ASOCIACIÓN DE PADRES DE HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LA SABANA DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS 2016
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Manual de Convivencia Laboral Asociación de padres de Hogares Comunitarios de Bienestar la sabana 2016
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1. INTRODUCCION Los Hogares Comunitarios de Bienestar -HCB, son un servicio de atención a la primera infancia, ubicados dentro de las modalidades tradicionales, que funcionan mediante el otorgamiento de becas a las familias (Ley 88/89), por parte del ICBF a través de una Entidad Administradora del Servicio EAS, para que en corresponsabilidad con la sociedad y el Estado, sumado a un alto porcentaje de recursos locales, se atiendan las necesidades básicas de protección, cuidado, nutrición, salud, educación y desarrollo psicosocial de los niños y niñas en la primera infancia. Entendida esta como la etapa comprendida desde la gestación hasta los 4 años 11 meses de edad, con mayor vulnerabilidad priorizados conforme a los criterios definidos por el ICBF. La Modalidad de Hogares Comunitarios de Bienestar de acuerdo con las condiciones del territorio, las necesidades de la población, las fuentes de financiación y las transformaciones propias del programa a lo largo de la historia, ha desarrollado diferentes estrategias que apuntan a la garantía de los derechos de los niños y las niñas en la primera infancia, así como el acompañamiento a las familias para generar en ellas pautas de Autocuidado, crianza y fortalecimiento de vínculos familiares. Igualmente, incentiva la participación comunitaria para la autogestión y solución de sus problemas, orientando sus recursos y trabajo solidario en beneficio de los niños y las niñas. Esta modalidad se desarrolla mediante diferentes formas de atención, definidas a partir de las necesidades e intereses de los niños, las niñas y sus familias; dando lugar a los servicios HCB- FAMI, HCB Familiares, HCB Agrupados, HCB Múltiples, HCB Empresariales y Jardines sociales, los cuales a través de su historia se han cualificado con la incorporación y desarrollo de componentes complementarios.
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2. DATOS DE LA EMPRESA NOMBRE DE A EMPRESA NIT N° DE UDS TOTALIDAD DE MENORES DIRECCION TELEFONO REPRESENTANTE LEGAL CENTRO ZONAL PAIS DEPARTAMENTO MUNICIPIO BARRIO UDS1 UDS2 UDS3 UDS4 UDS5 UDS6 UDS7 UDS8 UDS9 UDS10
ASOCIACION DE PADRES DE HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LA SABANA 800137918-7 10 120 AV 5 N° 34-15 5943500 GEMA HERNANDEZ 1 COLOMBIA NORTE DE SANTANDER (54) LOS PATIOS ( 405) LA SABANA UNIDADES DE SERVICIO EL ROSAL EL JARDINERITO OSITOS CARIÑOSITOS EL DIVINO NIÑO EL SEMBRADOR PINOCHIN LOS ENANOS FRESITAS LA GATA GOLOSA MI TRENCITO 2.1 MISION
Trabajar con calidad y transparencia, para el desarrollo y la protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias colombianas.
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2.2 VISION Cambiar el mundo de las nuevas generaciones y sus familias siendo referentes en estándar de calidad y contribuyendo a la construcción de una sociedad en paz, prospera y equitativa. 3. LA JUNTA DIRECTIVA La Junta Directiva es el órgano de dirección de LA ASOCIACION integrado por las personas elegidas por la Asamblea General de los Delegados de los Hogares y/o unidades de servicio, es la encargada de liderar, representar y dirigir la administración de LA ASOCIACION. La Junta Directiva está conformada por cinco (5) miembros de los cuales mínimo tres (3) deben ser padres de familia usuarios del programa y dos (2) pueden ser madres comunitarias. La Junta Directiva estará integrado por: Un Presidente, Un secretario, Un fiscal, Un tesorero y un Vocal. La Asamblea al elegir los miembros de La Junta Directiva determinará el cargo que ocupará el elegido. (Art. Vigésimo Estatutos HCB la sabana) REQUISITOS 1. Cumplir los requisitos previstos en estos estatutos para ser delegado de los Hogares Comunitarios de Bienestar que conforman LA ASOCIACION en la Asamblea General. 2. Para ejercer los cargos de Presidente o Tesorero, se requiere haber cursado mínimo noveno grado de escolaridad y contar con el tiempo necesario para desarrollar actividades que le compete al Programa 3. Contar con actitud y aptitud para el trabajo solidario con la comunidad y reconocido comportamiento social y moral, con disposición para recibir y brindar capacitación en materia de asuntos que le interesa a la comunidad. 4. No tener antecedentes de malos manejos de recursos pertenecientes a Asociaciones comunitarias y otras organizaciones ni tener antecedentes penales por la comisión de cualquier delito.
