ORELLANA
AÑO 20 Edición 946 Circula del 23 al 29 de abril del 2017
7.000
No se olvide, matricule sus embarcaciones
EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA
En esta semana la capitanía de puerto de Francisco de Orellana atenderá en la matriculación de embarcaciones y renovación de documentos marítimos. Recuerde que sin papeles al día no puede navegar. P. 08
En Sucumbíos y Putumayo
se cumplen las celebraciones cantonales El cantón Sucumbíos tiene Amazonía de altura, esto hace del Ecuador el único país amazónico con esta característica. En la gráfica los frailejones a más de 3.000 metros de altura sobre el nivel del mar.
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NAPO
Hospital tiene 78 por ciento de avance El presidente Rafael Correa verificó en Tena cómo avanza la obra de la principal casa de salud pública de la provincia.
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Comunidad ENTREVISTA:
Fredy Moreno, candidato a dirigir la Casa de la Cultura Ecuatoriana de Sucumbíos
Redacción Sucumbíos
Las elecciones para designar al nuevo director de la Casa de la Cultura Ecuatoriana (CCE), núcleo de Sucumbíos, serán el 5 de mayo con 2 candidatos, para que los electores elijan entre Efrén Gómez, quien va por la reelección y Fredy Moreno, que ya fue también presidente de esta institución. Freddy Moreno por 2 periodos ejerció el cargo de presidente y gracias a su gestión, la CCE de Sucumbíos cuenta con su edificio de 2 plantas en el barrio Julio Marín, con salas de exposiciones de piezas arqueológicas, pinturas de los artistas de la provincia, biblioteca, sala de internet, entre otros espacios. Entre los aspectos a destacar de Moreno es su producción literaria, entre sus obras recientes están: Cuentos de la Selva; Poesía te quiero, noviembre 2013. Además escribió un libro sobre el cultivo del “chuncho” llamado “Aportes para el desarrollo sostenible” libro que salió a la luz después de años de investigación que Moreno realizó en Gonzalo Pizarro y Lago Agrio. Es articulista de periódicos y revistas que se editan en Lago Agrio. Para Fredy Moreno, la autogestión es la herramienta P
principal para hacer realidad los proyectos. Dejar de arrendar y tener edificio propio como CCE, ¿fue beneficioso para la institución y ciudadanía? La construcción del edificio fue un proceso largo de autogestión; cambiamos con el Municipio de Lago Agrio nuestro terreno de 1.000 metros cuadrados en el perímetro urbano de la ciudad, por el que construimos el edificio, de 20.000 metros cuadrados. Conseguimos un dinero y le pasamos para que nos construya el Municipio. El Ministerio de Cultura nos dio 30.000 dólares. La CCE nos dio 100.000 dólares y también le dimos ese dinero al Municipio, con lo que se construyó parte de este proyecto que tiene otros espacios más que están pendientes. Es importante realizar la autogestión para que otras instancias lo hagan: construcción de infraestructura, compra de vehículo, lo que sea y que no pase por las manos de uno el dinero. Entre sus 2 periodos de 2007-2014, ¿qué dejó aparte del edificio? El vehículo que ahora tiene la
institución. Las oficinas, espacio para biblioteca y el proyecto del museo. No podemos decir que ya tenemos un museo; tenemos las piezas arqueológicas, pero falta la presencia de un arqueólogo; un paleontólogo; alguien experto inclusive en artes plásticas, para que le dé la forma de museo. No obstante necesitamos más infraestructura y en eso no se debe desmayar.
ne aprobados los planos de construcción. Con esos espacios se complementan los espacios para música, danzas, teatro y un auditorio para 300 personas, además de un espacio donde se les pueda dar posada a los artistas que vengan de otros lados. ¿Los espacios que faltan están en su plan de trabajo?
Yo ofrezco un trabajo de autogestión en favor de la institución, obtener recursos y poder llegar a los jóvenes. Yo ofrezco eso. Hacer la invitación a los jóvenes para que voten con reflexión. Voten enterándose de la historia de la CCE, de la historia del núcleo, de la historia que se ha dado en el país, para ponerle muy en alto el nombre de la Casa de la Cultura.
Si llega a la dirección (antes presidencia) de la CCE, ¿qué haría en su administración? Estoy pensando en eso. Existe una fundación que se llama Octaedro. Ellos me escribieron para que nos acerquemos a recibir cursos y nos darían nombres de patrocinadores para proyectos culturales; ese es un espacio. Con la investigación que hice para la publicación del libro “Aportes para el desarrollo sostenible”, quiero buscar un acercamiento con Acción Ecológica y a través de ellos también conseguir auspiciantes; y que no nos entreguen los recursos, que los manejen ellos. ¿Qué le falta al proyecto del edificio de la CCE? Faltan por construir 2.600 metros. Solo están construidos 1.400; tie-
Fredy Moreno trata de ganarse la confianza de la mayoría de los aproximadamente 400 votantes, entre miembros de la CCE e integrantes del Registro Único de Actores y Gestores Culturales (Ruagc).
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE ORELLANA JUZGADO DE COACTIVAS De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del Art. 280 del Código Orgánico de la Función Judicial y al amparo del Art. 23 del Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva del Consejo de la Judicatura, aprobado por el Pleno, a través de Resolución No. 038-2014, esta Direc¬ción Provincial, Juzgado de Coactivas dicto los AUTOS DE PAGO. En virtud de lo expuesto, y por cuanto la obligación es líquida, determinada y de plazo vencido, dicto el presenteAuto de Pago, disponiendo que los señores a continuación detallados, paguen dentro del término de tres días la cantidad indicada, más los intereses y costas procesales, o en el mismo término dimita bienes equivalentes a la deuda, apercibiéndole que de no hacerlo, se procederá al embargo de bienes, sin perjuicio de ejercer los apremios que faculta la ley. De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, se dispone citar mediante publicaciones en el periódico EL INDEPENDIENTE, que se realizará en tres fechas distintas, a las siguientes personas: Nº
NÚMERO DE TÍTULO DE CRÉDITO
NÚMERO DE JUICIO COACTIVO
DEUDOR (PERSONA NATURAL O JURÍDICA)
CÉDULA DE CIUDADANÍA
FECHA DE INICIO
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No. CJ-DPO-001 No. CJ-DPO-002 No. CJ-DPO-003 No. CJ-DPO-004 No. CJ-DPO-005 No. CJ-DPO-006 No. CJ-DPO-007 No. CJ-DPO-008 No. CJ-DPO-009 No. CJ-DPO-010 No. CJ-DPO-013 No. CJ-DPO-015 No. CJ-DPO-018 No. CJ-DPO-021 No. CJ-DPO-023 No. CJ-DPO-025 No. CJ-DPO-026 No. CJ-DPO-027 No. CJ-DPO-028 No. CJ-DPO-029 No. CJ-DPO-030 No. CJ-DPO-032 No. CJ-DPO-033 No. CJ-DPO-034 No. CJ-DPO-035 No. CJ-DPO-036 No. CJ-DPO-037 No. CJ-DPO-038 No. CJ-DPO-039 No. CJ-DPO-040 No. CJ-DPO-041 No. CJ-DPO-042 No. CJ-DPO-044 No. CJ-DPO-045 No. CJ-DPO-046 No. CJ-DPO-048 No. CJ-DPO-049 No. CJ-DPO-050 No. CJ-DPO-051 No. CJ-DPO-053 No. CJ-DPO-054 No. CJ-DPO-055 No. CJ-DPO-056 No. CJ-DPO-057 No. CJ-DPO-058 No. CJ-DPO-060 No. CJ-DPO-061 No. CJ-DPO-063 No. CJ-DPO-065 No. CJ-DPO-070 No. CJ-DPO-071 No. CJ-DPO-072 No. CJ-DPO-073 No. CJ-DPO-074 No. CJ-DPO-075 No. CJ-DPO-076 No. CJ-DPO-079 No. CJ-DPO-084 No. CJ-DPO-087 No. CJ-DPO-095
No. DPORE-AP-2015-0001 No. DPORE-AP-2015-0002 No. DPORE-AP-2015-0003 No. DPORE-AP-2015-0004 No. DPORE-AP-2015-0005 No. DPORE-AP-2015-0006 No. DPORE-AP-2015-0007 No. DPORE-AP-2015-0008 No. DPORE-AP-2015-0009 No. DPORE-AP-2015-0012 No. DPORE-AP-2015-0013 No. DPORE-AP-2015-0015 No. DPORE-AP-2015-0018 No. DPORE-AP-2015-0021 No. DPORE-AP-2015-0023 No. DPORE-AP-2015-0025 No. DPORE-AP-2015-0026 No. DPORE-AP-2015-0027 No. DPORE-AP-2015-0028 No. DPORE-AP-2015-0029 No. DPORE-AP-2015-0030 No. DPORE-AP-2015-0032 No. DPORE-AP-2015-0033 No. DPORE-AP-2015-0034 No. DPORE-AP-2015-0035 No. DPORE-AP-2015-0036 No. DPORE-AP-2015-0037 No. DPORE-AP-2015-0038 No. DPORE-AP-2015-0039 No. DPORE-AP-2015-0040 No. DPORE-AP-2015-0041 No. DPORE-AP-2015-0042 No. DPORE-AP-2015-0044 No. DPORE-AP-2015-0045 No. DPORE-AP-2015-0046 No. DPORE-AP-2015-0048 No. DPORE-AP-2015-0049 No. DPORE-AP-2015-0050 No. DPORE-AP-2015-0051 No. DPORE-AP-2015-0053 No. DPORE-AP-2015-0054 No. DPORE-AP-2015-0055 No. DPORE-AP-2015-0056 No. DPORE-AP-2015-0057 No. DPORE-AP-2015-0058 No. DPORE-AP-2015-0060 No. DPORE-AP-2015-0061 No. DPORE-AP-2015-0063 No. DPORE-AP-2015-0065 No. DPORE-AP-2015-0070 No. DPORE-AP-2015-0071 No. DPORE-AP-2015-0072 No. DPORE-AP-2015-0073 No. DPORE-AP-2015-0074 No. DPORE-AP-2015-0075 No. DPORE-AP-2015-0076 No. DPORE-AP-2015-0079 No. DPORE-AP-2015-0084 No. DPORE-AP-2015-0087 No. DPORE-AP-2015-0095
QUIÑONEZ VIVERO MAIDER RANULFO ESTRADA NOVOA CESAR AUGUSTO HORTURA GARZON DEIVI FABIAN REYES MICHAEL ALEJANDRO LEONES ARAGON WASHIGTON IVAN JUMBO CRUZ LUIS ORLANDO RODRIGUEZ CASTILLO LUIS ALBERTO PALADINES VALENCIA ELIAS LEONARDO PUGACHI ALVAREZ GEANNY PATRICIO PRADO LLERENA JOSÉ BENIGNO ETSA TSUINK DAVID CARMELO LLERENA MASAQUISA JOSE MESIAS CUEVA VALLADOLID ALFREDO YASMANI TANDAZO ELIZALDE LUIS FERNANDO PAPA VASQUEZ EDGAR OVIDIO TORRES CARRIÓN EDILSON JOSE VITERI CASTRO VICTOR MARCELO PEREZ LÓPEZ JUAN CARLOS CHICHANDE MAIQUILLO DILSON ALEXON BALCAZAR MERIZALDE ALEX RUBEN ANDI ANDI PEDRO VICENTE KAPAY AMPUSH ETSA FRANCISCO MACIAS ALVAREZ WILLIAN GREGORIO DAHUA CERDA ANGEL FERNANDO VASQUEZ NOTENO JORGE LUIS SHARIAN PIGRU EDWIN MARCO CHAVEZ VÉLEZ JOSÉ FABRICIO MARMOL DAGUA EDITH MARGARITA CERDA MANCERO SERGIO CLAUDIO JURADO CHALCUALA JORDY DANIEL JUA VEGA JORGE GUSTAVO LICUY GREFA PATRICIO JAIME VILLAREAL COBEÑA ELVIS DARIO SIQUIGUA AJON JORGE REMIGIO GALARZA MORA LEYNER FLORENTINO MUÑOZ MOSQUERA ALEXANDER ROJAS VILLEGAS MILTON BERNABE GUAGUA VACA ALONSO MIGUEL ZAMBRANO DELGADO ANGEL VICENTE GARCIA IBARRA VIDMAR ALEJANDRO TAPUY LICUY CARLOS LENIN CHOEZ PAPA ERMEL ALEXANDER CUBILLO TANGUILA CARLOS FAUSTO ABRIL ZAPATA VICTOR HUGO PRECIADO PANEZO JOSE DARWIN PONCE VERA JAVIER MANUEL DIHUA HUATATOCA HUMBERTO RAMON HUATATOCA TANGUILA CESAR DAVID QUIROZ PALMA SIMON BOLIVAR CARRION TAPIA CRISTIAN ALEJANDRO GALES JIMENEZ HERNAN AMADO MORALES VILLENA JUAN CARLOS SANCHEZ RAMOS ISRAEL DAVID TAPIA HINOJOSA JORGE HUMBERTO GUERRERO LLORI ALBERTO PAULINO VILLACIS MARTINEZ DARWIN HUMBERTO ALVARADO ANDY SERGIO SAMUEL TORRES PACHECO PEDRO LEONARDO GREFA SHIGUANGO DELFIN GUSTAVO DELGADO REYES NELSON VICENTE
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VALOR DE LA OBLIGACIÓN 42,50 500,00 1.000,00 1.000,00 20,00 1.360,00 340,00 42,50 354,00 354,50 40,00 70,00 40,00 44,25 44,25 44,25 44,25 44,25 7,00 44,25 7,00 85,00 85,00 85,00 85,00 42,50 85,00 14,00 7,00 7,00 44,25 14,00 7,00 22,50 177,00 44,50 70,00 15,00 88,50 354,00 10,00 10,00 10,00 70,00 70,00 88,50 88,50 88,50 70,00 70,00 70,00 70,00 70,00 70,00 70,00 70,00 70,00 70,00 88,50 70,00
EXIGIBILIDAD DE INTERESES 17/11/2014 21/08/2014 21/08/2014 21/08/2014 26/08/2014 10/09/2014 19/11/2014 18/12/2014 23/12/2014 06/01/2015 02/03/2015 02/04/2015 02/03/2015 12/01/2015 04/02/2015 20/02/2015 12/02/2015 07/02/2015 15/12/2014 07/02/2015 21/11/2014 07/10/2014 02/02/2015 28/11/2014 21/12/2014 27/12/2014 15/04/2014 04/02/2015 24/11/2014 21/06/2014 21/04/2015 20/01/2015 20/04/2015 20/03/2015 31/01/2015 23/03/2015 06/03/2015 03/02/2015 24/01/2015 13/03/2015 21/12/2014 01/12/2014 25/11/2014 31/03/2015 24/03/2015 02/03/2015 10/03/2015 15/10/2014 14/05/2015 15/05/2015 11/05/2015 16/06/2015 26/05/2015 01/06/2015 19/06/2015 05/07/2015 05/07/2015 20/07/2015 17/08/2015 26/10/2015
DRA. GLADYS NÚÑEZ MONCADA DIRECTORA PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE ORELLANA JUEZA DE COACTIVAS Q-1069
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Comunidad En la nacionalidad Cofán está la fiesta
Abril para elogiar el “festival intercultural de la chonta”
Cada año, en abril se cumple el “festival intercultural de la chonta” en las comunidades de la nacionalidad Cofán de la provincia de Sucumbíos.
Registro civil de Orellana también rinde cuentas Redacción Orellana
En las oficinas del registro civil de Orellana, con la participación de autoridades provinciales, cantonales y ciudadanía, el 17 de abril se realizó la rendición de cuentas al público. Grecia Gaona, directora de la entidad, comentó que a nivel nacional es una de las instituciones del Estado en camino a la excelencia, “realmente ha mejorado mucho en atención al usuario, eso es lo que las personas beneficiadas con los servicios que aquí se dan, nos han manifestado”. Marianela Andy expresó que esta rendición de cuentas ha sido de vital importancia para acercar la información a la ciudadanía, “este
tipo de rendición de cuentas nos ayuda como ciudadanos a defender o a juzgar el sistema de trabajo que realiza cada institución”. Por otro lado Edwin Cedeño hizo un análisis de la modernización que ha experimentado la institución “lo importante es dar un buen servicio a la ciudadanía, últimamente se está tecnificando más la información, por lo tanto, es necesario cumplir ciertos parámetros, pero llega con más exactitud la información al usuario”. Por su parte el gobernador de la provincia, Colón Malla, ratificó su compromiso de continuar velando para que se cumpla la gestión como representante del ejecutivo en Orellana.
