NAPO
AÑO 20 Edición 968 Circula del 24 al 30 de septiembre del 2017
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EJEMPLARES DE CIRCULACIÓN GRATUITA
Napo celebra el día mundial del turismo
El Ministerio de Turismo ofrece para esta semana una amplia agenda de esta celebración. Se destaca la presentación de la ruta ancestral del cacao. Esta provincia tiene uno de los sitios más bellos del país para visitar, Misahuallí.
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EDICIÓN
Para el 2018, el Municipio de Lago Agrio
ya tiene pedidos de obras
El alcalde de Lago Agrio, Vinicio Vega, lideró el 16 de septiembre la socialización del presupuesto participativo 2018 para obras en el cantón.
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ORELLANA
La importancia de prevenir embarazos en adolescentes Mediante una feria pública, el Ministerio de Salud habló de los problemas que ocasionan los embarazos en edad adolescente.
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MUNDO
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Vivienda, servicios básicos y asfaltado, principales temas en socialización de presupuesto La socialización se realizó en una de las canchas del parque recreativo de la ciudad, el 16 de septiembre.
¿Al regalar una rosa estas usando floriografía?
Familias de Lago Agrio suscriben “Pacto por la ternura de nuestras niñas y niños” Redacción Sucumbíos
Redacción Sucumbíos
Agua potable, alcantarillado, asfaltado de calles de la ciudad y fomento de vivienda, son los temas que la ciudadanía de Lago Agrio expuso al Municipio de Lago Agrio en la socialización del presupuesto participativo del 2018 para obras en Nueva Loja. Alberto Encalada, presidente de la asociación de vivienda Lago Avanza, que agrupa a 780 socios, de los cuales 440 tienen escrituras de sus lotes legalizados, pidió que la asociación sea considerada como barrio o ciudadela y no lotización legal, mediante una reforma o transitoria, dijo el dirigente. Agregó que esto facilitaría el acceso al servicio de fluido eléctrico de parte de la empresa eléctrica, “por cuanto si somos lotización estamos considerados como entes privados”, subrayó Encalada, Otro tema de preocupación de la dirigencia, son los problemas que causan los esteros de agua en diferentes partes de la ciudad; que cuando llueve bastante, causan inundaciones y cuando están secos producen malos olores; prueba de ello es el estero Orienco que atraviesa la ciudad con estos inconvenientes anotados. Respecto a los servicios de agua potable
y alcantarillado, señalaron estar satisfechos del trabajo municipal. En la mayoría de participación de la dirigencia fue para agradecer a las autoridades; no obstante, no estaba por demás, pedir una obra o servicio para su barrio y sea considerada en el presupuesto para 2018. Nueva Loja tendrá cobertura de agua potable del 93 por ciento Según el alcalde Vinicio Vega, la dotación de agua potable ha sido una de las primeras preocupaciones de su administración, con el propósito de dotar de agua a la ciudad. Nuestra meta es que para 2018, la dotación de agua potable en Nueva Loja, tenga una cobertura del 93 por ciento”. Explicó que con el asfaltado de 5 kilómetros a ejecutarse el próximo año, algunos sectores de la ciudad serán los beneficiados. A pedido de los niños y niñas de la escuela especial Jefferson Pérez, Vega contestó a Anthony Ramírez, presidente del gobierno estudiantil de la institución, mediante el lenguaje de señas y a través de su intérprete, que en 2018, se realizará la obra solicitada y también, en lo posible construirles el cerramiento de la institución educativa. Como grupos de atención prioritaria, también
asistieron asociaciones de personas con discapacidad, para realizar sus pedidos. Así, el grupo de adultos mayores mis Años Dorados, regido por la unidad de acción social, pidió que se lo siga atendiendo de la misma forma como hasta ahora, “que por favor, sigamos con los talleres, reuniones que nos dan alegría”, mencionó Feliciana Encarnación. Que la Casa Hogar, que acoge a niños y niñas violentadas, siga ofreciendo su ayuda, dijo una ciudadana colombiana, quien comentó que su hija ha sido acogida en esa casa hogar. El alcalde hizo un anuncio que fue bien recibido por la ciudadanía para realizar los ajustes necesarios en concordancia al decreto ejecutivo de austeridad del gobierno nacional, que establece una reducción del 10 por ciento de las remuneraciones de los funcionarios que superan los 2.000 dólares mensuales. “Lo vamos a aplicar en el Municipio de Lago Agrio, voy a presentar un proyecto, donde todos los que ganamos más de 2.000 dólares, apoyemos a nuestro pueblo, para que con esos recursos económicos, se hagan más obras. Son más de 150.000 dólares” precisó, rubro que se aumenta a los 2.074.000 dólares existentes.
Con la participación de madres y padres de familia usuarios de los centros Infantiles del Buen Vivir (CIBV) y la modalidad creciendo con nuestros hijos (CNH) del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) se desarrolló el “Pacto por la ternura de nuestras niñas y niños”, en el cantón Lago Agrio. Este encuentro se realizó en el marco de la misión ternura, promovida por el gobierno nacional. Durante la jornada se realizaron mesas técnicas de trabajo, donde los participantes contaron las experiencias de su infancia, dieron ideas para fomentar la afectividad en el hogar y cómo lograr una positiva aplicación de lo aprendido en sus hogares y comunidades. Teodoro Loaiza, director distrital del MIES en Lago Agrio, manifestó que el objetivo es generar prácticas de crianza, cuidado y educación, con un buen trato y ternura en niños y niñas menores de 5 años, por medio del diseño e implementación de mecanismos de política pública y coordinación interinstitucional nacional y local. Luis Ontaneda, del barrio Orellana de Lago Agrio, agradeció al ministerio por generar estos espacios. “Estas iniciativas nos enseñan a generar ternura y fortalecer lazos de amor entre hijos y padres”, dijo. MIES atiende a 390 personas con discapacidad severa Con el objetivo de mejorar su calidad de vida y la de sus familias, el MIES atiende a 390 personas con discapacidad severa de la
provincia de Sucumbíos, a través del bono Joaquín Gallegos Lara, una transferencia mensual de 240 dólares destinado a este sector de la población. Jacobo, un joven de 19 años con hidrocefalia y discapacidad intelectual del 75 por ciento, es uno de los beneficiarios de este bono. Su madre, Ana Fernández, quien está al cuidado de Jacobo, dijo que gracias al apoyo del gobierno nacional han cubierto varias necesidades de su hijo como terapias, medicinas, ropa y alimentación. Víctor Chichay padre de Jacobo, manifestó que la corresponsabilidad en la familia es fundamental, “los técnicos del MIES están pendientes de nuestros familiares con discapacidad, pero si la familia no se empodera del tema las cosas se complican”, expresó. Además de esta transferencia económica, el MIES brinda a los cuidadores de las personas con discapacidad varias capacitaciones y talleres para mejorar la atención que recibe este sector de la población, dijo Ana Flores, técnica del bono Joaquín Gallegos del MIES, quien visita y monitorea periódicamente a varias personas con discapacidad. “El objetivo de nuestras visitas es dar seguimiento y promover la inclusión de la familia con la comunidad y la corresponsabilidad”, señaló Flores tras visitar a Jacobo en su vivienda, ubicada en el recinto El Vergel, de la parroquia General Farfán. En Sucumbíos el gobierno invierte, a través del MIES, alrededor de 748.000 dólares para entregar el bono Joaquín Gallego Lara en el año 2017.
Bailoterapia acuática se cumplió en Orellana Redacción Orellana
Con una charla de alimentación saludable y ejercicios de estiramiento, dirigidos por instructores del proyecto Ecuador ejercítate, 30 hombres y mujeres del cantón Francisco de Orellana, iniciaron la primera bailoterapia acuática en las instalaciones de la Brigada de Selva 19 Napo. Este proyecto que lidera la coordinación zonal 2 del Ministerio de Deporte, tiene como finalidad brindar a la ciudadanía más opciones para realizar actividad física y combatir el sedentarismo. Roxana Santillán, instructora de Ecuador ejercítate, manifestó que la bailoterapia acuática está destinada a todo público sin distinción de sexo, ni edad, el agua permite que los ejercicios que se realizan al interior de la piscina sean más
relajados, pero a la vez, tengan un doble esfuerzo, sin que la persona se fatigue, lo que permite al participante quemar más calorías y tener mejor resistencia”. En otras partes Santillán anunció que el Ministerio del Deporte implementará de manera paulatina la bailoterapia acuática en otros puntos de la provincia y de la zona 2, que también comprende las provincias de Napo y Pichincha. Para Marianela Bravo, habitante del barrio Santa Rosa, esta iniciativa es un buen método para eliminar el estrés diario, mientras se conserva la salud, “nos hemos apoderado del dicho el deporte es vida, por eso apoyamos toda iniciativa del Ministerio del Deporte para fomentar el buen uso del tiempo libre en actividades que ayuden a nuestra salud y se conviertan en un estilo de vida”. Como peces se comportaron las participantes de la bailoterapia en la piscina de la Brigada 19 Napo.
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Con el tiempo surgió la floriografía, (lenguaje de las flores) y con cada flor se decía algo distinto. Algunos ejemplos son el tulipán rojo que significa: “Yo te amo”, con la flor nomeolvides quieres decir: “Verdadero amor” y la flor de cactus significa: “En verdad te amo”.
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Comunidad
Día mundial sin auto en Orellana
Capacitación en producción orgánica y procesos de exportación Redacción Sucumbíos
El primer taller de “Producción orgánica en cultivos de la Amazonía” y el primer seminario de “Cómo iniciar el proceso de exportación” se cumplieron en Nueva Loja. El 18 y 19 de septiembre las capacitaciones estuvieron a cargo de Armando Bonifaz y Oscar Ruano, expositores invitados por la unidad de desarrollo sustentable (UDS) del Municipio de Lago Agrio, entidad que apunta a encasillar a los emprendedores para desarrollar un proceso integral y operativo con beneficiarios directos o indirectos, inmersos en la fabricación de derivados de caña de azúcar marca Dorada, que opera en Lago Agrio. Alrededor de 230 participantes estuvieron en estos talleres dictados por los expertos auspiciados por el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones ProEcuador. Gente de todos los sectores de la provincia participó en la cita, incluso de la provincia de Esmeraldas. Según Mayra Vincent, directora de la UDS, en la Amazonía norte la producción se basa fundamentalmente en la caña de azúcar, cacao, café y productos exóticos de la región, para industrializarlos y exportarlos, “es el valor agregado que tenemos que dar a nuestros productos”, dijo. La producción orgánica se enfoca en productos primarios como café, cacao, arroz; frutas tropicales como piña, papaya, arazá, noni, pitahaya, así la finca se tiene que convertir en orgánica,
Redacción Orellana
En Orellana también se cumplió el 22 de septiembre la iniciativa internacional del “día sin auto”. La organización que estuvo a cargo de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) de Orellana, Policía Nacional, escuela de conduc-
De manera unánime los miembros del concejo municipal de Shushufindi aprobaron la legalización de los planos del centro poblado de Provincias Unidas. En esta precooperativa el concejo municipal sesionó el 21 de septiembre. Allí, el arquitecto Paúl Romero, director de planificación del gobierno municipal, ratificó el informe técnico. “Esos sueños anhelados por muchos años, hoy son una realidad”, comentó el alcalde Esgar Silvestre, y recalcó que la actual administración trabaja en la aprobación
ción no profesional Ecaute, Somec de Orellana, Sindicato de choferes profesionales, tuvo la finalidad de evitar la contaminación ambiental, para lo cual se recomendó a los propietarios de vehículos motorizados se movilicen en bicicleta o cualquier otro transporte no contaminante.
Los conferencistas destacaron el potencial económico que tiene la cañicultura en las provincias de la Amazonía norte ecuatoriana.
agregó. “Así estamos garantizando productos sanos, que no tengan químicos, tampoco que tengan aditivos o preservantes. Debe ser un producto libre de toxinas o preservante que en la producción convencional se utilizan”, subrayó Vincent. Luis Rocha, del Ministerio de Industrias y Productividad (Mipro) de Sucumbíos, manifestó que este proceso se desarrolla desde su ministerio y la UDS para mejorar los procesos productivos y de emprendimientos en la provincia. Es decir, procesos que deben cumplir los emprendedores: marca, tipo de empaque, buenas prácticas de manufactura, de higiene; de cómo obtener las certificaciones con el Mipro y sobre todo, llegar a mercados exigentes del país y apuntando al mercado internacional. Dorada, una marca ejemplo para este proceso Mayra Vincent destacó el sitial que ha alcanzado la marca Dorada, pane-
Sesión del concejo municipal en Provincias Unidas Redacción Sucumbíos
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de planos en todo el cantón Shushufindi, para el sector urbano y centros poblados. Julio Carranza, vicepresidente de la precooperativa, manifestó que por más de 15 años han gestionado sin respuestas favorables, y hoy la actual administración dio paso a la legalización. “Ahora con los planos legalizados podremos gestionar otros beneficios para comunidad”, dijo. Cristina Brito, docente de la escuela Provincias Unidas, destacó el trabajo municipal en beneficio de la comunidad, y solicitó que continúe el apoyo de las autoridades para el sector.
la que se comercializa en la provincia. La finalidad es introducir este producto en los supermercados de Quito, Guayaquil y otras ciudades. En Colombia, Dorada ha estado en algunas ferias, explicó. El proceso inicia con la compra de la caña de azúcar a los cañicultores de la provincia. Antes les comprábamos a 30 dólares la tonelada, además se les debitaba 13 dólares por transporte; ahora les pagamos 45 y nosotros ponemos el transporte para retirar el producto; en el mercado nacional se paga 33 dólares la tonelada, precisó Vincent. El proceso inició en el 2014 con 15 beneficiarios en la venta de caña de azúcar. En la actualidad son más de 140 con un pago justo y a tiempo. “Estamos valorando el trabajo del agricultor en el campo, combinamos prácticas ancestrales de elaboración de panela, con la combinación industrial, resultado: panela Dorada”, concluyó la funcionaria.
Foto archivo La gente de Coca se movilizó, como en otras ocasiones, en bicicleta o simplemente caminó a sus lugares de trabajo.
MTOP de Napo labora en sus nuevas instalaciones Redacción Napo
Con el apoyo logístico desde la matriz y otras direcciones distritales del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), las actividades en la subsecretaría zonal 2 y la dirección distrital de Napo, se retoman luego de la devastadora inundación que
acabó con documentos, muebles y gran parte del sistema tecnológico, así como parte de la maquinaria. El personal brinda atención a la ciudadanía en las nuevas oficinas en el barrio Tereré con mobiliario donado y otros que se lograron rescatar. Evelyn Díaz, directora distrital del MTOP Napo, señaló que el depar-
tamento financiero y la secretaría se encuentran habilitadas al público. Además se realiza la movilización del equipo caminero al campamento de Cotundo (vía Archidona) y el resto a las nuevas instalaciones que el Municipio de Tena acondicionará con sistema de aire acondicionado, para las oficinas de bodega y archivo.
Las oficinas del MTOP están en el barrio Tereré, calle Calicuchima y Cofanes.
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Comunidad
FRASE
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San Pedro de los Cofanes se beneficia con obras Redacción Sucumbíos
Obras de servicios básicos y tendientes al fomento del deporte y distracción de los pobladores, fueron entregadas en la parroquia San Pedro de los Cofanes por el Municipio de Shushufindi. La nueva captación y repotenciación de la planta de tratamiento de agua potable de esta parroquia se inauguró el 16 de septiembre, inversiones que garantizan un servicio básico de calidad de vida para 240 usuarios de esta cabecera parroquial; obras ejecutadas con el plan maestro de agua potable emprendido por el Municipio. Milton Calderón, presidente del gobierno parroquial de San Pedro, calificó a este proyecto como una obra grande y ambiciosa en el desarrollo y bienestar de los habitantes. Asimismo, se refirió a la segunda fase cuya distribución de agua potable beneficiará a los recintos Las Nieves, El Arenal, Vergel, Crisol Amazónico y Unión Chimboracense. Esgar Silvestre, alcalde de Shushufindi, garantizó que existe agua suficiente y capacidad del sistema del líquido para abastecer a toda la parroquia, teniendo como base el plan maestro de agua potable. Por la inauguración se realizó un recorrido de las obras, donde la ciudadanía conoció la calidad de agua, desde su punto de captación hasta la planta de tratamiento. Nuevo espacio deportivo para San
“Ganchando” a los rivales fue inaugurada la cancha de ecuavóley de la parroquia San Pedro de los Cofanes.
