CONSECUENCIAS JURÍDICAS NACIONALES E INTERNACIONALES ESTIMACIÓN DE LAS LIMITANTES EN PROYECCIONES DE INVERSIÓN sea esta nacional, internacional o mixta, EN UN ESTADO DE DERECHO. GUATEMALA SE HA SUSCRITO A TRATADOS INTERNACIONALES LOS CUALES TIENEN SUPREMACÍA SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, OBLIGANDO A FUNCIONARIOS PÚBLICOS A DAR EXACTO CUMPLIMIENTO DE ESTOS, LA CONSTITUCIÓN Y LEYES ORDINARIAS.
Todo proyecto debe contemplar:
lineamientos 1, 2, 3 y 4 esta Empres los
A) Requisitos Generales;
desarrolla en base a la experiencia que posee,
B) Requisitos Específicos.
pudiendo dar un alto grado de certeza con un
Para ser un PROYECTO FACTIBLE, CONFIABLE Y
mínimo de riesgo.
SOSTENIBLE a corto, mediano o largo plazo. No importando la magnitud, naturaleza de este o
El lineamiento número 5 Factibilidad Legal,
actividad a la que está encaminado.
Para
obliga a la Nación-Estado y Empornac a
poderlo desarrollar garantizando la viabilidad
RESPETAR Y REVISAR Tratados Internacionales,
y éxito de este se debe contemplar la regla que
la Constitución de la República de Guatemala,
es general para todos: “LOS COSTOS EN UN
leyes ordinarias, reglamentos y políticas
PROYECTO SON EFECTIVOS Y TANGIBLES,
nacionales e internacionales que rodeen el
MIENTRAS LOS BENEFICIOS SON POSTERIORES
entorno de la conducta del Poder Ejecutivo y la
E INTANGIBLES.”
Empresa Portuaria en acatamiento a esta. Actualmente la Nación-Estado y Empornac
LINEAMIENTOS GENERALES DE UN PROYECTO:
carecen de total certeza jurídica por lo que ningún proyecto es sustentable para la inversión
de
capitales
nacionales,
1.- Factibilidad Económica.
internacionales o mixtos. El fraude de ley con
2.- Factibilidad Técnica.
la que opera la Empornac y la Confiscación que
3.- Factibilidad Operativa.
se da sobre la finca “El Crique” anula la Factibilidades Económica, Técnica, Operativa y
4.- Factibilidad de Mercadeo.
de Mercadeo y las que se vinculan con éstas,
5.- Factibilidad Legal
para minimizar el costo de riesgo. Si no se contempla el linimiento de Factibilidad
Si se considerara que la Empresa Portuaria Santo Tomás de Castilla contemple la ejecución de proyectos en cualquier área que se relacione con operaciones portuarias. Estimando que posee 54 años de experiencia en el área administrativa y operacional de servicios portuarios de los cuales ha operado fraudulentamente sobre la finca “El Crique” durante 42 años. Es de considerar que los
Legal ningún proyecto es sustentable, este costo de riesgo podría maximizarse, al extremo de anular la excelencia de los anteriores. Si la Nación–Estado y Empornac contemplara aumentar la productividad de la Empresa y ampliación de la misma los 457 metros de muelle, de los cuales 425 estarían sobre la finca “El Crique”, en el área conocida como el Arenal, conforme al DECRETO 9-98 del Congreso de la República, que es la Ley de
Inversión Extranjera, debe contemplarse que la
fundamentales
Empornac al no normar su situación jurídica
constitución o por la ley.
conforme
Artículo 17.
a
inversionista
la
ley,
nacional
no
podría
ningún
o
extranjero
sea
particular o jurídico, aportar capital o solicitar
reconocidos
1.-
por
la
Toda persona tiene
derecho a la propiedad individual y colectivamente.
concesión alguna. (Adjunto fotocopia del
2.-
Nadie será privado
Decreto 9-98 y su modificación Decreto 34-
arbitrariamente de su propiedad.
2007 (20))
Artículo 30.
Nada en la presente
Declaración podrá interpretarse en el En este caso particular la Nación y Empornac
sentido de que confiere derecho alguno al
transgreden:
Estado, a un grupo o a una persona, para
•
•
INTERNACIONALES
emprender y desarrollar actividades o
firmados y ratificados por el Estado de
realizar actos tendientes a la supresión de
Guatemala;
cualquiera de los derechos y libertades
NORMAS CONSTITUCIONALES de la
proclamados en esta Declaración.
