciones vigentes, no podrán ser parte de las decisiones tomadas en el consejo de Presidentes FACEA, hasta tener una voz legítima ratificada por la Asamblea General de dicha Carrera o Escuela. Articulo 10 Cualquier situación que este reglamento no contenga ya sea por vacío en el mismo o por motivos que la contingencia amerite, es deber del Consejo de Presidentes FACEA incluir la temática en este reglamento y abordar dicha situación en conjunto y consensuadamente y que además contenga el espíritu de unión de los Centros de la Facultad. Articulo 11 Hacer cumplir a cabalidad este reglamento de acuerdo a sus funciones. CONSEJO DE FACULTAD Y CONSEJEROS REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES Consejo de Facultad
4 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
Es un cuerpo colegiado consultivo del Decano y eventualmente del Rector. Tiene, además, atribuciones tales como programar la docencia, la investigación y la extensión en la Facultad y proponer el nombramiento de sus profesores, modificaciones a su estructura orgánica, creación de títulos, grados y planes de estudio. Está integrado por el Decano, quien lo preside, el Secretario de Facultad, que es su secretario y ministro de fe, los Directores de Escuelas e Institutos y un representante de los académicos de cada una de las Escuelas e Institutos elegido por ellos. Desde 2007 participan también en los Consejos de Facultad representantes de los estudiantes y de los funcionarios. Los Consejeros de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso en representación de los Estudiantes serán parte del equipo que conformaran los Presidentes y sus respectivas Directivas para propender el desarrollo del estamento estudiantil dentro de la Facultad. Los cupos por los porcentajes correspondientes al consejo de Facultad son: 3 Representantes Titulares + 1 Representante Suplente en el Gran Valparaíso. 1 Representante Titular + 1 Representante Suplente en Santiago. Los Consejeros en ejercicio deberán por su cuenta dividirse todos los deberes que en este reglamento se establece y en la eventualidad las distintas tareas que el Consejo de Presidentes FACEA encomiende.
DEBERES 1.- Representar a todos y cada uno de los estudiantes de las siete Escuelas y Carreras de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso, ante el Consejo de Facultad. 2.- Organizar el equipo de coordinación de los Centros de Estudiantes o Alumnos de la FACEA. 2.1 Recopilar y enviar a los CEE o CAA todos los datos oficiales de estos mismos, Cargos, Nombres, Correos institucionales y personales, números de Celular, Etc., y todo lo que facilite la comunicación entre las distintas directivas. 2.2 Confeccionar y solicitar el horario de disponibilidad de los distintos cargos de las Distintas Directivas y Consejeros, una vez recopilada la información enviarla a los CEE o CAA para su mejor coordinación. 5 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
3.- Asistir a todos los Consejos de Facultad tanto ordinarios como extraordinarios. 4.- Realizar y difundir cuando corresponda las Actas del Consejo de Facultad, mediante los medios de comunicación masiva que este organismo posea, en un plazo no superior a 3 días de acontecido el Consejo. 5.- Realizar y difundir las Actas de los Consejos de Presidentes y Ampliados FACEA, mediante los medios de comunicación masiva que este organismo posea, en un plazo no superior a 3 días de acontecido el Consejo. 6.- Mantener una comunicación fluida con los distintos CEE o CAA de la FACEA. 7.- Mantener una comunicación fluida con el Decano y los Distintos Directivos de la Facultad y por cierto entre los Directores de Escuelas y Carreras, además de poner al servicio de los CEE o CAA toda la información correspondiente a su gestión. 