La Hermenéutica del Vaticano II

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La HermenĂŠutica del Vaticano II por Santiago Grasso



I ¿Es posible una hermenéutica de los textos conciliares? Toda hermenéutica se basa en un texto de interpretación delicada y complicada. ¿Pero puede darse en un texto colectivo, ambiguo y por momentos contradictorio, donde solo se busca la aprobación de la mayoría? ¿La Constitución Sacrosactum Concilium base de la reforma litúrgica, posee estos rasgos literarios?

Como contemplamos en la pintura de Hieronymus Bosch, el camino de la Sagrada Escritura nace de lo alto y por medio del hombre se refleja en el escrito. La hermenéutica pretende hacer el camino a la inversa: observar en el espejo del escrito, aquello que el autor ha reflejado y poder hundirse en dicho espejo, para remontarse como el águila del cuadro a las alturas de la contemplación del autor. Como bien lo refleja la pintura, en todo este proceso de hermenéutica no falta el demonio, quien está a nuestra derecha, opuesto al águila, y con gafas de intelectual, espera su ocasión propicia para empañar esta visión y de este modo embarullar todo el proceso de interpretación. ¿HERMENÉUTICA POSIBLE O UTÓPICA? La pregunta del caso, es si este proceso puede hacerse con los escritos del Vaticano II. Cuando emprendemos el camino a la inversa del escrito, notamos que el espejo, no tiene un escritor sino que dentro del mismo observamos muchas manos. El hecho es simple. Un documento tiene uno o varios autores en su redacción inicial, pero al ser sometido al debate, intervienen decenas de oradores que hacen sus respectivas observaciones. Siempre el objetivo de todo documento es que salga aprobado, por ello comienzan los quites de texto, las enmiendas o interpolaciones de aquellos puntos que los oradores piden se incluya. Esto hace que el escrito final se vea


empañado por la falta de unidad que pudo haber tenido en su origen. Observemos que cuando un texto posee varios autores, como es el caso del Génesis, lo primero que se hace es delimitar los mismos, para observar su unidad intrínseca en cada uno. Con los documentos conciliares esto es imposible de realizar; solo pueden enmarcarse tendencias afines y dispares que confluyen en un texto, que puede comenzar afirmando una cosa y concluir recomendando lo opuesto. ¿Es esto posible? ¿Se observa esto en la Constitutio Sacrosanctum Concilium? UNA VISIÓN SINTÉTICA. – Una síntesis de la Constitutio Sacrosanctum Concilium la da Monseñor Piero Marini, Maestro de las Celebraciones Litúrgicas, al rememorar los 40 años de la aplicación de esta Constitución Conciliar y afirma: «La Sacrosanctum Concilium está estructurada en siete capítulos, precedidos de una introducción de índole general y seguidos de un apéndice. El documento conciliar no sólo contiene algunos principios doctrinales de gran importancia y las líneas fundamentales de la renovación litúrgica, sino también indicaciones concretas relativas al desarrollo de los ritos.» 1 Y continúa Mons. Marini diciendo: «Sucedió entonces algo que no había acontecido nunca en la historia de la Iglesia: ningún concilio había dedicado a la liturgia todo un documento.» ¿LA LITURGIA EN UN CONCILIO? – El hecho que un concilio tomara en cuenta la Liturgia, es llamativo, pues nunca para la historia de la Iglesia, fue la Liturgia un asunto que se debía resolver en un Concilio. Los grandes Concilios se abocaron a dilucidar discusiones referentes al depósito de la fe, no sobre las operaciones, pues estas proceden de la fe y de la doctrina. Significa que para corregir una procesión, se requiere un planteo más profundo en la fe, 1 Tomado de la “Presentación” escrita por S.E. Mons. Piero Marini para el volumen Renouveau liturgiche – Documents fondateurs, Centre national de pastolare liturgiche, éditions du Cerf, Collection Liturgie n° 14, Paris, 2004. La fuente donde obtuvimos el escrito, es www.vatican.va


o dilucidar su depósito doctrinario. La Liturgia, es esencialmente una procesión, es decir una operación que procede de la fe y del depósito apostólico. Las distintas disputas litúrgicas, se desarrollaron hablando, como lo hicieron Policarpo de Esmirna y el Papa Aniceto; entre los cuales no hubo acuerdo sobre la fecha que debía celebrarse la pascua y cada uno continuó haciendo lo que hacía sin estorbos. Era una disputa litúrgica, no dogmática, causa por la que no se llegó al cisma, y no se les ocurrió hacer un concilio para resolver el tema. EL FIN DE LA INMOVILIDAD. – El problema litúrgico, se vio potenciado por un supuesto inmovilismo impuesto luego del Concilio de Trento por San Pío V, y el Vaticano II selló el fin de la aparente inmutabilidad. Mientras la liturgia latina era fija, no existían problemas mayores en 1960, como sí los encontramos en la actualidad. De aquí surge el primer interrogante, pues no sabemos si los venerables padres conciliares solucionaron o trajeron un problema a la Iglesia, algo que quedará más claro al fin de estos dos comentarios. ¿QUÉ ES AGGIORNARE? – Era noción generalizada en la convocatoria, del Concilio, que se buscaba un aggiornamento de la Iglesia a los tiempos modernos. ¿Qué implicancias tenía este término? ¿Era una mera adaptación de la misma forma a las circunstancias presentes o era un cambio de forma? Si los Venerables Padres Conciliares optaban por una reforma, quedaba claro que sobre la forma existente surgía una nueva forma. Acontece que la forma indica la naturaleza de las cosas; por ende, al cambiar de forma, puede acontecer que se cambie de naturaleza. No es posible olvidarse, que es la hipóstasis quien genera la unidad de la forma, de allí que si la naturaleza se cambia en otra, es porque existe otra hipóstasis que la ha generado. ESTO ES UNA RE-FORMA. – Que un tema litúrgico se trate en un Concilio, es algo más que ponerse de acuerdo en un tema a definir, tampoco puede ser un simple aggiornamento o adaptación, sino algo más serio. El documento conciliar lo llamará instauratio, y fue traducido por reforma, donde por mi parte hago notar su real significado de re-forma, es decir hacer una nueva forma, sobre la ya existente. Esto se puede observar en los artículos


