Edicion 908

Page 1

7.000

Simpatía, elegancia y don de gentes, tienen las hermosas candidatas a reinas, cuya elección se cumple en esta semana. P. 00

EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA

Trabajadores con ropa nueva

Mucha belleza en las fiestas

NAPO

ORELLANA

AÑO 19 Edición 908 Circula del 24 al 30 de julio del 2016

El personal de salud recibió del MSP, por ley, nueva ropa de trabajo y prendas de protección. La inversión total supera los 12 mil dólares. P. 00

Parada del nuevo hospital en la mira de todos los taxistas

Los miembros de la unión de taxistas protestaron, fuera de la Alcaldía de Lago Agrio, para exigir que también sean tomados en cuenta en el uso de la parada del nuevo hospital provincial.

P. 12 P


2

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

www.periodicoindependiente.com

Comunidad Semana de belleza y glamour en Orellana

Comaga y CESO-SACO coordinan acciones para elaboración de proyectos Redacción Quito

Foto GAPO: Con la presentación de las candidatas iniciaron las fiestas por los 18 años de provincialización de Orellana. Redacción Orellana

El 27 de julio del 2016 será elegida en el coliseo de Francisco de Orellana la reina de la provincia y nacionalidades de Orellana. En cambio el 28 de julio, en el recinto ferial, será coronada la reina de la expo Orellana 2016. Las hermosas

aspirantes a los cetros fueron presentadas el 15 de julio en el auditorio del Consejo Electoral de la provincia de Orellana. Con la presentación y entrega de bandas se logró conocer a las aspirantes a reina de la provincia, nacionalidades y Expo Orellana 2016. Las candidatas demostraron sus destrezas en la pasarela y su be-

lleza en el escenario. La velada de presentación y ceñimiento de las cintas como candidatas oficiales contó con la presencia de 150 personas. La expo Orellana es considerada “el corazón de las fiestas” y una ventana al mundo para exponer la cultura, biodiversidad, riqueza agrícola y turística.

Organismo electoral labora en Napo Redacción Napo

El informativo semanal Sociedad Viva del Consejo Nacional Electoral (CNE), de la semana anterior, en su primer segmento abordó la reunión mantenida entre las autoridades electorales con la Asociación de Migrantes Retornados al Ecuador (AMRE) con la finalidad de tratar temas referentes a su participación en democracia y la importancia de realizar capacitaciones en valores cívicos y democráticos. Un comunicado del CNE agregó que también está en ejecución la fase de oposición para el concur-

so de designación de los miembros del Consejo de Educación Superior (CES) y del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Ceaaces), recalcando que 48 horas antes de la prueba se procedió a publicar el banco de preguntas sin respuestas. Gráfico de recintos El texto añadió que funcionarios de la unidad de procesos electorales de la Delegación Provincial Electoral de Napo, levantaron un croquis de los recintos urbanos del cantón Tena, de las parroquias Muyuna, Puerto Misahuallí y Puerto

Napo; y del cantón Carlos Julio Arosemena Tola, con la finalidad de cumplir el requerimiento de la matriz del CNE, y de definir los sitios exactos en donde serán instaladas las juntas receptoras del voto para las elecciones de febrero de 2017. Finalmente, las brigadas móviles de cambios de domicilio, divididas en dos grupos visitaron las comunidades de Mango Playa y Fuerzas Unidas, en la parroquia Chontapunta, donde fueron atendidas las solicitudes de cambios de domicilio de 70 habitantes de Mango Playa y 55 de Fuerzas Unidas, dando un total de 125 cambios de domicilio realizados.

El Consorcio de Municipios Amazónicos y Galápagos (Comaga) trabaja de manera conjunta con Canadian Executive Service Organization (CESO-SACO) para beneficiar a los 46 gobiernos autónomos descentralizados (GAD) municipales que integran el consorcio. La CESO-SACO contribuye al desarrollo creando capacidades en gobernanza y desarrollo económico entre los clientes y socios locales por medio de la transferencia de conocimientos y habilidades de asesores voluntarios altamente calificados. En esta ocasión las oficinas del Comaga recibieron la visita de la comisión de CESO-SACO conformada por el asesor André Bosner y el traductor Andrés Erickson, quienes trabajarán directamente con cada uno de los técnicos del Comaga y de los municipios del norte, centro y sur de la Amazonía asociados al consorcio en el apoyo y asesoramiento de elaboración de proyectos, con propuestas de calidad en dos semanas de trabajo. El secretario general del Comaga, Marco González, destacó la apertura de quienes conforman el consorcio para coordinar proyectos y

acciones en beneficio de cada uno de los cantones de la Región Amazónica e Insular. Trabajo Por su parte, el asesor André Bosner expresó que se muestra muy feliz por llegar a Ecuador y trabajar con los municipios de la Amazonía, con los que compartirá su experiencia para presentar una propuesta de calidad en beneficio de los cantones. CESO-SACO labora en base a desarrollar el valor de construir y reforzar la capacidad de socios y clientes locales. Este enfoque está basado en una suposición de que las brechas específicas de capacidades pueden ser tratadas por medio de una ayuda dirigida a corto plazo. La colaboración con cada uno de los asesores voluntarios de CESO puede tomar varias formas: mentorías, entrenamiento, capacitación, seminarios, intercambios de información, exposición a oportunidades para acceder a mercados regionales e internacionales y mentorías a la distancia en forma electrónica o por teléfono. CESO-SACO es una organización de desarrollo conformada por voluntarios, sin fines de lucro, fundada en 1967.

Desafiliación en tiempos de precampaña electoral Redacción Orellana

Betty Granda, quien militó en Alianza Pais (AP), el 21 de julio informó que deja las filas de esta organización política. Agregó que el 9 de junio del presente año presentó la solicitud de desafiliación de AP “mi decisión se debe a que han existido algunas controversias donde aseveran que estoy trabajando con otros movimientos políticos”. Granda recordó que en el 2013 dio un pie al costado porque no se respetaron las decisiones de las bases políticas, el trabajo que venía realizando con sus compañeros durante dos años. Por su parte Eliza Monar, quien estuvo presente en la rueda de prensa, expresó su solidaridad a Betty Granda y le deseó suerte en el nuevo camino que ha escogido, “nosotros respetamos mucho el criterio de cada uno de los ciudadanos, esta es una decisión personal”, dijo.

Los funcionarios del organismo electoral también atendieron las solicitudes de cambios de domicilio electoral.


www.periodicoindependiente.com

3

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

Comunidad Socializan servicios con la comunidad de la parroquia Ávila Huiruno

El 15 de julio, los moradores de Ávila Huiruno acudieron al coliseo de la localidad. Redacción Orellana

Con la presencia de 300 habitantes de las comunidades de la parroquia Ávila Huiruno del cantón Loreto, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) y su dirección distrital Orellana, se realizó un diálogo ciudadano para analizar los diferentes servicios sociales que brinda esta cartera de Estado. Los asistentes abordaron el bono de desarrollo humano, el crédito de desarrollo humano, atención a las personas adultas mayores, personas con discapacidad, y atención en desarrollo infantil a través de los centros infantiles del Buen vivir (CIBV) y la modalidad creciendo con nuestros hijos (CNH), entre otros; allí los técnicos de cada unidad del MIES explicaron la inversión social destinada a los grupos de atención prioritaria en esta parroquia. Informados Imelda Tapia, habitante de la pa-

rroquia y usuaria del bono de desarrollo humano, comentó que los diálogos ciudadanos tuvieron gran acogida ya que estas actividades acercan y permiten conocer los servicios que brinda el Estado, “me gustó conocer un poco más el trabajo que realiza el MIES para las personas con discapacidad y adultos mayores, además con la información que recibí ahora voy a agrupar a mis vecinos para acceder a un crédito de desarrollo humano”, dijo. Adrián Siquia, presidente del comité de familias de la unidad CNH, resaltó la atención que reciben las niñas y niños del sector. “Están atendiendo a los pequeños infantes de nuestra parroquia, antes no había ese servicio, además, controlan su salud y el desarrollo de nuestros hijos”. En la parroquia Ávila Huiruno, el MIES atiende a 380 niñas y niños, de cero a tres años de edad, en desarrollo infantil integral; 56 personas, en situación pobreza y extrema pobreza, han accedido al crédito de desarrollo humano.

Transporte pesado y turismo de Sucumbíos se exonera del anticipo del impuesto a la renta Redacción Sucumbíos

Exonerados en el año 2016 del pago del anticipo al impuesto a la renta está el gremio del transporte pesado y turismo de la provincia de Sucumbíos gracias a la aplicación de los decretos 1118 y 1119 que benefician a estos sectores. El 21 de julio el gobernador Yofre Poma comentó que esta decisión obedece a la crisis que atraviesa la provincia de Sucumbíos, especialmente estos sectores que, con la caída del precio del petróleo, han sido afectados en su economía por lo que desde el gobierno nacional ha tomado medidas para paliar esta situación del comercio en general. En referencia a los decretos, el 1118 exonera del pago del 100 por ciento de anticipo a la renta a los centros turísticos, alojamiento, bares, discotecas y demás servicios que se ofertan dentro del portafolio del turismo. En el decreto 1119 se exonera durante el año 2016 del pago de este impuesto al sector del transporte. Poma dijo que esto es un incentivo que permite alivianar la situación de algunos gremios de la provincia, por lo que se busca que los pequeños emprendimientos y empresas locales puedan ayudarse con estos beneficios tributarios. Dentro de estos acuerdos también se firmó un decreto donde las discotecas y sitios de diversión nocturna puedan funcionar una hora más en la madrugada para reactivar el turismo y los servicios complementarios como alimentación y venta de licores. Aclaración Sobre este tema, Mariuxi Armijos, directora local del Servicio de Rentas Internas (SRI), mencionó que estos decretos son exclusivamente para quienes realicen esta actividad comercial. Aclaró que acceden al bene-

El gobernador Yofre Poma (c) subrayó que la crisis económica local obedece, entre otras causas, a la baja del precio del petróleo a nivel internacional.

ficio las personas que ya realizaron su pago de impuesto a la renta, quienes después deben presentar una declaración sustitutiva donde especifique que se acoge a este decreto para que el pago le salga en cero. Añadió que las personas que ya pagaron deben pedir la devolución de su dinero ante el SRI. Estos decretos ya están vigentes por lo que los que aún no han pagado no deben hacerlo. Esta ayuda solo rige para el transporte, el turismo y el comercio, las demás actividades económicas deben pagar normalmente. Por su parte, Luis Galarza, presidente de la cámara de turismo de Sucumbíos, afirmó que es un alivio para este sector que ha sido golpeado por la crisis; esta asociación cuenta con 96 miembros de los cuales la mayoría se acogerá a esta medida que sirve como paliativo para este gremio. Mientras tanto, Cecibel Paz, representante del transporte pesado, calificó la medida como aceptable puesto que insistieron en que se considerara el año 2015 que fue el año en que las ventas se fueron a pique. Sin embargo expresó que lo mejor que ha dejado la crisis es que se unieron como transporte. La queja generalizada de los dirigentes es por el incumplimiento de los pagos por parte de las empresas petroleras ya que siguen tercerizados por las grandes compañías y continúa la falta de trabajo y por eso deben someterse a las exigencias económicas

y pago de seguros para trabajar. Paz pidió que el Gobernador intervenga con la multinacional Harlliburton quien explotará los campos maduros para que contrate mano de obra local y se pueda dinamizar la economía del transporte pesado en la provincia de Sucumbíos. Deudas Por otro lado, Patricia Rivadeneira, dirigente de la federación de transporte del cantón Shushufindi, mencionó que los pagos que les adeudan alcanzan los dos millones de dólares, y en algunos casos hasta dos años de mora tienen empresas subcontratistas con este gremio, por lo que piden que este decreto se extienda hasta el 2017, porque considera que los grandes empresarios cada día les exigen más condiciones a los transportistas considerándolos al mismo nivel de grandes compañías, además denunció actos indignantes en contra de los transportistas amenazándolos con tarifas bajas y de no aceptar, no les asignan el contrato. Rivadeneira subrayó que están en crisis y que la banca ya no les otorga créditos, lo que los mantiene endeudados, por eso esperan reunirse a nivel nacional con las cámaras de transporte y otras federaciones que los representan de las cuales no se ven beneficiados porque no atienden a las necesidades específicas del transporte pesado de Sucumbíos.

P

Llega la hora de cambiar las cédulas caducadas

EXTRACTO

Redacción Sucumbíos

Invalidadas están las cédulas caducadas o que tengan la frase “válida hasta la muerte del titular” de acuerdo al contenido de la Ley Orgánica de Gestión de Identidad y Datos Civiles (Logidc). En base a esta norma legal, el coordinador técnico de la oficina provincial del Registro Civil, Juan Alverca, llamó a la ciudadanía para que renueve su documento de identidad. Las causas de invalidez de la cédula, según Alverca, es por muerte del titular o por expiración del tiempo de vigencia del documento, puesto que desde hace varios años se ha renovado la antigua cédula de papel, vulnerable a falsificaciones, por la de hologramas que cuenta con 15 sellos de seguridad. Sin validez Esta Ley aplica para las cédulas descritas anteriormente donde permanecían vigentes hasta la muerte del titular; éstas deben ser cambiadas porque ya no tendrán validez,

CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA REPÚBLICA DEL ECUADOR De conformidad con el Art. 15 de la Codificación del Reglamento para las Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, se procede a la publicación del siguiente extracto: Nombre de la organización Política: MOVIMIENTO POLÍTICO ACUERDO CIUDADANO “AC” Ámbito de acción: PROVINCIA DE SUCUMBIOS Nombres y Apellidos del Representante: AUGUSTO ALEJANDRO GUAMAN RIVERA Fecha de ingreso de la documentación: 18 de Julio de 2016. Sede: Calle Quito y Manabí, Nueva Loja – Lago Agrio - Sucumbíos – Ecuador. Término para impugnación: Tres días a partir de la publicación del extracto. Símbolo: El símbolo del Movimiento Político Acuerdo Ciudadano es un rombo dentro del mismo está el sol color amarillo, sus cuatro ángulos son redondeados y una base rectangular donde se incluye en nombre del Movimiento Político Acuerdo Ciudadano es de color blanco, sus siglas son “AC” (Acuerdo Ciudadano).

El presente extracto se publica con el objeto de que si alguna organización política, persona, personas naturales o jurídicas, consideran que la inscripción solicitada incumple normas constitucionales y legales podrán presentar su reclamo administrativo dentro del término de tres días, contados a partir de la fecha de esta publicación de conformidad con lo dispuesto en el Art. de la Codificación del Reglamento para la Inscripción del Partido, Movimiento Político y Registro de Directivas. Nueva Loja, a 21 de julio de 2016. Lcda. Olga Moya Conforme SECRETARIA DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SUCUMBÍOS DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL S-2765

Con cédulas que no estén vigentes los ciudadanos tendrán inconvenientes para realizar trámites públicos o privados y obtener beneficios del Estado como acceso a los bonos.

mientras las que conservan el antiguo formato se podrán usar hasta que llegue su fecha de caducidad, dato ubicado en la parte trasera del documento, agregó Alverca, o a través de la página web. La renovación de la cédula tiene un costo de 15,00 dólares en las instalaciones del Registro Civil,

mientras que las personas que viven en comunidades alejadas de la cabecera cantonal podrán hacerlo a través de las brigadas móviles. En referencia a los trámites para extranjeros residentes en el Ecuador, deben hacer sus diligencias de renovación o cedulación en Quito, Guayaquil o Cuenca.


