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DC DE
RESOLUCIÓN NUMERO
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2 7 MAY 2015
"Por la cual se modifica la Resolución 0298 del 12 de mayo de 2016, mediante la cual se ordenó el ajuste salarial para la vigencia fiscal 2016, de las diferentes asignaciones salariales de los empleos públicos de la Contraloria de Cundinamarca" EL CONTRALOR DE CUNDINAMARCA En uso de sus atribuciones Constitucionales, Legales y Ordenanzales, y
CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 0298 DC del 12 de mayo de 2016, se fijó el ajuste salarial para la vigencia fiscal 2016, de las diferentes asignaciones de los empleos públicos de la Contraloría de Cundinamarca. Que en el Artículo 1° de ese acto administrativo, se resolvió incrementar en un ocho punto once por ciento (8.11%), la remuneración mensual que por concepto de asignación básica mensual y gastos de representación, si es del caso, que percibían a 31 de diciembre de 2015, los Servidores Públicos de la Contraloría de Cundinamarca, con excepción del cargo de CONTRALOR CÓDIGO 010 GRADO N.E., el cual será establecido una vez se expida eí Acto Administrativo que reglamente el aumento del salario mensual del Gobernador de Cundinamarca para la vigencia de 2016. De igual modo, en este artículo, se omitió incluir el cargo de ASESOR CÓDIGO 115 GRADO 01, el cual debe tenerse en cuenta para el incremento respectivo. Que el Decreto 225 del 12 de febrero de 2016, expedido por el Gobierno Nacional a través del Departamento Administrativo de la Función Pública, dispuso en su Artículo 7°. El límite máximo de la asignación básica mensual de los empleados públicos de las entidades territoriales para el año 2016 queda determinado así: NIVEL JERÁRQUICO SISTEMA GENERAL
LIMITE MÁXIMO ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL
DIRECTIVO
$ 11.724.035
ASESOR PROFESIONAL
$ 9.371.390
TÉCNICO
$ 2.426.891
ASISTENCIAL
$ 2,402,810
$ 6.546.669
A su turno, el Artículo 8°, ibídem, preceptuó: Ningún empleado público de las entidades territoriales podrá percibir una asignación básica mensual superior a los límites máximos establecidos en el artículo 7° del presente Decreto, Que conforme a lo anterior, se advierte que en el Artículo Segundo de la Resolución 0298 del 12 de mayo de 2016, la asignación básica mensual incrementada para el cargo Técnico Operativo Código 314 Grado 02, supera el rango máximo fijado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 225 del 12 de febrero de 2016, por tanto, es necesario hacer las modificaciones a que haya lugar, ajustadas a la normativa mencionada. Que en mérito de lo expuesto, este Despacho
Calle 49 No. 13 - 33 PBX 3394460
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RESOLUCIÓN NÚMERO
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2 1 MAY 2016
DC DE ;
"Por ¡a cual se modifica la Resolución 0298 del 12 de mayo de 2016, mediante la cual se ordenó el ajuste salarial para la vigencia fiscal 2016, de las diferentes asignaciones salariales de los empleos públicos de la Contraloria de Cundí namarca''
ARTÍCULO PRIMERO; Modifiqúese el Artículo Primero de la Resolución 0298 del 12 de mayo de 2016, el cual quedará así: ARTÍCULO PRIMERO.