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ONT>i pUNDINAMAKCA RALO RÍA RESOLUCIÓN NMERO

DC DE

£ 8 HOY- 2014 "Por la cual se adopta el Plan de Incentivos de la Contraloría de Cundinamarca para la vigencia

2014 " EL CONTRALOR DE CUNDINAMARCA

En uso de sus atribuciones Constitucionales, Legales y Ordenanzales, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004, se expidieron normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones. / Que en el Artículo 69 del Decreto 1227 de 2005, se establece que las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus servidores. Que el Artículo 76 del Decreto 1227 de 2005, dispone que los planes de incentivos, enmarcados dentro de los planes de bienestar social, tienen por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades. Que para el efecto cada entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 77 del Decreto 1227 de 2005. Que para la gestión de los incentivos se conformó el Comité de Incentivos de la Contraloría de Cundinamarca, reglamentado mediante Resolución Número 0197 del 5 de mayo de 2009. Que mediante Resolución No. 0574 de 2011, se estableció que el Contralor de Cundinamarca adoptará anualmente el Plan diseñado por el Comité de Incentivos. Que el acuerdo 137 de 2010 de la Comisión Nacional del Servicio Civil establece como factores de cumplimiento para acceder al nivel sobresaliente los siguientes: Evaluación de la gestión por dependencias; por calidad y oportunidad; por aportes, propuestas o iniciativas adicionales; por iniciativas tendientes a acciones proactivas en las actividades que cumpla; por participación y aprovechamiento de capacitación relacionada con las actividades propias del empleo y que genere un valor agregado para la entidad o la dependencia; por participación en grupos o en actividades que requieren de disposición voluntaria, por cumplimiento de competencias comportamentales. Que mediante actas de reunión del Comité de Incentivos de la Contraloría de Cundinamarca de fechas 31 de julio de 2014 y 21 de agosto de 2014, se definieron los Incentivos No pecuniarios para los mejores servidores de Carrera Administrativa de los niveles profesional, técnico y asistencial, así como para el mejor servidor de Carrera Administrativa de la Entidad, estableciendo de igual manera los criterios de desempate en caso de que éste se presente en el procedimiento de selección. Que el artículo 1° del Decreto 4661 de 2005, señala que los programas institucionales de educación no formal y de educación formal básica primaria, secundaria y media, o de educación superior, podrán beneficiar a los empleados públicos como también a sus familias, cuando la entidad cuente con recursos apropiados en sus respectivos presupuestos para el efecto.

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ONTRALORIA ni C'UNPINAMAKCA RESOLUCIÓN NÚMERO

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28NOV. 20Í4

DC DE ;

"Por la cual se adopta el Plan de Incentivos de la Contraloría de Cundinamarca para la vigencia

2014 " En mérito de lo anteriormente expuesto este Despacho,

RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Adoptar el Plan de Incentivos para la Contraloría de Cundinamarca para la vigencia 2014, con base en los resultados de la Evaluaciones del Desempeño Laboral de los servidores de Carrera Administrativa de la Contraloría de Cundinamarca, para el periodo evaluado comprendido entre el 1° de febrero de 2013 al 31 de enero de 2014. ARTÍCULO 2°. El Plan de Incentivos, tiene por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de la entidad. Se ofrecerán incentivos no pecuniarios a los mejores servidores de Carrera Administrativa para cada uno de los niveles jerárquicos (profesional, técnico y asistencial), así como un incentivo no pecuniario al mejor servidor de Carrera Administrativa de la Entidad. ARTÍCULO 3°. Establecer los siguientes incentivos No Pecuniarios a los mejores servidores de Carrera Administrativa de la Entidad, entre los cuales los servidores seleccionados podrán elegir uno o varios de los mencionados a continuación, siempre y cuando en su totalidad no supere los dos punto cinco (2.5) SMMLV: 1.

Becas parciales o totales para educación formal o no formal afines a la función institucional, en instituciones educativas legalmente constituidas, hasta un monto de dos punto cinco (2.5) SMMLV.

2.

Becas parciales o totales para educación formal o no formal para el conyugue (esposo, o compañero o compañera permanente), o alguno de sus hijos, hasta un monto de dos punto cinco (2.5) SMMLV.

3.

Apoyo económico y administrativo para eventos académicos nacionales o internacionales relacionados con la función institucional, hasta un monto de dos punto cinco (2.5) SMMLV.

4.

Apoyo económico para Corporación Social de Compensación Familiar legalmente constituidas,

5.