4

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

www.periodicoindependiente.com

Comunidad Parroquia 3 de Noviembre tiene su juez de paz El nuevo funcionario de la parroquia 3 de Noviembre ya desempeña su función: juez de paz.

Ropa de trabajo y prendas de protección para trabajadores Redacción Napo

El personal sujeto al Código de Trabajo de la dirección distrital 15D01salud (Archidona, Tena, Carlos Julio Arosemena), recibieron uniformes y prendas de protección con la finalidad de optimizar la atención a los usuarios en los establecimientos de salud de primer nivel y minimizar los riesgos en su entorno de trabajo. De acuerdo a lo estipulado en el undécimo contrato colectivo de trabajo celebrado entre el Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Organización Sindical Única Nacional de los Trabajadores del MSP (Osuntramsa), el MSP entrega anualmente a cada trabajador uniformes de buena calidad, con sus respectivos zapatos y prendas de protección. Áreas de labores

Redacción Orellana

El agricultor Luis Toro Armijos, de 21 años de edad, fue designado entre siete candidatos como juez de paz de la parroquia 3 de Noviembre del cantón La Joya de los Sachas luego de cumplir un proceso de capacitación. Para el nuevo funcionario entre sus competencias está la resolución de obligaciones patrimoniales de hasta cinco salarios mínimos, arren-

damientos, contratos, deudas, bienes y servicios, ruido, basura, conflictos comunitarios, linderos, ambientales, temas de agua y problemas familiares. El nuevo juez de paz señaló que acoge el pedido de su comunidad con responsabilidad y entusiasmo de manera voluntaria sintiéndose motivado por el trabajo que realizará para su parroquia. Respaldo comunal

Buscan espacio para los sitios de tolerancia de Shushufindi Los dueños de los chongos solicitaron se analicen las diferentes alternativas y se determine el lugar más idóneo para la reubicación de sus negocios.

Redacción Sucumbíos

La concejala Célida Garófalo, los directores de planificación y seguridad ciudadana, en conjunto con los propietarios de los centros de diversión para adultos, realizaron un recorrido por el sector norte y sur de Shushufindi para analizar y definir posibles espacios para la reubicación de los sitios de tolerancia de acuerdo a las normas legales vigentes. Garófalo se basó en la reforma a la ordenanza del plan de desarrollo y ordenamiento territorial (PDOT) que determina al sector norte como un lugar apto para la reubicación de los locales de tolerancia. Agregó que este trabajo se realiza en consenso y socialización con los actores involucrados. En menos de dos años En el en el artículo 50 de la reforma

a la ordenanza del PDOT cantonal, publicada en el Registro Oficial del 4 de marzo del 2016, se establece que la zona de tolerancia estará ubicada en el sector norte, donde en un plazo de dos años, a partir de la publicación del instrumento legal, tendrán que trasladarse los negocios de este tipo, que actualmente están ubicados en el área urbana de Shushufindi. Paúl Romero, director de planificación, informó que el crecimiento poblacional ubica a los centros de tolerancia en el área urbana, por ello el Municipio inició la búsqueda de un terreno que cumpla las condiciones adecuadas para el funcionamiento, accesibilidad, seguridad y servicios básicos. Por su parte, los propietarios de los prostíbulos reconocieron que existe la necesidad de trasladarse a otro lugar.

Jacinto Paredes, presidente del gobierno parroquial 3 de Noviembre, manifestó que tiene todo el apoyo de la comunidad para solucionar los desacuerdos y problemas entre vecinos por la vía del diálogo. La parroquia 3 de Noviembre, en el cantón La Joya de los Sachas, es la sexta parroquia de Orellana en contar con justicia de paz luego de Lago San Pedro, Enokanqui, Unión Milagreña, San Carlos y El Dorado.

73 personas que reciben estos beneficios de ley trabajan en la dirección distrital 15D01- salud como visitadores de epidemiología, asistes de admisiones y atención al usuario, auxiliares administrativos de servicios generales, conductores, auxiliares de enfermería, laboratorio, odontología, farmacia, enfermería y fumigadores. Para quienes laboran en el área de control vectorial (fumigadores), adicionalmente reciben un casco de aluminio, tapones de oídos, monogafas de seguridad, ponchos impermeables en PVC, mascarillas doble filo y chalecos salvavidas. “El gobierno nacional cumple con los trabajadores de la salud, es su derecho contar con todos los implementos para que realicen bien su trabajo y de forma segura”, manifestó Jorge Romero, director distrital 15D01 - salud.

En la entrega de ropa de trabajo y prendas de protección el MSP invirtió 12. 247 dólares.

Reconocimiento público para docentes mejor puntuados Redacción Sucumbíos

La Universidad Nacional de Educación (UNAE) durante el primer conversatorio intercultural Mishki Shimi, desarrollado el 14 de julio en Cascales, realizó un reconocimiento público a dos profesores y una unidad educativa de la provincia de Sucumbíos por alcanzar el promedio más alto en la evaluación nacional “Ser maestro” emprendida por el Ministerio de Educación a través del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (Ineval) en el régimen Sierra y Amazonía. Rebeca Castellanos, vicerrectora académica de la UNAE, expresó el reconocimiento al trabajo y dedicación emprendida por los docentes mejores puntuados, ejemplo de enseñanza y aprendizaje que enorgullece a los sucumbienses. Mientras tanto, Germánico Amable Moreno Lescano, docente de física de la unidad educativa Pacífico Cembranos, quien alcanzó 795 puntos en su especialidad, recibió el reconocimiento de la UNAE; él expresó ser un elemento que se ha construido a medida de la exigencia de sus estudiantes, por eso se siente honrado por representar a la provincia como uno de los mejores docentes..

El profesor Germánico Moreno subrayó que el reconocimiento obtenido se lo debe a sus estudiantes.

Valor y vocación Por su parte Maribel Sarmiento, coordinadora de UNAE Lago Agrio, dijo que ser docente es una labor de vocación y valentía por construir una sociedad más justa y equitativa. Nancy Yaqueline Rivera Auz, docente de la unidad educativa Sucumbíos, quien obtuvo 986 puntos en el área de estudios sociales de octavo a décimo de educación general básica, comentó que el

reconocimiento se lo debe a sus estudiantes, resultado de un proceso de aprendizaje y compromiso de continuar fortaleciendo el desarrollo de su pueblo mediante el conocimiento. Mientras que Wilfredo García, docente de la UNAE en Lago Agrio, resaltó la buena gestión de la unidad educativa Sucumbíos por ser la institución educativa con maestros mejor evaluados resultado de la Evaluación Nacional.


www.periodicoindependiente.com

Opinión

La tempestad no es sinónimo inmediato de revolución, sino solamente portadora potencial de avanzadas revolucionarias.

De buenas intenciones está cubierto el camino al infierno dijo alguien en referencia, seguramente, a los discursos que no guardan concordancia con la práctica, en donde se ve si es o no real, útil o efectiva una propuesta, como la establecida hace varias semanas por el presidente Correa, sobre el denominado “pacto ético”. En principio suena bonito pero, a pesar de esto, ya ha tenido respuestas contrarias desde los diversos grupos opositores al gobierno nacional que tienen algo que ver con el depósito de sus dineros en paraísos fiscales. De ahí que más despliegue informativo tienen las declaraciones del candidato of shore que se opone a esta propuesta, que el apoyo que ha recibido el pacto ético desde ciertos sectores que simpatizan con la visión oficial. Un pacto ético, por tener muchas interpretaciones, debe ser delimitado a qué estratos económicos de la población incluye, quiénes deben ser aspirantes a impulsar el pacto ético, y de qué formas. Esto lo de-

El discurso de lo ético

cimos porque la gente pobre apenas obtiene pocos dólares para sobrevivir, es decir no hace transacciones ilícitas, no tiene cuentas en paraísos fiscales, no consta en la nómina de la Papeles de Panamá, en definitiva no grita desde las tarimas políticas o a través de micrófonos y cámaras. Vemos que ha sido necesario que desde el exterior vengan publicaciones de inversiones sin ética para que un ciudadano ecuatoriano proponga que nos manejemos en torno a un pacto ético. Este pacto ético debió ser establecido o significado bajo una ley hace tiempos para que personajes de ingrata recordación no aspiren, ni siquiera, a ser concejales menos todavía a presidente de la república; así serían sancionados de alguna manera los responsables del feriado

bancario o los sindicalistas que han perdido sus privilegios. Pero también sería una forma de sancionar a ciertos funcionarios actuales que han tenido su guardado, nos referimos a las cuentas en Panamá, aunque no hayan recibido un centavo de ganancia. Quienes tienen recursos en paraísos fiscales sabían lo que hacían, antes de firmar los documentos estaban conscientes de qué se trataba, por lo tanto se pisoteaba la ética, categoría situada al último de nuestros comportamientos cuando las leyes son ambiguas o no existen. En otras palabras, quienes sacaron sus dineros sabían que los beneficiaba tenerlos en paraísos fiscales antes que dentro del sistema financiero nacional. Nos preguntamos, con qué cara un presidente eventualmente elegido

en el 2017, con dineros en paraísos fiscales, actuará cuando detecte una evasión de impuestos; qué le diría a ese evasor si él mismo es uno de los que tienen “inversiones” en Panamá. Con seguridad que la ley se aplicaría solo para el más débil. El pacto ético por lo tanto va más allá del manejo del restringido ámbito eleccionario, ya que la ética es lo que más nos falta, como simples ciudadanos que consumimos día a día el discurso mediático y que llena los espacios de la campaña electoral; desde las aulas de clase en donde se deben alcanzar evaluaciones sin trampas, hasta las recetas de los médicos que no prescriban medicinas de los laboratorios que más los halaguen. En cada uno de nosotros está el deseo libre de aceptar o no el pacto ético.

Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Director-Editor (e): Presidenta: Vicepresidente: Gerente:

Galo Guevara Bayardo Pérez María Catota Enrique Quinteros Gladys Granda

SUCUMBÍOS Responsable: María Catota Corresponsal: Lady Acosta Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827 ORELLANA Responsable: Lizandra Torres Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268 QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO EDITORIAL

Gustavo Salazar

COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas.

IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 10.000 a 12.000 ejemplares en circulación semanal VISITE: www.periodicoindependiente.com periodico@periodicoindependiente.com La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.

La verdad Este término es utilizado muy a menudo, llegando en ciertos casos a enemistades, peleas y resentimientos, en vista de que todos nos creemos ser dueños de la verdad, de ahí que es importante tener conocimiento e información sobre este tema. En cierta ocasión en que estaba participando en un taller sobre Reingeniería Humana con PNL se analizó el tema, entre otras cosas se concluyó que existen temas sobre los cuales no es conveniente entrar en discusiones, en vista de que todos se creen ser dueños de la verdad, de tal manera que cada uno de los integrantes de esos grupos de discusión trata de imponer sus argumentos. Los temas susceptibles de controversias son: religión, deporte y política, entre otros temas, la causa que impide llegar a un entendimiento, se llama, pasión, y donde interviene la pasión no tiene acceso la razón, por ese motivo no pueden llegar a consensos y es preferible no hablar de esos temas, sino se ha desarrollado la capacidad de saber escuchar. Al respecto me parece interesante, establecer algunos criterios sobre verdad, para los defensores de la Programación Neurolingüística, la verdad se la puede dividir en tres dimensiones: la verdad absoluta, concebida como todo prin-

cipio, ley, valor, hecho o fundamento que funciona y es verdad absoluta para todos, es decir, puede ser comprobada y verificada por todos bajo los mismos parámetros, en este caso tenemos la fuerza de la gravedad, la fuerza centrífuga, la interacción nuclear, y el campo electromagnético. Luego tenemos la verdad relativa, válida para unas personas o grupos y no puede ser comprobada ni verificada por todos bajos los mismos parámetros, en este caso tenemos la política, la religión, el deporte, y la hipnosis. En tercer lugar tenemos la verdad indeterminada, es aquella que funciona de forma desconocida para el ser humano y ninguna persona pueda dar testimonio objetivo de su funcionamiento, hasta la presente fecha, en este campo tenemos, el universo, el espíritu, el alma y el principio de incertidumbre. En este orden de cosas, considero de vital importancia, buscar “la verdad” en diferentes fuentes de información con la finalidad de no caer en dogmatismos y fundamentalismos que tanto daño han hecho y están haciendo a la humanidad, tenemos casos de terribles enfrentamientos entre hinchas de ciertos clubs deportivos, de igual forma en la historia de la humanidad encontramos casos horrorosos de asesinatos y crímenes

5

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

orientados por fundamentalismo religiosos. En este aspecto no podemos pasar por desapercibidos los enfrentamientos y pérdida de vidas humanas dirigidas por ideologías políticas, como capitalistas, izquierdistas, y socialistas entre otros. Supuestamente buscan el bienestar de los pobres, desposeídos y marginados. Resultado visible, el bienestar y la felicidad de los dueños de los poderes del Estado y el pueblo bien gracias, como siempre, víctimas de la manipulación, el engaño y la mentira. Repitiendo aquella frase acuñada por: Joseph Goebels, encargado del Ministerio de Propaganda de la Alemania Nazi, quién tenía la función de controlar los medios y formas en que la comunicación llegaba al pueblo. Esta facultad incluía promover sentimientos de orgullo, pero también de odio, y para eso en ocasiones era necesario mentir para convencer de cosas alejadas a la realidad. Por ello, la frase que más se atribuye a Goebels es que “una mentira repetida mil veces se convierte en verdad”. Amigas y amigos, nadie es dueño de la verdad, es una responsabilidad de todos buscarla y decir no a la manipulación. Ernesto López Romero. nelinlr@yahoo.com