Lo que cosechan En Sinangüe viven alrededor de 45 familias y una población de 175 personas. En su mayoría se dedican al cultivo de productos como plátano, yuca, chontaduro, maíz, que les sirve para su alimentación diaria. También viven de la pesca. No sacan sus productos a la venta a los centros poblados, por cuanto les resulta muy complicado ir a Lumbaqui, Puerto Libre o Cascales, poblados más cercanos; puesto que a más de cruzar el puente o el río en canoa, hay un largo trecho de vía de tercer orden de algunos kilómetros, hasta llegar a la vía principal que conduce a estas poblaciones. Redacción Sucumbíos
Esta actividad se realiza como una forma de agradecer a la madre tierra por los alimentos que provee. La fiesta la celebran en Cofán-Dureno y también desde el 2017 en Sinangüe, parroquia Puerto Libre, cantón Gonzalo Pizarro; comunidades asentadas a un lado del río Aguarico. El recibimiento a quienes visitan la “fiesta de la chonta” se hizo con una buena porción de chicha de chonta de color amarillo, además de la chonta cocida. También estuvo la exhibición de artesanías, objetos de caza y otros objetos. A esta costumbre se suman los juegos ancestrales: lanzamiento de lanza, halada de soga, uso de bodoquera, lanzamiento de piedra, pelada de chonta, tejido de chambira. En el estadio los partidos de fútbol entre los representantes de las comunidades invitadas de Cofán-Dureno, Duvuno, Uperito y Sinangüe, libraron un torneo aparte hasta definir al equipo campeón; comunidades de los cantones Lago Agrio, Cascales y Gonzalo Pizarro. Al festejo se unieron las autoridades de la provincia y del cantón Gonzalo Pizarro, a donde pertenece esta milenaria nacionalidad. Un desfile con niños y niñas vestidos con su tradicional indumentaria cofán, las candidatas a reina de la fiesta, colonos de los alrededores,
En la halada de la soga los participantes “descuentan” todo lo que han comido y bebido en el “festival intercultural de la chonta”.
gente de la nacionalidad kichwa y autoridades, formaron la caravana hasta llegar a la cancha construida por el Municipio de Gonzalo Pizarro. Las mujeres tenían lista para servir a los invitados la variada gastronomía: maitos de pescado, mayones, caldo de pescado, chonta cocida y la infaltable chicha de yuca y de chonta. Las presentaciones de grupos de danza, también estuvieron en la agenda de esta fiesta. Discursiva Mario Criollo, quien preside la comunidad, se dirige a los presentes en lengua A’ingae por intervalo de dos minutos. Arturo Narváez, presidente del gobierno parroquial de Puerto Libre, agradece la presencia de gente de Puerto Libre y de los cantones Sucumbíos, Lago Agrio y Cascales. Narváez destaca la importancia de Sinangüe porque es parte de la historia de Puerto Libre, que el 30 de abril cumple 48 años de creación parroquial. Antes que vengan los primeros colonos, Sinangüe ya existía, explica. Luis Ordóñez, alcalde de Gonzalo Pizarro, resalta el trabajo realizado con el gobierno parroquial de Puerto Libre. Sinangüe está a 25 kilómetros de Lumbaqui, capital de Gonzalo Pizarro, se llega a través de una vía con permanentes depresiones; por esta vía se va a Julio Andrade, pro-
vincia de Carchi, pasando por La Bonita. Sinangüe está a orillas del río Aguarico; antes había que cruzar el caudaloso río en canoa, muchas vidas se perdieron. La prefectura de Orlando Grefa y la actual de Guido Vargas, construyeron un puente peatonal de alrededor de 250 metros de longitud y aún faltan pocos detalles para terminarlo.
El 17 de abril el registro civil de Orellana rindió cuentas a la ciudadanía.
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Patrimonio intangible de Gonzalo Pizarro El Municipio de Gonzalo Pizarro realizó gestiones ante el Ministerio de Patrimonio y Cultura para que esta comunidad sea declarada patrimonio intangible. El festival de la chonta es la oportunidad para dar a conocer sus costumbres y tradiciones de su nacionalidad; impulsando el turismo para configurar la parte turística de Gonzalo Pizarro, “Paraíso por conocer” iniciativa que nació desde el Municipio de ese cantón para garantizar servicios de calidad y sobretodo con la alegría y cortesía de su gente. Zaira Montesdeoca, coordinadora municipal de turismo, explica que se trabaja en la creación de una ordenanza para que esta fiesta se cumpla de forma permanente con la finalidad de fortalecer los saberes ancestrales de pueblos y nacionalidades indígenas del cantón. Sinangüe está ubicada dentro de la reserva Cayambe Coca con 70.000 hectáreas de bosque,
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Comunidad Intérpretes de lengua de señas certifican sus competencias con apoyo del Conadis
Redacción Sucumbíos
El Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis), junto al Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (Secap) y el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) certifican las competencias laborales de intérpretes en lengua de señas ecuatoriana, proceso que se lleva adelante con la participación de la Federación Nacional de Personas Sordas del Ecuador (Fenasec). 150 intérpretes de todo el país se encuentran inscritos en este proceso, de ellos 4 ya cuentan con la certificación de “In-
térpretes de lengua de señas ecuatoriana”, y 27 aplicaron a la evaluación práctica cumplida el 18 de abril. La certificación de competencias laborales para intérpretes de lengua de señas ecuatoriana tiene 2 evaluaciones, una teórica que se realiza en las direcciones zonales del Secap, y una práctica que se realiza en la matriz de esa institución, en Quito. La certificación de lengua de señas es un documento de carácter nacional e internacional que cuenta con el aval del Ministerio del Trabajo y la acreditación del Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE), bajo los estándares de calidad ISO 17024.
Basqueteros se toman las fiestas cantonales Redacción Orellana
En el coliseo Edmundo Fernández Cortez, con la participación de equipos de las unidades educativas del cantón, fue inaugurado en la semana anterior el campeonato de básquet masculino y femenino, programado por el Municipio de Francisco de Orellana al celebrarse el aniversario 48 de vida política del cantón. La alcaldesa Anita Rivas destacó la importancia de disfrutar las fiestas en familia “a nombre de la Alcaldía de Francisco de Orellana, queremos desearles lo mejor a todos los equipos participantes en este campeonato, y que gane el equipo que esté mejor preparado, y que exista un gran compañerismo entre todos los parti-
cipantes, que vivan las fiestas de Francisco de Orellana”. Apoyo institucional Richard Preciado presidente de la Federación deportiva provincial de Orellana, expresó que la entidad apoyó en organizar la programación “está como Federación incluirnos en la programación por sus fiestas del cantón que tiene el Municipio, con eventos culturales, deportivos, para tratar de recuperar nuestras tradiciones; para la Federación es muy importante ser partícipes en estas fiestas con el baloncesto, ya que tenemos en el cantón muchas personas amantes de este deporte”, dijo. Por su parte Lidia Cuji, aficionada al básquet, comentó que este
deporte “no solo es para las personas jóvenes, también para las personas adultas, ayuda mucho a mantener unidas a las familias, genera salud, lo que es vida para los seres humanos, de esta manera muchos jóvenes se preocupan más por el deporte y no se entretienen en pasos malos”. Asimismo, Soledad Macías, estudiante de la unidad educativa Amazonas, expresó que es muy importante practicar este deporte que tanto le gusta, especialmente en las fiestas del cantón, “no hay nada mejor que con una fiesta deportiva celebrar los 48 años de fundación de Francisco de Orellana, que nos ha acogido a propios y extraños, haciendo honor a este deporte como es el baloncesto”, concluyó.
Jugadores y espectadores disfrutan del campeonato de baloncesto programado por las fiestas cantonales.
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE ORELLANA JUZGADO DE COACTIVAS
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del Art. 280 del Código Orgánico de la Función Judicial y al amparo del Art. 23 del Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva del Consejo de la Judicatura, aprobado por el Pleno, a través de Resolución No. 038-2014, esta Direc¬ción Provincial, Juzgado de Coactivas dicto los AUTOS DE PAGO. En virtud de lo expuesto, y por cuanto la obligación es líquida, determinada y de plazo vencido, dicto el presenteAuto de Pago, disponiendo que los señores a continuación detallados, paguen dentro del término de tres días la cantidad indicada, más los intereses y costas procesales, o en el mismo término dimita bienes equivalentes a la deuda, apercibiéndole que de no hacerlo, se procederá al embargo de bienes, sin perjuicio de ejercer los apremios que faculta la ley. De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, se dispone citar mediante publicaciones en el periódico EL INDEPENDIENTE, que se realizará en tres fechas distintas, a las siguientes personas: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49
NÚMERO DE TÍTULO DE CRÉDITO No. CJ-DPO-0002-2016 No. CJ-DPO-0003-2016 No. CJ-DPO-0010-2016 No. CJ-DPO-0022-2016 No. CJ-DPO-0024-2016 No. CJ-DPO-0026-2016 No. CJ-DPO-0028-2016 No. CJ-DPO-0029-2016 No. CJ-DPO-0030-2016 No. CJ-DPO-0039-2016 No. CJ-DPO-0043-2016 No. CJ-DPO-0045-2016 No. CJ-DPO-0046-2016 No. CJ-DPO-0047-2016 No. CJ-DPO-0050-2016 No. CJ-DPO-0051-2016 No. CJ-DPO-0052-2016 No. CJ-DPO-0053-2016 No. CJ-DPO-0054-2016 No. CJ-DPO-0055-2016 No. CJ-DPO-0057-2016 No. CJ-DPO-0058-2016 No. CJ-DPO-0059-2016 No. CJ-DPO-0060-2016 No. CJ-DPO-0061-2016 No. CJ-DPO-0062-2016 No. CJ-DPO-0063-2016 No. CJ-DPO-0066-2016 No. CJ-DPO-0067-2016 No. CJ-DPO-0068-2016 No. CJ-DPO-0070-2016 No. CJ-DPO-0072-2016 No. CJ-DPO-0074-2016 No. CJ-DPO-0078-2016 No. CJ-DPO-0100-2016 No. CJ-DPO-0101-2016 No. CJ-DPO-0102-2016 No. CJ-DPO-0108-2016 No. CJ-DPO-0110-2016 No. CJ-DPO-0111-2016 No. CJ-DPO-0113-2016 No. CJ-DPO-0114-2016 No. CJ-DPO-0115-2016 No. CJ-DPO-0116-2016 No. CJ-DPO-0120-2016 No. CJ-DPO-0121-2016 No. CJ-DPO-0122-2016 No. CJ-DPO-0123-2016 No. CJ-DPO-0124-2016
NÚMERO DE JUICIO COACTIVO
DEUDOR (PERSONA NATURAL O JURÍDICA)
CÉDULA DE CIUDADANÍA
FECHA DE INICIO
VALOR DE LA OBLIGACIÓN
No. DPORE-AP-2016-0002 No. DPORE-AP-2016-0003 No. DPORE-AP-2016-0010 No. DPORE-AP-2016-0022 No. DPORE-AP-2016-0024 No. DPORE-AP-2016-0026 No. DPORE-AP-2016-0028 No. DPORE-AP-2016-0029 No. DPORE-AP-2016-0030 No. DPORE-AP-2016-0039 No. DPORE-AP-2016-0043 No. DPORE-AP-2016-0045 No. DPORE-AP-2016-0046 No. DPORE-AP-2016-0047 No. DPORE-AP-2016-0050 No. DPORE-AP-2016-0051 No. DPORE-AP-2016-0052 No. DPORE-AP-2016-0053 No. DPORE-AP-2016-0054 No. DPORE-AP-2016-0055 No. DPORE-AP-2016-0057 No. DPORE-AP-2016-0058 No. DPORE-AP-2016-0059 No. DPORE-AP-2016-0060 No. DPORE-AP-2016-0061 No. DPORE-AP-2016-0062 No. DPORE-AP-2016-0063 No. DPORE-AP-2016-0066 No. DPORE-AP-2016-0067 No. DPORE-AP-2016-0068 No. DPORE-AP-2016-0070 No. DPORE-AP-2016-0072 No. DPORE-AP-2016-0074 No. DPORE-AP-2016-0078 No. DPORE-AP-2016-0100 No. DPORE-AP-2016-0101 No. DPORE-AP-2016-0102 No. DPORE-AP-2016-0108 No. DPORE-AP-2016-0110 No. DPORE-AP-2016-0111 No. DPORE-AP-2016-0113 No. DPORE-AP-2016-0114 No. DPORE-AP-2016-0115 No. DPORE-AP-2016-0116 No. DPORE-AP-2016-0120 No. DPORE-AP-2016-0121 No. DPORE-AP-2016-0122 No. DPORE-AP-2016-0123 No. DPORE-AP-2016-0124
GARCIA LEONES WALTER EUGENIO PINOS MUÑOZ DIEGO RAFAEL TIPAN SILVA LUIS EDWIN CASTILLO MENDEZ DAVID FERNANDO COLLAHUAZO ROMERO JOSE ENRIQUE SANCHEZ CRUZ SANTIAGO ALEJANDRO ZAMBRANO DELGADO LUIS CLEMENTE CAMPOVERDE CASTILLO SANDRO PATRICIO CHAVES GUAMAN UBER JOSELO GALARZA VELASQUEZ MANUEL SANTIAGO PADILLA SHIGUANGO JOSE AGUSTIN HIDALGO CHAVEZ URIEL OSCAR TOCTAGUANO ROSALES NELSON MAURICIO GONZALEZ CAMACHO BRYAN JOSUE LOMBEIDA GUARANDA HENRRY GERARDO AMAGUAY CASTRO ADAN MOISES ILAQUIZE TASIGCHANA LUIS OSWALDO AGUINDA LOOR DENNIS EDUARDO GARCIA LEONES WALTER EUGENIO GONZALEZ ANDRADE SOI ISABEL NARANKAS MUKUIMP EDISON ISMAEL MAMALLACTA GREFA ROBERTO FAUSTO MONTAÑO QUIÑONEZ MARCELO MAXIMO GARCIA VEGA WILSON WILFRIDO SUAREZ SALAZAR CRISTOBAL GUSTAVO ALBAN SALAZAR KLEVER ANTONIO CAMPOS DELGADO RÚBEN ENRIQUE ARMAS QUIZHPILEMA MARCO EDUARDO MONTAÑO QUIÑONEZ MANUEL KLEBER MAXIMO ELADIO CORTEZ AYOVI TORRES CHICHANDA DAN TONNY ZAMBRANO FARIAS JAVIER OMAR CUELLO CORTEZ BRYAN ANDRES DELGADO JIMENEZ DEITON DANILES TORRES CHICHANDA DAN TONNY LEMA BUÑAY ANGEL MARCOLINO VALENCIA ORTIZ FIDIAN JORGE SOLORZANO PERALTA EDISON RAFAEL MOREIRA VERGARA LUIS ANTONIO PIONCE CASTAÑEDA JOSE MANUEL PRADO LLERENA JOSE BENIGNO CUJI ARCE BYRON OMAR CUJI ARCE SAIRO JIMMY CANELOS GARRIDO EDUARDO EFRAIN CASTILLO GEORGE ALIRIO JAVIER CARVAJAL SEGURA FREDDY ALEXANDER BAUTISTA ZAMBRANO JHONNY ALCIDES OCHOA VELASCO HECTOR MANUEL SIGCHA YANCHALIQUIN MARCO ANTONIO
2200365761 2200410955 2250106347 0801846833 2200373039 1721212973 1723270573 0802584755 2200072763 1202749584 2200101687 171104739-7 2100583562 0941451288 210030038-9 220003395-5 1802585024 2200155188 2200365761 39319922 1726955105 1500207681 0802408815 0201451200 1715565493 2200254411 2250185630 2200071773 0801892175 0916110711 1722567714 1307902674 2100090758 2100193123 1722567714 0604970723 1308926854 2200150502 1312302837 0929963742 2250321128 2200057434 2200583025 0802627794 0941268443 0804365237 0850543604 0502966708 1804183844
10/03/2016 10/03/2016 15/03/2016 23/05/2016 23/05/2016 23/05/2016 13/06/2016 13/06/2016 13/06/2016 10/10/2016 10/10/2016 10/10/2016 10/10/2016 10/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 11/10/2016 12/10/2016 12/10/2016 12/10/2016 12/10/2016 12/10/2016 12/10/2016 16/11/2016 29/12/2016 29/12/2016 29/12/2016 29/12/2016 29/12/2016 29/12/2016 29/12/2016 29/12/2016 29/12/2016 29/12/2016 30/12/2016 30/12/2016 30/12/2016 30/12/2016 30/12/2016
88,50 70,00 708,00 91,50 732,00 732,00 91,50 91,50 91,50 70,00 91,50 91,50 91,50 91,50 70,00 1.098,00 91,50 1.098,00 91,50 91,50 732,00 91,50 732,00 88,50 88,50 88,50 88,50 88,50 1.098,00 91,50 91,50 70,00 1.098,00 91,50 91,50 732,00 732,00 91,50 732,00 91,50 366,00 732,00 732,00 91,50 1.464,00 1.464,00 1.464,00 91,50 88,50
EXIGIBILIDAD DE INTERESES 05/12/2015 01/01/2016 09/10/2016 02/04/2016 12/04/2016 12/04/2016 01/04/2016 22/03/2016 24/03/2016 20/06/2016 27/06/2016 17/04/2016 02/05/2016 01/07/2016 05/07/2016 21/06/2016 20/05/2016 20/05/2016 20/06/2016 20/06/2016 19/06/2016 27/03/2016 12/06/2016 02/02/2016 24/01/2016 26/01/2016 19/10/2015 07/07/2016 06/07/2016 04/07/2016 10/07/2016 15/07/2016 12/07/2016 19/07/2016 23/09/2016 26/09/2016 26/09/2016 01/11/2016 11/11/2016 11/11/2016 12/11/2016 16/11/2016 16/11/2016 16/11/2016 09/12/2016 09/12/2016 09/12/2016 09/12/2016 07/12/2016
DRA. GLADYS NÚÑEZ MONCADA DIRECTORA PROVINCIAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE ORELLANA JUEZA DE COACTIVAS Q-1075
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Opinión
Tres facultades hay en el hombre: la razón que esclarece y domina; el coraje o ánimo que actúa, y los sentidos que obedecen.