Pedro de los Cofanes En una tarde deportiva, ante la presencia de los moradores de la parroquia San Pedro, fue inaugurada la cancha de ecuavóley, que contempla además baterías sanitarias, graderío, malla protectora e iluminación. La obra fue ejecutada por el Municipio de Shushufindi y entregada a la co-
INGREDIENTES: Papas medianas, 2 Nata líquida para cocinar, 100 ml Cebolla, ½ Bacon en tiras, 50 g Aceite para freír Huevo, 1 Sal Pimienta
PREPARACIÓN: Cortar las patatas en dados y dejar a remojo en agua fría para que pierdan todo el almidón. Freír en abundante aceite. Lo ideal es hacer una primera fritura a fuego medio y luego subir a fuego alto para dorarlas. (Aunque si tienes un poco más de tiempo, aquí te explicamos cómo hacer las patatas fritas perfectas). Retiramos del fuego y las ponemos en un colador para que escurran en aceite. Otra posibilidad es ponerlas sobre papel absorbente. Es importante que no queden aceitosas. En una sartén doramos la cebolla cortada como más nos guste. Yo soy muy fan de la cebolla así que la dejo en aros grandes. Añadimos el bacon cortado en tiras. Retiramos el sobrante de aceite y añadimos las patatas, mezclando bien. Sin esperar añadimos la nata, la sal y la pimienta y no dejamos de remover hasta que espesa y adquiere una textura cremosa. Servimos en un plato coronándolo con un hermoso huevo frito.
munidad el 16 de septiembre. Milton Calderón agradeció al alcalde del cantón por apoyar al deporte de este sector. “Pese a no estar considerada la obra en el presupuesto participativo, se construyó la cancha que beneficiará a todos, especialmente a la juventud”, dijo el directivo.
Por su parte, el alcalde Esgar Silvestre mencionó que este espacio de fomento al deporte y la recreación es muy valioso para aprovechar el tiempo libre de una forma correcta e hizo énfasis en las diferentes obras que se ejecutan en el resto de las parroquias. Silvestre expuso su predisposición
para continuar trabajando en la cancha de ecuavóley y demás obras necesarias para complementar este espacio que se proyecta como un centro turístico. En este sector el gobierno municipal también realizó la adecuación del terreno y el recubrimiento con hormigón armado en los gaviones ubicados en el sector.
Papascon nata
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Aprendí que la valentía no es la ausencia de miedo, sino el triunfo sobre el miedo. El hombre valiente no es el que no siente miedo, sino aquel que conquista ese miedo.
Opinión
Hablemos de la consulta popular En base a los pronunciamientos del presidente Lenin Moreno, en el año 2018 habrá una consulta popular sobre temas trascendentales para el país, cuyos contenidos hasta la semana anterior eran desconocidos. Muchos grupos han expresado que sus propuestas deben ser incluidas como preguntas en la futura consulta a las que califican de importantes desde su visión. Hasta la dirigencia neoliberal espera que sus pronunciamientos sean acogidos por Moreno; lógicamente para el beneficio del pequeño grupo que ha gobernado el país de diversas maneras. Veamos desde nuestro asiento si la eventual consulta beneficia o no al pueblo pobre, como a través de una pregunta que elimine el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), organismo que en todo caso sería reemplazado por un grupo de personas que escojan o designen a los funcionarios de varias instituciones. La señora de la tienda, el chofer profesional, el profesor rural, el cuida bosques amazónico,
¿serían favorecidos si desaparece el Cpccs?; seguro que no porque en los cargos altos, medianos e incluso de menor jerarquía, son colocados los amigos de los jefes, es decir que seguiría dominando el estilo piramidal. Por lo tanto lo sustancial para solucionar los problemas de la gente pobre no existe porque simplemente a los grupos de poder no les conviene perder el mínimo espacio dentro del ámbito hegemónico. Por eso recordamos que la ideología que domina al pueblo no es más, al estilo marxista, que una falsa conciencia que esconde los intereses de otros. Ese discurso de igualdad, libertad y confraternidad, que impulsó a la revolución francesa, no fue sino una excusa para que la naciente burguesía europea tome el poder frente a los feudales e iglesia de la época, mientras que la gente
continuaba soportando las mismas represiones y política represiva de los nuevos gobernantes. Nosotros, desde esta modesta tribuna de la expresión, proponemos mediante pregunta de la consulta, eliminar las remuneraciones que reciben los expresidentes de la República porque demuestran que existe preferencia para unos pocos que llegan al cargo, aunque no hayan terminado. ¿Por qué un determinado empleado institucional no puede percibir un sueldo luego de terminar su contrato y sí son beneficiados los expresidentes? Otra pregunta, que ya la expresamos hace varias semanas, es la relacionada a poner un tope de 2.300 dólares mensuales para todos los asambleístas y una cifra menor para prefectos, alcaldes, concejales y consejeros, gobernadores y altos jefes, y que esos dineros
ahorrados sea invertidos, bajo una seria auditoría, en obra pública de las parroquias rurales de todas las regiones del Ecuador. Por otra parte vemos que grupos “marxistas leninistas”, pero neoliberales, desean desde su posición recobrar el dominio en la educación pública con ese cuento de tener educación libre y gratuita; asimismo recordamos los tiempos en que para conseguir un cupo en las universidades públicas tocaba dormir hasta dos noches fuera de una cierta facultad. Y por supuesto que pocos, de la inmensa cantidad de aspirantes, tenían acceso seguro. Y lo peor, después de graduarse no había dónde trabajar. Sobre todos estos juzgamientos aspiramos a que la promocionada consulta popular no sea otra de esas convocatorias para beneficiar a los mismos de siempre.
Aut. O-SUC-00-001 Fundadores 1997 Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota Director-Fundador: Director-Editor: Presidenta: Vicepresidente: Gerente:
Galo Guevara Bayardo Pérez Yajaira Sánchez Enrique Quinteros Gladys Granda
SUCUMBÍOS Responsable: Carlos Navarrete Corresponsal: Carlos Navarrete Eloy Alfaro y 12 de Febrero (esq) Telefax: 06 2830 680 / 06 283 3400 PASTAZA Ceslao Marín y 20 de Julio Télf.: 099 822 6344 / 022 906 827 ORELLANA Responsable: Lizandra Torres Seis de Diciembre y Guayaquil Telf.: 062 806 246 NAPO Responsable: María Ajón Telf.: 099 869 9926 Av. García Moreno y Olmedo Telf.: 062 888 268 QUITO Corresponsal: Segundo Bunchi Salvador Rivera N29-18 entre Cristóbal de Acuña y Bartolomé de las Casas Telf.: 022 906 827 / 022 553 598 099 710 3969 DISEÑO EDITORIAL
Gustavo Salazar
COBERTURA Provincias del Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus cantones y parroquias respectivas.
IMPRENTA-EDITORIAL: Periódico Independiente 10.000 a 12.000 ejemplares en circulación semanal VISITE: www.periodicoindependiente.com periodico@periodicoindependiente.com La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior. Los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan el pensamiento del periódico.
Espacio para todas las expresiones del alma
Precisamos espacio para todas las expresiones, oponerse a ellas, paraliza la vitalidad de los seres pensantes. Indudablemente, ante la escasez de pensamientos, hay más docilidad y menos actos creativos para disolver ideologías dominadoras, que nos constriñen hasta adormecernos. Únicamente la autenticidad nos hará libres y es, desde esta naturalidad expresiva, como podemos romper las cadenas. Sin duda, hoy más que nunca, necesitamos mensajes liberadores frente a tantas opresiones, la más grave reducir al ciudadano a ser la voz de su señor, a ser propiedad de otro, con la fuerza, el engaño o el adoctrinamiento. Por desgracia, la mentira es la gran dominadora, hasta el punto que la hemos convertido en una gran bola de nieve, que cuanto más rueda, más grande se vuelve. De ahí la necesidad de activar la cultura como conciencia colectiva, como modo de pensar y de vivir. En realidad, cohabitar como ciudadano, significa elegir una actitud comprensiva sin dejar de ser uno mismo, bajo la necesidad de convivir libremente con los seres de su propio linaje, dotándonos para ello, de artes o lenguajes diversos, para que sean el gran instrumento y lazo común que nos fraternice. Precisamente sobre todo esto, pude recapacitar hace unos días, al asistir a una espléndida actuación, organizada por la Parroquia Nuestra Señora de los Olmos, dentro del XIV Ciclo Internacional de Conciertos, Órgano Histórico, templo ubicado en la paradisiaca localidad manchega del campo de Montiel, Torre de Juan Abad (Ciudad Real), en la que intervinieron: Sofía Pintor Aguirre (Voz soprano), Martín Cantarero Veláz-
quez (Saxo soprano), Jesús Eusebio Jimeno Martínez (Saxo tenor) y Augusto Jerez García (Saxo barítono). Verdaderamente pude observar, junto a este pueblo con una población que sobrepasa el millar de habitantes, lo importante que son este tipo de eventos para elevar la mirada del ser humano hacia el Creador. Desde luego, el marco era incomparable, y los intervinientes con toda la intensidad de su noble alma, aparte de mostrarnos la belleza del encuentro espiritual, también pudimos compartir unidos la hondura de este irrepetible momento de elevado valor cultural. Deseo manifestar, por consiguiente, mi profunda gratitud al Ayuntamiento de Torre de Juan Abad, por su patrocinio, pues son estos eventos los que nos hacen más humanos, más pueblo, más corazón en definitiva. Sería bueno que sirviera de referente. En tantos momentos de aprietos, este tipo de cultivos, no solo alivia la situación de dificultad humana de cada cual, también contribuye a sentirnos alimentados espiritualmente. No olvidemos que, con muy poco presupuesto se pueden hacer grandes cosas, y yo me sentí poblado de felicidad ese día. Al pueblo y a los miembros del grupo, por ende, deseo expresar mi aprecio por el talento y la energía con que han interpretado los sugestivos fragmentos musicales, deseándoles largas e intensas intervenciones por todo el planetario. Estamos necesitados de su aliento y de su armónico hacer. En verdad, si no fuera por este tipo de expresiones del alma, tendríamos más razones para volvernos locos. Por eso, cualquier recóndito lugar del mundo, ha de propiciar este tipo de gozos, que infunden esperanza en el corazón humano, tan necesitado
de luz y tan desbordado por los desconsuelos. Realmente, concurre un misterioso y profundo nexo entre música y anhelo, entre el color del verso y el pentagrama de esencias, entre el dibujo del camino y el horizonte que abrazamos. Con razón, la tradición cristiana representa a las almas bienaventuradas cantando en coro, arrebatadas y extasiadas por la belleza de Dios. De igual modo, para los no creyentes, la alegría del canto y de la música, el abecedario pictórico o el mismo arte en general, es también una invitación constante a embellecerse con la existencia. Reivindico, pues, estos espacios que nos trascienden, haya donde habite cualquier ser humano. Al igual que la ley natural es un común denominador a todos los seres humanos y a todos los pueblos, igualmente el arte es una necesidad para nuestras habitaciones interiores. En consecuencia, hemos de pensar que somos cuerpo y espíritu a la vez, y por tanto, lo que nivela nuestras acciones es el alma que pongamos cada día. De ahí que cada contienda sea una destrucción del espíritu humano y, en cambio, cada expresión interna nuestra acreciente, junto a un respeto mutuo, también un soplo de humanidad más allá de las miserias humanas; no en vano, cualquier tipo de arte puede dar nombre a lo innombrable, compañía al solitario, y hasta comunicar ese mundo invisible que a veces queremos sentir, oír, ver y tocar. Más pronto que tarde retornaremos a la Torre de Juan Abad, pues no hay mejor reconstituyente. Quevedo, en su tiempo, se liberó de cruces y yo me liberaré de mundanidad. Descubran el paraíso conmigo. Víctor Corcoba Herrero corcoba@telefonica.net
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Solo el trabajo Mis amigos lectores, permítanme referirme a un tema que trasciende en la preocupación del día al día, como es el momento que nuestro país atraviesa una baja del petróleo, y que sicológicamente nos trasmite a todos y nos afecta la economía familiar y del entorno en el que nos desenvolvemos. Este fenómeno entre otros, al más común de los ecuatorianos, nos pasa algo, falta de trabajo, en el negocio se vende menos, no se cancelan los sueldos a tiempo, despidos del trabajo, y las cuentas por pagar nos acosan de todos lados, del banco, algún crédito de compra de algún aparato para nuestro hogar, o simplemente no se puede ahorrar, vivimos al día pero muy preocupados. Pero realmente todo esto es verdad, o algo de verdad; cómo lo tomamos cada ciudadano, qué impacto nos causa a cada uno; topo este tema porque nos pone en alerta, pero al mismo tiempo también nos pone atentos para no dejarme llevar por la ruta del negativismo y buscar formas o maneras de contrarrestar esta avalancha. Entonces digo, qué experimento o desarrollo o experiencia nos podría salvar para no caer en este antipático momento; me parece que sin medir nuestra condición ocupacional; simplemente trabajar más, después de la jornada normal del horario, o prepararse académicamente para obtener un mejor trabajo, ya sea recibiendo cursos, charlas preparadas, o buscar un título; además tener actitud de emprendimiento ganador, ser más útil a mi equipo de trabajo, hacer producir más la empresa, o sea un rendimiento eficaz; la idea clara es no quedarse quieto frente a las dificultades presentes, yo soy un convencido de que solo el trabajo nos abrirá la puerta de nuestro desarrollo y nos sentiríamos más proactivos. El no prepararnos disminuye las posibilidades de un digno empleo, o simplemente un mejor empleo, porque necesariamente estemos en cualquier ambiente de trabajo, es necesario desempeñarse como un buen profesional, o sea un valor agregado a lo que nos han encomendado, ya que un buen trabajador, de lo que sea profesionalmente, si es bueno, es buscado, valorado y cotizado, entonces en la situación que se mueva la economía siempre habrá trabajo para el bueno. Pero lo que sucede en buena parte de los ciudadanos, es que si apenas cumplimos con nuestro horario, llegamos atrasaditos y queremos salir primeritos. Dependiendo de la empresa sea pública o particular debemos ser honrados, y buenos cumplidores realizando un excelente trabajo, ya que de nuestro trabajo sale para pagar haberes, y ahí se siente el hacer bien, da satisfacción de un deber cumplido y cobrar nuestro rol con gusto y alegría y a disfrutar con la familia. Entonces todos por el país, la provincia, el cantón y la familia, que pese a lo antipático que nos parezca lo político, es una materia necesaria, a la indisciplina y antivalores de la sociedad, estés y donde estés, aquí lo sobresaliente es trabajar y solo trabajar; el mismo que es ejemplo a nuestros hijos, a la sociedad y a las futuras generaciones, forma única de tener éxito en la vida, como para honrar nuestra presencia en este sistema laboral. Contagiemos esa energía que trasmita ejemplo de vida responsable.
Washington Jhonder Fiallos reywashonder@hotmail.com
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Judiciales
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL TRAMITE: EJECUTIVO CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO JUICIO Nro.: 00019-2016 ACTOR: GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A. DEMANDADO: TOMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO CUANTÍA: CINCO MIL DOLARES CASILLERO: 0064 DEL DOCTOR VLADIMIR ESPINOZA JUEZ: Dr. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: FANY JUMBO GOMEZ PRIMERO: PRESTAMO DE AMORTIZACION: 1. A. PRESTAMO: Mediante CONTRATO celebrado por documento privado el 19 de FEBRERO DEL 2014 reconocido legalmente, el BANCO DE GUAYAQUIL SA. Dio en préstamo a favor del SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO, la suma de CUATRO MIL CUATROCIENTOS 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA {USD; $4.400,00) con una tasa de interés nominal 15.20% anual que equivale a una tasa de interés efectiva del 16.30 % anual. 1. B. PLAZO Y FORMA DE PAGO: EL SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO, se obligaron a pagar la suma de dinero mutuada al BANCO DE GUAYAQUIL S A, EN EL PLAZO DE 1080 DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO QUE SE ADJUNTA, MEDIANTE 36 CUOTAS O DIVIDENDOS MENSUALES ¿CUYOS MONTOS Y FECHAS SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN LA TABLA DE AMORTIZACION GRADUAL QUE SE ACOMPAÑA. 1. C. INTERÉS REAJUSTABLE: En la. Cláusula Cuarta del Contrato, los contratantes expresamente convinieron que la tasa de interés nominal inicial del Préstamo será reajustada cada noventa días por 1.10 veces la tasa activa efectiva referencial del segmento de crédito CONSUMO para operaciones en dólares de los Estados Unidos de América a la fecha de inicio del periodo de reajuste.
FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PRETENSION Con estos antecedentes expresados, aseverando y afirmando que el SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO se encuentran incursos en la causal prevista en el párrafo segundo de la Cláusula Decima del Contrato de Préstamo, esto es, que han incurrido en mora en el pago de más de un dividendo, en mi calidad de PROCURADORA JUDICIAL DEL ECONOMISTA ANGELO LUIS CAPUTI OYAGUE, PRESIDENTE EJECUTIVO. Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A., y amparada en la misma Cláusula Decima del referido Contrato de Préstamo, declaro de plazo vencido la totalidad de la obligación. constante del Contrato de Préstamo que el BANCO DE GUAYAQUIL S.A. otorgó a favor del SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO, mediante documento privado celebrado el 19 DE FEBRERO DEL 2014 y reconocido legalmente; y, con fundamento en el mismo Contrato de Préstamo que aparejo a esta demanda, el mismo que constituye título ejecutivo al tenor de la norma del Artículo 413 del Código de Procedimiento Civil, conteniendo obligación igualmente ejecutiva conforme a lo señalado en el Artículo 415 del cuerpo de Leyes últimamente citado, acudo ante usted y en JUICIO EJECUTIVO; demando al SEÑOR TOMMY MAURICIO TACURI ZAMBRANO, a fin de que en sentencia te condene pague al BANCO DE GUAYAQUIL S.A.; los siguientes valores: A- Los dividendos vencidos, más el interés de mora calculado de conformidad con el contrato que se apareja a esta demanda; B.- El saldo del préstamo o capital reducido, cortado a la fecha del último dividendo en mora, así mismo, con los intereses calculados de acuerdo a lo establecido en el Contrato que se adjunta, desde esa fecha y hasta la completa cancelación de la obligación. C.- Tasas, costas, gastos y expensas judiciales que serán reintegradas con una tercera parte más, conforme lo prescribe el Artículo 936 de la actual codificación del Código de Procedimiento Civil; y, D.- Los honorarios profesionales de mis Abogados Defensores que serán regulados de conformidad con la Ley de Federación de Abogados. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.Lago Agrio, 20 de enero del 2016, las I0h36.-VISTOS: En lo principal y por cuanto la demanda, presentada por la DRA. AGUIRRE BENALCÁZAR GEAN MAGALY, en su calidad de PROCURADORA JUDICIAL del Economista Ángelo Luis Caputi Oyague, PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL SA, conforme al documento justificativo adjunto, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUICIO EJECUTIVO, considerándose que los documentos aparejados prestan mérito para ello conforme al mandato de los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; en consecuencia y con fundamento de lo dispuesto por el artículo 421 Ibídem, se dispone que el demandado señor TACURI ZAMBRANO TOMMY MAURICIO, en calidad de deudor principal; dentro del término legal de tres días pague el valor total adeudado y reclamado, o deduzca sus excepciones a las que se crea asistido, debiendo para ello citárselo en el lugar que se indica en la demanda, remitiéndose para el efecto las boletas correspondientes a la Sala de Citadores; previniéndole además al mismo demandado de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones, en esta jurisdicción, bajo las prevenciones legales. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, tómese en cuenta la cuantía de la demanda; así como se tenga en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte adora para sus notificaciones y la autorización conferida a sus defensores. Actúe la señora Actuaría del Despacho. NOTIFIQUESE Y CITESE.UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- Lago Agrio, miércoles 05 de julio del 2017, las I4h24.- Los escritos y deprecatorio adjunto al mismo, presentado por la parte accionante, incorpórese al expediente y en atención a los mismos se dispone: En lo principal se dispone que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico de la Función Judicial, atento el Juramento rendido por la actora Gean Magaly Aguirre Benalcázar, en su calidad de Procuradora Judicial del Banco Guayaquil S.A del Economista Ángelo Luis Caputi Oyague, Presidente Ejecutivo y Representante Legal del Banco de Guayaquil S.A de la imposibilidad de determinar el domicilio del demandado Señor Tommy Mauricio Tacuri Zambrano y de que ha realizado todas las gestiones tendientes a averiguar el lugar de citación del mismo demandado, se proceda a citarse por la prensa en uno de los semanarios que se editan en la ciudad de Nueva Loja, mediante tres publicaciones, para lo cual la señora Actuaría elabora el correspondiente extracto de prensa para la publicación de la citación dispuesta. NOTIFIQUESE.Particular que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja, 07 de agosto del 2017.Abg. Fany Jumbo Gómez SECRETARIA 2/3 Q-1137
REPUBLICA DEL ECUADOR MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma a los demandados: herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fuera: CAMPOVERDE VARGAS JOSE MARIA Y MERCEDES DOLORES CAMPOVERDE BRAVO, o a quien tenga interés y el derecho de oposición, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: CALERO CALERO VICTOR UBALDO DEMANDADOS: CAMPOVERDE CAMPOVERDE SANTOS, CAMPOVERDE CAMPOVERDE SANTOS ARCENIO, CAMPOVERDE CAMPOVERDE ELBA VICTORIA, CAMPOVERDE CAMPOVERDE VICENTE PABLO, MATRHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE Y CAMPOVERDE CAMPOVERDE ALEJANDRO SANTOS JUICIO: 21332-2017-00221 CAUSA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: CUARENTA MIL DOLARES AMERICANOS (USD 40.000) CASILLA JUDICIAL: FUNDAMENTOS: Arts. 603, 715, 2398, 2410, 2411 y siguientes del Código Civil UNIDAD JUDICIAL: MULTICOMPETENTE CON SEDE EN
SHUSHUFINDI VICTOR UBALDO CALERO CALERO, ciudadano ecuatoriano, con cedula de ciudadanía No. 1102732748, de 48 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación agricultor y con domicilio en su predio, ubicado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de julio, cantón shushufindi, provincia de Sucumbíos, ante usted respetuosamente comparezco con la siguiente demanda de PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.1.- DATOS DE LOS DEMANDADOS.- Las personas contra quien se presenta la presente demanda son : SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, SANTOS ARCENIO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, ELBA VICTORIA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada, de ocupación QQ:DD y domiciliada en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., VICENTE PABLO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, MARTHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada, de ocupación QQ.DD. que tiene su domicilio en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo y ALEJANDRO SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor, que tiene su domicilio en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo2.- LUGAR DE CITACION DE LOS DEMANDADOS: SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos.SANTOS ARCENIO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, ELBA VICTORIA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, VICENTE PABLO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, MARTHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo, para lo que se realizara mediante deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente de la Joya de los Sachas. ALEJANDRO SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo, para lo que se realizara mediante deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente de la Joya de los Sachas. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Shushufindi, a quienes deberá citárselos en legal y debida forma, en su despachos ubicados en el edificio de la municipalidad, que está ubicado en la calles 7 de Agosto entre 11 de Julio y Aguarico, frente al parque de la localidad., de conformidad con lo prescrito en el Art. 473 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización. 3.- FUNDAMENTOS DE HECHO.- Es el caso señor Juez, que desde el 01 de diciembre de 1998, en que celebre escritura pública de cesión de derechos y acciones con el señor Santos Campoverde Campoverde, heredero de José María Campoverde y Mercedes Dolores Campoverde, hoy difuntos, me encuentro en dicho bien raíz, en posesión pacifica e ininterrumpida, por más de 15 años de manera pública, notoria y con ánimo de señor y dueño, lote de terreno situado en el Recinto Unión Platense, comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE.- con la vía al Arenal, en 237 m. rumbo N90 00 00E., al SUR.- con el lote No. 18 hoy propiedad de Víctor Miguel Erique Tacuri en 241,80 m. Rumbo 85 40 16 W., ESTE.- con el lote No. 19 de Benjamín Vargas en 309,60 m. Rumbo S 00 29 48 E y al OESTE.- con el lote No. 17 de Francisco Encarnación en 327,90 mts. Rumbo N00 14 53 E., que da una superficie de 7.62 has., según plano adjunto, de tal forma que todas la personas que viven en la zona, me reconocen como legítimo propietario. En el mencionado lote de terreno, con mis propios esfuerzos y recursos he realizado lo siguiente: casa de madera, cultivos de ciclo corto ( maíz, yuca etc. ), cultivos de ciclo largo ( cacao, café, plátano, pasto, etc. otros( árboles frutales ). En la vivienda construida, junto con mi familia vivo por más de 15 años, sin interferencia de nadie y siempre manteniendo el ánimo de señor y dueño. 4.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.- La presente demanda se encuentra amparada en los Art. 603 ( modos de adquirir el dominio), 715 ( posesión y sus diferentes calidades), 2398 ( De la prescripción por las que se adquiere las cosas), 2410 ( dominio de las cosas comerciales), 2411( tiempo necesario para adquirir ) y siguientes del Código Civil vigente 5.- PRUEBA.- Como prueba de lo afirmado en acápites anteriores, a la presente demanda acompaño como prueba lo siguiente: Prueba documental: Escritura pública y Certificado del Registro de la Propiedad, a nombre de José María Campoverde, con lo que demuestro que el terreno de mayor extensión, posee escrituras públicas. Posesiones Efectivas de los yacentes José María Campoverde realizada el 1 de marzo del 2005 y Mercedes Dolores Campoverde, realizada el 15 de junio del 2016, con lo que demuestro que ellos fallecieron y no dejaron resuelto los problemas de las tierras ni para sus hijos, peor para los demás posesionarios. Escritura pública de cesión de derechos y acciones celebrada con Santos Campoverde Campoverde el 01 de diciembre de 1998. Inspección judicial e informe pericial suscrito por un perito inscrito en el Consejo de la Judicatura, donde se determina las dimensiones, linderos y superficie de terreno de 7.62 has, que me encuentro en posesión pacifica e ininterrumpida. Prueba testimonial: Se recepte los testimonios de las siguientes personas: Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde, Elba Victoria Campoverde, Gloria Nancy Campoverde y Ezequiel Daniel Vargas, a quienes se les notificara en sus domicilios ubicados, a los dos primeros en la parroquia San Roque, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos y a los siguientes en el recinto Unión Paltense de la parroquia 7 de julio, provincia de Sucumbíos.Prueba pericial. Testimonio del Arq. Luis Alfredo Changotasig Quisatasig perito, quien hizo la pericia de levantamiento topográfico, existencia de cultivos y valoración de los mismos, así como el reconocimiento del lugar, materia de la prescripción. PRETENCION.- Señor Juez, recurro ante usted, para que mediante sentencia, su Autoridad se sirva declararme como dueño y propietario absoluto del bien inmueble situado en el Recinto Unión Platense, comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE.- con la vía al Arenal, en 237 m. rumbo N90 00 00E., al SUR.- con el lote No. 18, hoy propiedad de Víctor Miguel Erique Tacuri en 241,80 m. Rumbo 85 40 16 W., ESTE.- con el lote No. 19 de Benjamín Vargas en 309,60 m. Rumbo S 00 29 48 E y al OESTE.- con el lote No. 17 de Francisco Encarnación en 327,90 mts. Rumbo N00 14 53 E., que da una superficie de 7.62 has. por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio. Debiendo ordenar que se inscriba la sentencia, en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi, una vez que se haya protocolizado en una de las Notarías del país. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 2413 del Código Civil. TRAMITE.- La presente causa, conforme lo prescribe el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 290 ibídem. Deberá tramitarse por Procedimiento Ordinario. CUANTIA.- Fijo la cuantía de la presente causa en 40.000 USD. DESIGNACION DE ABOGADO DEFENSOR Y NOTIFICACIONES.- Designo como mi abogado defensor al Dr. Francisco Revelo Ojeda, profesional del derecho a quien autorizo para que presente cuanto escrito fuere necesario, señalando el correo electrónico eucli1@ yahoo.com, para recibir mis notificaciones. Suscribo conjuntamente con mi abogado defensor.VICTOR UBALDO CALERO CALERO, DR. FRANCISCO REVELO OJEDA MAT. 212009-06 FAS. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.- Shushufindi 23 de mayo del 2017; VISTOS: El señor Dr. Luis Tatamues, Juez de esta Unidad Judicial Multicompetente de Shushufindi, ha emitido auto inhibitorio con fecha 19 de abril del 2017, con fundamento en lo que disponen los Arts. 120 numeral 2 del Código Orgánico General de Procesos y 129 numeral 9 del Código Orgánico de la Función Judicial, argumentando de que ha sido esta autoridad quien ha practicado una diligencia preparatoria de Inspección Judicial respecto del predio objeto de la pretendida prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio. El Art. 123 del referido Código Procesal determina que la competencia para conocer y ordenar la práctica de diligencias preparatorias se radica por sorteo de acuerdo a la materia del proceso en que se pretenda hacer valer y determina la competencia de la o el juzgador para conocer del proceso principal, que en la especie ha sido el suscrito Juez quien ha conocido respecto de la diligencia preparatoria. Por lo expuesto siendo procedente dicha inhibición con sustento en lo que dispone el referido Art. 123 se la acepta y en consecuencia se dispone se ponga en conocimiento de las partes la recepción del proceso. En lo principal, radica la competencia de esta autoridad, corresponde resolver respecto de la admisibilidad de la pretensión. En consecuencia: la demanda propuesta por Calero Calero Víctor Ubaldo, con cédula de ciudadanía No. 1102732748, en contra de Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde, Elba Victoria Campoverde Campoverde, Vicente Pablo Campoverde Campoverde, Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, es clara, precisa, completa y reúne los presupuestos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo determinan los Arts. 291 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; en consecuencia, con el contenido de la misma, auto de calificación y anuncios probatorios, cítese a los demandados Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde, Elba Victoria Campoverde Campoverde, Vicente Pablo Campoverde Campoverde, Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, en los domicilios señalados, de forma inmediata y a través de secretaria, a quienes se les prevendrá de la obligación que tienen de contestar la demanda en el término de treinta días conforme el inciso segundo del Art. 291 ibídem,
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señalar domicilio judicial para sus notificaciones y designar defensor, bajo apercibimiento que, de no hacerlo, se continuará el trámite en rebeldía. Para la práctica de las diligencias de citación a los demandados Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil o Multicompetente del Cantón Joya de los Sachas, Provincia de Orellana a quien se le remitirá el correspondiente despacho. Se dispone se cite con el contenido de la presente demanda, auto de calificación, y anuncios probatorios efectuados a los señores Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, en sus despachos, de conformidad con lo previsto en la disposición general décima del Código Orgánico de Organización Territorial, a quienes se les preveendrá de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para sus notificaciones. Tómese en cuenta el trámite señalado por la demandante, la cuantía especificada, el domicilio en el que ha de recibir notificaciones el demandante y la autorización que confiere a su defensor. Tómese en cuenta los anuncios probatorios realizados por el accionante. Actúe el Ab. Rodrigo Vásquez, como secretario del despacho. Hágase saber. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.- Shushufindi 18 de agosto del 2017, VISTOS: Se dispone se agregue al proceso el deprecatorio enviado por el señor Ab. Tobías Castro Castro, Secretario Temporal de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Joya de los Sachas, de la cual se desprende se ha citado a los demandados Alejandro y Martha Campoverde, ingresado con fecha 16 de agosto del 2017; se dispone se agregue al expediente el escrito presentado por Esgar Alonso Silvestre y Gustavo Chiriboga, en su calidades de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, ingresado con fecha 08 de agosto del 2017; tómese en cuenta el domicilio señalado para sus notificaciones; se dispone se agregue al proceso el escrito presentado por los demandados Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde y Elba Victoria Campoverde Campoverde, ingresado con fecha 17 de agosto del 2017; tómese en cuenta el domicilio señalado para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensor; en cuanto al allanamiento efectuado se lo tomará en cuenta en el momento respectivo. Conforme lo determina el Art. 37 del COGEP, se designa en calidad de Procurador Común para esta causa a la señora Elba Victoria Campoverde Campoverde. Con sujeción a lo que dispone el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, se dispone se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese a la funcionarias respectiva, a través de secretaría, de cuya inscripción se dejará constancia en autos. Con el fin de evitar nulidades procesales, atendiendo a lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 y 58 del Código en referencia se dispone se cite además a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fueron Campoverde Vargas José María y Mercedes Dolores Campoverde Bravo, mediante tres publicaciones, en fechas distintas, que se realizará en uno de los periódicos de mayor circulación de esta Provincia, considerando que en esta localidad no existe dicho medio de comunicación, para lo cual el señor actuario del despacho elabore el extracto correspondiente, concediéndoseles a los mismos el término de treinta días para contesta la demanda, señalar domicilio judicial y designar defensor. Realizadas las publicaciones se incorporará al proceso las publicaciones íntegras. Hágase saber. Abg. Rodrigo Alejandro Vásquez Álvarez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI F: 4052 3/3 S: 3746