Ciudadanía vs medios de comunicación En los últimos años, el actual gobierno se ha esforzado por democratizar el acceso a la información por parte de la ciudadanía. Ha creado o fortalecido medios de comunicación de carácter público, impulsó una nueva Carta Magna que establece a la comunicación como un derecho ciudadano. Más tarde, en el 2013, la Asamblea Nacional expidió la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), calificada por la oposición y por ciertos medios de comunicación identificados con la oposición, como una ley mordaza. La ley tiene como objetivo desarrollar, proteger y regular, en el ámbito administrativo, el ejercicio de los derechos a la comunicación establecidos constitucionalmente. Para lo cual se ha creado la Superintendencia de Comunicación (Supercom), la cual ha sancionado a 198 medios de comunicación, desde su creación, por diversas infracciones que han afectado a personas e instituciones. Sin embargo, por la actual coyuntura política, social y económica que vive el país, asistimos la gran mayoría de ciudadanos a una pugna permanente entre los principales medios de comunicación, los unos alineados al gobierno y los otros a la oposición. Resulta obvio y muy molesto observar el espacio, las facilidades, el tiempo y la coincidencia entre entrevistadores y entrevistados en los medios alineados con la oposición. Estos mismos medios (TV), cuando invitan a funcionarios o representantes del gobierno, sus entrevistadores casi no les permiten hablar, los interrumpen, no les permiten terminar sus ideas, se confrontan con ellos, les hacen conocer sus opiniones personales y en el último de los casos, concluyen muy rápidamente la entrevista. Es como si entrevistaran al enemigo. En los medios públicos, los funcionarios del gobierno tienen preferencia, mayor espacio para que puedan desarrollar sus ideas. En estos medios aparecen muy poco los políticos de oposición. Y, en medio, está la gran mayoría de la ciudadanía, que asiste incrédula y molesta a esta bronca política en que los principales medios de comunicación toman partido. Lamentablemente, los medios de comunicación privados han asumido un rol político, identificándose abiertamente con postulados políticos, y cual si fueran partidos o movimientos políticos, asumen y defienden puntos de vista. Se pierde así, el sentido crítico y la credibilidad (lo más importante) del medio de comunicación y la gente, luego de escuchar la versión de lo que se dice en ese medio, debe buscar información en la otra fuente, la pública, para hacerse una opinión con mayores elementos de juicio. Lic. Patricio Saravia Vega. patriciosaraviavega@yahoo.es


6

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

www.periodicoindependiente.com

Judiciales EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A quien interese, se le hace saber que en esta Judicatura se ha presentado la siguiente acción: JUICIO: 2014- 0812 ACTOR: DRA. DALIA UNDA, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO DEMANDADO: CARLOS VICTORIANO FREIRE TRAMITE: ESPECIAL OBJETO: INSOLVENCIA CUANTÌA. INDETERMINADA JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE SECRETARIA AB. SEBASTIAN CAJAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente por el sorteo practicado por lo declaro que la demanda es clara, precisa y reúne los requisitos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil.- De la documentación presentada por la DRA. Dalia de Hernández en calidad de Procuradora Judicial del Banco del Austro, se desprende el antecedente legal necesario para que se presuma la insolvencia y consecuentemente haber lugar al concurso de acreedores en su contra, particular este que se pondrá en conocimiento del público por una sola vez, una vez transcurrido el término de ley: CÍTESE A : CARLOS VICTORIANO FREIRE aquí en la ciudad de Tena , concediendo el término legal de tres días para que pueda oponerse a la insolvencia, pagando la deuda o dimitiendo bienes suficientes y no comprendidos en los ordinales 2º y 3º del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil.- De no cumplir lo ordenado, se procederá conforme lo dispone el Art. 509 del C. de P. Civil.- Téngase en cuenta la documentación presentada.- En concordancia con los Arts. 25 y 27 del Reglamento del Centro de Mediación de la Función Judicial, aprobado mediante Resolución No. 209-2013 de 27 de diciembre de 2013 por el Pleno del Consejo de la Judicatura, publicado en el Registro Oficio Segundo Suplemento No. 165 de lunes 20 de enero de 2014, esta Judicatura puede derivar la presente Causa al Centro de Mediación Judicial; para lo cual las partes deberán en el término de tres días manifestar su aceptación o negativa al proceso de mediación una vez citados los demandados en legal y debida forma, a falta de pronunciamiento expreso se entenderá como aceptación tácita. En el caso oposición a la derivación de la causa, continúe la tramitación del proceso.-Notifíquese en la casilla señalada y correo electrónico.- NOTIFÍQUESE.- f). EL JUEZ Dr. Clever Urgilez Calle.- (sigue la notificación) lo que comunico a usted para los fines de Ley. LO CERTIFICO. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Martes, 29 de marzo de 2016, a las 14h31, se ha dispuesto lo siguiente: Los escritos que anteceden así como la contestación a los oficios enviados agréguense al proceso, atento al mismo, publíquese en uno de los diarios de mayor circulación provincial, la presunción de insolvencia del señor Carlos Victoriano Freire. Notifíquese.Abg. Mario Borbua Gallardo SECRETARIO E. Acción de personal No. 545-UPTH-2016-IN 1/3 F………….T1445

EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A quien interese, se le hace saber que en esta Judicatura se ha presentado la siguiente acción: JUICIO: 2014- 0813 ACTOR: DRA. DALIA UNDA, PROCURADORA JUDICIAL BANCO DEL AUSTRO DEMANDADO: MARIA BLANCA CHIMBO TAPUY TRAMITE: ESPECIAL OBJETO: INSOLVENCIA CUANTÍA. INDETERMINADA JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE SECRETARIO: AB. SEBASTIAN CAJAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite. Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- De las copias certificadas que acompaña consta que, fue requerido la señora MARIA BLANCA CHIMBO TAPUY, con el mandamiento de ejecución dictado por esta Judicatura, no ha pagado ni ha dimitido bienes, por lo que se presume su insolvencia, y por lo mismo, ha lugar la formación del concurso de acreedores, por lo tanto se ordena que la fallida dentro de ocho días presente el balance de sus bienes, con indicación de activos y pasivos; que se ocupen y depositen sus bienes, libros, correspondencia y más documentos y se haga cargo de los mismos el Síndico ad-hoc del concurso de acreedores, señor Marco Orellana, quien se posesionará de su cargo en cualquier día y hora hábil, que se acumulen los pleitos que se sigan en contra de la fallida por obligaciones de dar o hacer, con exclusión del hipotecario, remítase copias de lo actuado a uno de los señores Fiscales Distritales de Napo para la calificación de la Insolvencia; Ofíciese a la señora Directora Distrital Educativo 15D01, Directora Provincial del Servicio de Rentas Internas de Napo; Notarios de los cantones Tena, Archidona, de la misma manera a los Registradores de la Propiedad de dichos cantones, Director General del Ministerio de Relacione Laborales con sede en la ciudad de Tena; a la Contraloría General del Estado, a la Superintendencia de Bancos y Seguros, haciéndole conocer que la señora Marcia Blanca Chimbo Tapuy, que se le ha iniciado el juicio de insolvencia en contra de la demandada antes nombrada. Notifíquese a la Fiscalía Provincial de Napo y Jueces de la Unidad Judicial Penal de Napo. Cítesele a la señora Marcia Blanca Chimbo Tapuy, en el lugar que se indica en la presente demanda.- Incorpórese al proceso la documentación adjunta. Téngase en cuenta la designación de su defensor, la casilla judicial y el correo electrónico señalado para sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Jueves, 02 de junio de 2016, a las 10h44, se ha dispuesto lo siguiente: Los escritos que anteceden agréguense al proceso, atento a los mismos, el señor secretario siente razón de lo solicitado en el escrito anterior hecho que sea publíquese una sola vez por medio de la prensa, haciendo conocer al público en general sobre la presunción de insolvencia de la demandada, la misma que se lo hará mediante en diario el Telégrafo. Notifíquese.Abg. Mario Borbua Gallardo SECRETARIO E. Acción de personal No. 545-UPTH-2016-IN 1/3 F…….T1446

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLECENCIA DE NAPO. NOTIFICACION CITO: Con el contenido de la Resolución emitida en este proceso en cumplimiento de lo que estipula el Art. 754 del C.P.C, con la precisión que de no haber quien reclame de ella se considerara como definitivo. ACTOR: ROJAS CABRERA ZOILA PIEDAD JUICIO: 00463-2016 CUANTIA: 2.100,00 CAUSA: AUTORIZACION JUDICIAL TRAMITE: Especial. El texto de la referida Resolución es como sigue: VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo inmediatamente proveído y de la revisión realizada al escrito presentado por ZOILA PIEDAD ROJAS CABRERA, se establece que el pedido realizado es claro completo y preciso y reúne los requisitos de ley, previstos en el art. 67 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se le acepta al tramite especial que le corresponde previsto en el art. 845 y siguiente de la Codificación al Código Civil.- Conforme lo estipula el art 846 del mismo cuerpo legal ordeno que se publique la solicitud de constitución del patrimonio, en un periódico con amplia circulación en esta provincia, durante tres días, y, además se fijaran carteles durante diez días, en la parroquia en que estén situados los inmuebles, para cuya fijación se comisiona al señor Teniente Político de la Parroquia Puerto Napo del Cantón Tena, provincia de Napo, autoridad a la que se le remitirá el despacho suficiente.- Simultáneamente en el sistema SAJTE se designara perito para el avaluó que debe practicarse del inmueble que se pretende la constitución del patrimonio familiar.-NOTIFIQUESE. Dra. Gladys Pérez SECRETARIA DE ESTA UNIDAD JUDICIAL 1/3 F1597 T1447

R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: HIDALGO MARCOS ENRIQUE CC. 0701682221 Y TAPIA LORENA DE FÁTIMA CC. 0702348327. SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor PRECIADO POROZO ANGEL OLIVIO cc. 0913189510, ha presentado un juicio ORDINARIO de PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, en contra de: HIDALGO MARCOS ENRIQUE CC. 0701682221 Y TAPIA LORENA DE FÁTIMA CC. 0702348327, al cual se le asignó el No.15301-20150090, cuyo extracto es como sigue: AUTO 22/12/2015, 08H31. “(…) la demanda presentada por ANGEL OLIVIO PRECIADO POROZO, es clara, precisa y reúne los requisitos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite ORDINARIO. DISPONGO: 1.- AGREGAR al proceso los documentos adjuntos.- (…) 3.- De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para el NOTIFIQUESE a la señora Registradora. (…) DECRETO 30/06/2016, 11H44 “(…) CÍTESE a los demandados: HIDALGO MARCOS ENRIQUE CC. 0701682221 Y TAPIA LORENA DE FÁTIMA CC. 0702348327, por medio del semanario INDEPENDIENTE que circula a nivel de la Región Amazónica. Transcurridos veinte días desde la última publicación por la prensa comenzará el término para contestar la demanda (15 días) (…)”

La citación hágase mediante tres publicaciones en distintas fechas. Se les advierte a los demandados que deben designar abogado defensor, casillero judicial y/o correo electrónico en la ciudad de Tena, para futuras notificaciones. Lo certifico Tena 04 de julio de 2016. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 3/3 F 1584 T 1436

EXTRACTO CENTRO DE MEDIACION DE LA FUNCIÓN JUDICIAL OFICINA DE TENA. Partición sucesoria de bienes. Solicitante:LUIS JERSON SILVA SILVA,Invitada:KAREN ANDREA SILVA SILVA, Caso N°: 0494-2016. Mediador: AB. MÉNTOR IVÁN UBILLÚZ CHAVEZ. Tena, 30 DIAS mes de JUNIO del año dos mil 2016, a las 08h00.- “ACUERDOS COMUNES DE LAS PARTES”:Las partes llegan a un acuerdo en los siguientes términos: 3.2. PARTICIÓN: a.- Los lote de terreno rural, ubicado en la jurisdicción de la Parroquia y Cantón Tena, Provincia de Napo, sector UGLO Los lotes: comprendidos dentro de los siguientes linderos y superficies: 3.3.- El lote número “SEIS”, manzana “M”, NORTE: Con lote número cinco, en veinte metros; SUR: con el lote siete, en veinte metros; ESTE: Con la calle dieciséis, en doce metros, cincuenta centímetros; OESTE: Con el lote número nueve, en doce metros, cincuenta centímetros. Superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS; y el lote 3.4.- El LOTE numero DIECISÉIS, de la manzana “A”, NORTE: Con lote número diecisiete, en veinte metros. SUR: Con el lote número quince, en veinte metros. ESTE: Con el lote número tres, en doce metros, cincuenta centímetros. OESTE: Con la calle quince, en doce metros, cincuenta centímetros. Superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS “B”, Quedará a nombre del niño CRISTIAN JOSÉ SILVA TANGUILA, bajo un clausula especial incorporada en la escritura pública con prohibición de enajenar por terceros hasta que cumpla su mayoría de edad. b.- El lote de terreno urbano signado con el número “diecinueve” manzana “nueve”, calle Cofanes entre calle Adelmo Rodríguez y calle Calicuchima, sector Barrio Terere ubicado en la jurisdicción de la parroquia y cantón Tena provincia Napo, con una construcción de cemento armado de diecisiete metros de largo por doce metros de ancho, con proyección para un segundo piso. Quedará para los cuatro hermanos LUIS JERSON SILVA SILVA, KAREN ANDREA SILVA SILVA, INES MILENE SILVA FALCON, DIANA CAROLINA SILVA FALCON, constituyéndose en patrimonio Familiar.Al existir una construcción de hormigón con proyección para un segundo piso, las partes acuerdan que su hermano LUIS JERSON SILVA SILVA, a su costo y riesgo podrá construir un segundo piso, el mismo que estará a su nombre mediante la realización de una escritura horizontal. c.- Los gastos que se generen por los trámites de partición hasta su inscripción incluido los pasivos que haya dejado el de cujus, y los de saneamientos hipotecarios, serán cancelados en partes iguales por los cinco hermanos, en el caso del niño, los valores que tocaren cancelar asumirá la madre del niño. d.- El montepío del Seguro, será cancelado en los montos totales establecidos por el Seguro del IEES a favor del niño SILVA TANGUILA CRISTHIAN JOSÉ, por intermedio de la madre señora AIDA ESTELA TANGUILA NOTENO, que serán depositados en la cuenta de ahorros a nombre del niño número 768598, de la Cooperativa OSCUS limitada. 3.5.- La señora KAREN ANDREA SILVA SILVA, manifiesta estar de acuerdo en la presente partición hereditaria y se compromete a cumplir y respetar el acuerdo que han llegado conjuntamente con su hermano y por su intermedio con sus demás hermanos. 3.6 Las partes, expresamente declaran que los acuerdos constantes en la presente acta, no afectan derechos de terceros y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 50 de la ley de arbitraje y mediación renuncian al principio de confidencialidad y realizaran la publicación del extracto del presente acuerdo en un periódico de mayor circulación en el Cantón Tena que deberá efectuarse dentro de los próximos quince días de la suscripción del presente acuerdo, asumiendo cada heredero el proporcional económico que se genere como gasto para las publicaciones. Notifíquese.”.- El Mediador, Ab. Méntor Iván UbillúzChavez. Lo que comunico a usted para los fines de Ley pertinentes. AB. MENTOR IVÁN UBILLUZ CHAVEZ. MEDIADOR COORDINADOR TECNICO PROVINCIAL. CENTRO DE MEDIACIÓN DE LA FUNCIÓN JUDICIAL Registro N°.001.15.001 1/3 F1595 T1443