que definen los conceptos generales de la misma. Leamos el artículo 21 y notaremos que se inicia con todo el vigor de la re-forma: «...la santa madre Iglesia desea proveer con solicitud a una reforma general (generalem instaurationem) de la misma Liturgia.» (Art.21) RE-FORMA CON FRENOS LÓGICOS. – Este concepto central, que define el objetivo buscado, tuvo su oposición respectiva, pero la idea reformista buscó ocultarse bajo una supuesta lógica, apelando al sentido común, por esto el Art. 21 concluye poniendo un freno a la re-forma iniciada: «...si es que en ellas se han introducido elementos que no responden bien a la naturaleza íntima de la misma Liturgia o han llegado a ser menos apropiados.» (Art.21) Este condicional del Art.21 supedita todo el texto anterior, significa que si no se cumple esta condición, no puede darse la re-forma. Sin embargo, el condicional viene luego del planteo de un cambio obligatorio: «Porque la Liturgia consta de una parte que es inmutable por ser la institución divina, y de otras partes sujetas a cambio, que en el decurso del tiempo pueden y aun deben variar,...» ¿Qué se acentúa la condición o el cambio obligatorio? Este estilo es el que crea la ambigüedad del texto, que puede ser interpretado en dos direcciones, según el propio argumento elegido por el lector. ICONO DE TIRANTEZ. – Este Art. 21, es el icono del Vaticano II, es decir, hace visible lo que subyace en él. Se afirma que la Iglesia desea proveer con solicitud (sedulo curare cupit) a una reforma general de la misma liturgia (ipsius Liturgiae generalem instaurationem). Es manifiesto el deseo irrefrenable de reformar todo, pues es una reforma general, pero luego nos damos contra la pared, cuando leemos el condicional: ...si es que en ellas se han introducido elementos que no responden bien a la naturaleza íntima... Todo se transforma en inseguro, pues por un lado se manifiesta el deseo irrefrenable de realizar una reforma general, pero ¿qué


reforma general se puede hacer con simples elementos introducidos o filtrados dentro de ella? TAMBIÉN EL PROGRESO LEGÍTIMO. – Acontece, que una re-forma no es suficiente, se requiere algo más. ¿Qué es? La necesidad de progreso legítimo; así lo indica el Art. 23. «Para conservar la sana tradición y abrir, con todo, el camino a un progreso legítimo (via legitimae progressioni),...» (Art.23) ¿QUÉ IMPLICANCIAS TIENE ESTE PROGRESO LEGÍTIMO? – Este es el dato, que no será aclarado, dejándose como capa flotante dentro del subconsciente colectivo. ¿Acaso no era la cara moderada de un cambio permanente, como lo marcan los manuales de las ideologías de los revolucionarios trotskistas? Hago esta pregunta porque no es otra cosa que la consecuencia lógica de lo afirmado en el Art. 21 donde se dice que existen partes de la liturgia que con el devenir del tiempo deben variar. RE-FORMA Y PROGRESO CON FRENOS TRADICIONALES. – Como en el Art. 21, el Art. 23, nos da otro ejemplo de tirante equilibrio, manifestando las condiciones del legítimo progreso en la redacción, indicando que todo debe nacer de la Tradición en vigencia. Obsérvese, que si bien se propone el progreso legítimo, luego se frena todo usando hasta el freno de manos: «...debe preceder siempre una concienzuda investigación teológica, histórica y pastoral, acerca de cada una de las partes que se han de revisar. Téngase en cuenta, además, no sólo las leyes generales de la estructura y mentalidad litúrgicas, sino también la experiencia adquirida con la reforma litúrgica y con los indultos concedidos en diversos lugares. Por último, no se introduzcan innovaciones si no lo exige una utilidad verdadera y cierta de la Iglesia, y sólo después de haber tenido la precaución de que las nuevas formas se desarrollen, por decirlo así, orgánicamente a partir de las ya existentes.» ¿SOLO RE-FORMA? – Cuando llegamos al Art. 24 parece que se busca congeniar con todo el espectro posible de


cambios, como son la reforma (instaurationem), el progreso (progressum) y la adaptación (aptationem). No es que baste un solo término para denominar el cambio formal, sino que parece que los venerables padres conciliares no se han puesto de acuerdo en un único término para definir este complejo proceso, de allí el empleo de los tres, pues aparecen tres operaciones distintas. La adaptación, no implica cambio de forma, pero re-forma es dar otra forma sobre la existente y el progreso por su parte indica la imposibilidad de fijar nuevamente la liturgia, sino de hacerla mutar con el tiempo, porque como dice el Art. 21 en el decurso del tiempo [“las partes litúrgicas sujetas a cambio”] pueden y aun deben variar. Si el Vaticano II se había propuesto adaptar la Iglesia, aquí los escritos rompen el molde de la adaptación y se aventuran dentro de la reforma y del indefinido proceso del progreso. Ya no es un simple adaptar o aggiornare, sino un avance contra el límite mismo de lo propuesto. «Por tanto, para procurar la reforma, el progreso y la adaptación de la sagrada Liturgia, hay que fomentar aquel amor suave y vivo hacia la Sagrada Escritura que atestigua la venerable tradición de los ritos, tanto orientales como occidentales.» (Art. 24) Nuevamente se nos aparece el tirante equilibrio, cuando observamos el mismo estilo ambiguo: la necesidad del cambio permanente en el inicio, para procurar la reforma, el progreso y la adaptación, y el freno de la tradición sobre el final, que atestigua la venerable tradición de los ritos, tanto orientales como occidentales. LA LITURGIA DEL YIN-YANG. – Todo este planteo nos muestra una realidad, a la que podemos definir como hacen los pensadores de oriente, esa que condensaron en el yin-yang. Es decir, que la realidad no es simple, sino necesariamente opuesta y en determinados casos también contradictoria. Para ellos nada existe en estado puro, como tampoco nada existe en completa quietud. Este dualismo siempre es dinámico, pues al no poder deshacerse una parte de la otra, ambas viven en permanente tirantez entre la dependencia y el conflicto mutuo. Este estilo, impone el fin de la quietud de Pío V y el necesario inicio del cambio; los