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma a los demandados: herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fuera: CAMPOVERDE VARGAS JOSE MARIA Y MERCEDES DOLORES CAMPOVERDE BRAVO, o a quien tenga interés y el derecho de oposición, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: VARGAS BARBA EZEQUIEL DANIEL DEMANDADOS: CAMPOVERDE CAMPOVERDE SANTOS, CAMPOVERDE CAMPOVERDE SANTOS ARCENIO, CAMPOVERDE CAMPOVERDE ELBA VICTORIA, CAMPOVERDE CAMPOVERDE VICENTE PABLO, MATRHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE Y CAMPOVERDE CAMPOVERDE ALEJANDRO SANTOS JUICIO: 21332-2017-00222 CAUSA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: VEINTICINCO MIL DOLARES AMERICANOS (USD 25.000) CASILLA JUDICIAL: FUNDAMENTOS: Arts. 603, 715, 2398, 2410, 2411 y siguientes del Código Civil UNIDAD JUDICIAL: MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI EZEQUIEL DANIEL VARGAS BARBA, ciudadano ecuatoriano, con cedula de ciudadanía No. 2100030531, de 42 años de edad, de estado civil casado, de ocupación agricultor y con domicilio en su predio, ubicado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de julio, cantón shushufindi, provincia de Sucumbíos, ante usted respetuosamente comparezco con la siguiente demanda de PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.1.- DATOS DE LOS DEMANDADOS.- Las personas contra quien se presenta la presente demanda son : SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, SANTOS ARCENIO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., ELBA VICTORIA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada, de ocupación QQ.DD. y domiciliada en el Recinto Union Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., VICENTE PABLO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en el Recinto Union Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, MARTHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada, de ocupación QQ.DD. que tiene su domicilio en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo y ALEJANDRO SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor, que tiene su domicilio en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo 2.LUGAR DE CITACION DE LOS DEMANDADOS: SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, SANTOS ARCENIO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, ELBA VICTORIA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., VICENTE PABLO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en el Recinto Union Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos MARTHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo, para lo que se realizara mediante deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente de la Joya de los Sachas y ALEJANDRO SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo, para lo que se realizara mediante deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente de la Joya de los Sachas. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Shushufindi, a quienes deberán citárselos en legal y debida forma, en su despachos ubicados en el edificio de la municipalidad, que esta ubicado en las calle 7 de agosto entre 11 de julio y Aguarico, frente al parque de la localidad., de conformidad con lo prescrito en el Art. 473 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización. 3.- FUNDAMENTOS DE HECHO.- Es el caso señor Juez, que desde el 09 de agosto de 1995 en que celebre contrato de cesión de derechos y acciones con la conyugue Mercedes Dolores Campoverde, viuda de José María Campoverde, hoy fallecidos, me encuentro por mas de 15 años, en posesión pacifica e ininterrumpida, publica, notoria y con animo de señor y dueño, lote de terreno situado en el Recinto Unión Platense, comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE.- con el Lote No. 18, hoy propiedad de Víctor Miguel Erique Tacuri en 254,30 m. Rumbo N 90 00 00 E, al SUR.- con el lote No. 18, hoy propiedad de Cristobal Celi y Rosa Armijos en 256,90 mts, Rumbo S 89 19 05 W, al ESTE.- con el lote No. 19 de Benjamin Vargas en 196,00 mts, Rumbo S 00 29 48 E y al OESTE.- con el lote No. 17 de Francisco Encarnación en 199,00 mts, con una superficie de 5,04 has., según plano adjunto, de tal forma que todas la personas que viven en la zona, me han reconocido como legítimo propietario. En el mencionado lote de terreno, con mis propios recursos he realizado las obras que detallo a continuación: cultivos de ciclo corto ( maíz, yuca etc. ), cultivos de ciclo largo ( cacao, café, plátano, pasto, etc. otros( arboles frutales ).En dicho terreno, junto con mi familia hemos mantenido por más de 15 años, sin interferencia de nadie y siempre manteniendo el ánimo de señores y dueños. 4.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.- La presente demanda se encuentra amparada en los Art. 603 ( modos de adquirir el dominio), 715 ( posesión y sus diferentes calidades), 2398 ( De la prescripción por las que se adquiere las cosas), 2410 ( dominio de las cosas comerciales), 2411( tiempo necesario para adquirir ) y siguientes del Código Civil vigente. 5.- PRUEBA.- Como prueba de lo afirmado en acápites anteriores, a la presente demanda acompaño como prueba lo siguiente: Prueba documental: Escritura pública y Certificado del regis-
¿Las frutas y verduras frescas son más nutritivas que las congeladas? tro de la propiedad, a nombre de José María Campoverde, con lo que demuestro que el terreno de mayor extensión, posee escrituras públicas. Posesiones Efectivas de los yacentes José María Campoverde y Mercedes Dolores Campoverde , con lo que demuestro que ellos fallecieron y no dejaron resuelto los problemas de las tierras ni para sus hijos, peor para los demás posesionarios. Inspección judicial e informe pericial suscrito por un perito inscrito en el Consejo de la Judicatura, donde se determina las dimensiones, linderos y superficie de terreno de 7.94 has, que me encuentro en posesión pacifica e ininterrumpida. Prueba testimonial: Se recepte los testimonios de las siguientes personas: Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde, Elba Victoria Campoverde y Gloria Nancy Campoverde a quienes se les notificara en sus domicilios ubicados, a los dos primeros en la parroquia San Roque, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos y a los siguientes en el recinto Unión Paltense de la parroquia 7 de julio, provincia de Sucumbíos. Prueba pericial. Testimonio del Arq. Luis Alfredo Changotasig Quisatasig, perito, quien hizo la pericia de levantamiento topográfico, existencia de cultivos y valoración de los mismos, así como el reconocimiento del lugar, materia de la prescripción. 6.- PRETENCION.- Señor Juez, recurro ante usted, para que mediante sentencia, su Autoridad se sirva declararme como dueño y propietario absoluto del bien inmueble situado en el Recinto Unión Platense, comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE.- con el Lote No. 18, hoy de propiedad de Víctor Miguel Erique Tacuri en 254,30 m. Rumbo N 90 00 00 E, al SUR.- con el lote No. 18, hoy propiedad de Cristobal Celi y Rosa Armijos en 256,90 mts, Rumbo S 89 19 05 W, al ESTE.- con el lote No. 19 de Benjamin Vargas en 196,00 mts, Rumbo S 00 29 48 E y al OESTE.- con el lote No. 17 de Francisco Encarnación en 199,00 mts, Con una superficie de 5,04 has., por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio. Debiendo ordenar que se inscriba la sentencia, en el Registro del Propiedad del cantón Shushufindi, una vez que se haya protocolizado en una de las Notarías del país. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 2413 del Código Civil. 7.- TRAMITE.- La presente causa, conforme lo prescribe el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 290 ibídem. Deberá tramitarse por Procedimiento Ordinario. 8.- CUANTIA.- Fijo la cuantía de la presente causa en 25.000 USD. 9.- DESIGNACION DE ABOGADO DEFENSOR Y NOTIFICACIONES.Designo como mi abogado defensor al Dr. Francisco Revelo Ojeda, profesional del derecho a quien autorizo para que presente cuanto escrito fuere necesario, señalando el correo electrónico eucli1@yahoo.com, para recibir mis notificaciones. Suscribo conjuntamente con mi abogado defensor. EZEQUIEL DANIEL VARGAS BARBA, DR. FRANCISCO REVELO OJEDA, MAT. 21-2009-06 FAS. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.Shushufindi, 19 de abril del 2017; VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa signada con el No. 2017-00222, en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Multicompetente y merced al sorteo efectuado; en lo principal, la demanda propuesta por Vargas Barba Ezequiel Daniel con cédula de ciudadanía No. 2100030531, en contra de Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde, Elba Victoria Campoverde Campoverde, Vicente Pablo Campoverde Campoverde, Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, es clara, precisa, completa y reúne los presupuestos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo determinan los Arts. 291 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; en consecuencia, con el contenido de la misma, auto de calificación y anuncios probatorios, cítese a los demandados Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde, Elba Victoria Campoverde Campoverde, Vicente Pablo Campoverde Campoverde, Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, en los domicilios señalados, de forma inmediata y a través de secretaria, a quienes se les prevendrá de la obligación que tienen de contestar la demanda en el término de treinta días conforme el inciso segundo del Art. 291 ibídem, señalar domicilio judicial para sus notificaciones y designar defensor, bajo apercibimiento que, de no hacerlo, se continuará el trámite en rebeldía. Para la práctica de las diligencis de citación a los demandados Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil o Multicompetente del Cantón Joya de los Sachas, a quien se le remitirá el correspondiente despacho. Tómese en cuenta el trámite señalado por el demandante, la cuantía especificada, el domicilio en el que ha de recibir notificaciones el demandante y la autorización que confiere a su defensor. Tómese en cuenta los anuncios probatorios realiados por el accionante. Actúe el Ab. Fernando Torres, como secretario encargado del despacho. Hágase saber. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.- Shushufindi 18 de agosto del 2017, VISTOS: Se dispone se agregue al proceso el deprecatorio enviado por el señor Ab. Tobías Castro Castro, Secretario Temporal de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Joya de los Sachas, de la cual se desprende se ha citado a los demandados Alejandro y Martha Campoverde Campoverde, ingresado con fecha 16 de agosto del 2017; se dispone se agregue al expediente el escrito presentado por Esgar Alonso Silvestre y Gustavo Chiriboga, en su calidades de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, ingresado con fecha 08 de agosto del 2017; tómese en cuenta el domicilio señalado para sus notificaciones; se dispone se agregue al proceso el escrito presentado por los demandados Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde y Elba Victoria Campoverde Campoverde, ingresado con fecha 17 de agosto del 2017; tómese en cuenta el domicilio señalado para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensor; en cuanto al allanamiento efectuado se lo tomará en cuenta en el momento respectivo. Conforme lo determina el Art. 37 del COGEP, se designa en calidad de Procurador Común para esta causa a la señora Elba Victoria Campoverde Campoverde. Con sujeción a lo que dispone el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, se dispone se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese a la funcionarias respectiva, a través de secretaría, de cuya inscripción se dejará constancia en autos. Con el fin de evitar nulidades procesales, atendiendo a lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 y 58 del Código en referencia se dispone se cite además a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fueron Campoverde Vargas José María y Mercedes Dolores Campoverde Bravo, mediante tres publicaciones, en fechas distintas, que se realizará en uno de los periódicos de mayor circulación de esta Provincia, considerando que en esta localidad no existe dicho medio de comunicación, para lo cual el señor actuario del despacho elabore el extracto correspondiente, concediéndoseles a los mismos el término de treinta días para contesta la demanda, señalar domicilio judicial y designar defensor. Realizadas las publicaciones se incorporará al proceso las publicaciones íntegras. Hágase saber. Abg. Rodrigo Alejandro Vásquez Álvarez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI F: 4052 3/3 S: 3476
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma a los demandados: herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fueran: CAMPOVERDE VARGAS JOSE MARIA Y MERCEDES DOLORES CAMPOVERDE BRAVO, o a quien tenga interés y el derecho de oposición, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: CAMPOVERDE CAMPOVERDE GLORIA NANCY DEMANDADOS: CAMPOVERDE CAMPOVERDE SANTOS, CAMPOVERDE CAMPOVERDE SANTOS ARCENIO, CAMPOVERDE CAMPOVERDE ELBA VICTORIA, CAMPOVERDE CAMPOVERDE VICENTE PABLO, MATRHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE Y CAMPOVERDE CAMPOVERDE ALEJANDRO SANTOS JUICIO: 21332-2017-00225 CAUSA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO TRAMITE: ORDINARIO CUANTIA: VEINTICINCO MIL DOLARES AMERICANOS (USD 25.000) CASILLA JUDICIAL: FUNDAMENTOS: Arts. 603, 715, 2398, 2410, 2411 y siguientes del Código Civil UNIDAD JUDICIAL: MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI GLORIA NANCY CAMPOVERDE CAMPOVERDE, ciudadana ecuatoriana, con cedula de ciudadanía No. 2100104708, de 38 años de edad, de estado civil soltera, de ocupación QQ.DD. y con domicilio en su predio, ubicado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de julio, cantón shushufindi, provincia de Sucumbios, ante usted respetuosamente comparezco con la siguiente demanda de PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.1.- DATOS DE LOS DEMANDADOS.- Las personas contra quienes se presenta la presente demanda son : SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., SANTOS ARCENIO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., ELBA VICTORIA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada, de ocupación QQ.DD. y domiciliada en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., VICENTE PABLO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor y domiciliado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, MARTHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de