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3.1 FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. Son funciones de La Junta Directiva las siguientes: 1. Aprobar la celebración de los convenios y/o contratos que celebre LA ASOCIACION, 2. Administrar, controlar y salvaguardar los recursos propios y aportados por entidades públicas o privadas para el funcionamiento del programa de Hogares Comunitarios de Bienestar o de cualquier otra modalidad de atención que ejecute y para el funcionamiento de LA ASOCIACIÓN 3. Velar por el cumplimiento de las políticas y decisiones que adopte la Asamblea General. 4. Supervisar la administración y funcionamiento de los Hogares Comunitarios de Bienestar que conforman LA ASOCIACION 5. Tomar las medidas pertinentes para el correcto funcionamiento de los Hogares Comunitarios de Bienestar que conforman LA ASOCIACION, en coordinación con él Comité de Vigilancia y los Padres de Familia usuarios del respectivo Hogar 6. Convocar a la Asamblea General a las reuniones ordinarias dentro de los tres primeros meses del año y rendir un informe de su gestión en dicha reunión, o a las reuniones extraordinarias cuando lo considere necesario. 7. Las demás que le asigne la Asamblea y que vayan en pro del cumplimiento de los objetivos de la Asociación. 3.2 FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA 1. Ejercer la representación legal de LA ASOCIACIÓN internamente y ante terceros. 2. Presidir las reuniones de la Asamblea General y de La Junta Directiva 3. Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias cuando sea el caso, tanto de La Junta Directiva como de la Asamblea General 4. Firmar las Actas de las reuniones de la Asamblea General y de La Junta Directiva. 5. Celebrar los contratos y convenios que se requieran para el desarrollo del objeto de LA ASOCIACIÓN. 6. Firmar conjuntamente con el tesorero las cuentas bancarias donde se administren los recursos de LA ASOCIACION.
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7. Presentar conjuntamente con el tesorero los informes contables al ICBF y a los entes de control cuando lo requiera. 8. Rendir oportunamente, en coordinación con los demás miembros de La Junta Directiva, los informes y las cuentas que se les soliciten 9. Coordinar las acciones necesarias con las entidades que conforman el sistema nacional de Bienestar Familiar 10. Ejercer la representación legal de LA ASOCIACIÓN internamente y ante terceros. 11. Presidir las reuniones de la Asamblea General y de La Junta Directiva 12. Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias cuando sea el caso, tanto de La Junta Directiva como de la Asamblea General 13. Firmar las Actas de las reuniones de la Asamblea General y de La Junta Directiva. 14. Celebrar los contratos y convenios que se requieran para el desarrollo del objeto de LA ASOCIACIÓN. 15. Firmar conjuntamente con el tesorero las cuentas bancarias donde se administren los recursos de LA ASOCIACION. 16. Presentar a la Asamblea General en su reunión ordinaria y al concluir su periodo un informe de la gestión adelantada. 17. Presentar conjuntamente con el tesorero los informes contables al ICBF y a los entes de control cuando lo requiera. 18. Rendir oportunamente, en coordinación con los demás miembros de La Junta Directiva, los informes y las cuentas que se les soliciten 19. Coordinar las acciones necesarias con las entidades que conforman el sistema nacional de Bienestar Familiar 20. Seleccionar y vincular laboralmente a las madres comunitarias con el cumplimiento total de los requisitos legales y reglamentarios (Lineamientos, manuales y normas que expida el ICBF y otras instancias relacionadas con el servicio a la Primera Infancia), conservándose y respetándose las condiciones y requisitos que exige para la mismas el ICBF a través de los lineamientos del programa de HCB. 21. Impartir instrucciones, directrices y orientaciones al personal de LA ASOCIACION, incluyendo a las madres comunitarias, sobre el correcto cumplimiento de sus funciones. 22. Imponer sanciones al personal de LA ASOCIACION, incluyendo a las madres comunitarias miembros de la misma, por el incumplimiento de sus obligaciones con la ASOCIACION. 23. Realizar las acciones necesarias para cancelar oportunamente y con sujeción a la Ley los salarios y prestaciones sociales de las madres comunitarias y demás empleados de la Asociación
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24. Realizar las acciones necesarias para cancelar oportunamente las obligaciones adquiridas con proveedores de bienes y servicios 25. Coordinar con el ICBF (Regional y Centro Zonal), la orientación y asesoría a las madres comunitarias en la ejecución del programa 26. Informar al Centro Zonal del ICBF sobre irregularidades que se presenten y que ponga en riesgo el correcto funcionamiento del programa Las demás que le sean asignadas por La Junta Directiva o la Asamblea con el fin de contribuir a los objetivos de LA ASOCIACIÓN 3.3 FUNCIONES DEL SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA. 1. Elaborar las actas de las reuniones de la Asamblea General y del Consejo Directivo y refrendarlas con su firma y la del Presidente 2. Llevar el registro actualizado de los Hogares Comunitarios de Bienestar que conforman la Asociación 3. Llevar la relación actualizada del nombre y dirección de los delegados de los Hogares Comunitarios de Bienestar designados como miembros de la Asamblea general y de los dignatarios de La Junta Directiva, comités o juntas 4. Tener actualizados los archivos, documentos y correspondencia de LA ASOCIACIÓN 5. Servir de canal de comunicación para las convocatorias a los diferentes eventos a los cuales se le invite a participar a los integrantes de LA ASOCIACIÓN 6. Mantener actualizados a los miembros de La Junta Directiva y de la Asamblea sobre las actividades programadas según el plan de trabajo 7. Dar curso a la correspondencia que dirija o sea dirigida a La Junta Directiva 8. En conjunto con el Tesorero llevar el control de inventarios y dotación de LA ASOCIACIÓN, velando por su adecuado manejo. 