neomodernistas del Vaticano II se percatarán, que el camino del cambio, el yang, debe estar sopesado en la tradición, el yin, para que la liturgia salga del estado de quietud y comience a moverse, y así, lentamente, a mutar en forma permanente. Que nadie se enoje si la llamo la liturgia del yinyang, sigo al pie de la letra los consejos dados por mis grandes maestros inculturadores. ANÁLISIS ETIMOLÓGICO. – Analicemos un poco la terminología verbal de lo que se ha dejado escrito en esta Constitutio. Lo hacemos solamente con los verbos, pues indican las operaciones que se deberán hacer, por expresa voluntad de los venerables padres conciliares, pues se propusieron reformar formas de operaciones. El verbo mutare, traducido por cambiar, se emplea en los artículos 1; 21; 22,§3; 93 y 122. Dicho artículo 122, opino que define el mayor alcance significativo del verbo: «La Iglesia procuró con especial interés que los objetos sagrados sirvieran al esplendor del culto con dignidad y belleza, aceptando los cambios (mutationes) de materia, forma y ornato que el progreso de la técnica introdujo con el correr del tiempo.» Los cambios son de materia, forma y ornato. La materia y forma responde al ser en sí mismo, mientras el ornato responde a uno de los fines de dicho ser. Si trasladamos este significado usado solamente para los objetos, a los ritos, podemos llegar a pensar que se pueden mutar en materia y forma (!). Al verbo instaurare se lo ha traducido por reformar, ya sea en su variante verbal o sustantiva y se usa 20 veces en todo el texto. El verbo revisar (recognoscere), cuyo significado latino busca que se vuelva a conocer algo ya conocido, se emplea 19 veces y sobre todo el espectro de la Liturgia. Si se pide una revisión, es porque lo que cae sujeto a ella, es dudoso. Lo encontramos en los Artículos: 50, 67, 71, 72, 77, 80, 82 y 107, siempre en imperativo con ausencia del yin, es decir, sin condicionamientos ni frenos de ninguna especie: «Revísese...» (...recognoscatur).


Esto nos indica que en todos los artículos mencionados no se reconocen las formas existentes; por ello se da el uso del imperativo: y si no se los reconoce, también puede pensarse que la revisión se dé quasi ad tabulam rasam, pues adolecen de frenos, excepto, claro está los que se impusieron en los Artículos 21 y 23. Como se puede apreciar, todo ha caído en un manto de sospecha. ¿Y si la comisión de expertos e historiadores que estudia cada caso indica que no es necesario revisarse? Por supuesto, podrían ser acusados de desobediencia a un concilio, puesto que se ha establecido la necesidad del progreso legítimo. El verbo restaurare, con su significado de restablecer, renovar, rehacer o reconstruir, curiosamente no se usa en todo el texto. En otras palabras no existe rito alguno para renovar. El verbo modifare o modificari en su significado de arreglar, modificar, dar proporción o dimensión a una cosa, como otra curiosidad, tampoco se emplea. El verbo paescribere, se emplea en el art. 35,§3 con el significado de llevar algo escrito y en el art. 54 con el significado de contenidos ya escritos. EN LOS RITOS, SOLO SE PUEDEN HACER TRES COSAS y las indica el Art. 22,§3 de modo negativo: «...nadie, aunque sea sacerdote, añada (addat), quite (demat) o cambie (mutat) cosa alguna por iniciativa propia en la Liturgia.» Los verbos usados en esta ocasión son añadir (addare), quitar (demare), y cambiar (mutare). El verbo demare se emplea para quitar himnos con sabor mitológico (?) (quae mythologiam sapiunt); suponemos que se refiere al Dies Illa, puesto que no explaya que entiende por el subjetivo sabor mitológico. Significa, que no se tiene pensado quitar nada, excepto la pobre hora de Prima, que fue suprimida sin consideración alguna. Sacando esto, es que no se tiene pensado dar de baja a forma alguna. El verbo addare para el tema que nos referimos solo se lo emplea para agregar sacramentales. La prohibición de añadir se ve luego en ridículo cuando leemos el Art. 31,3:


«...téngase previstas en los ritos mismos breves moniciones, que dirá el sacerdote u otro ministro competente, pero solo en los momentos más oportunos, con palabras prescritas u otras semejantes.» Pero este Art.31,3 donde se introducen las moniciones, se contradice en forma patente con el Art. 34: «Los ritos deben resplandecer con noble sencillez; deben ser breves, claros, evitando las repeticiones inútiles, adaptados a la capacidad de los fieles y, en general, no deben tener necesidad de muchas explicaciones.» MÁS CONTRADICCIONES. – ¿Para qué las moniciones si los ritos son claros y adaptados a la estupidez de cada fiel? ¿Acaso siendo así los ritos hacen falta las moniciones? ¿O se emplean para otra cosa? LATÍN SÍ, LATÍN NO... – Una mención especial merece el latín, la lengua litúrgica. Este idioma, como el árabe para los musulmanes o el griego para los orientales, el copto para los egipcios, era la lengua cultural de unión en occidente, por lo tanto debía mantenerse: «De acuerdo con la tradición secular del rito latino, en el Oficio divino se ha de conservar para los clérigos la lengua latina.» (Art. 101, §1) Pero, por lo visto para algunos representa un grave problema aprender esta lengua (?), pues inmediatamente se prescribe: «Sin embargo, para aquellos clérigos a quienes el uso del latín significa un grave obstáculo en el rezo digno del Oficio, el ordinario puede conceder en cada caso particular el uso de una traducción vernácula según la norma del artículo 36.» (Art. 101, §1) Luego se favorece la ley del menor esfuerzo: «El superior competente puede conceder a las monjas y también a los miembros, varones no clérigos o mujeres, de los Institutos de estado de perfección, el uso de la lengua vernácula en el Oficio divino, aun para la recitación coral, con tal que la versión esté aprobada.» (Art. 101, §2)


Por último, en caída libre, se favorece que no se lo publicite, ni se lo explique, ni se lo enseñe en lo referente al Oficio divino: «Cualquier clérigo que, obligado al Oficio divino, lo celebra en lengua vernácula con un grupo de fieles o con aquellos a quienes se refiere el § 2, satisface su obligación siempre que la traducción esté aprobada.» (Art. 101, §3) Pero esto en cierto modo se contradice con lo que se decía en al Art. 54, pues quienes recitan el Oficio divino, están familiarizados con él, como lo están con el ordinario de la Misa: «Procúrese, sin embargo, que los fieles sean capaces también de recitar o cantar juntos en latín las partes del ordinario de la Misa que les corresponde.» El hecho de recitarlo en el ordinario de la Misa o en el Oficio divino, poco cambia las cosas. Si se debe procurar que los fieles lo comprendan, así como yo comprendía su sentido a los 13 años (y de genio no tenía nada), el Art. 101, §3, está de más. Esto manifiesta la falta de unidad de su redacción. LATÍN VIVO. – Hoy, he podido comprobar, que mientras los neomodernistas se mofan del latín, algunos peritos liturgos cometen errores al pronunciarlo de corrido, mientras que ciertos laicos pertenecientes a los círculos tradicionalistas, hacen perfectamente todas sus oraciones en latín. ¡Caramba,... qué difícil que era! AUSENCIA DE LINGÜISTAS. – De todos modos, el espacio dedicado al Latín en el Vaticano II, es realmente paupérrimo. Solo se vio su praxis. Era lógico, si entrábamos en la era de las acciones, ¿para qué elaborar una teoría sobre su importancia? Parece que no existían lingüistas en el Concilio, pues por su resultado, no los vemos. ¿Cómo se entiende esto, si era un Concilio para ajustarse a la era moderna? ¿No son ciencias la filología y la lingüística? Este descuido, abrirá el camino a su defunción. Nuestros Padres Conciliares, en el tema del latín, parece que no vieron más allá de sus narices. ALGUNAS

CONCLUSIONES.

Hasta

este


momento del análisis, ya se nos presenta una imagen de lo que ha sucedido. Por ello podemos detallar, los siguientes puntos: En primer lugar, un somero panorama etimológico verbal nos lleva a suponer, que la Liturgia es un verdadero problema. En segundo lugar, si analizamos su estilo, nos damos cuenta que es una obra colectiva. El estilo de la Sacrosanctum Concilium surge a la vista, que adolece de falta de unidad. Este punto se verá mucho más patente cuando lo analicemos en la segunda parte. En tercer lugar, ya podemos adelantar, que no se trata de concebir el aggiornare como una adaptación a los tiempos, sino que se debe reformar todo lo que existe, pues está plagado de problemas, a causa del tiempo transcurrido, más aún, se deben adicionar formas-nuevas del legítimo progreso (!?) En cuarto lugar, muchos puntos parecen surgidos de la simple improvisación. ¿CUÁL ES LA VISIÓN DE LOS AUTORES? – Esta es la pregunta final de esta parte de la hermenéutica. Luego de analizar este articulado, podemos afirmar que se propusieron construir una adaptación, la cual se transformó en una re-forma, donde se debían incluir cosas nuevas del progreso. HACIA UN RITO NUEVO. – Si se busca una reforma, de hecho se busca reemplazar la forma existente por otra forma. Existe en esto una ingenuidad, que consiste en creer que el reformador, es como el artista, que toma el mármol y moldea la estatua; o como el panadero, que con la misma masa de harina moldea panes de distinta forma y tamaño. Afirmo que es una ingenuidad muy propia de una escolástica mal asimilada, pues no se toman en cuenta varias cosas: En primer lugar, que si la forma cambia, cambian las operaciones: esto es inevitable, si me rompo un brazo, no cambié, pero varió mi forma, y mientras lleve vendajes, muchas cosas no las puedo hacer. En segundo lugar que la forma es una estructura,


y su unidad se la da la hipóstasis. Si la forma cambia, cambia su hipóstasis que es quien la ha estructurado. Llevado al plano de la Liturgia, si cambio su forma obtengo un rito nuevo. No existe nada de malo en conseguir un nuevo rito, pero el mismo no puede obtenerse de la gnosis de quienes lo redactan (como aconteció luego, entre gallos y medianoche). Un rito surge de un proceso histórico plasmado en el tiempo, es decir, surge de la parádosis del rito en sí mismo. ¿Pero para qué un rito nuevo si ya existe uno? En definitiva, lo que nuestros Venerables Padres Conciliares han logrado, es proponer un nuevo rito, emanado del tradicional, y obtuvimos lo que tenemos: un rito mutante, fiel imagen inculturada del yin-yang chino. ASÍ LLEGAMOS AL GRAN IDEAL: un rito propio para cada celebrante. ¿Cómo? Usando moniciones reiteradas siempre en el mismo momento del rito, tal cual lo comprobamos hoy. Brillante Constituio es esta, donde se nos da la norma y también la forma de burlarla.