Aguaceros fatales Las tragedias de origen natural no dejan trabajar con tranquilidad al pueblo ecuatoriano ya que de manera seguida, año tras año, dejan muertos y daños materiales de altos costos, de forma especial para la gente pobre que habita sectores pobres, que, por esta circunstancia, soportan lo más duro de los aguaceros, inundaciones y derrumbes en las vías. Hasta la semana anterior no se habían reportado daños de consideración en la Amazonía norte ecuatoriana, pero sí en la costa donde las calles de ciertas ciudades parecían ríos cuyos caudales inundaban calles, almacenes y casas. Aparte de que las vidas humanas son irremplazables, es preocupante la situación porque los gobiernos seccionales deben destinar recursos extras de sus escuálidos presupuestos para reparar calles y carreteras. Algunas arterias en ciertas ciudades ya no resisten más rebacheos ni readoquinamientos sino la colocación
de nuevas carpetas asfálticas, lo cual por supuesto demanda altos costos que, por el momento, los gobiernos seccionales no están en capacidad de asumirlos. Asimismo las pérdidas afectan a los dueños de los automotores que deben separar más dinero a las reparaciones y más a menudo, generando ingresos cortos o en otros casos, pérdidas difíciles de superarlas. En base a este panorama es comprensible que los transportistas demanden que los gobiernos seccionales se preocupen en mantener las vías en buen estado. En otras situaciones los habitantes de un determinado lugar se ven afectados puesto que los transportistas no pueden llegar por lo intransitables que se vuelven las calles o carreteras. Pero, ¿por qué aumentan las aguas lluvias en ciertas calles y
generan inundaciones? Como habitantes nacionales reconozcamos que los pobladores también tenemos nuestro respectivo grado de responsabilidad porque botamos basura en las alcantarilla, materias de construcción. Entonces, no esperemos que lleguen las desgracias a nuestros hogares o donde los parientes, para empezar inmediatamente a fortalecer nuestro criterio de no causar daños al espacio público y servicios públicos. En este panorama de exceso de lluvias se incluyen las enfermedades respiratorias, de la piel y otras relacionadas; de esta forma los padres de familia tienen la obligación de destinar dinero extra para adquirir medicinas a pesar de que en los centros de salud públicos brindan atención y fármacos sin costo. Por otro lado
ciertos productos de la costa, por palabras de algunas madres de familia, tienen mayores precios ya que los transportistas invierten más recursos para venderlos en la Amazonía. Recordemos que en la semana anterior la vía CalacalíLa Independencia estuvo cerrada prácticamente dos días por derrumbos y hubo protestas en los peajes de la vía Alóag-Santo Domingo. Estos comportamientos de la naturaleza obligan a las familias a aprovechar al máximo los pocos recursos que tengan; a viajar lejos si en existe una irremplazable necesidad, a proteger la salud y en los casos en que nada se pueda hacer, a acudir a los centros de salud públicos ya que, según los profesionales de la meteorología e hidrología, las lluvias disminuirán a mediados de mayo.
Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Director-Editor: Presidenta: Vicepresidente: Gerente:
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SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827 ORELLANA Responsable: Lizandra Torres Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268 QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO EDITORIAL
Gustavo Salazar
COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas.
IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 10.000 a 12.000 ejemplares en circulación semanal VISITE: www.periodicoindependiente.com periodico@periodicoindependiente.com La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.
La utopía de los Derechos Humanos De conformidad a lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el 10 de diciembre de todos los años está dedicado a la celebración de los Derechos Humanos. Entre otras consideraciones, la Declaración de los Derechos Humanos tiene como ideal común el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, con el fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, su reconocimiento y aplicación universales, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como en los territorios de sus jurisdicciones territoriales. Pero lamentablemente hasta la presente fecha, solo es una declaración, ya que se ha convertido en una maravillosa Utopía, de ahí el título del presente artículo de opinión, etimológicamente esta definición agrupa a dos palabras provenientes del griego (eutopia, que se puede interpretar como “en ningún lugar” y también como “buen lugar”), el término entonces presupone la imposibilidad de existir por la propia esencia del ser humano, que es imperfecta. Por lo tanto, en su sentido general el término
describe a algo tan bello y perfecto que por la propia naturaleza de las personas no puede existir. La utopía se pone de manifiesto cuando no respetamos la opinión de los demás, es decir creemos en la existencia de la verdad absoluta. Al respeto podemos afirmar, que existen verdades absolutas y verdades relativas, Por lo tanto, nadie es dueño de la verdad absoluta, y con ello se hace necesario respetar a los demás en su forma de pensar. Todo esto, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 19. Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye no ser molestada a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Al respeto, sin lugar a dudas se puede deducir que los medios de comunicación se han convertido en las herramientas más poderosas para imponer y violentar este derecho. Mediante el envío de mensaje cargados de ideologías políticas, religiosas, filosóficas, económicas, éticas y morales. De ahí la urgente necesidad de tener el control total sobre los medios de comunicación. En este orden de cosas la vulneración el dere-
cho consagrado en el Artículo 23 en el que textualmente manifiesta lo siguientes: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4.- Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicalizarse para la defensa de sus intereses. Amigas y amigos una invitación cordial para tener en nuestras manos, un ejemplar de la Declaración Universal de los Derechos humanos para cumplirla y hacerla cumplir.
Ernesto López Romero. nelinlr@yahoo.com
Los reductores de cabezas En la cena familiar del fin de semana surgió el tema, de la manera más inesperada, conversábamos del arte y la triste historia de sus protagonistas que suelen ser olvidados, todos concordamos en que por alguna razón eso es una norma. Parecería que nunca hubiésemos tenido escritores, músicos, pintores. Son pocos los eruditos que están en la capacidad de conocer y no solo enumerar cinco autores. Las caras de asombro se multiplicaron cuando el abuelo habló de los tzántzicos. Si la conversación hubiese sido un chat de grupo, el emoticón de sorpresa se hubiera multiplicado de todos lados. Los tzántzicos eran un grupo de intelectuales que se identificaron bajo ese nombre con el ánimo de revolucionar el estático escenario cultural de los años 60, dijo el abuelo, mientras la abuela presionaba para que comamos antes de que se enfríe. La palabra tzántzicos es una adaptación al castellano de tzantza. La tzantza es un rito shuar que consiste en reducir la cabeza del enemigo. En la década de los 30 del siglo pasado se popularizó este proceso que con el paso del tiempo fue abolido por el Estado y la presión social mestiza. Las tzantzas se hicieron tan famosas que hasta una imagen de ellas aparece en la película “Harry Potter y el Prisionero de Azkaban” aunque muchos no sepan de su origen shuar. La nacionalidad shuar habita la selva alta ecuatoriana en buena parte de la Amazonía. La conducta y las acciones de este pueblo están regidas por una rica tradición mitológica, para conocerlas se debe saber que su cosmovisión escapa a los cánones del mundo occidental. Los shuar se hicieron famosos por esta costumbre de reducir las cabezas de sus enemigos, y hacer una tzantza. El proceso se realiza en la cabeza de su enemigo rellenada con semillas rojas que van ubicadas en la parte inferior de los párpados que previamente deben ser cosidos. La boca se cierra gracias al uso de tres pasadores de palma, y en el interior de la cabeza momificada se introduce una bola de madera o piedra, para darle de nuevo estabilidad. Se cuece con agua caliente unos treinta minutos sumergida en taninos, que ayudan a evitar la caída del cabello. De esta forma el curtimiento de la piel provoca que ésta se reduzca hasta llegar a la mitad de su volumen. Tras el proceso de reducción viene la celebración con baile y bebida. Esta fiesta para un guerrero es todo un rito que le abre el camino al honor, la riqueza para nuevas victorias y una larga vida, la fiesta sirve también para ahuyentar los espíritus de su víctima que podrían venir a cobrar venganza. Si lo cuenta en la mesa, explique a los niños que los shuar realizaban esto por sus creencias mitológicas, que son distintas a las nuestras, que a la final… Muchas de las costumbres mestizas son solo una copia de las que trajeron los colonizadores y otras, producto del sincretismo. De la reducción de cabezas como un hecho real, debemos ir a los de cabeza reducida como una alusión irónica, los tzántzicos utilizaban el término como metáfora de la reducida mentalidad de la cultura ecuatoriana, ellos convirtieron el papel y lápiz en cerbatana y dardos envenenados de pucuna. Después de Huasipungo de Jorge Icaza las letras habían entrado en una fase de letargo, hasta que los tzántzicos irrumpieron con fuerza motivados por la indignación y un espíritu rebelde ante la opresión y corrupción. La poesía de los tzántzicos se caracteriza por ser fuerte, agresiva y provocadora. Ulises Estrella, Alfonso Murriagui y Humberto Vinuesa son algunos de los intelectuales que hacían parte de los tzántzicos. El proceso de la tzantza se extinguió por presiones sociales, los tzántzicos fallecen en seguidilla por el paso del tiempo, su aporte se disuelve con el reloj.
Fernando Guerrero Maruri Twitter: @fguerreromaruri
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Judiciales UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTÓN MACHALA DE EL ORO R. DEL. E. A CESAR ANTONIO MENDEZ SOLANO, se le hace saber que en esta Unidad Judicial se ha iniciado el presente juicio de DEMANDA DE PENSION ALIMENTICIA Nro. 07205-201501934 en su contra, cuyo extracto dice: ACTOR: ZELAIDA PEÑA RUIZ TRÁMITE: ESPECIAL OBJETO: ALIMENTOS Nro. 07205-2015-01934 JUEZ DE LA CAUSA: Ab. LISBETH MARITZA MACAS VERA, Juez De La Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores Con Sede En El Cantón Machala De El Oro. PROVIDENCIA.- La Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores con Sede En El Cantón Machala, avoca conocimiento de la presente causa, la misma que se la califica de clara, completa, y precisa y por reunir los requisitos de ley, se la admite trámite Verbal Sumario que le corresponde. Por cuanto la parte actora manifiesta bajo juramento la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia del demandado señor CESAR ANTONIO MENDEZ SOLANO, de conformidad a lo establecido en el Art. 56 del Código Orgánico General de proceso, se dispone su citación por la prensa. Se advierte al demandado la obligación de señalar casilla judicial para sus notificaciones posteriores. En caso de no comparecencia se procederá en rebeldía. MACHALA, 20 de octubre del 2016. ABG. JOHANNA BONOSO VÉLEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTON MACHALA DE EL ORO ACCION DE PERSONAL NRO. 0945-CJO-2015. Q-1074
del segundo piso, de la casa habitación donde vivimos, es necesario realizar la venta del vehículo…”.- Fundamenta esta acción en el Art. 418 del Código Civil y Art. 334 numeral 6 del Código Orgánico General de Procesos.- El trámite a darse en la presente causa es el Voluntario.- PROVIDENCIA: Tena, jueves 15 de marzo del 2017, las 13h34. VISTOS: Avoco conocimiento, en calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Tena, provincia de Napo, mediante Acción de Personal No. 7852-DNTH-2015-SBS de fecha 04 de junio de 2015 en cumplimiento de la Resolución No. 138-2015 Art. 1 y 2 emitida por el Pleno del Concejo de la Judicatura el 20 de mayo de 2015, y en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley.- En consecuencia dese a la misma el trámite legal correspondiente, conforme los Art. 334 y 335 del Código Orgánico General de Procesos.- Cítese por la prensa a los presuntos herederos y demás interesados del causante Guido Isidro Robalino López, de conformidad con el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos.- Notifíquese a las siguientes personas: Gabriela Estefania Cifuentes Caiza y Gloria del Carmen Torres Aguilera, en el casillero judicial señalado por la actora.- Agréguese los documentos que se acompañan.- Téngase en cuenta el casillero judicial, correo electrónico y la autorización conferida a su Abogado Patrocinador para que lo represente en esta causa.- NOTIFÍQUESE. ...” f) Dr. Hernán Obando Paredes, Juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Napo.- Certifico:
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE FRANSCISCO DE ORELLANA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: SR. ÁNGEL HERMINDO YÁNEZ MEDINA DOMICILIO DE LA DEMANDADO: SE DESCONOCE ACTORA: Sra. Martha Cecilia Fuentes Moyano N .JUICIO: 22201-2016-00680 PROCEDIMIENTO: Sumario CUANTIA: Indeterminada JUEZA SUBROGANTE: DRA. Vicenta Cumandá Cuaical Galárraga DEMANDA.- La señora Martha Cecilia fuente Mayona, fundamentada en el ART. 110 numeral 9 del código Civil, demanda al señor Ángel Hermindo Yánez Medina, para que en sentencia de divorcio se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une; y, que para que surtan los efectos legales, se disponga la correspondiente marginación en el Registro Civil, Identificación y Cedulación . AUTO DE CALIFICACION: La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa por reunir los requisitos establecidos en el Art.142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se admite a trámite mediante el Procedimiento Sumario determinado en los ARTS.332 numeral 4 y 333 del invocado cuerpo legal. En consecuencia, en mérito al juramento rendido por la accionante , de que pese a las diligencias realizadas, es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado, CITESE al señor ÁNGEL HERMINDO YÁNEZ MEDINA , mediante tres publicaciones de prensa que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación en la provincia de Orellana y Napo , por tres veces ,mediando el término de ocho días entre una y otra publicación, tal como lo dispone el Art. 119 del Código Civil, en concordancia con el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de procesos ; para cuyo efecto , la actuaria del despacho entregará el extracto respectivo para la publicación. Al demandado se le previene que tiene el término de quince (15) días, contados a partir de la última publicación, para contestar la demanda propuesta en su contra, conforme lo prescriben los Arts. 151 y 333 numeral 3 del Código Orgánico General de procesos. Atendiendo el anuncio de prueba documental que realiza la actora, dispongo que se incorpore a los autos la fotocopia de la cédula y certificado de votación de la accionante, la copia certificada de la Inscripción de Matrimonio y de la Partida de Nacimiento que se adjuntan a la demanda ; y , en cuanto a la prueba testimonial solicitada para justificar los hechos que son materia de la presente causa , se considerará durante la respectiva Audiencia, en el momento de la admisibilidad de los medios probatorios conforme lo determina el Art 160 del COGEP, sin perjuicio que la peticionaria gestione la comparencia de los testigos anunciados. Por cuanto existe una hija procreada en común que en la actualidad es mayor de edad y no padece discapacidad alguna no es necesaria la designación de un Curador Adlitem para que la represente dentro de la presente causa. Téngase en cuenta la cuantía que determina la accionante para la presente acción .Tómese en cuenta la autorización que se confiere al Ab. Jacinto Roby Anchundia, para que patrocine a la accionante, así como también la casilla judicial y el correo electrónico que señala para recibir sus notificaciones .actué en la presente causa la Dra. . Helem García Jaramillo, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f ) .- DRA. Vicenta Cumandá Cuaical Galárraga Jueza subrogante de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana.
