Optimización de Talento Humano DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO
8/30/2013
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LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO (LOSEP) 1.- Compra Renuncia Obligatoria 2.- Renuncia Voluntaria con Indemnización 3.- Jubilación Obligatoria 4.- Jubilación Voluntaria (incluye por invalidez y catastrófica)
Código del Trabajo 1.- Despido Intempestivo 2.- Jubilación Patronal 3.- Jubilación Voluntaria (incluye por invalidez y catastrófica)
Todos estos proceso de optimización deben pasar por Comité de Gestión Pública (SNAP – MRL – MINFIN - SEMPLADES) 8/30/2013
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Optimización Talento Humano (LOSEP) .- Renuncia Voluntaria Acuerdo Ministerial Nº MRL – 2011-00158. •
Art. 3.- Compensación económica: Se calculará a partir del inicio del quinto año de servicio dentro de una misma institución.
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Art. 8.- Entre los requisitos más importantes para recibir la compensación económica, se debe cumplir con el dictamen presupuestario del MEF y la aprobación del Comité de Gestión Pública Interinstitucional, y es estar dentro del plan institucional.
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Art. 10.- Del cálculo.- Será equivalente a 5 salarios básicos unificados por cada año cumplido de servicios prestados en la misma Institución, contados a partir del inicio del quinto año de servicio. Sobre la fracción de año se calculará el valor proporcional.
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El valor máximo que podrán recibir las y los servidores públicos por concepto de indemnización será de 150 salarios básicos unificados.
Cabe indicar que el proceso de Renuncia Voluntaria con indemnización obedece a un proceso de Optimización de Talento Humano, por lo tanto no tiene obligatoriedad de ser ejecutado. 8/30/2013
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Optimización Talento Humano (LOSEP) .- Tipos de Jubilación Art. 81.- Estabilidad de las y los servidores públicos.-Las servidoras y servidores de las instituciones señaladas en el artículo 3 de esta ley, cumplidos los sesenta y cinco (65) años de edad, habrán llegado al tope máximo de su carrera en el servicio público. A las servidoras y servidores que, a partir de dicha edad, cumplan los requisitos establecidos en las leyes de la seguridad social para la jubilación y requieran retirarse voluntariamente del servicio público, se les podrá aceptar su petición y se les reconocerá un estímulo y compensación económica, de conformidad con lo determinado en la Disposición General Primera.
Voluntaria
Las servidoras y servidores, a los setenta (70) años de edad, que cumplan los requisitos establecidos en las leyes de la seguridad social para la jubilación, obligatoriamente tendrán que retirarse del servicio público y cesarán en su puesto. Percibirán una compensación conforme a la Disposición General Primera.
Obligatoria
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Optimización Talento Humano (LOSEP).- Cálculo de jubilación •
Requisitos de ley de Seguridad Social (IESS)
Art. 128.- De la jubilación.- Las servidoras y servidores de las instituciones señaladas en el Artículo 3 de esta Ley, podrán acogerse a la jubilación definitiva cuando hayan cumplido los requisitos de jubilación que establezcan las Leyes de Seguridad Social. (LOSEP)
EDAD
AÑOS DE SERVICIO
IMPOSICIONES
POR INVALIDEZ
-
-
SIN LÍMITE DE EDAD
40
480 o más
60
30
360 o más
65
15
180 o más
70
10
120 o mas
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Forma de Cálculo de Indemnización (Jubilación; Compra de Renuncia Voluntaria y Obligatoria)
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Art. 129.- De la compensación.- Tendrán derecho a recibir por una sola vez cinco salarios básicos unificados del trabajador privado por cada año de servicio contados a partir del quinto año y hasta un monto máximo de ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador privado en total. Se podrá pagar este beneficio con bonos del Estado. Ej.: (5*318)*30 = $ 47.700 Máximo a recibir por concepto de indemnización.