TRATADOS
República de Guatemala; •
LEYES
COMPLEMENTARIAS
de
la
B) Convención Americana sobre derechos humanos “Pacto de San José de Costa
República de Guatemala.
Rica”. 22 de Noviembre de 1969. Con conocimiento de causa por estar operando
Artículo 1.
sobre una propiedad que es determinante para
LOS DERECHOS.
que esta empresa desarrolle sus actividades,
1.- Los Estados Partes en esta Convención
adquirida en fraude de ley.
se comprometen a respetar los derechos y
En el caso de la finca “El Crique” se han
libertades
OBLIGACIÓN DE RESPETAR
reconocidos
en
ella
y
a
violado:
garantizar su libre y pleno ejercicio a toda
•
TRATADOS INTERNACIONALES firmados y
persona que esté sujeta a su jurisdicción,
ratificados por el Estado de Guatemala;
sin discriminación alguna por motivos de raza,
color,
sexo,
idioma,
religión,
Derechos
opiniones políticas o de cualquier otra
Humanos, Resolución de la ONU 217 a (III),
índole, origen nacional o social, posición
de 10 de Diciembre de 1948.
económica, nacimiento o cualquier otra
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y
condición social.
tienen, sin distinción, derecho a igual
2.- Para los efectos de esta Convención,
protección de la ley. Todos tienen derecho
persona es todo ser humano.
a
A) Declaración
igual
Universal
protección
discriminación
que
de
contra
toda
Artículo 21. DERECHO A LA PROPIEDAD
infrinja
esta
PRIVADA.
Declaración y contra toda provocación a
1.- Toda persona tiene derecho al uso y
tal discriminación.
goce de sus bienes.
Artículo 8. Toda persona tiene derecho a
subordinar tal uso y goce al interés social.
un recurso efectivo, ante los tribunales
2.- Ninguna persona puede ser privada de
nacionales competentes, que la ampare
sus bienes, excepto mediante el pago de
contra actos que violen sus derechos
indemnización justa, por razones de
La Ley puede
utilidad pública o de interés social, y en los
casos y según las formas establecidas por
progreso individual y el desarrollo nacional
la ley.
en beneficio de todos los guatemaltecos.
Artículo 25. PROTECCIÓN JUDICIAL.
Artículo 40.
1.- Toda persona tiene derecho a un
concretos, la propiedad privada podrá ser
recurso sencillo y rápido o a cualquier otro
expropiada
recurso
colectiva, beneficio social o interés público
efectivo
ante
los
jueces
o
Expropiación.
por
razones
En casos
de
utilidad
tribunales competentes, que la ampare
debidamente
contra actos que violen sus derechos
expropiación
fundamentales
la
procedimientos señalados por la ley, y el
presente
bien afectado se justipreciará por expertos
Constitución,
reconocidos la
ley
o
por
la
comprobadas. deberá
La
sujetarse
a
los
Convención, aun cuando tal violación sea
tomando como base su valor actual.
cometida por personas que actúen en
La indemnización deberá ser previa y en
ejercicio de sus funciones oficiales.
moneda efectiva de curso legal, a menos
2.- Los Estados Partes se comprometen:
que, con el interesado se convenga en otra
a)
forma de compensación.
a garantizar que la autoridad
competente prevista por el sistema legal
Sólo en caso de guerra, calamidad pública
del Estado decidirá sobre los derechos de
o grave perturbación de la paz puede
toda persona que interponga tal recurso;
ocuparse la propiedad, o expropiarse sin
b)
previa indemnización, pero ésta deberá
a desarrollar las posibilidades de
recurso judicial, y
hacerse inmediatamente después que
c) a garantizar el cumplimiento, por las
haya cesado la emergencia.
autoridades
competentes,
establecerá las normas a seguirse con la
decisión
que
en
se
de
haya
toda
estimado
propiedad enemiga. Artículo 41.
procedente el recurso.
La ley
Protección al derecho de
propiedad. Por causa de actividad o delito C) Tratado de Libre Comercio. Entró en vigor el 31 de Julio de 2006.
político no puede limitarse el derecho de propiedad en forma alguna. Se prohíbe la confiscación de bienes y la imposición de
D) XII Convención de Naciones Unidas Anti–
multas confiscatorias.
Corrupción, entró en vigor el 3 de
Artículo 44.
Diciembre de 2006.
persona humana.
