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CANNA LEY: LIC. ALECZER | PAG
CANNA LEY

CONSUME LEGAL Y RESPONSABLEMENTE
Con el pasar de los años desde que comenzó la industria en el 2016 he notado la cantidad de desinformación que tienen muchos pacientes de cannabis sobre las cosas que pueden y no pueden hacer con su licencia. Casi media década mas tarde continuamos encontrando estas lagunas informativas que son necesarias para hacer un uso correcto y responsable del cannabis, pero sobre todo legal.
Haremos un listado de los aspectos a mi juicio más importantes que todo paciente de cannabis debe saber sobre lo QUE NO PUEDES HACER CON TU LICENCIA:
1. FUMAR CANNABIS MEDICINAL: NO ESTA PERMITIDO. Muchos pacientes aún no logran entender que, a pesar de que la compra de la flor de cannabis está permitida, en los casos en que el medico recomiende su uso, su uso se limita exclusivamente a método de vaporización. NO ES LEGAL SU USO FUMADO. La diferencia estriba en que el uso fumado requiere la utilización de fuego que crea combustión y el uso vaporizado, utiliza calor para soltar los elementos medicinales de la flor, pero no llega al punto de quemarla. El consumo vaporizado es mucho mas saludable, ya que elimina las toxinas y los químicos que se generan con el humo de la flor quemada.

2. PUEDO VIAJAR CON MI MEDICAMENTO: NO ESTA PERMITIDO.
En Puerto Rico se permite el consumo del cannabis medicinal a pacientes autorizados, pero esta autorización solo se limita a la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Esto incluye Vieques y Culebra, pero la medicina debe ser transportada en su empaque original y dentro del famoso “exit bag” que te entregan a la salida del dispensario. Montarse en un avión o un barco que salga de la jurisdicción de Puerto Rico con medicamento encima podría conllevar la confiscación del producto, la cancelación de la licencia de paciente, multas administrativas (que podrían ascender hasta $1,000.00) y en el peor de los casos, hasta procesamiento criminal, por violación a la ley de sustancias controladas federal. El mal rato no se lo escapa nadie. Si, esto aplica a cualquier producto que contenga THC incluyendo, gummies y aceites.
3. CONSUMO EN LUGARES PÚBLICOS: NO ESTA PERMITIDO.
La ley PROHIBE terminantemente el consumo de cannabis medicinal en lugares públicos. El Reglamento vigente define que son lugares públicos. OJO, algunos son lugares privados que serán considerado como lugares públicos para propósitos de esta LEY. Estará PROHIBIDO el consumo de cannabis en (APRÉNDETELOS): en cualquier edificio del gobierno, establecimientos de cannabis medicinal, cualquier centro educativo público y privado (incluye UNIVERSIDADES), ascensores, teatros, cine, vehículos de transportación publica, RESTAURANTES, CAFETERÍAS, cualquier lugar dedicado al expendio de comidas y “Fast foods”, museos, funerarias, tribunales, centros de cuidado de niños, instalaciones recreativas públicas, calles, ACERAS, Avenidas y cualquier otro lugar que no sea privado. Así que, si te encuentras en la playa con unas amistadas y te empezó ese dolor de espalda que sabes que se va a poner peor y no quieres abandonar a tu grupo… NO PUEDES CONSUMIR TU MEDICAMENTO. La consecuencia de desobedecer este articulado podría ser desastrosa. El violar la ley y el reglamento te quita toda la protección que te provee tu identificación de paciente. Te pueden arrestar y procesar criminalmente. NO TE ARRIESGUES Y SE RESPONSABLE.
4. PUEDO CONSUMIR EN UN LUGAR PRIVADO CON AUTORIZACIÓN DEL DUEÑO: ¡SI, PERO CUIDADO!
Según la Ley 42 un “Lugar Privado es: significa sitio o espacio donde existe expectativa de intimidad, que no se encuentre en presencia de terceros sin su consentimiento y para el cual se tiene la autorización del propietario legal o poseedor legalmente autorizado.” Esto implica que además de que el dueño te autorice, si hay otras personas en tu presencia que además tienen permiso del propietario para estar allí, estas tienen que dar su consentimiento también para que puedas usar tu medicamento.
5. COMPRA DE MEDICAMENTO PARA OTRO PACIENTE: NO ESTA PERMITIDO.
Sólo se permite la compra de cannabis medicinal para otro paciente, si estás identificado como un ACOMPAÑANTE AUTORIZADO. Para esto debes haber pasado por un proceso de solicitud con el Departamento de Salud y te deben haber provisto con una identificación especifica para estos propósitos. En cualquier otra circunstancia ESTA PROHIBIDO. Inclusive el compartir cannabis medicinal, que es una práctica muy común antes de la medicalización, también esta prohibido, de ser encontrado haciendo esto, no importa si ambos son pacientes, podrías ser procesado criminalmente bajo la ley de sustancias controladas. Espero que esta información te sea útil y puedas ayudarme a regar la voz. El cannabis medicinal es un privilegio que tenemos y debemos protegerlo. Consumir LEGAL y responsablemente es tarea de todos.
Hasta la próxima, les envío un abrazo cañamoso.



