El voto es un derecho que se defiende ejerciéndolo

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El voto es un derecho que se defiende ejerciéndolo. En la plenaria de la Comisión de Trabajo del día 10 de Marzo de 2015 nuestro Comité Central nos presentó la propuesta de Bases Constitutivas de la Sociedad Cooperativa “LF del Centro”, En este punto la Comisión de Trabajo de Agencias Foráneas presento 7 propuestas para las bases constitutivas en las 4 mesas de trabajo que se dividió la Plenaria para su análisis y el Srio. Del Exterior Humberto Montes de Oca dijo que se recogían todas las propuestas para su condensado y más adelante en otra plenaria se presentarían para su votación, después de que se consulte lo que considere el equipo jurídico de nuestro sindicato. Así el día 23 de Marzo se nos citó a Plenaria de la Comisión de Trabajo para terminar el análisis, discusión y acuerdos de las Bases Constitutivas, y después de una larga y por algunos momentos ríspido debate en la cual se aprobaron algunas modificaciones y agregados realizados por la Comisión de Trabajo (sin embargo no figura ninguna de las Propuestas de Agencias Foráneas) se aprobó por mayoría el iniciar los trámites para el registro de la Sociedad Cooperativa. Comentamos esto ya que en una de esas 7 propuestas buscamos incluir el VOTO LIBRE, SECRETO, UNIVERSAL Y DIRECTO. Ya que desde nuestra perspectiva es una propuesta necesaria para asegurar el éxito y la democracia en nuestra cooperativa. En la Comisión de Trabajo de Agencias Foráneas seguiremos trabajando por incluir esta y otras propuestas que a continuación les presentamos y que tienen como objetivo brindar mayor certidumbre a los Socios de nuestra cooperativa. Comprende el brindar mayores obligaciones a los Consejeros, Comisionados así como al Director y/o Gerente General para brindar mayores derechos a los Socios de la cooperativa en la revisión de los ingresos, los egresos, el manejo, la custodia, así como la aplicación de los recursos y los fondos de la misma. A su vez permitirán una mejor fiscalización del ejercicio de los mismos para evaluar de mejor manera los resultados de la gestión financiera y así luchar contra la falta de honestidad de socios y dirigentes en su conducta o en el manejo de fondos que se les hayan encomendado para la representación y defensa de los intereses generales de la Cooperativa, o de una parte de sus Socios.


Para esto fortalecerá la capacidad auditora de la Comisión de Vigilancia en su observancia sobre el desempeño y probidad para verificar el cumplimiento de los objetivos y las metas de la Cooperativa, conforme a las normas y principios de austeridad, certidumbre, racionalidad, imparcialidad y confiabilidad. El voto libre, secreto, universal y directo es fundamental para la vida de las organizaciones, es la esencia de la democracia porque garantiza participación, análisis y critica para lograr una auténtica y legítima representatividad que nos permita enfrentar los retos que se nos presenten, así como poder cambiar a quienes dejen de servir a los intereses generales de la Cooperativa. Por último estableceremos un esquema para proteger a las familias de los compañeros que han fallecido en estos 5 años 5 meses de nuestra lucha. ¡Nunca más un Marrano de Troya o Tartamudo! PROPUESTA NO. 1 Los Socios que desempeñen funciones en las Comisiones, Consejos o que tengan a su responsabilidad el manejo, custodia o administración de recursos de la cooperativa deberán: Hacer 3 declaraciones ante la Comisión de Vigilancia, la primera a más tardar 3 días hábiles después de su toma de protesta, la segunda hasta 15 días hábiles después de cumplir la mitad de su periodo y la tercera 1 mes antes de finalizar su gestión de lo siguiente: a).- El importe de los bienes que posea en el momento de hacerse cargo de su representación. b).- El importe de los ingresos que haya obtenido durante el año anterior a su elección, fuera del rendimiento que perciba como socios de la Cooperativa, así como la especificación del origen de éstos. c).- La declaración de que no tiene ligas con negocios que puedan tener las características del agio y/o usura. PROPUESTA NO. 2 Comisión de Vigilancia.I.- Vigilancia de Fondos.- Velar por la administración eficaz y honrada de los fondos de la Cooperativa. II.- Revisiones y Arqueos.- Revisar la contabilidad del Consejo de Administración, del Director y/o Gerente General así como de los miembros de las Comisiones que existan o puedan crearse en un futuro y practicar arqueos de los fondos que tengan a su cuidado.