8.- Citar a Consejo de Presidentes o Ampliados FACEA, mediante correo electrónico a las direcciones de correo institucionales y correos personales de los Presidentes. 9.- Coordinar las actividades que los CEE o CAA generen en conjunto en post del desarrollo del estamento estudiantil. 10.- Difundir por los medios de comunicación masiva que posean toda información relativa a los estudiantes de la facultad. 11.- En el caso de que el Consejo de Presidentes FACEA no se haya pronunciado respecto de algún tema del Consejo de Facultad, el consejero deberá abstenerse de tomar alguna decisión en el Consejo de Facultad. 12.- En caso excepcional de que al Consejero se le pida pronunciarse necesaria e impostergablemente de algún tema, este deberá tomar la mejor decisión teniendo en cuenta el pensamiento global y diverso del estamento estudiantil y su desarrollo como tal, de tomar esta decisión impostergable el consejero deberá informar a más tardar un día después de la decisión a todos los CEE o CAA de la FACEA. En el más próximo consejo los Presidentes con los antecedentes señalados se pronunciaran y tomaran las acciones necesarias que la contingencia y este reglamento exija, tanto con la decisión tomada, como para con el Consejero. 13.- Instruir de este reglamento tanto a los Consejeros entrantes como a los Centros de Estudiantes o Alumnos entrantes, especialmente a sus Presidentes. 14.- Hacer cumplir a cabalidad este reglamento de acuerdo a sus funciones. 6 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
EXPULSIÓN DEL CARGO 1.- Toda acción que realice el Consejero, que el Consejo de Presidentes considere en contra del desarrollo del estamento estudiantil será analizado para pedir la renuncia del o los Consejeros. 2.- Toda decisión del párrafo anterior de ese tipo debe ir respaldada de acuerdo a la forma en que los reglamentos de los distintos CEE o CAA de la FACEA indiquen la toma de decisión. 3.- Para revocar el mando a un consejero o más consejeros deberá ser con el acuerdo de cinco de los siete CEE/ O CAA de la FACEA. MOTIVOS: 1.- No representar fielmente los intereses de los Estudiantes de la FACEA. 2.- Arrogarse representación sin el permiso correspondiente del Consejo de Presidentes FACEA. 3.- Realizar acciones en beneficio propio y no por todos los estudiantes de la FACEA usando el cargo para ello. 4.- Hacer mal uso de la información que el consejo de Facultad y de Presidentes FACEA maneja. 5.- Hacer mal uso de todos los medios de comunicación masiva que la organización posea. 6.- Tomar decisiones innecesarias sin el permiso del Consejo de Presidentes FACEA. 7.- Intentar promover cualquier corriente, idea o movimiento que no corresponda a los intereses de TODOS los Estudiantes de la FACEA. DE SU ELECCIÓN: Considera 3 cupos para Consejeros titulares y 1 cupo para Consejero suplente, con esto daremos forma a un equipo de trabajo que no tan sólo asistirá al consejo, sino que propondrá temas y trabajará directamente con los Centros respectivos. Los CEE o CAA de Santiago decidirán si esta es su forma de reglamentación o si es otra, deberán escoger 1 Consejero Titular + 1 Consejero Suplente 7 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
Centro: Centro de Estudiantes y/o Alumnos. POSTULACIÓN: 1.- Podrán postular a los cupos todos los estudiantes de la FACEA que cumplan los siguientes requisitos: -
Ser alumno regular de alguna de las 7 Carreras y Escuelas de la FACEA. Tener compromisos académicos con la Universidad durante todo el período de la gestión. No ser miembro de los CEE y/o CAA de cualquier carrera de la facultad, incluyendo en este punto a los departamentos.