La liquidación deberá ser cancelada por cada EOD y corresponden a los beneficios sociales (Decimo Tercer, Decimo Cuarto, Vacaciones) 8/30/2013 ‹Nº›
Optimización Talento Humano (LOSEP) – Proceso de Solicitud Jubilación 1- Solicitud de Jubilación por Escrito a la UATH institucional (En caso de jubilación obligatoria la UATH deberá planificar de oficio); 2.- La UATH remitirá a la Dirección Nacional de Talento Humano para la planificación correspondiente. 3.- La Dirección Nacional de Talento Humano solicitará aprobación por parte del Comité de Gestión Pública. 4.- Una vez aprobado el presupuesto, se asignará a las EOD para que realicen el pago de indemnización y liquidación correspondientes • •
En caso de jubilación por invalidez a la solicitud se debe anexar el certificado con aval del IESS que demuestre la condición. En caso de enfermedad catastrófica a la solicitud se debe anexar el certificado emitido por la Institución correspondientes 8/30/2013
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Optimización Talento Humano (CT) .- Jubilación Patronal El Ministerio de Salud Pública y la Organización Sindical Única Nacional de Trabajadores para la Salud suscribieron el Décimo Primer Contrato Colectivo, mismo en el que se indica varios puntos a ser tomados en cuenta para la jubilación de las y los trabajadores que se encuentran amparados en bajo este régimen. 1.- Desahucio
2.- Indemnización
Mandato 2 - No supera las 210 RMU
3.- Liquidación 1.- Previo desahucio para jubilación el Inspector del Trabajo, solicita certifique si existen fondos. 2.- El plazo de 15 días señalado en el Art. 185 del Código del Trabajo, para que el empleador asigne la liquidación, no es fatal para las partes, no es obligatorio, es el plazo que el legislador laboral concede al empleador para practicar la liquidación pertinente y, obviamente, para consignar el valor resultante ante el respectivo Inspector de Trabajo. 8/30/2013 Fuente: Resolución de Recurso de Casación Publicado en la Gaceta Judicial Nº 13 el 06 de abril del 2004
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Optimización Talento Humano (CT) .-Desahucio • Art. 184.- Del desahucio.- Desahucio es el aviso con el que una de las partes hace saber a la otra que su voluntad es la de dar por terminado el contrato. • Art. 185.- Bonificaciones por desahucio.- En los casos de terminación de la relación laboral por desahucio solicitado por el empleador o por el trabajador, el empleador bonificará al trabajador con el veinticinco por ciento del equivalente a la última remuneración mensual por cada uno de los años de servicio prestados a la misma empresa o empleador. • Ej.: (0,25%*RMU)*Años de Servicio Completos. *(0,25%*650)*25 = $ 4062,50 *(0,25%*650)*30 = $ 4875,00 8/30/2013
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Optimización Talento Humano (CT) .- Jubilación Patronal Cláusula Novena: Jubilación : En caso de que una trabajadora o un trabajador se acoja a la jubilación por el “IESS” o la jubilación patronal el Ministerio de Salud Pública, pagará una bonificación equivalente a SIETE (7) salarios mínimos básicos del trabajador privado por cada año de servicio y hasta un monto máximo de DOS CIENTOS DIEZ (210) salarios mínimos básicos unificados del trabajador privado en total; teniendo como fundamento lo establecido en el Art. 8 del Mandato Constituyente No. 2.
Ejemplos: • •
Ej.: (7*318)*25 = $ 55,650 Valor a recibir por concepto de indemnización Ej.: (7*318)*30 = $ 66,780 Valor máximo a recibir conforme lo estipula el Mandato Constituyente No. 2. • Ej.: (7*318)*25= $ 55,650 Indemnización (0,25%*650)*25= $4062,50 Desahucio Total: $ 59.712,50 *Se suma el valor por desahucio puesto que no sobrepasa el techo establecido en Mandato Constituyente 2 8/30/2013
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Optimización Talento Humano (CT) .- Jubilación Patronal Art. 216 del Código de Trabajo Jubilación a cargo de empleadores.•Los trabajadores que por veinticinco años o más hubieren prestado servicios, continuada o interrumpidamente, tendrán derecho a ser jubilados por sus empleadores …. • Bonificación por Jubilación •Pensión Patronal (IESS 50% de la pensión) ( solamente patronal el cálculo lo determina el MRL)
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Cálculo de Pensión de Jubilación Patronal
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EJEMPLO DESAHUCIO 2012
Se constata la no existencia de la certificación presupuestaria por el concepto de liquidación por desahucio, con lo que el Inspector de Trabajo deja sin efecto el desahucio presentado por el trabajador y ordena el reintegro.
8/30/2013
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Nuevo Sistema de Jubilaciones y Renuncias Voluntarias
La Dirección Nacional de Talento Humano, se encuentra en la elaboración de un Sistema que servirá de consulta a nivel nacional para las servidoras y servidores así como trabajadoras y trabajadores que conforman el MSP. Dicho sistema será cargado en la página web del Ministerio de Salud Pública y se podrán verificar si las personas constan en la planificación al digitar el número de cédula. 8/30/2013
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Nuevo Sistema de Jubilaciones y Renuncias Voluntarias
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Nuevo Sistema de Jubilaciones y Renuncias Voluntarias
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