estado civil casada, de ocupación QQ.DD. que tiene su domicilio en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo y ,ALEJANDRO SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casado, de ocupación agricultor, que tiene su domicilio en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo.2.LUGAR DE CITACION DE LOS DEMANDADOS: SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., SANTOS ARCENIO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en la parroquia San Roque, del cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., ELBA VICTORIA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en el Recinto Unión Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos., VICENTE PABLO CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en su domicilio ubicado en el Recinto Union Paltense, de la parroquia 7 de Julio, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, MARTHA LEOPOLDINA CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo, para lo que se realizara mediante deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente de la Joya de los Sachas y ALEJANDRO SANTOS CAMPOVERDE CAMPOVERDE, en la Joya de los Sachas, provincia de Orellana, barrio Santa Rosa, frente al Hotel Babahoyo, para lo que se realizara mediante deprecatorio a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente de la Joya de los Sachas. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Sindico del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Shushufindi, a quienes deberán citárselos en legal y debida forma, en su despachos ubicados en el edificio de la municipalidad, que está ubicado en la calle 7 de agosto entre 11 de julio y Aguarico, frente al parque de la localidad., de conformidad con lo prescrito en el Art. 473 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización. 3.- FUNDAMENTOS DE HECHO.- Es el caso señor Juez, que desde el 29 de octubre de 1993 celebre contrato de cesión de derechos y acciones con la señora Mercedes Dolores Campoverde, viuda de José María Campoverde, hoy difuntos, me encuentro por más de 15 años, en posesión pacifica e ininterrumpida, publica, notoria y con ánimo de señor y dueño, lote de terreno situado en el Recinto Unión Platense, comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE.- con el estero quebrada de agua en 98,00 mts. Rumbo N 63 18 19 ., posesión de Vicente Pablo Campoverde., NORTE.- con estero quebrada de agua en 173,20 mts. Rumbo N 86 25 15 E. al SUR.- con el Lote No. 18 propiedad de José María Campoverde, en 282,10 mts. Rumbo S 68 30 01 W, al ESTE.- con el lote No. 19 de Benjamín Vargas, en 84,90 mts. Rumbo S00 29 48 E, ESTE.con ancho de tendido eléctrico en 16,90 mts, Rumbo S 00 29 48 E., ESTE.- con el lote No. 19 de Benjamín Vargas en 41,60 mts. Rumbo S 00 29 48 E. y al OESTE.- con el Lote No. 17 de Francisco Encarnación en 7,00 mts. Rumbo N 00 14 53 E., OESTE.- con ancho de tendido eléctrico en 17,oo mtS. Rumbo N 00 14 53 E. OESTE.- con el lote No. 17 de Francisco Encarnación en 167,90 mts. Rumbo N 00 14 53 E. dando una superficie de 4,27 has., según plano adjunto, de tal forma que todas la personas que viven en la zona, me han reconocido como legítimo propietario. En el mencionado lote de terreno, con mis propios recursos he realizado las obras que detallo a continuación:cultivos de ciclo corto ( maíz, yuca etc. ), cultivos de ciclo largo ( cacao, café, plátano, pasto, etc. otros( arboles frutales ).En dicho terreno, junto con mi familia he mantenido por más de 15 años, sin interferencia de nadie y siempre manteniendo el ánimo de señora y dueña. 4.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.- La presente demanda se encuentra amparada en los Art. 603 ( modos de adquirir el dominio), 715 ( posesión y sus diferentes calidades), 2398 ( De la prescripción por las que se adquiere las cosas), 2410 ( dominio de las cosas comerciales), 2411( tiempo necesario para adquirir ) y siguientes del Código Civil vigente.5.- PRUEBA.- Como prueba de lo afirmado en acápites anteriores, a la presente demanda acompaño como prueba lo siguiente: Prueba documental: Escritura pública y Certificado del registro de la propiedad, a nombre de José María Campoverde, con lo que demuestro que el terreno de mayor extensión, posee escrituras públicas. Posesiones Efectivas de los yacentes José María Campoverde y Mercedes Dolores Campoverde, con lo que demuestro que ellos fallecieron y no dejaron resuelto los problemas de las tierras ni para sus hijos, peor para los demás posesionarios. Contrato de cesión de derechos y acciones celebrado con Mercedes Dolores Campoverde, el 29 de octubre de 1993. Informe de inspección judicial suscrito por un perito inscrito en el Consejo de la Judicatura, donde se determina las dimensiones, linderos y superficie de terreno de 4,27 has, que me encuentro en posesión pacifica e ininterrumpida. Prueba testimonial: Se recepte los testimonios de las siguientes personas: Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde, Elva Victoria Campoverde, y Ezequiel Daniel Vargas, a quienes se les notificara en sus domicilios ubicados, a los dos primeros en la parroquia San Roque, cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos y a los siguientes en el recinto Unión Paltense de la parroquia 7 de julio, provincia de Sucumbíos. Prueba pericial. Testimonio del Arq. Luis Alfredo Changotasig Quisatasig, perito, quien hizo la pericia de levantamiento topográfico, existencia de cultivos y valoración de los mismos, así como el reconocimiento del lugar, materia de la prescripción. 6.- PRETENCION.- Señor Juez, recurro ante usted, para que mediante sentencia, su Autoridad se sirva declararme como dueño y propietario absoluto del bien inmueble situado en el Recinto Unión Platense, comprendido bajo los siguientes linderos y dimensiones: NORTE.- con estero quebrada de agua en 173,20 mts. Rumbo N 86 25 15 E. al SUR.- con el Lote No. 18 de José María Campoverde en 282,10 mts. Rumbo S 68 30 01 W, al ESTE.- con el lote No. 19 de Benjamín Vargas, en 84,90 mts. Rumbo S 00 29 48 E, ESTE.- con ancho de tendido eléctrico en 16,90 mts, rumbo S 00 29 48 E., ESTE.- con el lote no. 19 de Benjamín Vargas en 41,60 mts. Rumbo S 00 29 48 E. y al OESTE.- con el Lote No. 17 de Francisco Encarnación en 7,00 mts. Rumbo N 00 14 53 E., OESTE.- con ancho de tendido eléctrico en 17,oo mts. Rumbo N 00 14 53 E. OESTE.- con el lote No. 17 de Francisco Encarnación en 167,90 mts. Rumbo N 00 14 53 E. dando una superficie de 4,27 has., por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio.Debiendo ordenar que se inscriba la sentencia, en el Registro del Propiedad del cantón Shushufindi, una vez que se haya protocolizado en una de las Notarías del país. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 2413 del Código Civil. 7.- TRAMITE.- La presente causa, conforme lo prescribe el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 290 ibídem. Deberá tramitarse por Procedimiento Ordinario.8.- CUANTIA.- Fijo la cuantía de la presente causa en 25.000 USD.9.- DESIGNACION DE ABOGADO DEFENSOR Y NOTIFICACIONES.- Designo como mi abogado defensor al Dr. Francisco Revelo Ojeda, profesional del derecho a quien autorizo para que presente cuanto escrito fuere necesario, señalando el correo electrónico eucli1@yahoo.com, para recibir mis notificaciones.Suscribo conjuntamente con mi abogado defensor. GLORIA NANCY CAMPOVERDE. DR. FRANCISCO REVELO OJEDA, MAT. 21-2009-06 FAS. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.- Shushufindi, 27 de abril del 2017; VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa signada con el No. 2017-00225, en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Multicompetente y merced al sorteo efectuado; agréguese al proceso el escrito presentado por la señora Gloria Nancy Campoverde Campoverde, ingresado con fecha 21 de abril del 2017, con el cual se cumple con lo dispuesto en providencia de fecha 19 de abril del presente año; en lo principal, la demanda propuesta por Campoverde Campoverde Gloria Nancy con cédula de ciudadanía No. 2100104708, en contra de Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde, Elba Victoria Campoverde Campoverde, Vicente Pablo Campoverde Campoverde, Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, es clara, precisa, completa y reune los presupuestos determinados en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite al trámite en PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo determinan los Arts. 291 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos; en consecuencia, con el contenido de la misma, auto de calificación y anuncios probatorios, cítese a los demandados Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde, Elba Victoria Campoverde Campoverde, Vicente Pablo Campoverde Campoverde, Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, en los domicilios señalados, de forma inmediata y a través de secretaria, a quienes se les prevendrá de la obligación que tienen de contestar la demanda en el término de treinta días conforme el inciso segundo del Art. 291 ibídem, señalar domicilio judicial para sus notificaciones y designar defensor, bajo apercibimiento que, de no hacerlo, se continuará el trámite en rebeldía. Para la práctica de las diligencis de citación a los demandados Martha Leopoldina Campoverde Campoverde y Alejandro Santos Campoverde Campoverde, se depreca a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil o Multicompetente del Cantón Joya de los Sachas, Provincia de Orellana a quien se le remitirá el correspondiente despacho. Tómese en cuenta el trámite señalado por la demandante, la cuantía especificada, el domicilio en el que ha de recibir notificaciones el demandante y la autorización que confiere a su defensor. Tómese en cuenta los anuncios probatorios realizados por el accionante. Actúe el Ab. Daniel Salazar, como secretario encargado del despacho. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI.- Shushufindi 18 de agosto del 2017, VISTOS: Se dispone se agregue al proceso el deprecatorio enviado por el señor Ab. Tobías Castro Castro, Secretario Temporal de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Joya de los Sachas, de la cual se desprende se ha citado a los demandados Alejandro y Martha Campoverde Campoverde, ingresado con fecha 16 de agosto del 2017; se dispone se agregue al expediente el escrito presentado por Esgar Alonso Silvestre y Gustavo Chiriboga, en su calidades de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Descentralizado Municipal del Cantón Shushufindi, ingresado con fecha 08 de agosto del 2017; tómese en cuenta el domicilio señalado para sus notificaciones; se dispone se agregue al proceso el escrito presentado por los demandados Santos Campoverde Campoverde, Santos Arcenio Campoverde Campoverde y Elba Victoria Campoverde Campoverde, ingresado con fecha 17 de agos-
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Los productos congelados, tienen su lado negativo que se refleja en tres factores: el sabor, la textura y los aditivos. Las comidas congeladas pocas veces saben tan bien como las frescas, y el procesamiento puede cambiar la consistencia de muchos productos. to del 2017; tómese en cuenta el domicilio señalado para sus notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensor; en cuanto al allanamiento efectuado se lo tomará en cuenta en el momento respectivo. Conforme lo determina el Art. 37 del COGEP, se designa en calidad de Procurador Común para esta causa a la señora Elba Victoria Campoverde Campoverde. Con sujeción a lo que dispone el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos, se dispone se inscriba la presente demanda en el Registro de la Propiedad, para lo cual notifíquese a la funcionarias respectiva, a través de secretaría, de cuya inscripción se dejará constancia en autos. Con el fin de evitar nulidades procesales, atendiendo a lo dispuesto en los Arts. 56 numeral 1 y 58 del Código en referencia se dispone se cite además a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fueron Campoverde Vargas José María y Mercedes Dolores Campoverde Bravo, mediante tres publicaciones, en fechas distintas, que se realizará en uno de los periódicos de mayor circulación de esta Provincia, considerando que en esta localidad no existe dicho medio de comunicación, para lo cual el señor actuario del despacho elabore el extracto correspondiente, concediéndoseles a los mismos el término de treinta días para contesta la demanda, señalar domicilio judicial y designar defensor. Realizadas las publicaciones se incorporará al proceso las publicaciones íntegras. Hágase saber. Abg. Rodrigo Alejandro Vásquez Álvarez SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN SHUSHUFINDI F: 4052 3/3 S: 3476
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE PICHINCHA CON SEDE EN EL CANTÓN QUITO EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL. TRAMITE: EJECUTIVO COBRO LETRA DE CAMBIO JUICIO Nro.: 2016-00412 ACTOR: CUENCA CALDERÓN ANITA LUCIA DEMANDADOS: JOSÉ LUIS FELIPE SÁNCHEZ SORIA CASILLERO: 28 JUEZ: Dra. Elizabeth Rubio SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma En mi calidad de Juez encargado del despacho de la Dra. Elizabeth Rubio Rivera Jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, mediante acción de personal No. 0378-DP21-2017-MP de 27 de marzo de 2017, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma.- TERCERO: Mediante auto de fecha 01 de diciembre del 2016, las 16h14, ante la petición de la parte actora quien ha solicitado el embargo del bien inmueble referido anteriormente; esta Unidad Judicial, ha ordenado el embargo del lote de terreno detallado en el considerando primero, mismo que ha sido inscrito en el Tomo: CUATRO, Folio: Tres, bajo el número: Tres y anotado en el repertorio general con el número: Doscientos sesenta y cuatro de fecha 20 de enero de 2017; así como notificar entre otros al señor Juez de Coactivas de la Dirección Regional Norte del Servicio de Rentas Internas Juicio Nro. 1849-2011, para que haga valer sus derechos. En consecuencia, por cuanto corresponde a toda Autoridad Administrativa o Judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes; de conformidad a lo que dispone el Art. 179 en concordancia con el Art. 57 del Código Tributario, es decir por la preferencia de embargo administrativo y por cuanto los créditos tributarios y sus intereses, gozan de privilegio general sobre todos los bienes del deudor y tendrán prelación sobre cualesquiera otros, se dispone dejar sin efecto el embargo dispuesto en auto de fecha 01 de diciembre del 2016, quedando vigente el embargo dispuesto por el Departamento de Cobro Zona 1- Dirección Provincial del Servicio de Rentas Internas en Sucumbíos (Juicio coactivo No. 1849-2011) para lo cual póngase en conocimiento de forma inmediata de este particular, al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio. Se deja a salvo el derecho de la ejecutante señora Cuenca Calderón Anita Lucía, a fin de que haga valer sus derechos como tercerista, si lo quisiere, dentro del juicio coactivo No. 1849.2011.- Con el contenido de este auto, notifíquese al Departamento de Cobro Zona 1- Dirección Provincial del Servicio de Rentas Internas en Sucumbíos (Juicio coactivo No. 1849-2011).- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. Agréguese a los autos el oficio emitido por el Arq. César Zuñiga, perito designado en la presente causa; el contenido de dicho documento póngase en conocimiento de las partes procesales para los fines de ley.- Agréguese a los autos, el escrito y anexo presentado por la parte actora.- En lo principal, por cuanto del certificado del Registro de la Propiedad que se anexa, consta una HIPOTECA ABIERTA a favor del señor Sánchez José, a efectos de evitar futuras nulidades y garantizar el derecho a la defensa, notifíquese al mencionado acreedor, a fin de que haga valer sus derechos, de igual manera ofíciese al señor Coordinador de la Unidad Judicial, a efectos de que se proceda con la reasignación de la causa No. 0340-2008, toda vez que del certificado de gravámenes consta una prohibición de enajenar dispuesta en esta causa; finalmente y por cuanto no obra del certificado de gravámenes la inscripción del embargo dispuesto en la presente causa, ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio, a fin de que se haga conocer a la suscrita Jueza si consta o no dicha inscripción, para lo cual se le concede el término de tres días.- Notifíquese. Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, en atención al escrito presentado por la parte actora y por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 30 de agosto del 2017, las 16h34, se dispone: Notifíquese el contenido del auto de embargo de fecha 1 de diciembre del 2016 y auto de fecha 08 de junio del 2017; y, el presente auto interlocutorio al señor JOSE LUIS FELIPE SANCHEZ SORIA, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de los autos referidos. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente.- NOTIFÌQUESE.Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.Nueva Loja, 12 de Septiembre del 2017.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma SECRETARIA DE LA UJCLAS RC/252 2/3 S: 3485
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: VACA VACA ROSA DELFINA, CALAHORRANO VACA CLOTILDE DEL CONSUELO, CALAHORRANO VACA NORMA PATRICIA y CHIARIELLO VACA JOSÉ ANTONIO ACTOR: GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LAGO AGRIO DEMANDADO: CALAHORRANO VACA CARLOS YIOVANNI, CALAHORRANO VACA CLOTILDE DEL CONSUELO, CALAHORRANO VACA DANIEL SANTOS, CALAHORRANO VACA MARÍA DEL ROCÍO, CALAHORRANO VACA NORMA PATRICIA, CHIARIELLO VACA JOSE ANTONIO y VACA VACA ROSA DELFINA JUICIO: No. 21331-2017-00284 TRAMITE: ORDINARIO NULIDAD DEL ACTA DE MEDIACIÓN FECHA DE INICIO: 06-07-2017 CUANTÍA: CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 450,000.00) JUEZ PONENTE: DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA OBJETO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, martes 1 de agosto del 2017, las 15h09. VISTOS Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 24 de julio de 2017, las 09h47, se hacen las siguientes consideraciones: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por los señores: EVELIN ELIZABETH ORMAZA SANTANDER y DR. LEONARDO ISAAC ORDOÑEZ PIÑA, en sus calidades de Alcaldesa encargada y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Lago Agrio, respectivamente, conforme la documentación adjunta, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales generales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ordinario. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese a los demandados: CALAHORRANO VACA MARÍA DEL ROCÍO, CALAHORRANO VACA CARLOS YIOVANNI y CALAHORRANO VACA DANIEL SANTOS en los domicilios señalados en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, escrito de completación y aclaración, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto, mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos, previniéndoles a los demandados de la obligación de señalar casillero judicial y electrónico. Con el contenido de la demanda, el auto inicial, el escrito de aclaración y completación y el presente auto a los demandados VACA VACA ROSA DELFINA, CALAHORRANO VACA CLOTILDE DEL CONSUELO, CALAHORRANO VACA NORMA PATRICIA y CHIARIELLO VACA JOSÉ ANTONIO a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación a nivel nacional y en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las pu-
blicaciones íntegras se agregarán al proceso, por cuanto la parte actora ha cumplido con la declaración bajo juramento conforme lo dispuesto en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de Secretaría entréguese el extracto correspondiente. Tómese en cuenta lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo”.- TERCERO.- CONTESTACIÓN.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, contados a partir de la citación, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 ibídem.CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- Considérese el anuncio de los medios de prueba formulado por la parte actora, el mismo que estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y práctica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar.- Téngase en cuenta al Dr. Leonardo Isaac Ordoñez Piña como procurador común en la presente causa.- QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 38 y los correos electrónicos evelinormaza1988@hotmail.com leonardo_ord@hotmail. com villivillarreal@yahoo.com alvarez.5@hotmail.com para sus notificaciones, así como la autorización conferida a sus patrocinadores.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca en calidad de Secretaria Titular de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Lago Agrio, 23 de agosto del 2017. Certifico.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO XF 1/3 S: 3489