II El Caballo de Troya

La Procesi贸n del Caballo de Troya por Giovanni Domenico Tiepolo (1727-1804)

La Constitutio Sacrosanctum Concilium se nos aparece como el Caballo de Troya, empujado por los tradicionalistas troyanos, como el primer monumento al Vaticano II, el cual para poder introducirse como procesi贸n nueva dentro de la Iglesia occidental, deb铆a destruir el muro de la inmutabilidad del rito gregoriano.



Monseñor Marini, rememora en su virtual panegírico, el memorable acto de aprobación de la Constitutio Sacrosanctum Concilium y vibra de emoción al narrar su votación final: «La constitución Sacrosanctum Concilium fue aprobada el 4 de diciembre de 1963, al final de la segunda sesión del Concilio, presidida por el Papa Pablo VI, con una votación prácticamente unánime de los padres conciliares (2.147 votos favorables y 4 contrarios).» 2 VOTACIÓN UNÁNIME. – Muchos han realzado esta circunstancia de la unanimidad. Es preciso analizar la causa de esta especial circunstancia. El hecho de que troyanos y griegos, unánimemente desearan ver el Caballo de Troya dentro de la ciudadela del Vaticano, es algo que debe analizarse y sobretodo meditarse con frialdad y método. Es la Liturgia una procesión de la doctrina católica. La Constitutio Sacrosanctum Concilium se nos aparece como el Caballo de Troya, empujado por los tradicionalistas troyanos, como el primer monumento al Vaticano II, el cual, como aparece en la pintura de Tiepolo, para poder introducirse como procesión nueva dentro de la Iglesia occidental, debía destruir el muro de la inmutabilidad del rito gregoriano. Pero los troyanos parecían ignorar lo que contenía el vientre del Caballo. Dicha unanimidad no podía ser de otra forma, todo lo que cada uno deseaba y buscaba se encuentra dentro del equino y ambiguo vientre o dentro de la Constitutio. LOS TRADICIONALISTAS, PLACET. – Los que buscaban aferrarse a la Tradición, notarán que se afirma con toda claridad, que todo cambio debe surgir de las formas existentes, y queda bien claro su afán de anclarse en la Tradición de siempre, como lo afirma el Card. Stickler: «Pero el Concilio pidió, una y otra vez, que la 2 – Tomado de la “Presentación” escrita por S.E. Mons. Piero Marini para el volumen Renouveau liturgiche – Documents fondateurs, Centre national de pastolare liturgiche, éditions du Cerf, Collection Liturgie n° 14, Paris, 2004. La fuente donde obtuvimos el escrito, es www.vatican.va


reforma se adhiriera a la tradición. Todas las reformas, comenzando con Gregorio I, a lo largo de la Edad Media, durante el ingreso a la Iglesia de los pueblos más dispares con sus variadas costumbres, observaron esta regla básica.» 3 LARVATUS PRODEO...4, PLACET! – Mientras se tranquilizaban las aguas para los tradicionalistas, el documento preparó, dentro del vientre del Caballo, los guerreros para la ideología y la revuelta. Ya en el proemio se perfilaba el fantasma del cambio que se abriría paso a pesar de los viejos tradicionalistas: «Este sacrosanto Concilio se propone acrecentar de día en día entre los fieles la vida cristiana, adaptar mejor a las necesidades de nuestro tiempo las instituciones que están sujetas a cambio,... » ¿QUÉ TIPO DE CAMBIO? – El término cambio, es la traducción del término latino mutationibus, el cual se encuentra en plural, traducido literalmente sería cambios, pero también podría ser considerado como mutaciones. Con mayor claridad, lo haría en su cuerpo el Art. 21, el cual dijimos que es como el icono del Vaticano II: «Para que en la sagrada Liturgia el pueblo cristiano obtenga con mayor seguridad gracias abundantes, la santa madre Iglesia desea proveer con solicitud a una reforma general de la misma Liturgia. Porque la Liturgia consta de una parte que es inmutable por ser la institución divina, y de otras partes sujetas a cambio, que en el decurso del tiempo pueden y aun deben variar, si es que en ellas se han introducido elementos que no responden bien a la naturaleza íntima de la misma Liturgia o han llegado a ser menos apropiados.» CAMBIAR O CAMBIAR. – Nótese el texto, existe una parte inmutable, inmmutabili, y existen partes 3 – Die heilige Liturgie Steyr, Austria: Ennsthaler Verlag, 1997, Franz Breid ed). La presente es una traducción de la versión en inglés aparecida en diciembre de 1998 en la revista norteamericana “Latin Mass”, llevada a cabo por Thomas E. Woods, Jr., a pedido del propio Cardenal Stickler. Tomado de una voce argentina. 4 – AVANZO SOLAPADAMENTE.