Derechos inherentes a la
… Serán nulas ipso jure las leyes y las E) NORMAS
CONSTITUCIONALES
DE
LA
REPÚBLICA DE GUATEMALA; Artículo 39.
Propiedad Privada.
disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuyan, restrinjan o
Se
tergiversen
los
derechos
que
la
garantiza la propiedad privada como un
Constitución garantiza.
derecho inherente a la persona humana.
Artículo 46.
Toda persona puede disponer libremente
Internacional.
de sus bienes de acuerdo con la ley.
general de que en materia de derechos
El Estado garantiza el ejercicio de este
humanos, los tratados y convenciones
derecho y deberá crear las condiciones
aceptados y ratificados por Guatemala,
que faciliten al propietario el uso y disfrute
tienen preeminencia sobre el derecho
de sus bienes, de manera que se alcance el
interno.
Preeminencia del Derecho Se establece el principio
Artículo 135. Deberes y derechos cívicos.
un efecto distinto para el caso de
Son
contravención.
derechos
y
deberes
de
los
guatemaltecos, además de los consignados en otras normas de la Constitución y leyes
•
El Estado de Guatemala se suscribió al
de la República, los siguientes:
Tratado de Libre Comercio en el cual todo
b) Cumplir y velar, porque se cumpla la
país
Constitución de la República.
parte
que
lo
conforme
tiene
obligación de informar a los demás países,
e) Obedecer las leyes;
cuando se de alguna violación a los
Artículo 153. Imperio de la ley. El imperio
capítulos que conforman el convenio, en
de la ley se extiende a todas las personas
este caso específicamente se violan:
que se encuentren en el territorio de la República.
Capítulo I, Propiedad Privada.
Artículo 154. Función pública; sujeción a la ley. Los funcionarios son depositarios
Capítulo X, Certeza en la inversión.
de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella. Artículo
155.
El 3 de Diciembre de 2006 Guatemala se
Responsabilidad
por
adhirió a la convención de Naciones
infracción a la ley. Cuando un dignatario,
Unidas
funcionario o trabajador del Estado, en el
principios son ley para el país desde esa
ejercicio de su cargo, infrinja la ley en
fecha.
contra
la
corrupción,
cuyos
perjuicio de particulares, el Estado o la institución
a
quien
sirva,
será
solidariamente responsable por los daños y perjuicios que se causaren. Artículo
156.
No
órdenes ilegales.
obligatoriedad
de
La Nación y Empornac solo tienen 2 opciones: 1. Respetar
la
Constitución
República
de
auxiliares,
Tratados
de
Guatemala, y
la
leyes
Convenios
Ningún funcionario o
internacionales a los que se ha
empleado público, civil o militar, está
suscrito, para que el desarrollo de
obligado
Empornac
a
cumplir
órdenes
y
los
funcionarios
de
manifiestamente ilegales o que implique la
gobierno no sean una franca y abierta
comisión de un delito.
trasgresión a las normas jurídicas y por consiguiente desestimar el estado de
•
LEYES
COMPLEMENTARIAS
DE
LA
REPÚBLICA DE GUATEMALA.
derecho y puntualizar la ausencia de certeza jurídica.
LEY DEL ORGANISMO JUDICIAL:
2. En apego al estado de Derecho y dar
Artículo 3. Primacía de la ley. Contra la
certeza jurídica los funcionarios de
observancia de la ley no puede alegarse
gobierno compren la finca sobre la
ignorarse, desuso, costumbre o práctica en
cual la Nación y Empornac han
contrario.
usufructuado beneficio durante 43
Artículo 4. Actos nulos.
Los actos
años
o
bien
que
cancelen
un
contrarios a las normas imperativas y a las
arrendamiento por el uso de la
prohibitivas expresas, son nulos de pleno
propiedad que quedó demostrado fue
derecho, salvo que en ellas se establezca
adquirida fraudulentamente por la Nación. Si en la solicitud de crédito para el PROYECTO, Empornac
presentara
en
su
Estado
Patrimonial, a la finca “El Crique” y la incluye como un activo dándose un valor nominal, HABRÍA FALSEDAD, este inmueble NO ES UN ACTIVO, ni de Empornac ni de la Nación, ES UN PASIVO, el cual debe ser comprado a sus legítimos propietarios, como la ley lo manda, esta finca ha usufructuado grandes beneficios durante 43 años, que han gozado la Nación y Empornac en FORMA FRAUDULENTA.