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL TRAMITE: EJECUTIVO – LETRA DE CAMBIO JUICIO Nº: 2016 – 00032 ACTOR: PIEDRA AZANZA KLÉBER OSWALDO DEMANDADOS: APOLO SANCHEZ BRAYAN FERNANDO CASILLERO: 102 JUEZ: DR. LUIS NARANJO JARA SECRETARIA: AB. FANNY JUMBO GÓMEZ. FUNDAMENTO DE HECHO De la letra de cambio que me permito adjuntar, su Autoridad FUNDAMENTO DE DERECHO Con estos antecedentes y de conformidad al Art. 43, 419 y siguientes del Código de Procedimiento Civil UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PRIMERA CIVIL DE LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez legalmente encargado del despacho, mediante acción de personal No. 029-DPCJS-TH-2016 de 18 de enero del 2016. En lo principal y por cuanto la demanda, propuesta por PIEDRA AZANZA KLEBER OSWALDO, por sus propios derechos, es clara, completa y reúne los demás requisitos legales, se la admite a trámite de JUICIO EJECUTIVO, considerándose que el documento aparejado presta mérito para ello, conforme a lo dispuesto por los artículos 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil codificado; consecuentemente y con fundamento de lo determinado en el artículo 421 ibídem, se dispone que el demandado señor APOLO SANCHEZ BRAYAN FERNANDO, en su calidad de deudor principal, dentro del término legal de tres días pague el valor total adeudado y reclamado o deduzca sus excepciones a las que se crea asistido, bajo apercibimiento de sentencia. Con fundamento de lo prescrito en la última disposición legal invocada y en mérito del certificado conferido por la Agencia Nacional de Tránsito, del cual aparece que el mismo demandado, es propietario del vehículo, de placas QAA1593, marca CHEVROLET, tipo VOLQUETA, modelo FVZ 34P CAMIÓN AC 7.8 2P, motor No. 6HK1649833; se ordena la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR del referido bien mueble (VEHÍCULO), así como constituir otros gravámenes que limiten su dominio sobre dicho vehículo, debiendo para el efecto oficiarse a la Agencia Nacional de Tránsito; Unidad Operativa de Sucumbíos. Cumplida con dicha diligencia, cítese al ejecutado en el lugar que se indica en la demanda; remitiéndose las boletas correspondientes a la Sala de Citadores; mediante atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Machala, de la provincia de El Oro, a quienes se les remitirá despacho suficiente y en forma, para el correcto cumplimiento de la diligencia de citación, ofreciéndose reciprocidad en casos similares; previniéndole, además al mismo demandado, de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para sus notificaciones en esta jurisdicción, bajo las prevenciones legales; Agréguese a los autos la documentación adjunta; téngase en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados por la parte actora para sus notificaciones y la autorización conferida a su defensor; tómese en cuenta la cuantía de la demanda; y, actúe la señora Secretaria de la Judicatura. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.Juicio Nº 21331-2016-00032 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Lago Agrio, jueves 31 de agosto del 2017, las 15h50. El escrito presentado por la parte accionante, incorpórese al proceso y proveyendo el mismo se dispone: Con fundamento de lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, una vez que se ha justificado haber agotado las diligencias necesarias para tratar de ubicar a los demandados, en la forma dispuesta en la misma norma legal invocada, procédase a la citación al demandado en uno de los semanarios de amplia circulación regional, que se editan en esta ciudad de Lago Agrio, mediante tres publicaciones que se realizaran en tres días distintos, conforme lo establece el numeral 1 del artículo 56 Ibídem, para lo cual la señora actuaria elabore los correspondientes extractos de prensa. NOTIFÍQUESE. Particular que se comunica a usted para los fines legales pertinentes, advirtiéndoles de señalar casiller judicial dentro del perímetro urbano de esta Jurisdicción.- Nueva Loja, 06 de Septiembre del 2017.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE LO CIVIL DE LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS F: 4089 1/1 2da.S: 3490
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio SUMARIO / TENENCIA cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: JADAN GAONA FLORENCIO NEMECIO DEMANDADA: ESMERALDAS ORBE ZULLI MARIA JUICIO NRO: 2017-00194 CUANTIA: INDETERMINADA CAUSA: SUMARIO / TENENCIA CASILLERO: 166 TRAMITE: SUMARIO DEFENSA TECNICA ACTOR: DR. SANDOVAL MINDIOLA UFREDO RAFAEL JUEZ: AB. FABIAN TORRES ARMIJOS SECRETARIA: AB. RAQUEL LOAYZA OCHOA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS.-U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Mis nombres y apellidos completos son: FLORENCIO NEMESIO JADAN GAONA, con cedula Nr. 210002576-2, estado civil Unión de Hecho, de 44 años de edad, de ocupación obrero, domiciliado en el Barrio Naranjal (diagonal a la casa comunal), de esta ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos. PRIMERO.Mis nombres y apellidos y más generales de Ley ya están indicados en líneas anteriores. SEGUNDO: Los nombres y apellidos de la demandada son: Esmeraldas Orbe Zulli Maria. TERCERO.- FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: De las partidas de nacimiento que en tres fojas útiles acompaño al presente memorial, vendrá a su conocimiento que con la hoy demandada procreamos tres hijos que responden a los nombres de: ZULLY JANILETH, OSBADYS YAIR, y EIKER SMITH JADAN ESMERALDAS, actualmente de 11, 9 y 5 años de edad, respectivamente. Es el caso, que la hoy demandada es totalmente descuida con mis hijos menores, a los niños no le brinda el debido cuidado, no les brinda la alimentación a la hora debida, no los mantiene con el aseo necesario, este descuido ha llegado a tales extremos que no les brinda el debido cuidado, alimentación, vestuario, educación, salud y más derechos que tienen mis hijos menores. Quiero dejar en conocimiento de su autoridad que la hoy demandada por varias ocasiones ha dejado a mis hijos totalmente abandonados en la casa sin la compañía de ninguna persona mayor, esto hasta altas horas de la noche, ya que la hoy demandada salía del hogar y se iba a libar con sus amistades, esto lo hacía incluso hasta por varios días. Por otro lado, quiero dejar constancia que la hoy demandada, concurría con sus amigos a libar al hogar donde residían mis hijos, esto lo hacía hasta altas horas de la madrugada, brindando un total mal ejemplo para los menores, e incluso poniendo en riesgo a los mismos, ya que siempre libaba con hombres, quienes se encontraban en total estado de embriaguez. También quiero poner en su conocimiento, Señor Juez, que la hoy demandada ha abandonado el cuidado de mis hijos, llegando a tales extremos que mis hijos concurrían a clases escolares sin haber tomado alimentación y en varias ocasiones habiendo sido maltratados físicamente, todo esto ha influido en el bajo rendimiento académico de mis hijos.
Pongo en conocimiento de su autoridad, que por cuanto la hoy demandada manifestó a mis hijos menores que ya no los quería con ella, y los niños no tenía donde ir, los mismos me fueron entregados por parte de la DINAPEN. De todo esto, tiene pleno conocimiento la Junta Cantonal de Protección de Derecho de Lago Agrio, entidad que con fecha 11 de enero del 2017, procedió a concederme el cuidado temporal de mis prenombrados hijos, y desde ese entonces los menores se encuentran bajo mi cuidado, tenencia y protección. CUARTO.- LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFIQUEN EL EJERCICO DE LA ACCION EXPUESTA CON CLARIDAD Y PRECISION. Constitución de la República del Ecuador: Los Artículos 82, 169, y más pertinentes. CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA: Artículo 118 y más pertinentes del Código de la Niñez y la Adolescencia; y, CÓDIGO GENERAL DE PROCESOS: Artículo, 333 y más pertinentes. QUINTO.- EL ANUNCIO DE PRUEBAS QUE SE OFRECEN PARA ACREDITAR LOS DERECHOS. Para que su autoridad tenga las pruebas y documentos contundentes para resolver en derecho sobre mi pedido en el libelo inicial de mi demanda, anuncio como prueba a mi favor: LA SIGUIENTE PRUEBA DOCUMENTAL: Certificado de Nacimiento de mis hijos ZULLY JANILETH, OSBADYS YAIR, y EIKER SMITH JADAN ESMERALDAS; Expediente administrativo de investigación llevada ante la Junta Cantonal de la Niñez y Adolescencia de Lago Agrio; Certificado en el que consta que soy el representante de mis hijos. COMO PRUEBA TESTIMONIAL de los señores: SIXTO JIMENEZ GAONA con C.C. 170819407-9. ROSALINO JERONIMO MICHAY VILLAMAGUA con C.C. 110388266-6. WILSON OSWALDO BARRE con C.C. 171431160-0. IRMA FELICITA MAZA MERINO con C.C. 070285343-3. MERIDA MARIBEL AVILA POZO con C.C. 070492487-7. DOCUMENTACION ADJUNTA A LA DEMANDA. Cuerpo de la demanda en (4) fojas, en una original y copias del mismo tenor. Copia de Cedula y Certificado de Votación del actor. SEXTA .- LA PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE. Por todo lo expuesto, amparado en lo que dispone el artículo 118 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia vigente, concurro ante usted para solicitar que por resolución se me conceda la tenencia de mis hijos ZULLY JANILETH, OSBADYS YAIR, y EIKER SMITH JADAN ESMERALDAS, actualmente de 11, 9 y 5 años de edad, respectivamente, a fin de yo poder brindarles el debido cuidado y protección que requieren mis hijos menores. SEPTIMA.- LA CUANTÍA DEL PROCESO.- La cuantía por su naturaleza es indeterminada. OCTAVA.- LA ESPECIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 333 del Código General de Procesos, el procedimiento que se dará a la presente causa es el SUMARIO. NOVENA.- AUTORIZACIÓN Y NOTIFICACIÓN: Nombro y designo al Doctor Rafael Sandoval Mindiola, profesional del Derecho que suscribe conmigo, a quien faculto para que me represente legalmente en la presente causa, quien con su sola firma suscribirá en mi representación los escritos que sean necesarios en defensa de mis intereses dentro de la presente causa, notificaciones la recibiré en el correo electrónico rafael.sandoval.m@hotmail.com; en el casillero judicial número 166. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO PROVINCIA DE VISTOS: El escrito de fecha 28 de junio del 2017, presentado por la parte accionante, atendiendo lo solicitado y continuando con el trámite se dispone se cite a la parte demandada a través de uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 ibídem, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado cuarto inciso, esto es la actora deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada; Diligencia que la realizará en una de las salas de esta Unidad Judicial a la que comparecerá portando su cédula de ciudadanía. Previniéndoles a la accionada la obligación de señalar casilleros judicial y/o electrónico en esta ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que les correspondan; de conformidad a lo dispuesto en el Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); Se le concede a la demandada el término de diez días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo; Actúe la Ab. Raquel Loayza en calidad de secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.Ab. Raquel Loayza Ochoa SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL FAMILIA, MUJER Y ADOLESCENCIA F: 4091 1/1 2da. S: 3493
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MOLINA SANTOS MARITZA GEOVANNA ACTOR: ORTIZ VASQUEZ GUILLERMO ARMANDO DEMANDADO: MOLINA SANTOS MARITZA GEOVANNA JUICIO: No. 21331-2017-00164 TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN FECHA DE INICIO: 24-04-2017 CUANTÍA: SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 36/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 7,868.36) JUEZ PONENTE: DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA OBJETO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, viernes 18 de agosto del 2017, las 11h50. VISTOS Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 27 de abril de 2017, las 1h49, se hacen las siguientes consideraciones: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez en calidad de Procurador Judicial del Economista Edwin Carlos Mario Éguez Lupera en calidad de Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre Ltda, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de la señora MOLINA SANTOS MARITZA GEOVANNA es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) en un pagare a la orden (fs. 8 y 9), documento que constituye un título y se fundamenta ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347. 5, y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación a la demandada señora MOLINA SANTOS MARITZA GEOVANNA, en el domicilio señalado en la demanda, mediante atento deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Shushufindi, a quienes se remitirá despacho suficiente y en forma, ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de que señala: “Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo” Se dispone que la parte actora, en el término de 48 horas, concurra a Secretaria de esta Unidad Judicial, a fin de proveer las copias necesarias, para el cumplimiento de la diligencia de citación a la parte demandada.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos.- QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 45 y el correo electrónico señalado dr.guillermoortiz@hotmail. com para sus notificaciones.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE .- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Lago Agrio, 25 de agosto del 2017. Certifico.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO XF. 1/3 S: 3491
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL A: MILES VIVANCO ALEXANDRA DEL CISNE ACTOR: DR- GUILLERMO ORTIZ PROCURADOR JUDICIAL- COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO 29 DE OCTUBRE DEMANDADO: MILES VIVANCO ALEXANDRA DEL CISNE y SHIGUANGO CUSME JAIME ALBERTO JUICIO: No. 21331-2016-00435 TRAMITE: EJECUTIVO COBRO DE PAGARE A LA ORDEN FECHA DE INICIO: 29-08-2016 CUANTIA: SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 89/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD 6,734.89) JUEZ PONENTE: DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA OBJETO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, miércoles 30 de agosto del 2017, las 15h54. VISTOS Por haberse dado cumplimiento al auto de fecha 19 de septiembre del 2016, las 15h38, Por cumplido lo dispuesto en auto de sustanciación, la demanda presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez en calidad de Procurador Judicial
Circulación del 24 al 30 de septiembre del 2017
Judiciales del Economista Edwin Carlos Mario Eguez Lupera Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre” Limitada, conforme lo acredita con el documento que adjunta, es clara precisa y cumple con los requisitos determinados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, además se fundamenta en el cobro del pagaré a la orden con vencimientos sucesivos, constante a fs. 11 y 12, documento que al tenor de lo previsto en el número 5 del artículo 347 del invocado cuerpo legal (COGEP), en armonía con lo determinado en el artículo 486 del Código de Comercio, constituye título ejecutivo y contiene una obligación clara, pura, determinada, actualmente exigible y liquidable, por lo que al amparo de lo ordenado en el artículo 348 del Código Orgánico General de Procesos, se admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- CITACIÓN.- Cítese a la parte demandada en la presente causa, señora ALEXANDRA DEL CISNE MILES VIVANCO en calidad de deudora principal y al señor SHIGUANGO CUSME JAIME ALBERTO en calidad de deudor solidario, en las direcciones señaladas, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 54, 55 y 78 del COGEP y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem..- TERCERO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados ALEXANDRA DEL CISNE MILES VIVANCO y SHIGUANGO CUSME JAIME ALBERTO cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.- CUARTO.- ANUNCIO DE PRUEBA.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos.- QUINTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 45 y el correo electrónico señalado dr.guillermoortiz@hotmail. com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- f) DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA, JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Lago Agrio, 04 de septiembre del 2017. Certifico.Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO XF. 1/3 S: 3492