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL. TRAMITE: ORDINARIO – PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO JUICIO Nro.: 2015-00217 ACTOR: CAPA ZAPATA MIGUEL ANGEL DEMANDADO: ROSA ELVIRA CHAMBA PARDO y JOSÉ EDUARDO CHAMBA PARDO CUANTIA: INDETERMINADA CASILLERO: 85 JUEZ (E): DRA. ELIZABETH RUBIO RIVERA SECRETARIA DRA. ALEXANDRA CUENCA CURIMILMA CUARTA.- FUNDAMENTOS DE HECHO (Antecedentes).Es el caso señor Juez, que en el año 1969 llegué a lo que hoy se denomina el recinto San Vicente, de la parroquia 10 de Agosto, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos y tomé posesión de un lote de terreno baldío de cincuenta (50) hectáreas de superficie, el mismo que inmediatamente lo trabajé, derribando la montaña y realizando siembras de café y pastizales. Pero resulta que el año 1972 la Delegación del IERAC, luego de realizar las correspondientes mediciones para legalizar las tierras baldías, determinó que cuatro (4) hectáreas de mi posesión se encontraban dentro del lote que le correspondía al señor Segundo Abertano Chamba (padre de los hoy demandados), razón por la cual luego de un breve impase con mi vecino Segundo Abertano Chamba, el compareciente procedió a realizar el pago de tres mil quinientos sucres por la compra de esas cuatro (4) hectáreas, dado que el Segundo Abertano Chamba no tenía el dinero para pagarme el valor de los cafetales y de la vivienda que se encontraban dentro de este espacio, es así como el compareciente adquirió el referido lote en los siguientes linderos y dimensiones: por el norte.- en 353,80 metros, con rumbo N 90º 00´E; por el sur.- en 89,62 metros, con rumbo S75º 31´ 56” W; 112,32 metros con rumbo N 84º 13´44”W; y, 144,01 metros con rumbo N 74º 31´21” W; por el este.- en 111,73, con rumbo S 04º 35´26” E; y, por el oeste.- en 88,08 metros, con rumbo N 16º 54´48” W, sin que este acto haya sido solemnizado mediante escritura pública de compraventa. Por otro lado, luego del fallecimiento del señor Segundo Abertano Chamba, los familiares del difunto se repartieron verbalmente la finca, asignándose cada uno cierta cantidad de terreno; en razón de esta partición verbal realizada entre los familiares del difunto, con fecha 09 de Diciembre del 1985, mediante contrato privado de compraventa celebrado con la señora Luz María Calva Pardo (madre de los hoy demandados), adquirí la posesión de una área de terreno de 250 metros de ancho x 200 metros de largo en lo que comprende el fondo de dicha finca hacia adelante; posteriormente, con fecha 11 de Septiembre de 1989, adquirí de manos del señor Melecio Chamba Pardo (uno de los hoy demandados) la posesión de un área de terreno igual a la anterior, a continuación de la posesión antes adquirida, hacia adelante; luego, en el año 1991 mediante contrato de compraventa, adquirí de manos de la señora Rosa Elvira Chamba Pardo (también demandada), la posesión de dos hectáreas y media a continuación de las dos porciones anteriores, hacia adelante; y, finalmente, por ese mismo año (1991) adquirí de manos de la señora Luz María Calva Pardo la posesión de una hectárea más siguiendo el mismo curso antes referido, sin que jamás se haya otorgado la escritura pública de compraventa y desmembración, ya que se reconocía abiertamente al compareciente como legítimo propietario de los lotes de terreno antes individualizados. Es de esta manera señor Juez, que mediante compraventa y de buena fe he creído adquirir la posesión de un segundo lote de trece hectáreas y media de superficie dentro del lote de mayor extensión cuya posesión ostentaba el señor Segundo Abertano Chamba; no obstante mediante informe de linderación dispuesto por la Secretaría de Tierras hace apenas seis meses atrás aproximadamente, se determinó que el área en el cual me encuentro en posesión está comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones: Norte.- en quinientos metros con rumbo S89º 47’38”E, con terreno de mi propiedad; Sur.- en quinientos metros con rumbo N89º 47’38”W, con terreno propiedad del señor Miguel Guevara y varios posesionarios; Este.- en doscientos cincuenta metros con rumbo S2º17’33”E, con terreno de los herederos del señor Segundo Chamba; y, Oeste.- en doscientos cincuenta metros con rumbo N2º 17’33”W, con el camino de herradura a Puerto Ecuador, en una superficie total de 12.4882 hectáreas, es decir, de una superficie menor a la que creí haber adquirido. Debo indicar señor Juez, que en el primer lote de terreno de 4 hectáreas de superficie he mantenido siempre mi vivienda, he sembrado pastizales, árboles de naranja, yuca, plátano y lo he cercado con alambres de púas. Mientras que en el segundo lote cuya cabida total según el último informe de linderación es de 12.4882 hectáreas, he sembrado únicamente pastizales y lo he cercado con alambre de púas para mantener la ganadería, sin que jamás haya sido obstaculizado por persona alguna. Todos estos trabajos los he ejecutado con mi propio peculio, a vista y paciencia de todos los moradores del sector. QUINTA.- FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PETICIÓN.- Con los antecedentes expuestos y con fundamento en los artículos 715, 2392, 2410, 2411, 2413 y más pertinentes del Código Civil, comparezco ante Usted y en juicio ordinario, demando a los señores Víctor Manuel, María Eugenia, Rosa Elvira, Marco Antonio, Ángel Fredy, Segundo Melecio y Eduardo Chamba Pardo, la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio de los siguientes lotes de terreno: a) De las cuatro (4) hectáreas comprendidas en los siguientes linderos y dimensiones: por el norte.- en 353,80 metros, con rumbo N 90º 00´E; por el sur.-

en 89,62 metros, con rumbo S75º 31´ 56” W; 112,32 metros con rumbo N 84º 13´44”W; y, 144,01 metros con rumbo N 74º 31´21” W; por el este.- en 111,73, con rumbo S 04º 35´26” E; y, por el oeste.- en 88,08 metros, con rumbo N 16º 54´48” W; y, b) De las 12.4882 hectáreas, comprendidas dentro de los siguientes linderos y dimensiones: Norte.- en quinientos metros con rumbo S89º 47’38”E, con terreno de mi propiedad; Sur.en quinientos metros con rumbo N89º 47’38”W, con terreno propiedad del señor Miguel Guevara y varios posesionarios; Este.- en doscientos cincuenta metros con rumbo S2º17’33”E, con terreno de los herederos del señor Segundo Chamba; y, Oeste.- en doscientos cincuenta metros con rumbo N2º 17’33”W, con el camino de herradura a Puerto Ecuador, para que una vez agotado el trámite, declare a mi favor el derecho de propiedad sobre los referidos lotes, ordenando al mismo tiempo la inscripción en el Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio, de conformidad con lo establecido en el Art. 2413, para su validez y debida publicidad. El trámite a seguir es el de juicio ordinario, acorde a lo previsto en los Arts. 59 y 395 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS DE SUCUMBIOS. VISTOS.- En lo principal, incorpórese al proceso los oficios remitidos por las Instituciones, a quienes se solicitó información respecto del domicilio de tres de los demandados, el escrito de la parte actora; así como el escrito de contestación a la demanda, dada por la señora CHAMBA PARDO MARIA EUGENIA, demandada en la causa; y por cuanto la demanda, propuesta por el señor CAPA ZAPATA MIGUEL ANGEL, es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, se la admite a trámite de JUICIO ORDINARIO, conforme lo dispuesto por los artículos 59 y 395 del Código de Procedimiento Civil codificado, en consecuencia con copia de la demanda y esta providencia CITESE a los demandados señores CHAMBA PARDO VICTOR MANUEL, CHAMBA PARDO MARIA EUGENIA, CHAMBA PARDO ROSA ELVIRA, CHAMBA PARDO MARCO ANTONIO, CHAMBA PARDO ANGEL FREDY, CHAMBA PARDO SEGUNDO MELECIO Y CHAMBA PARDO EDUARDO, por sus propios derechos y en sus calidades de herederos, de quien en vida han sido Segundo Alberto Chamba y Luz María Pardo; a fin de que dentro del término legal de quince días den contestación a la demanda y deduzcan sus excepciones a las que se crean asistidos bajo apercibimiento en rebeldía; debiendo para el efecto citárselos en el lugar que se indica en la demanda, así a los señores Marco Antonio Chamba Pardo, Ángel Fredy Chamba Pardo, Segundo Melecio Chamba Pardo y Eduardo Chamba Pardo, en el recinto San Vicente, de la parroquia 10 de Agosto, cantón Lago Agrio, mediante comisión al señor Teniente Político de esa parroquia, a quien se le remitirá despacho suficiente y en forma, para el fiel cumplimiento de la diligencia; en tanto a los demandados Chamba Pardo Víctor Manuel y Chamba Pardo Rosa Elvira, se lo hará mediante atento Deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Civil del Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se les remitirá despacho en legal forma, ofreciendo reciprocidad en casos similares, a fin de que disponga la citación, en el lugar señalado en la certificación del IESS y el escrito del actor, a cuyo deprecatorio se adjuntará los dos documentos. En cuanto al escrito de la demandada MARIA EUGENIA CHAMBA PARDO, al haber comparecido al proceso y deducido excepciones; se tenga por citada a la misma demandada, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, en la fecha de presentación de su escrito, esto es el 13 de mayo del 2015; debiendo tomarse en cuenta el correo electrónico señalado para sus notificaciones, por no haber señalada casilla judicial física; así como la autorización conferida a su defensor; a los demás demandados se les previene además de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones en esta jurisdicción, bajo las prevenciones dispuestas en el artículo 75 del mismo Código Adjetivo Civil. NOTIFIQUESE Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS DE SUCUMBIOS. Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza encargada de la Unidad Judicial.- Agréguese a los autos el escrito que antecede.- Atento el juramento rendido por el señor MIGUEL ANGEL CAPA ZAPATA, de la imposibilidad de determinar el domicilio o residencia de los demandados señores ROSA ELVIRA CHAMBA PARDO Y JOSÉ EDUARDO CHAMBA PARDO, se dispone se realice la citación en legal y debida forma, misma que se lo hará en la forma dispuesta por el artículo 56.1. del Código Orgánico General de Procesos, esto es mediante publicaciones de prensa en tre fechas distintas, en uno de los semanarios de mayor circulación regional que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, para lo cual Secretaría elabore los correspondientes extractos de prensa; previniéndole además a los mismos demandados de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo las prevenciones de ley. Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria encargada de la Unidad Judicial. NOTIFIQUESE Y CITESE.Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndole a los demandados de la obligación de señalar casillero judicial dentro de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 22 de junio del 2016.Ab. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA UJMPCLAS F: 4503 3/3 S: 2741

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancia procesales recaídas en el presente juicio de INVENTARIO de los presuntos herederos desconocidos, cuyo extracto es el siguiente: ACTORES: DANIEL PASCUAL RENDON, DANIEL ALFREDO, ANDRES ROBINSON, LUIS ALBERTO, JUANA MERCEDES, ELENA AMELIA, MANUEL LIVERJINIO Y ELIZABET ROCIO RENDON MARCILLO. DEMANDADOS: PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCINDOS. JUICIO NRO: 2015-00801 CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA: INVENTARIO TRAMITE: ESPECIAL JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS. –U.J.E.P DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. CONTENIDO DE DEMANDA: DANIEL PASCUAL RENDON, DANIEL ALFREDO, ANDRES ROBINSON, LUIS ALBERTO, JUANA MERCEDES, ELENA AMELIA, MANUEL LIVERJINIO Y ELIZABET ROCIO RENDON MARCILLO, ecuatorianos, de estado civil solteros, domiciliados en la parroquia Palma Roja, cantón Putumayo, provincia de Sucumbíos, ocupación empleados privados y estudiantes; PRIMERO.- Mis nombres y apellidos y más generales de la Ley ya están indicados en líneas anteriores. SEGUNDO: Los nombres y apellidos del demandado son: PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS. TERCERO.- FUNDAMENTOS DE HECHOS Y DE DERECHOS: El compareciente Daniel Pascual Rendón, mantuvo una relación estable y monogamia con la señora Monserrate de Jesús Marcillo con quien procreamos 9 hijos, DANIEL ALFREDO,ANDRES ROBISO, LUIS ALBERTO,JUANA MERSEDES,ELENA AMELIA,MANUEL LIVERJINIO,ELIZABET ROCIO,NARCISA CAROLINA Y ALEJANDRO LEONARDO RENDON MARCILLO, los dos últimos menores de edad, durante el tiempo de convivencia adquirieron un lote de terreno y una cuenta de ahorros del banco de Fomento con saldo de 3056.00 aproximadamente, el 15 de marzo falleció la señora Monserrate de Jesús Marcillo en la Parroquia Palma Roja sin haber otorgado testamento algún, en tal virtud sus hijos quedamos como sus únicos y universales herederos: CUARTO.- FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PETICION:.- Con los antecedentes expuestos, concurro ante usted señor Juez, y el fundamento en el innúmero Art. 222, 1196,1201,1338 y siguientes del Código Civil, solicitamos se ordene que se proceda a la formación de inventario y avaluó de los bienes hereditarios dejados por quien fuera conveniente y madre de los accionantes.- QUINTO.- TRAMITE.- Mi demanda lo fundamento en lo que dispone el innúmero Art. 629 y siguientes del Código Procedimiento Civil.- SEXTO: LA DETERMINACION DE LA CUANTIA.- La Cuantía de la demanda es indeterminada. SEPTIMO.- TRAMITE: El trámite que se debe dar a esta demanda es especial.- OCTAVA: CITACIONES Y NOTIFICACIONES.- A los demandados LOS PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS, se le citara mediante tres citaciones por la prensa, amparado en lo que establece el Art. 82 del código de procedimiento civil ya que bajo juramento manifiesto que se pase a las diligencias que he realizado para dar con su paradero no he podido establecer su domicilio, las notificaciones que me correspondan las recibiré en el casillero judicial número 181, perteneciente al Ab. Juan Prado y correo electrónico juanpm1011@hotmail. com...” UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLECENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, al haber sido nombrado mediante acción de personal No. 8533-DNP, Resolución No. 045-2013 de fecha de 22 de mayo del 2013, al estar legalmente posesionado y en funciones; y, principalmente por la disposición del superior constante en la Resolución dictada por la Sala Única de la Corte Provincial de Sucumbíos, de fecha 29 de enero del año 2016, a las 15 h01. En lo principal y por lo cuanto la demanda presentada por DANIEL PASCUAL RENDON, DANIEL ALFREDO, ANDRES ROBINSON, LUIS ALBERTO, JUANA MERCEDES, ELENA AMELIA, MANUEL LIVERJINIO Y ELIZABET ROCIO RENDON MARCILLO, en contra de ALEJANDRO LEONARDO Y NARCISA CAROLINA, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se admite a trámite de juicio especial, en la forma prevista por los Arts. 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; cons-

tando además que nombran procuradora común dentro de la presente causa a la señora ELENA AMELIA RENDON MARCILLO; del documento de fojas 10 consta la copia de partida de defunción de quien en vida se llamó MONSERRATE DE JESUS MARCILLO. Por ser los demandados menores de edad, deberá designársele una curadora o curador adlitem para que los represente dentro de la presente causa, por cuanto existe la adolecente NARCISA CAROLINA RENDON MARCILLO, deberá dentro del día y hora hábil insinuar la persona de su confianza y que no se contrapongan a los intereses, para que dentro de esta causa le represente, posterior a lo cual y previo a la posesión deberá justificarse su. Idoneidad. Una vez designado el curador o curadora adlítem, se procederá a citar a los demandados, a los herederos conocidos en la persona de su curador adlítem, con forme se justifique el domicilio del curador adlítem; una vez que la procuradora común a declarado bajo juramento desconocer el domicilio de los presuntos herederos desconocidos, se dispone también se realice la citación como solicita a actora común, esto es mediante tres publicaciones en uno de los diarios de la localidad, tal como dispone el art. 82 de Código Procedimiento Civil a quien se le previene de la obligación de señalar casilla judicial en esta ciudad de Nueva Loja y domicilio judicial electrónico en el correo electrónico de un abogado de conformidad de lo dispuesto en el artículo 75 de Código de Procedimiento Civil vigente, a efecto de recibir notificaciones que le correspondan; para la cual la secretaria de esta Unidad Judicial elaborara el extracto correspondiente, y remitirá la información necesaria. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la parte actora para recibir sus notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor, así como la cuantía de la demanda; conforme lo establece el artículo 1000 Código de Procedimiento Civil vigente, se dispone que la presente demanda sea inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Putumayo, por ser este el que tiene jurisdicción donde se encuentra asentado el bien inmueble en referencia; así como el Registro de la Propiedad del cantón Lago Agrio. Para dicho efecto se girara en legal y debida forma el oficio correspondiente, encargándose de esta diligencia a la parte interesada quien una vez cumplida, entregara en esta Unidad Judicial la fe de presentación.- Intervenga la señora Abg. Raquel Loayza, secretaria titular de la Unidad Judicial, despacho C”.- CUMPLASE, NOTIFIQUESE Y CITESE.-. AB. RAQUEL LOAYZA OCHOA SECRETARIA F: 4509 2/3 S: 2747

REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACION JUDICIAL CITO: Con el contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de ORDINARIO / DECLARACION DE LA EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO, a los herederos, conocidos y desconocidos y presuntos del causante señor ÁNGEL DAVID AGUILAR CAMINO, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: CUERO HURTADO MARÍA BERTHA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE ÁNGEL DAVID AGUILAR CAMINO JUICIO NRO: 2016-00517 CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA: DECLARACION DE LA EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO TRAMITE: ORDINARIO JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE DEMANDA.- “….3.- LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO.- Yo CUERO HURTADO MARÍA BERTHA de estado civil divorciada comerciante domiciliada en esta ciudad de Nueva Loja, Cantón Lago Agrio Provincia de Sucumbíos: los nombres de los demandados son: AGUILAR CORTEZ LORENA BALOITH, AGUILAR CUERO RAÚL HURTADO AGUILAR CUERO CRISTIAN DAVID, AGUILARA CUERO JULIO CESAR, domiciliados en el cantón Lago Agrio Provincia de Sucumbíos; fundamentos de hecho y de derecho.- de conformidad a lo establecido en el art. 68 de la Constitución de la Republica, en concordancia con el art. 222 del Código Civil mantuve una unión de hecho libre y monogámico en forma permanente e ininterrumpida con quien en vida fue ÁNGEL DAVID AGUILAR CAMINO, durante 22 años durante ese tiempo en el hogar que teníamos formado en esta ciudad de Nueva Loja Cantón Lago Agrio Provincia de Sucumbíos y durante nuestra vida como marido y mujer procreamos tres hijos que ahora tiene 22 y los mellizos de 20 años de edad, que responde a los nombres AGUILAR CUERO CRISTIAN UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS VISTOS.- En mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia de la provincia de Sucumbíos, Cantón Lago Agrio legalmente posesionado y en funciones, en virtud del sorteo legal realizado. Una vez dado el cumplimiento de providencia de fecha 06 de mayo del 2016, a las 10h12. Avoco conocimiento de la presente demanda de la DECLARACION DE LA EXISTENCIA DE LA UNION DE HECHO, presentado por la señora MARIA BERTHA CUERO HURTADO, en contra de sus hijos CRISTIAN DAVID AGUILAR CUERO, JULIO CESAR AGUILAR CUERO, RAUL HUMBERTO AGUILAR CUERO Y LORENA BALOITH AGUILAR CORTES.- En lo principal la demanda que antecede cumple con los requisitos previstos por el Art.67 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y completa, aceptándola al trámite ORDINARIO, en consecuencia CITESE a los demandados a los CRISTIAN DAVID AGUILAR CUERO, JULIO CESAR AGUILAR CUERO, RAUL HUMBERTO AGUILAR CUERO, en el Barrio Miraflores, Calle Leónidas Proaño y Cotopaxi junto al UPC Miraflores y a la demanda LORENA BALOITH AGUILAR CORTES, si lo citaran en su lugar de su trabajo TOYOYALAGO que se encuentra ubicado en las vías al aguarico Av. Circunvalación cerca al centro de Atención Ciudadana de esta ciudad de Nueva Loja, para lo cual adjunta un croquis, de conformidad con el Art. 53 del Código de General de procesos, imitase las copias de los documentos correspondientes. A los presuntos herederos desconocidos se les citara mediante tres publicaciones en un periódico de mayor circulación de la capital de la provincia, de conformidad con el Art. 58 de Código General del Proceso, y 56 numeral 1 del mismo cuerpo legal. Una vez citada los demandados en el término de quince días conteste la demanda oponiendo las excepciones de las que se crea asistido, bajo prevenciones legales. Agréguese a los autos la documentación presentación. Tómese en cuenta la cuantía, casilla, señalado y autorización conferida a la profesional del derecho. Actué abogada Gladys Solarte como secretaria de esta dependencia.- NOTIFIQUESE Particular que se comunica para los fines legales pertinentes. Atentamente Ab. Gladys Janeth Solarte SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL F: 4516 1/2 S: 2769

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL TRAMITE: Ordinario-Prescripción Adquisitiva de Dominio JUICIO Nro.: 2015-00358 ACTOR: CHILE TOAQUIZA BLANCA Y TORRES SORIA OSWALDO DEMANDADO: CAMPAÑA FERNÁNDEZ HILDA NOEMÍ CUANTÍA: Indeterminada CASILLERO: 111 JUEZ (E): DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: AB. FANY JUMBO GÓMEZ CUATRO.- Antecedentes Soy poseedora con ánimo de señor y dueña de un lote de terreno, situado en la calle Cañar, entre Av. 20 de junio y Pichincha, Barrio 10 de Agosto, de esta ciudad de Nueva Loja, Cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, con una extensión de cuatrocientos veinte y seis metros cuadrados de superficie, (426m2): cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: Al norte. Con el lote cero cinco, en 14.20 Mts. Lineales: Al sur. Con Calle Cañar, con 14.20 Mts. Lineales: Al este. Lote número cero seis, con 30.00 metros lineales: Al oeste. Predio cero ocho con 30.00 metros lineales. Con una cabida total de quinientos veinte y seis (526.00) metros cuadrados de superficie. Para mejor discernimiento de usted señor Juez, acompaño un croquis del terreno en mención y certificado del registro de la Propiedad. Desde el año 1984, he mantenido posesión tranquila continua, esto es en forma interrumpida, pacífica, pública, no equivoca y en concepto de propietaria, esto es con ánimo de señora y dueña por más de treinta años a la fecha de presentación de esta demanda de dicho bien inmueble en la cual desde la fecha de la posesión tenemos construida una casa de hormigón armado donde vivo con mi familia. Como antecedente debo manifestarle señor Juez que en el año 1984, mediante contrato de compra venta el señor Luis Tapia Ramos, le vendió un lote de terreno urbano de su propiedad, de 426 metros cuadrados de superficie. Posteriormente a esta compra el señor Luis Tapia, en calidad de vendedor me manifestó que luego de arreglar algunos asuntos con el Municipio me firmaría la escritura de compraventa, ya que él tenía un poder especial de su señora esposa para comparecer solamente él a suscribir las escrituras, más sin embargo paso el tiempo y entre una y otra fecha que el vendedor ponía para ir a la Notaria nunca se concretó tal suscripción de la escritura. Yo normalmente seguía viviendo en el predio y casa que construí, para lo cual instale todos los servicios como agua potable, luz eléctrica, teléfono, TV cable e incluso he estado pagado parcialmente los predios urbanos del saldo a la propiedad del señor Luis Tapia, que consistía en algunos solares que seguían constando a nombre de él como un solo cuerpo. Posteriormente conocí que el señor Luis Tapia había fallecido,

por lo que me puse en contacto con su esposa, la señora CAMPAÑA FERNÁNDEZ HILDA NOEMÍ, y le he solicitado que me suscriba la escritura, pero ella no quiere porque dice que su abogado le ha manifestado que no firme ningún documento. CINCO: FUNDAMENTOS DE DERECHO.En virtud de los antecedentes expuestos, concurro ante usted señor Juez y demando a la señora CAMPAÑA FERNÁNDEZ HILDA NOEMÍ, como conyugue sobreviviente y apoderada de los herederos IVAN EFRAIN, OLIVIA DEL ROCIO, MAYRA ELCIRA, MILTON ORLANDO, OSCAR HOMERO, LUIS JAVIER, JAIME ARTURO, LOURDES RAQUEL Y SILVIA EUGENIA TAPIA CAMPAÑA, propietarios del lote anteriormente singularizado, propiedad que ha quedado extinguida por la prescripción que ejercito en esta acción, el dominio y la posesión por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio del inmueble anteriormente singularizado: y que lo poseo en forma pacífica, de buena fe, tranquila e interrumpida, sin violencia ni clandestinidad, por más de treinta años a la fecha, a fin de que usted señor Juez en sentencia reconozca a mi favor, el dominio del bien inmueble que tantas veces se lo ha descrito, ordenando al mismo tiempo la inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, toda vez que de conformidad con lo que dispone el artículo 2413 del Código Civil, la sentencia judicial que declara una prescripción hará las veces de escritura pública para la propiedad de bienes raíces y para su validez y debida publicidad, debe inscribirse. La presente demanda la fundamentamos en lo dispuesto en los artículos 603, 715, 2392, 2410, 2411, 2413 y más pertinentes del Código Civil. SEIS: PETICIÓN.- Solicito señor Juez, que en sentencia disponga a mi favor el dominio del tantas veces descrito bien inmueble, ordenando al mismo tiempo la inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, toda vez que de conformidad con lo que dispone el artículo 2413 del Código Civil, la sentencia judicial que declara una prescripción hará las veces de escritura pública para la propiedad de bienes raíces y para su validez y debida publicidad debe inscribirse. Martes 4 de agosto del 2015, las 15h11. VISTOS: Por cumplido lo ordenado en providencia que antecede.- La demanda propuesta por CHILE TOAQUIZA BLANCA MERCEDES, es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se la admite a trámite de juicio ordinario, conforme lo dispuesto por los Arts. 59 y 395 del código de Procedimiento Civil, en consecuencia con copia de la demanda y esta providencia cítese a la demandada CAMPAÑA FERNÁNDEZ HILDA NOEMÍ, a fin de que dentro del término legal de quince días de contestación a la demanda y deduzca sus excepciones a las que se crea asistida bajo apercibimiento en rebeldía; en el lugar que se indica en la demanda, mediante atento deprecatorio, dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial lo Civil del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para sus notificaciones en esta jurisdicción, bajo las prevenciones dispuestas en el Art. 75 ibídem.- Por tratarse de un predio ubicado en el cantón Lago Agrio, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 63 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 166 De 21 de enero del 2014, cítese a los señores ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LAGO AGRIO, cuya diligencia se realizará en sus respectivos Despachos.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de Lago Agrio, conforme al mandato del Art. 1000 del Código Adjetivo Civil, debiendo para el efecto notificarse a su Titular en su Despacho.- Incorpórese al expediente la documentación CUARTO.- LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DE LA REFORMA DE NUESTRA DEMANDA SON LOS QUE A CONTINUACIÓN EXPONEMOS CON CLARIDAD Y PRECISIÓN: FUNDAMENTO D HECHO: a.- Demandamos como titular del predio del bien inmueble materia de esta presente causa es la señora HILDA NOEMÍ CAMPAÑA FERNÁNDEZ como viuda sobreviviente y sus hijos herederos IVAN EFRAIN TAPIA CAMPAÑA, OLIVIA DEL ROCIO TAPIA CAMPAÑA, MAYRA ELCIRA TAPIA CAMPAÑA, MILTON ORLANDO TAPIA CAMPAÑA, OSCAR HOMERO TAPIA CAMPAÑA, LUIS JAVIER TAPIA CAMPAÑA, JAIME ARTURO TAPIA CAMPAÑA, LOURDES RAQUEL TAPIA CAMPAÑA Y SILVIA EUGENIA TAPIA CAMPAÑA, materia de esta acción, según se desprende del Certificado del Registro de la Propiedad de este Cantón lago Agrio, que consta en autos donde consta inscrita una posesión efectiva a nombre de los antes señores indicados, que por derecho corresponde el 50% de gananciales de los bienes adquiridos en la Unión Conyugal a favor de HILDA NOEMÍ CAMPAÑA FERNÁNDEZ, y el otro 50% de Derechos hereditarios que corresponde a sus hijos, de los bienes adquiridos de quien en vida se llamó LUIS ANTONIO TAPIA RAMOS, quien adquirió por compraventa a JORGE VICENTE GONZÁLEZ GRANDA y FANNY HEREDIA DE GONZÁLEZ, mediante escritura pública celebrada en la Notaria Primera del cantón Lago Agrio a cargo del señor Héctor Gavidia Velastegui, el 26 de Noviembre de 1986, e inscrito el 10 de enero del mismo año, bajo el tomo Segundo, Folio: Ciento Noventa Nueve, bajo el número Setecientos Treinta y Siete. b.- Es el caso señora Jueza desde el año de 1994, nos encontramos en posesión y venimos manteniendo la posesión, tranquila, pacífica de buena fe ininterrumpida pública y sin violencia y con el ánimo de señores y dueños cumpliendo todos los requisitos establecidos en el Art.715 del Código Civil, del lote de terreno signados con el número 07, de la Manzana 1 y 22 antes, actual Manzana 21, con clave catastral anterior 0106210700 y Clave catastral actual 210150010621007000, que se encuentra ubicado en las calles Cañar 104 y Av. 20 de junio del Barrio 10 de Agosto, de esta ciudad de Nueva Loja, Cantón Lago Agrio que es propiedad de quien en vida se llamó LUIS ANTONIO TAPIA RAMOS, en la que nos encontramos en posesión por más de 21 años.- CON LOS ANTECEDENTES EXPUESTOS FUNDAMENTAMOS NUESTRA DEMANDA Y CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTLS. 1º de la Constitución de la República del Ecuador, Arts. 603, 715, 718, 2392, 2393, 2398; 2405, 2410, 2411,2413 y más pertinentes del Código de Procedimiento Civil. EN virtud de los fundamentos de hecho y de Derecho expuesto, ante usted señora Jueza; demandamos como titular del lote de terreno a los señores HILDA NOEMÍ CAMPAÑA FERNÁNDEZ, y sus hijos herederos IVAN EFRAIN TAPIA CAMPAÑA, OLIVIA DEL ROCIO TAPIA CAMPAÑA, MAYRA ELCIRA TAPIA CAMPAÑA, MILTON ORLANDO TAPIA CAMPAÑA, OSCAR HOMERO TAPIA CAMPAÑA, LUIS JAVIER TAPIA CAMPAÑA, JAIME ARTURO TAPIA CAMPAÑA, LOURDES RAQUEL TAPIA CAMPAÑA Y SILVIA EUGENIA TAPIA CAMPAÑA, quien aduce ser propietaria del mencionado bien inmueble, materia de esta acción según el certificado otorgado por el Registrador de la Propiedad de esta Cantón de Lago Agrio en donde consta escrita una posesión efectiva de los bienes dejados por el quien en vida se llamó LUIS ANTONIO TAPIA RAMOS, Así como también demando a los presuntos herederos, conocidos y desconocidos y a toda Persona Natural o Jurídica que se crea con derecho del fallecido, a quienes pudieran tener derechos en el lote del terreno del inmueble materia de esta demanda y que quedaron extinguidos por esta acción que planteamos. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, miércoles 13 de Julio del 2016, las 12h33. Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la providencia del 8 de julio del 2016, habiendo comparecido los demandantes a rendir el juramento previsto en el artículo 56 del Código General de Procesos; así como en cumplimiento de lo dispuesto en la providencia del 4 de julio del mismo año, se dispone: Por cuanto la REFORMA de la demanda, propuesta por los accionantes CHILE TOAQUIZA BLANCA MERCEDES y TORRES SORIA OSWALDO MARCELO, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, en amparo de lo dispuesto por el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil se ACEPTA a trámite la petición de reforma de la demanda, en los términos formulados en el escrito contentivo de la misma; en consecuencia y una vez que se ha convalidado la citación y comparecencia de los herederos conocidos del causante TAPIA RAMOS LUIS ANTONIO, se CITE a los herederos presuntos y desconocidos del mismo causante, a quienes y de conformidad a lo previsto en el artículo 56 del COGEP, atento el juramento rendido por los accionantes de la imposibilidad de determinar individualidad y domicilio o residencia de los desconocidos y presuntos herederos, se lo hará mediante tres publicaciones de prensa a realizarse, en uno de los semanarios de mayor circulación regional, que se editan en esta ciudad de Nueva Loja, y en tres días distintos para cuyo efecto la señoras Actuaria elabore los correspondientes extractos de prensa; previniéndoles a los mismos demandados, de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones en esta jurisdicción. NOTIFIQUESE.Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes.- Nueva Loja, 14 de julio del 2016. Ab. Fany Jumbo Gómez, SECRETARIA UJMPCLAS F: 4519 2/3 S: 2754