sujetas a cambio (partibus mutationi obnoxiis), las cuales deben variar, no se puede ser más claro: cambiar o mutar. Este documento fue el espejo donde cada uno veía lo que quería ver, idéntico a un cuento de final abierto, cada cual arma su propio argumento y todo queda librado a lo que sucederá. ¿Cómo no obtener una votación unánime? Nadie debe asustarse, pues con el texto se forzaba a mutar los ritos, pues la redacción del mismo y la necesidad del cambio, por momentos puede concebirse quasi ad tabulam rasam. El humo se da porque existe fuego: ¿quién encendió la mecha para que en Troya ardan las hojarscas de las rúbricas? ¿Quién derribó las barreras de la muralla que impedía lo que lamentablemente aconteció? CRÍTICA A LO EXISTENTE. – Afirma el Art.50 de la Constitución Sacrosactum Concilium: «En consecuencia, simplifíquense los ritos, conservando con cuidado la sustancia; suprímanse (omittantur) aquellas cosas menos útiles que, con el correr del tiempo, se han duplicado o añadido; restablézcanse (restituantur), en cambio, de acuerdo con la primitiva norma de los Santos Padres, algunas cosas que han desaparecido con el tiempo, según se estime conveniente o necesario.» ¿A QUIÉN SE CRITICA? – Todo se presenta como un principio de orden general, o como lo expresa Monseñor Piero Marini, como líneas fundamentales de la renovación litúrgica, o indicaciones concretas relativas al desarrollo de los ritos. ¿Pero esto es así? Esto es una crítica a la Liturgia en sí misma, y más concretamente a la renovación de Pío V, pues saben bien ellos, que fue este Papa que la fijó, haciéndola casi inmutable. En otras palabras, la renovación de San Pío V, no logró simplificar los ritos, dejando cosas inútiles, el cual (muy descuidado por cierto) no borró lo que se había duplicado o añadido con el correr del tiempo; por lo tanto se hace imprescindible dar un salto hacia atrás. ¿Pero hacia dónde? Hacia la primitiva norma de los Santos Padres, porque por la acción de este Papa, poco capaz e inexperto, y sobretodo muy falto de modernismo, algunas cosas han desaparecido con el tiempo. Ergo, dicen nuestros Padres Conciliares, que lo que el tiempo se llevó se restablezca


(restituantur). Pero, ¿con qué criterio?, pues si el tiempo se lo llevó es porque tal vez era mejor que se lo llevara. Y lo que sigue es una norma subjetiva dando campo abierto al legislador: según se estime conveniente o necesario. Aquí subyace la antropológica costumbre de comulgar con las manos, la cual estaba en la mira de la conveniencia o necesidad de los reformadores tanto para católicos como para sus amigos luteranos. DEMOLER TROYA. – Luego de esta crítica al pasado de la Iglesia, confirmada y avalada en un documento conciliar aprobado por unanimidad nada menos, ¿qué se podía esperar? Estamos ante el primer golpe de masa, para derribar la muralla del pasado de Troya, y junto al pasado se arriesga toda la parádosis. O tal vez, digámoslo en sus términos, dejemos la substancia y hagamos tabla rasa con el resto de las simples formas, por supuesto con cierta prudencia y lógica (?!), para simplificar y que sea todo más conveniente. EL EQUILIBRIO DEL YIN-YANG. – Se puede redactar este débil y antitético equilibrio de dos maneras: Se puede iniciar hablando de la Tradición y dejar una concesión a la modificación, o se puede hablar de un cambio agresivo, dejando una leve concesión a la Tradición. Es el Yin-Yang chino que mencionamos en la Primera Parte. Todo depende de la mayoría o de quien controle la reunión colectiva, y como se observa, se posee voluntad de cambiar, para progresar, pues parece ser que la Liturgia era retardada o atrasada; pero para que todo se vote y para no provocar una ruptura se conceden ciertos frenos basados en la Tradición. Tan solo podemos decir para ser meticulosos, que la única unidad del texto es la tirantez ríspida de los conceptos: progresemos y reformemos todo, pero, eso sí, miremos la Tradición. Dicha ambigüedad y falta de unidad lleva a contradicciones que no son solo aparentes, sino que se dejan ver y se busca resolverlas con la simple redacción. Observemos algunas de ellas: En el Art. 1 se habla de instituciones sujetas a cambio, mientras que en el Art. 21 son partes de la liturgia. ¿En qué quedamos, son instituciones o partes? Indudablemente debemos interpretar que este Concilio viene


a adaptar instituciones, teniendo ellas partes que las componen, las cuales deben ser adaptadas; pero como vimos, va más lejos de una simple adaptación. Por ello este enunciado queda sobrepasado en la misma Constitutio: «Este sacrosanto Concilio se propone acrecentar de día en día entre los fieles la vida cristiana, adaptar mejor a las necesidades de nuestro tiempo las instituciones que están sujetas a cambio...» INCOHERENCIAS. – La amplitud del término parte, puede interpretarse con la lectura de este Art. 21 que solo se trata de elementos que conforman las instituciones humanas. Entonces no tiene sentido el Art. 21 que habla de partes, una divina y otra humana. La incoherencia puede aún llevarse más lejos, pues la parte divina es inmutable, como lo afirma el artículo, pero la humana va unida a la divina, y si es así, la humana no puede ser una permanente mutación, pues acompaña la divina que no cambia; caso contrario, podríamos estar afirmando con hechos, que no existe la parte divina; como asimismo, un sacrosanto concilio afirma de hecho que la parte divina de la liturgia, no va unida a la parte humana, pues si así fuera, no debería existir una necesidad tan grande de cambio. Como surge del artículo, existe un acerbo e irreconciliable dualismo entre la parte divina y la parte humana, donde cada una va por su lado con leyes propias, inmutable la divina y mutable la humana. ¿Cómo puede ser que dentro de un todo unido y perfectamente estructurado, una parte es inmutable y la otra gira al compás del viento de las épocas, como la flecha de una veleta? ¿Es la Liturgia una mutante permanente? MÁS CONTRADICCIONES. – Continuando con las contradicciones, dice el Art. 23: «Para conservar la sana tradición y abrir, con todo, el camino a un progreso legítimo, debe preceder siempre una concienzuda investigación teológica, histórica y pastoral, acerca de cada una de las partes que se han de revisar.» Sin embargo en el art. 89 se toman medidas directas de reforma sin la concienzuda investigación teológica, histórica y pastoral, pues el Cap. IV solo ofrece consideraciones de orden general, un buen historiador no