R. del E. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL A: GUTIERREZ MOREIRA DARWIN DANIEL C.C 1310646383 SE LE HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, la DRA. DALIA UNDA DE HERNANDEZ, con C.C No. 150027705-6 y C.V No. 035-318, Procuradora judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre LTDA, ha presentado un juicio EJECUTIVO, en contra de: GUTIERREZ MOREIRA DARWIN DANIEL C.C 1310646383, al cual se le asignó el No. 153012015-01095, cuyo extracto es como sigue: AUTO 16/10/2015, 09h32: “(…)VISTOS: En mi calidad de Jueza Titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1115-DNTH2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 242015 de fecha 18 febrero 2015.- Radicada la competencia mediante sorteo. AVOCO conocimiento de la presente causa. La demanda presentada por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO 29 DE OCTUBRE LTDA., legalmente representada por el PROCURADOR JUDICIAL DR. ALBERTO HERNÁN PEÑA MOSCOSO, es clara, precisa y reúne los requisitos del Art. 67, Arts. 413 y 415 del Código de procedimiento Civil en concordancia con el Art 486 del Código de Comercio, por lo que se la acepta a trámite ejecutivo.- Dispongo: 1.- AGREGAR al proceso los documentos adjuntos.- 2.- CÍTESE a los demandados DARWIN DANIEL GUTIÉRREZ MOREIRA, en el domicilio indicado mediante atenta COMISIÓN librada al señor Comisario Nacional de Policía del Cantón Archidona, a quien se le enviara despacho suficiente para el cumplimiento de la diligencia; una vez citado (a) en legal y debida forma; se ordena al accionado/a que al tenor del Art. 430 y 431 del Código de Procedimiento Civil, dentro del término de 3 días, cumpla con el pago de la obligación demandada o proponga excepciones que se crea asistido (a), con apercibimiento de sentencia y dentro del mismo término señale domicilio legal para recibir futuras notificaciones.- (…)” DECRETO 03/07/2017, 15h37: “(…)Incorpórese al proceso el escrito de la parte actora (30/06/2017, 16h43) en donde adjunta el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilizad Humana- Coordinación Zonal 2-Tena y consta que GUTIERREZ MOREIRA DARWIN DANIEL, no salió del país..- SEÑALAMIENTO DE DILIGENCIA.- en vista del juramento que hace la actora Doctora Dalia Unda de Hernandez acerca de que no se ha logrado determinar la individualidad, domicilio o residencia de: GUTIERREZ MOREIRA DARWIN DANIEL y que se ha efectuado todas las diligencias necesarias, para tratar de ubicarlo, requiero su comparecencia de forma personal a esta Judicatura el día JUEVES 10 DE AGOSTO DEL 2017 A LAS 09H00, a fin que esta afirmación la haga bajo juramento con las formalidades del inciso cuarto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- EXTRACTO. hecho que sea CÍTESE a GUTIERREZ MOREIRA DARWIN DANIEL identificado con el número de cédula 1310646383 por medio de la prensa que se edita en esta ciudad de Tena y que tiene cobertura regional amazónica, para el efecto la actuaria de este despacho concederá de forma inmediata el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. (…) Lo certifico, Tena 10 de Agosto de 2017. Ab. Jennifer Zúñiga G. SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 3/3 F 1822 T 1917
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE NAPO EXTRACTO JUDICIAL CITO: Con el contenido del Auto de calificación en este proceso en cumplimiento de lo que estipula el Art. 56 numeral 1 y Art. 58 del COGEP, con la precisión que de no haber quien reclame de ella se considerará como definitivo. ACTORA: AGUINDA TAPUY ALBA LIZ DEMANDADO: PRESUNTOS HEREDEROS JUEZ: DR. BENJAMÍN SOTOMAYOR SECRETARIO: DRA. GLADYS PÉREZ ULLOA JUICIO: 15951-2017-00833 CUANTÍA: ORDINARIO. CAUSA: DECLARATORIA DE LA UNIÓN DE HECHO. DEMANDA: El extracto de la referida demanda es como sigue: “…En lo principal calificase de clara, precisa y por cuanto cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la admite a trámite mediante procedimiento ordinario previsto en el art. 291 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, COGEP. Con sustento en lo estipulado en los Arts. 54 y 55 del Código en referencia, se ordena la citación de los demandados señores GUSTAVO PAÚL; VERÓNICA FERNANDA y PAULINA ALEXANDRDA VILLAMARÍN CARRILLO, en calidad de herederos conocidos, en el domicilio señalado para tal efecto, con la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y providencias recaídas en esta causa. Y a los herederos desconocidos por medio de publicaciones que se efectuarán conforme al Art. 56, numeral 1 del COGEP, en un periódico de amplia circulación en esta provincia, para lo cual se ordena a la actuaria del despacho proporcionar el extracto correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término común de treinta días, contados desde la última citación, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. NOTIFÍQUESE.f.- Dr. Benjamín Sotomayor Castillo Juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena- Napo. Dra. Gladys Pérez Ulloa SECRETARIA DE ESTA UNIDAD JUDICIAL 2/3 F 1885 T 1919
CENTRO DE MEDIACION DE LA FUNCION JUDICIAL ACTA DE MEDIACION CON ACUERDO TOTAL EXPEDIENTE N.-150101-2017-00498 PARTES ACTOR; ACTOR : MERLY OLGA ESPINOZA ESTRADA Y OSCAR DEL JESUS MINA TEJADA DEMANDADOS: ELÌAS ALOSNZO LICUY AGUINDA, SAÙL ROGELIO LICUY AGUINDA, JOSÈ CÈSAR AGUINDA LICUY, SAQUEO ROBERTO AGUINDA YUMBO, CELINDA GUADALUPE AGUINDA YUMBO, GILDO ELICIO AGUINDA TAPUY, VICENTE CLEMENTE GREFA ANDY, CESARIO VICENTE AGUINDA LICUY, JACINTA ANITA AGUINDA PIZANGO, GILBERTO DAVID AGUINDA PIZANGO, TOMÀS AGUSTÌN AGUINDA PIZANGO, SEBASTIANA SERAFINA AGUINDA AGUINDA, MATÌAS CAMILO AGUINDA AGUINDA, AUGUSTO EDUARDO AGUINDA AGUINDA, BOLÌVAR ERNESTO AGUINDA AGUINDA, LIDIA ADELA GREFA ANDI, MARCIA
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PIEDAD CALAPUCHA AGUINDA, JONÀS ABEL CALAPUCHA AGUINDA, EDITH ROSALÌA CALAPUCHA AGUINDA, INDOLINADOLORES CALAPUCHA AGUINDA, ALICIA CALAPUCHA AGUINDA, PEDRO ORLANDO AGUINDA ALVARADO, FLORA SOFÌA AGUINDA ALVARADO, LILIANA IRENE AGUINDA ALVARADO, PAULA ANGÈLICA ALVARADO GREFA, TOMÀS AGUSTÌN AGUINDA PIZANGO, ZOILA EMILIA ANDI MAMALLACTA y MÒNICA ISABEL AGUINDA CHIMBO. Asunto: prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio. Fecha de suscripción: 19-09-2017 3. Términos de Mediación: Los señores ELÌAS ALONZO LICUY AGUINDA y SEBATIANA SERAFINA AGUINDA AGUINDA en calidad de MANDATARIOS, de los herederos y único dueño vicos, se comprometen a: 3.2.1.- Reconocen y aceptan de forma libre y voluntaria la Prescripción Libre y Voluntaria de Dominio en todas las pretensiones de los actores, señores MERLY OLGA ESPINOZA ESTRADA y OSCAR DEL JESÙS MINA TEJADA, de un lote de Terreno rural, ubicado en la jurisdicción de la parroquia y cantòn Tena, provincia de Napo, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con el lote número 10 de propiedad de Patricio Chapungal en 17,54 metros; SUR: con calle primera transversal en 17,61 metros; ESTE: con el lote número 8 de propiedad de Rocío del Pilar Chicaiza en 25,01 metros, y: OESTE: con calle 2 en 23.42 metros, SUPERFICIE TOTAL DE CUATROCIENTOS VEINTE Y TRES METROS CON SESENTA Y SIETE CENTÌMETROS CUADRADOS. 3.3. Los señores MERLY OLGA ESPINOZA ESTRADA y OSCAR DEL JESÙS MINA TEJADA, por su parte se comprometen a: 3.3.1.- Aceptan el allanamiento de la demanda de Prescripciòn Adquisitiva Extraordinaria de Dominio, realizada por los señores ELÌAS ALONZO LICUY AGUINDA y SEBATIANA SERAFINA AGUINDA AGUINDA en calidad de MANDATARIOS de los herederos y único dueño vivos. 3.4.- El señor FLAVIO PATRICIO GREFA AVILÈS, en calidad de Director de MAGAP- Napo, por su parte se compromete a: 3.4.1.- No se opone a la Prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio solicitada considerando que el bien es particular, y que en atención a lo que dispone los artículos 18, 85 y 87 de la Ley Orgánica de Tierras el MAGAP no objeta dicha prescripción. 3.5.- Las partes manifiestan que el presente acuerdo no perjudica intereses de terceros; y, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 50 de la Ley de Arbitraje y Mediación, renuncia al principio de confidencialidad, y copia del extracto del presente acuerdo, en el plazo de 08 días, contados desde la suscripción del presente acuerdo, lo publicarán en un diario de mayor circulación del cantón Tena, a costa de los actores. 3.6.- Los señores MERLY OLGA ESPINOZA ESTRADA y OSCAR DEL JESÙS MINA TEJADA, luego de la protocolización del presente acuerdo en una Notaría, a su costo, procederán a su registro e inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Tena, para los trámites que en derecho convengan a las partes. Conforme dispone el Art. 47 de la Ley de Arbitraje y Mediación, el Acta de Mediación con Acuerdo Total, tiene efectos de sentencia ejecutoriada, pasada en autoridad de cosa juzgada. MERLY OLGA ESPINOZA ESTRADA OSCAR DEL JESÙS MINA TEJADA ACTORA ACTOR ELIAS ALONZO LICUY AGUINDA TIANA SERAFINA AGUINDA AGUINDA MANDATARIO DE LOS DEMANDADOS DATARIA DE LOS DEMANADDOS
MAN-
ABG. MENTOR IVÀN UVILLÙZ
CHÀVEZ 1/1 F
SEBAS-
MEDIADOR
T 1922
TENA Conforme dispone el Reglamento para Depósitos de Ahorros se comunica al Publico que la/ libreta de Ahorros N. 156635495 y cartola n.- 397425 emitida a nombre de CERDA AGUINDA WILMER CRISTOBAL se encuentra extraviada en tal virtud el Banco procederá a emitir una nueva quedando de hecho anulada la extraviada sin responsabilidad para la institución 1/3 F T1923
PERDIDA DE PLACAS LAGO AGRIO Yo. Riofrio Paul, con C.I. Nº 2100046628, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: IBB2848, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4090 (1) S: 3490 Yo. Zavala Armando, con C.I. Nº 2100705017, presento mi denuncia y dejo como constancia la pérdida de Placa y/o Matricula Vehicular, PLACA Nº: IC578Y, de MOTO Y/O VEHÍCULO. Particular que pongo en conocimiento para los trámites legales correspondientes. F: 4088 (1) S: 3488
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Comunidad
¿El tomate era conocido como la “manzana del amor”?
MUNDO
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Feria de seguridad en Shushufindi
Predicando
El alcalde Esgar Silvestre agradeció la predisposición y el trabajo mancomunado de cada una de las instituciones que se han sumado a esta iniciativa.
la
Palabra
DE DIOS
Isaías 55:11 Mi palabra que sale de mi boca, no volverá a mí vacía sin haber realizado lo que deseo, y logrado el propósito para el cual la envié.
Salmos 119:105 Lámpara es a mis pies tu palabra, y lumbrera a mi camino.
Hebreos 4:12 Redacción Sucumbíos
Que la ciudadanía se empodere de los servicios y beneficios que brindan las entidades vinculadas a la seguridad, y fomentar la confianza con la comunidad shushufindense, son parte de los propósitos que promueve la segunda feria inclusiva de seguridad ciudadana bajo la organización del consejo cantonal de seguridad. En la feria del 29 de septiembre se
aspira a superar la participación del año anterior para lo cual han sido invitadas las entidades públicas y privadas, quienes estarán con sus stands en la explanada junto al mega mercado municipal de Shushufindi. Asimismo se ha coordinado con los centros educativos para que asistan y reciban los mensajes de prevención y seguridad, comentó Luis Pacheco, director de seguridad ciudadana del gobierno municipal.
Dentro de la jornada de seguridad se ofrecerán diversas opciones de información como actividades interactivas, dinámicas e inclusivas, juegos, caritas pintadas, dramatizaciones, entre otras, organizadas por cada entidad participante. El alcalde Esgar Silvestre, en reunión del consejo cantonal de seguridad, extendió la invitación a la ciudadanía para que sea parte de la segunda feria.
Porque la palabra de Dios es viva y eficaz, y más cortante que toda espada de dos filos; y penetra hasta partir el alma y el espíritu, las coyunturas y los tuétanos, y discierne los pensamientos y las intenciones del corazón.
Romanos 12:12 Alégrense por la esperanza segura que tenemos. Tengan paciencia en las dificultades y sigan orando.
En Orellana hacen un pacto por la ternura Redacción Orellana
Con el objetivo de fomentar en Orellana una sociedad de relaciones de buen trato, de ternura, libre de violencia contra las niñas y niños, alrededor de 300 familias usuarias de los servicios de desarrollo infantil del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) y autoridades del Estado, hicieron un trato y firmaron el “Pacto por la ternura de nuestros niños y niñas”. Sonia Quizhpe, directora distrital del MIES Orellana, recalcó que el plan ternura es una propuesta gubernamental que busca impulsar el desarrollo infantil integral en los
primeros mil días de vida de los infantes. “Estamos promoviendo el desarrollo de capacidades en las familias, queremos que se respete el derecho de sus hijos e hijas a ser criados, cuidados y educados con ternura; esta cartera de Estado en Orellana atiende alrededor de 4.500 niñas y niños en los CIBV y la modalidad CNH”. Cero maltrato Para Yadira Valencia, madre de familia, el pacto le ayudó a comprender los valores que se deben inculcar a los hijos sin maltrato “con amor, comunicación y afecto podremos tener hijos que sean un ejemplo en la
familia y la sociedad”. Dentro de la actividad se realizaron mesas técnicas de trabajo, allí los participantes analizaron la importancia de la ternura en la crianza de sus hijos, se intercambiaron experiencias e ideas de cómo dar un buen trato y amor a los niños. Finalmente, con un acto simbólico de firma y un fuerte abrazo, los representantes de los comités de padres de familia de los centros infantiles del Buen Vivir (CIBV) y de la modalidad creciendo con nuestros hijos (CNH) se comprometieron a establecer relaciones equitativas, inclusivas y respetuosas de los derechos de sus hijos e hijas.
DIOS ABRIRÁ UN CAMINO DONDE EL
mundo DIJO QUE ERA IMPOSIBLE
P
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ORIENTRUCK S.A. TRANSPORTE PESADO DEL ORIENTE Conforme previsto en los Artículos 14 y 16 del Estatuto Social, concordantemente con lo establecido en los Artículos 119 y 236 de la Ley de Compañías, se convoca a los ACCIONISTAS de ORIENTRUCK S.A. a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS que se llevará a cabo en lasala de reuniones de la empresa ubicadas en el Km. 11½, margen izquierdo de la vía Coca – Lago Agrio (a 500 metros de MKP), en la parroquia Nuevo Paraíso, cantón Francisco de Orellana, provincia de Orellana. FECHA: VIERNES VEINTINUEVE (29) DE SEPTIEMBRE DEL 2017 HORA: QUINCE (15h00) HORAS En la sesión se tratarán los siguientes asuntos: 1. DESIGNAR A LA EMPRESA QUE REALIZARÁ LA AUDITORIA EXTERNA DE LA COMPAÑÍA; E, 2. INFORME GENERAL DE ACTIVIDADES. Se encarece puntual asistencia al tiempo que se recuerda a los accionistas que deben acudir a la Junta de manera personal o mediante delegado que cuente con poder suficiente o autorización específica. Puerto Francisco de Orellana, 18 de Septiembre del 2017 Atentamente;
Las familias usuarias de los servicios de desarrollo infantil están dispuestas a fomentar e impulsar la ternura infantil.
Ing. Sixto Moreno Samaniego PRESIDENTE Q-0000
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Fueron los franceses quienes lo llamaron pomme d’amour, es decir, “manzana del amor”. Y puede que lo llamaron así, por que algunos herbolarios atribuyeron al tomate propiedades afrodisíacas.
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Comunidad
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Napo y Orellana preparan actividades para el día mundial del turismo Redacción Napo
La coordinación zonal 2 del Ministerio de Turismo (Mintur) celebrará el día mundial del turismo con varias actividades que buscan promover el turismo responsable, sostenible y universalmente accesible. El Mintur, en coordinación con la industria turística, y las instituciones públicas y privadas, trabajan articuladamente para convertir al país en una verdadera potencia turística, en rueda de prensa se presentó las actividades detalladas a continuación: Orellana De las 09h00 a las 20h00, el 27 de septiembre se realizarán actividades en el malecón de Francisco de Orellana (Coca), y en las instalaciones del museo arqueológico y centro cultural Orellana (Macco). A continuación un detalle: foro sobre “Turismo sostenible como instrumento de desarrollo”. Recorridos teatralizados en el Macco. Feria gastronómica, con la participación de los finalistas provinciales de los campeonatos mundiales de encebollado y hornado. Reconocimiento a las personas y asociaciones que durante el año han resaltado por su gestión y aporte al turismo. Tours a Yasuní Land; ciclopaseo; y, presentación de artistas locales y nacionales, entre ellos los Hermanos Núñez.
Las instituciones que organizan en Orellana son: El Ministerio de Turismo; Ministerio del Ambiente; Jefatura del Parque Nacional Yasuní; gobierno provincial de Orellana; gobiernos municipales de Francisco de Orellana, La Joya de los Sachas y Loreto; Macco, y la Armada del Ecuador; con el apoyo de la cámara
provincial de turismo de Orellana, Brigada de Selva 19 Napo; y la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo. En Napo “Lanzamiento de la ruta ancestral del cacao”, del 27 al 29 de septiembre.
Plantón de rosas blancas “ni agredidas, ni agresoras” Redacción Orellana
El parque central de Francisco de Orellana fue el escenario para el primer plantón de rosas blancas con el lema “ni agredidas, ni agresoras”, organizado por el hospital regional Francisco de Orellana y con la participación de varias instituciones públicas y privadas, las cuales se enfocan en un trabajo social con la ciudadanía para frenar las cifras de violencia que existen dentro y fuera de los hogares. Esta actividad que contó con la participación ciudadana y de estudian-
tes de diferentes unidades educativas del cantón, tuvo el objetivo de concientizar a la sociedad sobre los actos de violencia de género que se dan a diario en la vida pública y la privacidad del hogar, donde se busca promover un cambio de actitud en las relaciones de convivencia intrafamiliar. El punto central del programa fue la colocación de rosas blancas sobre un corazón, en este acto participaron los representantes de las instituciones y la ciudadanía donde cada persona envió un mensaje para disminuir los casos de violencia y
femicidio que se han incrementado en la provincia de Orellana y a nivel nacional. Ingrid Palma, directora provincial del hospital Francisco de Orellana, comentó a las personas que experimenten algún tipo de violencia física o psicológica, que esta casa de salud tiene una sala de acogida, “donde trabajan profesionales capacitados para ayudarles a resolver sus problemas de una forma confidencial y con la ayuda de instituciones gubernamentales que trabajan en conjunto con el fin de que la ciudadanía tenga un buen vivir”.