R. DEL E.
Francisco de Orellana 14 de noviembre del 2016 Dra. Helem García Jaramillo SECRETARIA O-3170
R. DEL. E UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA MARTHA MATILDE AGUINDA SHIGUANGO, LE HAGO SABER LA SIGUIENTE DEMANDA: EXTRACTO CAUSA: JUICIO DE DIVORCIO POR CAUSAL No. JUICIO: 17204-2015-06641 ACTORES: VALERIO QUIANCHA CHOLANGO DEMANDADA: MARTHA MATILDE AGUINDA SHIGUANGO JUEZA: DRA. GABRIELA CRISTINA GARCIA GUANANGA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 15 de diciembre del 2016, las 10h33.- Por cuanto obra de autos a fojas 56 la declaración bajo juramento del actor Valerio Quiancha Cholango sobre el desconocimiento de la individualidad del domicilio o residencia de la señora MARTHA MATILDE AGUINDA SHIGUANGO, esta autoridad dispone: Cítese a la demandada señora MARTHA MATILDE AGUINDA SHIGUANGO, mediante publicaciones en la prensa, con el extracto del auto inicial de calificación de la demanda y esta providencia, que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de mayor y amplia circulación del país, tal como lo ordena el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos y observando lo dispuesto en el Art. 119 del Código Civil, para lo cual provéase el correspondiente extracto. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.DRA. GABRIELA CRISTINA GARCIA GUANANGA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. DR. JOSE PROAÑO ARMAS SECRETARIO JUDICIAL 3/3 F 1808 T1655
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO CITACION JUDICIAL: Juicio: AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA Nº 15951-2017-00339 Actor: GAVILANEZ MORETA NORMA ELISA Demandados: PRESUNTOS HEREDEROS Y DEMAS INTERESADOS DEL CAUSANTE GUIDO ISIDRO ROBALINO LOPEZ Cuantía: Indeterminada Juez DR. HERNÁN OBANDO PAREDES Secretaria: Abg. Ruth Garrido Belalcázar DEMANDA: Gavilánez Moreta Norma Elisa, comparece demandando AUTORIZACION DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA: “…Comparezco en mi calidad de madre y representante legal del menor NEYCER ARIEL ROBALINO GAVILANEZ, quien en la actualidad tiene 13 años de edad, conforme se aprecia de la partida de nacimiento que adjunto, de la escritura pública de posesión efectiva que adjunto, vendrá a su conocimiento que el 27 de junio del 2016 falleció mi esposo quien en vida se llamó GUIDO ISIDRO ROBALINO LOPEZ, dejando como únicos y universales herederos a mi persona, y a mis hijos Neycer Ariel Robalino Gavilánez y Erika Estefania Robalino Gavilánez, dentro de los bienes que tomamos posesión efectiva conjuntamente con mis hijos consta un vehículo MARCA: JOYLON, PLACAS: NNA1126, CLASE OMNIBUS, MOTOR: 89607599, COLOR AMARILLO, y en vista de que en la actualidad necesito realizar el acabado
Ab. Ruth Garrido Belalcázar SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO 3/3 F T 1658
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS HEREDEROS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ MARCELO YURI ALEJANDRO PAZOS MRAZ. SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, Vargas Gualinga María Elena cc. 1500161235, presentó una demanda PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO en contra DE Robertina De Lourdes Villarreal Díaz, Brenda Yuri Y Pablo José Pazos Villarreal, presuntos y desconocidos herederos de quien en vida se llamó Marcelo Yuri Alejandro Pazos Mraz, proceso al cual se le asignó el No.15301-2016-00815, cuyo extracto es como sigue: 12/12/2016, 16H17. “VISTOS: (…) . La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. Se ordena la citación de los demandados Robertina de Lourdes Villarreal Díaz, Brenda Yuri y Pablo José Pazos Villarreal, en el domicilio señalado, para lo cual depréquese al Señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Palora; en vista de que existen presuntos y desconocidos herederos de quien en vida se llamó Marcelo Yuri Alejandro Pazos Mraz, cíteseles por la prensa en el semanario Independiente que circula en la Amazonía ecuatoriana (…) se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. (…) . CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Se les advierte que deben designar abogado defensor, casillero judicial y/o correo electrónico para futuras notificaciones. Tena, 23 de marzo de 2017 LO CERTIFICO. Ab. Sheila Alban V. SECRETARIA/UNIDAD JUDICIAL CIVIL (e) 3/3 F T1657
EXTRACTO JUDICIAL UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS FALLECIDOS FRANCISCO CLEMENTE LICUY HUATATOCA, PEDRO AGUSTIN AGUINDA LICUY, DIONICIO MANUEL GREFA CALAPUCHA, ROSA SUSANA AGUINDA CHIMBO, TERESA TAPUY GREFA, AGUSTIN AGUINDA TAPUY, MARIA ESTEFANIA PIZANGO TAPUY, ANTONIO LUIS ANDI CALAPUCHA, MANUEL AGUINDA SALAZAR, PEDRO AGUSTIN MAMALLACTA AGUINDA, PEDRO AGUINDA SHIGUANGO ACTORA: CELIA ANGELA YUMBO TANGUILA DEMANDADOS: PEDRO AGUINDA ”GUAYUSA”, MANUEL AGUINDA “CHUNCHULLI”, CLEMENTE LICUY “CULQUI”, AGUSTIN AGUINDA “AMO”, LUIS ANDI “PULLUCHONTA”, PEDRO AGUINDA “CALMITO”, PEDRO MAMALLACTA “PAVA”, CESAR AGUINDA “CUSHILLO”, DIONISIO GREFA “CUA”, TERESA TAPUY, SUSANA AGUINDA Y MARIA PISANGO, PEDRO AGUINDA “GUAYUSA”; ROSA LORENZA AGUINDA PIZANGO, ELIAS ALONSO LICUY AGUINDA, SAUL ROGELIO LICUY AGUINDA, PEDRO AGUSTIN MAMALLACTA AGUINDA, ELIAS DOMINGO AGUINDA LICUY, JOSE CESAR AGUINDA LICUY, JACINTA VIRGILIA YUMBO MAMALLACTA, SAQUEO ROBERTO AGUINDA YUMBO, CELINDA GUADALUPE AGUINDA YUMBO, GILDO ELICIO AGUINDA TAPUY, VICENTE CLEMENTE GREFA ANDY, CESARIO VICENTE AGUINDA LICUY, ANDRES JAIME AGUINDA PIZANGO, JACINTA ANITA AGUINDA PIZANGO, GILBERTO DAVID AGUINDA PIZANGO, TOMAS AGUSTIN AGUINDA PIZANGO, SEBASTIANA SERAFINA AGUINDA AGUINDA, MATIAS CAMILO AGUINDA AGUINDA, AUGUSTO EDUARDO AGUINDA AGUINDA, BOLIVAR ERNESTO AGUINDA AGUINDA, LIDIA ADELA GREFA ANDI Y SUS HIJOS ROBERTO ALEX, LUCILA SOLEDAD, EFRAIN RICARDO MAMALLACTA GREFA, MARCIA PIEDAD CALAPUCHA AGUINDA, JONAS ABEL CALAPUCHA AGUINDA, EDITH ROSALIA CALAPUCHA AGUINDA, INDOLINA DOLORES CALAPUCHA AGUINDA, ALICIA CALAPUCHA AGUINDA, PEDRO ORLANDO AGUINDA ALVARADO, FLORA SOFIA AGUINDA ALVARADO, LILIANA IRENE AGUINDA ALVARADO, PAULA ANGELICA ALVARADO GREFA, TOMAS AGUSTIN AGUINDA PIZANGO, ZOILA EMILIA ANDI MAMALLACTA, MONICA ISABEL AGUINDA CHIMBO, Hugo Ramón. JUICIO: ORDINARIONo.- 15301-2016-00153 ASUNTO: PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ CALLE. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON TENA DE NAPO.- Tena, 26 de abril del 2016, las 15h21. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Tena, según Resolución Nro. 027-2013 de 30 de abril del 2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura. En lo principal, agréguese al proceso el escrito presentado por la actora así como los anexos y completada que ha sido la demanda presentada por la actora señora Celia Angela Yumbo Tanguila, se la califica de clara precisa y reúne los demás requisitos que exige la Ley, por lo que se la acepta a trámite Ordinario, disponiéndose correr traslado con la demanda y esta providencia a los demandados señores: PEDRO AGUINDA ”GUAYUSA”, MANUEL AGUINDA “CHUNCHULLI”, CLEMENTE LICUY “CULQUI”, AGUSTIN AGUINDA “AMO”, LUIS ANDI “PULLUCHONTA”, PEDRO AGUINDA “CALMITO”, PEDRO MAMALLACTA “PAVA”, CESAR AGUINDA “CUSHILLO”, DIONISIO GREFA “CUA”, TERESA TAPUY, SUSANA AGUINDA Y MARIA PISANGO, PEDRO AGUINDA “GUAYUSA”; ROSA LORENZA AGUINDA PIZANGO, ELIAS ALONSO LICUY AGUINDA, SAUL ROGELIO LICUY AGUINDA, PEDRO AGUSTIN MAMALLACTA AGUINDA, ELIAS DOMINGO AGUINDA LICUY, JOSE CESAR AGUINDA LICUY, JACINTA VIRGILIA YUMBO MAMALLACTA, SAQUEO ROBERTO AGUINDA YUMBO, CELINDA GUADALUPE AGUINDA YUMBO, GILDO ELICIO AGUINDA TAPUY, VICENTE CLEMENTE GREFA ANDY, CESARIO VICENTE AGUINDA LICUY, ANDRES JAIME AGUINDA PIZANGO, JACINTA ANITA AGUINDA PIZANGO, GILBERTO DAVID AGUINDA PIZANGO, TOMAS AGUSTIN AGUINDA PIZANGO, SEBASTIANA SERAFINA AGUINDA AGUINDA, MATIAS CAMILO AGUINDA AGUINDA, AUGUSTO EDUARDO AGUINDA AGUINDA, BOLIVAR ERNESTO AGUINDA AGUINDA, LIDIA ADELA GREFA ANDI Y SUS HIJOS ROBERTO ALEX, LUCILA SOLEDAD, EFRAIN RICARDO MAMALLACTA GREFA, MARCIA PIEDAD CALAPUCHA AGUINDA, JONAS ABEL CALAPUCHA AGUINDA, EDITH ROSALIA CALAPUCHA AGUINDA, INDOLINA DOLORES CALAPUCHA AGUINDA, ALICIA CALAPUCHA AGUINDA, PEDRO ORLANDO AGUINDA ALVARADO, FLORA SOFIA AGUINDA ALVARADO, LILIANA IRENE AGUINDA ALVARADO, PAULA ANGELICA ALVARADO GREFA, TOMAS AGUSTIN AGUINDA PIZANGO, ZOILA EMILIA ANDI MAMALLACTA, MONICA ISABEL AGUINDA CHIMBO, Hugo Ramón, para que contesten dentro del término de quince días proponiendo conjuntamente las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos, con apercibimiento en rebeldía, cítese a los demandados en el lugar indicado en la demanda y a los herederos presuntos y desconocidos cíteseles por la prensa conforme lo determina el 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, en el semanario El Independiente que circula en la región amazónica; cuéntese con el señor Director del MAGAP de Tena, y con los personeros del GADM de Tena, quienes serán notificados en los lugares señalados en la demanda.- Agréguese al proceso
los documentos adjuntos; inscríbase la presente demanda en el Registro Municipal Mercantil de Tena, para dicho efecto notifíquese a la señora Registradora Municipal Mercantil del cantón Tena.- Téngase en cuenta al abogado defensor, la casilla judicial y el correo electrónico.- Notifíquese.Abg. Sebastián Cajas Moya SECRETARIO 2/3 F 1820 T1659
R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN ELCANTÓN TENA DE NAPO AL PÚBLICO EN GENERAL SE LE HACE SABER QUE EN ESTA JUDICATURA SE DARA EL SIGUIENTE REMATE: JUICIO EJECUTIVO No. 15301-2013-0903 JUEZ: DR. CLEVER URGILEZ SECRETARIO AB. SHEILA ALBAN V. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA DE NAPO. Tena, 20 de marzo del 2017, las 16h28.- …“Se ordena el remate del bien mueble embargado (Vehículo), el mismo que se encuentra detallado en el informe de avalúo que obra a fojas cincuenta y uno del proceso, para el día jueves 04 de mayo del 2017, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, para el efecto publíquese por tres veces, en el semanario “INDEPENDIENTE”, de circulación regional, otorgándose el extracto respectivo y se fijarán los carteles en tres de los parajes más frecuentados de la ciudad de Tena, lugar donde se encuentra el bien mueble embargado”… Año. 2009 Marca: Toyota Hilux. Clase: camioneta doble cabina 4x2 Color: amarillo y negro. Avalúo: DOCE MIL OCHOCIENTOS. 00/100 DOLARES (U$12.800,00) Por tratarse del primer señalamiento las posturas se receptaran tomando como base las dos terceras partes del avalúo. Más información en la secretaria de esta Judicatura. Tena, 21 de marzo de 2017 AB. SHEILA ALBAN V. SECRETARIA ENCARGADA 3/3 F T1648
CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda Auto de aceptación a mas constancias procesales recaídas en el presente juicio de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POST MORTEN a los herederos cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: PARDO CHIPUXI SONIA ROSALBA. DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS DESCONOCIDOS JUICIO NRO.: 2017-00188 CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POST MORTEN CASILLERO: 86 TRAMITE: ORDINARIO AB. DEL ACTOR: AB. OLGA AÑAZCO JUEZ: AB. FABIAN TORRES ARMIJOS SECRETARIA: AB. RAQUEL LOAYZA OCHOA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. VISTOS: SONIA ROSALBA PARDO CHIPUXI, cédula de ciudadanía N° 210014369-8, soltera, de 31 años de edad, Ingeniera en Empresas Turísticas, correo electrónico sonys_pardito@hotmail.com, con domicilio en la ciudad la Florida, kilómetro 9, vía Lago Agrio Quito, margen izquierdo, parroquia Santa Cecilia, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. 1.- CITACIÓN A LOS DEMANDADOS.- Citar con la presente demanda a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó EDGAR GONZALO RONQUILLO ZAMBRANO, mediante publicaciones por un medio de comunicación, bajo juramento declaro que pese a las averiguaciones efectuadas no he logrado dar con la individualidad de los herederos presuntos y desconocidos del causante ni con la residencia. 2.- FUNDAMENTOS DE HECHO.- Entre mi persona SONIA ROSALBA PARDO CHIPUX, de estado civil soltera y el señor EDGAR GONZALO RONQUILLO ZAMBRANO, soltero nos justamos en unión de hecho estable y monogámica, por más de seis años, esto es desde el 14 de marzo del 2010, en razón de ser un hombre y una mujer libres de vínculo matrimonial, que nos unimos con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarnos mutuamente, producto de esta unión procreamos nuestro hijo que responde a los nombres de JEREMY DANIEL RONQUILLO PARDO, de seis años de edad. Por la unión de hecho mantenida entre nosotros, nos tratamos como marido y mujer en todas nuestras relaciones sociales y así fuimos recibidos por nuestros parientes, amigos y vecinos. En calidad de conviviente nos suministrábamos lo necesario y contribuíamos dentro de nuestras posibilidades al mantenimiento del hogar común. Nuestro hogar y residencia lo tuvimos en la comunidad La Florida, km. 9, Vía Quito, parroquia Santa Cecilia, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, esta Unión de Hecho terminó con la muerte de mi conviviente EDGAR GONZALO ROQUILLO ZAMBRANO, ocurrida el día 01 de febrero del 2017, en la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia Sucumbíos. Durante la Unión de Hecho, mi difunto conviviente EDGAR GONZALO RONQUILLO ZAMBRANO, fue afiliado al IESS, porque trabajo como dependiente laboral en las siguientes empresas: 1.- PECS IECONTSA S.A. 200604-05-06. 2.- SUD AMÉRICA EMPOWERMENT AMEREMPO S.A. 2006-07 a 12, 2007-01. 3.- SERVICIO YCC CIA. LTDA. 2007-01-02. 4.- BIOREMEDIACIÓN BIOX, CIA. LTDA. 200801-02-03-04. 5.- CONDE Y CAJAS C&C CIA. LTDA. 2008-07 a, 12, 2009-01-02. 6.- FLOR CARVACHE BYRON ERNESTO 2008-04 a 07. 7.- Empresa de soluciones de Remediación Ambiental, 2009-02 a 06. 8.- Asociados WONGOD CIA. LTDA. 2009-06-07-08-09. 9.- FPO FACILIDADES PETROLERAS ORIENTALES S.A. 2009-09-10-11. 10.- L&M DE SEGURIDAD PRIVADA CIA LTDA, 2011-08-09. 11.- VELASQUEZ ZAMBRANO HAROLD ANTONIO 2012-01 a 11. 12.- DIPAC MANTA S.A. 2013-02-03. 13.- DISTRIBUIDORA IMPORTADORA DIPOR S.A. 2013-09 a 12, 2014-01 a 07. 14.- TIOSA S.A. 2014-09-10-12, 2015-01-04. 15.- LOAIZA MORENO LORENA DEL ROCIO 2016-07 A 12. 16. CEVALLOS AMPUNDIA LUIS NARDI GIOVANNI, 2015-09 a 12, 2016-01 a 06 tal como lo demuestro con el mecanizado que adjunto. FUNDAMENTOS DE DERECHO.- Con fundamento en los Art. 68, 69 y 70 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 222 al 232 del Código Civil y Art. 289 y siguiente del Código Orgánico General de Procesos, se servirá declarar la unión de hecho post mortem mantenida entre mi persona SONIA ROSALBA PARDO CHIPUXI y el señor EDGAR GONZALO RONQUILLO ZAMBRANO. 4.- PRUEBA.- El anuncio de los medios de prueba que se ofrece para acreditar los hechos. 4.1. DOCUMENTAL.- a) Copia de cedula del difunto extinto señor EDGAR GONZALO RONQUILLO ZAMBRANO. b) Partida de nacimiento y copia de cédula de ciudadanía de nuestro hijo. c) Acta de defunción. d) Mecanizado del IESS. 4.2. TESTIMONIAL.- 4.2.1 Declaración de la señora SONIA ROSALBA PARDO CHIPUXI. 4.2.2. DECLARACIÓN DE LOS TESTIGOS. 4.2.2.1. PEREZ VACA JAIRO DANIEL. 4.2.2.2. MARCA COYAGO MAYRA MERCEDES. 4.2.2.3 TAMAYO AGUILAR ENMA LUCIA. 4.2.2.4 JARAMILLO TAMAYO LENNIG CECIBEL. 4.2.2.5 CAMACHO JIMÉNEZ MIRIAN ROSA. 4.2.2.6. CASTILLO MANCHAY JIARO OVIDIO. 4.2.2.7. RONQUILLO ANDRADE SANTO EDGAR. 4.2.2.8. RONQUILLO ZAMBRANO NESTOR IFROILO. 4.2.2.9. 5.- El trámite es Ordinario. 6.- Cuantía indeterminada. 7.- Abogada defensora Ab. Olga del Cisne Añazco Robles. 8. Acompaño los siguientes documentos. Certificado de defunción y copia de cédula de EDGAR GONZALO RONQUILLO ZAMBRANO, partida de nacimiento, copia de la cédula de nuestro hijo JEREMY DANIEL RONQUILLO PARDO, copia de cédula y certificada de votación de SONIA ROSALBA PARDO CHIPUXI, copia de la credencial de mi patrocinador. Copia de la cédula de los testigos, mecanizado del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado; y, en mi calidad de Juez titular del despacho, al haber sido nombrado mediante acción de personal No. 8533-DNP, Resolución No. 045-2013 de fecha 22 de mayo del 2013, al estar legalmente posesionado y en funciones. En lo principal, la demanda de DECLARATORIA DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO propuesta por PARDO CHIPUXI SONIA ROSALBA, es clara, completa y reúne los demás requisitos establecidos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo tanto se la admite a TRÁMITE ORDINARIO. 1.- Se dispone que a los herederos desconocidos se los citará por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 ibídem, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado numeral 2 inciso segundo, esto es la actora deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos; previniéndoles a los accionados la obligación de señalar casilleros judicial y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). 2.- Se concede al demandado el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 291 del mismo cuerpo normativo; 3.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico que señala para recibir notificaciones que le corresponda; así como la autorización que le confiere a su abogado defensor en la presente causa; 4.- De conformidad con el Art. 158, del Código General de