9. Las demás que le sean asignadas por La Junta Directiva o la Asamblea con el fin de contribuir al cumplimiento del objeto de la Asociación 3.4 FUNCIONES DEL TESORERO 1. Asistir y participar en las reuniones de La Junta Directiva. 2. Recibir, invertir y administrar los fondos de LA ASOCIACIÓN 3. Llevar un registro detallado de ingresos y egresos utilizando los procedimientos, instrumentos e instrucciones impartidas y respondiendo a la normatividad vigente 4. Tener registrada conjuntamente con el Presidente, su firma en las cuentas bancarias de LA ASOCIACIÓN 5. Responder por los bienes y dineros de la Asociación 6.
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7. Realizar las acciones necesarias para cancelar oportunamente los salarios y prestaciones sociales de las madres comunitarias y demás empleados de LA ASOCIACIÓN 8. Realizar las acciones necesarias para cancelar oportunamente las obligaciones adquiridas con proveedores de bienes y servicios 9. Recolectar cuando haya lugar las cuotas ordinarias y extraordinarias destinadas a la ASOCIACION, diferentes a las recolectadas por concepto de cuota de participación de los padres de Familia. 10. En conjunto con el Secretario llevar el control de inventarios y dotación de LA ASOCIACIÓN, velando por su adecuado manejo, así como de los bienes recibidos en comodato o adquiridos con los recursos aportados pero que tienen carácter devolutivo 11. Rendir cuentas conjuntamente con el Presidente, a la Junta Directiva, a la Asamblea General, y a las autoridades que así lo soliciten 12. Las demás que le sean asignadas por La Junta Directiva o la Asamblea con el fin de contribuir a los objetivos de la Asociación 3.5 FUNCIONES DEL FISCAL. 1. Ejercer el control sobre el cumplimiento de la normatividad del programa Hogares Comunitarios de Bienestar, acorde con lo establecido legalmente y los lineamientos y directrices impartidas por el ICBF 2. Convocar a la Asamblea General, al Consejo Directivo o a los Comités, a reuniones extraordinarias cuando lo considere necesario 3. Controlar el manejo de los fondos de la Asociación e informar sobre cualquier irregularidad a la Asamblea General, a los Comités y al Consejo Directivo 4. Velar por la adecuada inversión de los recursos destinados al funcionamiento del Programa, de LA ASOCIACION y al cumplimiento del objeto de la entidad. 5. Realizar acompañamiento al Consejo Directivo a las visitas que se realicen para verificar la prestación del servicio 6. Expedir oportunamente las certificaciones sobre funcionamiento del programa 7. Las demás que le sean asignadas por La Junta Directiva o la Asamblea con el fin de contribuir a los objetivos de la Asociación 3.6 FUNCIONES DEL VOCAL: 1. Colaborar con el secretario en la actualización de archivo y relación de los asociados 2. Propiciar las buenas relaciones y la buena comunicación para fortalecer y apoyar en la adecuada gestión de la Asociación 3. Apoyar en la conformación de los comités de apoyo a La Junta Directiva
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4. Suscribir los contratos laborales cuando se presenten circunstancias que se puedan configurar en conflicto de intereses o en impedimento del representante legal, como por ejemplo en los casos en que la Madre Comunitaria sea la Representante Legal de la ASOCIACION 5. Propiciar y fortalecer el trabajo en equipo basado en el respeto, normas y valores con el fin de contribuir a la protección integral de los niños y niñas usuarios del programa 6. Las demás que le sean asignadas por La Junta Directiva o la Asamblea con el fin de contribuir al objeto de la Asociación 3.7 DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA 1. Asistir a todas las reuniones de La Junta Directiva 2. Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y en general todas las normas que rigen el programa de Hogares Comunitarios de Bienestar o de las modalidades de atención a la primera infancia que ejecute LA ASOCIACION 3. Velar por la garantía de los derechos de los usuarios de programa y de las familias 4. Proponer programas y planes que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los niños, niñas y familias beneficiarias y/o el mejoramiento en la prestación del servicio 5. Respaldar e impulsar los planes propuestos por La Junta Directiva y los Comités de apoyo para el logro de los objetivos de la Asociación 4.0 FUNCIONES DE LA MADRE COMUNITARIA 4.1 Con los niños:
Planear, realizar y evaluar actividades con el grupo de niños según su etapa de desarrollo y de acuerdo con la propuesta pedagógica del ICBF. Participar y compartir con los niños en los momentos de consumo de alimentos y fomentar hábitos alimentarios saludables. Realizar seguimiento al crecimiento de los niños mediante la toma del peso y la talla, registrar la información en el cartel de crecimiento y en la ficha integral del niño y compartirla con los padres de familia. Entregar a los niños a sus padres o a la persona responsable de ellos, comunicando oportunamente aquellas situaciones que necesitan atención como cambios en estado de ánimo, en consumo de alimentos, síntomas de enfermedades, entre otros.