Las revisiones y arqueos de la contabilidad y fondos de la Cooperativa deberán practicarlos una vez por mes, pudiendo llevarlos a cabo sin previo aviso, al resultado de las mismas deberá dársele publicidad, para ser del conocimiento general de la Sociedad cooperativa sin menoscabo de que cualquiera de los socios pueda solicitar en cualquier momento los estados demostrativos o la existencia de los mismos. PROPUESTA NO.3 Corresponde a la Asamblea General: Elegir a los miembros del Consejo de Administración y de la Comisión Nacional de Vigilancia, mediante voto universal, libre, secreto y directo de todos los socios. PROPUESTA NO. 4 Para dotar de plena autonomía en la toma en la toma de decisiones a la Comisión de Vigilancia se deberá llevar a cabo la elección de la misma por periodos de 3 años, cuando llegue a ser en el mismo año que en el que se elija al Consejo de Administración deberá ser en asamblea distinta a la convocada para el Consejo de Administración con diferencia de tiempo de 4 meses entre una y otra. PROPUESTA NO. 5 Los trabajadores que hayan laborado para LyFC y hubiesen fallecido antes de la constitución de la cooperativa, sin que el mismo de manera directa haya cobrado su indemnización será considerado socio y se transmitirán los derechos patrimoniales que amparan sus certificados de aportación, en favor del beneficiario que el mismo hubiera designado para el caso de su muerte, en caso que no existiera aplicara el mandato administrativo o judicial correspondiente, siempre y cuando dicho beneficiario no sea ex trabajador de LyFC que haya cobrado su indemnización antes de la fecha de la constitución de la cooperativa. PROPUESTA NO. 6 Deberá existir una Comisión de Planeación estratégica e innovación tecnológica, que permita analizar, estructurar y establecer los lineamientos a futuro que convengan al interés de la colectividad, dicha comisión deberá hacer públicas sus actividades en las asambleas generales de la cooperativa. PROPUESTA NO. 7 Para cumplir su cometido específico, la cooperativa LF del Centro funcionará asegurando en todo momento la más amplia democracia para todos sus integrantes, su independencia frente a: El Estado, los patrones, los partidos políticos y las religiones. Sin perjuicio de lo anterior respetará las convicciones ideológicas, políticas y religiosas que personalmente sustenten los socios.


Los miembros de la cooperativa que tengan un cargo de representatividad dentro de la cooperativa no podrán ser candidatos a un puesto de elección popular durante el tiempo que dure su gestión, quienes no tengan un cargo de representatividad a lo interno de la organización podrán ser candidatos siempre y cuando no utilicen con fines proselitistas su condición de miembros de la cooperativa. Se entiende por utilización con fines proselitistas los siguientes: a) Realizar propaganda en favor de su partido político o grupo ideológico, utilizando su cargo de miembro de la cooperativa. b) Utilizar o permitir que se utilice en la propaganda en favor de su candidatura su condición de integrante de la cooperativa.” Por éste medio les queremos solicitar su más amplio apoyo, haciendo suyas estas propuestas, y apoyándolas en todos los foros y/o asambleas a que haya lugar en lo futuro ya que aun y cuando ha sido aprobado por la Plenaria de la Comisión de Trabajo aún falta la asamblea general del SME, y para este caso, la aprobación de la Asamblea Constitutiva de la Sociedad Cooperativa que es en donde se deberá aprobar este y otros lineamientos de LF del Centro ya que la Ley General de Sociedades Cooperativas señala lo siguiente: “Artículo 12.- La constitución de las sociedades cooperativas deberá realizarse en asamblea general que celebren los interesados, y en la que se levantara una acta que contendrá: I. Datos generales de los fundadores; II. Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones, y III. Las bases constitutivas. Los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las firmas o las huellas digitales que obran en el acta constitutiva, ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia del fuero común, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de los órganos político-administrativos del Distrito Federal, del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.” Por lo tanto compañeros los invitamos fraternalmente a ejercer su voto libre, secreto, universal y directo, para preservar este derecho en el SME y obtenerlo por tanto en la Sociedad Cooperativa. Para fortalecer al Comité Central en este proceso de negociación y lograr concretar de una buena vez el empleo para todos los miembros de nuestra organización.


A nuestros compañeros que están considerando abstenerse o que lo promueven, los invitamos a reflexionar lo siguiente: Si tienes una diferencia la solución está en participar en las Asambleas Generales de nuestra organización coaligarte o ayudar a quienes tienen un punto de vista similar al tuyo, hablando con tu Comisión de Trabajo, para que tus inquietudes o quejas las lleven al seno de las Plenarias, o elaborando un volante que manifieste tu opinión y/o propuestas como lo señala el Artículo 45 en sus fracciones IV y V. Entonces claro que es válido tener criticas y diferencias con la línea política de la Dirección de nuestro SME de hecho los que escribimos este documento las tenemos, sin embargo la solución no es deslegitimar al Comité Central, ya que eso debilita nuestra posición en la mesa de negociación ante los empresarios y políticos que desean acabar con el SME. Que viva el Sindicato Mexicano de Electricistas. Rodrigo Almazán López (147203) y Carlos Alberto Vargas Valencia NUTRA (078538) CRED SME (113275)

México Distrito Federal a 17 de Marzo de 2015


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