puede conocer con dicho capítulo el origen del oficio divino, como le resultaría incomprensible esta determinación de los venerables padres conciliares: «d) Suprímase la Hora de Prima.» ¿Cuál es la causa histórica, teológica y pastoral de dicha supresión? El texto no lo afirma si bien podemos suponerlo leyendo la historia litúrgica, pero si este es un Concilio y se propone una Constitutio, ¿es necesario bajar a estos detalles o fijar normas comunes y coherentes de criterio, dejando las determinaciones particulares al reformador? Acontece que al suprimir la Hora de Prima, se corre el riesgo de suprimir oficialmente para quienes reciten el santo Oficio, la consagración a Dios de las obras del día, pues estas dos hermosas oraciones diarias hoy son totalmente ignoradas y desconocidas: «Señor Dios Omnipotente, que nos hiciste llegar al principio de este día, sálvanos hoy por tu virtud, para que hoy no caigamos en pecado, sino que nuestros labios siempre procedan con tu justicia, dirigiendo los pensamientos y las obras. P.J.C.N.S. Amén» «Dirige y santifica, rige y dígnate gobernar, Señor Dios, Rey de los cielos y de la tierra, en el día de hoy nuestros cuerpos y nuestros corazones, nuestros sentidos, nuestras palabras y nuestros actos en tu ley, y en las acciones de tus mandatos, para que merezcamos ser salvos y libres aquí y en la eternidad, por tu auxilio, Salvador del mundo. Que vives y reinas por los siglos de los siglos. Amén.» ¿QUÉ SE QUISO HACER SUPRIMIENDO LA HORA DE PRIMA? – Es entonces cuando nos preguntamos: ¿Qué suprimieron nuestros venerables padres conciliares, la Hora de Prima o la consagración de las obras del día a Dios? Y para no dejar malas hermenéuticas del pobre análisis de mi artículo, respondo, que de jure suprimieron la Hora de Prima, pero de facto lanzaron al olvido el pedido de guía divino en las acciones cotidianas, como asimismo su ofrecimiento oficial a Dios. Y esto acontece, pues cuando se quita la pieza de un reloj, la cual se cree que es inútil, todo el


conjunto se reciente y seguramente el reloj no funcione como antes. DESCENTRALIZAR LA RE-FORMA. – El golpe de gracia de los Venerables Padres Conciliares, es el que abre el camino al caos general, cuando decretan la descentralización del aggiornamento re-formador del legítimo progreso. Dice el art. 44: «Conviene que la competente autoridad eclesiástica territorial, de que se habla en el artículo 22, párrafo 2, instituya una comisión Litúrgica con la que colaborarán especialistas en la ciencia litúrgica, música, arte sagrado y pastoral. A esta Comisión ayudará en lo posible un instituto de Liturgia Pastoral compuesto por miembros eminentes en estas materias, sin excluir los seglares, según las circunstancias. La Comisión tendrá como tarea encauzar dentro de su territorio la acción pastoral litúrgica bajo la dirección de la autoridad territorial eclesiástica arriba mencionada, y promover los estudios y experiencias necesarias cuando se trate de adaptaciones que deben proponerse a la Sede Apostólica.» Dicho artículo propicia la promoción no solo de estudios, sino de experiencias necesarias y las mismas no han sido aprobadas, pues se afirma a continuación que deben proponerse a la Sede Apostólica. Esto se contrapone al Art. 22, § 3: «Por lo mismo, nadie, aunque sea sacerdote, añada, quite o cambie cosa alguna por iniciativa propia en la Liturgia.» CUENTAPROPISMO O DO IT YOURSELF. – Aquí no solo se autorizan los cambios a sacerdotes, sino incluso a los laicos peritos en el tema. Por lo tanto, cualquier persona autorizada por una comisión episcopal, puede realizar el cambio que crea conveniente para luego proponerlo a la “Sede Apostólica”(?), dejando por este artículo, la prohibición casi en el ridículo, pues afirma taxativamente que nadie haga cambios. DE LA DESCENTRALIZACIÓN A LA IMPOSICIÓN. – Esta descentralización, dada en las


circunstancias que se abatieron en los años de plomo, será para las autoridades eclesiásticas territoriales, un arma de presión. Se tomarán medidas regionales de acción directa y luego se presionará al Vaticano para que ceda ante los hechos consumados. A la larga, quien se debilita es la autoridad vaticana. Baste dar un solo ejemplo: comulgar con las manos. URGENTE CONSTRUCCIÓN DEL CABALLO. – Dice el art. 25: «Revísense cuanto antes (quam primum recognoscantur) los libros litúrgicos, valiéndose de peritos y consultando a Obispos de diversas regiones del mundo.» Es curiosa la urgencia que se impone en la tarea de la re-forma, luego de una uni-formidad en el tiempo, tarea que se otorga a los peritos, los cuales no solo estaban preparados para los cambios que se iban a producir, sino que ya tenían el borrador preparado y se blanquea esto con la consulta a obispos de otras regiones; pero los cambios los hacen los peritos, peritos que están imbuidos en las corrientes modernas, pues el signo patético e ideológico de comulgar con la mano, ya lo hacía yo en 1969; significa que los peritos son criptomodernistas que con su larvatus prodeo avanzan con su ley oculta del cambio perenne. MÁS CRÍTICAS AL RITO GREGORIANO. – La re-forma inevitable se debe basar en nuevos criterios pastorales, es decir, humanos, por lo tanto se plantea en el art. 34: «Los ritos deben resplandecer con noble sencillez; deben ser breves, claros, evitando las repeticiones inútiles, adaptados a la capacidad de los fieles y, en general, no deben tener necesidad de muchas explicaciones.» Para opinar esto, es porque en cierto modo se hace lo opuesto. Significa que la forma del rito latino y romano en 1960, no es sencilla, ni breve, ni clara, con repeticiones inútiles y no se adapta a la capacidad de los fieles y existen en él muchas explicaciones. Caso contrario queda sin sentido la re-forma. La misa privada, sin homilía duraba media hora, no