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACION JUDICIAL CITO: Con el contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de DIVORCIO POR CAUSAL a AÑOTE PIGUABE JORGE PATRICIO, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GUERRA GONZÁLEZ ANA GABRIELA DEMANDADO: OÑATE PIGUABE JORGE PATRICIO JUICIO NRO: 2015-01823 CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL TRAMITE: VERBAL SUMARIO JUZGADO: U. J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS


www.periodicoindependiente.com

7

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

Judiciales CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. EXTRACTO DE LA DEMANDA.- GUERRA GONZÁLEZ ANA GABRIELA,….comparezco ante usted con la siguiente demanda de DIVORCIO POR CAUSAL: 3.- Los nombres y apellidos completos del demandado son: OÑATE PIGUABE JORGE PATRICIO.- 4.- Los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda, expuestos con claridad y precisión, son como siguen.- Fundamentos de hecho.- de la partida de matrimonio que adjunto en original, vendrá a su conocimiento que contraje matrimonio civil con el señor OÑATE PPIGUABE JORGE PATRICIO, con fecha 3 de junio de 2008, en la parroquia Targuí, del Cantón Guayaquil Provincia de Guayas, inscrito en el Tomo 14, folio 51, Acta 2651, Fundamentos de Derecho: con los antecedentes antes expuestos, fundamento la presente demanda de conformidad a lo que determina el Art. 110, causal 11va del Código Civil, y demando a mi conyugue OÑATE PIGUABE JORGE PATRICIO, para que mediante sentencia disuelvan el vinculo matrimonial que nos une, ejecutoriada la sentencia dispondrá se margine en el Registro Civil correspondiente 5.- el tramite que darse a la presente acción es la vía verbal sumaria, acorde a lo que determina el Art. 118 del Código Civil, 6.- La cuantía por su naturaleza es indeterminada, 7.- Declaro bajo juramento que desconozco el paradero del demandado, es por eso señor juez que me permito solicitar que las citaciones se las realizara conforme lo estipula el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es la prensa…- AUTO DE CALIFICACION DE LA DEMANDA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICA DE SUCUMBÍOS.- U. J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, jueves 25 de octubre del 2015, las 15h22, VISTOS.- En lo principal.- Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la providencia que antecede, según consta en el acta de declaración conforme al artículo 56 numeral 2 inciso según del Código General de procesos. La demanda DE DIVORCIO presentada por ANA GABRIELA GUERRA GONZÁLEZ en contra de JORGE PATRICION OÑATE PIGUABE, que antecede por reunir los requisitos de ley determinados en el Art. 67 de la Codificación al código de Procedimiento Civil, se la califica de clara, precisa, completa, por lo que se la acepta a trámite respectivo bajo el procedimiento verbal sumario conforme prescribe el Art. 118 y 119 del Código Civil en concordancia con el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil. Por lo que se dispone: 1.- Cítese inmediatamente conforme establece la ley a la parte actora bajo juramento ha manifestado que le es imposible determinar la individualidad o residencia y por ende desconoce el domicilio de persona demandada conforme lo establece el Art. Articulo 56 numeral 2 inciso segundo del Código General de procesos (COGEP), por ello cítese a través del periódico de circulación provincial (Sucumbíos) por tres ocasiones, mediando el termino de ocho días, por lo menos, entre la una y la otra citación conforme al Art. 119 del Código Civil, y, al tenor de lo que contempla el articulo antes referido procédase también a citar a la parte demandada a través de un periódico de la capital del la provincia donde se celebro el matrimonio, a fin de que dentro de los veinte días a contarse desde la última publicación, comenzara el termino para contestar la demanda y comparezca a juicio y señale casillero judicial para sus noticias cuyo extracto de demanda será entregado por el señor actuario de esta Unidad Judicial. 2.- Tómese en cuenta la casilla judicial y forma de electrónica señalada por parte actora para recibir las notificaciones que le correspondan y la autorización que le confiere a su abogado defensor. 3.- Se dispone que el señor actuario en forma inmediata cumpla con lo que se ha dispuesto. Agréguese a los autos los documentos aparejados a la demanda. 4.- Incorporese a los autos el escrito presentado por ANA GABRIELA GUERRA GONZÁLEZ, de fecha 25 de enero del 2016, a las 14h27, el cual e atiende.” Particular que le comunico para los fines legales pertinentes. Atentamente Ab. Oswaldo Luzuriaga Rodríguez SECRETARIO UJFMNALAS F: 4467 (3) S: 2702

BANCO INTERNACIONAL

FRANCISCO DE ORELLANA Por haberse perdido se va a anular los siguientes cheques N° 147 al 175 a cargo de la cuenta Cta. No. 6500608889 Quien creyere tener derechos deberá presentar su reclamo dentro de los próximos 60 días después de la publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido se va a anular los siguientes cheques N° 3486 al 3486 a cargo de la cuenta Cta. No. 6500605797 Quien creyere tener derechos deberá presentar su reclamo dentro de los próximos 60 días después de la publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500866649 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500958534 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0800875456 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 3200741989 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500771620 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 500039774 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500836812 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500811348 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500963201 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido se va a anular los siguientes cheques N° 25 a cargo de la cuenta Cta. No. 6500618787 Quien creyere tener derechos deberá presentar su reclamo dentro de los próximos 60 días después de la publicación de este aviso. (1/1) Reposición Ed. 902

6500919210, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 010075197-7, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100765277, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100773628, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100874989, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110790397, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. 0100766222, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido se procede anular el siguiente formulario de Cheques de la Cta. Cte. Nº 0100611319, desde el Nº 355 AL Nº 355. (1/1) S: 2770

SHUSHUFINDI Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por este Banco Cta. Nº 011100921 por un valor de 8.000,00, con vencimiento al 29 de junio de 2016 se está procediendo a la anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (3/3) S: 2742 Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 110760013, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (2/3) S: 2746 Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 3500734730, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110867860, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600769851, procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110722219, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 011076246-6, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 011086355-5, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110792888, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500892836, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110853827, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) S: 2771

LAGO AGRIO Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 9500741027, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (2/3) S: 2745 Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 045075162-7, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº010081551-6, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº

Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la libreta/ cartola de Ahorros N. 15569905 y cartola 789448 emitida a nombre de GREFA TANGUILA AGUSTO FRANCISCO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 1/3 F T 1448 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la libreta/ cartola de Ahorros N. 15589167 y cartola 194057 emitida a nombre de ROSALES SANMIGUEL IDANIA SUILMIRA se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T 1444 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la libreta/ cartola de Ahorros N. 15669934 y cartola 772176 emitida a nombre de ROSALES SANMIGUEL IDANIA SUILMIRA se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T 1445

COCA Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola de ahorros No. 22015273/788556 emitida a nombre de Bone Ñamo Isela Narcisa, se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 1/3 Q-916 Por pérdida se procede a la anulación de una chequera a Nombre de Multiservicios Oriente. Los cheques extraviados van desde el No. 131 hasta el 230 de la cuenta corriente No. 22220101, del Banco del Austro. 1/1 Q-917

ORELLANA

Redacción Sucumbíos

Luis Estuardo Mena, abogado oriundo de Quito, está al frente de la Defensoría del Pueblo en la provincia. El nuevo funcionario anunció que, de acuerdo a las competencias de esta institución, continuará con los procesos de capacitación sobre derechos humanos para diferentes sectores, además de las acciones propias que asumen para velar por los derechos de todos los ciudadanos. Sobre la situación específica de Sucumbíos, Mena dijo que acompañarán los procesos cuando se presenta algún tipo de abusos

SUCUMBÍOS

POR PERDIDA se anula la libreta de ahorro de la Cta. Nº 0650000502-4, perteneciente al Sr. Quezada Patiño Cesar Raúl. F: 4498 2/2 S: 2737

PERDIDA DE PLACAS LAGO AGRIO YO, MASALEMA HERRERA KLEBER PATRICIO, con C.I. Nº 210001332-1; presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de Matricula Vehicular, HG916J, Placa de Moto perteneciente APROCEL. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. S: 4523 (1) S: 2759 YO, ZAPATA PULLOQUINGA ELVIA MERCEDES, con C.I. Nº 050198346-4; presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: IBC2325 de Vehículo, Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. S: 4524 (1) S: 2760 YO, ALBERCA GUERRERO LUIS ANTONIO, con C.I. Nº 070314823-9; presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Matricula Vehicular, HH317T de Moto. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. S: 4525 (1) S: 2261 YO, CHACHA PANJON, con C.I. Nº 210004279-1; presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Matricula Vehicular, PLACA: MCV0226, de camioneta Chevrolet año 1999. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. S: 4526 (1) S: 2762

en contra de los consumidores no solo de servicios públicos, sino de cualquier tipo de venta de bien o servicio. Entre los temas que más le preocupan está la movilidad humana por las características específicas de la provincia fronteriza, así como las constantes quejas con el servicio de energía eléctrica. Es así que esta institución bajo una nueva administración seguirá trabajando por los derechos de los comerciantes, por lo que espera mantener la vinculación con la ciudadanía para prestar asesoría y acompañamiento a las denuncias o quejas que allí se denuncien.

Barrio Cariamanga pide agua potable y alcantarillado

TENA

YO, YELA REALPE ADRIANA ROCÍO, con C.I. Nº 2100369749; presento mi denuncia y dejo como constancia la perdida de la Matricula Vehicular, HW301R de Moto. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. S: 4528 (1) S: 2264.

Por pérdida se procede anular la libreta de ahorro N° 4501662292. A nombre de ANKUASH CHIRIAP SEER REINALDA (3/3) O: 3051 F: 3745

Se posesiona el nuevo defensor del pueblo en Sucumbíos

Publicación por perdida de libreta Banecuador del socio SACHA SAMAY cuenta.4004333738. F1596 T 1444.

YO, OREJUELA GRANADOS, con C.I. Nº 817012575-4; presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, IE5860 de Moto, Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. S: 4527 (1) S: 2763

Redacción Sucumbíos

El alcalde de Lago Agrio, Vinicio Vega, visitó el barrio Cariamanga para reunirse con los habitantes y conocer de primera mano las necesidades de este sector que sufre problemas con el alcantarillado, agua potable e inseguridad originada por la presencia de drogadictos en las áreas verdes, quienes atemorizan especialmente a los estudiantes. Uno de los habitantes, José Vicente, expresó que hace falta el alcantarillado en algunas calles de este barrio, además que no cuentan con agua potable por lo que deben abastecerse de los tanqueros que pasan semanalmente por este sector. La presidenta del barrio, Olga Soto, agradeció la visita del alcalde y pidió que estas obras de primera necesidad se cumplan para mejorar la calidad de vida de los moradores de este barrio

constituido hace 12 años. Añadió que necesitan señalización porque los conductores transitan a gran velocidad por lo que se han presentado varios accidentes de tránsito. Delitos Otro de los problemas que los afecta es la inseguridad que se presenta puesto que han encontrado en los terrenos baldíos dos cadáveres en los últimos tiempos. Además piden que el área verde sea intervenida para impedir que la maleza se apodere de este lugar poniendo en peligro a los transeúntes. Dentro de sus compromisos, el alcalde Vega afirmó que en el próximo año dotará de una alarma comunitaria a este barrio para contribuir a la seguridad, además de hacer las instalaciones de la red de agua potable tratando de atender primordialmente los servicios básicos.

Por pérdida se procede anular la libreta de ahorro N° 4502124819. A nombre de SANCHEZ SANCHEZ ANA KATHERINE (3/3) O: 3053 F: 3749 Por pérdida se procede anular el CERTIFICADO DE PLAZO AMIGO N° 5171131390 con un valor de 290 dólares. A nombre de FREIRE QUIÑA ARNOLD ABRAHAM (3/3) O: 3054 F: 3751 Por pérdida se procede anular la libreta de ahorro N° 4501489250. A nombre de CAÑAR ACOSTA ERICK ROBERT (3/3) O: 3055 F: 3752 Por pérdida se procede anular la libreta de ahorro N° 4501559604. A nombre de ESPINOZA PINCAY ARACELY (1/3) O: 3059 F: 3755

El alcalde Vinicio Vega comentó que en el barrio Cariamanga se instalará la red de agua potable para atender uno de los servicios básicos.