Procesos respecto a los medios probatorios, presentados por la actora los mismos se dispone: 1).- Téngase en cuenta los anuncios probatorios enunciados a su favor en el numeral 4, de su demanda; así como también de conformidad con los Art. 187, 189 y 190 se recepte el testimonio de los testigos indicados, quienes rendirán sus testimonios sobre los hechos narrados en la presente demanda y según lo solicitado en día de la audiencia; y, 5.- Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda. Actúe la señora Ab. Raquel Loayza, secretaria de esta Unidad Judicial, despacho “C”. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.Ab. Raquel Loayza Ochoa SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL F: 4939 2/3 REP.S: 3182 ………………………………. REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CON SEDE EN EL CANTÓN TULCÁN EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL. CITASE A: ROSA MARTHA RUIZ REYES Y BENITO GREGORIO PEÑALOZA RUIZ. JUICIO: EJECUTIVO-04333-2016-00450 ACTOR: ABG. ELIZABETH DEL CARMEN SUAREZ MERA PROCURADORA JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PABLO MUÑOZ VEGA LTDA. DEMANDADOS: ROSA MARTHA RUIZ REYES Y BENITO GREGORIO PEÑALOZA RUIZ. OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE ORDENE EL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO INTERÉS Y COSTAS PROCESALES. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TULCÁN.-Tulcán 23 de mayo del 2016, a las 11h49. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo y la razón sentada por la Señora Secretaria de esta Unidad Judicial Civil que anteceden. En lo principal, la demanda presentada por la Abg. ELIZABETH DEL CARMEN SUAREZ MERA, en su calidad de Procuradora Judicial del Señor Licenciado Carlos Alonso Acosta Carrera, Gerente General y Representante Legal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Pablo Muñoz Vega”, es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se admite al trámite de juicio ejecutivo.- Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda. Con copia de la demanda y providencia respectiva, cítese a los demandados Señores: BENITO GREGORIO PEÑALOZA RUIZ en calidad de deudor principal, en su domicilio que lo tiene ubicado en el Barrio La Perla del Oriente, Av. Quito 1220 y El Oro, Parroquia Nueva Loja, Cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos; y, a la Señora ROSA MARTHA RUIZ REYES, en su domicilio ubicado en la Ciudadela Glorias, Av. Petrolera de la Parroquia Nueva Loja, Cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, mediante atento Deprecatorio que se remitirá a uno de los Señores Jueces de la Unidad Judicial Civil, con sede en el Cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, a la Autoridad Deprecada se ofrece suficiente despacho y reciprocidad. Una vez citados se les concede el término de tres días para que paguen lo adeudado o propongan las excepciones de Ley de las que estén asistidos. Tómese en cuenta la cuestión fijada, el ofrecimiento de reconocer pagos parciales que se justifiquen legalmente, el casillero judicial Nro. 183 y correo electrónico elicarmelina@hotmail.es para las notificaciones que le corresponden a la accionante Abg. Elizabeth SuárezCITESE Y NOTIFÍQUESE.-f) Dr. Edgar Oswaldo Cadena Ortiz.- Juez UNIDAD JUDICIAL CIVIL EN EL CANTÓN TULCÁN.- Tulcán, martes 10 de enero del 2017, las 09h12. Una vez que la parte accionante ha dado cumplimiento conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 del COGP, cítese a los señores “Rosa Martha Ruiz Reyes” y “Benito Gregorio Peñaloza Ruiz” mediante Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en Uno de los Diarios de amplia circulación en el Cantón Lago Agrio, Provincia de Sucumbíos, para los fines de ley. Notifíquese. f) Dr. Edgar Oswaldo Cadena Ortiz-Juez. Lo que pongo en conocimiento del citado previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. Certifico. Dra. Yolanda Tobar Becerra SECRETARIA. F: 4944 2/2 S: 3186 ………………………………….. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL TRÁMITE: ORDINARIO, PRESCRIPCIÓN ADMINISTRATIVA DOMINIO. JUICIO Nro. 21331-2015-00147 ACTOR: ESPINOZA BECERRA VÍCTOR MANUEL DEMANDADO: GOROSABEL QUIÑONEZ DIOFILIO ALEJANDRO CUANTÍA: INDETERMINADA CASILLERO: 35 JUEZ (E): DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: AB. FANY JUMBO GÓMEZ 1.-FUNDAMENTOS DE HECHO.-En el mes de febrero de 1997 de mutuo acuerdo entre mi persona y el señor Diofilio Alejandro Gorosabel Quiñonez a esa fecha poseedor del lote de terreno ubicado en la lotización Los Laureles, de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos de propiedad del señor Jorge Vicente González Granda, signado con el número 06, manzana Nro. 76, sector 2, zona Nro. 5, calle Pichincha, como consta en el certificado del Registrador de la Propiedad, para luego cambiar a la clave: 0503130600; esto es: zona 05, sector 03, manzana 13, lote o6 y posteriormente y como constas en el comprobante de pago de los impuestos prediales, ejecutados por el Departamento de Avalúos y Catastros del G.A.D.M DE LAGO AGRIO, el mismo lote una nueva y reciente clave catastral actual 210150050313006000, así como y del mismo modo, el nombre de la calle, que antes se le conocía con el nombre de calle Pichincha, como consta en los planos de la lotización, aprobados por el I.M de Lago Agrio, mediante ordenanza del 22 de diciembre de 1995, hoy este mismo tramo de calle a partir de la Av. Circunvalación, al norte, lleva el nombre de Sangolqui, por lo que todos estos cambios no alteran, la significación e identificación del lote de terreno, materia de esta demanda, como demuestra con el comprobante de pago de los impuestos prediales. 2.-El señor Diofilio Alejandro Gorosabel, al momento de acordar la venta del referido bien inmueble aún no poseía escrituras, por lo que acordamos un plazo de un año calendario, tiempo en el cual se suscribiría sus escrituras, con el propietario de la lotización Los Laureles, señor Jorge González Granda, propietario de la lotización Los Laureles e inmediatamente acordamos, que me entregue mis escrituras de compraventa, mientras tanto yo entré en posesión del lote de terreno, por acuerdo entre las partes y sobre todo, por haber cancelado el valor del lote de terreno en su totalidad cuya suma acordamos en DOS MILLONES DE SUCRES. 3.- Efectivamente el señor DIOFILIO ALEJANDRO GOROSABEL QUIÑONEZ Suscribió la correspondientes escrituras de compraventa del lote de terreno 06, manzana Nro. 76, sector 2, zona Nro.5, calle Pichincha, con fecha 9 de septiembre de 1998, en la Notaría Segunda de este cantón a cargo de la Dra. Vilma Salazar Jaramillo e inscrita en el Registro de la Propiedad, con fecha 18 de diciembre del mismo año, cuyo documento escriturario adjunto a la presente demanda, pero con mi persona hasta el momento no hemos podido suscribir las escrituras de compraventa, por cuanto desconozco su actual paradero o domicilio. 4.- Durante este lapso de tiempo, desde 1.997 en que realicé la compra del lote de terreno, tantas veces descrito, tomé posesión del mismo, por lo que, hasta la fecha he realizado las siguientes obras, que solamente el dueño puede hacerlas, tales como: Construcción de una casa de habitación, tipo mediagua de bloques y techo de zinc, relleno con material pétreo, construcción de cerramiento perimetral, así como también el catastro municipal y el pago de los impuestos prediales, por cuanto requería de los servicios de agua potable, energía eléctrica, etc, en la forma que demostraré oportunamente; estas obras que como señor y dueño las he ejecutado, sobrepasan los USD 30.000,00. 5.-FUNDAMNETOS DE DERECHO.- Consecuentemente y con fundamentos en lo previsto por los Arts. 715, 2410 numerales 1,2,3; y 2411 del Código Civil en vigencia demando al señor DIOFILIO ALEJANDRO GOROSABEL QUIÑONEZ en juicio ordinario, la prescripción extraordinaria de dominio a mi favor del inmueble descrito y singularizado en el numeral “1” del libelo de mi demanda, a fin de que en sentencia se sirva declarar la prescripción Extraordinaria de dominio a mi favor, del lote de terreno Nro.06, manzana 76, sector 2, zona 5, ubicado en la lotización Los Laureles de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, misma que tiene los siguientes linderos: Norte, con el lote Nro. 07, en 28,00 metros; Sur, con el lote Nro. 05 en 28.00 metros; Este, con los lotes 08 y 04, en 15.00 metros; y Oeste, con la calle antes (Pichincha), hoy calle Sangolquí, en 15.00 metros, dando una superficie total de 420.OO M2. Clave catastral anterior: 0503130600; esto es: zona 05, sector 03, manzana 13, lote 06 y actualmente consta con clave catastral: 210150050313006000, pero que corresponden al mismo lote 06 del cual me encuentro en posesión pacífica e ininterrumpida , por más de quince años, esto es desde 1997, en calidad de señor y dueño, como probaré en sus oportunidad, sin que el demandado ni nadie me hayan perturbado en manera alguna y hasta la presente fecha , luego de lo cual se servirá ordenar la protocolización e inscripción en el Registro de la Propiedad en este cantón de conformidad con el Art. 2413 del Código Civil en vigencia. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL
DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS.Lago Agrio, miércoles 11 de mayo del 2016, las 10h42 VISTOS. Avoco conocimiento de la presente causa, en virtud del sorteo legal que antecede en mi calidad de Juez Titular del Despacho en funciones. En lo principal y por cuanto la demanda por el señor ESPINOZA BECERRA VICTOR MANUEL, por sus propios derechos, es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, se lo admite a trámite de JUICIO ORDINARIO, conforme lo dispuesto por el artículo 59 y 395 del Código de Procedimiento Civil, codificado en consecuencia con copia de la demanda y esta providencia. CÍTESE, al denunciado señor GOROSABEL QUIÑONEZ DIOFILIO ALEJANDRO, con cédula Nro. 1307350957, por sus propios y personales derechos, a fin que dentro del término legal de quince días, dé contestación a la demanda deduzca sus excepciones a las que se crea asistido, bajo apercibimiento de sustanciar la causa en su rebeldía, debiendo para el efecto citárselo en legal y debida forma al mismo demandado atento el juramento rendido por la parte accionante de la imposibilidad de determinar su individualidad y domicilio o residencia y la justificación de haber agotado las averiguaciones para dar con el domicilio del demandado, se lo hará en la forma dispuesta por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos; esto es, mediante tres publicaciones de prensa que se efectuará en tres días distintos, de uno de los semanarios de mayor circulación regional que se editan, en esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio; para cuyo efecto Secretaría elabore las correspondientes extractos de prensa. Al demandado se le previene además. Señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones de esta jurisdicción, bajo las prevenciones legales dispuestas por el mismo COGEP. Por tratarse de un predio ubicado en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 166 del 21 de enero del 2.014, cítese a los señores ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE LAGO AGRIO, cuya diligencia se realizará en sus respectivos Despachos. Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de Lago Agrio, conforme al mandato del artículo 1000 del Código del Proceder Civil, debiendo para el efecto, notificarse a su Titular en su Despacho. Incorpórese a los autos los documentos adjuntos, téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónicos señalados, por la parte actora, para sus notificaciones y autorización conferida a su Defensor, así como la cuantía de la demanda, debiendo actuar la señora Secretaria del Despacho. NITIFÍQUESE Y CÍTESE. Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndole al demandado, de la obligación de señalar casillero judicial dentro de esta jurisdicción.- Nueva Loja, 20 de marzo del 2017. Ab. Fany Jumbo Gómez. SECRETARIA UJCLA-S F: 4941 1/1 S: 3184 …………………………… REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TULCÁN EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CÍTESE A: CLARA LUVINA ORDOÑEZ ROBLEZ Y MÓNICA CECILIA CUENCA ROMERO JUICIO: EJECUTIVO No. 04302- 2014-0082 ACTOR: ING. SARA VERÓNICA ARCOS FLORES GERENTE DEL BANCO PICHINCHA C.A. SUCURSAL IBARRA. DEMANDADOS: CLARA LUVINA ORDOÑEZ ROBLEZ y MÓNICA CECILIA CUENCA ROMERO CUANTÍA: QUINIENTOS TREINTA Y TRES DÓLARES, CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR (533,66) OBJETO: QUE EN SENTENCIA SE ORDENE EL PAGO DEL CAPITAL ADEUDADO INTERÉS Y COSTAS PROCESALES UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TULCÁN.- Tulcán, martes 18 de marzo del 2014, las 11h58 VISTOS: Avoco conocimiento en este juicio, en virtud de la razón de sorteo y de la razón sentada por el señor Secretario de este Despacho, que anteceden. En lo principal, la demanda presentada por el señor Luis Fernando Calahorrano Vaca, en calidad de Gerente Zonal Sierra Norte y representante legal del Banco Pichincha C.A, se califica de clara, completa y de reunir los requisitos de Ley para su trámite en juicio ejecutivo. En consecuencia, se ordena que las demandadas señoras: Clara Luvina Ordóñez Roblez en calidad de deudora principal y Mónica Cecilia Cuenca Romero, en calidad de garante solidaria, paguen la obligación demandada o propongan excepciones en el término de tres días, bajo prevención de dictar sentencia. Téngase en cuenta la cuantía como se indica en el escrito de demanda y la protesta de reconocer pagos parciales que se justifiquen legalmente. Agréguese al proceso la documentación aparejada a la demanda. Cítese con la copia del escrito de demanda y esta providencia a las demandadas señoras Clara Luvina Ordóñez Roblez y Mónica Cecilia Cuenca Romero, en su domicilio que lo tienen ubicado en la calle Francisco de Orellana de la ciudad de Tulcán, cantón Tulcán, provincia del Carchi. Tómese en cuenta el casillero judicial Nº 158, y correo electrónico: susan. janeta@yahoo.es, señalado para las notificaciones en este juicio y la autorización que le confiere el señor Luis Fernando Calahorrano Vaca a la Abg. Susana Janeta Morillo, para que presente los escritos necesarios en la tramitación de este juicio. Actué en esta causa el Abg. Omar Enry Maya Basantes, Secretario designado de este Juzgado, de acuerdo al informe técnico No. DNTH-C- 018-2014, de fecha 28 de febrero del 2014.- Cítese y Notifíquese. f) Abg. Ramiro Aguirre Bustos, Juez. UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TULCÁN.- Tulcán, viernes 16 de diciembre del 2016, las 15h44. Una vez que la accionante ha dado cumplimiento a lo ordenado en conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 56 del COGP, cítese a las señoras Clara Luvina Ordoñez Roblez y Mónica Cecilia Cuenca Romero mediante Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en uno de los Diarios de amplia circulación en el Cantón Lago Agrio, Provincia del Sucumbíos. Hágase Saber. Notifíquese. f) Dr. Edgar Oswaldo Cadena Ortiz, Juez. Lo que pongo en conocimiento del citado previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones. Certifico. Dra. Yolanda Tobar Becerra SECRETARIA F: 4937 1/3 S: 3179 …………………………….. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido de la Demanda. Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio SUMARIO/ DIVORCIO POR CAUSAL, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: CUZCO CAIZA SEGUNDO KLEBER. DEMANDADA: MANZANO PILCO MIRIAM JACQUELINE JUICIO NRO.: 2017-00014 CUANTÍA: INDETERMINADA CAUSA: SUMARIO/ DIVORCIO POR CAUSAL CASILLERO: 195 TRÁMITE: SUMARIO AB. DEL ACTOR: AB. CARLOS ANTONIO GUERRA AGUIRRE JUEZ: AB. FABIAN TORRES ARMIJOS SECRETARIA: RAQUEL LOAIZA OCHOA. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBÍOS-U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. CONTENIDO DE DEMANDA: CUZCO CAIZA SEGUNDO KLEBER, ecuatoriano de 47 años de edad, estado civil, casado, de ocupación electricista, con domicilio en el barrio Julio Marín de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. PRIMERO.- Mis nombres y apellidos y más generales de Ley ya están indicados en líneas anteriores. SEGUNDO.- Los nombres y apellidos de la demandada son: MANZANO PILCO MIRIAM JACQUELINE. TERCERO.-FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: Tengo es estado civil de casado con la señora MANZANO PILCO MIRIAM JACQUELINE, en virtud del contrato matrimonial, celebrado en esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, el día 12 de junio de 1991, constante en el tomo 1, página 94, acta 94, los contrayentes: CUZCO CAIZA SEGUNDO KLEBER y MANZANO PILCO MIRIAM JACQUELINE. Es el caso señor Juez, que viví aproximadamente 14 años con mi cónyuge MANZANO PILCO MIRIAM JACQUELINE, en nuestro hogar ubicado en el barrio Julio Marín, durante todo ese tiempo habíamos vivido, sin ningún contratiempo que hubiera afectado a nuestra relación matrimonial, pero que resulta sin dar motivo alguno de mi parte, mi cónyuge, abandona el hogar sin causa y justificación alguna, el 15 de agosto del 2005, desde esa fecha que mi cónyuge abandonó el hogar, no he tenido alguna noticia de ella ni de mis hijos que procreamos durante nuestra vida matrimonial, esto es, por más de nueve años que mi cónyuge MANZANO PILCO MIRIAM JAQUELINE, abandonó el hogar que teníamos formado y desde esa fecha no he vuelto a tener relaciones conyugales ni de ninguna otra naturaleza con mi mencionada cónyuge. Los fundamentos de derecho de justificación se encuentran establecidos en el Art. 110 numeral 9 del Código Civil (Reformado RO No. 526, 19 de junio, 2015) y Art, 332 numeral 4 y siguientes del Código General de Procesos. CUATRO.-LA COSA, CANTIDAD O HECHO QUE SE EXIGE: Que en sentencia se digne, declarar disuelto el vínculo matrimonial que une a la señora CUZCO CAIZA SEGUNDO KLEBER y MANZANO PILCO MIRIAM JACQUELINE.- QUINTO: LA DETERMINACIÓN DE LA CUANTÍA.- La cuantía de la demanda por su naturaleza, es indeterminada. SEXTO.-TRÁMITE: El trámite que se debe dar a esta demanda es por la vía Sumaria, en concordancia con el 332 del COGEP.-SÉPTIMO: CITACIONES Y NOTIFICACIONES.- A la demandada MANZANO PILCO MIRIAM
