OBSERVATORIO LEGISLATIVO BOLETÍN 12

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Boletín No.12-Estado de importantes proyectos en la última semana de la legislatura. Junio de 2004

Con el apoyo de la fundación

Konrad

-A DenauerStiftung

Instituto de Ciencia Política OBSERVATORIO LEGISLATIVO

Así avanzan importantes proyectos (I) A una semana de concluir la legislatura, el Observatorio Legislativo presenta el avance que han tenido algunos de los proyectos de trascendencia nacional.

Ley de Reforma al Congreso y creación de bancadas

pública que se hará en las plenarias de las corporaciones. Esta decisión siempre constará por escrito, sin que esto implique desacato ni disenso.

Proyecto: No. 066 de 2003. "Por la cual se reglamenta la actuación en bancadas de los miembros de las corporaciones públicas y se adecúa el reglamento del Congreso al régimen de bancadas". Autores: Germán Vargas Lleras, Efraín José Cepeda Saravia, Álvaro Araujo, Alonso Acosta Osio, Jorge Luis Caballero Caballero y Edgar Eulises Torres Murillo. Ponentes: Rodrigo Rivera Salazar, Claudia Blum de Barberi, y Luis Humberto Gómez Gallo. Gacetas Congreso: 412, 454 de 2003. Estado: El proyecto fue aprobado en plenaria de Senado el día 11 de mayo de 2004 y se espera que para la próxima legislatura siga su

curso en la Cámara Representantes.

de

El texto definitivo que salió del debate en plenaria del Senado presentó algunas modificaciones con relación al que había sido aprobado en Comisión I del Senado. Algunos de los cambios más destacados se encuentran en el artículo primero de esta iniciativa en donde se dice que las minorías de las bancadas tendrán derecho a hacer conocer a las Corporaciones Públicas, los motivos de su discrepancia frente a las decisiones mayoritarias que se adopten, mediante declaración

Por otro lado, se da la oportunidad a los partidos o movimientos políticos que no alcanzan a tener cinco e s c a ñ o s e n l a s correspondientes cámaras legislativas para que se unan con miembros de otros partidos o movimientos para la conformación voluntaria de sus Grupos Congresionales. También se adicionó un artículo en el que se establece que los estatutos de cada partido o movimiento político podrán definir reglas especiales para el funcionamiento de sus bancadas en las corporaciones públicas, en las que se establezcan o b l i g a c i o n e s y responsabilidades distintas según se trate del cumplimiento de funciones legislativas, de control político, por parte de la respectiva corporación.

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