Por pérdida se procede anular la libreta de ahorro N° 4501697393 A nombre de MUÑOZ MORA ELIDER ERMENEGILDO (1/3) O: 3061 F: 3756

TENA Cuenta: 4502043112 libreta 9901271348/ certificado de Aporte 4502043113/1500679483-del socio ANDY LICUY ROCIO MARIVEL. 1/1 F 1592 T-1442

P

CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA REPÚBLICA DEL ECUADOR

LA JOYA DE LOS SACHAS Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº6600738077 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600759392 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600750743 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600790389 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) O:3062 F: P

TENA

EXTRACTO De conformidad con el Art. 15 de la Codificación del Reglamento para las Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, se procede a la publicación del siguiente extracto:

TENA La cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., notifica la anulación por pérdida O extravió del Certificado de depósito a plazo N. 706444 Expedida a favor de: JARRIN FREIRE MARTHA CUMANDA Quien considere tener derecho sobre dicha libreta, deberá presentar el reclamo correspondiente en las oficinas de la cooperativa, en el termino de 8 días, contados desde la fecha de publicación de este aviso.. 1/1 1/1 F1598 T 1449

Nombre de la organización Política: MOVIMIENTO POLÍTICO PUBLO MIO “M.P.P.P.M” Ámbito de acción: PROVINCIA DE SUCUMBIOS Nombres y Apellidos del Representante: JOSÉ MIGUEL GRANDA VALDEZ Fecha de ingreso de la documentación: 15 de Julio de 2016. Sede: Calle Cuyabeno y Av. Quito, Nueva Loja – Lago Agrio - Sucumbíos – Ecuador. Término para impugnación: Tres días a partir de la publicación del extracto. Símbolo: El símbolo del Movimiento Político Pueblo Mío “M.P.P.M” será una bandera, de color concho vino, con siete estrellas blancas y las letras M.P.P.M. El presente extracto se publica con el objeto de que si alguna organización política, persona, personas naturales o jurídicas, consideran que la inscripción solicitada incumple normas constitucionales y legales podrán presentar su reclamo administrativo dentro del término de tres días, contados a partir de la fecha de esta publicación de conformidad con lo dispuesto en el Art. de la Codificación del Reglamento para la Inscripción del Partido, Movimiento Político y Registro de Directivas. Nueva Loja, a 21 de julio de 2016. Lcda. Olga Moya Conforme SECRETARIA DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SUCUMBÍOS DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL S-2766


8

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

www.periodicoindependiente.com

Comunidad Parroquias rurales de Orellana se capacitan sobre planificación participativa

Predicando

Palabra DE DIOS

la

Jeremías 3:14 Volved, hijos infieles”declara el SEÑOR, “porque yo soy vuestro dueño, y os tomaré, uno de cada ciudad y dos de cada familia, y os llevaré a Sion.

Corintios 5:14 La capacitación se realizó en el infocentro de la parroquia San Luis de Armenia. Redacción Orellana

Los integrantes del gobierno parroquial de San Luis de Armenia (Orellana) y 12 presidentes de las comunidades que conforman esta parroquia, participaron en el taller del sistema nacional descentralizado de planificación participativa organizado por la Secretaría Nacional

de Planificación y Desarrollo (Senplades) zona 2 centro norte. Bruno Rivadeneyra, técnico de la dirección de planificación, información y políticas públicas de la Senplades, destacó que la participación ciudadana es fundamental para la construcción de los instrumentos de planificación a nivel nacional y territorial, por eso la importancia de

desarrollar capacitaciones sobre el tema en parroquias y comunidades de la zona 2. Durante los talleres, los participantes conocieron los contenidos del plan nacional de desarrollo, lineamientos de planificación y ordenamiento territorial, instancias de gestión, mecanismos de participación ciudadana y metas de la agenda zonal.

Registrador de la propiedad del cantón Lago Agrio tiene nombramiento Redacción Sucumbíos

El 19 de julio del 2016 el alcalde de Lago Agrio, Vinicio Vega, posesionó en su despacho al registrador de la propiedad del cantón Lago Agrio, Byron Saritama. El funcionario posesionado ya desempeñaba su labor en calidad de encargado desde hace un tiempo, por lo que este es su primer periodo que desempeña con nombramiento en este cargo. El proceso de selección del registrador de la propiedad y mercantil se realizó cumpliendo la norma respectiva a través del concurso de méritos y oposición, y con la veeduría del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).

El registrador de la propiedad, Byron Saritama (i), ya desempeñaba su labor de manera encargada.

Autofinanciamiento El alcalde Vega indicó que esta es la única dependencia del Municipio que es autosustentable con sus

P

propios recursos por lo que se han ampliado las instalaciones y se ha tecnificado para que los servicios que se ofrecen en el registro de la propiedad sean más rápidos. En este programa, Gilma Mendoza, ciudadana que hizo parte de este proceso como veedora del Cpccs, señaló que es una gran responsabilidad elegir un funcionario público para que preste un servicio de calidez a los usuarios. Otra de las personas que participó en esta elección dijo que es momento en que los ciudadanos se apoderan de los mecanismos que ofrecen para elegir las autoridades y fiscalizar el desempeño del servicio que las instituciones públicas brindan a los usuarios

Porque el amor de Cristo nos constriñe, pensando esto: que si uno murió por todos, luego todos murieron.

Sean avergonzados y confundidos. Los que buscan mi vida; Sean vueltos atrás y avergonzados. Los que mi mal desean.

DIOS ABRIRÁ UN CAMINO DONDE EL

mundo DIJO QUE ERA IMPOSIBLE

Rodeado del cariño de sus hijos familiares y amigos el abogado Pedro Roberto Chang Franco en su residencia particular, celebró sus 54 años de haber llegado a este mundo. No faltaron las felicitaciones y el coro de sus amigos “Te estas poniendo viejito, te estás poniendo viejito.

CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO De conformidad con el Art. 15 de la Codificación del Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, se procede a la publicación del siguiente extracto:

Dios te bendiga Roberto…….

Nombre de la Organización Política: MOVIMIENTO AGRARIO ASOCIADOS SUCUMBÍOS “M.A.A.S”. Ámbito de acción: PROVINCIA DE SUCUMBÍOS Nombres y Apellidos del Representante: MIGUEL ANGEL PADILLA BAEZ Fecha de ingreso de la documentación: 18 DE JULIO DE 2016 Sede: Calle 10 de Agosto S/N y Francisco de Orellana – Barrio el Mirador Nueva Loja - Lago agrio - Sucumbíos – Ecuador. Término para impugnación: Tres días a partir de la publicación del extracto. Símbolo: El símbolo del Movimiento Agrario Asociados Sucumbíos “M.A.A.S” Una Bandera verde y amarillo, con un libro rojo, el machete, el chontaduro, el maíz y el cacao de aroma fino, el pez. El presente extracto se publica con el objeto de que si alguna organización política, personas naturales o jurídicas, consideran que la inscripción solicitada incumple normas constitucionales y legales podrán presentar su reclamo administrativo dentro del término de tres días, contados a partir de la fecha de esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 16 de la Codificación del Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas. Nueva Loja a 21 de julio de 2016

Lcda. Olga Moya Conforme SECRETARIA DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SUCUMBÍOS DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL S-2768

Feliz Cumpleaños


www.periodicoindependiente.com

Comunidad

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

Pasatiempo

Sopa de letras

Laberinto Q O R I V I V E K R T D K A P

R A N G P C S X N A E B Q R M

H J Z X S C L Z J N N V B N C

K A E Q R Ñ E N J U E K E E C

F J C I A Y V L E Y R M N W C

U P B E G F A E S A Y A T L N

Ñ I T R R A N E R S R D R L H

R Y R A M O T R A E S J A A E

J H W J Q O A Q H D J T R Z S

R O D A D S R Q C C Q H F U T

A O C B J R S H U G M X H P U

L Z W A W F E M D A M U J O D

B A R R Q S Z M J U K X B I I

A N O T P M X O O N N K S R A

H G W U S G Y Q D C Z L I M R

Encuentra las siguentes palabras CENAR COMER DESAYUNAR DUCHARSE ENTRAR ESCRIBIR ESTUDIAR HABLAR

HACER LEER LEVANTARSE TENER TOMAR TRABAJAR VIVIR

5 diferencias Sabías qué? Las mariposas que se sienten en el estómago cuando ves a alguien que te gusta es en realidad la respuesta al estrés causado por la adrenalina. Las camisetas fueron inventadas para los solteros que no sabían cómo pegar botones. El espacio entre tus ojos se llama glabela.

9


10

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

www.periodicoindependiente.com

Salud También pueden aparecen en el embarazo

Que las várices no lo atormenten

Esta patología es hasta cinco veces más frecuente en la mujer que en los hombres. Se forman habitualmente en las venas de las piernas, sin embargo, también pueden afectar al esófago, la región anal o los testículos.de 60 años. Las varices o venas varicosas, también conocida como insuficiencia venosa crónica, son venas hinchadas a causa de una acumulación anormal de sangre debido a la debilidad, a menudo heredada, en las paredes y válvulas de las venas superficiales. Esto hace que las venas se ensanchen y se dilaten, de manera que la sangre se acumula fácilmente cuando una persona permanece de pie durante mucho tiempo. “Cuando la vena se dilata no cumple su función. Éstas se encargan de realizar el retorno sanguíneo al corazón y eso implica que el flujo tenga que ir contra la gravedad: desde el pie hacia el corazón”, explica Andrés García León, director del área de Cirugía Vascular en el Hospital Universitario Virgen de Valme (Sevilla) y miembro de la Sociedad Andaluza de Angiología y Cirugía Vascular. “Las venas tienen unas válvulas que impiden el retorno de ese flujo sanguíneo hacia el pie y facilitan la subida. Sin embargo, si la vena está dilatada, las válvulas no cumplen su función y el flujo se invierte, lo cual provoca que aumente la dilatación y se produzcan problemas como edemas, hinchazón de la pierna o, en fases más avanzadas, úlceras o flebitis (trombosis de una variz), entre otras.

Causas

Entre las principales causas de la aparición de varices destacan tres: en primer lugar, y si se tratan de varices primarias, están las válvulas congénitamente defectuosas. Las válvulas son responsables de hacer circular la sangre hacia el corazón, por lo que si no funcionan correctamente la sangre se acumula en la vena provocando su hinchazón. La tromboflebitis provoca el mismo efecto. En este caso, son trombos, o lo que es lo mismo, coágulos, los que dificultan la circulación. Esta situación puede darse, por ejemplo, tras prolongados periodos de reposo en cama. La tercera causa más probable para la aparición de varices es el embarazo. Por suerte, las varices que aparecen durante el período de gestación son secundarias y tienden a desaparecer entre dos y tres semanas después del parto.

Síntomas

Las manifestaciones clínicas más comunes son: pesadez de piernas, aparición de varices con venas visibles, edema, hinchazón, aparición de dolor, calambres, sensación de acorchamiento; en fases más más avanzadas de la enfermedad pueden aparecer úlceras venosas, dermatitis ocre (oscurecimiento de la piel), o el sangrado en varices complicadas.

Prevención

En la actualidad no existe ninguna medida que ayude a prevenir la aparición de las varices. No obstante, el director de cirugía vascular del Hospital Universitario de Valme destaca que un estilo de vida saludable, realizar ejercicio físico, evitar el sobrepeso, la obesidad y el sedentarismo, contribuyen a que si una persona tiene riesgo de desarrollar varices, éstas estén más controladas.

Dele importancia

Tipos

Existen diferentes formas de clasificar las varices. La principal, a nivel médico, es la clasificación CEAP, que establece una graduación de las varices en función de la presentación clínica, de la etiología, de la anatomía de la vena y de la patofisiología de la misma. A nivel general García León indica que se pueden establecer dos tipos: varices superficiales: es el tipo más frecuente; conocidas como telangiectasias o arañas vasculares son varices de pequeño tamaño, muy visibles, que suelen causar preocupación. “Este tipo de variz no suelen tener mayor significación patológica y suele ser un problema principalmente estético, no suele provocar problemas en la piel de oscurecimiento o de dermatitis, ulceraciones o flebitis”, añade. Varices tronculares: pueden presentar diferentes grados de dilatación y son las varices propiamente dichas: venas dilatadas y que pueden ser más o menos visibles.

Diagnóstico

La primera recomendación para los pacientes es que acudan a un especialista de cirugía vascular. Él está capacitado para, solo con la clínica y una exploración física, dar un primer diagnóstico que suele ser bastante certero. Enseguida, la realización de un eco-doppler venoso suele dar

Además del perjuicio estético que ocasionan, las varices pueden dar lugar a síntomas variables y que afectan de manera distinta según las personas, por lo que no se debe pensar que la ausencia de ciertos síntomas implica que no se tienen varices. Entre los más significativos según avanza la enfermedad, destacan: visualización de la red venosa de las piernas. En general, pueden verse varices en cara antero externa de muslos, detrás de las rodillas, y en cara interna de piernas, pero al principio no suelen aparecer otros síntomas. Pesadez y cansancio en las piernas. Sobre todo cuando se está mucho tiempo inmóvil de pie, y a última hora del día. Esto ocurre porque empieza a acumularse la sangre en las venas de las piernas. Normalmente los síntomas mejoran al andar, con el ejercicio, y al levantar las piernas. Dolor, de intensidad variable según las personas. Normalmente se localiza en los trayectos de las venas afectadas, principalmente tobillo y pantorrilla. Puede empezar o aumentar con un simple roce, o un golpe de poca importancia. Calambres, principalmente nocturnos. Hormigueos. Especialmente cuando las piernas permanecen mucho tiempo en la misma postura, por ejemplo en el cine o durante viajes en autocar o avión. Hinchazón o edema de los pies y tobillos. Aparece, según avanza la enfermedad, al acumularse el líquido extravasado. Al principio disminuye con el reposo, con las piernas elevadas, y al levantarse por la mañana, pero poco a poco se vuelve más persistente y puede llegar a ser permanente. Con el avance de la enfermedad puede ir ascendiendo a lo largo de la pierna. Aparición de úlceras. Suelen aparecer cerca de los tobillos y, con mayor frecuencia, en la cara interna. Con frecuencia resultan bastante dolorosas y difíciles de curar. Se infectan con facilidad, lo que aumenta la dificultad para su curación. A veces son debidas a las lesiones por rascado, y otras surgen de forma espontánea.

información más concreta de la anatomía de la variz y sobre las opciones terapéuticas que se pueden establecer.