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Judiciales JACQUELINE, se le citará por medio de la prensa en uno de los diarios que se publica en esta ciudad, amparado en lo que establece el Art. 56 del COGEP, ya que bajo juramento manifiesto que desconozco su paradero o domicilio, las notificaciones que me corresponden las recibiré en el casillero judicial número 195, carlitosguerra22@hotmail.com perteneciente al Ab. Carlos Antonio Guerra Aguirre. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo legal realizado en mi calidad de Juez titular del despacho, nombrado mediante acción de personal Nro. 045-2013 de fecha 22 de mayo del 2013, al estar legalmente posesionado y en funciones. En lo principal, la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, y aclaración a la misma, presentada por CUZCO CAIZA SEGUNDO KLEBER, es clara, completa y reúne los demás requisitos establecidos en el artículo 142 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo tanto se admite a TRÁMITE SUMARIO conforme lo dispuesto en el artículo 332 Ibídem del código invocado y se dispone: 1-CÍTESE a la demandada MANZANO PILCO MIRIAM JACQUELINE, como lo determina al artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, a lo que se precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado, esto es, el actor deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, domicilio o residencia de la demandada diligencia que tendrá lugar dentro del día y hora hábil, previniéndole a la accionada la obligación de señalar casillero judicial y/o correo electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que le corresponden de conformidad a lo dispuesto en el Art, 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Una vez que dé cumplimiento extiéndase el respectivo extracto que contendrá la demanda y el presente auto. 2-Una vez cumplida con la publicación arriba indicada, se concede a la parte demandada el término de DIEZ DÍAS, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. 3- Se pone en conocimiento de la parte demandada todos los medios probatorios propuestos por la accionante. 4-Tómese en cuenta la autorización que confiere a su abogado patrocinador, así como el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. 5- Súmese al expediente los documentos que se anexan a la petición. Actúe la abogada Raquel Loaiza Ochoa, en calidad de secretaria titular de esta Judicatura. NOTIFÍQUESE. Ab. Raquel Loaiza Ochoa SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL FAMILIA, MUJER Y ADOLESCENCIA F: 4895 3/3 S: 942. ……………………………. EXTRACTO NOTARIA TERCERA DEL CANTÓN LAGO AGRIO Se hace saber que los señores GUERRERO VACA MANUEL SERVILIO y GRANDA MARTÍNEZ LIDIA, convienen en celebrar la LIQUIDACIÓN y PARTICIÓN EXTRAJUDICIAL DE BIENES. CUANTÍA: $ 121.535,00 Por escritura pública celebrada el 19 de ABRIL del 2017, ante el Dr. SIXTO MARCELO RODRÍGUEZ BOZA; NOTARIO TERCERO DEL CANTÓN LAGO AGRIO; COMPARECEN LOS señores GUERRERO VACA MANUEL SERVILIO y GRANDA MARTÍNEZ LIDIA, Procedieron s liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, la misma que se extinguió mediante Divorcio de mutuo celebrada en la Notaria Tercera del cantón Lago Agrio a cargo del doctor Marcelo Rodríguez Boza, con fecha diecinueve cuatro de julio del dos mil dieciséis. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la escritura de Liquidación de la Sociedad Conyugal, celebrada en la Notaria Tercera del cantón Lago Agrio, el diecinueve de abril de 2017, con código de matriz 20172101003P00872 celebrada ante el doctor Marcelo Rodríguez Boza Notario Público, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo Sexto de la Ley Reformatoria a la Ley Notaria, publica en el Registro Oficial numero Cuatrocientos seis Fecha veinte y ocho de noviembre del dos mil seis, que faculta a los Notarios Disponer la inscripción en os Registros de la Propiedad y Mercantiles la escritura de liquidación de la Sociedad conyugal, previo tramite previsto en dicha norma legal, mediante una sola publicación, en uno de los periódicos de Circulación nacional, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondientes a los señores GUERRERO VACA MANUEL SERVILIO y GRANDA MARTÍNEZ LIDIA otorgada mediante la escritura pública antes referida, por el termino de veinte (209) días, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido termino, particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Nueva Loja, diecinueve de abril de 2017. DR. MARCELO RODRÍGUEZ BOZA NOTARIO TERCERO DEL CANTÓN LAGO AGRIO F: 4953 1/1 S: 3194
ORELLANA
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. N 6500825772 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500979329 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. N 6500931783 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500842146 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500897914 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500916084 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500983970 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500908111 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500890183 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500805410 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 01108715825 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500798377 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500881133 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100745705 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 4200716958 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1)
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500922068se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500782164 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 3500732975 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500882865 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500854225 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500790581 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por el Banco Internacional N 650103274 por el valor $ 1000,00 con vencimiento el 07 de abril procedimiento a su anulación. (3/3) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500859421 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 650869753 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100863782 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 400766757 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500708165 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 650964380 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contado desde la ultima publicación de este aviso .(1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta N 6500859383 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1)
JOYA DE LOS SACHAS Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600750182 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600739251 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500811933 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 011100781051 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600706612 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0620721446 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500837940 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100714364 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600810559 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600809259 se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1/1)
LAGO AGRIO Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110779784, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100801736, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6500979973, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 10085730-8, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0100891522, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 4100759741, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1 Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110827311, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 3100719482, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco,
dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 062081682-9, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 660078356-0, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 650090640-2, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 320077074-1, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 650089925-3, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) S: 3200
SHUSHUFINDI Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 110706310, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (2/3) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110843406, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 110866988, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110824134, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 100700604, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 110842590, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 800896003, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1)
CUENTA CTE 15007559 emitida a nombre de SINDICATO DE OBREROS DE H.C.P se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T1657 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15665998 y cartola n.- 772163 emitida a nombre de CHIPANTIZA BOLIVAR CARMEN ROCIO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 F T1649 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 518017357 y cartola n.- 593671 emitida a nombre de ROMERO LLERENA GABRIELA NATALIA se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 F T1649 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15511575 y cartola n.- 332602 emitida a nombre de TANGUILA SHIGUANGO VICTOR VICENTE se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 3/3 F T1649 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 156822876 y cartola n.- 884803 emitida a nombre de CALI SARMIENTO LUIS ERMEL se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15675969 y cartola No. 696979 emitida a nombre del señor TANGUILA SHIGUANGO ALBERTO SANTIAGO, se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 1/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15632070 y cartola No. 677506 emitida a nombre del señor ZANAFRIA CARDENAS SUSANA MARLENE, se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 1/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15677694 y cartola No. 677506 emitida a nombre del señor MERINO GUARACA CARLOS SEGUNDO, se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 1/3 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15602260 y cartola No. 466248 emitida a nombre del señor GUANUNA OCHOA TATIANA JEANNETH, se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 1/3 Q-1079
TENA
Publicación perdida de libreta A PLAZO FIJO POLIZA coop 29 de octubre del socio GlORIA REBECA CORRAL MINA .CUENTA: 5170937498 1/1 F1821 T1660
PERDIDA DE PLACAS LAGO AGRIO Yo, Miguel Ángel García, con C.I. Nº 170612290-8; presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº HG6241 de MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4950 (1) S: 3191 Yo, Espada Gómez Eiderth, con C.I. Nº 2100626155, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº HG358K, de MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4952 (1) S: 3192 Yo, PILCO PAREDES JESÚS, con C.I. Nº 1600828378, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº A009588, de MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4954 (1) S: 3194 Yo, RUBIELA MARGOTH DÍAZ, con C.I. Nº 1754749305, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº IG133L de MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4955 (1) S: 3195 Yo, CHICAIZA SILVA MANUEL, con C.I. Nº 1600208233, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº IC604X, de MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4956 (1) S: 3196 Yo, TORO ZAMBRANO FERNANDO, con C.I. Nº 2100472964, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº PBG3903 de VEHICULAR. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4957 (1) S: 3197 Yo, BRAVO CHASPUENGAL ARBEY, con C.I. Nº 2100433222, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de la matricula vehicular, PLACA: Nº HI754Z de MOTO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4959 (1) S: 3199
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 110830533, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 110815712, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110773190, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110832714, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 6600751227, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0110822603, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso.
TENA
Publicación perdida de Libreta del socio Lennin Alfredo Grefa Calapucha CUENTA: 40086755690 ASOPROTEXMAYA. 3/3 F 1811 T 1654
PERDIDAS DE RECIBOS Credife Desarrollo Microempresarial informa al público en general que los comprobantes provisionales de depósito Nº 539510- 539511- 539512 quedan anulados por haberse extraviado. N de O.3187
Primer mandatario visita Tena
Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la Cta. Nº 0620716000, se procede anular. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al banco, dentro de los 12 días contando desde la última publicación de este aviso. (1) S: 3201
ORELLANA Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros, se comunica al Público que la libreta/cartola con número de cuenta de ahorros No. 22002821 emitida a nombre de TRUCKS WARREN S.A., se encuentra extraviada, en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. Q-1054 3/3
TENA Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15643862 y cartola n.- 466448 emitida a nombre de ALCIVAR ESPINOZA FRANCISCO JAVIER se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T1657 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15681160 y cartola n.- 713639 emitida a nombre de QUINDE TIMPATISA MARIA ELENA se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T1657 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 15620226 y cartola n.- 311946 emitida a nombre de ALVARADO GREFA SANDRA ANTONIA se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T1657 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que se perdió CHEQUES N. 850 CUENTA CTE 15024348 emitida a nombre de PEÑALOZA PEREZ SERGIO GIOVANNI se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T1657 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que se perdió CHEQUES N. 1086 CUENTA CTE 15012633 emitida a nombre de JURADO LANDAZURI MARIA JUDTH se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T 1657 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que se perdió CHEQUES N. 218 AL 230 CUENTA CTE 15024682 emitida a nombre de SARANGO GALLEGOS GUILLERMO GONZALO se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución. 2/3 F T1657 Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que se perdió CHEQUES N. 6026
El presidente Rafael Correa, además de constatar el avance de la obra del hospital Velasco Ibarra, saludó a los trabajadores. Redacción Napo
El 18 de abril el presidente Rafael Correa visitó el cantón Tena para recorrer las obras emblemáticas que se construyen en la provincia. La primera parada fue el hospital José María Velasco Ibarra donde constató el avance de construcción. En una carpa explicativa la ministra de salud, Verónica Espinosa, informó sobre el proceso de repotenciación del hospital de Tena que está en un 78 por ciento. Espacio de recreación Anteriormente, Correa prometió a la ciudadanía de Tena que se
construiría un parque urbano en los predios del antiguo aeropuerto. La construcción está a cargo de Inmobiliar y ya es una realidad; al momento se realizan trabajos de movimiento de tierras. El presidente Correa también recorrió la construcción de la fase 1A de la universidad Ikiam, en la que agradeció a los trabajadores por el esfuerzo que realizan en beneficio de la educación. Posteriormente las autoridades provinciales y nacionales se reunieron en un gabinete sectorial de conocimiento y talento humano, en el que se trataron temas prioritarios referentes a la provincia de Napo.
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Circula del 23 al 29 de abril del 2017 www.periodicoindependiente.com
Implementos para Tiempo de matricular las embarcaciones pequeños emprendimientos Redacción Orellana
Roberth Gallegos, director distrital MIES Lago Agrio, manifestó que estos implementos fortalecen las capacidades de los pequeños emprendimientos. Redacción Sucumbíos
El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), a través del Instituto de Economía Popular y Solidaria (IEPS) y el programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en el Ecuador, entregó el 15 de abril, equipamientos e insumos de cocina para 3 asociaciones de la economía popular y solidaria de los cantones Putumayo, Cascales y Lago Agrio. El equipamiento tiene mesas y cocinas de acero inoxidable, refrigeradoras industriales. Durante el 2016 se fortalecido a los emprendedores agrupados en estas asociaciones en el
marco de este programa, que cierra en el 2017 con la entrega de estos implementos, comentó Cesar Guerrero, técnico del IEPS zona 1. Milena Rosero y Narcisa Vergara, de las asociaciones de alimentos de los cantones Putumayo y Cascales, se mostraron complacidas por la entrega de los implementos que beneficiarán a las familias y proveedores de estos sectores, dijeron. Estos implementos industriales están destinados a brindar el servicio de alimentación en los centros integrales del Buen Vivir y a la escuela del milenio en Putumayo.