Foro de turismo sostenible como herramienta de conservación de ecosistemas locales, agroturismo como estrategia de desarrollo sostenible, turismo comunitario sostenible, importancia de la geociencia, los saberes ancestrales y el turismo local. Se realizará el 27 de septiembre en el auditorio del bioparque La Isla, ciu-
dad de Tena. El 28 de septiembre, con la participación de agencias y operadoras de turismo, se realizará un fam trip; el 28 y 29 con medios de comunicación local y nacional se ejecutará un press trip, donde visitarán los emprendimientos turísticos vinculados a la ruta ancestral del cacao. El 29 de septiembre, en el malecón escénico de Tena, se realizará la exposición de centros de turismo comunitario, prestadores de servicios y asociaciones de cacao. Además habrá charlas magistrales relacionadas al cacao, con los temas “buenas prácticas de manufactura, el cacao y su presencia en el Ecuador y en el continente”. En Napo, las instituciones organizadoras son: Ministerio de Turismo; gobierno provincial de Napo; gobiernos municipales de Tena y Archidona; Casa Bonuchelli; Fundación Maquita; y el Fondo Ecuatoriano de Cooperación para el Desarrollo (FECD). Se efectuarán también otras actividades con el tema del cacao: danzas; chocoloterapia; elaboración de chocolate artesanal; concurso al mejor plato innovador con cacao; y se finalizará con la presentación de: guía espeleológica Geoparque Napo Sumaco; presentación del video promocional de la ruta ancestral del cacao; página web y aplicación.
Inicia concurso nacional de buenas prácticas de educación disruptiva Redacción Sucumbíos
Su objetivo es seleccionar las mejores experiencias pedagógicas con las tecnologías de la información y comunicación (TIC), que impulsan el talento humano de los miembros de la comunidad educativa y contribuir al mejoramiento de la calidad de la educación. Profesores de todo tipo de instituciones educativas del país podrán presentar sus buenas prácticas educativas hasta el 15 de octubre del 2017. La corporación red infodesarrollo, la confederación ecuatoriana de establecimientos de educación católica (Confedec) y la fundación Telefónica Movistar, invitan a este concurso en el que podrá participar todo tipo de instituciones educa-
tivas del país. El concurso tiene como objetivo central seleccionar las experiencias más significativas que incorporan las TIC en los procesos educativos, para la participación de la comunidad educativa (autoridades, padres de familia, alumnado y barrio), o hacia la configuración de redes escolares, desempeño administrativo o para mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje. Las experiencias que pueden participar serán aquellas implementadas desde un año lectivo anterior (2016-2017) y en curso (2017-2018). Los postulantes se pueden inscribir de forma individual o en forma grupal, con un máximo de 5 participantes, a través del formulario de inscripción desde la página:
http://fundaciontelefonica.com.ec/concurso/ Los estudiantes secundarios que acudieron a la cita “ni agredidas, ni agresoras”.
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Salud
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¿El aroma de las papas fritas es lo que en realidad las hace atractivas?
Demandan más recursos para investigación
Informe de la OMS confirma que el mundo se está quedando sin antibióticos La mayoría de los fármacos que se desarrolla es una modificación de clases de antibióticos ya existentes que ofrecen soluciones solamente a corto plazo. Ginebra. El informe Antibacterial agents in clinical development – an analysis of the antibacterial clinical development pipeline, including tuberculosis, publicado el 20 de septiembre del 2017 por la Organización Mundial de la Salud (OMS) revela una grave falta de nuevos antibióticos en fase de desarrollo para combatir la creciente amenaza de la resistencia a los antimicrobianos. En el informe se indica que hay muy pocas opciones terapéuticas posibles para las infecciones resistentes a los antibióticos señaladas por la OMS como las mayores amenazas para la salud, y que incluyen la tuberculosis farmacorresistente, que causa alrededor de 250.000 fallecimientos cada año. A juicio del Tedros Adhanom Ghebreyesus, director general de la OMS, “la resistencia a los antimicrobianos es una emergencia para la salud mundial que comprometerá gravemente el avance de la medicina moderna. Hay una necesidad urgente de aumentar la inversión en investigación y desarrollo para luchar con las infecciones resistentes a los antibióticos, entre ellas la tuberculosis. De otro modo, volveremos a los tiempos en que la gente temía contraer infecciones habitua-
Uso adecuado
La obtención de nuevos tratamientos no bastará para combatir la amenaza de la resistencia a los antimicrobianos. La OMS trabaja con los países y los asociados para mejorar la prevención y el tratamiento de las infecciones y para promover el uso correcto de los antibióticos disponibles actualmente y en el futuro. Además, la OMS está elaborando directrices sobre el uso responsable de los antibióticos en los sectores de la salud humana, animal y en la agricultura y la ganadería.
les y ponía en riesgo su vida si se sometía a intervenciones quirúrgicas sencillas». Además de las bacterias causantes de la tuberculosis multirresistente, la OMS ha identificado 12 clases de patógenos prioritarios (algunos de ellos causantes de infecciones frecuentes como la neumonía o las infecciones en las vías urinarias) que son cada vez más resistentes a los antibióticos existentes y requieren con urgencia nuevos tratamientos. En el informe se mencionan 51 nuevos antibióticos y biofármacos en desarrollo clínico que se podrían utilizar para tratar infecciones cau-
sadas por los patógenos resistentes a los antibióticos más prioritarios, además de la tuberculosis y las enfermedades diarreicas ocasionadas por clostridium difficile, que pueden ser mortales. Sin embargo, solo 8 de estas moléculas con potencial terapéutico han sido clasificadas por la OMS como tratamientos innovadores que ofrecerán alternativas válidas al actual arsenal de antibióticos. De leves a mortales Hay una grave falta de opciones terapéuticas para Mycobacterium tuberculosis multirresistente y ul-
trarresistente y contra bacterias gramnegativas, entre ellas enterobacterias (como Klebsiella y E. coli) y Acinetobacter, que pueden causar infecciones de gravedad, con frecuencia mortales, y son especialmente peligrosas en los hospitales y las residencias de ancianos. Además, hay muy pocos antibióticos en fase de desarrollo que se podrán administrar por vía oral, a pesar de que estas formulaciones son muy necesarias para tratar las infecciones fuera de los hospitales y en lugares de escasos recursos. La directora del departamento de medicamentos esenciales de la
OMS, Suzanne Hill, señala que “los investigadores y las empresas farmacéuticas deben desarrollar urgentemente nuevos antibióticos contra determinados tipos de infecciones muy graves que pueden matar a los pacientes en cuestión de días, porque no tenemos modo de defendernos contra ellas”. Para hacer frente a esta amenaza, la OMS y la iniciativa medicamentos para las enfermedades desatendidas (DNDi) establecieron la Global Antibiotic Research and Development Partnership (Gardp) o Alianza mundial de investigación y desarrollo de antibióticos. El 4 de septiembre, Alemania, Luxemburgo, los Países Bajos, el Reino Unido, Sudáfrica, Suiza y el Wellcome Trust, se comprometieron a destinar más de 56 millones a este objetivo. De acuerdo con el director del Programa Mundial contra la Tuberculosis de la OMS, Mario Raviglione, “la financiación de la tuberculosis es muy insuficiente y en los últimos 70 años solo se han comercializado 2 nuevos antibióticos contra cepas farmacorresistentes. Para poner fin a esta enfermedad necesitamos destinar urgentemente más de 800 millones de dólares al año a investigar nuevos fármacos antituberculosos”. Fuente: www.who.int
MFGM, la membrana del glóbulo de grasa de la leche, nuevo hallazgo para la nutrición de los niños ¿Sabías que la nutrición juega un papel primordial para el desarrollo mental y el aprendizaje? La nutrición tiene el potencial de influir en el desarrollo del cerebro, especialmente durante la infancia. Existen ciertos nutrimentos que tienen un gran impacto en el funcionamiento del cerebro y por esto, se les ha denominado como neuronutrimentos e incluyen a las proteínas, hierro, zinc, cobre, yodo, vitamina A, colina, folatos, el DHA y la MFGM. Estos neuronutrimentos no solo for-
man parte de las estructuras del cerebro sino que también intervienen en el buen funcionamiento de las neuronas al permitir su crecimiento y la formación de enlaces entre ellas, lo que resulta primordial para el desarrollo mental. El DHA tiene una participación fundamental en las estructuras del tejido de las células nerviosas, volviéndolo un componente esencial para su adecuado funcionamiento. La MFGM o membrana del glóbulo de grasa de la leche, es un conjunto de componentes bioactivos (ciertos
tipos de grasas y proteínas) que están presentes en la leche materna y bovina, y actualmente su adición en ciertos alimentos infantiles ha sido un gran avance científico para la nutrición de los niños. Ambos compuestos son muy importantes importancia, porque participan en diferentes funciones relacionadas con la comunicación entre las neuronas (células del cerebro), el desarrollo visual, así como aspectos cognitivos relacionados con la memoria y el aprendizaje de los niños. En diversos estudios relacionados
con el consumo de estos 2 componentes, se ha demostrado su importante contribución en el desarrollo mental. En el caso del DHA, se ha observado que puede favorecer que los niños desarrollen un coeficiente intelectual normal, apoyando también la memoria y el aprendizaje; mientras que a la MFGM se le ha relacionado con un mejor desempeño cognitivo y en la coordinación de los movimientos corporales de los pequeños que lo consumieron durante el primer año de vida, en comparación con el desempeño de
los que no incluyeron MFGM en su alimentación. Estas investigaciones nos muestran la importancia de una adecuada nutrición en los niños desde su nacimiento, dándoles alimentos que les aporten nutrimentos innovadores como la MFGM, que les brindan los elementos que requieren para apoyar un adecuado desarrollo mental. A continuación, mostramos una lista de actividades que puedes realizar con tu niño para ayudarlo a que desarrolle al máximo sus capacidades y su potencial cognitivo.
LOGROS Y ACTIVIDADES PARA ESTIMULAR EL DESARROLLO MENTAL PRIMER AÑO
SEGUNDO AÑO
TERCER AÑO
Es importante que establezcas rutinas regulares para realizar sus actividades diarias: para la comida, el juego, el sueño.
Siéntate con él a mirar libros, al leerle puedes imitar sonidos y voces diferentes para llamar su atención.
Iniciar el entrenamiento para lograr el control de esfínteres y permitirle que comience a lavarse, vestirse o ir a dormir solo, le ayudará al niño a desarrollar actitudes de autonomía e independencia.
Ofrécele juguetes de diferentes formas, colores y texturas para que aprenda a reconocer la diferencia entre ellos.
Usa un lenguaje sencillo y claro para explicarle las cosas.
Platica con el niño sobre los sucesos de su día, ayúdalo a que con palabras o frases cortas reconozca los lugares familiares por su nombre, utilice los pronombres como “yo”, “mío”, “tuyo” de manera correcta y adquiera mayor destreza en el lenguaje.
Nombrado MFGM por el fabricante; concentrado de proteína de suero.
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El olor de las papas fritas se compone de aromas similares a los de sĂrope de caramelo, cacao, flores, queso y tablas de planchar. El tipo de la patata, el aceite empleado, la forma de cocinar y la temperatura son factores que afectan al olor.
Pasatiempo
Sopa de letras
Laberinto
Encuentra las siguentes palabras CAMELLO ELEFANTE HIENA JAGUAR
JIRAFA LEON LORO MONO
CirculaciĂłn del 24 al 30 de septiembre del 2017
OSO SAPO TIGRE TUCAN
Sudoku
Encuentra las 8 Diferencias
11
12
Circulación del 24 al 30 de septiembre del 2017
Comunidad
La 10K por primera vez en Lago Agrio
El alcalde de Lago Agrio, Vinicio Vega (i), comprometió el apoyo municipal para el éxito de la carrera 10K por las calles de la capital sucumbiense. Redacción Sucumbíos
Con la finalidad de ser protagonistas e incentivar la práctica del deporte a través de eventos deportivos de gran interés, la federación nacional de ligas barriales y parroquiales, (Fedenaligas), organiza por primera vez en la provincia de Sucumbíos la competencia atlética 10K, el 22 de octubre en un recorrido de 10 kilómetros y la participación de hombres y mujeres, en diversas categorías. La predisposición de dirigentes y autoridades de Lago Agrio, animó a Hugo León, presidente de Fedenaligas, a concretar esta competencia atlética que por primera se dará en Nueva Loja. En rueda de prensa del 20 de septiembre, para la pre-
sentación de la competencia, estuvieron además en el auditorio de la federación deportiva, el alcalde de Lago Agrio, Vinicio Vega; Javier Figueroa, presidente de la federación deportiva provincial; Hernán Cueva, presidente de la federación de ligas barriales de Sucumbíos; y autoridades de la Policía Nacional. Como invitado asistió el atleta Franklin Tenorio, uno de los referentes nacionales del atletismo. Premios Se han establecido 4 categoría para esta competencia que se desarrollará en un circuito por las avenidas que circundan la ciudad: varones, estudiantil, damas y máster. Los premios van desde 1.800 dólares al primer lu-
gar, 1.000 al segundo y 500 al ubicado en tercer lugar; esto en el caso de la categoría varones. En la categoría máster los premios económicos son de 1.200 dólares, 600 y 300, en su orden. Además se realizarán sorteos de premios valorados en 1.300 dólares. La salida será en el estadio Carlos Vernaza e igual la llegada, hasta el estadio. Las inscripciones que cuestan 15 dólares y 12 para estudiantes, se receptan en la federación deportiva. Cada atleta recibirá un kit que incluye la camiseta, cuyo valor es de 7 dólares, precisó Hugo León. La Policía Nacional prestará todo su contingente para esta competencia que se realiza en Nueva Loja y que será el punto de partida para hacerlo en otras ciudades, dijo Hugo León.
Prevención del embarazo en adolescentes Redacción Orellana
apoyo en todo momento”, dijo.
El Ministerio de Salud Pública (MSP) a través de la dirección distrital 22D01-salud, en coordinación con autoridades locales y la red de atención a la mujer y la familia violentada (Ramfav) cantonal de La Joya de los Sachas, realiza varias actividades que previenen el embarazo en adolescentes, suicidio, violencia intrafamiliar, vulneración de los derechos sexuales y reproductivos. En el parque central de La Joya de los Sachas se realizó una feria de salud, allí los estudiantes de las unidades educativas de la ciudad formaron parte de este programa, con exposiciones de carteles que contienen información alusiva a los temas de la feria y con ligeras explicaciones de lo que representa para la adolescencia la prevención del embarazo y el suicidio. Darlin Mantilla, estudiante de la unidad educativa 12 de Febrero, manifestó “no cambiemos la mochila por un bebé, en realidad hoy en día existen muchos métodos anticonceptivos para prevenir embarazos, sin embargo no los aplicamos, necesitamos crear conciencia para poner de nuestra parte y cuidarnos, pero lo más importante es la confianza de nuestros padres para platicar, recibir orientación y
Entornos negativos Ximena Simbaña, analista distrital de promoción de la salud e igualdad, explicó que en la prevención del suicidio hay que entender que la etapa de la adolescencia es bastante difícil de confrontar a diario en la vida y eso conlleva muchas veces a tener ideas y pensamientos negativos que incluso les conduce a cometer suicidios. Agregó que la principal causa del suicidio es el trastorno depresivo de lo cual proviene esta conducta negativa “por eso estamos realizando este tipo de ferias para socializar todos estos temas con acciones preventivas, porque todos son temas de salud, asimismo todos los días se realizan charlas en las salas de espera de las unidades de salud y aprovechamos los diferentes espacios públicos para difundir información sobre la prevención de la violencia, de embarazo en adolescentes y el suicidio. Simbaña subrayó que las enfermedades mentales, principalmente la depresión y los trastornos por consumo de alcohol, el abuso de sustancias, la violencia, las sensaciones de pérdida y diversos entornos culturales y sociales, constituyen importantes factores de riesgo de suicidio.
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Los estudiantes de las unidades educativas del cantón escucharon las consecuencias que dejan los embarazos en adolescentes.
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