Tratamientos

El tratamiento farmacológico de las varices está enfocado a aliviar los síntomas y evitar que el trastorno empeore. Algunos fármacos venotónicos que se administran por vía oral resultan eficaces. Los más empleados son Daflón (diosmina), Venosmil (hidrosmina) y Venoruton (oxerutinas), entre otros. Las plantas medicinales con propiedades venotónicas también pueden ser una opción terapéutica a tener en cuenta. Las más eficaces son castaño de Indias, ruscus, vid roja, ginkgo biloba y hamamelis. Se suelen administrar por vía oral o aplicarse en forma de geles y cremas con efecto frío. Para aliviar los síntomas, los expertos recomiendan asimismo una serie de medidas: utilizar medias de compresión; estas prendas ayudan mecánicamente a impulsar la sangre desde los capilares hasta el corazón, impidiendo que se produzcan estiramientos o heridas. A pesar de la incomodidad que puedan suponer, su uso está especialmente indicado en los meses de verano, ya que con temperaturas superiores a los 25 grados existe riesgo de empeoramiento de los trastornos asociados al retorno venoso. Evitar la exposición al sol duran-

te largas horas, tumbados y sin moverse, y sobre todo durante las horas de máximo calor, lo que conduciría a un efecto vasodilatador intenso y prolongado. Aplicar duchas de agua fría en las piernas, haciendo que el chorro impacte en círculos ascendentes. Evitar permanecer de pie durante mucho tiempo, (especialmente en el caso de personas con antecedentes familiares del mismo tipo). Utilizar geles de efecto frío mediante masajes suaves en sentido ascendente o con activos venotónicos. Tumbarse y elevar las piernas por encima de la altura del corazón, tras largos periodos sentados o de pie, y al dormir. Caminar por la playa y bañarse de vez en cuando, ya que el agua fresca activa la circulación y mejora la sensación de piernas cansadas. En este caso, es necesario ducharse después del baño para retirar la sal, ya que seca la piel, y aplicar crema hidratante. Evitar el sobrepeso, la obesidad y la vida sedentaria. No usar ropa demasiado ceñida. Utilizar zapatos cómodos, prescindiendo en la medida de lo posible de los tacones altos y del calzado plano. Hidratar la piel a diario. Utilizar protección solar todo el año, ya que ayuda a reducir la extravasación sanguínea. También es posible recurrir a la cirugía. Cuando el cirujano opera las varices está actuando sobre la enfermedad ya establecida, sobre la variz que causa el problema al paciente, pero el organismo puede seguir generando nuevas varices. Por este motivo, los tratamientos actuales consisten en la eliminación de la variz desde el origen de la misma. Puede ser mediante dos procesos: cirugía, el paciente puede tener un tratamiento quirúrgico o recibir la aplicación de calor. Ese calor puede aplicarse mediante la utilización de un catéter con un láser o de un catéter con radiofrecuencia. Con sustancias químicas a través de una microespuma que tiene una sustancia esclerosante para eliminar la variz.

Otros datos

Las varices son la enfermedad vascular más frecuente. Afectan a entre el 20 y el 30 por ciento de la población adulta y su prevalencia aumenta con el envejecimiento. De hecho, a partir de los 50 años casi la mitad de la población tiene un grado u otro de insuficiencia venosa.

Pronóstico

El pronóstico de la insuficiencia venosa crónica suele ser benigno. Sin embargo, si las varices no están bien tratadas pueden provocar una pérdida de la calidad de vida del paciente debido a las molestias de la patología, como la pesadez y el dolor, que se incrementan en la época estival. Factores de riesgo Existen tres factores que incrementan el riesgo de desarrollar varices: tener antecedentes familiares; los embarazos, por eso es más frecuente en mujeres; la obesidad, el sobrepeso y la vida sedentaria también aumentaría la presencia de las varices. www.dmedicina.com www.webconsultas.com


www.periodicoindependiente.com

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

11

Comunidad En Orellana no hay Se le duerme el diablo a una brote de malaria banda de secuestradores El descenso de los casos de malaria obedece principalmente a eliminar el brote del mosquito anhopeles, transmisor de la enfermedad.

Redacción Orellana

Dos casos de malaria han sido confirmados en la provincia de Orellana entre el 1 de enero y el 20 de junio del 2016. Diana Echeverría, epidemióloga distrital 22D02 Loreto Orellana, precisó que estos casos de malaria se registraron en febrero y marzo. Agregó que las 31 unidades operativas siempre están vigilantes “todo el personal de salud está capacitado en cuanto a la captación de casos sospechosos de malaria y cada caso sospechoso que se capta en una unidad operativa, es notificado en un tiempo máximo de 24 horas”. Descenso El año 2010 fue el último en que hubo más de cien casos de esta enfermedad; a partir del 2011 tuvo una importante disminución. “Solo existieron 98 casos en total; luego en el 2012 se disminuyó a 15 casos en todo el año; en el 2013 hubo 15,

en el 2014 cuatro, en el 2015 hubo 11 casos, y fueron ubicados en la comunidad de Tereré, que pertenece al área de influencia del centro de salud del Edén”, mencionó Echeverría. La funcionaria manifestó que el examen para detectar la malaria en una persona “es una prueba muy sencilla, se hace a las personas que tienen fiebre o a quienes el médico indique que pueden ser sospechosas de malaria, se les toma una muestra de sangre capilar, y ésta la puede hacer cualquier personal de la unidad operativa y es analizada por los microcopistas del distrito, y el diagnóstico no demora más de 24 horas”. Aclaró que el tratamiento de malaria no tiene costo alguno “solo se encuentra en el Ministerio de Salud Pública (MSP), recomiendo que no se dejen engañar por personas que dicen que tienen remedio para la malaria, eso es mentira, insisto, solo tiene a su cargo este medicamento el MSP”, recalcó.

INGREDIENTES: 12 discos de masa para empanada 500 g de carne molida 3 cucharadas de pasitas 1/2 cebolla picada 1 diente de ajo picado 1 taza de jitomate picado 1 cucharada de paprika 3 cucharadas de aceituna verde troceada 1 huevo Aceite para freír

PREPARACIÓN: 1. En una sartén grande fríe la cebolla y el ajo con tres cucharadas de aceite; cuando comiencen a dorar agrega la carne, luego la paprika, el jitomate, las pasitas y las aceitunas; salpimienta. Cuece por 10 minutos o hasta que se haya evaporado todo el líquido. Enfría el relleno. 2. Coloca algunas cucharadas del relleno en el centro de los discos para empanada, barniza las orillas con el huevo, dobla a la mitad para cerrar y pellizca la orilla. 3. Fríe las empanadas en aceite. Retira a papel absorbente y sirve acompañadas de chimichurri.

Redacción Sucumbíos

En un operativo de la Unidad Antisecuestro y Extorsión (Dinased) se logró desmantelar una presunta banda delincuencial dedicaba al secuestro de ciudadanos de Lago Agrio. El seguimiento partió el 1 de julio cuando cuatro personas, presumiblemente colombianas, llegaron a la vivienda de un comerciante para supuestamente hacer negocio de ganado, pero terminaron secuestrándolo para exigir un millón de dólares por su rescate. Por esta razón al conocer la denuncia personal, la Dinased procedió a brindar asesoramiento a la familia de la víctima así como a realizar el trabajo de investigación para dar con su paradero. Es así como el 21 de julio, el ciudadano retenido logró fugarse de sus captores, huyendo por varios kilómetros hasta llegar al sector conocido como “La Orellana” donde fue auxiliado por los moradores. Desde el año pasado En libertad la víctima brindó información importante para que el GOE continuara su trabajo de inteligencia para desmantelar esta banda que fue identificada por la víctima y a quien se le atribuye otros intentos de secuestro en el

En el operativo contra los secuestradores, los uniformados encontraron varias armas de fuego.

año anterior y lo corrido de este. El resultado de este operativo fue: nueve personas detenidas entre colombianos y ecuatorianos, cuatro armas de fuego, tres allanamientos realizados y una motocicleta

retenida. La víctima ya se encuentra con su familia y esta banda que atentaba contra la tranquilidad y seguridad de los ciudadanos en prisión esperando su debida sentencia.

Empanadas

argentinas


12

Circula del 24 al 30 de julio del 2016

www.periodicoindependiente.com

CNEL ejecuta proyectos en Orellana para mejorar el servicio Redacción Orellana

En un plazo de 180 días contados desde el 13 de junio del 2016 deberá terminar la repotenciación eléctrica del sector de Ñucanchi Huasi, en Francisco de Orellana. Esta inversión es una de las que ejecuta la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) en la provincia de Orellana. Según Byron Nuque administrador de la empresa eléctrica Sucumbíos (CNEL), varios proyectos que están enfocados en la repotenciación de redes de media y baja tensión en distintos alimentadores son financiados por distintas fuentes de inversión como el Banco Interamericano de Desarrollo, Banco para América Latina y Banco Francés. Agregó que existen proyectos ejecutados por el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable “tenemos sectores intervenidos como la repotenciación del alimentador del Coca 3, cuyo sector de alcance es la avenida Napo entre José Feliciano y Eugenio Espejo, la avenida Alejandro Labaca hasta el redondel de los barrios, Central, Santa Rosa, 30 de Abril y Con Hogar”. Señaló que en los cantones La Joya de los Sachas y Loreto también

se adelantan varios proyectos de electrificación y mejoramiento de la calidad del servicio eléctrico “en Loreto, en un compromiso con la Gobernación de Orellana se acordó electrificar toda la parte de Puerto Murialdo, Puru Punta y El Triunfo, hoy se están por ejecutar estos proyectos, puesto que cuentan con el financiamiento correspondiente”. Más en Loreto Nuque añadió que se encuentra en ejecución el estudio de suelos para construir la subestación en Loreto, obra que evitará los inconvenientes que se producían anteriormente. El administrador se refirió a los inconvenientes surgidos con ciertas casas comerciales que han notificado, por medio de la Defensoría del Pueblo, sobre las cocinas de inducción; Nuque aclaró que la CNEL Sucumbíos no vende estos artefactos puerta a puerta, “CNEL Sucumbíos tiene a disposición de la ciudadanía en sus distintas agencias la disponibilidad necesaria para la venta de estas cocinas, no realizamos las ventas puerta a puerta como lo hacen ciertas casas comerciales, para esto ya estamos tomando las acciones necesarias e informando a las autoridades pertinentes”, concluyó.

Campaña respeta mi espacio, mi tarifa y mi parada emprende el Conadis Redacción Sucumbíos

Según señala el artículo 156 de la Constitución Política de la República “Los consejos nacionales para la igualdad son órganos responsables de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. Razón por la cual según señala Fernando Poma, técnico territorial en Sucumbíos del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis) tiene como atribución la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en discapacidades. En este marco y como resultado de los diálogos ciudadanos por la igualdad y la justicia social, se establecieron como acuerdos el desarrollo de acciones tendientes a concienciar a la población en general el respeto a sus derechos en el transporte público. Por esta razón en Nueva Loja el día jueves 21 de julio, se realizó la campaña “Respeta mi espacio, mi tarifa, mi parada”, mediante la colocación de los stickers en las unidades del servicio urbano,

intercantonal e interprovincial, y así fomentar la exigibilidad y el respeto a los derechos de las personas con discapacidad, adultos mayores, madres embarazadas y otros. Para la ejecución de esta campaña se coordinó con las diferentes organizaciones de personas con discapacidad, el Consejo Cantonal de Protección de Derechos de Lago

Agrio, Mancomunidad de Tránsito, Administración del Terminal Terrestre, junto a sus técnicos que brindaran su apoyo en cuatro puntos establecidos para la colocación de los stickers material elaborado por el Conadis y la Agencia Nacional de Tránsito que serán colocadas en la parte interior de cada una de las unidades del transporte público.

Unión de taxistas protesta en la Alcaldía por asignación de parada a la cooperativa Codestapu Abraham Freire mencionó, ante los dirigentes del taxismo, que hay cooperativas que tienen tres paradas y estas condiciones deben ser equitativas para todos.

Redacción Sucumbíos

La unión de taxistas, conformada por varias cooperativas como El Cofán, Lago Agrio, Oro Negro, entre otras, mostró su inconformidad frente a la resolución del Concejo Municipal que le asigna a la cooperativa de taxis Coodestapu, la parada en las afueras del nuevo hospital provincial, ubicado en el kilómetro cuatro y medio de la vía Quito. Los representantes de la unión de taxistas llegaron con pancartas a la Alcaldía en horas de la tarde del 22 de julio para pedir participación en la sesión del Concejo y tratar este tema. El concejal

Los taxistas de la unión exigen igual participación en la parada del nuevo hospital de Lago Agrio.

P

Exigen respeto Por su parte Édison Chiguango, presidente de la cooperativa de taxis El Cofán, manifestó que el Concejo no ha respetado la resolución donde se asignan las paradas porque, según afirmó el dirigente de Codestapu, no respetó la parada concedida en el antiguo Solca, pero sí espera le adjudiquen la parada del hospital nuevo por lo que el gremio de los taxistas se encuentra inconforme,

P

P

CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA REPÚBLICA DEL ECUADOR EXTRACTO

PARTIDO SOCIAL CRISTIANO DEL ECUADOR

CONVOCATORIA

SE INVITA A TODOS LOS AFILIADOS AMIGOS Y SIMPATIZANTES DEL PSC 6 ACTO DE ELECCIÓN Y POSECIÓN DE LA DIRECTIVA 2016 - 2020 PROVINCIAL DE ORELLANA LUGAR: SALÓN DE LA DEMOCRACIA CNE DE ORELLANA 016 FECHA: 06 DE AGOSTO DEL 2016 HORA: 14:00 (2 de la tarde)

ARTURO HERNÁNDEZ HERNÁNDE DEZ COORDINADOR

De conformidad con el Art. 15 de la Codificación del Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, se procede a la publicación del siguiente extracto: Nombre de la Organización Política: MOVIMIENTO POLÍTICO SUCUMBÍOS AMADO. Ámbito de acción: PROVINCIA DE SUCUMBÍOS Nombres y Apellidos del Representante: VICTOR FABIAN PACHACAMA GUAYNALLA Fecha de ingreso de la documentación: 18 DE JULIO DE 2016 Sede: Avenida Circunvalación y Aguarico Esquina Nueva Loja -- Lago agrio - Sucumbíos – Ecuador. Término para impugnación: Tres días a partir de la publicación del extracto. Símbolo: El símbolo del Movimiento Político SUCUMBÍOS AMADO (MSA), será una Bandera de color amarillo, en el centro llevará la frase “SUCUMBÍOS AMADO” en color negro de forma horizontal, al costado izquierdo ira un corazón de color verde, amarillo y blanco. El presente extracto se publica con el objeto de que si alguna organización política, personas naturales o jurídicas, consideran que la inscripción solicitada incumple normas constitucionales y legales podrán presentar su reclamo administrativo dentro del término de tres días, contados a partir de la fecha de esta publicación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 16 de la Codificación del Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas. Nueva Loja, a 21 de julio de 2016

Lcda. Olga Moya Conforme SECRETARIA DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SUCUMBÍOS DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

CARLOS CARLOS L JULIO ÁCARO COORDINADOR O-3063

ya que piden que todas las operadoras en forma rotativa deberían parar en este lugar. Este dirigente pidió respeto para el gremio y reclamó su derecho al trabajo organizadamente; por su parte el alcalde Vinicio Vega dijo que a algunas cooperativas se les ha asignado paradas en lugares de gran afluencia por lo que tratan de que todos logren equilibrar sus finanzas. Al final de la reunión se decidió que al momento de que está parada sea una realidad, será considerada la incorporación de otra operadora, adicional a la Codestapu, para que trabaje en este mismo sitio.

S-2767


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.