Con el fin de integrar y dar una señal clara y fuerte de transparencia al proceso, no será requisito que los centros propongan a su candidato, el postulante deberá manifestar mediante la reglamentación vigente su postulación sin intermediario alguno. Según los estatutos de la federación de estudiantes FEUV, los Consejeros de Facultad son de responsabilidad exclusiva de los centros, así como también su elección, el único mecanismo que no se puede adoptar es la elección popular, por tanto son los Centros de la FACEA quienes de acuerdo a sus propias normas internas escogerán su o sus CONSEJEROS entre los postulantes al cargo. Por acuerdo general de los Centros efectuado en Agosto de 2009, se acordó que no se renovarán todos los cargos a consejeros si no que se mantendría siempre a uno en su cargo para dar continuidad en el trabajo y en la representación en el Consejo de Facultad. La elección de uno de los consejeros será diferida de los restantes. La situación de los Consejeros actuales y la renovación de sus cargos, en el anexo 1 de este reglamento. La lógica se debe repetir de esta fecha en adelante con todos los consejeros. DE LA DURACIÓN DEL CARGO Y LA ELECCIÓN: 1.- Todos los Consejeros deberán ejercer su cargo por el período de un año. 2.- La primera elección se realizará la 3° Semana de Abril de cada año donde se escogerán 2 Consejeros Titulares + 1 Consejero Suplente. 2.1.- La segunda elección se realizará la 2° Semana de vuelta de vacaciones de invierno donde se escogerá 1 Consejero Titular. 8 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
3.- Todos los consejeros tienen derecho a ser reelegidos por un nuevo periodo. 4.- El proceso está diseñado para darle continuidad al trabajo de la Consejería. 5.- Una vez estipulada la fecha exacta de las elecciones, se deberá comunicar mediante los medios de comunicación masiva que mantenga la consejería y los CEE o CAA de la FACEA la apertura de inscripción de candidatos. 6.- La postulación deberá ser efectuada al correo faceauv@gmail.com, 7.- El postulante deberá señalar en el correo lo siguiente: Nombre Completo, RUT, Carrera o Escuela, Año en curso, Correo Electrónico, Teléfono de contacto. 8.- El postulante recibirá un correo ratificando su postulación. 9.- La fecha de postulación será de una semana a contar del día en que se publicó el proceso de inscripción. 10.- Concluida esta 1° semana, el postulante tendrá una semana más para presentarse en forma coordinada con todos los otros candidatos, frente a las distintas asambleas si los CEE o CAA así lo determinen de acuerdo a sus propios reglamentos internos vigentes, además el postulante deberá presentarse obligadamente en una fecha en que el Consejo de Presidentes así lo determine, para darse a conocer y facilitar la toma de decisión. 11.- Concluidas todas las instancias de presentación, el Consejo de Presidentes FACEA de acuerdo al calendario establecido, procederá a la votación de el o los consejeros según corresponda la fecha. 12.- Los Centros podrán efectuar su voto secretamente, y escoger la terna si es a principio de año (2 Titulares + 1 Suplente) entre los distintos postulantes, o por 1 titular si es de vuelta de vacaciones de invierno. 13.- Las dos más altas mayorías serán elegidos Consejeros titulares y la tercera mayoría Consejero suplente, en el caso de principio de año. 14.- En el caso de la elección de mediados de año, será consejero quien obtenga 4 de los 7 votos de los CEE o CAA, si existen más de dos candidatos, se escogerá al consejero entre las dos más altas mayorías hasta proceder para quien obtenga los 4 votos.
9 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso
Articulo Transitorio: Cualquier vacio que se presente sobre alguna materia, será deber de los CEE/CAA de la Facultad resolverlo de acudiendo al Estatuto de Federación en primer momento o de acuerdo a los procedimientos establecidos en este reglamento.
Aprueban este Reglamento: Centro de Estudiantes Administración Hotelera y Gastronomía Centro de Estudiantes Administración de Negocios Internacionales Centro de Estudiantes Administración Pública Centro de Estudiantes Auditoria Centro de Estudiantes Ingeniería Civil Industrial Centro de Estudiantes Ingeniería Comercial Centro de Estudiantes Licenciatura en Socioeconomía Consejero Estudiantil de Facultad Boris Aedo T.
Fecha de Aprobación Viernes 30 de Abril de 2010 Fecha de Sanción lunes 3 de mayo de 2010 Fecha de Publicación miércoles 5 de mayo de 2010
10 Centros de Estudiantes o Alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Valparaíso