Publicación de trabajos o investigaciones relacionados con la función institucional, hasta un monto de dos punto cinco (2.5) SMMLV.

programas o planes de bienestar social o recreación que ofrezca la Cundinamarca o alguna de sus agencias afiliadas, la Caja de a la cual se encuentra afiliada la Entidad, o empresas o agencias hasta un monto de dos punto cinco (2.5) SMMLV.

PARÁGRAFO: Los servidores que participen en el sorteo de desempate mencionado en el artículo cuarto de la presente Resolución, y que no resulten seleccionados como el mejor servidor de cada uno de los niveles jerárquicos, tendrán derecho a tres (03) días de permiso.

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ClNTRALORIA i>i CUNOINAMARCA RESOLUCIÓN NUMERO

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0793

2 8 HOV. 2014

DC DE

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"Por la cual se adopta el Plan de Incentivos de la Contraloría de Cundinamarca para la vigencia

2014 " ARTICULO 4°: SELECCIÓN DE LOS MEJORES SERVIDORES. Si dentro del proceso de selección de los mejores empleados de Carrera Administrativa por cada nivel jerárquico, se presenta empate en el resultado con nivel Sobresaliente obtenido en la Evaluación del Desempeño Laboral, el Comité de Incentivos tomará como elemento decisorios los siguientes: 1.

Antigüedad en la Entidad: a los servidores cuya antigüedad esté entre 1 y 25 años se les otorgará un (1) punto, a aquellos cuya antigüedad esté entre los 26 y los 30 años se les otorgarán dos (2) puntos, y a aquellos servidores que tengan más de treinta años de antigüedad se les otorgarán tres (3) puntos, teniendo en cuenta como fecha de corte el periodo de evaluación, es decir, el 31 de enero de 2014.

2.

Formación académica: para cada uno de los niveles jerárquicos, se otorgarán los siguiente niveles de puntuación en función de los diferentes programas académicos culminados antes del 31 de enero de 2014: Nivel Profesional: -

Programa de pregrado adicional: un (1) punto por cada programa. Especialización adicional: un (1) punto por cada programa. Maestría: dos (2) puntos por cada programa. Doctorado: tres (3) puntos por cada programa.

Nivel Técnico: - Título técnico o tecnológico adicional: un (1) punto por cada programa. - Programa de pregrado: un (1) punto por cada programa. - Especialización: dos (2) puntos por cada programa. - Maestría: tres (3) puntos por cada programa adicional. Nivel Asistencial: -

Título técnico o tecnológico: un (1) punto por cada programa. Diplomado: un (1) punto por cada programa. Programa de pregrado: dos (2) puntos por cada programa. Especialización: tres (3) puntos por cada programa.

Para los dos numerales anteriores, se tendrá en cuenta la sumatoria de los puntajes de antigüedad en la Entidad y la formación académica. En caso de persistir el empate, se establecen los siguientes criterios de desempate a seguir: 3.

Certificado electoral del último cuatrienio electoral, para el cual otorgará un (1) punto por cada certificado.

4.

Sorteo entre los seleccionados en reunión del Comité de Incentivos.

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ONTRALORIA \0\ il CUNDINAMAKCA RESOLUCIÓN NÚMERO

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2 8 NOV. 2014

DC DE

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"Por la cual se adopta el Plan de Incentivos de la Contraloría de Cundinamarca para la vigencia

2014 " Para la selección del mejor servidor de Carrera Administrativa se aplicarán, en caso de empate, los mismos criterios establecidos anteriormente. PARÁGRAFO PRIMERO: En todos los casos de los programas adicionales, se entenderá adicional al exigido en el Manual de Funciones y Competencias Laborales vigente de la Entidad, para ocupar el cargo objeto de Evaluación del Desempeño. PARÁGRAFO SEGUNDO: En el caso de todos los programas, con excepción de los diplomados, se entenderá que el programa ha culminado con la obtención del respectivo título, o con la terminación y aprobación de las materias del respectivo programa. PARÁGRAFO TERCERO: Se realizará una exaltación pública a los servidores seleccionados como lo mejores para cada uno de los niveles jerárquicos. ARTÍCULO 5°: La presente Resolución rige a partir de la fecha su expedición.

COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE

Contralor de Cundinamarca

Proyectó y aprobó:

SEBASTIAN ANDRETÍD Director Administrativo de Gestión Humana y Carrera Aíifninistrativa

Revisó:

^JAIME>(RTURO GUERRA RODRÍGUEZ ; Oficina Asesora Jurídica

Revisó:

ÁN PAÉREZ CARVAJAL ^Asesor del Despacho

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