- A partir del primero (1°) de enero de dos mil dieciséis (2016), la remuneración mensual que por concepto de asignación básica mensual y gastos de representación, si es el caso, que percibían a 31 de diciembre de 2015, los Servidores Públicos de la Contraloría de Cundinamarca, será incrementada en un ocho punto once por ciento (8.11%) para los siguientes empleos: TÉCNICO OPERATIVO CÓDIGO 314 GRADO 01, SECRETARIO EJECUTIVO CÓDIGO 425 GRADO 06, SECRETARIO CÓDIGO 440 GRADO 05, CONDUCTOR CÓDIGO 480 GRADO 02, CONDUCTOR CÓDIGO 480 GRADO 04, AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 407 GRADO 03, AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES CÓDIGO 470 GRADO 01, CONTRALOR AUXILIAR CÓDIGO 035 GRADO 06, SECRETARIO GENERAL DE ORGANISMO DE CONTROL CÓDIGO 073 GRADO 05, DIRECTOR TÉCNICO CÓDIGO 009 GRADO 04, DIRECTOR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 009 GRADO 04, ASESOR CÓDIGO 115 GRADO 01, JEFE DE OFICINA ASESORA CÓDIGO 115 GRADO 02, DIRECTOR OPERATIVO CÓDIGO 009 GRADO 03, DIRECTOR ADMINISTRATIVO CÓDIGO 009 GRADO 03, SUBDIRECTOR TÉCNICO CÓDIGO 068 GRADO 02, SUBDIRECTOR TÉCNICO CÓDIGO 068 GRADO 01, SUBDIRECTOR OPERATIVO CÓDIGO 068 GRADO 01, PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 222 GRADO 03, PROFESIONAL UNIVERSITARIO CÓDIGO 219 GRADO 02, PROFESIONAL UNIVERSITARIO CÓDIGO 219 GRADO 01 y, con excepción del cargo de CONTRALOR CÓDIGO 010 GRADO N.E., el cual será establecido una vez se expida el Acto Administrativo que reglamente el aumento del salario mensual del Gobernador de Cundinamarca para la vigencia 2016. PARÁGRAFO PRIMERO: El incremento salarial para el TÉCNICO OPERATIVO CÓDIGO 314 GRADO 02, se sujetará al rango máximo salarial establecido en el Decreto 0225 del 12 de febrero de 2016. PARÁGRAFO SEGUNDO: Aplicado el incremento salarial, la asignación mensual resultante no podrá en ningún momento superar los rangos salariales fijados por el Gobierno Nacional. PARÁGRAFO TTERCERO: Si al aplicar el porcentaje de incremento resultaren centavos, se aproximarán al peso por exceso o defecto. ARTICULO SEGUNDO: Modjfíquese el Artículo Segundo de la Resolución 0298 del 12 de mayo de 2016, el cual quedará así: ARTÍCULO SEGUNDO.- La nueva asignación básica mensual para los empleos públicos de la Planta de Personal de la Contraloría de Cundinamarca para la vigencia 2016 será la siguiente:
ESCALA SALARIAL ORDENANZAS No. 22 DE 2001, 004 DE 2006, 026 DE 2006, 021 DE 2007, 018 DE 2008, 027 DE 2009, 031 DE 2009, 076 DE 2010 Y 154 DE 2012 GRADO ASISTENCIAL $ 1.702.624,00 1 $ 1.844.510,00 2 $ 1.915.452,00 3 $ 2.028.961,00 4 $ 2.057.338,00 5 $2.128.280,00 6
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ASESOR PROFESIONAL TÉCNICO $2.128.280,00 $ 2.969.945,00 $4,531.123,00 $2.426.891.00 $ 3.535.649,00 $ 7.919.851,00 NA N.A. $4,101.353,00 NA NA NA N.A. NA NA N.A. NA N.A.
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DIRECTIVO $ 4.384.205,00 $5.374.186,00 $ 7.919.851,00 $ 8.909.835,00 $ 10.182.667,00 $ 11.031.223,00
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RESOLUCIÓN NÚMERO
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HAY 2016
DC DE )
"Por la cual se modifica la Resolución 0298 del 12 de mayo de 2016, mediante la cual se ordenó el ajuste salarial para la vigencia fiscal 2016, de las diferentes asignaciones salariales de los empleos públicos de la Contraloría de Cundlnamarca" ARTICULO TERCERO: Las demás cláusulas de la Resolución 0298 del 12 de mayo de 2016, permanecerán incólumes. ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de dos mil dieciséis (2016).
COMUNIQÚESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
_ Contra!
Revisó:
LUIS ORLANDO BUITRAGO FORERO ¡, Directora Administrativa de Gestión Hijcná y Carrera Administrativa \A
:Z AREVALO ^undinamarca
CUBILLOS GUALDRON
Revisó: Jefe Oficina Asesora Jurídica >Revisó y aprobó:
ANA LUCÍA LÓPEZ PINZÓN „«>' Dirección Administrativa y Financiera
Proyectó:
LIBARDO A. VILLARREAL BAYONA Profesional Universitario Código 219 Grado 02
Revisó:
LORENA LÓPEZ LINARES CLProfesional Universitario C(Jdigo 219 Grado 01
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