Del 26 al 28 de abril del 2017, la dirección regional de espacios acuáticos orientales del Ecuador (Dreacoe) a través de la capitanía de puerto de Francisco de Orellana, realizará la campaña de matriculación de embarcaciones y renovación de documentos marítimos en la provincia de Orellana. Según Lisandro Miranda, ayudante de esta institución, esta actividad se cumplirá en el puerto de Pañacocha entre las 07h00 y 18h00 para embarcaciones de toneladas de registro bruto (TRB), “el jueves 26 y 27 de este mes, se ejecutará esta actividad en el puerto indicado y si existen más embarcaciones, el tiempo se extenderá hasta el jueves 28, esto se ha socializado con la teniente política de Pañacocha, quien tiene bastante comunicación con
todas las comunidades, para que se acerquen a realizar este trámite que es de suma importancia para los propietarios de las embarcaciones”, subrayó el funcionario. Para tener en cuenta El valor por matriculación y renovación de documentos, depende de la capacidad de las embarcaciones, “por ejemplo cuando son naves nuevas, deben tener el contrato de compra venta con el respectivo puerto o con el astillero donde fueron construidas, título de propiedad del motor, copia de cédula de ciudadanía y papeleta de votación, además los documentos deben estar notariados, los cuales serán revisados por el departamento jurídico de la capitanía y luego se inspeccionará la embarcación para verificar la flotabilidad y se puedan emitir los documentos para
Los dueños de las naves deben estar al día en sus trámites, caso contrario no podrán navegar por los ríos de la zona.
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CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
Se convoca a las personas naturales y jurídicas, que tengan su domicilio fiscal en el Ecuador, legalmente capaces para contratar, a prestar sus ofertas para el ARRENDAMIENTO DE UN ESPACIO FÍSICO DE PUBLICIDAD PARA LA COLOCACIÓN DE UNA PANTALLA UBICADO EN EL AEROPUERTO FRANCISCO DE ORELLANA DE LA CIUDAD DE FRANCISCO DE ORELLANA. El valor base referencial para el espacio de publicidad es de USD. $120.00. El plazo del contrato es de dos (2) años, contados a partir de la suscripción. El precio referencial será reajustado en enero de cada año. Condiciones generales de esta convocatoria: 1. El pliego está disponible, sin ningún costo, en el Portal Institucional del SERCOP. 2. Los interesados deberán tener como experiencia mínima de 1 año y adjuntar certificación de respaldo de la misma. 3. La DGAC se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de arrendamiento, sin pago de indemnización alguna. 4. Para mayor información comunicarse al teléfono (022) 947400 ext. 3000 - 3003. 5. Cronograma.
CONCEPTO Fecha de publicación del proceso en el Portal Fecha límite de audiencia de preguntas y aclaraciones Fecha límite de propuesta Fecha apertura de ofertas Fecha límite de calificación Fecha estimada de adjudicación
su normal navegación”, advirtió Miranda. Agregó que las personas que necesiten renovar la matrícula deben llevar documentos originales caducados, “estos van a ser retenidos en la capitanía porque serán reemplazados por los nuevos, los cuales se les entregarán y que estarán vigentes por el nuevo periodo, no deben olvidar el original de la matrícula del año anterior, certificado de avalúo y permiso de tráfico, copia de cédula de ciudadanía y papeleta de votación, registro de inspección de seguridad”. El costo de la matriculación que depende del arqueo de la embarcación (de las dimensiones) es de 30 a 40 dólares que deben ser cancelados en la ventanilla de recaudación. El tiempo para realizar la matriculación e inspección de una nave es de 30 a 60 minutos.
FECHA 25/04/2017 27/04/2017 01/05/2017 01/05/2017 09/05/2017 12/05/2017
HORA 21:30 10:00 10:00 11:00 16:30 16:30
Ing. Oswaldo Terán DIRECTOR REGIONAL III DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL Q-1076
Se convoca a los accionistas de COMPAÑÍA DE TRANSPORTES ORIENTALES DEL COCA ORIENTAC S.A..., a la junta General Ordinaria de accionistas que se llevara a cabo el día 03 de mayo del 2017, a las 10H00, en el domicilio principal de la compañía ubicada en la Av. 09 de octubre s/n y Taracoa de este cantón, Provincia de Orellana, de conformidad con el artículo 234 de la Ley de compañías en vigencias, con el propósito de resolver los siguientes puntos del orden del día: 1.- Constatación del quórum; 2.- Conocer y aprobar los informes contables del presidente, gerente general, y comisario de la compañía; 3.- Aprobación el estado financiero y contable correspondiente al año 2016 y sus anexos. 4.- clausura. NOTA.- Se convoca individual y personal al Comisario Principal señor Líder Lara Cherres. Francisco de Orellana al 21 de abril del 2017. SR. MENA CASTILLO SEGUNDO MEDARDO GERENTE GENERAL Q-0000
A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE TRANSPORTE ESCOLAR “SACHA TRANS “SACHA & TRAN “ “SACHATRANSANTIAGO ” S.A. A realizarse el día viernes 21 de abril del 2017 a la 9:00 a.m. en las oficinas de la empresa , ubicadas en la calle Loja OL Y Fundadores , de la ciudad de la joya de los Sachas , para tratar el siguiente Orden del Día 1.- Lectura del Informe del Gerente General de la compañía correspondiente al ejercicio económico 2016 y resolución. 2.- Lectura del informe del comisario de la compañía correspondiente al ejercicio económico 2016 y resolución. 3.- Lectura de las cuentas de los estados financieros correspondientes al ejercicio económico 2016 y resolución. 4.- Resolución sobre el destino de las utilidades del ejercicio económico 2016. Los estados financieros, informales de Gerente y comisario están a disposición de los accionistas en el domicilio de la empresa. ING. JULIO VASCONEZ ESPINOZA GERENTE GENERAL Q-0000
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Comunidad Conocen requisitos para obtener personería jurídica
Predicando la
Palabra
DE DIOS
Hebreos 4:12 Por que la palabra de Dios es viva y eficaz, y más cortante que toda espada de dos filos; y penetra hasta partir el alma y el espíritu, las coyunturas y los tuetanos, y y discierne los pensamientos y las intenciones del corazón.
Integrantes de las organizaciones sociales que participaron en el taller del MIES. Redacción Orellana
Un total de 30 organizaciones sociales de Orellana participó en el taller de socialización realizado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) sobre el decreto 739, emitido en el 2015 y que consisten en la unificación de requisitos que entregan las organizaciones sociales para obtener su vida jurídica. Luis Cazar, analista de organizaciones sociales del MIES, explicó que este decreto garantiza a los ciudadanos asociarse en forma libre y voluntaria, que tiene el ob-
jetivo de organizar a las asociaciones. “Es darle a cada ministerio la competencia para otorgar los estatutos de la personería jurídica a los grupos de personas que se asocian, según sus fines u objetivos irán al ministerio competente”. Sobre menos trámites Para José Jiménez, presidente de la asociación de adulto mayor La Joya de los Sachas, el decreto les permitirá estar mejor organizados. “hay varias facilidades como la homologación de los requisitos que debe presentar cada organización que desee adquirir personería
jurídica, la reducción de trámites y una mejor articulación institucional a las organizaciones sociales”. Sonia Quizhpe, directora provincial del MIES Orellana, indicó que el ministerio otorga la personalidad jurídica a las organizaciones sociales de acuerdo a su competencia; es decir, cuando se constituyen para trabajar en los sectores de atención durante el ciclo de vida, protección especial, aseguramiento universal no contributivo, movilidad social e inclusión económica de grupos de atención prioritaria, personas en situación de pobreza y vulnerabilidad.
Hebreos 5:14 El alimento sólido es para los que han alcanzado madurez, para los que por el uso tienen los sentidos ejercitados en el discernimiento del bien y del mal.
Colosenses 2:6-7 Ustedes han aceptado a Jesucristo somo su dueño y sueño. Por eso, deben vivir como a él le agrada. Tal como se les enseñó, confíen cada vez más en él, y vivan obedeciendo sus enseñanzas para ser cada vez mejores, y den siempre gracias a Dios.
Arcsa realiza controles sanitarios
DIOS ABRIRÁ UN CAMINO DONDE EL
Los sitios de descanso fueron inspeccionados por los funcionarios de Arcsa antes de la semana santa. Redacción Napo
Con el fin de precautelar la salud de los visitantes que arribaron a los principales destinos turísticos de la zona 2, la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) realizó operativos de control sanitario por feriado de semana santa. Durante los días 12 y 13 de abril, técnicos zonales de Arcsa inspeccionaron establecimientos de alimentación colectiva y sitios tuP
rísticos para revisar sus condiciones higiénico-sanitarias, así como también en farmacias de la zona para verificar que cumplan con los horarios de turno establecidos por la institución. Sandra Torres, turista nacional que visitó la ciudad de Archidona, en Napo, aseguró que “es muy satisfactorio que Arcsa como entidad de control esté contribuyendo a garantizar la adecuada higiene de los establecimientos de hospedaje, como el que estoy visitando en este feriado”, dijo.
mundo
El trabajo de control se ha concentrado en los principales atractivos turísticos de la coordinación zonal 2, que comprende Napo, Orellana, y Pichincha (excepto el distrito metropolitano de Quito), por lo que mantiene un cronograma permanente de inspecciones durante todo el año en estas provincias para la vigilancia de establecimientos sujetos a control sanitario y garantizar que los ciudadanos consuman productos inocuos que no afecten su salud.
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DIJO QUE ERA IMPOSIBLE P
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS PETROLEROS COMSEROIL S.A. De conformidad con la Ley de Compañías, y disposiciones estatutarias, se convoca a los señores accionistas de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS PETROLEROS COMSEROIL S.A., a Junta General Ordinaria de accionistas que se celebrará el día miércoles 26 de abril del 2017, a las 14H00, en la oficina de la empresa, ubicado en la Av. Naciones Unidas, vía Palmeras; barrio los Bosques, ciudad de Shushufindi, provincia de Sucumbíos, a fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum e Instalación de la Junta General Ordinaria de accionistas. 2. Conocimiento y aprobación del informe del Gerente General, correspondiente al ejercicio económico 2016. 3. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario, correspondiente al ejercicio económico 2016. 4. Conocimiento y aprobación del informe del auditor contable externo, sobre los balances, estados de pérdidas y ganancias y anexos correspondientes al 2016. 5. Resolución acerca de la distribución de los beneficios sociales del 2016. 6. Conocimiento y resolución sobre la adquisición de las 7974 acciones del compañero accionista Ramón Esturdo Sánchez Reyes, favor de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS PETROLEROS COMSEROIL S.A. 7. Clausura. Se convoca de manera especial al comisario principal señor Jovino Francisco Torres Galarza, se deja expresa constancia que los estados financieros se encuentran a disposición de los accionistas en la oficina de la empresa con 15 días de anticipación a la fecha de realización de la Junta General. Shushufindi, 17 de abril del 2017 Holger Arboleda Maza PRESIDENTE
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COMUNICADO Se informa a los ex –trabajadores de la empresa TECHINT, que prestaron sus servicios durante el año 2016, que la entrega de cheques correspondientes al pago de utilidades se realizará en las oficinas de la empresa.
COMUNICADO Se informa a los ex-trabajadores de la empresa CGA, que prestaron sus servicios durante el año 2016, que la entrega de cheques correspondientes al pago de utilidades se realizará en las oficinas de la empresa.
Fecha: del lunes 24 de abril al miércoles 03 de mayo del 2017. Horario: de 09:00 a 11:00 y de 14:00 a 16:00 Dirección Obrador Central: Orellana, kilómetro 40 vía al Auca ingreso al cantón Dayuma.
Fecha: del lunes 24 de abril al miércoles 03 de mayo del 2017. Horario: de 09:00 a 11:00 y de 14:00 a 16:00 Dirección Obrador Central: Orellana, kilómetro 40 vía al Auca ingreso al cantón Dayuma.
Requisitos: original y copia legible de cédula de identidad.
Requisitos: original y copia legible de cédula de identidad.
En caso de tener alguna inquietud sobre este proceso, pueden contactarse al teléfono (02)2988700 Ext.8102 y 8103
En caso de tener alguna inquietud sobre este proceso, pueden contactarse al teléfono (02)2988700 Ext.8102 y 8103
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Jurisdicciones de la provincia de Sucumbíos
Sucumbíos y Putumayo cumplen 48 años de creación cantonal Los cantones Sucumbíos y Putumayo, son jurisdicciones que se encuentran al inicio y fin, respectivamente, de la provincia de Sucumbíos.
Ponga en su agenda
Sucumbíos y Putumayo celebran este 30 de abril, 48 años de creación cantonal. Los días festivos están programados, para el 28, 29 y 30, cuyas fiestas culminarán con el gran desfile cívico militar y la sesión solemne a cargo de sus alcaldes: Luis Naranjo de Sucumbíos y Genny Ron, del cantón Putumayo.
Puerto El Carmen, cantón Putumayo, espera la presencia de muchos visitantes para celebrar con alegría sus fiestas de cantonización. Redacción Sucumbíos
El cantón Sucumbíos que tiene como vecino al Carchi, mantiene de esa provincia andina algunas cosas en común: su dialecto, sus tierras productivas en la agricultura, ganadería y su vecindad. Es de incomparable belleza por sus ríos, cascadas, paisaje de páramo, donde se conjugan paisajes propios de la serranía; con temperaturas que oscilan los 6 y 20 grados centígrados en la parte alta. Conforme avanza al interior de la provincia, el paisaje y clima propio de la Amazonía, se hacen presentes.
Sucumbíos está conformado por su capital cantonal La Bonita y las parroquias rurales: El Playón de San Francisco, Santa Bárbara, Rosa Florida y La Sofía. Creado el 30 de abril de 1969, se constituyen con Putumayo, en los cantones más antiguos de la provincia de Sucumbíos. En latitud amazónica El cantón Putumayo tiene como cabecera cantonal a Puerto El Carmen, ciudad ubicada a orillas de río San Miguel, que sirve de límite entre Ecuador y Colombia; y a poca distancia del río Putuma-
yo. Cuenta con exuberante riqueza en fauna y flora, ya que gran parte está cubierto por bosques primarios. En este cantón se encuentra también más de la mitad de las lagunas del Cuyabeno y por tanto de la reserva y producción faunística de Cuyabeno. Son parte de este cantón, las parroquias rurales: Puerto Rodríguez, Palma Roja y Puerto Bolívar. Este cantón en sus límites tiene como vecinos a Colombia y Perú, en el sitio denominado Tres Fronteras, donde se ubica un hito, con el nombre a cada lado de los países limitantes.
Exposición fotográfica de personajes antiguos de Coca Redacción Orellana
Eduardo Quintana, fotógrafo e investigador de la fotografía, y Silvia Sánchez, especialista en archivos fotográficos analógicos patrimoniales, del 23 de abril al 30 de mayo expondrán en el Museo arqueológico y centro cultural de Orellana (Macco), el resultado de una investigación orientada a recuperar fotos históricas que posee la comunidad. Según Quintana, es una labor realizada sistemáticamente y con mucha ética para recuperar la responsabilidad de esas fotografías que van a ser presentadas como un patrimonio de la historia de Coca, “paralelamente se hizo una serie de retratos de personajes emblemáticos mayores, que aún viven, para hacerles una especie de homenaje en vida, en esos 2 componentes radican las exposiciones”. Por su parte Silvia Sánchez mencionó que este proyecto, regentado por el Macco, es posible que concluya con la presentación de un libro “las 2 exposiciones que vamos a presentar, una en los exteriores del Macco, sobre la fotografía patrimonial rescatada de los álbumes de familia del Coca, y la otra en la sala de exposiciones temporales dentro del Macco, de retratos actuales de personajes que han vivi-
do aquí, es decir, de los primeros habitantes que llegaron hace muchos años al Coca y otros que han nacido aquí”. De las fotografías patrimoniales Sánchez precisó que ha recuperado una de 1931; y de los personajes nacidos en el Coca, “de algunos hemos conseguido retratos con la familia, y el día de la inauguración de las exposiciones van estar presentes algunos que aún viven”. Del conflicto fronterizo Sobre anécdotas de los personajes de esta investigación, Sánchez comentó que tiene presente la de don Luis Lozada, excombatiente de 1941 en el conflicto con el Perú, “lamentablemente él falleció hace pocos días, pero nos queda la satisfacción haberlo retratado, conversamos con él, estaba muy lúcido, contó muchas anécdotas, detalles de su vida, que ni los hijos le habían escuchado y luego de retirarse de la milicia, se quedó viviendo en el Coca, donde se puso una compañía de transporte fluvial, le prestaba sus servicios al correo nacional y viajaba por el río Napo con carga y pasajeros; él fue quien trajo el primer motor fuera de borda al Coca, además nos dijo que todos sus hijos, toda su descendencia, viven aquí”, finalizó.
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Cada fotografía fue observada de manera rigurosa por los investigadores-fotógrafos con la finalidad de obtener la mayor cantidad posible de información.
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Comunidad Registro Civil rindió cuentas a la ciudadanía
Todos han partido
Sinangüe se quedó sin los sabios shamanes
Los shamanes beben la ayahuasca o el yagé, poderosa bebida que conduce a un fantástico mundo de colores y una sabiduría que va más allá del amor y los sentimientos.