imagino lo extenso del caso. Siempre entendí los textos de los ritos, los entendí porque me los explicaron, pues este es el sentido del misterio, el cual requiere una etapa iniciática. Por consiguiente nunca los vi como oscuros; nunca se repetía algo más de tres veces, pero la repetición era simbólica, caso contrario habría que dar de baja al rosario y la única explicación que conocí fue la homilía, no como ahora que me saturan de explicaciones inútiles. No entiendo si esta crítica velada era para el rito gregoriano o para el rito actual. El artículo parece ignorar no solo lo que se hacía, sino el significado del misterio mismo, lo cual no está en desacuerdo con esta norma básica para la re-forma. BUGNINI, UN TITÁN. – Luego de este panorama, la figura de Mons. Bugnini, no es otra que la de un Titán escalando el Olimpo, con perdón por mi sabor mitológico o meum mythologicum saporem. Este Titán produce en mí un doble efecto antitético o insoportable Yin-yang: el primero consiste en olfatear al masón, y el segundo, es dar gracias a Dios Padre, por impedir que el Titán Bugnini lleve su reforma (intaurationem), revisión (recognitionem), cambio (mutationem), adaptación (accomodationem o aptationem), progreso (progressus), supresión (omittationem), simplificación (simplificionem) y restablecimiento (restitutionem) al extremo que hiciera imposible el sacramento, pues el fruto de este documento podía haber sido más venenoso de lo que fue. PANEGÍRICO AL CABALLO DE TROYA. – Luego de 40 años, Monseñor Piero Marini, Arzobispo titular de Martirano, Maestro de las celebraciones litúrgicas pontificias, realiza su panegírico a la Sacrosanctum Concilium, siendo para dicho arzobispo un feliz aniversario, pues titula a uno de sus párrafos: «Una alegría que se debe revivir». Nuevamente ingresamos en la primavera del 60, parece que el tiempo no cambia, si bien el Vaticano II afirmó que se debe cambiar con los tiempos, pero por lo visto, la alegría es eterna y esta eterna alegría se basa en que la Sacrosanctum Concilium fue el primer documento aprobado por el Vaticano II, por ello el Monseñor reitera lo expresado en la década del 60: «El Papa Pablo VI, plenamente consciente del valor y del significado de esta circunstancia, se hizo


intérprete de la alegría de toda la Iglesia: «Nuestro espíritu exulta de gozo ante este resultado. Nos rendimos en esto el homenaje conforme a la escala de valores y deberes: Dios, en el primer puesto; la oración, nuestra primera obligación; la liturgia, la primera fuente de la vida divina que se nos comunica, la primera escuela de nuestra vida espiritual, el primer don que podemos hacer al pueblo cristiano, que con nosotros cree y ora, y la primera invitación al mundo para que desate en oración dichosa y veraz su lengua muda y sienta el inefable poder regenerador de cantar con nosotros las alabanzas divinas y las esperanzas humanas, por Cristo Señor en el Espíritu Santo.» 5 EL HUMO DE TROYA. – Como los años han desarrollado en mí un espíritu crítico, espíritu de quaerere, luego de leer esta cita del Papa Montini, me viene a la memoria otra cita del mismo pontífice, que allá, en el 29 de junio de 1972, hablaba acerca de un cierto humo que provenía, según él, de Satanás, el cual se había filtrado en la Iglesia, y el Cardenal Virgilio Noè, Maestro de Ceremonia Litúrgicas bajo el Pontificado de Paulo IV, en una entrevista de Bruno Volpe en Petrus, revela que dicho humo era la aplicación realizada sobre la sagrada Liturgia. Por ello le pregunta el periodista, qué significaba dicho humo y su Eminencia contesta: «–… estoy en condiciones de revelar, por primera vez, que deseaba denunciar Paulo VI con dicha afirmación. Y es, el Papa Montini por Satanás entendía agrupar a todos los sacerdotes, obispos y Cardenales que tributan culto al Señor celebrando mal la Santa Misa, por causa de una errada interpretación y aplicación del Concilio Vaticano II. Habló de humo de Satanás, porque sostenía que esos sacerdotes que hacían hojarasca de la Santa Misa en nombre de la creatividad, en realidad estaban poseídos de la vanagloria y de la soberbia del Maligno. Por lo tanto, el humo de Satanás, no era otra cosa que la mentalidad que quería echar por tierra los cánones tradicionales y 5 – Discurso de clausura de la segunda sesión del Concilio, 4 de diciembre de 1963, n. 12: Concilio Vaticano II, BAC, 1966, p. 974.


litúrgicos de la ceremonia eucarística» 6 El humo que Pablo VI observaba, era de la Troya ardiente y se originó por medio de un Caballo de madera, Caballo al que ingenuamente estampó su firma, y que tanto Troyanos como Griegos deseaban unánimemente ver en la acrópolis de la ciudad vaticana. ¡Qué lástima que esta eterna alegría de los Troyanos, que recuerda Monseñor Piero Marini, durase tan poco!

6 – www.papanews.it



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