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Garantizar que los niños de su grupo no se queden solos bajo ninguna circunstancia. Diligenciar, analizar y mantener actualizados los registros y controles que forman parte de las carpetas de los niños como punto de partida para la planeación de actividades con los niños y los padres de familia, con el fin de que estos apoyen y hagan seguimiento al desarrollo de sus hijos. Diligenciar, actualizar y analizar todos los registros que forman parte de la carpeta del niño como punto de partida para la planeación de actividades con los niños y los padres de familia. Diligenciar el control de asistencia diaria, elaborar el consolidado mensual del mismo e informar a la coordinadora pedagógica. Participar en los grupos de estudio-trabajo y en los diferentes eventos de formación y capacitación. Participar en cualquier reunión convocada por algún miembro de la junta directiva
4.2 Con las familias de los niños: .Organizar la escuela para las familias Elaborar material educativo de acuerdo con las especificaciones contempladas en el anexo 10. Orientar a los padres y/o acudientes de los niños sobre los servicios a los que ellos pueden acceder en la comunidad cuando sea del caso. 4.3 Actividades de preparación de alimentos Preparar y distribuir los alimentos de los niños según edades y de acuerdo con las orientaciones dadas por la nutricionista del centro zonal ICBF, aplicando los procedimientos de higiene y manipulación de alimentos. Recibir y almacenar adecuadamente los alimentos, verificando su cantidad y calidad. Utilizar la dotación adecuada para la manipulación y preparación de alimentos. Participar en los eventos de formación y capacitación 4.4 Actividades de aseo, higiene y organización del Hogar Participar en el aseo e higiene de los niños. Mantener en orden y aseo las instalaciones y equipos del hogar. Participar en los eventos de formación y capacitación y en las actividades que se desarrollan con las familias de los niños y la comunidad. Responder por los elementos que les sean entregados para el desarrollo de las actividades.
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4.5 Con la junta directiva Colaborar en las actividades de la junta directiva (elaboración de documentos, entrega de datos) Participar activamente en las reuniones convocadas por la junta directiva 5.0 DERECHOS DE LA JUNTA DIRECTIVA 1. Participar con voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea. 2. Elegir y ser elegidos para desempeñar cargos en la Junta Directiva y en los comités de apoyo. 6.0 DERECHOS DE LA MADRE COMUNITARIA 1. Firmar un contrato laboral 2. Estar afiliada a todas las prestaciones de ley según la normatividad colombiana vigente. 3. Recibir la respectiva dotación por parte de la asociación y el centro zonal 1. 4. Los consagrados en el contrato laboral, estatutos y los lineamientos técnicos indicados por el centro zonal 1 7.0 INCUMPLIMIENTO DE NORMATIVIDAD. 1. El presente manual se realiza con base en los lineamientos técnicos de la asociación por tal motivo el incumplimiento de algún literal puede llegar a ser causal de memorandos, suspensión y cierre de la unidad de servicio. 2. De igual forma cualquier miembro que incumpla el presente manual perderá su condición según lo indican los estatutos. 3. Cualquier incumplimiento y falta cometida por la madre comunitaria, será informada por los respectivos memorandos, los cuales se archivaran en la hoja de vida de dicha madre, enviando una copia radicada al centro zonal 1. 4. Al presentar fallas en la prestación del servicio, al presentar acciones contra la vida e integridad de los menores, y falta de idoneidad de la madre comunitaria, son estrictamente causales de cierre de la unidad de servicio.
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8.0 MODIFICACION El presente manual estará vigente durante mientras dure la respectiva junta directiva, solo podrá ser modificado para una próxima junta directiva, teniendo en cuenta que el manual no podrá ir por encima de los lineamientos técnicos de la asociación. EL PRESENTE MANUAL SE EXPIDE AL 02 DE FEBRERO DE 2016.
REPRESENTANTE LEGAL:
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