La rendición de cuentas se realizó el 17 de abril en el auditorio del Servicio de Rentas Internas de Nueva Loja. Redacción Sucumbíos
Tomando como referente la modernización de la entidad y de cada vez ofrecer un mejor servicio mediante la capacitación de su personal, el registro civil de Sucumbíos rindió cuentas a la ciudadanía del periodo 1 de enero al 31 de diciembre del 2016. Juan Carlos Alverca, coordinador de la entidad, explicó que la empresa se ha planteado algunos objetivos estratégicos, como incrementar el registro e inscripción oportuna de hechos y actos civiles; precisó que un 5 por ciento de la población del país no tiene identificación como tal; acrecentar la identificación del documento electrónico de los ecuatorianos y extranjeros residentes en el país; ampliar también la oferta y servicios electrónicos. El registro civil está en todas las provincias del Ecuador y en consulados en otros países. En Sucumbíos tiene varios puntos de atención: Lago Agrio, Shushufindi, Gonzalo Pizarro, Cuyabeno y Cascales; en el cantón Sucumbíos no hay un punto de atención, no obstante las brigadas móviles realizan un trabajo continuo.
Recursos Sobre la ejecución del presupuesto, Alverca dijo que la coordinación zonal tuvo un presupuesto de 340.000 dólares de los que se ejecutó el 96 por ciento. De ese presupuesto a Sucumbíos le correspondieron 30.379 dólares, de los que se ejecutó 28.498 (91,81 por ciento). En cuanto a ingresos, la coordinadora zonal recibió un ingreso de 1.700.000 dólares. Sucumbíos tuvo un ingreso de 512.000 dólares. La mayor parte de los ingresos recaudados corresponde a cedulación, señaló el funcionario. No obstante, recordó que algunos servicios que presta la entidad son gratuitos, como el de inscripción de nacimientos, por ejemplo; además de los servicios para personas con discapacidad que tampoco tienen costo. Mediante convenios se entregaron 400 cédulas de identidad gratuitas a personas del cordón fronterizo con Colombia. Con la realización de brigadas en el 2016 se entregaron 1.257 servicios. Estas brigadas estuvieron presentes en los sectores más apartados de los siete cantones de Sucumbíos.
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CONVOCATORIA
A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA MKPSERVIC SERVICIOS PETROLEROS CIA. LTDA. De conformidad a lo dispuesto en la Ley de Compañías, en el artículo Décimo Quinto del Estatuto Social de la Compañía MKPSERVIC SERVICIOS PETROLEROS CIA. LTDA., y en el Reglamento de Juntas Generales, se convoca a las señoras SOCIAS para que concurran el día 04 de mayo del 2017 a partir de las 10h00, a la oficina principal de la compañía, ubicada en la ciudad de Francisco de Orellana, vía a Lago Agrio s/n, Km. 10, lugar en el que se llevará a cabo la Junta General de SOCIAS, con el fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Conocimiento y resolución sobre el Informe del Administrador (Gerente General) correspondiente al ejercicio económico 2016. 2. Conocimiento y Resolución del Balance General y de los siguientes Estados: Situación Financiera, Resultado Integral, Cambios en el Patrimonio y Flujo de Efectivo del ejercicio económico del 2 016. 3. Conocimiento y resolución acerca de los beneficios sociales. 4. Conocimiento y resolución sobre el Informe del Auditor Externo, correspondiente al ejercicio económico 2016. 5. Conocimiento y resolución sobre la designación del Auditor Externo, correspondiente al ejercicio económico 2017. Se aclara que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Compañías, el Estatuto Social de la Compañía, y a lo dispuesto en el Reglamento de Juntas Generales, esta convocatoria será remitida de forma individual a las señoras Socias por correo electrónico y, además será publicada por la prensa en un periódico de mayor circulación del domicilio principal de la compañía. El balance general y los demás documentos, materia de la presente convocatoria, se encuentran a as of fici icinas de la empresa. disposición de los socios, en las oficinas Francisco de Orellana, 24 de abril del 2017. Atentamente, P Pat atric i io Coba Cueva Patricio GER GERENT ENTE E GENE G ENERAL GERENTE GENERAL MKPSERVIC SERVICIOS PETROLEROS CIA. LTDA. NOTA: A los socios que deseen hacerse representar en la Junta General, nos permitimos recordarles la necesidad de que los poderes de representación que otorguen deberán sujetarse a lo dispuesto en el Reglamento para Juntas Generales expedido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Tanto el informe del Administrador como el Balance General y de los siguientes Estados: Situación Financiera, Resultado Integral, Cambios en el Patrimonio y Flujo de Efectivo del ejercicio económico del 2016, se encuentran a disposición de las Socias, en las oficinas de la empresa y podrán ser solicitados para su revisión, previo a la Junta General. Q-0000
Víctor Quenamá es nativo de Sinangüe, al punto que la gente lo identifica como “el duro de Sinangüe”. Redacción Sucumbíos
El Shamanismo es otra tradición de las nacionalidades indígenas de la Amazonía. Con la ayahuasca o el yagé se tienen visiones de la vida, trabajo, futuro y salud. La bebida es una cocción de plantas preparada durante varias horas para que se concentre toda la esencia vegetal. Las plantas son mágicas y no hay que confundirlas con las drogas, en las que sí interviene la mano del hombre. Un shamán es un hombre muy sabio en relación a los demás, bebe este alucinógeno vegetal por cultura, por historia y porque los nativos lo ingieren desde siempre, son verdaderos iniciados y no adictos. Existen shamanes que han bebido el yagé 15 noches seguidas para realizar diversas sesiones con los enfermos. “Ahorita chamanes no tenemos, ya se murieron todos, Guillermo, Lino Chica y Cristóbal, fueron los últimos chamanes de la comunidad”, dice Víctor Quenamá
adornado de su indumentaria de fiesta y un grande collar de pepas de caimitillos de monte, que son recogidos por ellos, puestas a secar para hacer los collares de color café, pepas que al caminar las personas produce un ruido llamativo y único. En la comunidad de Sinangüe, la mayoría es joven. Los únicos mayores y muy queridos en esa comunidad son Víctor Quenamá y Fidencio Usama; ellos transportaban a las personas desde Puerto Libre hasta el puente en el río Aguarico, cuando no había la carretera hacia Tulcán. Más recuerdos “Era por año de 1980, yo comenzó a transportar a las personas, carga a través del río Aguarico, desde Puerto Libre al puente del río, ya a la entrada casi de Lumbaqui, hasta la vía que conduce a Quito” manifiesta Víctor Quenamá. En sociedad con un amigo compraron una canoa a motor para transportar carga, personas y animales, había camino pero demoraban de 6 a 7
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horas de Puerto Libre al puente. Hace pocos años dejó de trabajar una vez que inició la construcción de la vía Lago Agrio-Tulcán. Fidencio Usama y Víctor Quenamá son las 2 personas que conocen el sector desde hace más de 40 años. En ese tiempo en Sinangüe había pocas familias: Umendas y Lucitantes. Víctor Quenamá fue presidente de la comunidad: “yo he conseguido luz, aulas para la escuela, casa comunal y áreas para la comunidad”, menciona. Agrega que “Sinangüe antes era un pueblo grande, antes de la llegada de los españoles era un pueblo que se extendía desde el río hasta ese cerro de arriba (señala) al que llamamos Sinangüe”. Con la llegada de los españoles que trajeron enfermedades, la gente se fue muriendo; otros se fueron por el río en busca de otros asentamientos. Después de muchos años llegaron 2 familias, comenta. “Se ubicaron aquí y comenzamos a poblar de nuevo la comunidad”. De Guillermo, Lino y Cristóbal, dice: “eran buenos amigos, ellos se pasaban horas conversando con la gente de la comunidad, con los jóvenes y les aconsejaban, la gente los quería”. Yo no pude hacerme shamán porque estaba dedicado a mi trabajo y ellos eran mis clientes fijos. “Los invitaban a muchas partes y yo tenía que transportarlos”, finaliza su relato.
Identificativos
En la Amazonía ecuatoriana todas las comunidades de la nacionalidad que sean: Siona, Shuar, Siecopai, Kichwa o Cofán, tiene su shamán o shamanes, considerados por orden de jerarquía. Todos usan su corona con plumas de aves, collares multicolores e incluso tienen, algunos de ellos, atravesada por la nariz una pluma de papagayo o chonta delgada: es un identificativo.
P ORELLANA 21 DE ABRIL, 2017
CONVOCATORIA
Se convoca a los Señores Accionistas de la COMPAÑÍA RUTAS FRONTERIZAS RÍO AMAZONAS S.A. FRONTERAMAZ, a la Junta General Extraordinaria que se celebrará el día Viernes 28 de abril del presente año, a las 14:00 pm., en la oficina de la empresa, situada en la avenida Los Fundadores y Cristóbal Colón, perteneciente a esta ciudad La Joya de los Sachas, Provincia de Orellana, a fin de tratar el siguiente orden del día: 1.- Constatación del Quórum. 2.- Instalación de la Junta General de Accionistas. 3.- Aporte de socios a la Compañía. 4.- Facturación con las Operadoras. 5.- Toma de decisiones con los accionistas que no están al día. 6.- Incremento de Capital. 7.- Clausura.
1.- La Federación deportiva provincial de Orellana , cumpliendo con lo dispuesto en el Art.365 de la Codificación y Actualización de las resoluciones emitidas por el servicio Nacional de Contratación Pública , tiene el agrado de invitar a las ciudadanía en general a participar en el procedimiento especial para la CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE CASA PARA EL CONCENTRADO DE LOS DEPORTISTAS DE F.D.P.O , ofertas que deberán reunir los requisitos establecidos en los pleitos aprobados . Por mayor información acercarse al Departamento de Compras Públicas de la Institución, ubicado en la AV. Alejandro labaka Km 1 ½ vía Lago Agrio.
NOTA: Esta Reunión es de suma Urgencia, Se ruega puntual asistencia ya que los puntos a tratarse son de suma importancia para la compañía, en caso de no asistir la multa es de $100 (cien dólares americanos). La Joya de los Sachas a, 20/04/2017.
2.- La Federación Deportiva Provincial de Orellana, de acuerdo al Art. 18 literal b) de este cuerpo legal , convoco a ustedes a la sesión extraordinaria del directorio , que se llevara a cabo el día viernes 28 de abril del 2017, a las 15h00, en la oficina de presidente de FEDEORELLANA , Para al siguiente orden del día: 1.- Constatación del Quórum. 2.- Instalación de la Sesión. 3.- Rendimiento de cuentas para la Ciudadanía. 4.- Clausura ATENTAMENTE DEPORTES, CULTURA Y DISCIPLINA
Olmedo Bilbao PRESIDENTE RUTAS FRONTERIZAS RIO AMAZONAS S.A. “FRONTERAMAZ”
DR. Richar Javier Preciado Guerrero PRESIDENTE DE FERDERACIÓN DEPORTIVA PROVINCIAL DE ORELLANA Q-1077
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En marcha la segunda fase de alcantarillado pluvial y sanitario para Shushufindi
En Shushufindi continúan los trabajos del alcantarillado pluvial y sanitario con inversión del Banco de Desarrollo. Redacción Sucumbíos
Con el fin de mejorar las condiciones de vida y salubridad de los habitantes de Shushufindi, el Municipio inició la construcción de la segunda fase del plan maestro de alcantarillado pluvial y sanitario con una inversión de 12.367.902 dólares obtenidos por un convenio de financiamiento con el Banco de Desarrollo. El alcalde de Shushufindi, Esgar Silvestre, precisó que según los estudios del plan maestro el alcantarillado pluvial y sanitario, menos del 40 por ciento era funcional y más del 60 por ciento era deficiente, y en base a ello, se realizan los trabajos en la primera y segunda fase.
Al momento, en la segunda fase se trabaja en 2 ejes, en la intervención del colector sanitario 4, Pedro Angulo y en el colector sanitario 1 San Francisco; mientras que en las próximas semanas iniciarán los trabajos en el colector pluvial Eloy Alfaro-Las Palmeras y colector pluvial 11 de Julio. Inversiones Silvestre se refirió a la primera etapa donde se invirtieron 7.871.649 dólares que beneficiaron a los barrios de Shushufindi, la cabecera parroquial de Limoncocha y el recinto La Victoria, obras que ya están en funcionamiento. Los trabajos se desarrollan en coordinación con los moradores de los barrios, a quienes
se ha incluido en los proyectos con la mano de obra no calificada. Paúl Carrera, morador de Palmeras, indicó que este es un proyecto de gran importancia para el sector porque además genera empleo para los habitantes. Kléver Toral, vicepresidente del barrio Los Bosques, indicó que en una primera etapa ya fueron beneficiados con el alcantarillado pluvial y hoy están a la expectativa de que esta obra quede funcional y al servicio de los ciudadanos. “Las obras de alcantarillado son prioritarias para mejorar la calidad de vida de los habitantes y en base a ello ejecutar los proyectos de regeneración urbana”, señaló el alcalde Silvestre.
Inicia “Fase inscribe por autoservicio” para régimen Sierra-Amazonía 2017-2018 Del 17 de abril al 17 de junio del 2017, los aspirantes que deseen ingresar por primera vez al sistema educativo fiscal del régimen Sierra-Amazonía 2017-2018 pueden inscribirse a través de la modalidad de autoservicio. La madre, el padre de familia o representante podrán inscribir a su hijo o representado desde su casa o trabajo, en cualquier horario, incluidos los fines de semana, ingresando a la página web: http:// juntos.educacion.gob.ec En esta modalidad pueden inscribirse los aspirantes que ingresan a: educación Inicial (3-4 años), primero de educación general básica (5 años); traslados de instituciones particulares, fiscomisionales y municipales a establecimientos educativos fiscales En el caso de que el representante no tenga internet en casa, puede acudir a los infocentros y en caso de necesitar ayuda para realizar la inscripción, se habilitarán las sedes en todo el régimen SierraAmazonía. Requisitos: número de cédula del aspirante (no es necesario el documento físico). Cédula del representante legal. Planilla de energía eléctrica del domicilio del aspirante. En el caso de los traslados de un establecimiento particular, fiscomisional o municipal a una institución educativa fiscal, se solicitará la libreta de calificaciones del último año del aspirante.
Al finalizar la inscripción, el padre de familia o representante recibirá el certificado vía correo electrónico y un mensaje de texto al celular registrado en la inscripción, 24 horas después de finalizado el proceso. Inscripción en sedes Los aspirantes que tengan hermanos en el sistema educativo fiscal, aspirantes que deseen acceder a educación intercultural bilingüe y que se encuentren en casos excepcionales como: migración, reinserción educativa, educación especial o inclusiva, vulnerabilidad, refugiados, jornada nocturna, deberán inscribirse del 5 al 17 de junio del 2017, en las sedes tradicionales de inscripción. Si su hijo o representado ya pertenece al sistema educativo fiscal, no debe realizar ningún trámite. La matrícula es automática. Fase consulta Los padres de familia o representantes podrán conocer la institución educativa en la que estudiará su hijo o representado del 10 al 22 de julio del 2017, a través de los siguientes canales: línea gratuita 1800-338222 (de 07h00 a 21h00 de lunes a domingo); página web http://juntos.educacion.gob.ec El representante recibirá un mensaje de texto (SMS) al número registrado en la inscripción. En las sedes de consulta dispuestas por el Ministerio de Educación.
Nuevos asambleístas ya tienen sus credenciales Yony Bustamante, del movimiento Pachakutik; y Alberto Zambrano y Luz Vega, del Movimiento PAIS.
Redacción Nacional
Listos para trabajar desde la Asamblea Nacional están los nuevos asambleístas de Orellana y Sucumbíos, quienes en la semana anterior recibieron sus credenciales de manera directa de los funcionarios del Consejo Nacional Electoral (CNE). El 20 de abril el presidente del CNE, Juan Pozo, entregó las credenciales a los asambleístas elegidos el 19 de febrero del 2017, principales y suplentes de la provincia de Orellana: Eddy Peñafiel, asambleísta principal, y su alterna
Foto juanpablopozo.com Yofre Poma (d), del Movimiento PAIS, recibió su credencial de manos del presidente del CNE, Juan Pozo
En Sucumbíos El 21 de abril la entrega en cambio se cumplió en Lago Agrio, donde recibieron sus credenciales los 3 asambleístas principales y los 3 suplentes: Yofre Martín Poma Herrera (principal) y Nelly Lisseth Andrade Villaprado (suplente) por Movimiento PAIS; Fredy Alarcón (principal) y Martha Cecilia Angulo Quiroga (suplente) por el partido Sociedad Patriótica; y Eliseo
Alexis Azuero Rodas (principal) y Flerida Yovana Guevara Lozada (suplente) por la Izquierda Democrática. El cronograma de entregas de credenciales de esta semana contempla el 24 de abril en Carchi e Imbabura; el 25 de abril en Esmeraldas y Santo Domingo; el 26 de abril en Pichincha, el 27 de abril en Santa Elena y Guayas. El 14 de mayo se posicionará la nueva Asamblea Nacional, el 19 de mayo los parlamentarios andinos y el 24 de mayo el nuevo presidente y vicepresidente de la República del Ecuador.
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Q-1071